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PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES Y TÉCNICAS QUE REGIRÁN EL CONTRATO DE LA ASISTENCIA TÉCNICA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, DINAMIZACIÓN, COORDINACIÓN Y SISTEMA DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO Y EVALUACIÓN DEL PROYECTO RED-GENERA.
EXPEDIENTE Nº 01/2009
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ASISTENCIA TÉCNICA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, DINAMIZACIÓN, COORDINACIÓN Y SISTEMA DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO Y EVALUACIÓN DEL PROYECTO RED-GENERA (EXPEDIENTE Nº 01/2009)
ÍNDICE
CAPÍTULO I. GENERAL 1
Sección 1ª. Descripción del Proyecto RED GENERA
CLÁUSULA 1ª. Introducción.
Sección 2ª. Características básicas del contrato
CLÁUSULA 2ª. Objeto.
CLÁUSULA 3ª. Prestaciones que deben facilitarse CLÁUSULA 4ª. Duración de la contratación.
CLÁUSULA 5ª. Presupuesto. CLÁUSULA 6ª. Régimen jurídico.
CLÁUSULA 7ª. Documentos contractuales. CLÁUSULA 8ª. Publicidad.
CAPÍTULO II. NORMAS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Sección 1ª. Órgano competente
CLÁUSULA 9ª. Definición del Órgano competente. Sección 2ª. Forma y procedimiento de la contratación CLÁUSULA 10ª. Procedimiento de licitación.
Sección 3ª. Capacidad para concurrir al procedimiento
CLÁUSULA 11ª. Situación personal del candidato. CLÁUSULA 12ª. Uniones Temporales de Empresas. CAPÍTULO III. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Sección 1ª. Modalidades de recepción de ofertas
CLÁUSULA 13ª. Lugar y plazo de presentación. CLÁUSULA 14ª. Presentación de proposiciones. CLÁUSULA 15ª. Efectos de la entrega de proposiciones. Sección 2ª. Requisitos de las proposiciones CLÁUSULA 16ª. Contenido.
Sección 3ª. Sobre 1
CLÁUSULA 17ª. Contenido: DOCUMENTACIÓN GENERAL.
Sección 4ª. Sobre 2
CLÁUSULA 18ª. Contenido: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. CLÁUSULA 19ª. Contenido: PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Sección 5ª. Otras condiciones CLÁUSULA 20ª. Confidencialidad. CLÁUSULA 21ª. Propiedad Intelectual. CLÁUSULA 22ª. Protección de datos.
CAPÍTULO IV. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Sección 1ª. Apertura de proposiciones CLÁUSULA 23ª. Apertura y calificación de sobres. CLÁUSULA 24ª. Subsanación de errores.
Sección 2ª. Valoración de las proposiciones presentadas
CLÁUSULA 25ª. Criterios para la contratación. CLÁUSULA 26ª. Metodología de valoración de criterios. Sección 3ª. Contratación de licitadores
CLÁUSULA 27ª. Propuesta de adjudicación y adjudicación del contrato. CLÁUSULA 28ª. Contrato.
CLÁUSULA 29ª. Falta de formalización del Contrato.
Sección 4ª Otras cuestiones
CLÁUSULA 30ª. Cesión de la contratación. CLÁUSULA 31ª. Subcontratación.
CLÁUSULA 32ª.Revisión de precios. CLÁUSULA 33ª. Resolución de la contratación. Anexo I: Modelo de Declaración responsable. Anexo II: Modelo de presentación de oferta.
Anexo III: Modelo de oferta económica.
CAPÍTULO I. GENERAL
SECCIÓN 1ª. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO RED GENERA.
Fortalecimiento del sector de valorización y reciclado eurorregional Galicia-Norte de Portugal: red de trabajo para la innovación en la valorización de residuos empresariales
CLÁUSULA 1ª. INTRODUCCIÓN
1.1. El Proyecto RED GENERA.
Dentro del Programa Operativo de Cooperación Transfronteriza España-Portugal (POCTEP) 2007- 2013, subprograma Galicia-Norte de Portugal y según el documento con fecha de entrada 20 xx xxxxx de 2009 en el Consello Galego de Cámaras, del Acuerdo entre la Autoridad de Gestión (Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda de España) y el Beneficiario Principal (Consello Galego de Cámaras) se estipularon las condiciones para el desarrollo del Proyecto Red-Genera 0089 con un coste total del Proyecto aprobado por importe de 1.676.289,36 €, con una contribución al mismo del 75% a través de Fondos FEDER de la Unión Europea por importe de 1.257.217,01 €.
Los socios/beneficiarios que forman parte del partenariado del Proyecto son:
1. Consello Galego de Cámaras (Beneficiario Principal / Jefe de Fila).
2. Cámara de Comercio e Industria de Ourense
3. Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Pontevedra
4. Cámara de Comercio, Industria y Navegación xx Xxxx
5. Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Tui
6. Fundación Galega para a Sociedade do Coñecemento
7. Sociedade Galega de Medio Ambiente (SOGAMA)
8. Centro de Valorización de Residuos (CVR)
9. AIMINHO-Asociación de Industrias do Minho
10. IDITE-Minho
El presente proyecto pretende fortalecer el sector del reciclado en la Eurorregión, respondiendo a la vez a la doble necesidad de prevenir la producción de residuos industriales y valorizar dichos residuos mediante el reciclado, la reutilización de materiales para otros procesos, o la valorización material (identificando los residuos que pueden poseer mayor valor añadido en el mercado) o energética.
Los socios constituirán una Red de Trabajo con el objetivo de dinamizar la Eurorregión, iniciativas innovadoras orientadas a la prevención en origen de la contaminación originada por los residuos, así como para cerrar el ciclo de vida de los residuos mediante la propuesta de nuevas iniciativas empresariales para su valorización, creando valor y consolidando así un sector de reciclado competitivo en la Eurorregión que contribuya al crecimiento económico sostenible y al aumento del empleo.
• Desarrollo conjunto y sistematización de una metodología de trabajo y diseño de las actuaciones específicas para identificar propuestas innovadoras orientadas a prevenir la producción de residuos en las PyMES y la reducción en origen, mejorando su comportamiento ambiental.
• Creación de un marketplace de R-Agents (expertos en residuos) capaz de asesorar a las empresas, identificar oportunidades de innovación y proponer proyectos colaborativos innovadores para la prevención, reducción y valorización de residuos en las Pymes de la Eurorregión, favoreciendo el desarrollo conjunto de soluciones, el intercambio de experiencias y
buenas prácticas y la transferencia de tecnología. Los R-Agents tienen como misión dinamizar la Innovación en Pymes de manera proactiva, interaccionando con todos los agentes implicados y proponiendo soluciones y proyectos orientados a resultados en las necesidades y oportunidades detectadas. Desarrollo de un piloto con Pymes de la Eurorregión, que tenga como resultado planes y propuestas de prevención, reducción y valorización material de residuos en las Pymes, comenzando por los sectores: Construcción, Metal-Mecánica, Industria Alimentaria, Industria Textil-Confección-Calzado.
• Creación de un marketplace de entidades de Valorización y Reciclaje: promover el crecimiento económico mediante el desarrollo de iniciativas emprendedoras basadas en servicios medioambientales y logísticos, potenciando el mercado e industria de valorización y reciclaje en la Eurorregión, bajo criterios de Autosuficiencia, Proximidad y Sostenibilidad. Identificación de oportunidades y propuestas, análisis de las alternativas de valorización de los residuos industriales de la Eurorregión.
• Desarrollo conjunto de una Plataforma Colaborativa de Servicios Avanzados para el asesoramiento y apoyo a empresas, flujo continuo de información y formación, intercambio de experiencias y buenas prácticas, transferencia de conocimiento, know-how e identificación de tecnologías para la valorización de los residuos industriales de la Eurorregión.
• Desarrollo conjunto de un Observatorio de Valorización de Residuos Industriales de la Eurorregión, identificando el estado del arte, las mejores tecnologías disponibles, experiencias desarrolladas y buenas prácticas en la valorización de residuos industriales.
•Desarrollo conjunto de una IDE ( Infraestrutura de Datos Espacial) de Residuos Industriales, como herramienta base para la elaboración xxx Xxxx de Residuos Industriales de la Eurorregión, con datos georreferenciados de alto valor añadido para la toma de decisiones, diseño de políticas y estudio de viabilidad logística, técnica y económica de propuestas de gestión y valorización de residuos industriales.
• Creación y consolidación de una red de trabajo entre entidades tecnológicas y entidades del ámbito empresarial de las dos regiones, impulsando el Asociacionismo Empresarial y la intensificación y diversificación de las relaciones entre empresas, entre asociaciones empresariales y entre éstas y centros de I+D+i; creación de ambientes favorables para la cooperación empresarial, científica y tecnológica, para dinamizar procesos de innovación y de desarrollo tecnológico en conjunto por instituciones de ambos lados de la frontera, así como dinamizar proyectos consorciales de I+D en el ámbito de los residuos, con participación de instituciones de C&T y de empresas, acciones de demostración y transferencia de tecnología.
• Promover las condiciones de desarrollo de las economías locales, estimulando los potenciales endógenos y factores de competitividad en un contexto de incidencia transfronteriza de creación de empleo.
En definitiva, la cooperación y gestión conjunta de los socios cooperantes en este proyecto se encuadra en la prioridad de incentivar la cooperación empresarial de Galicia y Norte de Portugal, a través de las entidades dinamizadoras cooperantes, de manera que se aprovechen los recursos endógenos (residuos), y se favorezca el desarrollo de actividades de investigación que permitan superar la especialización productiva de la frontera en sectores tradicionales.
SECCIÓN 2ª. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CONTRATO
CLÁUSULA 2ª. OBJETO.
2.1. Objeto
El objeto del presente procedimiento es la contratación de una asesoría técnica para la prestación de servicios de apoyo a la coordinación y dinamización de las actividades del Proyecto RED GENERA, así como del apoyo a los socios del Proyecto en la gestión y adecuada justificación ante el Secretariado Técnico del POCTEP.
2.2. Código del contrato
6294000002 “Servicios de Consultoría y Gestión de Proyectos”
CLÁUSULA 3ª. PRESTACIONES QUE DEBEN FACILITARSE.
En el presente Xxxxxx se describen las prestaciones a realizar en la asistencia técnica de gestión administrativa, dinamización, coordinación y sistema de seguimiento del Plan de Trabajo y Evaluación del Proyecto Red Genera.
Entre las actividades a realizar cabe destacar:
Apoyo y control Presupuestario y Financiero del Proyecto.
Asesoramiento en la gestión administrativa de los documentos de seguimiento financiero y elaboración de las solicitudes de pagos intermedios y final realizados por el Beneficiario Principal/Consello Galego de Cámaras como encargado de reunir los documentos de gasto validado de todos los Beneficiarios y de su envío al Secretariado Técnico Conjunto.
Realización de Informes periódicos de avance, de los Informes Intermedios de Ejecución y del Informe Final de Ejecución del Proyecto, asegurando un sistema de recogida y flujo de información adecuado de cada Beneficiario para la elaboración de dichos Informes por parte del Beneficiario Principal. Los informes de ejecución, de acuerdo con el Modelo Normalizado por el POCTEP, incluirán una relación de todas las acciones del Proyecto ejecutadas durante el periodo que corresponda la solicitud de pago. Dichos informes deberán de permitir valorar el cumplimiento de los objetivos, los medios utilizados para la ejecución, la relación entre los resultados previstos y los obtenidos y el uso que se está haciendo de los recursos financieros. Recopilar la información necesaria para la evaluación del Proyecto, así como la explotación de dicha información y el correspondiente análisis.
Apoyo en la elaboración y presentación del Cierre del Proyecto, donde el Beneficiario Principal, como representante del partenariado, deberá de presentar un Informe Final en el que se describan todas las actividades realizadas y sirva como comunicación oficial y efectiva de la conclusión de las actividades previstas en el Cronograma de Actividades desarrollado al amparo del Proyecto.
Asesoramiento continuo y propuestas de solución al Consello Galego de Cámaras y a los beneficiarios, en la adopción de medidas necesarias para resolver las dudas e incidencias de gestión o presupuestarias que puedan plantearse en el seno del partenariado durante la ejecución del proyecto.
Cumplimentar, coordinar y hacer llegar al Consello Galego de Cámaras cuantos documentos técnicos sean necesarios para el seguimiento, control, gestión y evaluación del proyecto.
Elaborar los informes, documentos y plantillas pertinentes para el buen fin de la gestión económico-administrativa del Proyecto, respetando los ya definidos por el POCTEP.
Apoyo y asistencia puntual a los eventos de presentación y técnicos del Proyecto.
Asistencia en la preparación de las reuniones de coordinación y gestión del partenariado que tengan lugar durante el Proyecto, ejerciendo asimismo labores de secretaría en dichas reuniones. (previsión de 7 reuniones)
El adjudicatario prestará dichos servicios al Consello Galego de Cámaras como Beneficiario Principal del Proyecto Red Genera, no obstante asesorará y prestará asimismo apoyo de forma general a los socios que así lo requieran a través del Beneficiario Principal.
El adjudicatario también se obliga a guardar secreto y a hacerlo guardar al personal que emplee, del que responde, respecto a toda información del Proyecto que con motivo del desarrollo de los trabajos llegue a su conocimiento, no pudiendo utilizarla para sí o para otra persona, entidad o firma.
CLÁUSULA 4ª. DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El contrato tendrá una duración prevista hasta el 31 de diciembre de 2010, aunque podrá ser prorrogado por 1 trimestre sin coste alguno para el Consello Galego de Cámaras, en caso de que las actividades del Proyecto Red Genera o su justificación ante el Secretariado Técnico acumule algún retraso sobre la fecha prevista del 15 de diciembre de 2010 de finalización de actividades del Proyecto según consta en el Acuerdo firmado entre la Autoridad de Gestión y el Beneficiario Principal.
CLAUSULA 5º PRESUPUESTO.
El importe del contrato que se licita asciende a la cantidad de cincuenta y cuatro mil euros (54.000,00 €), excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), para el periodo de ejecución máximo previsto.
Para atender a las obligaciones económicas que se derivan del presente procedimiento existe crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto de gastos del Consello Galego de Cámaras.
Los pagos se realizarán con carácter cuatrimestral con cargo a la presentación de facturas, las cuales deberán de ir acompañadas de un informe de los trabajos realizados en el periodo de referencia. Se reservará un último pago del 10% a la finalización del contrato. El calendario de pagos se especificará en el Contrato que se firme entre la empresa adjudicataria y el Consello Galego de Cámaras, pudiéndose contemplar el adelanto de algún pago en función de la conveniencia de las solicitudes de pago que se efectúen al Secretariado Técnico del POCTEP.
CLÁUSULA 6ª. RÉGIMEN JURÍDICO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.3 de la Ley 3/1993, de 22 xx xxxxx, Básica de Cámaras y en el artículo 57.3 de la Ley 5/2004, de 8 de julio de Cámaras de Galicia, la contratación y el régimen patrimonial de las Cámaras se regirá por el Derecho privado.
Por otra parte, dado el origen comunitario de los fondos aplicables al Proyecto RED GENERA, este contrato deberá someterse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y será coherente con las actividades políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 xx xxxxx de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.
En consecuencia, dicho Reglamento (así como lo previsto en la normativa española en materia de subvenciones) determina que el procedimiento de contratación debe garantizar el respeto a los principios de publicidad, transparencia y libre concurrencia de ofertas, a fin de observar en sus actuaciones el mayor grado posible de eficacia, eficiencia y economía. En su virtud y para cumplir con dichas exigencias, este procedimiento se sujeta a las instrucciones internas de contratación adoptadas voluntariamente por el Consello Galego de Cámaras para garantizar el debido respeto a los principios de publicidad transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación publicadas en el “Perfil de Contratante” del Consello Galego de Cámaras xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx y, asimismo, está a disposición de todos los interesados que lo soliciten. En todo caso, el Contrato que el Consello Galego de Cámaras suscriba con el contratista tendrá carácter privado.
CLÁUSULA 7ª. DOCUMENTOS CONTRACTUALES
En relación con la ejecución del presente contrato, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
• El presente Pliego de Cláusulas Particulares.
• El Pliego de Prescripciones Técnicas.
• El Contrato.
• La oferta presentada por el contratista.
En caso de discrepancia entre lo recogido en algunos de los anteriores documentos, tendrá prioridad lo que se disponga en este Pliego de Cláusulas Particulares.
CLÁUSULA 8ª. PUBLICIDAD
El presente procedimiento abierto de contratación será anunciado a través de la página web, Perfil de Contratante del Consello Galego de Cámaras(xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx) y en el tablón de anuncios de la entidad, en donde estarán disponibles los documentos de cláusulas particulares y prescripciones técnicas que rigen el procedimiento.
CAPÍTULO II
NORMAS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SECCIÓN 1ª. ÓRGANO COMPETENTE
CLÁUSULA 9ª. DEFINICIÓN DEL ÓRGANO COMPETENTE
El responsable del procedimiento de contratación y órgano de adjudicación será el Comité Ejecutivo del Consello Galego de Cámaras, quien aprobará un Informe Técnico de Adjudicación en base al documento Propuesta de Adjudicación que le facilitará la Mesa de Contratación donde se resumirá la valoración de las ofertas presentadas de acuerdo con el baremo establecido.
El encargado de gestionar el procedimiento será la denominada “Mesa de Contratación” que estará compuesta por los siguientes miembros:
Presidente de la Mesa: el Presidente del Consello Galego de Cámaras. Vocal: el Director General del Consello Galego de Cámaras.
Vocal: un representante/empleado de cualquier Beneficiario del Partenariado. Secretaria: la Secretaria General en funciones del Consello Galego de Cámaras.
La ausencia de cualquiera de los miembros de la Mesa podrá ser cubierta por una persona de las cámaras gallegas con similar categoría, haciéndolo constar en al Acta correspondiente. El acto público de apertura de las proposiciones se anunciará en la web del Consello/Perfil del contratante y en el tablón de anuncios de la entidad. Asimismo se comunicará por fax dicho acto público a los participantes.
SECCIÓN 2ª. FORMA Y PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN CLÁUSULA 10ª. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
El procedimiento se licitará por procedimiento abierto, y se adjudicará a la oferta
económicamente más ventajosa, de acuerdo con las reglas y principios establecidos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para la adjudicación de contratos que no estén sujetos a regulación armonizada y en la Directiva 2004/18/CE, de
31 xx xxxxx. Se considera que éste es el procedimiento que mejor garantiza la publicidad, transparencia, libre concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación al permitir valorar otras cualidades de las entidades participantes, aparte de las meramente económicas e, igualmente, el más adecuado para la finalidad pretendida pues se intenta obtener no sólo el mejor precio sino las mejores características de los servicios ofertados. De acuerdo con el art 175 de la Ley 30/2007, este procedimiento de contratación se regirá específicamente por las Instrucciones para la Adjudicación de Contratos que no esté sujetos a regulación armonizada aprobadas el 3 xx xxxxx de 2008, por los órganos de gobierno del Consello Galego de Cámaras y que están publicadas en la página web/Perfil del Contratante del Consello y a disposición de cualquiera que las solicite en la sede de la Institución.
SECCIÓN 3ª. CAPACIDAD PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO. CLÁUSULA 11ª. SITUACIÓN PERSONAL DEL CANDIDATO
11.1. De conformidad con lo dispuesto en las disposiciones generales de la Ley de
Contratos del Sector Público, podrán tomar parte en el presente procedimiento las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias descritas en los apartados 1 y 2 del artículo
45 de la Directiva 2004/18/CE ni igualmente en las causas de prohibición de contratar previstas en la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
11.2. Las empresas licitadoras deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales. Asimismo deberán disponer de una organización con elementos personales o materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
11.3. Del mismo modo, se exigirá que quienes concurran se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La concurrencia de estos requisitos se demostrará mediante la realización de una declaración responsable, sin perjuicio de que la empresa seleccionada deberá presentar las correspondientes certificaciones expedidas por los organismos competentes, según señala en el apartado 5 de la cláusula 18ª de este Pliego.
11.4. Quienes acudan al presente procedimiento de selección podrán hacerlo por sí mismos o representados por persona autorizada que justifique documentalmente que está facultada para ello, mediante la presentación de su Documento Nacional de Identidad o aquel que legal o reglamentariamente lo sustituya, así como del correspondiente poder o copia previamente autentificada del mismo.
CLÁUSULA 12º. UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS
Podrán concurrir al presente procedimiento las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato en su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del Contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación en cada caso, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratada. Asimismo, cada una de las empresas participantes deberá acreditar individualmente las circunstancias descritas en la cláusula 18ª referidas a personalidad del empresario y a su solvencia económica y financiera, así como las que justifiquen su solvencia técnica.
Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
La duración de las uniones temporales de empresarios deberá extenderse hasta cubrir la totalidad de las actividades realizadas al amparo del presente procedimiento.
CAPÍTULO III.
PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
SECCIÓN 1ª. MODALIDADES DE RECEPCIÓN DE OFERTAS
CLÁUSULA 13ª. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Las proposiciones deberán entregarse, en el registro de la Sede del Consello Galego de Cámaras , en la calle Xxxxx, nº8, 3º- 15702 Santiago de Compostela (A Coruña) a la atención de
“CONTRATO DE LA ASISTENCIA TÉCNICA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, DINAMIZACIÓN, COORDINACIÓN Y SISTEMA DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO Y EVALUACIÓN DEL PROYECTO RED-GENERA.EXPEDIENTE Nº 01/2009”
hasta las 14:00 PM del último día del plazo que se señale en el Perfil de Contratante/Web del Consello Galego de Cámaras y en su tablón de anuncios. En cualquier caso el periodo mínimo de presentación de ofertas será de 15 días contados a partir de la publicación en la web del presente Pliego.
El horario de presentación de proposiciones será de lunes a viernes de 10.00 AM a 14:00 PM. Los licitadores podrán presentar sus proposiciones utilizando el modelo que consta en el Anexo II del presente Xxxxxx.
CLÁUSULA 14ª. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Cada empresa interesada sólo podrá presentar una propuesta, que deberá ser determinada y concreta, sin incluir opciones o alternativas. Quienes opten por concurrir en unión temporal de empresas:
a. No podrán presentar su proposición más que en una unión temporal.
b. No podrán presentar su proposición individualmente.
CLÁUSULA 15ª. EFECTOS DE LA ENTREGA DE PROPOSICIONES
La presentación de las proposiciones conlleva la aceptación incondicionada, por parte del interesado, de las cláusulas de este Pliego y el conocimiento xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna. Asimismo, las ofertas presentadas vincularán a los licitadores hasta la finalización del procedimiento de contratación. Asimismo, al presentar sus propuestas, todas las empresas candidatas garantizan al órgano de contratación que:
a) Son titulares de los derechos, autorizaciones y poderes necesarios para el desarrollo y ejecución de los servicios objeto del presente procedimiento.
b) En todo lo relacionado con el objeto del presente procedimiento, no se encuentran incursas en ningún litigio en cuanto a derechos de uso, licencias, patentes, utilización de marcas o nombres comerciales, u otro tipo de propiedades industriales o intelectuales.
c) La prestación de los servicios que, como empresas contratadas, deberán garantizar el cumplimiento de todas las condiciones técnicas establecidas y los restantes requisitos establecidos en los Pliegos.
d) Xxxxxxxxxx a subsanar, por su cuenta y riesgo, los errores y/o defectos que sean imputables a su actuación, sin cargo alguno para el Consello Galego de Cámaras o para los beneficiarios del Proyecto.
e) Se encuentran al día del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
f) Cumplen la normativa vigente en materia laboral y de riesgos laborales.
SECCIÓN 2ª. REQUISITOS DE LAS PROPOSICIONES CLÁUSULA 16ª. CONTENIDO
Las proposiciones constarán de dos sobres, cerrados y firmados por el licitador o por quien le represente. En cada uno de ellos se señalará:
1. La referencia del procedimiento (“CONTRATO DE LA ASISTENCIA TÉCNICA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, DINAMIZACIÓN, COORDINACIÓN Y SISTEMA DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO Y EVALUACIÓN DEL PROYECTO RED- GENERA.EXPEDIENTE Nº 01/2009”)
2. El nombre del participante.
3. Su dirección, teléfono y número de fax a efectos de notificaciones y comunicaciones.
4. Finalmente, en cada uno de los dos sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención:
□ En el sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN GENERAL” (conteniendo un juego de documentación).
□ En el sobre número 2: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA” y “PROPOSICIÓN ECONÓMICA” (conteniendo dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico).
El Consello Galego de Cámaras se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en las proposiciones, o bien información adicional sobre el contenido de las mismas, siempre que sea meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada, estando el licitador obligado a ello.
En todo caso, la documentación presentada será original o copia de carácter auténtico conforme a la legislación vigente. Sin excepción, las declaraciones o relaciones que se mencionan en las cláusulas del siguiente pliego serán firmadas en todas sus páginas por el representante de la empresa licitadora que formula su oferta.
SECCIÓN 3ª: SOBRE 1
CLÁUSULA 17ª. CONTENIDO: DOCUMENTACIÓN GENERAL
El sobre número 1 deberá contener los siguientes documentos:
1. Aquellos que acrediten la personalidad del empresario y, en su caso, su representación.
2. Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica y financiera en los términos señalados en los pliegos.
3. Los que justifiquen la solvencia técnica o profesional en los términos previstos en los pliegos.
4. Una declaración responsable de no estar el licitador incurso en prohibición de contratar.
5. Otros documentos.
17.1. Documentos que acrediten la personalidad del empresario y capacidad para contratar
En la forma siguiente:
□ Cuando se trate de empresarios individuales: copia legitimada ante Notario o copia compulsada o autentificada por un Organismo Competente del Documento Nacional de Identidad.
□ Si el empresario fuese persona jurídica: La escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
□ La capacidad de obrar de los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezca reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
□ Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad con informe de la Misión Diplomática de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
□ Si el firmante de la proposición actúa en nombre y representación del licitador, aquel que acredite su personalidad ( Documento Nacional de Identidad, o aquel que legal o reglamentariamente le sustituya, para los españoles; pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo, para los extranjeros de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea; aquel que acredite su personalidad, conforme a la legislación del respectivo país, para los extranjeros nacionales de Estados miembros de la Comunidad Europea). Igualmente deberá aportarse, poder bastante en derecho a su favor, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, si actúa en representación de personas jurídicas, por imperativo de la legislación mercantil, que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración del contrato.
17.2. Documentos que acrediten la solvencia económica y financiera
Por uno o varios de los medios siguientes:
□ Declaraciones apropiadas de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe mínimo de cincuenta mil euros.
□ Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
□ Declaración sobre el volumen global de negocios referidos a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario que deberá ser superior a dos veces el presupuesto de licitación.
Si, por alguna razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado o suficiente por el órgano de contratación.
17.3. Documentos que acrediten la solvencia técnica
Para acreditar la solvencia se requerirá en todo caso:
□ La relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importes, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. A este respecto deberá acreditarse la realización, sea como contratista principal o subcontratista, de servicios de naturaleza, características y cuantías similares a los que constituyen el objeto del presente procedimiento en los últimos tres años. La acreditación de la realización de los citados servicios o trabajos se realizará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado
expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario o, si no se dispone de dicha documentación, de cualesquiera otros medios de prueba suficientes para acreditar su realización.
□ Las titulaciones académicas del personal de dirección de la empresa y del personal responsable asignado a la ejecución de la prestación requerida de servicios. Las titulaciones se acreditarán mediante título original, fotocopia compulsada o auténticada por notario, o mediante copia compulsada del expediente universitario.
En concreto, en razón del objeto de este contrato, se considera que para acreditar la solvencia técnica del contratista, el equipo que se dedique específicamente a la realización de este contrato deberá estar integrado por al menos dos profesionales que cumplan las siguientes características:
• Titulación Universitaria de grado medio o superior, preferentemente en Derecho, Ciencias Económicas, Empresariales o Ingeniería.
• Tres años de experiencia profesional en gestión de Proyectos Europeos, preferentemente del antiguo Interreg.
• Disponibilidad para viajar, en Galicia y Norte de Portugal.
• Disponibilidad para desplazarse a la sede del Consello Galego de Cámaras.
• Disponibilidad para prestar asesoramiento y servicios de gestión por medios telemáticos
• Capacidad para gestionar proyectos con financiación europea
• Buen dominio de la informática a nivel usuario.
• Dominio de al menos dos de las siguientes lenguas: castellano, xxxxxxx y portugués.
Esto se acreditará aportando Currículum Vitae de las personas propuestas y vida laboral.
Además de los requisitos mencionados, deberán aportarse uno o varios de los siguientes medios para acreditar la solvencia técnica:
□ Una descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el proceso de prestación de los servicios a las empresas beneficiarias, estén o no integrados directamente en la empresa ofertante, especialmente de los responsables del control de calidad. Para acreditar la disponibilidad de los medios no integrados en su empresa, los licitadores podrán aportar la documentación que estimen conveniente para acreditar que los tienen efectivamente a su disposición.
□ Una declaración que indique el promedio anual de personal, con mención, en su caso, del grado de estabilidad en el empleo y la plantilla del personal técnico y directivo durante los últimos tres años.
□ Una declaración del material y equipo técnico de los que disponga el empresario para la prestación efectiva de los servicios a las empresas beneficiarias.
□ Una declaración de las medidas adoptadas por los empresarios para controlar la calidad.
17.4. Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
□ Declaración responsable, realizada conforme al Anexo I del presente Xxxxxx, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en la Directiva 2004/18/CE y en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
17.5. Otros documentos
□ Al licitador que resulte seleccionado para su contratación se le concederá un plazo xx xxxx días hábiles para que acredite hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales y con la Seguridad Social, mediante aportación de los correspondientes certificados administrativos, emitidos por las autoridades respectivas.
□ Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir de las relaciones jurídicas derivadas del presente procedimiento, tanto frente al Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación o cualquiera de los agentes ejecutores del proyecto a desarrollar, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
□ Presentación del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas o, en su caso, del último recibo del impuesto o justificación de estar exento, mediante la correspondiente certificación.
□ Los licitadores extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea, que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por Autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exigen en el país de su nacionalidad.
Los documentos que se presenten deberán ser originales o copias previamente autentificada.
SECCIÓN 4ª: SOBRE 2
CLÁUSULA 18ª. CONTENIDO: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
En este sobre, como justificación de la propuesta técnica se incluirán, debidamente ordenados y relacionados según los casos, los documentos acreditativos de los elementos distintos del precio que constituyen criterios de selección de las empresas contratadas, explicando el contenido y alcance de cada uno de ellos, a fin de poder asignar a cada propuesta la puntuación que corresponda.
En todo caso, las proposiciones abarcarán la totalidad de los servicios y compromisos requeridos en el Pliego de Prescripciones Técnicas; el incumplimiento de este requisito será causa de desestimación definitiva de la propuesta.
Con independencia de que pueda adjuntarse cuanta información se estime de interés, y de que la estructura de la oferta sea la que el ofertante considere más adecuada, las propuestas deberán comprender al menos los siguientes elementos de un modo expreso:
- Características técnicas generales de los servicios prestados.
- Modelo de plan de trabajo para asesorar permanentemente en el desarrollo operativo del proyecto.
- Modelo de plan de seguimiento y control del proyecto
- Cuantos otros datos se consideren necesarios para informar convenientemente sobre la propuesta de servicios realizada.
En general, la descripción de las propuestas que se presenten debe incluir, junto con los puntos reseñados anteriormente, cualquier documentación adicional que desarrolle aspectos relevantes, y su descripción se realizará a un nivel suficientemente detallado para que ésta pueda ser evaluada con detenimiento por Técnicos competentes. Con carácter general la información presentada en la propuesta debe estar estructurada y expuesta de forma clara y concisa, y no deben contenerse referencias a documentos externos relevantes que no se adjunten a la misma.
Los documentos podrán presentarse en original o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente y en castellano x xxxxxxx Deberán entregarse dos ejemplares de la oferta técnica en papel, además de una copia en formato electrónico (soporte CD o similar).
CLÁUSULA 19ª: CONTENIDO: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
El sobre número 2 deberá contener dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico (en soporte CD o similar) de la proposición económica formulada conforme al modelo que figura en el Anexo III del presente Pliego. En caso de discrepancia entre la cifras indicadas (en letra y número) en la proposición económica, se tendrá siempre en cuenta el importe más elevado.
En todo caso se hará constar el precio que se proponga, calculado y presentado en euros, excluido el IVA o su equivalente que constará como cifra aparte.
SECCIÓN 5ª. OTRAS CONDICIONES CLÁUSULA 20ª. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario ejecutará el contrato en los términos previstos en el presente Pliego de cláusulas particulares y en el de prescripciones técnicas y en el contrato, realizando de manera competente y profesional el objeto de éste, cumpliendo los niveles de calidad exigidos.
El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto
en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica.
Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga del Consello Galego de Cámaras o de los beneficiarios o agentes del Proyecto RED GENERA para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito. Se excluye de la categoría de información confidencial toda aquella información que sea divulgada por el Partenariado del Proyecto o aquella que haya de ser revelada de acuerdo con las leyes. El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él.
El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante el Consello Galego de Cámaras y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.
A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, que serán de obligado cumplimiento para aquellos, quienes suscribirán con el Consejo los compromisos necesarios con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones.
CLÁUSULA 21ª. PROPIEDAD INTELECTUAL
Todos los derechos de Propiedad Intelectual sobre las obras de todo tipo que resulten de la ejecución del contrato pertenecerán al Consello Galego de Cámaras en exclusiva para todo el mundo y por el tiempo de duración legal de los derechos, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Propiedad Intelectual, y demás normativa en la materia. El Consello Galego de Cámaras será el titular exclusivo de las guías, materiales, documentos, metodologías, sitios web, soportes informáticos y de todos los derechos de uso, difusión y explotación de los mismos.
El adjudicatario reconoce expresamente que el Consello Galego de Cámaras es titular exclusivo de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial derivados de los trabajos encomendados por virtud del contrato y del Programa, y como tal, todos los derechos de explotación inherentes a los mismos pertenecen exclusivamente al Consello Galego de Cámaras, con carácter mundial, quien podrá ejercerlos en la forma más amplia que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición en cualquier soporte, formato o idioma, y con los efectos que las leyes determinen. En consecuencia, el adjudicatario se abstendrá de comercializar, publicar o difundir, o comunicar de cualquier forma, total o parcialmente el contenido de los citados materiales y trabajos sin el consentimiento previo expreso del Consello Galego de Cámaras.
El adjudicatario se compromete, al extinguirse el contrato por cualquier causa, a entregar al Consello Galego de Cámaras cualquier material que, como consecuencia de la prestación de servicios obre en su poder o de su personal.
CLÁUSULA 22ª. PROTECCIÓN DE DATOS
De acuerdo con lo expresado en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal no será considerado comunicación ni cesión de datos el acceso por parte del adjudicatario a los datos de carácter personal del Consello, ya que dicho acceso, y el correspondiente tratamiento, es necesario para realizar la prestación del servicio contratado.
Es por ello que, a todos los efectos de normativa de protección de datos, el adjudicatario será considerado como “encargado del tratamiento” de los datos de los ficheros de las acciones del Proyecto y, de acuerdo con ello se establece expresamente que el adjudicatario únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del Consello y que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en lo pactado entre las partes, ni los comunicará, no siquiera para su conservación, a otras personas.
El adjudicatario se compromete a tratar los datos conforme los previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y a adoptar e implementar las medidas de seguridad a que se refiere el artículo 9 de la citada ley, y en particular las que correspondan al nivel de seguridad exigible a los datos y ficheros derivados del desarrollo y ejecución del Proyecto, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica.
Una vez cumplida la prestación de servicios pactada, y cuando ya no sean necesarios para continuar con el encargo realizado, los datos de carácter personal serán destruidos o devueltos al responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
En el caso de que el adjudicatario destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del Contrato, será considerado, también, responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente. El adjudicatario no subcontratará con ningún tercero la realización de ningún tratamiento objeto del presente contrato.
CAPÍTULO IV.
DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. SECCIÓN 1ª. APERTURA DE PROPOSICIONES.
CLÁUSULA 23ª. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES
Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, el Presidente de la Mesa de Contratación ordenará la apertura del Sobre 1. La documentación aportada será calificada, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante. La Mesa de Contratación continuará con el acto de apertura del sobre 2 y elaborará el correspondiente estudio técnico y económico de las proposiciones admitidas.
CLÁUSULA 24ª. SUBSANACIÓN DE ERRORES
Si, antes de la apertura del Sobre 2, la Mesa observase defectos materiales subsanables en la documentación presentada por alguno de los ofertantes, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el interesado subsane el error bajo apercibimiento de su exclusión definitiva si, en el plazo concedido, no lo lleva a cabo. En el supuesto del citado requerimiento, el candidato deberá presentar la documentación requerida en el citado plazo en la sede del Consello Galego de Cámaras en horario de 10 a 14 horas.
SECCIÓN 2ª. VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS. CLÁUSULA 25ª. CRITERIOS PARA LA CONTRATACIÓN
Las proposiciones de las empresas interesadas se valorarán, xx XXXX (0) a CIEN
(100) puntos, conforme a los criterios que se indican a continuación y con la ponderación que se señala.
□ CRITERIOS NO ECONÓMICOS hasta 70 puntos
Aspectos a valorar:
- Método, contenido, calidad de la metodología y propuesta del servicio ofertado (máximo 40 puntos)
- Adecuación de los perfiles profesionales y materiales para la ejecución de los trabajos por encima de los requisitos establecidos en el Pliego. (máximo 15 puntos)
- Propuestas de mejora (máximo 15 puntos)
□ CRITERIOS ECONÓMICOS hasta 30 puntos
El precio ofertado. El criterio del precio ofertado, excluido el IVA, se acreditará por la simple expresión en la oferta. (máximo 30 puntos)
CLÁUSULA 26ª. METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS
Obtendrá la mejor puntuación la propuesta económicamente más ventajosa, que será la que mayor número de puntos acumule. En todo caso, el Consello Galego de Cámaras se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación.
26.1. Regla para la valoración del precio.
Para la valoración del precio se aplicará la siguiente fórmula:
P= X * ( min/ Of)
Donde P es la puntuación obtenida.
X es la máxima cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado
min es la oferta más baja de entre todas las presentadas.
Of es la oferta correspondiente al licitador que se valora.
26.2. Ofertas anormales o desproporcionadas.
El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales. A tal efecto, se consideraran ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones cuya baja en el precio exceda en 20% la media de las propuestas económicas recibidas. En estos supuestos, el Consello Galego de Cámaras, comunicará tal situación al licitador, otorgándole un plazo de hasta tres (3) días para que justifique el precio ofertado, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendrá por retirada su oferta. La justificación en ningún caso podrá suponer modificación alguna de la oferta técnica y económica ya presentada. Recibida en su caso la justificación, y recabado en su caso el asesoramiento técnico correspondiente, el Consello Galego de Cámaras podría apreciar que la proposición es susceptible de un normal cumplimiento, en cuyo caso exigiría al citado licitador que en caso de resultar adjudicatario aporte una garantía definitiva de hasta el 15% del presupuesto de adjudicación correspondiente.
Si la Mesa de Contratación considera que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, propondrá la adjudicación a favor de la siguiente oferta económicamente más ventajosa.
SECCIÓN 3ª. CONTRATACIÓN DE LICITADORES
CLÁUSULA 27ª. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Tras el análisis de la información facilitada y su valoración conforme a las cláusulas anteriores llevado a cabo por la Mesa de Contratación, el Comité Ejecutivo del Consello Galego de Cámaras aprobará el Informe Técnico de Adjudicación y el acuerdo de adjudicación del contrato que contendrá , como mínimo la siguiente información:.
a) Nombre y dirección del Consello Galego de Cámaras, objeto e importe del procedimiento de contratación.
b) Nombre del candidato empresa contratada y motivos que justifican su selección. Importe de la adjudicación.
c) Mención expresa a la cofinanciación en un 75% con fondos FEDER de la UE dentro del Programa de Cooperación Transfronteriza España-Portugal.
d) Nombres de los candidatos excluidos y motivos que justifican su exclusión.
e) En su caso, motivos por los que se hayan rechazado ofertas que se consideren anormalmente bajas.
f) En su caso, motivos por los que se haya renunciado a seleccionar los licitadores previstos en el presente Xxxxxx.
El acuerdo de adjudicación se deberá adoptar en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de apertura de las proposiciones presentadas. Transcurrido dicho plazo sin que el Consello hubiese dictado acuerdo, los candidatos que lo deseen podrán retirar sus ofertas.
El Consello Galego de Cámaras se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación. El acuerdo de adjudicación se publicará en el perfil de contratante de la página web del Consello Galego de Cámaras.
Efectuada la selección de la empresa que será contratada, se notificará el acuerdo a todos los interesados. Al mismo tiempo se requerirá a la empresa seleccionada para que aporte los certificados administrativos de acreditación de hallarse al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y sociales, tal como se señala en el apartado 5 de la cláusula 17ª.
CLÁUSULA 28ª. CONTRATO
Formalización del Contrato.
Será preceptiva la formalización escrita de un Contrato mediante documento que, en unidad de acto, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, será suscrito, por una parte, por el Presidente del Consello Galego de Cámaras y, por la otra, por un representante de la empresa contratada, en el plazo de veinte días naturales desde la adjudicación definitiva. El Contrato tendrá por objeto regular los derechos y obligaciones que, han de corresponder al Consello Galego de Cámaras y a la empresa contratada. Al propio tiempo, la empresa contratada suscribirá una copia de este Pliego de Cláusulas Particulares y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, en prueba de su conocimiento y aceptación.
CLÁUSULA 29ª. FALTA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Si una empresa seleccionada no aportase los certificados administrativos requeridos en tiempo y forma o se negase a suscribir el Contrato en los términos que han sido indicados, el Consello Galego de Cámaras ordenará la resolución de la contratación acordada, previa audiencia del interesado, reservándose el derecho de reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.
En la citada situación, el órgano de contratación, sin necesidad de convocar un nuevo procedimiento de contratación, podrá adjudicar el contrato a la siguiente oferta en orden de clasificación, siempre que el nuevo adjudicatario manifieste su conformidad, o sucesivamente en caso contrario, concediendo un nuevo plazo para cumplimentar las condiciones de formalización del contrato.
SECCIÓN 4ª. OTRAS CUESTIONES.
CLÁUSULA 30ª. CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN
En ningún caso será posible ceder la condición de empresa contratada, resultante de la terminación del presente procedimiento.
CLÁUSULA 31ª. SUBCONTRATACIÓN
Las empresas que pretendan subcontratar parte de las prestaciones reguladas en el presente Xxxxxx deberán hacer constar dicha circunstancia en su propuesta, indicando la parte de las prestaciones que se propongan subcontratar a terceros, así como los subcontratistas propuestos, que deberán certificar documentalmente la existencia de tales acuerdos.
En todo caso, los licitadores deberán aportar la documentación que estimen conveniente para acreditar que tienen efectivamente a su disposición los medios de los subcontratistas que hubiere indicado. La sustitución por la empresa contratada de tales subcontratistas deberá ser autorizada previamente por el Consello Galego de Cámaras. En ningún caso podrán ser objeto de subcontratación la prestación de los servicios descritos en el presente Pliego, en un porcentaje superior al cincuenta por ciento (50%).
CLÁUSULA 32ª. REVISIÓN DE PRECIOS
El importe de los servicios que, en su caso, vayan a ser prestados por la empresa contratada, no podrá ser objeto de revisión.
CLÁUSULA 33ª. RESOLUCIÓN DE LA CONTRATACIÓN
33.1. Causas de Resolución de la contratación
El Consello Galego de Cámaras resolverá el Contrato cuando (sin ánimo exhaustivo o excluyente) concurra alguna de las circunstancias siguientes:
□ La muerte o incapacidad sobrevenida de la empresa contratada (si ésta es un empresario individual) o la extinción de su personalidad jurídica, excepto los supuestos de transformación o fusión.
□ La declaración de concurso o insolvencia de la empresa contratada.
□ Si la empresa contratada incumple las características de prestación de sus servicios o, en su caso, las condiciones de calidad establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
□ El incumplimiento por la empresa contratada de cualquier otra obligación que se derive de los Pliegos o del resto de documentos con carácter contractual descritos en la cláusula 8ª.
De producirse la resolución del Contrato por una causa imputable a la empresa contratada, ésta estará obligada a indemnizar todos los daños y perjuicios que su conducta hubiera causado.
33.2. Penalizaciones
De producirse la resolución del Contrato por una causa imputable a la empresa contratada, ésta vendrá obligada a satisfacer el importe de las penalidades a las que, en su caso, se hubiere comprometido en su oferta.
En ningún caso, la satisfacción de tales penalizaciones sustituirá la indemnización de daños y perjuicios a lo que, conforme a Derecho, la empresa contratada estuviera obligada.
33.3. Cláusula Penal
Si por cualquier motivo el adjudicatario incurriera en un incumplimiento grave de sus obligaciones, el Consello Galego de Cámaras tendrá derecho a percibir una cantidad equivalente al 10% del importe de adjudicación del contrato. En ningún caso, el cumplimiento de la pena será sustitutiva de la obligación del adjudicatario de resarcir al Consello Galego de Cámaras de todos los daños y perjuicios que le hubieren sido causados por su incumplimiento, en los términos que establece el Código Civil y demás normativa aplicable.
ANEXOS AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
ANEXO I Modelo de Declaración responsable ANEXO II: Modelo de presentación de oferta ANEXO III: Modelo de oferta económica
ANEXO I AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Don/ña ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en nombre y representación de …………………………….con C.I.F núm y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación de según procedimiento aprobado por el Consello Galego de Cámaras , y
aceptando íntegramente el contenido de los mismos,
DECLARA, BAJO SU RESPONSABILIDAD
1. Que ni la Sociedad …, a la que representa, ni ninguno de sus administradores ni apoderados se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de Contratos Sector Público
2. Que ni la Sociedad …, a la que representa, ni ninguno de sus administradores ni apoderados se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 45 de la Directiva 2004/18/CE, de 31 xx xxxxx de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios.
3. Que la Sociedad ………… se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado e, igualmente, está al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, impuestas por la las disposiciones vigentes, no habiendo causado baja en la matrícula del impuesto sobre Actividades Económicas.
Y para que así conste, firmo esta declaración,
En …, a … de … de …
[Firma y rubrica]
MODELO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA
Don/Dña ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en nombre y representación de …………………………….con C.I.F núm…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación de , según procedimiento aprobado por el Consello Galego de Cámaras
y aceptando íntegramente el contenido de los mismos:
Asimismo declara, que los documentos aportados son originales o copias auténticas de los mismos.
a) Presenta la documentación exigida por los Pliegos, en dos sobres cuyo contenido es el siguiente:
i. Sobre 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL [Índice del Sobre 1]
ii. Sobre 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA y PROPOSICIÓN ECONÓMICA [Índice del Sobre 2]
b) Solicita que se tenga por presentada dicha documentación y por reconocida la condición de participante en este proceso de selección [a él mismo / a la sociedad …].
En …, a … de … de …
[Firma y rúbrica]
Datos de contacto:
_ Teléfono y FAX:
.........................................................................................................
_ Dirección: .........................................................................................................
_ E-mail: .........................................................................................................
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
Don/Dña ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en nombre y representación de …………………………….con C.I.F número…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación……………….según procedimiento aprobado por el Consello Galego de Cámaras , y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, se compromete a prestar los servicios objeto del procedimiento de contratación, por el precio global, IVA excluido (o su equivalente), que se señala a continuación:
PRECIO GLOBAL (IVA o su equivalente excluido): importe en euros. Todo ello de acuerdo con lo establecido en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
En……………, a………….de de …
FDO:
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ASISTENCIA TÉCNICA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, DINAMIZACIÓN, COORDINACIÓN Y SISTEMA DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO Y EVALUACIÓN DEL PROYECTO RED-GENERA. (EXPEDIENTE Nº 01/2009)
ÍNDICE
CAPÍTULO I. GENERAL
OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
1. OBJETO.
2. DURACIÓN.
CAPÍTULO II. ESPECÍFICO CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
3. REQUISTOS TÉCNICOS.
4. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
5. EQUIPO DE TRABAJO.
CAPÍTULO III. CARACTERÍSTICAS ECONÓMICAS CAPÍTULO IV. CUESTIONES ADICIONALES
6. CONTROL Y SEGUIMIENTO.
CAPÍTULO I. GENERAL
OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
1. OBJETO
El objeto del presente procedimiento convocado por el Consello Galego de Cámaras es permitir la selección de la prestación de los servicios definidos en el presente Pliego, de acuerdo con los términos recogidos en el Pliego de Cláusulas Particulares. De acuerdo con lo anterior, el presente Xxxxxx tiene por objeto definir los requerimientos técnicos mínimos de la prestación de servicios en materia de la asistencia técnica a la gestión administrativa, dinamización, coordinación y sistema de seguimiento del Plan de Trabajo y evaluación del Proyecto RED GENERA.
2. DURACIÓN
El ritmo de los trabajos deberá adaptarse al desarrollo de las actividades por parte del partenariado del Proyecto Red Genera y la duración prevista del servicio será hasta el 31 de diciembre de 2010, fecha en la que está previsto finalicen las actividades y justificación del Proyecto. En caso de que el partenariado del Proyecto solicitase una prórroga al Secretariado Técnico del POCTEP y está fuese concedida, la empresa adjudicataria del presente contrato prestará sus servicios sin coste añadido hasta el 31 xx xxxxx de 2011
CAPÍTULO II. ESPECÍFICO CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
3. REQUISITOS TÉCNICOS
El candidato deberá detallar de manera clara la metodología a seguir para la prestación del servicio, cumpliendo los objetivos fijados en el Pliego de cláusulas particulares. La labor del adjudicatario será el asesoramiento permanente al Consello Galego de Cámaras para la gestión administrativa, dinamización, coordinación y sistema de seguimiento del Plan de Trabajo y evaluación del Proyecto RED GENERA.
Entre las actividades que deberá realizar durante dicho asesoramiento se encuentran los siguientes:
Apoyo en la gestión y control Presupuestario y Financiero del Proyecto.
Asesoramiento en la gestión administrativa de los documentos de seguimiento financiero y elaboración de las solicitudes de pagos intermedios y final realizados por el Beneficiario Principal/Consello Galego de Cámaras como encargado de reunir los documentos de gasto validado de todos los Beneficiarios y de su envío al Secretariado Técnico Conjunto.
Realización de Informes periódicos de avance, de los Informes Intermedios de Ejecución y del Informe Final de Ejecución del Proyecto, asegurando un sistema de recogida y flujo de información adecuado de cada Beneficiario para la elaboración de dichos Informes por parte del Beneficiario Principal. Los informes de ejecución, de acuerdo con el Modelo Normalizaco por el POCTEP, incluirán una relación de todas las acciones del Proyecto ejecutadas durante el periodo que corresponda la solicitud de pago. Dichos informes deberán de permitir valorar el cumplimiento de los objetivos, los medios utilizados para la ejecución, la relación entre los resultados previstos y los obtenidos y el uso que se está
haciendo de los recursos financieros. Recopilar la información necesaria para la evaluación del Proyecto, así como la explotación de dicha información y el correspondiente análisis.
Apoyo en la elaboración y presentación del Cierre del Proyecto, donde el Beneficiario Principal, como representante del partenariado, deberá de presentar un Informe Final en el que se describan todas las actividades realizadas y sirva como comunicación oficial y efectiva de la conclusión de las actividades previstas en el Cronograma de Actividades desarrollado al amparo del Proyecto.
Asesoramiento continuo y propuestas de solución al Consello Galego de Cámaras y a los beneficiarios, en la adopción de medidas necesarias para resolver las dudas e incidencias de gestión o presupuestarias que puedan plantearse en el seno del partenariado durante la ejecución del proyecto.
Cumplimentar, coordinar y hacer llegar al Consello Galego de Cámaras cuantos documentos técnicos sean necesarios para el seguimiento, control, gestión y evaluación del proyecto.
Elaborar los informes, documentos y plantillas pertinentes para el buen fin de la gestión económico-administrativa del Proyecto, respetando los ya definidos por el POCTEP.
Apoyo y asistencia puntual a los eventos de presentación y técnicos del Proyecto.
Asistencia en la preparación de las reuniones de coordinación y gestión del partenariado que tengan lugar durante el Proyecto, ejerciendo asimismo labores de secretaría en dichas reuniones. (previsión de 7 reuniones)
El adjudicatario prestará dichos servicios al Consello Galego de Cámaras como Beneficiario Principal del Proyecto Red Genera, no obstante asesorará y prestará asimismo apoyo de forma general a los socios que así lo requieran a través del Beneficiario Principal.
El adjudicatario también se obliga a guardar secreto y a hacerlo guardar al personal que emplee, del que responde, respecto a toda información del Proyecto que con motivo del desarrollo de los trabajos llegue a su conocimiento, no pudiendo utilizarla para sí o para otra persona, entidad o firma.
Para realizar la valoración técnica de las ofertas presentadas, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
- Método, contenido, calidad de la metodología y propuesta del servicio ofertado propuesto
- Adecuación de los perfiles profesionales y materiales para la ejecución de los trabajos por encima de los requisitos establecidos en el Pliego.
- Propuestas de mejora
4. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
El adjudicatario generará la documentación e información, tanto en formato papel como en soporte electrónico, necesaria y suficiente para la adecuada ejecución de cada uno de los capítulos anteriormente indicados.
5. EQUIPO DE TRABAJO
El oferente deberá proponer un equipo de trabajo formado por un Jefe/a de Equipo y un consultor/a y cuanto personal de apoyo estime necesarios para que el servicio de asistencia técnica propuesto pueda prestarse con calidad y capacidad de respuesta adecuada ante los requerimientos del Consello Galego de Cámaras
En los términos expresados en el Pliego de cláusulas particulares, el licitador deberá demostrar que el equipo de trabajo asignado reúna los requisitos mínimos de solvencia técnica exigidos. El equipo de trabajo estará compuesto por las mismas personas durante la duración del contrato en lo referente a las personas dedicadas a la prestación del servicio, salvo las circunstancias excepcionales que así se determinen y que motiven la sustitución de alguno de sus componentes. Si durante la ejecución del contrato la empresa adjudicataria tuviese necesidad de cambiar alguno de los medios personales propuestos en la oferta, lo podrá hacer previa información al Consejo Superior de Cámaras y con el acuerdo de éste, sin que ello suponga menoscabo en la calidad de los trabajos o de la prestación del servicio.
El Consello Galego de Cámaras se reserva el derecho a solicitar la sustitución de alguno o de todos los miembros del equipo cuando exista razón justificada para ello. Dicha petición deberá ser indefectiblemente atendida por la empresa prestataria del servicio. El citado personal dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria, y por tanto ésta tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresa, debiendo cumplir las disposiciones vigentes en materia Laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud, sin que en ningún caso pueda alegarse, por dicho personal, derecho alguno en relación con el Consello Galego de Cámaras, ni exigirse a éste responsabilidades como consecuencia de las obligaciones existentes entre la empresa adjudicataria y sus empleados.
CAPÍTULO III. CARACTERÍSTICAS ECONÓMICAS
6. PRESUPUESTO
El presupuesto máximo del contrato asciende a la cantidad de cincuenta y cuatro mil euros (54.000,00€), no estando incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
CAPÍTULO IV. CUESTIONES ADICIONALES
7. CONTROL Y SEGUIMIENTO
Para la supervisión de la marcha de la prestación del servicio el Consello Galego de Cámaras -el cual podrá establecer las instrucciones y orientaciones que estime pertinentes para la correcta realización del objeto del contrato-, podrá convocar en su sede cuantas reuniones de seguimiento sean necesarias para su correcto desarrollo. Asimismo en la medida de lo posible se utilizarán medios telemáticos y correo electrónico para agilizar la prestación del servicio y la capacidad de respuesta ante cualquier requerimiento del Consello Galego de Cámaras.