S E L E C C I Ó N D E C O N S U L T O R E S
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S E L E C C I Ó N D E C O N S U L T O R E S
Solicitud de Propuestas Servicios de Consultoría
Contratación de:
“AUDITORIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y EL USO DE LAS CUENTAS DEL PROYECTO, PARA EL PERIODO DEL 4 XX XXXXX DE 2021 AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2026”
SDP N.o: CP-FHIS-05-2022
Servicios de consultoría para: Auditoría de los Estados Financieros y el Uso de las Cuentas del Proyecto, para el período del 4 xx xxxxx de 2021 al 31 de diciembre de 2026
Contratante: Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS-FHIS).
País: República de Honduras
Emitida el: 25 xx xxxxx del 2022
ÍNDICE
PARTE I
Sección 1. Carta de Solicitud de Propuestas y Modelo de Notificaciön de Intención de Adjudicar
Sección 2. Instrucciones a los Consultores y Hoja de Datos A. Disposiciones generales
Definiciones Introducción Conflicto de interés
Ventaja por competencia desleal Fraude y corrupción Elegibilidad
B. Elaboración de la Propuesta
7. Consideraciones generales
8. Costo de la elaboración de la Propuesta
9. Idioma
10. Documentos incluidos en la Propuesta 11. Solo una Propuesta
12. Validez de la Propuesta
13. Aclaraciones y modificación de la SDP
14. Elaboración de la Propuesta: Consideracio-nes específicas 15. Formato y contenido de la Propuesta Técnica
16. Propuesta Financiera
C. Presentación, apertura y evaluación
17. Presentación, sellado y marcado de las Propuestas 18. Confidencia-lidad
19. Apertura de las Propuestas Técnicas 20. Evaluación de las Propuestas
21. Evaluación de las Propuestas Técnicas
22. Propuestas Financieras para la SBC
23. Apertura pública de las Propuestas Financieras (para los métodos de SBCC, SPF y SBMC)
24. Corrección de errores
25. Impuestos
26. Conversión a una única moneda
27. Evaluación combinada de la calidad y el costo D. Negociaciones y adjudicación
28. Negociaciones
29. Conclusión de las negociaciones
30. Plazo Suspensivo
31. Notificación de Intención de Adjudicar el Contrato
32. Notificación de la Adjudicación del Contrato 33. Explicaciones proporcionadas por el Contratante 34. Adjudicación del Contrato
35. Quejas relacionadas con Adquisiciones E. Hoja de Datos
Sección 3. Propuesta Técnica: Formularios estándar
1. Lista de verificación de los formularios requeridos
2. Formulario TEC-1
3. Formulario TEC-2
4. Formulario TEC-3
5. Formulario TEC-4
6. Formulario TEC-4
7. Formulario TEC-5
8. Formulario TEC-6
9. Formulario TEC-7
Sección 4. Propuesta Financiera: Formularios estándar Sección 5. Países elegibles
Sección 6. Fraude y corrupción Sección 7. Términos de Referencia PARTE II
Sección 8. Condiciones contractuales y modelos
I. Modelo de contrato
II. Condiciones Generales del Contrato A. Disposiciones generales
1. Definiciones
2. Relación entre las Partes 3. Ley que rige el Contrato 4. Idioma
5. Encabeza-mientos
6. Notificaciones
7. Lugar donde se prestarán los Servicios 8. Facultades del integrante a cargo
9. Representantes Autorizados 10. Fraude y corrupción
B. Inicio, cumplimiento, modificación y rescisión del Contrato 11. Entrada en vigor del Contrato
12. Rescisión del Contrato por no haber entrado en vigor 13. Comienzo de la prestación de los Servicios
14. Vencimiento del Contrato 15. Totalidad del acuerdo
16. Modificaciones o variaciones
17. Fuerza mayor
18. Suspensión
19. Rescisión
C. Obligaciones del Consultor 20. Generalidades
21. Conflicto de intereses 22. Confidencialidad
23. Responsabilidad del Consultor
24. Seguros que deberá contratar el Consultor 25. Contabilidad, inspección y auditoría
26. Obligación de presentar informes
27. Derechos de propiedad del Contratante sobre informes y registros 28. Equipos, vehículos y materiales
D. Expertos del Consultor y Subconsultores 29. Descripción de los Expertos Principales 30. Reemplazo de los Expertos Principales
31. Remoción de los Expertos o los Subconsultores E. Obligaciones del Contratante
32. Colaboración y exenciones
33. Acceso al emplazamiento del Proyecto
34. Modificación de la Legislación Aplicable en relación con los impuestos y derechos 35. Servicios, instalaciones y bienes del Contratante
36. Personal de contrapartida 37. Obligación de pago
F. Pagos al Consultor 38. Precio del Contrato 39. Impuestos y derechos 40. Moneda de pago
41. Modalidad de facturación y pago 42. Intereses sobre pagos en xxxx G. Equidad y buena fe
43. Buena fe
H. Solución de controversias 44. Solución amigable
45. Solución de controversias
III. Condiciones Especiales del Contrato
IV. Apéndices
Apéndice A: Términos de Referencia Apéndice B: Expertos Principales
Apéndice C: Desglose del precio del Contrato Apéndice D: Modelo de garantía por anticipo
PARTE I
Sección 1. Carta de la Solicitud de Propuesta
Sección 1. Carta de Solicitud de Propuestas Servicios de Consultoría
Título del trabajo: Auditoría de los Estados Financieros y el Uso de las Cuentas del Proyecto, para el período del 4 xx xxxxx de 2021 al 31 de diciembre de 2026
Número de referencia de la SDP No: CP-FHIS-05-2022
Número de crédito n. o CR. 6822-HN
País: Honduras
Fecha: 25 xx xxxxx del 2022
Señor (a) Representante Legal Su Oficina
Estimado Sr. /Xxxxxxxx Xxx.:
1. La República de Honduras (denominado en adelante “el Prestatario”) ha recibido financiamiento de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) (el “Banco”) en la forma de un crédito (en adelante, el crédito) para solventar el costo del Proyecto de Recuperación de Emergencia a causa de los ciclones tropicales Eta e Iota (PRE). La Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS-FHIS), organismo de ejecución del Contratante, se propone utilizar una parte de los fondos de este crédito para efectuar pagos elegibles en virtud del Contrato para el cual se expide esta Solicitud de Propuestas. La Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS-FHIS) se propone utilizar los fondos para efectuar pagos elegibles en virtud del Contrato para el cual se expide esta Solicitud de Propuestas. Los pagos se efectuarán a pedido de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS-FHIS) y tras la aprobación del Banco, y estarán sujetos, en todos los aspectos, a los términos y condiciones del convenio de financiamiento. El convenio de financiamiento prohíbe efectuar retiros de la cuenta del crédito para efectuar pagos a personas o entidades, o para la importación de bienes, si dicho pago o importación, según el xxxx saber del Banco, está prohibido en virtud de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en el marco del Capítulo VII de dicho organismo. Ninguna parte que no sea la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS-FHIS) podrá derivar derechos del convenio de financiamiento ni reclamar los fondos del financiamiento.
2. El Contratante invita a presentar propuestas para brindar los siguientes servicios de consultoría (en adelante, los “Servicios”): Auditoría de los Estados Financieros y el Uso de las Cuentas
del Proyecto, para el período del 4 xx xxxxx de 2021 al 31 de diciembre de 2026. En los Términos de Referencia (sección 7) se dan más detalles sobre los Servicios.
3. Se ha enviado esta Solicitud de Propuestas (SDP) a los siguientes Consultores incluidos en la lista corta:
a. KPMG, S. de R. L.
b. PRICEWATER HOUSE COOPERS, S. DE R. L.
c. DELOITTE & XXXXXX, S.A. DE C.V.
x. XXXXX & YOUNG
x. Xxxxxxx
4. No está permitido transferir esta SDP a ninguna otra firma.
5. Se elegirá una empresa mediante el procedimiento de Selección Basada en la Calidad y el Costo y con el formato de Propuesta Técnica Simplificada (PTS), tal como se describe en esta SDP, de conformidad con las políticas del Banco detalladas en las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios de Proyectos de Inversión del Banco publicadas en julio de 2016 revisadas en noviembre 2017 y agosto 2018 (“Regulaciones de Adquisiciones”), que pueden encontrarse en el sitio web xxx.xxxxxxxxx.xxx.
La SDP incluye los siguientes documentos: Sección 1. Carta de Solicitud de Propuestas
Sección 2. Instrucciones a los Consultores y Hoja de Datos Sección 3. Propuesta Técnica PTS: Formularios estándar Sección 4. Propuesta Financiera: Formularios estándar Sección 5. Países elegibles
Sección 6. Fraude y corrupción Sección 7. Términos de Referencia
Sección 8. Modelo de contrato estándar de Suma Global
Sección 9. Formularios de Intención de Adjudicación y de Declaración de Propiedad Efectiva
6. Sírvase informarnos a más tardar en el plazo de 5 días de haber recibido esta invitación a la siguiente dirección: Secretaría de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento – SEDECOAS-FHIS, Centro Cívico Gubernamental “Xxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx”, Torre II, Boulevard “Xxxx Xxxxx Xxxxxxx”, Avenida Xxxxx, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras o por correo electrónico a: xxx.xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx lo siguiente:
(a) si ha recibido esta Solicitud de Propuestas y
(b) si tiene intención de presentar una propuesta en forma individual o si buscará enriquecer su experiencia solicitando permiso para asociarse con otra(s) firma(s) (si así lo permite la sección 2, Instrucciones a los Consultores, cláusula 14.1.1 de la Hoja de Datos).
7. Los detalles sobre la fecha, hora y dirección en que se debe presentar la propuesta pueden consultarse en las IAC 17.7 y 17.9.
Atentamente,
MSC. ING. XXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX
Secretario de Estado en los Despachos de la Secretaría de Desarrollo Comunitario Agua y Saneamiento (SEDECOAS) Ministro Director del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS)
Sección 2. Instrucciones a los Consultores y Hoja de Datos
Instrucciones a los Consultores
A. Disposiciones generales
1. Definiciones (a) Por “afiliado(s)” se entiende un individuo o una entidad
que controla al Consultor, es controlado por él o está sometido a control conjunto con el Consultor, directa o indirectamente.
(b) Por “Legislación Aplicable” se entiende las leyes y otros instrumentos que tengan fuerza xx xxx en el país del Contratante o en otro país especificado en la Hoja de Datos, que se promulguen y entren en vigor oportunamente.
(c) Por “Banco” se entiende el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) o la Asociación Internacional de Fomento (AIF).
(d) Por “Prestatario” se entiende el Gobierno, el organismo gubernamental u otra entidad que firme el convenio de [préstamo/financiamiento-donación1] con el Banco.
(e) Por “Contratante” se entiende el organismo de ejecución que firma el Contrato con el Consultor seleccionado para la prestación de los Servicios.
(f)Por “Consultor”' se entiende una empresa de consultoría profesional legalmente establecida o una entidad que brinda o puede brindar al Contratante los Servicios estipulados en el Contrato.
(g) Por “Contrato” se entiende el convenio escrito legalmente vinculante firmado por el Contratante y el Consultor que incluye todos los documentos adjuntos enumerados en su cláusula 1 (las Condiciones Generales del Contrato —CGC—, las Condiciones Especiales del Contrato —CEC— y los Apéndices).
(h) Por “Hoja de Datos” se entiende una parte de la sección 2 de las IAC, que se utiliza para reflejar condiciones específicas del país o del trabajo en cuestión
1 [El término “convenio xx xxxxxxxx” se usa para los préstamos del BIRF; “convenio de financiamiento”, para los créditos de la AIF, y “convenio de donación”, para los fondos fiduciarios ejecutados por los receptores administrados por el BIRF o la AIF].
y que complementan, pero no reemplazan las disposiciones estipuladas en las IAC.
(i) Por “día” se entiende día corrido, a menos que se especifique “día hábil”. “Día hábil” es cualquier día considerado oficialmente laborable en el país del Prestatario. Se excluyen los feriados públicos oficiales del Prestatario.
(j) Por “Expertos” se entiende, colectivamente, los Expertos Principales, los Expertos Secundarios o cualquier otro integrante del personal del Consultor, Subconsultor o miembro(s) de la APCA.
(k) Por “Gobierno” se entiende el Gobierno del país del Contratante.
(l) Por “por escrito” se entiende comunicado de manera escrita (por ejemplo, por correo postal, correo electrónico, fax e incluso, si así se especifica en la Hoja de Datos, distribuido o recibido a través del sistema electrónico de adquisiciones utilizado por el Contratante), con prueba de recibo.
(m)Por “Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA)” se entiende una asociación con personería jurídica distinta de la de sus integrantes o sin ella, conformada por más de un Consultor, en la que un integrante tiene la facultad para realizar todas las actividades comerciales para uno o para todos los demás integrantes de la asociación y en nombre de ellos, y cuyos miembros son solidariamente responsables ante el Contratante por el cumplimiento del Contrato.
(n) Por “Experto Principal” se entiende un profesional cuyas capacidades, calificaciones, conocimientos y experiencia son esenciales para la prestación de los Servicios estipulados en el Contrato y cuyo currículum se toma en cuenta en la evaluación técnica de la Propuesta del Consultor.
(o) Por “IAC” (esta sección 2 de la SDP) se entiende las Instrucciones a los Consultores, en las que se brinda a los Consultores de la lista corta toda la información necesaria para elaborar sus Propuestas. Por “Experto Secundario” se entiende un profesional presentado por el Consultor o por su Subconsultor, al que se asigna la tarea de brindar los Servicios o alguna parte de ellos
conforme al Contrato, y cuyo currículum no se evalúa de forma individual.
(p) “Expertos que no son Clave" significa cualquier profesional proporcionado por el Consultor o sus subcontratistas quien es asignado a desempeñar los servicios o cualquier parte del trabajo del contrato cuyo CV no es evaluado individualmente.
(q) Por “Propuesta” se entiende la Propuesta Técnica y la Propuesta Financiera del Consultor.
(r) Por “SDP” se entiende la Solicitud de Propuestas que deberá elaborar el Contratante para la selección de los Consultores, de acuerdo con el DEA-SDP.
(s) Por “DEA-SDP” se entiende el documento estándar de adquisiciones-Solicitud de Propuestas que el Contratante debe utilizar como guía para elaborar la SDP.
(t) Por “Servicios” se entiende el trabajo que deberá realizar el Consultor en virtud del Contrato.
(u) Por “Subconsultor” se entiende una entidad que el Consultor se propone subcontratar para que brinde alguna parte de los Servicios, sin por ello dejar de ser responsable ante el Contratante durante toda la vigencia del Contrato.
(v) Por “Términos de Referencia” (sección 7 de la SDP) se entiende los Términos de Referencia en los que se explican los objetivos, el alcance del trabajo, las actividades y las tareas que se deberán realizar, las responsabilidades respectivas del Contratante y del Consultor, y los resultados y productos previstos de dicho trabajo.
(w)“ASSS” significa medidas ambientales, sociales (incluyendo explotación y abusos sexuales –EAS- y violencia de género –VBG), seguridad y salud en el trabajo.
2. Introducción 2.1 El Contratante identificado en la Hoja de Datos busca
seleccionar un Consultor de entre los enumerados en la Solicitud de Propuestas (SDP), de conformidad con el método de selección especificado en la Hoja de Datos.
3. Conflicto de interés
a. Actividades incompatibles
2.2 A tal fin, se invita a los Consultores incluidos en la lista corta a presentar una Propuesta Técnica y una Propuesta Financiera, o solamente una Propuesta Técnica, según se especifique en la Hoja de Datos, sobre los servicios de consultoría requeridos para el trabajo que se indica en dicha Hoja de Datos. La Propuesta constituirá la base para las negociaciones y, eventualmente, para la firma del Contrato con el Consultor seleccionado.
2.3 Los Consultores deberán familiarizarse con las condiciones locales y tenerlas en cuenta al elaborar sus Propuestas, lo que incluye asistir a una reunión previa a la presentación de las Propuestas, si así se especifica en la Hoja de Datos. La asistencia a esta reunión es optativa y los gastos estarán a cargo de los Consultores.
2.4 Oportunamente, el Contratante suministrará, sin costo alguno a los Consultores, los insumos, los datos pertinentes del proyecto y los informes necesarios para que el Consultor elabore su Propuesta según se especifica en la Hoja de Datos.
3.1 El Consultor debe brindar asesoramiento profesional, objetivo e imparcial y en todo momento debe otorgar máxima importancia a los intereses del Contratante, evitando rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con sus propios intereses institucionales y sin consideración alguna de cualquier labor futura.
3.2 El Consultor tiene la obligación de revelar al Contratante cualquier situación de conflicto real o posible que afecte su capacidad para atender los intereses de su Contratante. Si no lo hiciere, podría dar lugar a su descalificación o a la rescisión de su Contrato o a la aplicación de sanciones del Banco.
3.2.1 Sin que ello constituya limitación alguna a la cláusula anterior, no se contratará al Consultor en ninguna de las circunstancias que se indican a continuación:
i) Conflicto entre las actividades de consultoría y la adquisición de bienes, obras o servicios distintos de los de consultoría. Una firma (o cualquiera de sus afiliados) que haya sido contratada por el Contratante para suministrar bienes, realizar obras o prestar servicios distintos de los de consultoría para un proyecto quedará descalificada para brindar servicios de consultoría que resulten de esos bienes, obras o
b. Trabajos incompatibles
c. Relaciones incompatibles
4. Ventaja por competencia desleal
5. Fraude y Corrupción
servicios distintos de los de consultoría o que se relacionen directamente con ellos. Recíprocamente, una firma (o cualquiera de sus afiliados) contratada para brindar servicios de consultoría para la preparación o ejecución de un proyecto quedará descalificada para suministrar posteriormente bienes, obras o servicios distintos de los de consultoría que resulten de los servicios de consultoría ofrecidos para dicha preparación o ejecución, o que se relacionen directamente con ellos.
ii) Conflicto entre trabajos de consultoría: No se podrá contratar a un Consultor (incluidos sus Expertos y Subconsultores) ni a ninguno de sus afiliados para realizar un trabajo que, por su naturaleza, pueda estar en conflicto con otro trabajo que el Consultor ejecute para el mismo Contratante o para otro.
iii) Relaciones con el personal del Contratante. No se podrá adjudicar un Contrato a un Consultor (incluidos sus Expertos y Subconsultores) que tenga una relación familiar o comercial estrecha con un miembro del personal profesional del Prestatario (o del Contratante o del organismo de ejecución, o de un receptor de una parte del financiamiento del Banco) que esté directa o indirectamente involucrado en algún aspecto de: i) la elaboración de los Términos de Referencia del trabajo,
ii) el proceso de selección para el Contrato, o iii) la supervisión del Contrato, a menos que el conflicto originado por esta relación haya sido resuelto de manera aceptable para el Banco y así se mantenga durante todo el proceso de selección y ejecución del Contrato.
4.1 La equidad y la transparencia en el proceso de selección requieren que los Consultores (o sus afiliados) que compitan por un trabajo específico no obtengan ninguna ventaja competitiva por haber prestado servicios de consultoría relacionados con el trabajo en cuestión. Para tal fin, el Contratante deberá indicar en la Hoja de Datos y poner a disposición de los Consultores de la lista corta, junto con esta SDP, toda la información que en tal respecto pudiera dar a dicho Consultor alguna ventaja competitiva injusta sobre los demás Consultores.
5.1 El Banco exige el cumplimiento de las directrices de lucha contra la corrupción del Banco y sus políticas y
procedimientos de sanciones vigentes, tal como se indica en la sección 6.
5.2 Para dar cumplimiento a esta política, los Consultores deberán permitir al Banco —y requerir que lo permitan sus agentes (declarados o no), subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios, proveedores, y personal— inspeccionar todas las cuentas, registros y otros documentos relativos a cualquier proceso de selección inicial, proceso de elaboración de listas cortas, presentación de propuestas y ejecución de contratos (en el caso de la adjudicación) y someterlos a la auditoría de profesionales designados por el Banco.
6. Elegibilidad 6.1 En los proyectos financiados por el Banco, pueden ofrecer
sus servicios Consultores de todos los países (individuos y firmas, incluso Asociaciones Temporales y sus integrantes).
6.2 Asimismo, es responsabilidad del Consultor garantizar que sus Expertos, los miembros de la APCA, sus Subconsultores, agentes (hayan sido declarados o no), subcontratistas, prestadores de servicios, proveedores o sus empleados cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos por el Banco en las Normas Aplicables.
6.3 Como excepción a las IAC 6.1 y 6.2 precedentes:
a. Sanciones 6.3.1 Un Consultor que haya sido sancionado por el
Banco de conformidad con sus directrices de lucha contra la corrupción y sus políticas y procedimientos de sanciones actuales, establecidos en el Marco de Sanciones del GBM, tal como se describe en la sección VI, “Fraude y corrupción”, párrafo 2.2 d, no podrá ser incluido en la lista corta, presentar Propuestas ni resultar adjudicatario de un Contrato financiado por el Banco, ni podrá beneficiarse financieramente ni de ningún otro modo con tal Contrato durante el período de tiempo que el Banco haya establecido. La lista de personas y empresas inhabilitadas puede consultarse en la dirección electrónica especificada en el DEA.
b. Prohibiciones 6.3.2 Las empresas y los individuos de un país o los bienes
fabricados en un país podrán considerarse inelegibles si así se indica en la Sección 5 (“Países elegibles”) y:
(a) si como consecuencia xx xxxxx o normas oficiales, el país del Prestatario prohíbe las relaciones comerciales
c. Restricciones para las empresas de propiedad estatal
d. Restricciones para los empleados públicos
e. Inhabilitación impuesta por el Prestatario
con ese país, siempre que el Banco considere que dicha exclusión no impide la competencia efectiva en la prestación de los Servicios requeridos;
(b) si, en cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del capítulo VII de la Carta de dicho organismo, el país del Prestatario prohíbe la importación de productos de ese país o los pagos a un país, o a una persona o entidad de ese país.
6.3.3 Las instituciones o empresas de propiedad estatal del país del Prestatario podrán competir por un Contrato y resultar adjudicatarias únicamente si demuestran, de un modo aceptable para el Banco, que: i) son legal y financieramente autónomas, ii) realizan operaciones de acuerdo con el derecho comercial y iii) no están sometidas a la supervisión del Contratante.
6.3.4 Los funcionarios gubernamentales y los empleados públicos del país del Prestatario no podrán ser incluidos como Expertos, personas o miembros de un equipo de Expertos en la Propuesta del Consultor a menos que:
i) los servicios del funcionario gubernamental o del empleado público sean únicos y excepcionales, o su participación sea crucial para la ejecución del proyecto, y
ii) su contratación no cree un conflicto de interés, lo que incluye cualquier conflicto con la legislación laboral o con otras leyes, normas o políticas del Prestatario.
6.3.5 Una empresa a la que el Prestatario haya inhabilitado como adjudicatario de contratos podrá participar en este proceso de adquisición, a menos que el Banco, a pedido del Prestatario, considere que dicha inhabilitación a) se relaciona con actos de fraude o corrupción y b) siguió un procedimiento judicial o administrativo que garantizó a la empresa un debido proceso.
7. Consideraciones Generales
8. Costo de la elaboración de la Propuesta
B. Elaboración de la Propuesta
7.1 Para elaborar la Propuesta, el Consultor deberá examinar en detalle la SDP. De observarse deficiencias significativas en la presentación de los datos requeridos en la SDP, la Propuesta podrá ser rechazada.
8.1 El Consultor asumirá todos los costos asociados con la elaboración y presentación de su Propuesta, y el Contratante no será responsable por dichos costos, independientemente de la forma en que se desarrolle el proceso de selección o de su resultado. El Contratante no está obligado a aceptar ninguna Propuesta y se reserva el derecho de anular el proceso de selección en cualquier momento antes de la adjudicación del Contrato, sin por ello contraer ninguna obligación para con el Consultor.
9. Idioma 9.1 La Propuesta, así como toda la correspondencia y los
documentos relacionados con ella que intercambien el Consultor y el Contratante se escribirán en el/los idioma(s) que se indica(n) en la Hoja de Datos.
10. Documentos incluidos en la Propuesta
11. Solo una Propuesta
10.1 La Propuesta deberá incluir los documentos y los formularios que se enumeran en la Hoja de Datos.
10.2 Si la Hoja de Datos así lo indica, el Consultor deberá incluir una declaración en la que se comprometa a observar las leyes del país del Contratante referidas al fraude y la corrupción (incluido el soborno) cuando compita por el Contrato y durante su ejecución.
10.3 El Consultor deberá entregar información sobre las comisiones, gratificaciones y honorarios pagados o que hayan de pagarse a los agentes o a cualquier otra parte en relación con esta Propuesta y, en caso de adjudicación, con la ejecución del Contrato, según se solicita en el formulario de presentación de la Propuesta Financiera (sección 4).
11.1 El Consultor (incluidos cada uno de los integrantes de una APCA) presentará solamente una Propuesta, ya sea a nombre propio o como parte de una APCA en otra Propuesta. Si un Consultor, incluso un integrante de una APCA, presenta más de una Propuesta o participa en más de una, ser descalificarán y rechazarán todas esas Propuestas. Sin embargo, esto no impedirá que un Subconsultor o que un miembro del personal del Consultor participe como Experto Principal o Experto Secundario en
12. Validez de la Propuesta
a. Extensión del período de validez
más de una Propuesta cuando las circunstancias lo justifiquen y así se indique en la Hoja de Datos.
12.1 En la Hoja de Datos se indica el periodo durante el cual la Propuesta del Consultor debe mantener su validez una vez concluido el plazo para presentar Propuestas.
12.2 Durante este período, el Consultor no podrá introducir cambio alguno en su Propuesta original, lo que incluye la disponibilidad de los Expertos Principales, las tarifas y el precio total.
12.3 Si se establece que alguno de los Expertos Principales mencionados en la Propuesta del Consultor no estaba disponible en el momento de presentar dicha Propuesta o que se lo incluyó sin antes obtener su confirmación, tal Propuesta será descalificada y rechazada, no se proseguirá con su evaluación y podrán aplicarse las sanciones que se contemplan en la IAC 5.
12.4 El Contratante hará todo lo que esté a su alcance para concluir las negociaciones y adjudicar el contrato dentro del periodo de validez de la Propuesta. Sin embargo, en caso de necesidad, podrá solicitar por escrito a todos los Consultores que presentaron Propuestas antes de la fecha límite que extiendan la validez de sus Propuestas.
12.5 Si el Consultor acepta extender la validez de su Propuesta, esto se hará sin introducir cambio alguno en ella y con la confirmación de la disponibilidad de los Expertos Principales, con la excepción de lo dispuesto en la IAC 12.7.
12.6 El Consultor tiene derecho a negarse a extender la validez de su Propuesta, en cuyo caso no se proseguirá con su evaluación.
b. Sustitución de Expertos Principales en caso de extensión de la validez
c. Subcontra- tación
13. Aclaraciones y modificación de la SDP
12.7 En caso de que alguno de los Expertos Principales no pueda estar disponible durante el período de validez ampliado, el Consultor procurará sustituirlo con otro Experto Principal. El Consultor deberá entregar por escrito una justificación adecuada y pruebas que resulten satisfactorias para el Contratante, junto con el pedido de sustitución. En tal caso, el Experto Principal sustituto deberá contar con experiencia y calificaciones equivalentes o mejores que las del Experto propuesto originalmente. Sin embargo, el puntaje de la evaluación técnica seguirá basándose en el análisis del currículum del Experto Principal original.
12.8 Si el Consultor no puede presentar un Experto Principal sustituto con iguales o mejores calificaciones, o si la justificación o los motivos esgrimidos para el reemplazo no resultan aceptables para el Contratante, dicha Propuesta será rechazada, previa “no objeción” del Banco.
12.9 El Consultor no podrá subcontratar la totalidad de los Servicios.
13.1 El Consultor podrá solicitar aclaraciones sobre cualquier parte de la SDP durante el período que se indica en la Hoja de Datos y antes de la fecha límite para la presentación de Propuestas. Toda solicitud de aclaración deberá enviarse por escrito, o por los medios electrónicos habituales, a la dirección del Contratante que se indica en la Hoja de Datos. El Contratante responderá por escrito o por los medios electrónicos habituales y enviará copias escritas de la respuesta (incluida una explicación de la consulta pero sin identificar su procedencia) a todos los Consultores de la lista corta. En caso de que el Contratante estime necesario modificar la SDP como resultado de las aclaraciones, lo hará siguiendo el procedimiento que se describe a continuación:
13.1.1 En cualquier momento antes de la fecha límite para la presentación de Propuestas, el Contratante podrá modificar la SDP, para lo cual deberá difundir la enmienda por escrito o por los medios electrónicos habituales. Esta modificación deberá enviarse a todos los Consultores de la lista corta y tendrá carácter vinculante para ellos. Los Consultores de la lista corta acusarán recibo por escrito de todas las modificaciones.
13.1.2 Si la enmienda es significativa, el Contratante podrá extender el plazo para la presentación de
14. Elaboración de la Propuesta: Consideraciones Específicas
Propuestas a fin de otorgar a los Consultores de la lista corta un tiempo razonable para tener en cuenta dicha modificación en sus Propuestas.
13.2 El Consultor podrá entregar una Propuesta modificada o una modificación de cualquier parte de dicha Propuesta en cualquier momento antes de la fecha límite para la presentación de Propuestas. Después de esa fecha límite no se aceptarán modificaciones a la Propuesta Técnica ni a la Financiera.
14.1 Al elaborar la Propuesta, el Consultor deberá prestar especial atención a lo siguiente:
14.1.1 Si un Consultor de la lista corta considera que puede enriquecer sus conocimientos técnicos para el trabajo asociándose con otros consultores mediante una APCA o como Subconsultores, podrá hacerlo ya sea con a) consultor(es) no incluido(s) en la lista corta o con b) Consultores de la lista corta si así lo permite la Hoja de Datos. En todos los casos, el Consultor de la lista corta deberá obtener la aprobación escrita del Contratante antes de presentar la Propuesta. Cuando se una a firmas no incluidas en la lista corta en una APCA o una Subconsultoría, el Consultor de la lista corta deberá ser el integrante principal del grupo. Si diversos Consultores de la lista corta se asocian entre sí, cualquiera de ellos podrá ser el integrante principal.
14.1.2 El Contratante podrá indicar en la Hoja de Datos el tiempo que se estima deberán dedicar los Expertos Principales (expresado en meses- persona) o el costo total que estima para la conclusión de la tarea, pero no ambas cosas. Esta estimación es solo indicativa y la Propuesta deberá basarse en las propias estimaciones del Consultor.
14.1.3 Si así se indica en la Hoja de Datos, el Consultor deberá incluir en su Propuesta al menos la misma cantidad de tiempo estimada para los Expertos Principales (en la misma unidad que se indica en la Hoja de Datos); caso contrario, se ajustará la Propuesta Financiera para poder efectuar comparaciones con otras Propuestas y decidir la adjudicación de acuerdo con el procedimiento establecido en la Hoja de Datos.
15. Formato y contenido de la Propuesta Técnica
16. Propuesta Financiera
a. Ajuste del precio
14.1.4 Para trabajos en los que se aplique el método de Selección Basada en un Presupuesto Fijo, no se divulgará el tiempo estimado de los Expertos Principales. En la Hoja de Datos se consignará el presupuesto total disponible, con la indicación de si incluye o no los impuestos, y la Propuesta Financiera no podrá exceder este monto.
15.1 La Propuesta Técnica deberá elaborarse utilizando los formularios estándar incluidos en la Sección 3 de la SDP y deberá contener los documentos enumerados en la Hoja de Datos. No deberá incluir información financiera. Toda Propuesta Técnica que contenga información financiera significativa se desestimará por falta de conformidad.
15.1.1 El Consultor no deberá proponer Expertos Principales alternativos. Se deberá presentar solo un currículum por cada uno de los puestos de Expertos Principales. De no cumplir con este requisito, la Propuesta será desestimada por falta de conformidad.
15.2 Según la índole del trabajo, el Consultor deberá presentar una Propuesta Técnica Extensa (PTE) o una Propuesta Técnica Simplificada (PTS), tal como se indique en la Hoja de Datos, y utilizar para ello los formularios estándar incluidos en la Sección 3 de la SDP.
16.1 La Propuesta Financiera deberá elaborarse utilizando los formularios estándar incluidos en la Sección 4 de la SDP. En ella se deberán enumerar todos los costos asociados con el trabajo, incluidos: (a) la remuneración de los Expertos Principales y Secundarios, (b) los gastos reembolsables indicados en la Hoja de Datos.
16.2 Para trabajos con una duración de más de 18 meses, se aplicará una cláusula sobre el ajuste de precio en función de la inflación extranjera y/o local en las tarifas de remuneración, si así se indica en la Hoja de Datos.
b. Impuestos 16.3 El Consultor, sus Subconsultores y Expertos son responsables de cumplir con todas las obligaciones tributarias que surjan del Contrato, a menos que se indique otra cosa en la Hoja de Datos. En dicha Hoja de Datos se incluye información sobre los impuestos del país del Contratante.
c. Moneda de la Propuesta
d. Moneda de pago
16.4 El Consultor podrá expresar el precio de sus Servicios en la moneda o monedas que se indican en la Hoja de Datos. Si así se establece en la Hoja de Datos, la porción del precio que representa el costo local se consignará en la moneda nacional.
16.5 Los pagos correspondientes al Contrato se harán en la moneda o monedas en las que se solicite el pago en la Propuesta
17. Presentación, cerrado y marcado de las Propuestas
C. Presentación, Apertura y Evaluación
17.1 El Consultor deberá presentar una Propuesta firmada y completa que incluya los documentos y formularios indicados en la IAC 10 (“Documentos incluidos en la Propuesta”). Los Consultores marcarán como “CONFIDENCIAL” la información contenida en sus Propuestas que consideren confidencial en sus operaciones. Esto puede incluir información propia de la firma, secretos comerciales o información delicada desde el punto de vista comercial o financiero. La presentación puede hacerse por correo o en mano. Si la Hoja de Datos así lo indica, el Consultor tendrá la opción de presentar sus Propuestas por medios electrónicos.
17.2 Un representante autorizado del Consultor deberá firmar las cartas de presentación originales en el formato requerido, tanto para la Propuesta Técnica, como, si corresponde, para la Financiera, y deberá poner sus iniciales en todas las páginas de ambas. La autorización se plasmará en un poder escrito que deberá adjuntarse a la Propuesta Técnica.
17.2.1 Una Propuesta entregada por una APCA deberá ir firmada por todos sus integrantes, de modo que sea legalmente vinculante para todos ellos, o por un representante autorizado que tenga un poder escrito firmado por el representante autorizado de cada uno de los integrantes.
17.3 Toda modificación, revisión, interlineado, borradura o reemplazo será válido únicamente si está firmado por la persona que suscribe la Propuesta o si tiene sus iniciales.
17.4 La Propuesta firmada deberá marcarse como “ORIGINAL”, y sus copias, como “COPIA” según corresponda. El número de copias se indica en la Hoja de Datos. Todas las copias
18. Confidencia- lidad
se tomarán del original firmado. En caso de discrepancias entre el original y las copias, prevalecerá el original.
17.5 El original y todas las copias de la Propuesta Técnica deberán colocarse dentro de un sobre sellado, marcado claramente con el rótulo “Propuesta Técnica”, “[nombre del trabajo]”, [número de referencia], [nombre y dirección del Consultor], y con la siguiente advertencia: “No abrir hasta [indique el día y la hora de la fecha límite para presentar Propuestas Técnicas]”.
17.6 De modo similar, la Propuesta Financiera original (si se requiere para el método de selección aplicable) y sus copias deberán colocarse dentro de un sobre sellado aparte, marcado claramente con el rótulo “Propuesta Financiera”, “[nombre del trabajo]”, [número de referencia], [nombre y dirección del Consultor], y con la siguiente advertencia: “No abrir al mismo tiempo que la Propuesta Técnica”.
17.7 Los sobres sellados que contengan la Propuesta Técnica y la Financiera se colocarán en otro sobre exterior que también deberá sellarse. Este sobre exterior deberá tener como destinatario al Contratante y llevar la dirección del sitio donde se deben presentar las Propuestas, el número de referencia de la SDP, el nombre del trabajo, el nombre y la dirección del Consultor, y la siguiente leyenda marcada con claridad: “No abrir antes de [escriba el día y la hora de la fecha límite para presentar Propuestas que se indica en la Hoja de Datos]”.
17.8 Si los sobres y los paquetes que contengan las Propuestas no están sellados y marcados tal como se indica, el Contratante no asumirá responsabilidad alguna por su extravío, pérdida o apertura prematura.
17.9 La Propuesta o sus modificaciones deberán enviarse a la dirección consignada en la Hoja de Datos, y el Contratante deberá recibirlas a más tardar en la fecha límite estipulada en dicha Hoja de Datos, o en la nueva fecha establecida tras una extensión del plazo. Toda Propuesta o modificación que el Contratante reciba después de la fecha límite será declarada tardía, rechazada y devuelta prontamente sin abrir.
18.1 Desde el momento en que se abran las Propuestas hasta el momento de la adjudicación del Contrato, el Consultor no podrá ponerse en contacto con el Contratante acerca de
19. Apertura de las Propuestas Técnicas
ningún asunto relacionado con su Propuesta Técnica o Financiera. La información vinculada con la evaluación de las Propuestas y las recomendaciones sobre la adjudicación no podrán ser reveladas a los Consultores que hayan entregado las Propuestas ni a ninguna otra parte que no participe oficialmente en el proceso hasta que se emita una notificación sobre la intención de adjudicar el Contrato. La excepción a esta cláusula es la notificación que envía el Contratante a los Consultores acerca de los resultados de la evaluación de sus Propuestas Técnicas.
18.2 Todo intento de los Consultores de la lista corta o de cualquier otra persona en nombre de un Consultor de ejercer influencia indebida sobre el Contratante en la evaluación de las Propuestas o en las decisiones sobre la adjudicación del Contrato podrá resultar en el rechazo de su Propuesta y en la aplicación de los procedimientos de sanciones vigentes del Banco.
18.3 Sin perjuicio de las disposiciones precedentes, desde el momento en que se abran las Propuestas hasta que se publique la adjudicación del Contrato, si un Consultor desea ponerse en contacto con el Contratante o con el Banco sobre algún asunto relacionado con el proceso de selección, solo podrá hacerlo por escrito.
19.1 El comité de evaluación del Contratante procederá a abrir las Propuestas Técnicas en presencia de los representantes autorizados de los Consultores de la lista corta que opten por asistir al acto (en persona o en línea, si esta opción figurara en la Hoja de Datos). La fecha, hora y dirección de la apertura se indican en la Hoja de Datos. Los sobres que contengan las Propuestas Financieras permanecerán sellados y guardados de manera segura al cuidado de un auditor público reconocido o de una autoridad independiente hasta que sean abiertos de acuerdo con la IAC 23.
19.2 Cuando se proceda a la apertura de las Propuestas Técnicas, se hará lo siguiente: (i) se leerá en voz alta el nombre y el país del Consultor o, de tratarse de una APCA, el nombre de esta, el nombre de su integrante principal y los nombres y países de procedencia de todos sus miembros; (ii) se indicará la presencia o ausencia de un sobre debidamente sellado con la Propuesta Financiera; (iii) se leerán las modificaciones a la Propuesta entregadas antes del cierre del plazo para la presentación de Propuestas, y (iv) se leerá
20. Evaluación de las Propuestas
21. Evaluación de las Propuestas Técnicas
22. Propuestas Financieras para la SBC
23. Apertura pública de las Propuestas Financieras (para los métodos de SBCC, SPF y SBMC)
cualquier otra información que se estime apropiada o que se indique en la Hoja de Datos.
20.1 Con sujeción a lo que se dispone en la IAC 15.1, los evaluadores de las Propuestas Técnicas no tendrán acceso a las Propuestas Financieras hasta que haya concluido la evaluación técnica y el Banco haya expedido su “no objeción”, si corresponde.
20.2 El Consultor no podrá alterar ni modificar su Propuesta de ninguna forma luego de la fecha límite para la presentación de Propuestas, salvo en el caso planteado en la IAC 12.7. Al evaluar las Propuestas, el Contratante se basará únicamente en las Propuestas Técnicas y Financieras presentadas.
21.1 El comité de evaluación del Contratante examinará las Propuestas Técnicas en función de su conformidad con los Términos de Referencia; para ello, aplicará los criterios y subcriterios de evaluación y el sistema de puntos que se indican en la Hoja de Datos. Todas las Propuestas que cumplan con los Términos de Referencia recibirán un puntaje técnico. Las que no respondan a algún aspecto importante de la SDP o que no logren obtener el puntaje técnico mínimo indicado en la Hoja de Datos, serán rechazadas en esta etapa.
22.1 Luego de la calificación de las Propuestas Técnicas, cuando la selección se base únicamente en la calidad (SBC), se invitará al Consultor que haya obtenido el puntaje más alto a negociar el Contrato.
22.2 Si se solicitó la presentación de Propuestas Financieras junto con las Propuestas Técnicas, el comité de evaluación del Contratante abrirá únicamente la Propuesta Financiera del Consultor que haya obtenido el puntaje más alto en la evaluación técnica. Las demás Propuestas Financieras serán devueltas sin abrir una vez que las negociaciones concluyan con éxito y se firme el Contrato.
23.1 Una vez que haya finalizado la evaluación técnica y el Banco haya emitido su no objeción (si corresponde), el Contratante se pondrá en contacto con los Consultores cuyas Propuestas no hayan obtenido el puntaje técnico mínimo o se hayan considerado inelegibles por no responder a la SDP y a los Términos de Referencia, y les comunicará lo siguiente:
(i) que su Propuesta no respondía a la SDP y a los Términos de Referencia o que no obtuvo el puntaje técnico mínimo necesario;
(ii) el puntaje técnico general del Consultor y los puntajes obtenidos en cada criterio y subcriterio;
(iii) que sus Propuestas Financieras les serán devueltas sin abrir una vez que haya finalizado el proceso de selección y se haya firmado el Contrato;
(iv) la fecha, hora y lugar de la apertura pública de las Propuestas Financieras, a la que se los invita a asistir.
23.2 Simultáneamente, el Contratante notificará por escrito a los Consultores cuyas Propuestas obtuvieron el puntaje técnico mínimo y se consideraron elegibles por responder a la SDP y a los Términos de Referencia, y les comunicará lo siguiente:
(i) que su Propuesta respondía a la SDP y a los Términos de Referencia y que obtuvo el puntaje técnico mínimo necesario;
(ii) el puntaje técnico general del Consultor y los puntajes obtenidos en cada criterio y subcriterio;
(iii) que su Propuesta Financiera se abrirá en el acto de apertura pública de las Propuestas Financieras;
(iv) la fecha, hora y lugar de la apertura pública de las Propuestas Financieras, a la que se los invita a asistir.
23.3 La fecha de la apertura deberá dar a los Consultores tiempo suficiente para hacer los arreglos necesarios para asistir al acto, por lo que no deberá ser anterior a los siete (7) días hábiles contados a partir de la fecha en que se notifican los resultados de la evaluación técnica, descripta en las IAC 23.1 y 23.2.
23.4 La asistencia del Consultor a la ceremonia de apertura de las Propuestas Financieras (ya sea en persona o en línea, si se ofrece esta posibilidad en la Hoja de Datos) es optativa y a elección del Consultor.
23.5 El comité de evaluación del Contratante abrirá las Propuestas Financieras en presencia de los representantes de los Consultores y de todo el que desee asistir. Toda parte
24. Corrección de errores
a. Contratos basados en el Tiempo Trabajado
b. Contratos de Suma Global
interesada que desee asistir a esta apertura pública deberá ponerse en contacto con el Contratante siguiendo el modo indicado en la Hoja de Datos. Como alternativa, se podrá publicar un aviso sobre la apertura pública de la Propuestas Financieras en el sitio web del Contratante, si posee uno. En el momento de la apertura se leerán en voz alta los nombres de los Consultores y los puntajes técnicos generales, con el correspondiente desglose por criterio. Seguidamente, se examinarán los sobres de las Propuestas Financieras para confirmar que hayan permanecido cerrados y sellados. Se procederá entonces a abrirlos y a leer y registrar los precios totales. Se enviarán copias de este registro al Banco y a todos los Consultores que hayan presentado Propuestas.
24.1 Se asumirá que las actividades y los elementos que se describen en la Propuesta Técnica pero que no tienen asignado un precio en la Propuesta Financiera están incluidos en los precios de otras actividades o elementos y no se harán correcciones a la Propuesta Financiera.
24.1.1. Si la SDP incluye el modelo de Contrato basado en el Tiempo Trabajado, el comité de evaluación del Contratante (a) corregirá cualquier error de cálculo o aritmético, y (b) ajustará los precios en caso de que no reflejen todos los insumos incluidos para las respectivas actividades o elementos de la Propuesta Técnica. En caso de discrepancias entre
(i) un monto parcial (subtotal) y el monto total, o
(ii) entre el monto que resulte de la multiplicación del precio unitario por la cantidad, y el precio total, o (iii) entre palabras y cifras, regirá lo primero. En caso de discrepancias entre la Propuesta Técnica y la Financiera en las cantidades de los insumos, prevalecerá la Propuesta Técnica: el comité de evaluación del Contratante corregirá la cantidad de la Propuesta Financiera de manera que coincida con la que se indica en la Propuesta Técnica, aplicará el precio unitario pertinente incluido en la Propuesta Financiera a la cantidad modificada, y corregirá el costo total de la Propuesta.
24.1.2. Si la SDP incluye un modelo de Contrato de Suma Global, se considerará que el Consultor ha incluido todos los precios en la Propuesta Financiera, y por lo tanto, no se harán correcciones aritméticas ni reajustes de precio. El precio total, neto de impuestos y entendido según la
IAC 25, especificado en la Propuesta Financiera (formulario FIN-1), se considerará el precio ofrecido. En caso de discrepancias entre el monto expresado en palabras y el monto en cifras, prevalecerá el primero.
25. Impuestos 25.1 En la evaluación que haga el Contratante de la Propuesta
Financiera del Consultor se excluirán los impuestos y derechos aplicables en el país del Contratante, de acuerdo con las instrucciones que figuran en la Hoja de Datos.
26. Conversión a una única moneda
27. Evaluación combinada de la calidad y el costo
a. Selección Basada en la Calidad y el Costo (SBCC)
26.1 A los fines de la evaluación, los precios se convertirán a una única moneda utilizando los tipos de cambio para la venta correspondientes a la fuente y fecha indicadas en la Hoja de Datos.
27.1 En el caso de la SBCC, el puntaje total se calcula ponderando los puntajes técnicos y financieros y sumándolos de acuerdo con la fórmula y las instrucciones incluidas en la Hoja de Datos. El Consultor cuya Propuesta resulte la más ventajosa, esto es, la que obtenga el puntaje técnico y financiero combinado más alto, será invitado a negociar.
b. Selección Basada en un Presupuesto Fijo (SBPF)
c. Selección Basada en el Menor Costo (SBMC)
27.2 En el caso de la SPF, las Propuestas que excedan el presupuesto señalado en la IAC 14.1.4 de la Hoja de Datos serán rechazadas.
27.3 El Contratante seleccionará el Consultor que haya presentado la Propuesta más ventajosa (esto es, la Propuesta Técnica de puntaje más alto que no exceda el presupuesto señalado en la SDP) y la invitará a negociar el Contrato.
a. En el caso de la Selección Basada en el Menor Costo (SBMC), el Contratante seleccionará al Consultor que haya presentado la Propuesta más ventajosa (esto es, la que haya ofrecido el precio total más bajo de entre todas las Propuestas que obtuvieron el puntaje técnico mínimo) y lo invitará a negociar el Contrato.
D. Negociaciones y Adjudicación
28. Negociaciones 28.1 Las negociaciones se llevarán adelante en la fecha y en la
dirección que se indican en la Hoja de Datos con el/los representante(s) del Consultor, quienes deberán contar con un poder escrito para negociar y firmar el Contrato en nombre del Consultor.
28.2 El Contratante elaborará el acta de las negociaciones, que será firmada por el Contratante y por el representante autorizado del Consultor.
a. Disponibilidad de Expertos Principales
b. Negociaciones técnicas
28.3 El Consultor invitado deberá confirmar la disponibilidad de todos los Expertos Principales incluidos en la Propuesta como requisito para iniciar las negociaciones o, si correspondiere, de sus reemplazantes, de acuerdo con la IAC 12. En caso de que el Consultor no confirme la disponibilidad de los Expertos Principales, su Propuesta podrá ser rechazada y el Contratante podrá proceder a negociar el Contrato con el Consultor ubicado en el segundo lugar de la clasificación.
28.4 Sin perjuicio de las disposiciones precedentes, podrá considerarse la sustitución de los Expertos Principales en la etapa de las negociaciones únicamente si dicho reemplazo se debe a circunstancias no previsibles y ajenas al control razonable del Consultor, como, entre otras, la muerte o la incapacidad médica. En tal caso, el Consultor deberá ofrecer un Experto Principal sustituto dentro del plazo que se indica en la carta de invitación a negociar el Contrato, y dicho reemplazo deberá contar con calificaciones y experiencia equivalentes o mejores que las del candidato original.
28.5 Las negociaciones incluyen conversaciones sobre los Términos de Referencia, la metodología propuesta, los aportes del Contratante, las condiciones especiales del Contrato y la redacción final de la parte del Contrato que contiene la descripción de los Servicios. Estas deliberaciones no deberán alterar sustancialmente el alcance original de los Servicios incluidos en los Términos de Referencia ni las condiciones del Contrato, de modo de no afectar la calidad del producto final, su precio o la pertinencia de la evaluación inicial.
c. Negociaciones financieras
29. Conclusión de las negociaciones
28.6 En estas negociaciones se deberán aclarar las obligaciones tributarias del Consultor en el país del Contratante y la forma en que dichas obligaciones deberán figurar en el Contrato.
28.7 Si el método de selección incluye el costo como factor para la evaluación, no se negociará el precio total indicado en la Propuesta Financiera para un Contrato de Suma Global.
28.8 Cuando se trate de un Contrato basado en el Tiempo Trabajado, no se negociarán las tarifas unitarias, salvo cuando las tarifas de remuneración de los Expertos Principales y los Expertos Secundarios propuestos sean mucho más altas que las que cobran normalmente los consultores en contratos similares. En ese caso, el Contratante podrá solicitar aclaraciones y, si los honorarios son muy altos, pedir que se modifiquen las tarifas luego de consultar con el Banco. El formato para (i) brindar información sobre las tarifas de remuneración cuando se aplica el método de la Selección Basada en la Calidad y
(ii) aclarar la estructura de las tarifas de remuneración en virtud de la presente IAC figura en el Apéndice A del formulario financiero FIN-3, “Negociaciones financieras. Desglose de las tarifas de remuneración”.
29.1 Las negociaciones concluirán con la revisión de la versión final del Contrato, que posteriormente el Contratante y el representante autorizado del Consultor firmarán con sus iniciales.
29.2 Si las negociaciones fracasan, el Contratante informará al Consultor por escrito sobre todos los aspectos pendientes y los desacuerdos, y dará al Consultor una oportunidad final para responder. Si el desacuerdo persiste, el Contratante dará por terminadas las negociaciones e informará al Consultor sobre las razones. Después de obtener la no objeción del Banco, el Contratante invitará al Consultor cuya Propuesta haya recibido el segundo puntaje más alto a negociar el Contrato. Una vez que el Contratante comience las negociaciones con este último Consultor, no podrá reabrir las tratativas anteriores.
30. Plazo Suspensivo 30.1 El Contrato no se adjudicará antes de la finalización del
Plazo Suspensivo. El Plazo Suspensivo será xx xxxx (10) días hábiles salvo que se extienda de conformidad con IAC
33. El Plazo Suspensivo comenzará el día posterior a la fecha en que el Contratante haya transmitido a cada
Consultor la Notificación de Intención de Adjudicar el Contrato. Cuando solo se presente una Propuesta, o si este contrato es en respuesta a una situación de emergencia reconocida por el Banco, no se aplicará el Plazo Suspensivo.
31. Notificación de Intención de Adjudicar el Contrato
32. Notificación de la Adjudicación del Contrato
31.1 El Contratante enviará a cada Consultor (que no haya sido ya notificado de que su Propuesta no ha tenido éxito) la Notificación de su Intención de Adjudicar el Contrato al Consultor seleccionado. La Notificación de la Intención de Adjudicar el Contrato deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
(a) El nombre y la dirección del Consultor con quien el Contratante hubiera negociado exitosamente un contrato.
(b) El precio del Contrato de la Propuesta seleccionada.
(c) Los nombres de todos los Consultores incluidos en la lista corta, señalando aquellos que hubieran presentado propuestas.
(d) Cuando así lo exija el método de selección, el precio ofrecido por cada Consultor, tal como se leyó en voz alta y se evaluó.
(e) Los puntajes técnicos generales y los puntajes asignados a cada criterio y subcriterio para cada Consultor.
(f) Los puntajes finales combinados y la clasificación final de los Consultores.
(g) Una declaración de los motivos por los cuales la Propuesta del destinatario a quien se remite la notificación no resultó seleccionada, a menos que el puntaje combinado consignado en el ítem (f) revele por sí solo los motivos.
(h) La fecha en que la que finaliza el Plazo Suspensivo.
(i) Instrucciones sobre cómo solicitar una explicación o presentar un reclamo durante el Plazo Suspensivo.
32.1 Antes del vencimiento del Período de Validez de la Propuesta, y una vez finalizado el Plazo Suspensivo, especificado en la IAC 30.1, o cualquier extensión de este, y cuando se hayan atendido satisfactoriamente las
reclamaciones presentadas dentro del Plazo Suspensivo, el Contratante enviará una notificación de adjudicación del contrato al Consultor seleccionado, y a la vez solicitando al Consultor seleccionado que firme y devuelva el borrador de contrato negociado dentro de los ocho (8) días hábiles desde contados desde la fecha de recibió de la referida notificación. Si se requiere en la Hoja de Datos, el Contratante solicitará simultáneamente que el Consultor seleccionado presente el formulario de Declaración de la Propiedad Efectiva establecido en la Sección 9. dentro de los siguientes ocho (8) días hábiles.
32.2 Dentro de los 10 días hábiles siguientes de la referida notificación, el Contratante publicará la Notificación de Adjudicación del Contrato, la cual deberá incluir, como mínimo, la siguiente información:
(a) nombre y dirección del Contratante;
(b) nombre y número de referencia del Contrato que se adjudica, y el método se selección utilizado;
(c) nombres de los Consultores que presentaron propuestas, y los precios de sus propuestas leídos en voz alta en la apertura de las propuestas financieras, según fueron evaluadas;
(d) los nombres de todos los Consultores cuyas Propuestas fueron rechazadas o no fueron evaluadas, con las razones correspondientes;
(e) el nombre del Consultor seleccionado, el precio final del contrato total, la duración del contrato y un resumen de su alcance.; y
(f) si especificado en la Hoja de Datos IAC 32.1, el Formulario de Declaración de la Propiedad Efectiva el Consultor seleccionado.
32.3 La Notificación de Adjudicación del Contrato se publicará en el sitio web del Contratante —si este posee uno— y será de libre acceso, o se publicará al menos en un periódico de circulación nacional en el país del Contratante, o en el boletín oficial. El Contratante también publicará la notificación en UNDB en línea.
33. Explicaciones proporcionadas
33.1 Tras recibir la notificación de la Intención del Contratante de Adjudicar el Contrato a la que se hace
por el Contratante
referencia en la IAC 31.1, los Consultores tendrán tres
(3) días hábiles para presentar por escrito una solicitud de explicaciones al Contratante. Este deberá proporcionar una explicación a todos los Consultores no seleccionados cuyas solicitudes se hubieran recibido dentro de este plazo.
33.2 Cuando se reciba un pedido de explicación dentro de este plazo, el Contratante deberá proporcionarla dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores, a menos que decida, por razones justificadas, hacerlo fuera de ese período. En ese caso, el Plazo Suspensivo se extenderá automáticamente hasta los cinco (5) días hábiles posteriores al envío de la mencionada explicación. Si se produce una demora de este tipo en más de una explicación, el Plazo Suspensivo no podrá finalizar antes de los cinco (5) días hábiles posteriores a la última explicación proporcionada. El Contratante informará sin demora y por el medio más rápido disponible a todos los Consultores acerca de la extensión del Plazo Suspensivo.
33.3 Cuando el Contratante reciba un pedido de explicaciones después de concluido el plazo de tres (3) días hábiles, deberá hacer llegar dicha explicación tan pronto como le sea posible y normalmente a más tardar a los quince (15) días hábiles después de la fecha de publicación de la Notificación de Adjudicación del Contrato. Las solicitudes de explicaciones recibidas una vez concluido el plazo de tres (3) días hábiles no darán pie a la prórroga del Plazo Suspensivo.
33.4 Las explicaciones a los Consultores no seleccionados podrán darse por escrito o verbalmente. Los Consultores solventarán los costos que conlleve asistir a la reunión informativa en la que se le brindarán las explicaciones solicitadas.
34. Firma del Contrato
34.1 El Contrato se firmará sin demora antes de que expire la vigencia de la validez de la Propuesta, con posterioridad a la expiración del Plazo Suspensivo establecido en IAC
30.1 o sus extensiones, y luego de la atención satisfactoria de cualquier queja presentada dentro del Plazo Suspensivo.
34.2 Se espera que el Consultor inicie el trabajo en la fecha y en el lugar señalados en la Hoja de Datos.
35. Quejas
Relacionadas con Adquisiciones
35.1 Los procedimientos para presentar una queja relacionada con el proceso de adquisiciones se especifican en la Hoja de Datos.
Sección 2. Instrucciones a los Consultores
E. Hoja de Datos
Referencia en las IAC | A. Aspectos Generales |
1 (b) | República de Honduras |
2.1 | Nombre del Contratante: Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS-FHIS) Método de selección: Selección Basada en el Menor Costo (SBMC), según las Normas Aplicables: Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios de FPI publicadas en julio de 2016 revisadas en noviembre 2017 y agosto 2018, disponibles en xxx.xxxxxxxxx.xxx |
2.2 | La Propuesta Financiera deberá presentarse junto con la Propuesta Técnica: Sí X o No El nombre del trabajo es: Auditoría de los Estados Financieros y el Uso de las Cuentas del Proyecto, para el período del 4 xx xxxxx de 2021 al 31 de diciembre de 2026 |
2.3 | Se organizará una reunión antes de la presentación de las Propuestas: Sí o No X |
2.4 | El Contratante proporcionará los siguientes insumos, datos del proyecto, informes, etc. para facilitar la elaboración de las Propuestas: No corresponde |
4.1 | No corresponde. |
6.3.1 | En el sitio externo del Banco puede consultarse la lista de empresas y personas inhabilitadas: xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx |
B. Elaboración de las Propuestas | |
9.1 | Esta SDP fue redactada en español. Las Propuestas deberán presentarse en español. Todo intercambio de correspondencia se hará en español. |
10.1 | La Propuesta comprenderá lo siguiente: Para una PROPUESTA TÉCNICA SIMPLIFICADA (PTS): Un primer sobre con la Propuesta Técnica: (1) Poder que faculte para firmar la Propuesta (2) TEC-1 (3) TEC-4 (4) TEC-5 (5) TEC-6 Y Un segundo sobre con la Propuesta Financiera: (1) FIN-1 (2) FIN-2 (3) FIN-3 (4) FIN-4 (5) Declaración de compromiso (si así se exige en la IAC 10.2 de la Hoja de Datos) |
10.2 | Se exige declaración de compromiso Sí X o No |
11.1 | Se permite la participación de Subconsultores, Expertos Principales y Expertos Secundarios en más de una Propuesta. Sí o No X |
12.1 | Las Propuestas deberán tener validez durante 90 días después de la fecha límite para la presentación de Propuestas. |
13.1 | Podrán pedirse aclaraciones hasta 14 días antes de la fecha límite para la presentación de Propuestas. La información de contacto para solicitar aclaraciones es: Xxxxxxxx Xxxxxxx, Coordinadora General Proyecto PRE-SEDECOAS-FHIS. |
14.1.1 | Los Consultores de la lista corta pueden asociarse: (a) con otros consultores no incluidos en la lista corta: Sí o No X__ O bien (b) con otros Consultores de la lista corta: Sí o No X |
14.1.2 | Costo estimado total del trabajo: Lempiras 13,300,000.00 |
14.1.3 (Únicamente para Contratos basados en el Tiempo Trabajado). | No corresponde |
14.1.4 y 27.2 (Utilizar para la Selección Basada en un Presupuesto Fijo). | No corresponde |
15.2 | El formato de la Propuesta Técnica que habrá de presentarse es: PTE o PTS X . Si la Propuesta Técnica se presenta en un formato incorrecto, podrá considerarse que no cumple con los requisitos de la SDP. |
16.1 | 1) viáticos, incluidos los gastos de hotel, para los Expertos por cada día que estén ausentes de la oficina sede a causa de los Servicios; 2) costo de viajes por el medio de transporte más apropiado y la ruta más directa posible (pasajes y transporte interno); 3) costo del espacio de oficinas, incluidos los gastos administrativos y el apoyo; 4) costo de comunicaciones y reproducción de informes. |
16.2 | Se aplica una disposición de reajuste de precios a las tarifas de remuneración: Sí o No X |
16.3 | “La información acerca de las obligaciones tributarias del Consultor en el país del Contratante pueden encontrarse en la Ley de Impuesto sobre Ventas y la Ley de Impuesto Sobre la Renta. La entidad responsable del control, verificación, fiscalización y recaudación de los tributos en el país es el Servicio de Administración xx Xxxxxx (SAR) página web: xxx.xxx.xxx.xx |
16.4 | La Propuesta Financiera estará expresada en las siguientes monedas: El Consultor deberá expresar el precio de sus Servicios en Lempiras. En la Propuesta Financiera se deberán indicar los costos locales en la moneda del país del Contratante (moneda nacional): Sí_X o No |
C. Presentación, Apertura y Evaluación | |
17.1 | Los Consultores no tendrán la opción de presentar sus Propuestas por medios electrónicos. |
17.4 | El Consultor deberá presentar: a) Propuesta Técnica: un (1) original, una (1) copia y una (1) electrónica en formato pdf. b) Propuesta Financiera: un (1) original. |
17.7 y 17.9 | Las Propuestas deberán presentarse a más tardar: Fecha: 23 xx xxxx del 2022 Hora: 2:00 p.m. Hora Oficial de la Republica de Honduras. La dirección para la entrega de Propuestas es: Secretaría de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento -SEDECOAS-FHIS, Centro Cívico Gubernamental “Xxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx”, Torre II, Nivel 10 Dirección de Contrataciones, Boulevard “Xxxx Xxxxx Xxxxxxx”, Avenida Xxxxx, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. |
19.1 | Se ofrece una opción en línea para la apertura de las Propuestas Técnicas: Sí o No X La apertura tendrá lugar en: Dirección: Secretaría de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento - SEDECOAS-FHIS, Centro Cívico Gubernamental “Xxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx”, Torre II, Nivel 10, Salón de Reuniones de la Dirección de Contrataciones, Boulevard “Xxxx Xxxxx Xxxxxxx”, Avenida Xxxxx, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. Ciudad: Tegucigalpa, M. D. C. País: República de Honduras Fecha: 23 xx xxxx del 2022 Hora: 2:00 p.m. Hora Oficial de la Republica de Honduras. |
19.2 | Adicionalmente, en el momento de la apertura de las Propuestas Técnicas se leerá en voz alta la siguiente información: No corresponde. |
21.1 | Los criterios y subcriterios, y el sistema de puntos que se utilizarán para evaluar las Propuestas Técnicas Simplificadas son los siguientes: Puntos |
(i) Calidad de la metodología y el plan de trabajo propuestos y su conformidad con los Términos de Referencia: Total de puntos para el criterio i): [30] (ii) Calificaciones de los Expertos Principales y su idoneidad para el trabajo: {Nota para el Consultor: Cada número de cargo corresponde al mismo número indicado para los Expertos Principales en el formulario TEC-6, que habrá de elaborar el Consultor}. a) Cargo P-1: Un (1) Socio Responsable de la Auditoría [15 puntos] b) Cargo P-2: Un (1) Gerente de Proyecto [25 puntos] c) Cargo P-3: Dos (2) Auditores Senior [30 puntos] Total de puntos para el criterio ii): [70] Total de puntos para los dos criterios: 100 El puntaje técnico (Pt) mínimo exigido para calificar es: 80 puntos | |
Apertura Pública de las Propuestas Financieras | |
23.4 | Se ofrece una opción en línea para la apertura de las Propuestas Financieras: Sí o No X |
23.5 | Luego de evaluar las Propuestas Técnicas, el Contratante informará a todos los Consultores sobre el lugar, el día y la hora de la apertura pública de las Propuestas Financieras. Los interesados en asistir al acto de apertura pública deberán ponerse en contacto con la Ingeniera Xxxxxxxx Xxxxxxx, Coordinadora General del Proyecto PRE al correo electrónico xxx.xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx solicitar que se les informe el lugar, el día y la hora de dicha ceremonia. Este pedido debe realizarse antes de la fecha límite de presentación de Propuestas, indicada más arriba. |
Alternativamente, puede publicarse un anuncio sobre la apertura pública de las Propuestas Financieras en el sitio web del Contratante, si lo hubiera. | |
25.1 | A los efectos de la evaluación, el Contratante deberá excluir: (a) todos los impuestos locales indirectos identificables, tales como el impuesto a las ventas, al consumo, al valor agregado (IVA) o impuestos similares gravados sobre las facturas del Contrato; y (b) todos los impuestos locales indirectos adicionales sobre la remuneración de servicios prestados por Expertos no residentes en el país del Contratante. Cuando se adjudique el Contrato, se analizarán en las negociaciones todos estos impuestos, se establecerá el cálculo final (utilizando la lista desglosada como guía pero sin limitarse a ella) y se los agregará al monto del Contrato como un renglón separado, indicando también qué impuestos pagará el Consultor y cuáles serán retenidos y pagados por el Contratante en nombre del Consultor. |
26.1 | La moneda única para la conversión de todos los precios expresados en diversas monedas es: Lempiras La fuente oficial del tipo de cambio para la venta es: Banco Central de Honduras. La fecha del tipo de cambio es: cinco (5) dúas hábiles anteriores a la fecha límite para presentación de las propuestas. |
27.1 (Solo para SBCC) | No aplica. |
D. Negociaciones y Adjudicación | |
28.1 | La fecha y el lugar previstos para las negociaciones del Contrato son los siguientes: Fecha: 24 xx xxxxx del 2022 Dirección: Secretaría de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento - SEDECOAS-FHIS, Centro Cívico Gubernamental “Xxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx”, Torre II, Nivel 11, Salón de Reuniones de la UEP-PRE, Boulevard “Xxxx Xxxxx Xxxxxxx”, Avenida Xxxxx, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. |
32.1 | El Consultor seleccionado debe presentar el Formulario de Declaración de Propiedad Efectiva |
34.2 | La fecha prevista para el comienzo de la prestación de los Servicios es: Fecha: 1 xx xxxxxx del 2022 en: las oficinas de la Unidad Ejecutora del Proyecto-UEP-PRE. |
35.1 | Los procedimientos para presentar una queja relacionada con la adquisición se detallan en las “Regulaciones de Adquisiciones para los Prestatarios de Proyectos de Financiamiento de Inversiones (Anexo III)". Si un Consultor desea presentar una queja relacionada con la adquisición, el Consultor deberá presentar su reclamación por escrito (por los medios más rápidos disponibles, que son: correo electrónico), a: A la atención de: Ingeniera Xxxxxxxx Xxxxxxx Título / posición: Coordinadora General Contratante: SEDECOAS-FHIS Dirección de correo electrónico: xxx.xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx En resumen, una queja relacionada con la adquisición puede impugnar cualquiera de las siguientes partes del proceso: 1. los términos de esta Solicitud de Propuestas; 2. la decisión del Contratante de excluir un Consultor del proceso antes de la adjudicación del Contrato; y 3. la decisión del Contratante de adjudicar el Contrato |
Sección 3. Propuesta Técnica: Formularios estándar
{Las Notas para el Consultor incluidas entre llaves { } en la sección 3 sirven de guía para elaborar la Propuesta Técnica y no deben aparecer en las Propuestas que se presenten}.
Lista de verificación de los formularios requeridos
Se requiere para la PTE o la PTS (🗸) | FORMULARIO | DESCRIPCIÓN | Número máximo de páginas | |
PTE | PTS | |||
🗸 | 🗸 | TEC-1 | Formulario de presentación de la Propuesta Técnica | |
“🗸” si corresponde | Anexo del TEC-1 | Si quien presenta la Propuesta es una APCA, adjunte una carta de intención o copia de un acuerdo existente. | ||
“🗸” si corresponde | Poder | No hay formulario ni formato preestablecido. En el caso de una APCA, se requieren varios: un poder para el representante autorizado de cada integrante de la asociación, y un poder para el representante del integrante principal que le permita actuar en representación de todos los demás miembros. | ||
🗸 | TEC-2 | Organización y experiencia del Consultor | ||
🗸 | TEC-2A | A. Organización del Consultor | ||
🗸 | TEC-2B | B. Experiencia del Consultor | ||
🗸 | TEC-3 | Observaciones o sugerencias sobre los Términos de Referencia y sobre las instalaciones y el personal de contrapartida que habrá de aportar el Contratante. | ||
🗸 | TEC-3A | A. Sobre los Términos de Referencia | ||
🗸 | TEC-3B | B. Sobre las instalaciones y el personal de contrapartida | ||
🗸 | 🗸 | TEC-4 | Descripción del enfoque, la metodología y el plan de trabajo que se aplicarán para llevar adelante la tarea | 20 |
🗸 | 🗸 | TEC-5 | Cronograma de trabajo y planificación de la entrega de productos | 20 |
🗸 | 🗸 | TEC-6 | Composición del equipo, tiempo de los Expertos Principales y currículums adjuntos | 40 |
Todas las páginas de la Propuesta Técnica y Financiera original deberán estar firmadas con las iniciales del mismo representante autorizado del Consultor que suscriba la Propuesta.
Formulario TEC-1
Formulario de presentación de la Propuesta Técnica
{Lugar y fecha}
Para: [Nombre y dirección del Contratante]
De mi consideración:
Los abajo firmantes ofrecemos proveer los servicios de consultoría para [indique el título del trabajo] de conformidad con su Solicitud de Propuestas (SDP) de fecha [indique la fecha] y con nuestra Propuesta. [Incluya el texto apropiado en función del método de selección que se indique en la SDP: “Entregamos por medio de la presente nuestra Propuesta, que consta de esta Propuesta Técnica y de una Propuesta Financiera, que se incluye por separado en un sobre sellado” o, si solo se invita a presentar una Propuesta Técnica: “Entregamos por medio de la presente nuestra Propuesta, que solo incluye esta Propuesta Técnica en sobre sellado”].
{Si el Consultor es una APCA, incluya lo siguiente: Presentamos nuestra Propuesta como APCA junto con: {incluya una lista con el nombre completo y la dirección de cada miembro e indique el nombre del integrante principal}. Hemos adjuntado una copia {indique: “de nuestra carta de intención para conformar una APCA” o, si la asociación ya está conformada, “del acuerdo de APCA”}, firmada por cada uno de los integrantes, en la que se describe en detalle la posible estructura legal y la confirmación de la responsabilidad solidaria de los integrantes de dicha asociación}.
{O
Si la Propuesta del Consultor incluye Subconsultores, consigne lo siguiente: Presentamos nuestra Propuesta con las siguientes firmas como Subconsultores: {Incluya una lista con el nombre completo y el domicilio legal de cada Subconsultor}.
Por la presente declaramos que:
(a) Toda la información y afirmaciones incluidas en esta Propuesta son verdaderas y aceptamos que cualquier falsedad o tergiversación que contengan podrá dar lugar a que el Contratante nos descalifique o a una sanción del Banco.
(b) Nuestra Propuesta tendrá validez y será de carácter vinculante para nosotros durante el plazo que se indica en la IAC 12.1 de la Hoja de Datos.
(c) No tenemos ningún conflicto de interés de acuerdo con la IAC 3.
(d) Cumplimos con los requisitos de elegibilidad establecidos en la IAC 6, y confirmamos que comprendemos nuestra obligación de someternos a la política del Banco referida a fraude y corrupción conforme con la IAC 5.
(e) Nosotros, al igual que todos nuestros Subconsultores, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicios que intervienen en alguna parte del Contrato no estamos sujetos ni sometidos al control de ninguna entidad ni individuo que sea objeto de una suspensión temporaria o inhabilitación impuesta por el Grupo Banco Mundial, ni de una inhabilitación impuesta por el Grupo Banco Mundial conforme al acuerdo para el cumplimiento conjunto de las decisiones de inhabilitación firmado por el Banco Mundial y otros bancos de desarrollo. Asimismo, no somos inelegibles en virtud de las leyes nacionales del Contratante ni de sus normas oficiales, ni tampoco en virtud de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
(f) [Nota para el Contratante: Solo si así se exige en la IAC 10.2 (Hoja de Datos 10.2), incluya lo siguiente: Al competir por el Contrato (y, si resultamos adjudicatarios, al ejecutarlo), nos comprometemos a cumplir las leyes sobre fraude y corrupción, incluido el soborno, que estén vigentes en el país del Contratante].
(g) Salvo según se indica en la IAC 12.7 de la Hoja de Datos, nos comprometemos a negociar un Contrato que incluya a los Expertos Principales propuestos. Aceptamos que la sustitución de los Expertos Principales por razones diferentes de las que se indican en las IAC 12 y 28.4 podrá dar como resultado la finalización de las negociaciones del Contrato.
(h) Nuestra Propuesta tiene carácter vinculante para nosotros y está sujeta a las modificaciones que resulten de las negociaciones del Contrato.
Si se acepta nuestra Propuesta y se firma el Contrato, nos comprometemos a iniciar la prestación de los Servicios vinculados con el trabajo a más tardar en la fecha indicada en la IAC 34.2 de la Hoja de Datos.
Comprendemos que el Contratante no está obligado a aceptar ninguna de las Propuestas que reciba.
Atentamente,
Firma autorizada {nombre completo e iniciales}
Nombre y cargo del firmante: Nombre del Consultor (nombre de la empresa o de la APCA): En calidad de: Dirección: Información de contacto (teléfono y correo electrónico):
{Si se trata de una APCA, deben firmar ya sea todos los integrantes o únicamente el principal, en cuyo caso se deberá adjuntar el poder que lo faculta a firmar en nombre de todos los demás integrantes}.
Formulario TEC-2 (solo para Propuestas Técnicas Extensas) (NO CORRESPONDE)
Formulario TEC-3 (solo para Propuestas Técnicas Extensas) (NO CORRESPONDE)
Formulario TEC-4 (solo para Propuestas Técnicas Extensas) (NO CORRESPONDE)
Formulario TEC-4 (solo para Propuestas Técnicas Simplificadas)
Descripción del enfoque, la metodología y el plan de trabajo que se aplicarán para llevar adelante la tarea
Formulario TEC-4: Descripción del enfoque, la metodología y el plan que se utilizarán para realizar el trabajo, con la descripción detallada de la metodología propuesta y el personal de capacitación, si en los Términos de Referencia se incluye la capacitación como un componente específico del trabajo.
{Estructura sugerida para su Propuesta Técnica}.
a) Enfoque técnico, metodología y organización del equipo del Consultor. {Explique lo que usted entiende sobre los objetivos del trabajo tal como están consignados en los Términos de Referencia, así como el enfoque técnico y la metodología que usted adoptaría para llevar a cabo las tareas necesarias [Nota al Contratante: agregue el siguiente texto en los contratos de supervisión de obras civiles: "incluyendo los aspectos en materia Ambiental, Social (incluyendo la explotación y abusos sexuales – EAS- y violencia de género -VBG) y de Seguridad y Salud en el trabajo (ASSS)"] para generar los resultados esperados y el grado de detalle de dichos resultados. Describa también la estructura y composición de su equipo. Por favor, no repita ni copie aquí los Términos de Referencia}.
b) Plan de trabajo y personal. {Describa el plan para la ejecución de las principales actividades/tareas del trabajo, su contenido y duración, fases e interrelaciones, hitos (incluidas las aprobaciones provisionales del Contratante) y fechas tentativas de entrega de los informes. El plan de trabajo propuesto deberá guardar relación con el enfoque técnico y la metodología, de modo de mostrar que se comprenden los Términos de Referencia y se cuenta con la capacidad necesaria para traducirlos en un plan de trabajo viable y en un cronograma de trabajo que muestre las tareas asignadas a cada Experto. Aquí se deberá consignar la lista de los documentos finales (incluidos los informes) que habrán de entregarse como producto final. El plan de trabajo deberá mostrar coherencia con el formulario del cronograma de trabajo}.
c) Observaciones (sobre los Términos de Referencia y sobre las instalaciones y el personal de contrapartida). {Sus sugerencias deben ser concisas y puntuales y deben incluirse en su Propuesta. Añada también sus observaciones, si las tuviera, sobre las instalaciones y el personal de contrapartida que haya de proporcionar el Contratante. Por ejemplo, apoyo administrativo, oficinas, transporte local, equipos, datos, informes de antecedentes, etc.}.
Formulario TEC-5 (para Propuestas Técnicas Extensas y Simplificadas) Cronograma de trabajo y planificación de la entrega de productos
N.o | Productos1 (Pr-..) | Meses | |||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | ..... | n | TOTAL | ||
Pr-1 | (Por ejemplo: Producto n.o 1: Informe A | ||||||||||||
1) Recolección de datos | |||||||||||||
2) Redacción del borrador | |||||||||||||
3) Informe inicial | |||||||||||||
4) Incorporación de comentarios | |||||||||||||
5) Entrega del informe final al Contratante) | |||||||||||||
Pr-2 | (Por ejemplo, producto n.o 2 } | ||||||||||||
1. Enumere los productos con el desglose de las actividades requeridas para elaborarlos y otras metas, tales como las aprobaciones del Contratante. Para los trabajos que se realicen en etapas, indique por separado las actividades, la entrega de informes y las metas correspondientes a cada etapa.
2. La duración de las actividades se indicará en forma de gráfico xx xxxxxx.
3. Si es necesario, incluya las referencias correspondientes para ayudar a leer el gráfico.
Formulario TEC-6 (para Propuestas Técnicas Extensas y Simplificadas) Composición del equipo, trabajo y tiempo de los Expertos Principales
N.o | Nombre | Tiempo del Experto (en meses-persona) correspondiente a cada producto (enumerados en el TEC-5) | Tiempo total (en meses) | ||||||||||||||
Cargo | Pr-1 | Pr-2 | Pr-3 | ........ | Pr-... | Sede | Campo | Total | |||||||||
EXPERTOS PRINCIPALES | |||||||||||||||||
P-1 | {Por ejemplo, Sr. Abbbb} | [Jefe de equipo] | [Sede] | [2 meses] | [1,0] | [1,0] | |||||||||||
[Campo] | [0,5 m] | [2,5] | [0] | ||||||||||||||
P-2 | |||||||||||||||||
P-3 | |||||||||||||||||
n | |||||||||||||||||
Subtotal | |||||||||||||||||
EXPERTOS SECUNDARIOS | |||||||||||||||||
S -1 | [Sede] | ||||||||||||||||
[Campo] | |||||||||||||||||
S -2 | |||||||||||||||||
n | |||||||||||||||||
Subtotal | |||||||||||||||||
Total |
1 En el caso de los Expertos Principales, el tiempo debe indicarse de manera individual para los mismos cargos que se requieren en la IAC 21 de la Hoja de Datos.
2 Los meses se cuentan desde el comienzo del trabajo/movilización. Un (1) mes equivale a veintidós (22) días laborables (facturables). Un día laborable (facturable) no podrá ser de menos de ocho (8) horas laborables (facturables)
3 “Sede” hace referencia al trabajo en la oficina del país de residencia del Experto. “Campo” hace referencia al trabajo realizado en el país del Contratante o en cualquier otro país que no sea el de residencia del Experto.
Tiempo completo Tiempo parcial
Formulario TEC-6 (continuación)
CURRÍCULUM
Nombre del cargo y número | {Por ejemplo, P-1, JEFE DE EQUIPO} |
Nombre del Experto: | {Indique el nombre completo} |
Fecha de nacimiento: | {Día/mes/año} |
País de ciudadanía/residencia |
Educación: {Consigne aquí los estudios universitarios u otra clase de estudios especializados de cada Experto, con los nombres de las instituciones educativas y fechas en las que los cursaron, y título(s)/diploma(s) obtenido(s)}.
Experiencia laboral pertinente para el trabajo: {Comenzando por el cargo actual, haga una lista en orden cronológico inverso. Indique fechas, nombre de la organización empleadora, títulos de los cargos ocupados, tipos de actividades realizadas, lugar del trabajo e información de contacto de contratantes y entidades empleadoras anteriores a los que se pueda contactar para obtener referencias. No deben incluirse los empleos anteriores que no resulten pertinentes para este trabajo}.
Período | Entidad empleadora y su cargo/puesto. Información de contacto para solicitar referencias | País | Resumen de las actividades realizadas pertinentes para este trabajo |
[Por ejemplo, mayo de 2005-presente] | [Por ejemplo, Ministerio de ……, asesor /Consultor de … Para solicitar referencias: Teléfono… / correo electrónico……; Sr. Xxxxxx, viceministro] | ||
Pertenencia a asociaciones profesionales y publicaciones:
Idiomas (indique únicamente los idiomas en los que pueda trabajar):
Idoneidad para el trabajo:
Tareas detalladas asignadas al grupo de Expertos del Consultor: | Referencia a trabajos/tareas anteriores que ilustren con mayor claridad su capacidad para manejar las tareas asignadas |
{Enumere todos los productos/tareas incluidos también en el TEC-5 en los que participará el Experto}. | |
Información de contacto del Experto: (Correo electrónico……………., teléfono… )
Certificación:
Yo, el abajo firmante, certifico que, según mi xxxx saber y entender, este currículum describe correctamente mi persona, mis calificaciones y mi experiencia, y que estoy disponible conforme sea necesario para asumir el trabajo en caso de que me sea adjudicado. Comprendo que cualquier falsedad o tergiversación aquí incluida podrá resultar en mi descalificación o expulsión por parte del Contratante y/o en sanciones del Banco.
{día/mes/año}
Nombre del Experto Firma Fecha
{día/mes/año}
Nombre del representante Firma Fecha autorizado del Consultor
(El mismo que firma la Propuesta)
Sección 4. Propuesta Financiera: Formularios estándar
{Las notas para el Consultor incluidas entre llaves { } sirven de guía para elaborar la Propuesta Financiera y no deben aparecer en las Propuestas que se presenten}.
Para elaborar la Propuesta Financiera, se deberán utilizar los formularios estándar correspondientes, tal como figura en las instrucciones de la sección 2.
FIN-1 Formulario de presentación de la Propuesta Financiera FIN-2 Resumen de los costos
FIN-3 Desglose de remuneraciones, lo que incluye el Apéndice A, “Negociaciones financieras: Desglose de las tarifas de remuneración” cuando se utilice el método de SBC.
FIN-4 Gastos reembolsables
Formulario FIN-1
Formulario de presentación de la Propuesta Financiera
{Lugar y fecha}
De: [Nombre y dirección del Contratante]
De mi consideración:
Los abajo firmantes ofrecemos proveer los servicios de consultoría para [indique el título del trabajo], de conformidad con su Solicitud de Propuestas de fecha [indique la fecha] y con nuestra Propuesta Técnica.
Nuestra Propuesta Financiera adjunta asciende a la suma de {Indique la(s) suma(s) correspondiente(s) a la(s) moneda(s)}. {Indique el monto(s) en palabras y en cifras}, [indique “incluidos” o “excluidos”] todos los impuestos locales indirectos de acuerdo con la IAC 25.1 de la Hoja de Datos. El monto estimado de los impuestos indirectos locales es de {indique la moneda} {indique el monto en palabras y cifras}, el cual será confirmado o reajustado, de ser necesario, durante las negociaciones. {Observe que todos los montos deben ser los mismos que los consignados en el formulario FIN-2}.
Nuestra Propuesta Financiera tendrá validez y será de carácter vinculante para nosotros, con sujeción a las modificaciones que surjan de las negociaciones del Contrato, durante el plazo que se indica en la IAC 12.1 de la Hoja de Datos.
A continuación se enumeran las comisiones y bonificaciones pagadas o que habremos de pagar a un agente o tercero en relación con la preparación o presentación de esta Propuesta y con la ejecución del Contrato, en el caso de que nos sea adjudicado:
Nombre y dirección xxx xxxxxxx
Monto y moneda Propósito de la comisión o bonificación
{Si no se efectúan ni se prometen pagos, agregue la siguiente declaración: “No hemos pagado ni habremos de pagar comisiones ni bonificaciones a ningún agente ni tercero en relación con esta Propuesta ni con la ejecución del Contrato”}.
Comprendemos que ustedes no están obligados a aceptar ninguna de las Propuestas
que reciban.
Atentamente,
Firma autorizada {nombre completo e iniciales}:
Nombre y cargo del firmante: Nombre del Consultor (nombre de la empresa o de la APCA): En calidad de: Dirección: Información de contacto (teléfono y correo electrónico): _
{Si se trata de una APCA, deben firmar ya sea todos los miembros o únicamente el Consultor/integrante principal, en cuyo caso se deberá adjuntar el poder que lo faculta a firmar en nombre de todos los demás integrantes}.
Formulario FIN-2. Resumen de los costos
Ítem | Costo |
{El Consultor deberá indicar los costos propuestos de acuerdo con la IAC 16.4 de la Hoja de Datos | |
Lempiras | |
Costo de la Propuesta Financiera | |
Incluye: | |
1) Remuneración | |
2) Reembolsables | |
Costo total de la Propuesta Financiera: {Debe concordar con el monto indicado en el formulario FIN-1}. | |
Montos estimados de los impuestos indirectos locales, que se analizarán y se terminarán de determinar durante las negociaciones si se adjudica el Contrato | |
i) {Indique el tipo de impuesto, por ejemplo, IVA o impuesto a las ventas}. | |
ii) {Por ejemplo, impuesto sobre la renta para los Expertos no residentes}. | |
iii) {Indique el tipo de impuesto}. | |
Total estimado de impuestos indirectos locales: |
Nota al pie: Los pagos se harán en la(s) moneda(s) señalada(s) arriba (referencia a la IAC16.4).
Formulario FIN-3. Desglose de remuneraciones
Cuando este formulario se utilice en el marco de un trabajo de Contrato de Suma Global, la información aquí incluida solo se empleará para demostrar la base de cálculo del monto tope del Contrato, para calcular los impuestos aplicables durante la etapa de las negociaciones del Contrato y, si es necesario, para determinar los pagos al Consultor por concepto de posibles servicios adicionales solicitados por el Contratante. Este formulario no se utilizará como base para pagos en el marco de los Contratos de Suma Global.
A. Remuneración | |||||
N.o | Nombre | Cargo (como figura en el TEC-6) | Tarifa de remuneración meses-persona | Tiempo en meses-persona (extraído del TEC-6) | Lempiras |
Expertos Principales | |||||
P-1 | [Sede] | ||||
[Campo] | |||||
P-2 | |||||
EXPERTOS SECUNDARIOS | |||||
S -1 | [Sede] | ||||
S -2 | [Campo] | ||||
Costos totales |
Apéndice A. Negociaciones financieras: Desglose de las tarifas de remuneración
(NO CORRESPONDE)
Formulario FIN-4. Desglose de gastos reembolsables
Cuando este formulario se utilice en el marco de un trabajo de Contrato de Suma Global, la información aquí incluida solo se empleará para demostrar la base de cálculo del monto tope del Contrato, para calcular los impuestos aplicables durante la etapa de las negociaciones del Contrato y, si es necesario, para determinar los pagos al Consultor por concepto de posibles servicios adicionales solicitados por el Contratante. Este formulario no se utilizará como base para pagos en el marco de los Contratos de Suma Global.
B. Gastos reembolsables | |||||
N.o | Tipo de gastos reembolsables | Unidad | Costo unitario | Cantidad | Lempiras |
{Por ejemplo: Viáticos diarios**} | {Día} | ||||
{Por ejemplo: Vuelos internacionales} | {Pasaje} | ||||
{Por ejemplo: Transporte desde/hacia el aeropuerto} | {Viaje} | ||||
{Por ejemplo: Costos de las comunicaciones entre [indique lugar y lugar]} | |||||
{Por ejemplo: Reproducción de los informes} | |||||
{Por ejemplo: Alquiler de oficinas} | |||||
.................................... | |||||
{Capacitación del personal del Contratante, si así se exige en los Términos de Referencia} | |||||
Costos totales |
Referencias:
Los “viáticos diarios” se pagan por cada noche que, por Contrato, el Experto deba pasar lejos de su lugar habitual de residencia. El Contratante puede establecer un tope.
Sección 5. Países elegibles
En referencia a la IAC 6.3.2, para información de los Consultores de la lista corta, se indica que en la actualidad quedan excluidos de esta selección las empresas, los bienes y los servicios provenientes de los siguientes países:
En virtud de la IAC 6.3.2 (a): “Ninguno”. En virtud de la IAC 6.3.2 (b): “Ninguno”.
Sección 6. Fraude y Corrupción
(Esta sección 6, “Fraude y Corrupción” no deberá modificarse).
1. Propósito
1.1 Las Directrices Contra la Corrupción del Banco y este anexo se aplican a las adquisiciones realizadas en el marco de las operaciones de financiamiento para proyectos de inversión de dicho organismo.
2. Requisitos
2.1 El Banco exige que los prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento que otorga); licitantes (postulantes y/o proponentes), consultores, contratistas y proveedores; subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios o proveedores, y agentes (declarados o no), así como los miembros de su personal, observen los más altos niveles éticos durante el proceso de adquisición, selección y ejecución de los contratos que financie, y se abstengan de cometer actos de fraude y corrupción.
2.2 A tal fin, el Banco:
a. Define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación:
i. por “práctica corrupta” se entiende el ofrecimiento, entrega, aceptación o solicitud directa o indirecta de cualquier cosa de valor con el fin de influir indebidamente en el accionar de otra parte;
ii. por “práctica fraudulenta” se entiende cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de información, con el que se engañe o se intente engañar en forma deliberada o imprudente a una parte con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación;
iii. por “práctica colusoria” se entiende todo arreglo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito ilícito, como el de influir de forma indebida en el accionar de otra parte;
iv. por “práctica coercitiva” se entiende el perjuicio o daño o la amenaza de causar perjuicio o daño directa o indirectamente a cualquiera de las partes o a sus bienes para influir de forma indebida en su accionar;
v. por “práctica obstructiva” se entiende:
a) la destrucción, falsificación, alteración u ocultamiento deliberado de pruebas materiales referidas a una investigación o el acto de dar falsos testimonios a los investigadores para impedir materialmente que el Banco investigue denuncias de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias, o la amenaza, persecución o intimidación de otra parte para
evitar que revele lo que conoce sobre asuntos relacionados con una investigación o lleve a cabo la investigación, o
b) los actos destinados a impedir materialmente que el Banco ejerza sus derechos de inspección y auditoría establecidos en el párrafo 2.2 e), que figura a continuación.
b. Rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que la empresa o persona recomendada para la adjudicación, los miembros de su personal, sus agentes, subconsultores, subcontratistas, prestadores de servicios, proveedores o empleados han participado, directa o indirectamente, en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas para competir por el contrato en cuestión.
c. Además de utilizar los recursos legales establecidos en el convenio legal pertinente, podrá adoptar otras medidas adecuadas, entre ellas, declarar que las adquisiciones están viciadas, si determina en cualquier momento que los representantes del prestatario o de un receptor de una parte de los fondos xxx xxxxxxxx participaron en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante el proceso de adquisición, o la selección o ejecución del contrato en cuestión, y que el prestatario no tomó medidas oportunas y adecuadas, satisfactorias para el Banco, para abordar dichas prácticas cuando ocurrieron, como informar en tiempo y forma a este último al tomar conocimiento de los hechos.
d. Sancionará, conforme a lo establecido en sus Directrices Contra la Corrupción y a sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, en forma indefinida o por un período determinado, a cualquier empresa o persona, declarándola públicamente inelegible para
(i) recibir la adjudicación de un contrato financiado por el Banco u obtener beneficios financieros o de otro tipo a través de dicho contrato2; (ii) ser designada3 subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado de una empresa habilitada para ser adjudicataria de un contrato financiado por el Banco, y (iii) recibir los fondos de un contrato otorgado por el Banco o seguir participando en la preparación o ejecución de un proyecto financiado por este.
e. Exigirá que en los documentos de Solicitud de Ofertas/SDP y en los contratos financiados con préstamos del Banco se incluya una cláusula en la que se exija que los licitantes (postulantes / proponentes), consultores, contratistas y proveedores, así como sus subcontratistas, subconsultores, agentes, empleados, consultores, prestadores de
2 Para disipar cualquier duda, la inelegibilidad de una parte para recibir la adjudicación de un contrato incluirá, entre otras cosas, (i) solicitar la precalificación, expresar interés en la prestación de servicios de consultoría y presentar ofertas/propuestas, en forma directa o en calidad de subcontratista, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado, en relación con dicho contrato, y (ii) suscribir una enmienda o modificación en la que introduzcan cambios sustanciales a un contrato existente.
3 Un subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado (el nombre dependerá del documento de licitación/propuestas de que se trate) es aquel que (i) figura en la solicitud de precalificación u oferta/propuesta del licitante (postulante / proponente) debido a que aporta la experiencia y los conocimientos especializados esenciales que le permiten cumplir los requisitos de calificación para una oferta en particular, o (ii) ha sido designado por el Prestador.
servicios o proveedores, permitan al Banco inspeccionar4 todas las cuentas, registros y otros documentos referidos a la presentación de propuestas y el cumplimiento de los contratos, y someterlos a la auditoría de profesionales nombrados por este.
4 Las inspecciones que se llevan a cabo en este contexto suelen ser de carácter investigativo (es decir, forense). Consisten en actividades de constatación realizadas por el Banco o por personas nombradas por este para abordar asuntos específicos relativos a las investigaciones/auditorías, como determinar la veracidad de una denuncia de fraude y corrupción a través de los mecanismos adecuados. Dicha actividad incluye, entre otras cosas, acceder a la información y los registros financieros de una empresa o persona, examinarlos y hacer las copias que corresponda; acceder a cualquier otro tipo de documentos, datos o información (ya sea en formato impreso o electrónico) que se considere pertinente para la investigación/auditoría, examinarlos y hacer las copias que corresponda; entrevistar al personal y otras personas; realizar inspecciones físicas y visitas al emplazamiento, y someter la información a la verificación de terceros.
Sección 7. Términos de Referencia
TERMINOS DE REFERENCIA SERVICIOS DE CONSULTORIA
“AUDITORIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y EL USO DE LAS CUENTAS DEL PROYECTO, PARA EL PERIODO DEL 4 XX XXXXX DE 2021 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026”
I. Periodo Auditoría Financiera
Estos términos de referencia cubren el periodo del 4 xx xxxxx del 2021 al 31 de diciembre de 2026.
II. Objeto
Los presentes Términos de Referencia describen la información básica sobre los objetivos y el alcance de la auditoría externa para el examen de las operaciones del Convenio de Crédito arriba indicado ejecutado por el Proyecto de Recuperación de Emergencia a Causa de los Ciclones Tropicales Eta e Iota en Honduras de la Secretaría de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento.
Estos términos de referencia constituyen los criterios básicos mediante los cuales el Banco Mundial medirá la calidad del trabajo del Auditor al revisar el informe de auditoría y formarán parte integral de estos Términos de Referencia.
Este objeto será cubierto mediante un contrato original por el primer ejercicio económico y el ejercicio subsiguiente estará condicionado a la decisión de la renovación contractual.
III. Relaciones y Responsabilidades
La Secretaría de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS-FHIS) como entidad ejecutora es el contratante de esta auditoría, y el Banco Mundial como organismo co- financiador, es la institución interesada en los resultados de la misma. La SEDECOAS-FHIS a través de la Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP) es la responsable de preparar los estados financieros, notas, reportes e informes requeridos, la salvaguarda de los activos del Proyecto, e información de divulgación adecuada, y, consecuentemente, de remitir al Banco Mundial el respectivo informe de auditoría.
Es responsabilidad de la SEDECOAS-FHIS a través de la UEP iniciar oportunamente el proceso para la contratación de la auditoria anual, así como, proveer la información
financiera y operativa requerida durante la auditoría y velar porque se tomen todas las acciones necesarias para que el Auditor pueda presentar el informe final o cualquier informe correspondiente a la auditoría que sea contratada de acuerdo a estos Términos de Referencia.
Los auditores deberán mantener y archivar adecuadamente los papeles de trabajo por un período de (5) cinco años después de terminada la auditoría, para evacuar o dirimir las consultas del Proyecto o del Banco Mundial, siguiendo las prácticas convencionalmente establecidas por la profesión.
La SEDECOAS-FHIS a través de la UEP verificará que el borrador e informe final estén de acuerdo con los términos de referencia y que los informes financieros y sus notas son las presentadas por la entidad. El informe final será revisado por el Banco Mundial, para determinar su aceptabilidad, con base a estos términos de referencia y cualquier requisito adicional de Administración Financiera establecidos por el Banco Mundial en el Acuerdo de Financiamiento. El resultado de la revisión que efectúe el Banco Mundial será enviado a la entidad ejecutora, quien enviará copia de la comunicación al Auditor.
El Auditor podrá reunirse con el equipo del proyecto del Banco Mundial, para discutir asuntos relacionados con el desarrollo de la auditoría, incluyendo aspectos relevantes a ser considerados en el plan de auditoría.
IV. Descripción del Marco Institucional y de la Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP)
El Proyecto es implementado por la Secretaría de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS-FHIS). La implementación, coordinación, planificación y seguimiento general del Proyecto se lleva de manera centralizada en la SEDECOAS-FHIS, a través de la Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP), quien cuenta con personal especializado en diferentes áreas que garanticen el cumplimiento de los estándares del Banco Mundial.
Para llevar a cabo la implementación del Proyecto, la SEDECOAS-FHIS cuenta con la participación activa de su brazo ejecutor especializado en la ejecución técnica de subproyectos de inversión: el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), que es parte de su estructura jerárquica y funcional a partir del acuerdo PCM-056-2019.
La SEDECOAS-FHIS ejecuta los procesos siguiendo las actividades descritas en el Manual de Operaciones del Proyecto con apoyo de procesos de ejecución bajo la organización matricial en las siguientes instancias que conforman la plataforma operativa del Ciclo de Proyectos de la SEDECOAS-FHIS: (i) Dirección Ejecutiva, (ii) Dirección de Proyectos (formulación y evaluación), (iii) Comité de Operaciones, (iv) Dirección de Contrataciones, (v) Dirección de Control y Seguimiento, y (vi) Dirección de Administración y Finanzas.
V. Antecedentes del Proyecto
Entre los días 1 y 16 de noviembre de 2020, dos tormentas tropicales consecutivas, Eta e Iota, devastaron a Honduras con una magnitud de impacto económico y social comparable a la del huracán Xxxxx de 1998. En respuesta a la emergencia causada, el Gobierno de Honduras (GdH) solicitó al Banco Mundial (BM) un financiamiento de US$150 millones para un Proyecto de Recuperación de Emergencia con el objetivo de atender las necesidades más ingentes causadas por los fenómenos atmosféricos citados y, con el fin de crear capacidades de respuesta local y nacional, para fortalecer la capacidad institucional del Estado con el fin de asegurar una gestión transparente y efectiva.
En este sentido, el Gobierno de Honduras suscribió con la Asociación Internacional de Fomento (AIF) el Convenio de Crédito No. 6822 de fecha 8 xx xxxxx de 2021 por un monto de US$150.000.000.00, el cual fue aprobado mediante Decreto Legislativo No.10-2021 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 5 xx xxxx de 2021, fondos que financiaran el Proyecto de Recuperación de Emergencia a Causa de los Ciclones Tropicales Eta e Iota en Honduras (PRE)
VI. Objetivos y Descripción de los Componentes del Proyecto
de Recuperación de Emergencia a Causa de los Ciclones Tropicales Eta e Iota en Honduras (PRE)
El PRE tiene por objetivo atender las necesidades identificadas como prioritarias para reactivar la economía y apoyar las más ingentes necesidades de la población afectada por los fenómenos naturales ETA e IOTA, como respuesta de emergencia y recuperación de Honduras, y, en esta perspectiva, fortalecer la capacidad institucional del Estado para gestionar una ejecución eficaz, eficiente y transparente.
Los Componentes del Proyecto son:
Componente 1. Operaciones de Asistencia y Respuesta de Emergencia: Salud y Seguridad Pública.
Este componente financiará los gastos incurridos para llevar a cabo las acciones de respuesta y seguridad pública. El GdH adoptó medidas de respuesta inmediatas antes de que el Proyecto entrara en vigor o en la etapa inicial de su efectividad que serán financiadas bajo este componente. La SEDECOAS-FHIS a través de la UEP tal como se estable en el Manual de Operaciones del Proyecto (MOP), articulará el enfoque de coordinación con las entidades gubernamentales que implementaron dichas medidas de respuesta elegibles y definirá la lista positiva de medidas para el financiamiento.
Componente 2. Rehabilitación y Reconstrucción Resiliente de la Infraestructura Pública y Comunitaria y Restablecimiento de los Servicios Públicos.
Este componente financiará la preparación técnica (incluidos los requisitos de las obras, especificaciones, diseños o dibujos, etc.) y la implementación de reparaciones urgentes, así como la rehabilitación y reconstrucción resiliente de la infraestructura pública y comunitaria de alta prioridad, incluido el costo de la reubicación temporal y la inspección o actividades de diseño necesarias para instalaciones de alta prioridad que requieran una nueva construcción.
Componente 3. Apoyo Institucional al Programa Gubernamental de Recuperación y Reconstrucción.
El componente cubrirá los costos de la capacidad técnica e institucional así como los gastos operativos del organismo ejecutor del Proyecto, incluyendo la coordinación general y la técnica, las adquisiciones, el manejo de contratos, divulgación pública , gestión financiera, auditorías financieras, seguimiento del cumplimiento de las obras de construcción, supervisión del cumplimiento de las normas sociales y ambientales, fiscalización del cumplimiento de los estándares sociales y ambientales, las actividades de monitoreo y evaluación (M&E) y los mecanismos de atención y resolución de quejas y denuncias.
El M&E entraña, entre otras cosas, la preparación de informes sobre el Proyecto, del informe correspondiente a la evaluación de mitad de periodo y el informe final, estudios de líneas de base, auditorías (financieras, técnicas, ambientales y sociales, según sea necesario).
VII. Costos y Financiamiento
Categoría | Descripción | Asignado (100% Fondo Externo) |
(1) | Bienes, obras, servicios de no consultoría, servicios de consultorías, y costos operativos bajo la Parte 1 del Proyecto. | 17,300,000 |
(2) | Bienes, obras, servicios de no consultoría, servicios de consultorías, capacitación y costos operativos bajo la Parte 2 del Proyecto. | 121,700,000 |
(3) | Bienes, servicios de no consultoría, servicios de consultorías, capacitación y costos operativos bajo la Parte 3 del Proyecto. | 11,000,000 |
Total | $150,000,000.00 |
VIII. Administración y Usos de los Recursos
Los fondos provenientes del Crédito son administrados en dos Cuentas detallas así:
• Cuenta Designada (Dólares Americanos) en Banco Central de Honduras No. 11101-20-000949-1
• Libretas pagadoras SIAFI: en Lempiras No. 00220022130 y en Dólares No. 00220022126.
IX. Normas
La Auditoría deberá realizarse de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría (NIAs) emitidas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC). Dichas normas requieren que el Auditor planifique y lleve a cabo la auditoría para obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están exentos de errores significativos o materiales.
X. Objetivos de la Auditoría
Realizar una auditoría de los estados financieros del proyecto por los períodos arriba indicados que incluya, entre otros procedimientos aplicables a este tipo o modalidad de examen, un plan de visitas de campo para verificar in situ las obras de los subproyectos que financia el Proyecto de Recuperación de Emergencia a Causa de los Ciclones Tropicales Eta e Iota en Honduras a nivel nacional con fondos del Crédito 6822-HN financiados por la Asociación Internacional de Fomento.
La auditoría incluye:
• Una opinión sobre los Estados Financieros del Proyecto enunciados más adelante y por los períodos expresamente indicados en el apartado I. Periodo de esta Auditoría Financiera.
• Emitir una opinión sobre el cumplimiento de normas y reglamentos de la Secretaría de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento y del Convenio de Crédito 6822-HN en la aprobación y ejecución por la adquisición/contratación de obras, bienes, consultoría y servicios distintos de consultoría del Proyecto.
• Emitir una opinión sobre si los Estados Financieros del proyecto presentan adecuada y correctamente los fondos recibidos y los desembolsos durante el período auditado, así como las inversiones acumuladas. Los Estados Financieros del Proyecto, objetos de examen, son:
a) Estado xx Xxxxxxx y Uso de Fondos;
b) Estado de Inversión Acumulada;
c) Estado de la Cuenta Designada;
d) Notas a los Estados Financieros.
• Emitir una opinión sobre la estructura y eficacia de control interno de la SEDECOAS-FHIS, sus políticas y procedimientos, en lo relacionado con el Proyecto, basada en la evaluación llevada a cabo con tal propósito.
• Emitir una opinión sobre el cumplimiento de la entidad ejecutora respecto a los términos del Convenio de Crédito 6822-HN, las leyes y regulaciones aplicables y los registros contables actualizados.
• Efectuar visitas de evaluación e inspecciones de campo, verificando que los subproyectos aprobados, ejecutados o en ejecución, estén de acuerdo con los términos de los contratos y que abarque desde su inicio hasta su conclusión y pago final.
• Emitir una opinión sobre si: (a) los gastos reportados mediante informes de gestión, se encuentran adecuadamente documentados y son elegibles para financiamiento bajo el convenio; y (b) los fondos del Crédito han sido usados solamente para propósitos del mismo.
• Emitir una opinión sobre si la Cuenta Designada utilizada para manejar los fondos presenta razonablemente la disponibilidad de fondos al cierre del período auditado, de acuerdo con las estipulaciones sobre el uso de los fondos establecidos, así como las operaciones realizadas durante el período. Además, emitir opinión separada sobre el manejo de la Cuenta Designada.
XI. Alcance de la Auditoría
El alcance de los TdeR de la auditoría incluirá, pero no se limitará a:
(i) revisar completamente los Estados Financieros y el uso de la Cuenta Designada;
(ii) revisar el cumplimiento apropiado de los acuerdos de gestión financiera incluidos en el MOP, el PAD, los Acuerdos Legales, así como cualquier otra documentación oficial del Banco;
(iii) revisar el uso de SIAFI/UEPEX y otros sistemas de monitoreo de gestión financiera;
(iv) asegurar que los arreglos de control interno sean adecuados;
(v) observar que los acuerdos de desembolso sean los acordados;
(vi) asegurar que las cantidades desembolsadas se utilizaron para bienes, obras y servicios acordados bajo los gastos elegibles, que están respaldados por los procesos de desembolso del Crédito.
Al realizar su trabajo, el Auditor debe prestar atención especial a los siguientes requisitos:
a) Los procedimientos de auditoría deben incluir las pruebas a los registros contables que el Auditor considere apropiadas de acuerdo a la ejecución del proyecto. Al planificar y llevar a cabo la auditoría con el objeto de mitigar el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo, el auditor debe considerar los riesgos de errores significativos en los estados financieros debido al fraude5, como lo requiere la Norma Internacional de Auditoría 240: Responsabilidades del auditor en la auditoría de estados financieros con respecto al fraude. Si tal evidencia existe, el Auditor debe contactar al representante de la entidad ejecutora y/o de la administración del proyecto, y ejercer cautela y el debido cuidado profesional al ampliar sus procedimientos de Auditoría relacionados con actos ilegales.
b) Al diseñar y ejecutar los procedimientos de auditoría y en la evaluación y comunicación de los resultados de la misma, el Auditor debe reconocer que el incumplimiento por parte de la entidad con las leyes y regulaciones pueden afectar materialmente los estados financieros, como lo requiere la Norma Internacional de Auditoría 250: Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en una auditoría de estados financieros.
c) El auditor deberá comunicar asuntos de auditoría de interés de gobierno corporativo que surjan de la auditoría de los estados financieros a los representantes del gobierno de la entidad, como lo requiere la Norma Internacional de Auditoría 260: Comunicación con los responsables del gobierno corporativo de la entidad.
d) El Auditor debe comunicar adecuadamente a los representantes del Gobierno y de la dirección de la entidad sobre las deficiencias de control interno identificadas como parte de la auditoría de estados financieros, como lo requiere la Norma Internacional de Auditoría 265: Comunicación de las deficiencias en el control interno a los encargados del gobierno corporativo y a la dirección de la entidad.
e) A fin de reducir el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo, el auditor deberá planear e implementar respuestas globales a los riesgos evaluados de error material a nivel de estados financieros, y debe diseñar y aplicar otros procedimientos de auditoría adicionales, para responder a los riesgos evaluados a nivel aseveración, como lo requiere la Norma Internacional de Auditoría 330: Respuesta del auditor a los riesgos valorados.
f) Cuando ciertos aspectos de las operaciones de la entidad ejecutora son realizados por los consultores implementadores y/o proveedor de servicios, se espera que el auditor incluya un entendimiento y evaluación del ambiente de control interno de la empresa del proveedor del servicio u organizaciones durante el proceso de auditoría, como lo requiere la Norma Internacional de Auditoría 402:
5 Definición de actos de fraude, corrupción y actos ilegales, así como los procedimientos en caso de que estos se detecten se
encuentran en las Directrices del Banco Mundial para prevenir y combatir el fraude y la corrupción en proyectos financiados por préstamos del BIRF y Créditos de la AIF y Donaciones
Consideraciones de auditoría relativas a una entidad que utiliza una organización de servicios.
g) El Auditor tiene responsabilidad con respecto a los hechos posteriores al cierre, como lo requiere la Norma Internacional de Auditoría, 560: Hechos posteriores.
h) Como parte del proceso de auditoría, se espera que el auditor obtenga representaciones escritas de la administración y, en su caso, los representantes de la entidad, como lo requiere la Norma Internacional de Auditoría 580: Declaraciones escritas.
i) Cuando el auditor externo decide utilizar el trabajo de la función de auditoría interna de la entidad para modificar la naturaleza, la oportunidad, o reducir el alcance de los procedimientos de auditoría a ser aplicados por el auditor externo, la determinación se hará de conformidad con la Norma Internacional de Auditoría 610: Utilización del trabajo del Auditor Interno.
j) Para determinar si se debe utilizar el trabajo de un experto o el grado en que el trabajo del experto es adecuado para fines de auditoría, la determinación se hará de conformidad con la Norma Internacional de Auditoría 620: Utilización del trabajo de un experto del auditor.
XII. Otras Responsabilidades del Auditor
El auditor debe cumplir con los siguientes requisitos:
a. Efectuar reuniones al inicio y al final con la entidad ejecutora.
b. Planear el trabajo de auditoría de manera tal que se efectúen revisiones preliminares o interinas durante el período bajo examen, con el fin de evaluar los sistemas de control interno y comunicar oportunamente a la SEDECOAS/UEP (las situaciones que ameriten la atención de la administración antes de la presentación del informe final de auditoría).
c. Incluir en el informe final la respuesta del ejecutor a los hallazgos sobre los cuales este tenga una posición diferente a la del Auditor.
d. Responder a través del ejecutor las observaciones al informe de auditoría como resultado de la revisión por parte del Banco Mundial.
XIII. Información Disponible
Para la ejecución del trabajo, el Auditor tiene derecho de acceso a cualquier información relevante para la realización de la Auditoría que esté relacionada con la documentación suscrita para el manejo del Convenio de Crédito.
Se coloca a disposición del Auditor:
a. Copia del documento de evaluación del proyecto del Banco Mundial (Project Appraisal Document PAD) / Plan de implementación, y documentos de restructuración del proyecto si existiera.
b. Convenio de Financiamiento.
c. Manual Operativo del Proyecto
d. Presupuestos, Planes Operativos Anuales y Plan de Adquisiciones
e. Normas del Banco Mundial sobre Contrataciones (Bienes, Obras y Servicios) y de Selección y Contratación de Consultores, así como las No Objeciones emitidas por el Banco Mundial.
f. Estados Financieros y Solicitudes de Desembolso.
g. Cualquier información adicional que requiriere para la realización de la auditoría.
Es recomendable que el auditor revise los requerimientos del Banco para presentación de informes financieros y de auditoría contenidos en las Políticas Operacionales OP 10.00 Financiamiento de Proyectos de Inversión; OP 9.00 Financiamiento de Programas por Resultados, según aplique. El auditor también debe estar familiarizado con el Manual de Desembolsos del Banco Mundial; Regulaciones de Adquisiciones para prestatarios del proyecto de inversión, versión julio de 2016, revisada en noviembre de 2017 y agosto de 2018.
XIV. Informes
El auditor emitirá una opinión sobre los estados financieros. La opinión del auditor se basará en una evaluación de las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría obtenida y se expresará con claridad a través de un informe escrito que describe también la base tomada para emitir su opinión. El informe de auditoría será elaborado de acuerdo con la Norma Internacional de Auditoría 800: Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros preparados de acuerdo con xxxxxx de referencia de propósito especial.
Todos los informes resultantes de la auditoría del Proyecto deberán ser incorporados en dos documentos: el informe de auditoría y la carta de recomendaciones, la cual debe contener las respuestas de la entidad(es) ejecutora y el plan de implementación de las recomendaciones. El informe debe ser dirigido y entregado a la entidad ejecutora a más tardar en la fecha indicada en el cronograma de auditoría. El informe se presentará en español, debidamente firmado y empastado, en original, dos copias y en medio magnético, a la entidad ejecutora (una para la entidad ejecutora y otra para el Banco Mundial).
De acuerdo a la política de Xxxxxx a la información del Banco Mundial, el informe de auditoría de los proyectos cuya invitación a negociar fue enviada por el Banco con posterioridad al 1 de julio de 2010, debe publicarse en el sitio web de la entidad ejecutora tan pronto es recibido y de igual manera el Banco lo publicara en el momento de su recibo
en su sitio web. Por lo tanto, el informe sobre los estados financieros y sus notas debe ser presentado separadamente del informe de control interno y otras revisiones especiales requeridas en los términos de referencia.
El informe del proyecto deberá contener por lo menos:
a. Una página con el título, una tabla de contenido, una carta de envío a la entidad ejecutora.
b. Un resumen ejecutivo, en donde se describan brevemente (máximo dos páginas): los resultados de la auditoría, tipo de opinión (es) emitida (s) sobre los Estados Financieros del proyecto; y la conclusión sobre la evaluación de control interno.
c. La opinión del Auditor sobre si los Estados Financieros del Proyecto presentan razonablemente, en todos los aspectos materiales la posición financiera del proyecto, los fondos recibidos y los desembolsos efectuados, así como las inversiones acumuladas durante el período auditado, de acuerdo con lo estipulado en el Convenio de Crédito y los mismos han sido preparados de acuerdo con normas de contabilidad aceptables para el Banco Mundial.
d. Instancias de incumplimiento con los términos de administración financiera estipuladas en el Convenio de Crédito.
e. Cuantificar y reportar gastos considerados no elegibles, ya sean pagados de la Cuenta Designada o reembolsados por el Banco.
f. Comunicar asuntos que llamaron la atención del auditor y que podrían tener un impacto significativo en la implementación del proyecto.
g. Llevar a la atención del ejecutor otros asuntos que el auditor considere pertinente.
h. Una carta de gerencia o recomendaciones sobre los hallazgos de la auditoría del año en curso, incluyendo las acciones correctivas propuestas por las entidad (es) ejecutora (s). Este informe debe ser presentado separadamente del informe sobre los estados financieros y sus notas.
i. Un resumen de los principales procedimientos aplicados durante la realización de la Auditoría.
XV. Cronograma de la Auditoría:
El cronograma debe considerar como mínimo los siguientes procesos claves, que permitan a la SEDECOAS/UEP la entrega del informe al Banco Mundial dentro de la fecha estipulada en el Convenio de Crédito:
• Fecha inicio de la Auditoría
• Fecha de entrega del borrador informe y Carta de la Gerencia
• Fecha de discusión del borrador del informe, y
• Fecha de entrega Informe final.
El Auditor emitirá la Carta de Gerencia y reporte del Control Interno cubriendo el periodo auditado.
Entrega de los informes de Auditoría
El borrador del informe de Auditoría de cada año deberá ser entregado por los auditores a la SEDECOAS/UEP, a más tardar el 30 xx xxxx de cada año, para su revisión discusión y emisión del informe final a más tardar el 20 xx xxxxx de cada año.
XVI. Supervisión del Contrato
El responsable de aceptar los informes de auditoría será la Dirección de Administración y Finanzas de la SEDECOAS-FHIS a través de la Coordinación de la Unidad Ejecutora del Proyecto, quien será la responsable de supervisar y coordinar la ejecución de la auditoría.
XVII. Personal del Consultor
La experiencia mínima requerida para el personal profesional propuesto es:
Cargo | Formación Académica | Experiencia años: |
Expertos Principales (sujetos a evaluación por puntaje) | ||
Socio responsable de la auditoría (Cantidad: 1) | Grado de licenciatura en Contaduría Pública, Finanzas, Administración x xxxxxxxx afines | Con más xx xxxx (10) años. Por lo menos la participación en tres procesos de Auditoría de proyectos suscritos con organismos de cooperación internacional. |
Gerente de Proyecto (Cantidad: 1) | Grado de licenciatura en Contaduría Pública Finanzas, Administración, x xxxxxxxx afines | -Al menos seis (6) años de experiencia. -Por lo menos la participación en tres (3) Auditoría de proyectos suscritos con Organismos de Cooperación Internacional. |
Auditores Seniors (Cantidad: 2) | Grado de licenciatura en Contaduría Pública. | -Con al menos cuatro (4) años. - Adquisiciones públicas, al menos tres (3) Auditorias de proyectos financiados por organismos de cooperación internacional. |
Expertos Secundarios (no sujetos a evaluación por puntaje) | ||
Personal de inspección de obra | Grado de licenciatura en Ingeniería Civil y/o Arquitectura | Al menos seis (6) años de experiencia en la inspección de obras de infraestructura. |
(Cantidad: 3) | ||
Auditores Asistentes (Cantidad: 4) | Pasantes en carreras de Contaduría Pública, Finanzas, Administración x xxxxxxxx afines. | -Al menos (2) años de experiencia. -Por lo menos la participación en dos (2) Auditorías de proyectos suscritos con organismos de cooperación internacional |
PARTE II
Sección 8. Condiciones Contractuales y Modelos
M O D E L O D E C O N T R A T O E S T Á N D A R
Servicios de Consultoría
Suma Global
Índice
I. Modelo de contrato
II. Condiciones Generales del Contrato A. Disposiciones generales
1. Definiciones
2. Relación entre las Partes 3. Ley que rige el Contrato 4. Idioma
5. Encabeza-mientos
6. Notificaciones
7. Lugar donde se prestarán los Servicios 8. Facultades del integrante a cargo
9. Representantes Autorizados 10. Fraude y corrupción
B. Inicio, cumplimiento, modificación y rescisión del Contrato 11. Entrada en vigor del Contrato
12. Rescisión del Contrato por no haber entrado en vigor 13. Comienzo de la prestación de los Servicios
14. Vencimiento del Contrato 15. Totalidad del acuerdo
16. Modificaciones o variaciones 17. Fuerza mayor
18. Suspensión
19. Rescisión
C. Obligaciones del Consultor 20. Generalidades
21. Conflicto de intereses 22. Confidencialidad
23. Responsabilidad del Consultor
24. Seguros que deberá contratar el Consultor 25. Contabilidad, inspección y auditoría
26. Obligación de presentar informes
27. Derechos de propiedad del Contratante sobre informes y registros 28. Equipos, vehículos y materiales
D. Expertos del Consultor y Subconsultores 29. Descripción de los Expertos Principales 30. Reemplazo de los Expertos Principales
31. Remoción de los Expertos o los Subconsultores E. Obligaciones del Contratante
32. Colaboración y exenciones
33. Acceso al emplazamiento del Proyecto
34. Modificación de la Legislación Aplicable en relación con los impuestos y derechos 35. Servicios, instalaciones y bienes del Contratante
36. Personal de contrapartida 37. Obligación de pago
F. Pagos al Consultor 38. Precio del Contrato 39. Impuestos y derechos 40. Moneda de pago
41. Modalidad de facturación y pago 42. Intereses sobre pagos en xxxx G. Equidad y buena fe
43. Buena fe
H. Solución de controversias 44. Solución amigable
45. Solución de controversias
III. Condiciones Especiales del Contrato
IV. Apéndices
Apéndice A: Términos de Referencia Apéndice B: Expertos Principales
Apéndice C: Desglose del precio del Contrato Apéndice D: Modelo de garantía por anticipo
Prefacio
1. El modelo de contrato estándar consta de cuatro partes: el modelo de contrato propiamente dicho que deberán firmar el Contratante y el Consultor, las Condiciones Generales del Contrato (incluido el Anexo 1 sobre fraude y corrupción), las Condiciones Especiales del Contrato y los Apéndices.
2. Las Condiciones Generales del Contrato, incluido el Anexo 1, no podrán modificarse. Las Condiciones Especiales del Contrato, que contienen cláusulas específicas, tienen la función de complementar —pero no sustituir ni contradecir— las Condiciones Generales.
Contrato para Servicios de Consultoría
Suma Global
Nombre del proyecto: Proyecto de Recuperación de Emergencia a causa de los ciclones tropicales Eta e Iota (PRE)
Crédito n.o CR. 6822-HN
Contrato n.o
Título del trabajo: Auditoría de los Estados Financieros y el Uso de las Cuentas del Proyecto, para el período del 4 xx xxxxx de 2021 al 31 de diciembre de 2026
entre
Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS-FHIS)
[Nombre del Contratante]
y
[Nombre del Consultor]
Fecha:
I. Modelo de contrato
Suma Global
[El texto que aparece entre corchetes es opcional; todas las notas deben suprimirse en la versión final].
Este CONTRATO (en adelante, el “Contrato”) se celebra el [número] de [mes] de [año], entre, por una parte la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS) (en adelante, el “Contratante”) y, por la otra, [nombre del consultor] (en adelante, el “Consultor”).
[Si la Parte del Consultor está formada por más de una entidad, el texto que precede deberá modificarse para que diga lo siguiente: “... (en adelante, el “Contratante”) y, por la otra, la APCA ([nombre]) formada por las siguientes entidades, cuyos integrantes serán mancomunada y solidariamente responsables ante el Contratante por todas las obligaciones del Consultor en virtud de este Contrato, [nombre del integrante] y [nombre del integrante] (en adelante, el “Consultor”)].
CONSIDERANDO
(a) que el Contratante ha solicitado al Consultor la prestación de determinados servicios de consultoría definidos en este Contrato (en adelante, los “Servicios”);
(b) que el Consultor, habiendo declarado al Contratante que cuenta con las aptitudes profesionales, los conocimientos especializados y los recursos técnicos requeridos, ha convenido en prestar los Servicios en los términos y condiciones estipulados en este Contrato;
(c) que el Contratante ha recibido [o ha solicitado] un préstamo [o un crédito o una donación] [inserte lo que corresponda: del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) o de la Asociación Internacional de Fomento (AIF)] para sufragar parcialmente el costo de los Servicios y se propone utilizar parte de los fondos de tal [préstamo/crédito/donación] para efectuar pagos elegibles en virtud de este Contrato, entendiéndose que i) el Banco solo efectuará pagos a pedido del Contratante y previa aprobación del mismo Banco, ii) dichos pagos estarán sujetos, en todos sus aspectos, a los términos y condiciones del convenio de [préstamo/crédito/donación], incluidas las prohibiciones de realizar extracciones de la cuenta de [préstamo/crédito/ donación] para pagos a personas o entidades, o para la importación de bienes, si dichos pagos o importaciones, según el xxxx saber del Banco, está prohibido en virtud de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, y iii) ninguna Parte que no sea el
Contratante podrá derivar derechos del convenio de [préstamo/crédito/ donación] ni reclamar los fondos del [préstamo/crédito/donación];
POR LO TANTO, las Partes por este medio acuerdan lo siguiente:
1. Los documentos adjuntos al presente Contrato se considerarán parte integral de este, a saber:
(a) las Condiciones Generales del Contrato (incluido el Anexo 1, “Fraude y corrupción”);
(b) las Condiciones Especiales del Contrato;
(c) los Apéndices:
Apéndice A: Términos de Referencia Apéndice B: Expertos Principales
Apéndice C: Desglose del Precio del Contrato Apéndice D: Modelo de garantía por anticipo
En caso de discrepancia entre los documentos, se aplicará el siguiente orden de precedencia: las Condiciones Especiales del Contrato; las Condiciones Generales del Contrato, incluido el Anexo 1; el Apéndice A; el Apéndice B; el Apéndice C y el Apéndice D. Cualquier referencia a este Contrato deberá incluir, cuando el contexto lo permita, una referencia a sus apéndices.
2. Los derechos y obligaciones mutuos del Contratante y del Consultor estarán establecidos en el Contrato, en particular los siguientes:
(a) el Consultor prestará los Servicios de conformidad con las disposiciones del Contrato;
(b) el Contratante efectuará los pagos al Consultor de conformidad con las disposiciones del Contrato.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, las Partes han dispuesto que se firme este Contrato en sus nombres respectivos en la fecha antes consignada.
Por y en representación de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS-FHIS)
[Representante autorizado del Contratante: nombre, cargo y firma]
Por y en representación de [nombre del Consultor]
[Representante autorizado del Consultor: nombre y firma]
II. Condiciones Generales del Contrato
A. Disposiciones generales
1. Definiciones 1.1 A menos que el contexto exija otra cosa, cuando se utilicen en este Contrato, los siguientes términos tendrán los significados que se indican a continuación:
(a) Por “Legislación Aplicable” se entiende las leyes y otros instrumentos que tengan fuerza xx xxx en el país del Contratante o en otro país especificado en las CEC, que se dicten y entren en vigor oportunamente.
(b) Por “Banco” se entiende el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) o la Asociación Internacional de Fomento (AIF).
(c) Por “Prestatario” se entiende el Gobierno, el organismo gubernamental u otra entidad que firme el convenio de financiamiento con el Banco.
(d) Por “Contratante” se entiende el organismo de ejecución que firma el Contrato con el Consultor seleccionado para la prestación de los Servicios.
(e) Por “Consultor” se entiende una empresa de consultoría profesional legalmente establecida o una entidad seleccionada por el Contratante que brinde los servicios estipulados en el Contrato.
(f) Por “Contrato” se entiende el convenio escrito legalmente vinculante firmado por el Contratante y el Consultor y que incluye todos los documentos adjuntos enumerados en el párrafo 1 del modelo de contrato (las Condiciones Generales del Contrato, las Condiciones Especiales del Contrato y los Apéndices).
(g) Por “día” se entiende un día hábil, a menos que se indique lo contrario.
(h) Por “fecha de entrada en vigor” se entiende la fecha en la que el presente Contrato comience a regir y tenga efecto conforme a la cláusula 11 de las CGC.
(i) Por “Expertos” se entiende, colectivamente, los Expertos Principales, los Expertos Secundarios o cualquier otro integrante del personal del Consultor, el Subconsultor o los miembros de la
APCA asignados por el Consultor para realizar los Servicios o parte de ellos en virtud del Contrato.
(j) Por “moneda extranjera” se entiende cualquier moneda que no sea la del país del Contratante.
(k) Por “CGC” se entiende estas Condiciones Generales del Contrato.
(l) Por “Gobierno” se entiende el Gobierno del país del Contratante.
(m) Por “APCA” se entiende una asociación con o sin personería jurídica distinta de la de sus integrantes, conformada por más de una entidad, en la que un integrante tiene la facultad para realizar todas las actividades comerciales de uno o de todos los demás miembros de la asociación y en nombre de ellos, y cuyos integrantes son solidariamente responsables ante el Contratante por el cumplimiento del Contrato.
(n) Por “Experto Principal” se entiende un profesional individual con capacidades, calificaciones, conocimientos y experiencia esenciales para la prestación de los Servicios estipulados en el Contrato y cuyo currículum se toma en cuenta en la evaluación técnica de la propuesta del Consultor.
(o) Por “moneda local” se entiende la moneda del país del Contratante.
(p) Por “Experto Secundario” se entiende un profesional individual presentado por el Consultor o por su Subconsultor y al que se asigna la tarea de brindar los Servicios o una parte de ellos conforme al Contrato.
(q) Por “Parte” se entiende el Contratante o el Consultor, según el caso, y por “Partes” se entiende el Contratante y el Consultor.
(r) Por “CEC” se entiende las Condiciones Especiales del Contrato, mediante las cuales podrán modificarse o complementarse las CGC, pero nunca sustituirse.
(s) Por “Servicios” se entiende el trabajo que habrá de realizar el Consultor de acuerdo con este Contrato, como se describe en el Apéndice A del presente.
(t) Por “Subconsultor” se entiende una entidad o persona a la que el Consultor subcontrata para que brinde alguna parte de los Servicios, sin por ello dejar de ser el único responsable de la ejecución del Contrato.
2. Relación entre las Partes
3. Ley que rige el Contrato
(u) Por “tercero” se entiende cualquier persona o entidad que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.
2.1. Nada de lo dispuesto en el presente Contrato podrá interpretarse en el sentido de que entre el Contratante y el Consultor existe una relación de empleador y empleado o de mandante y mandatario. Conforme a este Contrato, los Expertos y los Subconsultores, si los hubiere, que presten los Servicios estarán exclusivamente a cargo del Consultor, quien será plenamente responsable de los Servicios prestados por ellos o en su nombre.
3.1. Este Contrato, su significado e interpretación, y la relación que crea entre las Partes se regirán por la Legislación Aplicable.
4. Idioma 4.1. Este Contrato se ha firmado en el idioma indicado en las CEC, que será el idioma obligatorio para todos los asuntos relacionados con el significado y la interpretación de los contenidos.
5. Encabeza- mientos
5.1. El significado de este Contrato no se verá restringido, modificado ni afectado por los encabezamientos.
6. Notificaciones 6.1. Cualquier notificación que deba o pueda cursarse en virtud del presente Contrato se hará por escrito en el idioma especificado en la cláusula 4 de las CGC. Se considerará que se ha cursado o dado tal notificación, solicitud o aprobación cuando haya sido entregada en persona a un representante autorizado de la Parte a la que esté dirigida, o cuando se haya enviado a dicha Parte a la dirección indicada en las CEC.
6.2. Una Parte podrá cambiar su dirección para las notificaciones informando por escrito a la otra Parte sobre dicho cambio de la dirección indicada en las CEC.
7. Lugar donde se prestarán los Servicios
8. Facultades del integrante a cargo
9. Representantes Autorizados
7.1. Los Servicios se prestarán en los lugares indicados en el Apéndice A y, cuando no esté indicado en dónde habrá de cumplirse una tarea específica, esta se cumplirá en el lugar que apruebe el Contratante, ya sea en el país del Gobierno o en otro lugar.
8.1. Si el Consultor es una APCA, los integrantes autorizan al integrante indicado en las CEC para que ejerza en su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones del Consultor frente al Contratante en virtud de este Contrato, incluso, entre otras cosas, recibir instrucciones y percibir pagos de este último.
9.1. Los funcionarios indicados en las CEC podrán adoptar cualquier medida que el Contratante o el Consultor deba o pueda adoptar en virtud de este Contrato, y podrán diligenciar en nombre de
10. Fraude y corrupción
a. Comisiones y honorarios
estos cualquier documento que deba o pueda diligenciarse en dicho marco.
10.1. El Banco exige el cumplimiento de sus directrices de lucha contra la corrupción y sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, especificados en el marco de Sanciones del GBM, tal como se indica en el Anexo 1 de las CGC.
10.2. El Contratante exige al Consultor que proporcione información sobre comisiones, gratificaciones u honorarios, si los hubiere, pagados o pagaderos a agentes o terceros en relación con el proceso de selección o la ejecución del Contrato. La información suministrada deberá incluir por lo menos el nombre y la dirección del agente o tercero, la cantidad y moneda, y el propósito de la comisión, la gratificación o los honorarios. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la rescisión del Contrato o a sanciones impuestas por el Banco.
B. Inicio, cumplimiento, modificación y rescisión del Contrato
11. Entrada en vigor del Contrato
12. Rescisión del Contrato por no haber entrado en vigor
13. Comienzo de la prestación de los Servicios
14. Vencimiento del Contrato
15. Totalidad del acuerdo
11.1. El presente Contrato entrará en vigor y tendrá efecto desde la fecha (la “fecha de entrada en vigor”) de la notificación en que el Contratante instruya al Consultor para que comience a prestar los Servicios. En dicha notificación deberá confirmarse que se han cumplido todas las condiciones para la entrada en vigor del Contrato, si las hubiera, indicadas en las CEC.
12.1. Si el presente Contrato no entrara en vigor dentro del plazo especificado en las CEC, contado a partir de la fecha de la firma, cualquiera de las Partes, mediante notificación escrita cursada a la otra con una antelación mínima de veintidós (22) días, podrá declararlo nulo, en cuyo caso ninguna de ellas podrá efectuar reclamación alguna a la otra en relación con el presente.
13.1. El Consultor deberá confirmar la disponibilidad de los Expertos Principales y comenzará a prestar los Servicios antes de que se cumpla el plazo en días previsto a partir de la fecha de entrada en vigor, especificado en las CEC.
14.1. A menos que se rescinda con anterioridad, conforme a lo dispuesto en la cláusula 19 de estas CGC, este Contrato vencerá al término del plazo especificado en las CEC, contado a partir de la fecha de entrada en vigor.
15.1. Este Contrato contiene todos los acuerdos, las estipulaciones y las disposiciones convenidas entre las Partes. Ningún agente o representante de las Partes tiene facultades para hacer declaraciones,
16. Modificaciones o variaciones
17. Fuerza mayor
afirmaciones, promesas o acuerdos que no estén estipulados en el Contrato, y las Partes no serán responsables por dichas declaraciones ni estarán sujetas a ellas.
16.1. Los términos y condiciones de este Contrato, incluido el alcance de los Servicios, solo podrán modificarse o cambiarse mediante acuerdo por escrito entre las Partes. No obstante, cada una de las Partes deberá dar la debida consideración a cualquier modificación o cambio propuesto por la otra Parte.
16.2. Cuando las modificaciones o los cambios sean substanciales, se requerirá el consentimiento previo del Banco por escrito.
a. Definición 17.1. A los efectos de este Contrato, “fuerza mayor” se refiere a un acontecimiento que escapa al control razonable de una de las Partes, no es previsible, es inevitable, y que hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa Parte resulte imposible o tan poco viable que puede considerarse razonablemente imposible en tales circunstancias. Se consideran eventos de fuerza mayor, sin que la enumeración sea exhaustiva, las guerras, los motines, los disturbios civiles, los terremotos, los incendios, las explosiones, las tormentas, las inundaciones u otras condiciones climáticas adversas, las huelgas, los cierres patronales y demás acciones de carácter industrial, las confiscaciones o cualquier otra medida adoptada por organismos gubernamentales.
17.2. No se considerará fuerza mayor i) un evento causado por la negligencia o intención de una de las Partes o de los Expertos, Subconsultores, agentes o empleados de esa Parte; ii) un evento que una Parte diligente pudiera razonablemente haber prevenido en el momento de celebrarse este Contrato o evitado o superado durante el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato.
17.3. No se considerará fuerza mayor la insuficiencia de fondos o el incumplimiento de cualquier pago requerido en virtud del presente Contrato.
b. Casos que no constituyen violación del Contrato
17.4. El incumplimiento por una de las Partes de alguna de sus obligaciones en virtud del Contrato no se considerará violación ni incumplimiento de este cuando se deba a un evento de fuerza mayor y siempre que la Parte afectada por tal evento haya tomado todas las precauciones razonables, puesto debida atención y adoptado medidas alternativas procedentes con el fin de cumplir con los términos y condiciones del Contrato.
c. Medidas que deberán adoptarse
17.5. La Parte afectada por un evento de fuerza mayor deberá continuar cumpliendo sus obligaciones en virtud del presente Contrato siempre que sea posible y deberá tomar todas las medidas que sean razonables para atenuar las consecuencias de cualquier evento de fuerza mayor.
17.6. La Parte afectada por un evento de fuerza mayor notificará de dicho evento a la otra Parte con la mayor brevedad posible y, en todo caso, a más tardar catorce (14) días corridos después de ocurrido el hecho, proporcionando pruebas de su naturaleza y origen; asimismo, notificará por escrito sobre la normalización de la situación tan pronto como sea posible.
17.7. El plazo dentro del cual una Parte deba realizar una actividad o tarea en virtud de este Contrato se prorrogará por un período igual a aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad como consecuencia de un evento de fuerza mayor.
17.8. Durante el período de incapacidad para prestar los Servicios como consecuencia de un evento de fuerza mayor, el Consultor, con instrucciones del Contratante, deberá:
(a) retirarse, en cuyo caso el Consultor recibirá un reembolso por los costos adicionales razonables y necesarios en los que haya incurrido, y si lo requiriera el Contratante, por reactivar los servicios posteriormente, o
(b) continuar prestando los Servicios dentro de lo posible, en cuyo caso el Consultor será remunerado de acuerdo con los términos de este Contrato y reembolsado por los costos adicionales razonables y necesarios en que haya incurrido.
17.9. Cuando haya discrepancias entre las Partes sobre la existencia o magnitud del evento de fuerza mayor, estas deberán solucionarse siguiendo lo estipulado en las cláusulas 44 y 45 de las CGC.
18. Suspensión 18.1. El Contratante podrá suspender en forma total o parcial los pagos estipulados en este Contrato mediante una notificación de suspensión por escrito al Consultor si este no cumpliera con cualquiera de sus obligaciones en virtud del presente. En dicha notificación, el Contratante deberá i) especificar la naturaleza del incumplimiento y
ii) solicitar al Consultor que subsane dicho incumplimiento dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción de dicha notificación.
19. Rescisión 19.1. Cualquiera de las Partes podrá rescindir el presente Contrato, de acuerdo con las siguientes disposiciones:
a. Por el Contratante
b. Por el Consultor
19.1.1. El Contratante podrá dar por terminado este Contrato si se produce cualquiera de los eventos especificados en los párrafos a) a f) de esta cláusula. En dichas circunstancias, el Contratante enviará una notificación de rescisión por escrito al Consultor con al menos treinta (30) días corridos de anticipación a la fecha de terminación en el caso de los eventos mencionados en los párrafos a) a d), con al menos sesenta (60) días corridos de anticipación en el caso referido en la cláusula e) y con al menos cinco (5) días corridos de anticipación en el caso referido en la cláusula f):
(a) si el Consultor no subsanara el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato, según lo estipulado en la notificación de suspensión emitida conforme a la cláusula 18 de estas CGC;
(b) si el Consultor (o, en el caso de que el Consultor fuera más de una entidad, cualquiera de sus integrantes) llegara a declararse insolvente o fuera declarado en quiebra, o celebrara algún acuerdo con sus acreedores a fin de lograr el alivio de sus deudas, o se acogiera a alguna ley que beneficia a los deudores, o entrara en liquidación o administración judicial, ya sea de carácter forzoso o voluntario;
(c) si el Consultor no cumpliera cualquier resolución definitiva adoptada como resultado de un procedimiento de arbitraje conforme a la cláusula 45.1 de las CGC;
(d) si el Consultor, como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un período de no menos de sesenta
(60) días corridos;
(e) si el Contratante, a su sola discreción y por cualquier razón, decidiera rescindir este Contrato;
(f) si el Consultor no confirmara la disponibilidad de los Expertos Principales, como se exige en la cláusula 13 de las CGC.
19.1.2. Asimismo, si el Contratante determina que el Consultor ha participado en prácticas de fraude y corrupción durante la competencia por el contrato o la ejecución de este, podrá terminar la contratación del Consultor en virtud del Contrato después de notificar por escrito al Consultor con una antelación de catorce
(14) días corridos.
19.1.3. El Consultor podrá rescindir este Contrato, mediante notificación escrita al Contratante con una antelación mínima de treinta (30) días corridos, en caso de que suceda cualquiera de los eventos especificados en los párrafos a) a d) de esta cláusula:
c. Cese de los derechos y obligaciones
d. Cese de los servicios
(a) si el Contratante no pagara una suma adeudada al Consultor en virtud de este Contrato, y dicha suma no es objeto de controversia conforme a la cláusula 45.1 de estas CGC, dentro de los cuarenta y cinco (45) días de haber recibido la notificación escrita del Consultor con respecto de la xxxx en el pago;
(b) si el Consultor, como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un período de no menos de sesenta
(60) días;
(c) si el Contratante no cumpliera cualquier resolución definitiva adoptada como resultado de un arbitraje conforme a la cláusula 45.1 de las CGC;
(d) si el Contratante incurriera en una violación sustancial de sus obligaciones en virtud de este Contrato y no la subsanara dentro de los cuarenta y cinco (45) días (u otro plazo mayor que el Consultor pudiera haber aceptado posteriormente por escrito) siguientes a la recepción de la notificación del Consultor en la que se especifica respecto de dicha violación.
19.1.4. Al rescindirse el presente Contrato conforme a lo dispuesto en las cláusulas 12 o 19 de estas CGC, o al vencer este Contrato conforme a lo dispuesto en la cláusula 14 de estas CGC, todos los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Contrato cesarán, a excepción de i) los derechos y obligaciones que pudieran haberse generado hasta la fecha de rescisión o de vencimiento; ii) la obligación de confidencialidad estipulada en la cláusula 22 de estas CGC; iii) la obligación del Consultor de permitir la inspección, copia y auditoria de sus cuentas y registros según lo estipulado en la cláusula 25 de estas CGC, y
iv) cualquier derecho que las Partes pudieran tener de conformidad con la Legislación Aplicable.
19.1.5. Una vez rescindido este Contrato mediante la notificación de una Parte a la otra, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 19 a) o 19 b) de estas CGC, inmediatamente después del envío o de la recepción de dicha notificación, el Consultor adoptará las medidas necesarias para suspender los Servicios de forma rápida y ordenada, y procurará que los gastos para este propósito sean mínimos. Respecto de los documentos preparados por el Consultor y de los equipos y materiales suministrados por el Contratante, el Consultor