Sede. La sede del órgano específico será la del domicilio social de la FLC y la de sus Consejos o Comisiones Territoriales, según el ámbito en el que actúe.
Sede. El Fondo, se administrará y gestionará desde su sede en la ciudad de Cali en la Xxxxx 00 # 0-
Sede. 1) Se establece la Sede de la Organización en Ginebra.
2) Podrá decidirse su traslado, según lo previsto en el Artículo 6.3)d) y g).
Sede. El Fondo tendrá como sede el mismo lugar donde funcionen las oficinas principales de la Sociedad Administradora que en la actualidad se encuentran en la XX. 00 Xx. 000X-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X. En dicha dirección se encontrarán todos los libros y documentos relativos al Fondo; además en este lugar se procesará la información sobre recibo y entrega de los recursos, de conformidad con las reglas establecidas en la Cláusula 4.1 (Vinculación) del Capítulo IV del presente Reglamento. No obstante, también se podrá procesar la información sobre recibo y entrega de recursos al Fondo en las sucursales de la Sociedad Administradora o en las oficinas de las entidades con las que la Sociedad Administradora haya suscrito contratos de corresponsalía o uso de red de oficinas o equivalentes, que sean permitidos de acuerdo con la ley vigente casos en los cuales la responsabilidad será exclusiva de la Sociedad Administradora. La Sociedad Administradora revelará y mantendrá actualizada a través de su sitio web xxx.xxxxxxx.xxx.xx la información de los contratos de corresponsalía o uso de red de oficinas o equivalentes, y las sucursales en las que se prestará atención al público.
Sede. La sede del Órgano Paritario para la Promoción de la Seguridad y Salud en el Sector del Metal será la del domicilio social de la FMF.
Sede. La sede del Órgano Paritario para la Promoción de la Salud y Seguridad en el Sector será la de la Comisión Paritaria del convenio.
Sede. La sede del Órgano Paritario para la Promoción de la Seguridad y Salud en el Sector de Tejas y Ladrillos será inicialmente en la sede de HISPALYT, sita en Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxx, 00.
Sede. La Corporación tiene su sede en la ciudad de Caracas, República de Venezuela. La Corporación podrá establecer las agencias, oficinas o representaciones que sean necesarias para el desarrollo de sus funciones, en cada uno de los países participantes y fuera de ellos.
Sede. El Fondo tendrá como sede el mismo lugar donde funcionen las oficinas principales de la Sociedad Administradora, que en la actualidad se encuentran en la Xxxxxxx 00 Xx. 00 X – 00, Xxxx 0 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. En dicha dirección se encontrarán todos los libros y documentos relativos al Fondo; además en este lugar se recibirán y entregarán los recursos, de conformidad con las reglas establecidas en el Reglamento. No obstante, se podrán recibir y entregar recursos para el Fondo en las agencias o sucursales de la Sociedad Administradora o en las oficinas de las entidades con las que la Sociedad Administradora haya suscrito contratos de uso de red, casos en los cuales la responsabilidad será exclusiva de la Sociedad Administradora. La Sociedad Administradora revelará a través de su sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx los contratos de uso de red, así como su duración y las sucursales y agencias en las que se prestará atención al público, si las hubiere.
Sede. Se señala como domicilio de la comisión paritaria, la sede del Consejo de Relaciones La- borales (CRL) en xxxxx Xxxxxxxxxx 00 xxxx, Xxxxxxx-Xxxxxxx.