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CUADRO DE CARACTERISTICAS XXX XXXXXX TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS DE SELECCIÓN
EL GERENTE DE LA GERENCIA ÚNICA DEL AREA III, según delegación de atribuciones conferidas por Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud de fecha 21-11-07 ( BORM 15-12-07 ).
1.- ORGANO DE CONTRATACIÓN:
PROCEDIMIENTO ABIERTO Nº 1100241529/2011
2.- REFERENCIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
Objeto:
Servicio de recogida y transporte de muestras clínicas y mensajería, (transporte de valija, muestras biológicas para laboratorio y paquetería entre el Hospital General Universitario Xxxxxx Xxxxxx y los centros sanitarios del Área III de salud y entre Hospital General Universitario Xxxxxx Xxxxxx y otros Hospitales de la provincia.
División por Lotes: SI ❏ (Detallar con asignación de nº de orden y cod. CPA – 2008/CPV).
NO X
Xxxxxxxxxxxx XXX-0000: 49.41.19 Codificación CPV: 60100000-9
3.- OBJETO DEL CONTRATO Y CODIFICACION CPA/CPV
▪ 4.1 Necesidad de cubrir el servicio de recogida y transporte de muestras clínicas y mensajería, del Hospital General Universitario Xxxxxx Xxxxxx, Centros de Especialidades y Centros de Salud adscritos al Área III de Salud.
4.- NECESIDADES A CUBRIR CON EL CONTRATO.
▪ 5.1 Duración del contrato: VEINTICUATRO MESES, con posibilidad de prorroga de otros veinticuatro.
▪ La vigencia inicial será desde el 01-08-2011 hasta el 31-07-2013
5.- DURACIÓN DEL CONTRATO
▪ El Pliego admite la prórroga: SI X
▪ El contrato podrá prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización por un periodo igual al inicial, año a año, en las mismas condiciones pactadas, siempre que la duración del contrato, incluidas las prorrogas, no exceda de cuarenta y ocho meses.
6.- PRÓRROGA
Hospitales según se detalla en el anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que acompaña a este expediente.
El servicio se prestará entre los centros de salud, consultorios, SUAPs, y
7.1
7.- LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
2011 | 1-08-2011 a 31-12-2011 | 29.176,99 € | 5.251,86 € |
2012 | 1-01-2012 a 31-12-2012 | 70.024,78 € | 12.604,46 € |
2013 | 1-01-2013 a 31-12-2013 | 70.024,78 € | 12.604,46 € |
2014 | 1-01-2014 a 31-12-2014 | 70.024,78 € | 12.604,46 € |
2015 | 1-01-2015 a 31-07-2015 | 40.847,79 € | 7.352,60 € |
X ❏ Tramitación normal del expediente.
Partida presupuestaria a la que se imputa el gasto cuenta de contabilidad financiera 62400000, Transportes; (Instrucción 7/2008 de 30 de Diciembre, de la Gerencia del SMS., por la que se regula el procedimiento y operatoria contable a seguir en la ejecución de los gastos)
9.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
Tarifas ❏
8.5. Sistema determinación del precio (señalar uno)
Tanto alzado x ❏ Precios unitarios ❏
8.4. Valor estimado por lotes.
50.417,84 €
Total 280.099,12 €
8.1 Valor estimado total del contrato: 280.099,12 € , IVA excluido
Importe IVA: 50.417.84 € Porcentaje IVA aplicable: 18%
8.2 Valor estimado duración inicial del contrato: 140.049,56 €, IVA excluido.
Importe IVA : 25.208,92 €
Valor estimado eventuales prórrogas: 140.049,56 €, IVA excluido.
Importe IVA: 25.208,92 €
8.3 Anualidades:
Anualidad Importe (IVA excluido) 18% IVA
8.- PRESUPUESTO TOTAL MAXIMO DE LICITACION:
❏ Tramitación anticipada del expediente.
(Expediente sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el presupuesto que se apruebe para el año de su ejecución).
▪ Fórmula de revisión de precios: Transcurrido un año desde la adjudicación del contrato, la revisión de los precios convenidos se realizará anualmente mediante la aplicación a los mismos de la variación del IPC general publicado por el Instituto Nacional de Estadística de los doce meses inmediatamente anteriores a la revisión. La revisión no podrá superar el 85 por 100 de variación experimentada por el índice adoptado, así como también será objeto de revisión cuando el contrato se hubiese ejecutado al menos en el 20% de su importe y hubiese transcurrido un año desde su adjudicación (art.78.3 y 77.1 de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre).
SI X
▪ Revisión de precios:
10.- REVISIÓN DE PRECIOS
11.- RÉGIMEN DE FACTURACIÓN
11.1 Condiciones de pago: Las facturas habrán de cumplir los siguientes requisitos formales:
--Serán emitidas a nombre del Servicio Murciano de Salud, Gerencia Área III de Xxxxx xx Xxxxx, Xxxx, Xxxxxxxx 000-Xx. 000, 00000 Xxxxx (Xxxxxx).
--Deberán ser remitidas en original, además deberán de carecer de raspaduras, enmiendas o caracteres ilegibles.
--Las facturas deberán llevar perceptiblemente un número que permita identificar inequívocamente cada una de ellas.
--En el caso de que el contratista tenga establecidas sucursales o delegaciones, especificará claramente cada una de ellas, y cual es la que emite la factura.
--Las facturas deberán cumplir, en cuanto a formato, las especificaciones legales y en especial:
▪ Número de Identificación Fiscal o Inscripción en el Registro Mercantil, si se trata de una persona jurídica.
▪ Número de NIF. y domicilio, si se trata de una persona física.
(Se deberá observar la normativa que al respecto está contemplada en el Reglamento del Impuesto del Valor Añadido y en especial: Razón Social, domicilio y
N.I.F. del Centro de Gasto, determinación de la base imponible)
11.2 Lugar de presentación de facturas: Registro General del “Hospital General Universitario Xxxxxx Xxxxxx” Xxxx, Xxxxxxxx 000-Xx. 000, 00000 Xxxxx (Xxxxxx).
11.3 Momento de presentación de facturas: En los primeros 5 días del mes siguiente al que se refieran.
▪ 12.1 Constitución de la Garantía Provisional: SI º
NO X
Debe ajustarse al modelo que figura como Anexo en el Pliego Tipo
▪ 12.2 Importe total de la garantía provisional: , equivalente al
% del valor estimado del contrato.
Órgano a cuya disposición ha de constituirse la garantía:
SERVICIO MURCIANO DE SALUD N.I.F.: Q8050008E
Periodo de vigencia de la garantía. Conforme a lo dispuesto en el art. 91 Ley 30/2007
▪ 12.3 Importe de la garantía provisional por lote
Nº de lote Importe de la garantía provisional
12.- GARANTÍA PROVISIONAL
▪ 13.1 Constitución de la garantía definitiva:
SI X
NO º
▪ 13.2 Importe total de la garantía definitiva: 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el IVA. ( art. 83.1 de la Ley 30/2007 )
Órgano a cuya disposición ha de constituirse la garantía: SERVICIO MURCIANO DE SALUD
N.I.F.: Q80500008E
Periodo de vigencia de la garantía. Conforme a lo señalado en el art. 90 de la Ley 30/2007
▪ 13.3 Importe de la garantía definitiva por lote:
Nº de lote Importe de la garantía definitiva
▪ 13.4. Posibilidad de constitución de la garantía mediante retención en el precio:
SI ❏ NO X
13.- GARANTÍA DEFINITIVA
13.5. Devolución parte proporcional de garantía:
SI ❏ NO X
14.1 Obligatoriedad (S/N): SI
14.2 Plazo para presentación: 30 días desde la fecha de adjudicación.
14.3 Contenido mínimo: El programa de Trabajo contendrá de forma detallada en qué va a consistir el servicio que se ofrece, teniendo en cuenta el anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
La empresa adjudicataria elaborará un Programa de Trabajo en el que incluya: el calendario de ejecución, medios humanos y materiales concretos que se va a poner a disposición de la ejecución del contrato, horario de prestación del servicio, etc, como concreción al Plan de Trabajo presentado en su Oferta Técnica.
14.- PROGRAMA DE TRABAJO
No procede.
15.- OPERACIONES PREPARATORIAS SUSCEPTIBLES DE ABONOS A CUENTA, VALORACION Y PLAN DE AMORTIZACION
El Área III de Xxxxx xx Xxxxx tiene establecido un Sistema de Gestión Integrado por el que se controlan y revisan todas las actuaciones relevantes con posible repercusión sobre el medio ambiente. Dicho sistema se ha implantado siguiendo las recomendaciones medioambientales de la Norma UNE-EN ISO 14001:2004 “Sistema de Gestión Medioambiental”, la cual exige que además de actuaciones propias, se tengan en cuenta las de las empresa contratadas o proveedores para la realización de obras, suministros, servicios o gestión de servicios públicos que incidan sobre el medio ambiente.
Por otra parte, una de las bases de dicho Sistema es la Política de Gestión de la empresa, documento de carácter público mediante el cual la organización se compromete a extender las exigencias medioambientales y los controles a las empresas contratistas que actúen en su nombre.
Nuestro sistema obliga al cumplimiento de estas condiciones medioambientales para todas las empresas que realicen suministros, obras y servicios en el Área III de xxxxx xx Xxxxx y la aceptación de las mismas como condición previa e indispensable para la ejecución del correspondiente contrato. Las condiciones medioambientales son las siguientes:
La empresa contratista responderá de cualquier incidente medioambiental por el causado, liberando al Área III de Salud de cualquier responsabilidad sobre el mismo.
16.- CONCIDIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
Para evitar tales incidentes, el contratista adoptará las medidas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión, en especial las relativas a evitar vertidos líquidos indeseados, emisiones contaminantes a la atmósfera y el abandono de cualquier tipo de residuos, con extrema atención en la correcta gestión de los residuos peligrosos generados por su actividad en nuestras instalaciones. La responsabilidad de la correcta segregación y gestión de los residuos será del contratista.
El contratista adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente, directivas y recomendaciones que sean de aplicación al contrato realizado.
Así mismo, en los contratos que determine el Área III de Salud, especialmente los relacionados con obras, mantenimiento, limpieza y gestión de residuos, así como otros servicios cuyas actividades, tareas y funciones sean productores de residuos o produzcan impacto ambiental, la empresa contratada deberá cumplir con los requisitos del Sistema de Gestión Integrado de la empresa en lo referente a la gestión de residuos, para ello el responsable del seguimiento del contrato comunicará las pautas para la buena gestión de residuos según lo especificado en los oportunos procedimientos.
El contratista se compromete a suministrar información inmediata al Hospital General Universitario Xxxxxx Xxxxxx, sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca en el curso de la ejecución del contrato que se le adjudique.
▪ 17.1. Forma de constatación de la correcta ejecución del servicio: Mediante informe del responsable, designado por el Órgano de Contratación, al finalizar el mes de ejecución del servicio, con la conformidad de los responsables del Centro Sanitario de que este se ha realizado de acuerdo con el plan de trabajo aprobado por esta Gerencia y las condiciones técnicas del contrato.
▪ 17.2. Forma de recepción: La referida en el punto anterior.
▪ 17.3. Recepciones parciales previstas: periodicidad mensual.
17.- ENTREGA Y RECEPCION
El plazo de garantía será el máximo establecido por Xxx.
18.- PLAZO DE GARANTÍA
19.1. Partes o porcentaje del contrato susceptibles de subcontratación:
19.2. Obligatoriedad de subcontratar: NO X ❏
Partes del contrato cuya subcontratación es obligatoria:
19.- SUBCONTRATACION
20.- PENALIDADES PREVISTAS PARA EL CONTRATO
Además de las indicadas en el punto 14 xxx Xxxxxx Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares y de carácter general en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, la negligencia por parte de la empresa adjudicataria en la prestación del servicio de mensajería dará lugar a indemnizaciones, responsabilidades y acciones, incluso la disolución del contrato, que se penalizará atendiendo a la siguiente clasificación:
Las faltas se podrán clasificar en leves o graves:
Leves:
▪ El incumplimiento de los trámites o condiciones establecidas por Ley, siempre que no constituyan falta grave.
▪ La falta de higiene y seguridad en los vehículos de transporte
▪ Otras que por su condición puedan considerar como tales.
Graves:
▪ La reincidencia en tres faltas leves.
▪ Los retrasos reiterados, siempre que no comporte invalidez en las muestras biológicas.
▪ La utilización de medios materiales o técnicos no autorizados y sin los permisos reglamentarios.
▪ Otras que por su condición puedan considerarse como tales.
Muy graves:
▪ La comisión de dos faltas graves.
▪ Los retrasos de 24 horas en la recogida y entrega de muestras biológicas y documentación.
▪ La falsedad comprobada de la información solicitada al adjudicatario, así como informes, datos, etc.
▪ La pérdida o extravío de sobres, paquetes o muestras.
▪ Otras que por su condición puedan considerarse como tales.
La comisión de tres faltas muy graves en un semestre dará opción a la Dirección del Área III de Salud a rescindir el contrato, exigiendo al contratista daños y perjuicios.
Toda falta irá precedida de un aviso escrito de la Dirección del Área III, para que en el plazo de treinta días desde su notificación, el contratista pueda alegar en su derecho lo que convenga.
La cuantía de las Sanciones podrá variar de acuerdo con la importancia de la falta, previo informe de la Dirección de Gestión, entre los siguientes márgenes:
--- Falta Leve hasta 1.000 €
--- Falta Grave hasta 2.000 €
--- Falta Muy Grave hasta 3.000 €
Las sanciones serán deducidas al contratista adjudicatario del mantenimiento que se abone mensualmente.
21.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Fase de valoración Ponderación
1. OFERTA ECONOMICA. (Objetiva) Hasta 50 PUNTOS
Para el cálculo de la puntuación de las ofertas económicas, se aplicará la siguiente fórmula:
(Pl – Of) x M/(Bt x Pl), donde:
Pl = Precio de licitación; Of = Oferta realizada;
M = Puntuación máxima posible (50);
Bt = Porcentaje máximo de baja sin incurrir en baja desproporcionada;
Si alguna de las ofertas económicas estuviera incursa en baja desproporcionada o anormal, la fórmula a aplicar sería la siguiente:
(Pl – Of) x M/ (Pl - Ot), donde:
Pl = Precio de licitación; Of = Oferta realizada;
M = Puntuación máxima posible (50);
Ot = Oferta incursa en baja desproporcionada
(en caso de existir varias, se tomará en cuenta la más económica de ellas).
La oferta económica deberá ir desglosada por centros, cuya suma resultara la oferta total.
2. OFERTA TÉCNICA. (Subjetiva) Hasta 40 PUNTOS
UMBRAL MÍNIMO EXIGIDO: 15 puntos
Se valorará metodología, calidad técnica del servicio, medios materiales y humanos, descripción de tareas, actividades y funciones especificas, control de calidad, etc..
3. MEJORAS COMPLEMENTARIAS (Objetiva) Hasta 5 PUNTOS
Se valorarán las prestaciones que la empresa licitadora se comprometa a asumir, exclusivamente a su cargo, y que representen una mejora con respecto a lo estipulado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Estas mejoras deberán ser cuantificadas económicamente.
4. PLAN DE GESTION MEDIOAMBIENTAL (Subjetiva). Hasta 5 PUNTOS
El mismo, deberá estar relacionado con el objeto del contrato.
22.1 Precio: Baja superior al 20 % del presupuesto base de licitación.
22.2 Otros:
22.- CRITERIOS OBJETIVOS PARA DECLARAR PROPOSICIONES TEMERARIAS O DESPROPORCIONADAS
▪ 23.1 Solvencia económica y financiera: Se acreditará según indica el art.
64.1 c) de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre.
▪ 23.2 Solvencia técnica: se acreditará según se indica en el art. 67 a).
23.3 Clasificación exigida: No procede
23.- ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS LICITADORAS
24.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL CONCURSO Y/O DEL/OS CONTRATOS
▪ 24.1 Licitadores.-Documentación específica exigida para acreditar la capacidad de contratar en función del objeto del concurso, además de la prevista en la Cláusula 22.2 xxx Xxxxxx Tipo:
SI º NO X
▪ 24.2 Adjudicatarios.-Seguro de responsabilidad civil , se exige:
SI x NO ❏
Límite de indemnización de la póliza: 600.000,00 €
▪ 24.3 Numero y contenido de los sobres a presentar por los licitadores :
24.3.1. SOBRE A: Capacidad de contratar, con el Contenido previsto en la cláusula 22.2 xxx xxxxxx Tipo.
24.3.2 SOBRE B: Oferta técnica, contendrá como mínimo lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas que rige para este procedimiento, describiendo con el mayor detalle los sistemas y técnicas de trabajo que pretenden utilizar, especificando los recursos humanos y materiales que se empleará en su ejecución.
24.3.3 SOBRE C (cuando se establezcan distintas fases de valoración) PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y CRITERIOS OBJETIVOS DE VALORACIÓN, que contendrá:
- La oferta económica ajustada al modelo que se facilita con el presente Cuadro.
- En su caso, las mejoras ofertadas, que deberán figurar valoradas económicamente, para poder puntuarlas de acuerdo con los criterios de adjudicación fijados.
▪ 25.3 Elementos y condiciones:
NO X
SI ❏
▪ 25.1 Admite variantes:
▪ 25.2 Número:
25.- VARIANTES
Publicación B.O.R.M. 300 Euros.
Publicación B.O.E. euros. Publicación en prensa euros
26.- IMPORTE MÁXIMO PREVISTO PARA LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LA LICITACION.
27.1 Registro para presentar las proposiciones: Registro General del Hospital General Universitario “Xxxxxx Xxxxxx”
27.2 Dirección para envío de correo : “Hospital General Universitario Xxxxxx Xxxxxx”, Xxxx. Xxxxxxxx 000, Xx. 000 00000 Xxxxx (XXXXXX)
27.3 Nº de Fax : 000-00 00 00
27.4 Dirección de correo electrónico: xxx.xxxxx@xxxx.xx 27.5 Nº de Teléfono : 000-00 00 00 / 000 00 00 00
27.6. Perfil del contratante :xxx.xxxxxxxxxxx.xx
27.- LUGAR PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, TELÉFONO, FAX, CORREO ELECTRÓNICO Y SERVICIO DE CONTACTO PARA REALIZAR CUALQUIER ACLARACIÓN SOBRE EL CONCURSO.
28.- OBLIGATORIEDAD DE SUBROGACIÓN RESPECTO TRABAJADORES QUE ACTUALMENTE PRESTAN EL SERVICIO. | DE | LOS |
Si No | ❏ ❏ X |
En Lorca, a 22 xx xxxxx del 2011 EL DIRECTOR GERENTE DEL S.M.S. P.D. ( Res. 21-11-07, BORM 15-12-07 )
EL GERENTE DE LA GERENCIA ÚNICA XX XXXXX – Área III.
Fdo. Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx.
PLIEGO-TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS DE SELECCIÓN
I.- CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO.
1.1. El contrato que se regula por este Pliego tiene por objeto la prestación de los servicios especificados en el Apartado 3 del Cuadro de Características que encabeza y forma parte de este Pliego, codificado conforme a la nomenclatura CPA-2002 y CPV , indicada en dicho apartado.
1.2. En el supuesto de que el objeto del contrato se desglose en lotes, estos se detallarán en el Apartado 3 del Cuadro de Características que forma parte de este Pliego, codificados conforme a las nomenclaturas XXX- 0000 y CPV indicadas en dicho apartado.
1.3. El objeto del presente contrato va dirigido a satisfacer las necesidades de los Centros dependientes del Servicio Murciano de Salud que se establecen en el Apartado 4 de dicho Cuadro de Características.
1.4. La ejecución de los trabajos contratados se efectuará conforme a las condiciones que figuran en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el cuadro de Características y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, los cuales tendrán carácter contractual.
2. PLAZO
2.1. La duración del contrato será la fijada en el Apartado 5 del Cuadro de Características que acompaña este Pliego, a contar desde el inicio efectivo de la prestación del servicio. La duración inicial del contrato no podrá exceder de CUATRO AÑOS.
2.2. El contrato podrá prorrogarse, de mutuo acuerdo de las partes, antes de su finalización sin que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, puedan exceder de SEIS AÑOS, ni estas puedan ser concertadas, aislada o conjuntamente, por un plazo superior al fijado originalmente. La posibilidad de prórroga del contrato aparecerá reflejada en el Apartado 6 del Cuadro de Características.
2.3. En el supuesto de servicios de tracto sucesivo, finalizado el plazo de ejecución, incluidas las prórrogas si las hubiere, la empresa adjudicataria seguirá prestando servicios hasta que por resolución del oportuno expediente, la nueva empresa adjudicataria inicie la ejecución del nuevo contrato.
2.4. Si el contrato tiene una duración superior a la del ejercicio en el que fue formalizado, su eficacia quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos a cuya anualidad corresponda
3.- LUGAR DE EJECUCION
La prestación de servicios se llevarán a cabo en el/los lugar/es determinado/s en el Apartado 7 de Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego.
4.- PRESUPUESTO Y FINANCIACION
4.1. El importe total estimado por la Administración para este contrato, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, asciende a la cantidad indicada en el Apartado 8.1 del Cuadro de Características. El importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que debe soportar la Administración por la prestación objeto del contrato es el que figura en el citado Apartado 8.1.
4.2. En dicho importe total quedan incluidas las eventuales prórrogas de las que pueda ser objeto el contrato. El desglose del presupuesto estimado para el periodo inicial de vigencia del contrato, y el correspondiente al número de prórrogas previstas se detalla en el Apartado 8.2 del Cuadro de Características. La distribución de anualidades es la que se indica en el Apartado 8.3 del Cuadro de Características.
4.3. En el caso de que la licitación se efectúe por lotes, el desglose del importe máximo de licitación para cada uno de ellos, calculado en la forma indicada en los Apartados anteriores, será el que figura en el Apartado 8.4 del Cuadro de Características
4.4. El sistema de determinación del precio del contrato es el que se señala en el Apartado 8.5 del Cuadro de Características.
4.5. Para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Administración Pública como consecuencia del cumplimiento del contrato, existe crédito suficiente en el Presupuesto de Gastos del Servicio Murciano de Salud, con cargo a la imputación presupuestaria que figura en el Apartado 9 del Cuadro de Características. Esta referencia al Presupuesto de Gastos se entenderá efectuada a la previsión del Anteproyecto de Presupuestos del año siguiente, cuando se trate de expedientes de tramitación anticipada.
4.6. Las ofertas que excedan del precio de licitación formulado por la Administración, serán rechazadas.
4.7. Si la contratación de la prestación del servicio se promueve mediante TRAMITACIÓN ANTICIPADA, la adjudicación, en caso de producirse, quedará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el presupuesto que se apruebe para el año de su ejecución.
5.- REVISION DE PRECIOS
Salvo que en el Apartado 10 del Cuadro de Características se establezca que no proceda la revisión de precios en el contrato, de acuerdo con lo establecido en el art. 77 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, ésta se realizará cuando el contrato se hubiere ejecutado en el 20 por 100 de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación, de tal modo que ni el porcentaje del 20 por 100, ni el primer año de ejecución, contando desde dicha adjudicación puede ser objeto de revisión.
La fórmula o índice de revisión indicado en el Apartado 10 del Cuadro de Características será invariable durante la vigencia del contrato. Determinará la revisión de precios en cada fecha respecto a la fecha de adjudicación del contrato, siempre que ésta se produzca en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, o respecto a la fecha en que termina dicho plazo de tres meses si la adjudicación se produce con posterioridad.
El importe de las revisiones que procedan se hará efectivo, de oficio, por la Administración. Cuando el índice que se adopte sea el IPC o cualquiera de los índices de los grupos, subgrupos, clases o subclases que en él se integra, la revisión no podrá superar el 85 por 100 de variación experimentada por el índice adoptado (art. 78.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre).
6.- FORMA DE PAGO
El contratista tendrá derecho al abono de los trabajos efectivamente realizados, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato. El pago del precio se efectuará previa presentación de la correspondiente factura en el momento y lugar que se indica en el Apartado 11 del Cuadro de Características, procediéndose a su abono una vez realizada la recepción de los trabajos o la conformidad de los mismos, según proceda.
Si los servicios contratados son de tracto sucesivo, un representante designado por el Órgano de Contratación, a la vista de los trabajos realmente ejecutados y de los precios contratados, redactará las correspondientes valoraciones mensuales. Estas valoraciones se efectuarán siempre al origen, concretándose los trabajos realizados en el periodo de tiempo de que se trate, dándose audiencia al contratista, de acuerdo con lo establecido en el articulo
149 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre. Las certificaciones para el abono de los trabajos efectuados se expedirán tomando como base la valoración correspondiente y se tramitarán por el representante del Órgano de contratación dentro de los diez días siguientes al periodo a que correspondan.
En el Apartado 11 del Cuadro de Características se prevé la posibilidad o no de autorizar valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos. En caso afirmativo, para que puedan ser abonadas las certificaciones consecuencia de dichas valoraciones deberá solicitarse por el contratista y ser autorizadas por el Órgano de Contratación, debiendo garantizar el contratista su importe, mediante la prestación de la garantía correspondiente en los términos recogidos en el Título IV del Libro I, de la Ley 30/2007, de contratos del Sector Público.
7.-- GARANTIAS
7.1. Garantía provisional 7.1.1.Cuantía
Para tomar parte en el presente concurso, el Órgano de Contratación podrá exigir a los licitadores la constitución de garantía provisional, en cuyo caso, deberá quedar justificado suficientemente las razones por las que se estima procedente su exigencia, y por el importe que se fija en el Apartado 12 del Cuadro de Características, y que no podrá ser superior al 3 por 100 del presupuesto del contrato (art. 91 del la Ley 30/2007, de 30 de octubre)
En el supuesto de que se prevea la posibilidad de licitar por lotes y de que algún licitador no se presentase a la totalidad de las mismos, la cuantía de la garantía provisional será la correspondiente al lote o lotes a los que licite. Los licitadores tendrán que hacer referencia, a los lotes que concurran, en los documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional
Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la U.T.E., siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida.
7.1.2. Forma de constitución
Para la constitución, en su caso, de la garantía provisional se estará a lo dispuesto en el art. 91.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, debiendo ser depositada, cuando se trate de garantías en metálico o valores, en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sita en Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, 0 – 0x xxxxxx, xx Xxxxxx, acreditándose su constitución mediante entrega al Órgano de Contratación de la Carta de Pago expedida por aquella.
Cuando se trate de aval bancario o seguro de caución, el documento acreditativo de la constitución de la garantía será presentado directamente ante el Órgano de Contratación junto con el resto de la documentación administrativa.
La constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los Anexos I-A y II-A del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
7.1.3. Devolución
La devolución de la garantía provisional se realizará de conformidad con lo establecido en el art. 91.4, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
7.2. Garantía definitiva
7.2.1. Cuantía
El licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía definitiva por el importe fijado en el Apartado 13 del Cuadro de Características, equivalente al 5% del presupuesto de adjudicación del contrato, de conformidad con lo establecido en el art. 83.1, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
El plazo para la constitución de la garantía definitiva será xx XXXX DIAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 135.2. de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
7.2.2. Forma de constitución
La garantía definitiva deberá ser depositada en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con independencia de la forma utilizada (metálico, aval bancario o seguro de caución), debiendo presentar el adjudicatario ante la Administración la Carta de Pago emitida por aquella, de conformidad con el art. 61.2, del RD 1098/2001, y en Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx (Decreto 138/1999).
De conformidad con el art. 58 del R.D. 1098/2001, el poder de las personas que firmen avales y certificados de seguros de caución deberá ser bastanteado previamente por la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
Cuando así se prevea en el Apartado 13 del Cuadro de Características, la garantía definitiva que, eventualmente, deba prestarse podrá constituirse mediante retención en el precio. Si el licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa optara por esta modalidad, deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación en el plazo establecido para la constitución de la garantía.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva. La constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los Anexos I-B y II-B del presente Pliego de Cláusulas Administrativas..
7.2.3. Devolución
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista.
El acuerdo de devolución deberá adoptarse y notificarse al interesado en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía, de conformidad con el art. 90.2, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías, una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el artículo 88 de la Ley 30/2007. Cuando el importe del contrato sea inferior a 100.000 euros, el plazo se reducirá a seis meses.
En el supuesto de recepción parcial del contrato, el contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía que corresponda. Esta posibilidad aparece recogida en el Apartado 13 del Cuadro de Características.
7.3. Reajuste de garantías
Cuando como consecuencia de la modificación del contrato en aquellos supuestos que sea posible, varíe el precio del mismo, se reajustará la garantía definitiva en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, para que guarde la debida proporción del contrato resultante de su modificación.
8.- OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA EJECUCION DEL CONTRATO
8.1. De conformidad con el art. 41.1, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, el órgano de contratación podrá designar un representante para el seguimiento de la ejecución del contrato. Cuando la ejecución del contrato así lo aconseje, la Administración podrá recabar del contratista, la designación de una persona que actúe como delegado suyo para organizar la realización del contrato e interpretar y poner en práctica las observaciones que para el exacto cumplimiento del mismo le fuesen formuladas por el órgano de contratación.
8.2. En los contratos de servicios que sean de tracto sucesivo, el contratista está obligado a presentar un Programa de Trabajo. El Órgano de Contratación resolverá sobre el programa de trabajo dentro de los quince días siguientes a su presentación, y en todo caso antes del inicio efectivo de la prestación del servicio pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. En los demás contratos de servicios, la exigencia de un programa de trabajo será potestativa por parte de Órgano de Contratación.
La obligatoriedad de presentar el Programa de Trabajo, así como su contenido mínimo y plazo máximo para su presentación ante el Órgano de contratación , viene determinada en el Apartado 14 del Cuadro de Características.
8.3. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del presente contrato.
El contratista garantizará en todo caso a la Administración toda reclamación de tercera persona, fundada en la actividad de aquel.
8.4. El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista, con sujeción a las cláusulas del mismo, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación dé la Administración al contratista.
8.5. El contratista será responsable de la calidad técnica de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración contratante o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
8.6. El contratista contará con el personal adecuado para la ejecución del contrato. Si fuera necesario, el contratista procederá de inmediato a la sustitución del personal, de forma que la adjudicación del contrato quede siempre asegurada.
8.7. El órgano de contratación, directamente o a través de la entidad que considere más idónea por su especialización tiene la facultad de inspeccionar, de establecer sistemas de control de calidad, dictando cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
8.8. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
8.9. El contratista tendrá derecho a percibir a la iniciación de la ejecución del contrato hasta un 20 por 100 del importe total del mismo, como abono por cuenta para la financiación de las operaciones preparatorias, debiéndose asegurar el referido pago mediante la prestación de garantía (art. 201 R.D. 1098/2001, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
A estos efectos, en el Apartado 15, del Cuadro de Características se especifican las operaciones preparatorias susceptibles de abonos a cuenta, criterios y forma de valoración de las operaciones preparatorias y plan de amortización de los abonos a cuenta, de conformidad con lo expresado en el citado art. 201 de R.D. 1098/2001.
El representante del Órgano de Contratación, oído el contratista, propondrá al Órgano de Contratación el concreto abono que proceda.
8.10. El Órgano de contratación podrá establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato. Dichas condiciones de ejecución estarán referidas, en especial, a las consideraciones recogidas en el artículo 102.1 de la Ley 30/2007. En caso de establecerse, dichas condiciones vendrán expresadas en el Apartado 16 del Cuadro de Características.
8.11. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
9.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
9.1. El Organo de Contratación podrá modificar el contrato celebrado por razones de interés público y para atender a causas imprevistas dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en los artículos 195, 202 y 282 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, sin perjuicio de los métodos de valoración, indemnizaciones y obligaciones de pago para la Administración que fueran procedentes.
9.2. En los contratos de servicios, cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato se produzca aumento, reducción o supresión de las unidades contratadas que integran el servicio o la sustitución de unos por otros, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades, a reclamar indemnización por dichas causas, sin perjuicio del derecho del adjudicatario a invocar la resolución del contrato en los supuestos del art. 284 de la Ley 30/2007, de contratos del Sector Público.
9.3 Cuando como consecuencia de la modificación del contrato varíe el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, para que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de su modificación.
10.- ENTREGA Y RECEPCION DE LOS SERVICIOS
10.1. El contratista deberá prestar el/los servicio/s dentro del plazo estipulado. La forma de constatación de la correcta ejecución de la prestación de los mismos será la indicada en el Apartado 17 del Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego.
10.2 Si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas se procederá a su recepción, en la forma indicada en el Apartado 17 del Cuadro de Características que encabeza el presente Xxxxxx.
10.3 En los casos en que haya lugar a recepciones parciales, éstas serán las indicadas en el Apartado 17 del Cuadro de Características.
11.- PLAZO DE GARANTIA
11.1 Cuando la naturaleza del contrato lo requiera o la legislación pertinente lo exija, se establecerá un plazo de garantía que será el establecido en el Apartado 18 del Cuadro de Características, comenzándose su cómputo desde la fecha en que los trabajos sean recibidos de conformidad.
11.2 Si durante el plazo de garantía establecido se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
11.3 Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
11.4 El plazo de garantía, en el supuesto de que se prevean recepciones parciales, comenzará a contarse desde las fechas de las recepciones respectivas.
12 CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACION
12.1 Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato.
Para que los adjudicatarios puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros deberán cumplirse los requisitos recogidos en el art. 209 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, quedando el cesionario subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
12.2 Salvo que el contrato disponga lo contrario o que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, éste podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo. El importe máximo de las prestaciones objetos de ser subcontratadas no podrá exceder del 60 por 100 del precio de adjudicación del contrato. En el Apartado 19 del Cuadro de Características se indica la parte o tanto por ciento de las prestaciones susceptibles de ser subcontratadas.
Los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
El adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la Administración la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
El Órgano de contratación podrá imponer al contratista, siempre que así se haga constar en el Apartado 19 del Cuadro de Características, la subcontratación con terceros no vinculados al mismo, de determinadas partes de la prestación que no excedan en su conjunto del 30 % del importe del presupuesto del contrato, de conformidad con el artículo 210.7, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
La celebración de subcontratos estará sometida a lo establecido en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
La infracción de las condiciones establecidas para proceder a la subcontratación, establecidas en los artículos 210 y 211 de la citada Ley, podrá dar lugar, a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 % del importe del subcontrato.
13 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
13.1 Serán causas de resolución del contrato las señaladas en los artículos
206 y 284 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, así como el incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente Pliego o en el de Prescripciones Técnicas.
13.2 Los efectos de la resolución se determinarán de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 208 y 285 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
14 DE LAS PENALIDADES ADMINISTRATIVAS
14.1 Incumplimiento de los plazos.
El adjudicatario incurrirá en xxxx, en el caso de incumplimiento de los plazos previstos, sin que requiera la interpelación o la intimación previa por parte de la Administración y producirá, según la naturaleza del incumplimiento los siguientes efectos:
14.1.1 En todo caso, cuando el incumplimiento hubiere dado lugar a una disminución de prestaciones no recuperables, y este perjuicio no deba correr a cargo de la Administración, en virtud de la legislación aplicable, se reducirá la parte del precio que corresponda a dichas prestaciones.
14.1.2 Las deducciones o reducciones en el abono del precio que proceda por la disminución de prestaciones no recuperables o la baja en el rendimiento convenido, se producirán con independencia de los efectos de la indemnización-resolución, con
o sin pérdida de fianza o penalidad a que pudiera dar lugar la causa que los originase.
14.1.3 Si el retraso no implicase necesariamente la disminución de prestaciones, por permitirlo una prórroga que lo subsane y no se hubiera producido por motivos imputables al adjudicatario, se estará a lo dispuesto en el artº 197, apartado 2, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
14.1.4 Si en las mismas condiciones del párrafo anterior, el retraso se hubiera producido por causas imputables al adjudicatario, se estará a lo dispuesto en el artículo 196.4, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
14.2 Otros incumplimientos del contrato
14.2.1 La demora por causas imputables al adjudicatario, facultará a la Administración para, discrecionalmente, ponderando los perjuicios originados por el retraso y las reincidencias, resolver el contrato con pérdida de fianza o aplicar las penalidades previstas.
14.2.2 El importe de las penalidades por demora se hará efectivo mediante la deducción de las mismas en las facturaciones que se produzcan. En todo caso la garantía definitiva responderá de la efectividad de aquellas, de acuerdo con lo establecido en el art. 88 de la citada Ley. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
14.2.3 Las reducciones y penalidades referidas en los párrafos anteriores no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios, ocasionados por el retraso imputable al adjudicatario.
14.2.4 En el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme a los artículos 53.2, 102.1 y 134.6, de la Ley 30/2007, podrá preverse un régimen de penalidades Estas penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 % del presupuesto del contrato. Las penalidades previstas figuran relacionadas en el Apartado 20 del Cuadro de Características.
15 RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL
15.1 El contratista responderá de todos los daños y perjuicios causados a terceros y a la Administración dentro del proceso contractual.
15.2 La cantidad en que se concreten tales daños, será exigible por la vía de apremio administrativo.
15.3 Con independencia de las responsabilidades de tipo general que establece la legislación vigente y aplicable por tanto al presente contrato, se indicaran en el Pliego de Prescripciones Técnicas las que de forma específica afectan al servicio.
16.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
17.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION Y SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO.
17.1 La adjudicación del presente contrato, se realizará mediante procedimiento ABIERTO, de conformidad con el artículo 122 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
17.2 De conformidad con el artículo 134 de la citada ley, para la selección del adjudicatario del presente contrato, se tendrán en cuenta distintos criterios de adjudicación, cuya enumeración y ponderación de cada uno de ellos, vendrá detallada en el Apartado 21 del Cuadro de Características.
18. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
18.1. Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta los criterios de adjudicación y la ponderación de los mismos que se indica en el Apartado 21 del Cuadro de Características que encabeza este Pliego, establecidos de conformidad con el artículo 134.1 de la Ley 30/2007,
En el caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, se indicará en cuales de ellas se irán aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
En su caso, los criterios objetivos que deban ser valorados para determinar si las proposiciones no pueden ser cumplidas, por ser consideradas temerarias o desproporcionadas figurarán en el Apartado 22 del Cuadro de Características.
18.2. En caso de eventuales empates, el Órgano de contratación aplicará lo establecido en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
19. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
19.1. Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que además de plena capacidad de obrar, desarrollen una actividad que tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica como se indica en el presente Pliego y no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar que menciona el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas relativas al contrato objeto de la adjudicación, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras (art. 45 Ley 30/2007).
19.2. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, además de acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su Estado y su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, deberán justificar, mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente en España, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
19.3 La Administración podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. A efectos de la acreditación de la solvencia, las uniones temporales de empresas acumularán las características acreditadas por cada uno de los integrantes de las mismas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
19.4 La solvencia exigida a las empresas licitadoras, será la establecida en el Apartado 23 del Cuadro de Características.
20. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
20.1. El expediente de contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el lugar indicado en los anuncios de licitación, todos los días hábiles a partir del siguiente a
aquel en que aparezca publicado el anuncio de licitación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, en el Boletín Oficial del Estado o en Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, según proceda, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Los interesados podrán retirar copia de los Pliegos que rigen la presente contratación en el lugar indicado en el anuncio de licitación, previo pago de la correspondiente tasa en concepto de precio público por realización de fotocopias en centros gestores de la Administración Regional. También podrá obtenerse información gratuita sobre el expediente y sus Pliegos, a través de Internet.
20.2. Las proposiciones se presentarán en el Registro indicado en el Apartado 27 del Cuadro de Características, de 9 a 14 horas, dentro del plazo señalado en los anuncios de licitación publicados, y hasta las 14 horas del último día.
Podrán enviarse proposiciones por correo En este caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante telex, fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día. A estos efectos en el Apartado 27 del Cuadro de Características se indican el número de fax y dirección de correo electrónico, en su caso, para realizar el citado anuncio.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, justificante y anuncio, no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad al día de terminación del plazo señalado en el anuncio.
22. DOCUMENTACIÓN EXIGIDA.
22.1. Los licitadores deberán presentar tantos sobres como se indique en el Apartado 24.3 del Cuadro de Características . Los sobres se presentarán cerrados y en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto, debiendo estar cada uno de los sobres firmados.
22.2. El sobre A se titulará “CAPACIDAD PARA CONTRATAR”, y contendrá los documentos que a continuación se relacionan. La falta de cualquiera de ellos podrá ser causa de exclusión de la licitación, salvo que la Mesa observe defectos materiales en la documentación, en cuyo caso podrá conceder si lo estima conveniente, un plazo inferior a 7 días para que el licitador subsane el error.
a) Documento Nacional de Identidad de la persona que suscriba la oferta. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por los Servicio Jurídicos de la Secretaría General Técnica del Servicio Murciano de Salud, sitos en xxxxx Xxxxxxx, 0, Xxxxxxxx XXXXXXXXX X – 0x xxxxxx, Xxxxxxxxx-Xxxxxx (Tfno.: 968 288061/63). Surtirá igualmente efecto, el bastanteo de poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas
Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas Públicas Regionales de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
b) Cuando se trate de empresas que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la escritura de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad , debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, se acreditará mediante su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado.
La capacidad de las empresas extranjeras no comprendidas en el punto anterior, se acreditará con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, (Anexo III)
d) Certificado acreditativo, expedido por el órgano de representación de la empresa, de que no forma parte de sus Organos de Gobierno y Administración persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/94, de 1 xx xxxxxx, del Estatuto Regional de la Actividad Política (Anexo IV).
e) Documento acreditativo de haber constituido, en su caso, la garantía provisional exigida para tomar parte en la licitación, cuando la misma sea exigible conforme a los preceptos de la Ley 30/2007.
f) Acreditación de la solvencia exigida a las empresas en la forma establecida en el Apartado 23 del Cuadro de Características.
g) En el caso de que varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. También deberá indicar que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatario del contrato.
h) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
i) Datos del licitador (ANEXO V) , que incluirá en su caso una dirección de correo electrónico para efectuar las notificaciones.
j) Además de los documentos señalados será requisito indispensable para licitar, presentar los documentos específicos que se relacionan en el Apartado 24.1 del Cuadro de Características.
De los documentos anteriores podrán presentarse originales, copia compulsada, autenticada ante notario o copia simple de los mismos. En este último caso, los licitadores propuestos como adjudicatarios del contrato deberán aportar, previamente a la adjudicación del mismo, los documentos originales para la compulsa de las copias presentadas.
Las empresas que presenten Certificado de estar inscritas en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, quedarán exentas de presentar cualquier documento que haya sido confiado al Registro. Para ello, deberán aportar, junto con el Certificado, una declaración responsable de la persona con capacidad para ello, en la que se acredite la validez y vigencia de los datos registrales.
Cuando se hubieran producido alteraciones en los testimonios registrales, deberán aportar la documentación por la que se rectifique o actualice la anteriormente depositada.
22.3 La PROPOSICION ECONOMICA, la DOCUMENTACION TECNICA Y la ACREDITACION DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN se presentarán en los sobres y con el contenido que se indica en el Apartado 24.3 del Cuadro de Características.
22.3.1. Proposición económica: se ajustará al/los modelo/s que figuran como Xxxxx XX al presente Xxxxxx. Las proposiciones que no se ajusten a dicho modelo podrán no ser tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación. Los licitadores podrán acompañar el citado Anexo de cuantas aclaraciones sobre su oferta deseen realizar.
▪ No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra.
▪ Las ofertas que excedan del presupuesto total máximo, IVA excluido, formulado por la Administración serán rechazadas.
▪ En el caso de que se admita la licitación por partidas y/o lotes, y en la oferta económica se supere el presupuesto o precio máximo de licitación de sólo algunos de ellos, siempre que no sea obligatorio licitar a la totalidad del objeto del contrato, la oferta se anulará para los mismos considerándose válida para las partidas y lotes en que resulte admisible.
▪ Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición económica en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones en las que figure.
▪ Las proposiciones económicas realizadas por los licitadores, deberán expresar separadamente el precio ofertado y el importe correspondiente a la aplicación sobre dicho precio del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente, según Anexo VI.
▪ La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la misma se entienden incluidos todos los factores de valoración de gastos e impuestos, arbitrios o tasas exigibles que se devenguen por razón del contrato.
▪ Cuando la licitación del contrato se haga por precios unitarios, el licitador podrá expresar su oferta económica con tres decimales, sin perjuicio de su elevación y redondeo a céntimos de euro en la factura y en el importe final al abonar o contabilizar, respetando la legalidad vigente.
Variantes: Se estará a lo dispuesto en el Apartado 25 del Cuadro de Características.
En el supuesto de que se admitan variantes, los licitadores podrán presentar en sus proposiciones un número de variantes no superior al indicado en dicho apartado.
El concepto de variante vendrá delimitado por los elementos y condiciones definidos en el referido Apartado del Cuadro de Características, en relación con la prestación objeto del concurso. No se admitirán variantes sobre extremos no indicados en el Apartado 25 citado.
El licitador que opte por presentar variantes, en el supuesto de que se admitan, identificará claramente en su proposición la oferta base de las variantes ofertadas.
No serán consideradas las variantes presentadas por los licitadores, cuando no se admitan expresamente en este Pliego, o cuando aún admitiéndolas superen el límite de las permitidas o no se refieran a elementos y condiciones señalados en el Apartado 25 citado.
22.3.2 Documentación técnica: estará integrada por los documentos relacionados en el Apartado 24.3.2 del Cuadro de Características.
En el caso de que el contrato no se vaya a ejecutar en su totalidad por el licitador, éste deberá presentar declaración responsable en la que conste relación de subcontratistas, con indicación de las partes a realizar por los mismos y declaración del porcentaje que cada subcontratación representa respecto al presupuesto total del contrato.
22.3.3 Criterios de adjudicación: Los licitadores incluirán cuanta documentación consideren oportuna para la evaluación de sus ofertas conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el Apartado 21 del Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego.
22.3.4 En el caso de que en el Apartado 21 de Cuadro de Características se establezca, de acuerdo con el art. 134.4 de la Ley 30/2007, un umbral mínimo de puntuación que, en aplicación de la ponderación de los criterios de adjudicación, pueda ser exigido a los licitadores para continuar en el proceso selectivo, el sobre de la proposición económica contendrá exclusivamente ésta, presentándose, además, tantos sobres como fases de valoración se hayan establecido. En cada uno de estos sobres se indicará la fase de valoración a la que corresponde.
23. MESA DE CONTRATACION
El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36.1 de la Ley 7/2004, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Cuando el órgano de contratación sea la Junta de Contratación, ella misma actuará como Mesa de Contratación.
Su composición se publicará en el perfil del contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación,(artículo 21.4 RD 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP).
24. CALIFICACION DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES
24.1. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), pudiendo, si observase defectos materiales en la misma, conceder un plazo inferior a siete días (art 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la LCSP) para que el licitador subsane el error.
24.2. Cuando las proposiciones se hayan remitido por correo y el empresario haya anunciado al Órgano de Contratación su envío
mediante telex, fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día de la fecha de imposición, se abrirá un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales para su recepción. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
24.3. Si hubiera criterios de valoración subjetivos, cuya evaluación no sea cuantificable mediante la aplicación de fórmulas, porcentajes o cualquier otro criterio objetivo, la apertura de los sobres que contengan esta documentación se llevará a cabo en acto publico, en un plazo a SIETE DÍAS desde la apertura de la documentación administrativa, en el lugar y fecha indicados en el correspondiente anuncio de licitación, celebrándose con posterioridad la apertura de las proposiciones económicas y criterios de valoración objetivos, que será revisada con la suficiente antelación a los licitadores.
24.4. Posteriormente, y obtenida la puntuación total alcanzada por cada una de las empresas licitadoras, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación que haya de efectuar la misma.
25. CLASIFICACION DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
25.1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a los criterios de adjudicación señalados en el Apartado 21 del Cuadro. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
25.2. El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá presentar dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación:
- Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensivas de las circunstancias recogidas en el art. 13 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del art. 13 del citado Real Decreto.
- Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el art. 14 de R.D. 1098/2001, de 12 de octubre.
- Alta o último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto de este contrato y declaración de no haber formulado baja en la actividad correspondiente.
- Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos.
Cuando la naturaleza del contrato lo requiera podrá exigirse la presentación o constitución de un seguro de responsabilidad civil. En este caso el contratista deberá presentar ante la Administración contratante antes de la firma del contrato, un certificado emitido por una entidad aseguradora debidamente autorizada que acredite la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil para la realización de actividades de igual naturaleza a la contratada. Esta póliza cubrirá los daños y perjuicios ocasionados tanto a la Administración contratante como a terceros y siempre derivados de la calidad del bien o producto y de la ejecución del contrato de suministro por el periodo de tiempo pactado como de ejecución del contrato.
En el supuesto de que el/los contratos derivados del presente concurso se prorroguen, la vigencia de la póliza alcanzará al periodo de prorroga. Además deberá tener un periodo para presentar posibles reclamaciones, igual al que en derecho se establezca.
En el Apartado 24.2 del Cuadro de Características se establecerá el límite de indemnización de la póliza, caso de exigirse seguro de responsabilidad civil.
La Administración contratante podrá en cualquier momento durante la vigencia del contrato requerir al contratista para que acredite la vigencia de la citada póliza.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
25.3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
25.4. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante e incluirá el contenido a que se refiere el art. 135.4 LCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario y, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; en todo caso, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
26.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
26.1 Tiempos y requisitos
26.1.1. El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, dentro de los plazos a los que se refiere el artículo 140 LCSP que se pondrá en conocimiento del adjudicatario en el momento de la notificación de la adjudicación.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
26.1.2. Los gastos de publicidad de la licitación, tanto en boletines oficiales como en prensa, correrán por cuenta del adjudicatario, debiendo presentar con anterioridad a la firma del contrato justificante del pago de los correspondientes anuncios. El importe máximo de los gastos previstos de la publicidad de la licitación es el que se indica en el Apartado 26 del Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego.
26.1.3. Cuando lo solicite el contratista, podrá elevarse a escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. El contratista quedara obligado a entregar al Organismo contratante copia simple de la escritura del contrato en el plazo de veinte días contados a partir de su otorgamiento.
26.1.4. Al contrato que se formalice, se unirá como anexo, un ejemplar de este Pliego de Cláusulas, con su Cuadro de Características y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que será firmado, en prueba de su conformidad, por el adjudicatario.
26.1.5. Si una Unión de Empresas resultase adjudicataria, deberá acreditar ante el órgano de contratación, la constitución de la unión, mediante la presentación de la pertinente escritura pública y el nombramiento en igual forma, de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejecutar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa; todo ello, se entiende sin perjuicio de la
responsabilidad solidaria, ante la Administración, de todos las empresarios que integren la Unión de Empresas.
27. NO FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
27.1.1. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
27.1.2. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
28. CONFIDENCIALIDAD
La empresa adjudicataria se compromete a tratar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la prestación del servicio, observando los principios exigibles por la legislación en materia de protección de datos, en particular los relativos a la calidad de los datos, seguridad de los mismos y deber xx xxxxxxx, así como conforme a las concretas instrucciones recibidas del SERVICIO MURCIANO DE SALUD, no utilizando los datos para ningún otro propósito distinto a la prestación de los servicios a favor del SERVICIO MURCIANO DE SALUD.
Asimismo, la empresa se compromete a observar el secreto profesional respecto de los datos personales objeto de tratamiento, manteniendo absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier datos que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de los servicios prestados, no comunicando a ningún tercero, ni siquiera para su conservación, los datos facilitados por el SERVICIO MURCIANO DE SALUD como responsable del fichero. Esta obligación subsistirá aún después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.
La empresa asegurará y se responsabilizara de que sus empleados y/ o colaboradores, reciban los datos únicamente en la medida en que sea necesario su conocimiento para la prestación del suministro o servicio pactado
La empresa se compromete a crear y mantener un registro actualizado de usuarios de la empresa que manejan ficheros sometidos a este acuerdo de confidencialidad y a asegurarse del cumplimiento de las medidas de seguridad del nivel correspondiente al contrato.
La empresa, se compromete a observar las medidas de seguridad correspondientes al tratamiento de los datos personales del SERVICIO MURCIANO DE SALUD a los que tiene acceso, de acuerdo al nivel de protección establecido en el Reglamento de medidas de seguridad de
ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal contenido en el Real Decreto 994/ 1999 o en cualquier otra norma que lo sustituya o modifique.
En el supuesto de que la empresa, destine los datos a finalidad distinta de la estipulada, los comunique o utilice incumpliendo las instrucciones fijadas en el presente contrato, será considerada también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido.
El Servicio Murciano de Salud se reserva el derecho de comprobar e inspeccionar en cualquier momento, durante la vigencia del contrato, el cumplimiento de lo aquí expuesto siempre que medie un preaviso de 15 días. La Empresa se compromete a facilitar la inspección, poniendo a disposición de SERVICIO MURCIANO DE SALUD sus instalaciones y/ o todos aquellos datos, información, documentación que sea necesaria para la realización de la misma. Si fruto de dicha comprobación fuese necesario implantar medidas de seguridad adicionales a las previamente acordadas, la Empresa estará obligada a la implantación de dichas medidas a su cargo.
La empresa se compromete a devolver al SERVICIO MURCIANO DE SALUD los datos objeto de tratamiento, soportes o documentos en que estos consten, así como a destruir aquellos según las instrucciones del responsable del tratamiento, una vez cumplida la prestación contractual.
III.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
29. NATURALEZA
El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo.
30. REGIMEN JURIDICO
30.1 Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, es especial en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y demás normas de desarrollo y modificaciones procedan.
30.2 Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en las disposiciones vigentes en materia de contratación de servicios, el Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos
procederá recurso contencioso-administrativo, conforme a la dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
30.3 La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativo en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.
30.4 El contratista deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones en material laboral, de Seguridad Social y prevención de riesgos laborales en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la Administración contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución
del contrato. En el supuesto de que la normativa laboral exija la subrogación respecto de trabajadores que vengan prestando el servicio, se indicará en el Apartado 28 del Cuadro de Características.
30.5 En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, el contratista deberá establecer contacto con la persona/s responsable/s de la Prevención de Riesgos Laborales del centro o centros en los que va a realizar el objeto del contrato.
31. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
Las personas físicas o jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones que se adopten, podrán interponer contra los actos de los contratos a que se refiere el artículo 310 LCSP, recurso especial en materia de contratación ante el órgano de contratación, en el plazo de QUINCE DIAS HABILES, contados a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado.
No obstante, todo aquel que se proponga interponer el citado recurso, deberá anunciarlo previamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, escrito que deberá ser presentado dentro del plazo indicado en el apartado anterior, conforme lo establecido en el artículo 314 LCSP.
El recurso especial en materia recontratación será previo a la interposición del contencioso-administrativo y tendrá carácter potestativo y, en el caso, de que el acto recurrido sea el de la adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.
Los actos que se dicten en procedimientos de adjudicación de contratos en que no sea susceptible la interposición del recurso especial, podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
32. CUESTIÓN DE NULIDAD
Toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad a que se refiere el artículo 37 LCSP, podrán interponer la cuestión de nulidad ante el órgano de contratación, en el plazo de TREINTA DIAS HABILES a contar desde la publicación de la adjudicación del contrato o desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos del rechazo de su candidatura o proposición.
Fuera de los casos anteriormente indicados, la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran SEIS MESES a contar desde la formalización del contrato.
33. JURISIDICCION COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderá sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
En Lorca , a 23 de diciembre del 2010 EL DIRECTOR GERENTE DEL S.M.S. P.D. ( Res. 21-11-07, BORM 15-12-07 ) EL GERENTE DE LA GERENCIA ÚNICA DEL AREA III DE SALUD.
Fdo. Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx
ANEXO I-A
Modelo de Aval para GARANTIA PROVISIONAL
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca) .....................................................................................................
NIF ..................................con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ......................................................................... en la
calle/plaza/avenida..........................................................................................
.... C.P. ............................y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados)...................................................................................................
....................................................................................................................
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada el día ...................... por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A V A L A
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)
....................................................................................................................
.................................................................... NIF en
virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía)..................................................... para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado. EN EL CASO DE LICITACION POR LOTES, INDICAR LOS LOTES A QUE LICITA)..........................................................................................................
........................................................................................ ante: SERVICIO
MURCIANO DE SALUD por
importe de: (en letras) ....................................................................................
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía), en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
.................................................................(lugar y fecha)
....................................................(razón social de entidad)
.................................................(firma de los Apoderados)
ANEXO I-B
Modelo de Aval para GARANTIA DEFINITIVA
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca) .....................................................................................................
NIF ..........................................con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ......................................................................... en la
calle/plaza/avenida..........................................................................................
.... C.P. ............................y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados)...................................................................................................
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación del Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A V A L A
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ..............................................
........... NIF en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que
imponen la constitución de esta garantía)...........................................................
para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado) .............................................................
ante: SERVICIO MURCIANO DE SALUD .............................................................
por importe de: (en letras) ..............................................................................
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía), en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
.................................................................(lugar y fecha)
....................................................(razón social de entidad)
.................................................(firma de los Apoderados)
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria
Murcia, a ....................................................
El Jefe de la Unidad (firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
ANEXO II-A
Modelo de certificado de seguro de caución para GARANTIA PROVISIONAL Certificado número ...........................................................
1....................................................................................................................................
.............................................................................................................................................
(en adelante asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en
........................................................................... en la calle/plaza/avenida
.................................................................................................................................... C.P.
............................ y CIF: ................................................ debidamente representada por don
.................................................................2................................................................................
.........................................................................................................con poderes suficientes para
obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada el día .................
por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en los artículos 19 y 20 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A S E G U R A
A: 3..................................................................................................................
NIF ................................... en concepto de tomador del seguro, ante SERVICIO MURCIANO DE SALUD........., en adelante asegurado, hasta el importe de euros
4.................................................................................................................................................
......................................., en concepto de garantía PROVISIONAL para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al asegurado de 5
La falta de pago de la prima, sea única primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía)
en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el SERVICIO MURCIANO DE SALUD......
o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación devolución, de acuerdo con la normativa arriba citada.
En ......................................, a .......... de ................................. de ...................
1Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
2Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
3Nombre de la persona asegurada.
4Importe en letras por el que se constituye el seguro.
5Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
EN EL CASO DE LICITACION POR XXXXX, INDICAR LOS LOTES A QUE LICITA
.
ANEXO II-B
Modelo de certificado de seguro de caución para GARANTIA DEFINITIVA Certificado número ...........................................................
1....................................................................................................................................
.............................................................................................................................................
(en adelante asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en
........................................................................... en la calle/plaza/avenida
........................................................................................................................................... C.P.
............................y CIF: ........................ debidamente representada por don
2.................................................................................................................................................
........................................con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación del Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en los artículos 19 y 20 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A S E G U R A
A:
3.................................................................................................................................................
............
.......................................................................................... NIF en
concepto de tomador del seguro, ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD.................................................................., en adelante asegurado, hasta el importe de euros 4 ......................................................................................................................., en
concepto de garantía DEFINITIVA para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al asegurado de 5
La falta de pago de la prima, sea única primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía)
en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el SERVICIO MURCIANO DE SALUD o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación devolución, de acuerdo con la normativa arriba citada.
En ......................................, a .......... de ................................. de ...................
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria
Murcia, a ....................................................
El Jefe de la Unidad (firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
1Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
2Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
3Nombre de la persona asegurada..
4Importe en letras por el que se constituye el seguro.
5Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
.
ANEXO III
D
.........................................................................................................................
................................................., con D.N.I ........................................, en
representación de la empresa , con
domicilio social en ............................................................, C.P. ..........................
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que la empresa que representa, no está incursa en prohibición de contratar, conforme al artículo 49 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
Igualmente, declara responsablemente, que la empresa que representa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatario, a presentar los siguientes documentos:
a) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
b) Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del artículo 13 del citado Real Decreto.
c) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 14 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre.
d) Alta y último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato.
Y para que conste, firmo la presente declaración responsable en ,
a ............de .....................................de ........................
A N E X O IV
D.
....................................................................................................................
................................, con D.N.I. ................................, en nombre y
representación de la empresa ,
entidad con domicilio social en ...................................., calle
..............................................................................., nº ........, C.P.
................................ y C.I.F. nº ....................................
CERTIFICA:
Que no forma parte de los órganos de gobierno y administración de la empresa, persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx del Estatuto Regional de la Actividad Política.
Y para que así conste, ante el Servicio Murciano de Salud, en el expediente número .................., se expide la presente en ...................................., a
.......... de .............................. de ............
Firma,
ANEXO V
NOMBRE DE LA EMPRESA: DIRECCIÓN COMPLETA: TELÉFONO:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO: PERSONA DE CONTACTO:
ANEXO VI PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ,
con domicilio en ,
D.N.I. nº , teléfono , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de , con domicilio en , C.P. , teléfono , y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o jurídica) nº ) enterado del concurso convocado por el Servicio Murciano de Salud, para la contratación de
, declaro:
1º) Que me comprometo a realizar el citado servicio por el precio (*) de:
2º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, reservándome el derecho de poder mejorar lo indicado en la proposición inicial presentada.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
Firma,