INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Cláusulas de Ejemplo

INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. LAS PARTES" están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" entregue a "EL PROVEEDOR" tendrá el carácter de confidencial, por lo que "EL PROVEEDOR" se compromete a no proporcionarla a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato específico.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. “Información Confidencial” significa cualquier información, datos técnicos o know-how, incluidas, a título enunciativo pero no limitativo, aquéllas relacionadas con programas o documentación de software informático, especificaciones, código fuente, código objeto, investigación, inventos, procesos, diseños, dibujos, ingeniería, productos, servicios, clientes, mercados o finanzas de la Parte Divulgadora, que ésta, (i) califique como confidencial o de su propiedad; (ii) que la califique como confidencial tanto si ha sido revelada de forma oral como escrita, o (iii) debido a su carácter o naturaleza cualquier persona razonable la consideraría como confidencial en las presentes circunstancias. La Información Confidencial no incluye información, datos técnicos o know-how (a) respecto de los cuales la Parte Receptora pueda demostrar que obraban en su poder antes de su recepción de manos de la Parte Divulgadora, (b) que estén a disposición del público o lleguen a estarlo posteriormente sin que la Parte Receptora haya incurrido en el incumplimiento de ninguna de sus obligaciones ante la Parte Divulgadora, (c) que se divulgue a la Parte Receptora sin ninguna restricción sobre divulgación por parte de un tercero que tuviera derecho a divulgar dicha información o (d) respecto de los cuales la Parte Receptora pueda demostrar que fueron desarrollados por ella de manera independiente sin basarse en ninguna Información Confidencial de la Parte Divulgadora; con la condición de que si sólo una parte de cualquier Información Confidencial se encuentre dentro de una o más de las excepciones establecidas en la presente cláusula 2, la parte restante de la Información Confidencial seguirá estando sujeta a las restricciones establecidas en el presente Acuerdo. La Empresa cumplirá en todo momento con la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y su regulación de desarrollo respecto de cualesquiera datos personales divulgados por Informatica. La Empresa no usará los datos personales para ningún otro efecto que no sea el objeto del presente Contrato. La Empresa no divulgará Datos personales a terceros, a menos que así lo autorice Informatica por escrito o lo disponga una orden judicial válida. La Empresa indemnizará y mantendrá indemne a Informatica frente a todas las pérdidas, reclamaciones, daños y perjuicios, responsabilidades, costes y gastos en los que se incurra como consecuencia del incumplimiento de la presente cláusula por parte de la Empresa.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. A pesar que la naturaleza de la información solicitada para la presentación de las propuestas no tiene la vocación de constituir información que pueda ampararse en la reserva o el secreto protegido por la ley, los proponentes son responsables de advertir lo contrario en el caso en que las propuestas contuvieren información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la ley colombiana, indicando tal calidad y expresando las normas legales que lo fundamentan.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. LAS PARTES” están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento, así como toda aquella información que “LA SECRETARÍA” entregue a “EL PROVEEDOR” tendrá el carácter de confidencial, por lo que “EL PROVEEDOR” se compromete a no proporcionarla a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. El Cliente expresamente autoriza al Banco para tratar, recopilar, almacenar, ceder y transferir la información de sus datos personales con el fin de que El Banco pueda utilizarla para su operación para el cumplimiento de políticas internas, verificar el cumplimiento de la Ley 8204, para acceder y para consultar la información en el Centro de Información Crediticia (CIC) de la Superintendencia General de Entidades Financieras.- De forma expresa El Cliente autoriza para que la información recopilada sea utilizada por El Banco para llevar a cabo comunicaciones por medio del sistema de llamada automática por voz, o bien por medio de call center o cualquier otro que tecnológicamente llegaren a estar disponibles, de igual modo la autorización incluye la facultad de utilizar diferentes medios de comunicación, incluyendo pero no limitado al fax, telegrama, carta, celular (incluyendo mensajes de texto), correo electrónico, o cualquier otro dispositivo que llegue a estar disponible, dichas comunicaciones podrán ser con fines informativos, de venta directa, de verificación de datos, de cobro, de promoción de productos, y cualesquiera otro que El Banco considere oportuno brindar a sus clientes. El Cliente expresamente autoriza al Banco, y sus funcionarios, en cumplimiento de sus funciones como colaboradores del Banco, para poder obtener, verificar y utilizar la información general, de carácter personal y de crédito, sobre su(s) persona(s), así como a brindar, transferir e intercambiar dentro del mismo Banco la información proporcionada y recopilada con el objeto de que se incluya dentro de las bases de datos privadas del Banco. Asimismo, se autoriza al Banco para que, directamente o indirectamente, consulten bases de datos privadas y públicas que se encuentren de conformidad con LEY DE PROTECCIÓN DE LA PERSONA FRENTE AL TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES - Ley número 8968 y su respectivo Reglamento, para que tengan acceso a mis (nuestros) datos personales de acceso irrestricto, de acceso restringido y de datos sensibles, con el propósito de verificar o confirmar la información que se ha proporcionado y recopilado, y cualquier otra que considere necesaria para la prestación y tramitación de los diversos productos y servicios proveídos por el Banco.- Esta autorización comprende también los estudios correspondientes de las sociedades donde figure(mos) como representante(s) legal(es). Reconozco y acepto expresamente, que he (hemos) sido informado (s) por el Banco, de la ...
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. Las partes están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento, tendrá el carácter de confidencial, por lo que “EL PROVEEDOR” se compromete a no proporcionarla a terceros inclusive después de la terminación de este contrato.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. A pesar de que la naturaleza de la información que se solicita para la presentación de las propuestas no tiene la vocación de constituir información que pueda ampararse en la reserva o el secreto protegidos por la ley, los proponentes serán responsables de advertir lo contrario en el caso en que las propuestas contuvieren información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la ley colombiana, debiendo indicar tal calidad y expresando las normas legales que le sirvan de fundamento. SI EL OFERENTE NO HACE PRONUNCIAMIENTO EXPRESO AMPARADO EN LA LEY, SE ENTENDERÁ QUE TODA LA OFERTA ES PÚBLICA. Una vez el Gerente profiera la Resolución de Adjudicación, el proponente favorecido deberá presentarse a suscribir el contrato respectivo el día hábil siguiente a la notificación de la Adjudicación, en la sede del Hospital en la Xxxxxxx 00 # 0-00, en la Oficina Jurídica. La adjudicación es irrevocable y obliga a la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL XXXXXXX XXXXXXX, y al ADJUDICATARIO. Si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente dentro del término que se haya señalado, en calidad de sanción, quedará a favor de la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL XXXXXXX XXXXXXX, el valor de la Garantía de Seriedad, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía. En este evento la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL XXXXXXX XXXXXXX, podrá optar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, por adjudicar el contrato al proponente ubicado en el segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea favorable para la entidad o realizar contratación directa. El contrato se perfecciona con la suscripción de las partes que se hará en la Oficina Jurídica de la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL XXXXXXX XXXXXXX y aprobación de la garantía constituida por el contratista. Para su ejecución se requiere, por parte de la ESE, certificado de registro presupuestal y la suscripción del acta de inicio. No se podrá ceder total ni parcialmente la ejecución del contrato, sin la aprobación previa y escrita de la gerencia de la ESE Hospital Regional Xxxxxxx Xxxxxxx, consagradas en el Manual de Contratación en su Art. 28.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. Sin perjuicio de cualquier marcado de documento o entendimiento verbal de lo contrario, cualquier conocimiento o información que el Proveedor haya divulgado o pueda divulgar posteriormente a FME, y que de alguna manera se relacione con los bienes o servicios cubiertos por la Orden no lo hará, a menos que se acuerde específicamente lo contrario por escrito por FME, se considerará información confidencial o de propiedad exclusiva, y será adquirida por FME, libre de restricciones. El Proveedor no transmitirá a FME ninguna información personal sensible, que incluye, entre otros, información de salud identificada, información financiera, números de seguro social, datos biométricos u otra información de identificación personal o identificable de la misma sensibilidad. El Proveedor mantendrá la confidencialidad de cualquier información comercial, técnica, de proceso, financiera, de clientes, empleados u otra información derivada de dibujos, especificaciones y otros datos y materiales proporcionados por FME en relación con la Orden y no divulgará, exportará ni utilizará, directa o indirectamente. , dicha información para el beneficio de cualquier otra parte o para cualquier otro propósito que no sea el cumplimiento de la Orden sin obtener el consentimiento previo por escrito de FME. Salvo que sea necesario para la ejecución eficiente de la Orden, el Proveedor no utilizará dicha información ni hará copias ni permitirá que se hagan copias de dichos dibujos, especificaciones u otros datos sin el consentimiento previo por escrito de FME. Si se realiza alguna reproducción con consentimiento previo, se proporcionará este aviso. Una vez finalizada o terminada la Orden, el Proveedor devolverá de inmediato a FME todos los materiales que incorporen dichos datos e información y cualquier copia, excepto una copia de registro. El Proveedor acepta que el Proveedor no hará público ningún reconocimiento u otra información relacionada con la Orden y los bienes o servicios proporcionados sin el consentimiento previo por escrito de FME.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” RECONOCE Y ACEPTA QUE LA DOCUMENTACIÓN O INFORMACIÓN QUE LE SEAN PROPORCIONADOS O GENERADOS COMO CONSECUENCIA DEL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, TIENE EL CARÁCTER DE CONFIDENCIAL, POR LO TANTO:
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. Toda información técnica, comercial, fotográfica u otro tipo, así como también todos los documentos u otros artículos tangibles para el registro de información—ya sea en papel, lenguaje de máquina, por audio o video, a modo de muestras o en cualquier otro soporte—en relación con las actividades comerciales de una PERSONA, incluidos los PRODUCTOS DE TRABAJO, DATOS PERSONALES y