Nombramiento. 1. El letrado de la Administración de Justicia nombra defensor judicial, de oficio o a petición del Ministerio Fiscal, del tutor, del curador, del propio menor o de cualquier persona con un interés legítimo.
2. El nombramiento debe recaer en la persona que el letrado de la Administración de Justicia crea más idónea, teniendo en cuenta el hecho que determina el nombramiento.
11. Se modifica el artículo 224-3 del Código civil de Cataluña, que queda redactado del siguiente modo:
Nombramiento. DOCUMENTO QUE ESTABLECE LA RELACIÓN LABORAL ENTRE LA UNIVERSIDAD Y UN TRABAJADOR ACADÉMICO.
Nombramiento. El órgano competente autorizará la contratación de interinidad del aspirante propuesto por el Tribunal, pudiendo separarse de la propuesta, siempre que sea de forma motivada. El aspirante que haya sido propuesto, deberá presentar los documentos originales que acreditan que cumple los requisitos solicitados en las bases para tomar parte en esta convocatoria. En caso de que el aspirante no acredite en el plazo establecido el cumplimiento de los requisitos exigidos, salvo que concurran razones de fuerza mayor, no podrá ser contratado y todas sus actuaciones quedarán anuladas. En este caso, el órgano competente realizará una propuesta a favor de la persona o personas que se encuentren en los siguientes puestos de la relación de aprobados, conforme al orden de la última calificación.
Nombramiento. 1.1 La Empresa nombra al Empleado y el Empleado acepta prestar sus servicios a la Empresa como ............................. [nombre del puesto de trabajo] en ................... [nombre del país].
1.2 El Empleado garantiza que la firma del presente Contrato no implica ningún incumplimiento de otros contratos u obligaciones que pudiera tener con terceras partes.
Nombramiento. Los Directores propuestos inicialmente por Grupo Repsol YPF y PESA, de conformidad con lo establecido en la Cláusula 5.2., serán nombrados por la Asamblea General de Accionistas de la Compañía. En lo sucesivo, la determinación de los Directores designados a propuesta de Grupo Repsol YPF corresponderá a Grupo Repsol YPF exclusivamente, y la determinación de los Directores designados a propuesta de PESA corresponderá a PESA exclusivamente, todo ello con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula 5.2. Para la materialización de tales nombramientos bastará con la adopción de un acuerdo de la Asamblea General por mayoría ordinaria. Grupo Repsol YPF se compromete, en lo menester, a votar a favor de los Directores propuestos por PESA, para que éste pueda mantener en el Directorio el número de representantes que le corresponde de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula 5.2. A su vez, PESA se compromete, en lo menester, a votar a favor de los Directores propuestos por Grupo Repsol YPF para que éste pueda mantener en el Directorio el número de representantes que le corresponden de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula 5.2.
Nombramiento. “ GLA nombra a GEC como su operador local, agente y representante en la Región: para (i) conseguir suscriptores para que puedan recibir la televisión DTH en la Región, en conformidad con un contrato contemplado en el documento D de este contrato; (ii) comercializar la televisión DTH en la Región; y (iii) facturar y recaudar el pago de los suscriptores en la Región y demás sumas adeudadas a GLA por el suministro de la televisión DTH y transferir dichas sumas recaudadas a GLA, todo lo cual hará en conformidad con los términos de este contrato. Para los propósitos de este contrato, “suscriptores” significa las personas en la Región que hacen un contrato con GTEC (como representante de GLA) para recibir la televisión DTH.
Nombramiento. Los miembros del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas serán nombrados para un periodo de cinco años y podrán reelegirse en el cargo, previo cumplimiento de las formalidad establecidas, para los efectos de los primeros nombramientos, estos serán por periodos escalonados de dos, tres y cinco años. El procedimiento y la metodología de selección de los miembros del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas serán reglamentados por el Órgano Ejecutivo.
Nombramiento. CVE-2018-6095 Concluido el proceso mencionado en la Base anterior, y acreditado dentro de plazo por el aspirante propuesto el reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, el Sr. Alcalde propondrá al órgano competente de la Comunidad Autónoma, el nombramiento del mismo como Secretario/a interino, cuando concurra cualquiera de las causas señaladas en la Base Primera, para el desempeño del puesto. Efectuado dicho nombramiento, el aspirante deberá tomar posesión del puesto en un plazo máximo de 3 días naturales desde que le fuere notificado. En el supuesto de renuncia a la toma de posesión del aspirante propuesto se procederá a la propuesta de nombramiento del aspirante de acuerdo al sistema de llamamiento establecido.
Nombramiento. El nombramiento de don Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx consta en Decreto Supremo N° 71, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 11 xx xxxxx de 2022.
Nombramiento. 12.1.1. La CMAS proveerá al COL del total de jueces y árbitros necesarios, de acuerdo con las funciones y competencias requeridas en cada competición.
12.1.2. La CMAS nombrará a un número de jueces y árbitros mediante presentación de candidaturas, con la aprobación de la Federación Nacional de la CMAS.
12.1.3. El resto de los jueces y árbitros necesarios para la competición serán nombrados por el COL de acuerdo con el reglamento específico de la comisión deportiva en cuestión.