PLIEGO UNIFICADO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REDACCIÓN DEL PROYECTO BÁSICO, EL PROYECTO DE EJECUCIÓN Y EL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA AMPLIACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE LA FUNDACIÓN INSTITUTO...
PLIEGO UNIFICADO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REDACCIÓN DEL PROYECTO BÁSICO, EL PROYECTO DE EJECUCIÓN Y EL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA AMPLIACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE LA FUNDACIÓN INSTITUTO XXXXXX XX XXXX (IFEVI)
Octubre 2019
CUADRO - RESUMEN
1. OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES A SATISFACER
El objeto del presente procedimiento es la prestación de los servicios consistentes en la redacción del proyecto básico, el proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud para la ampliación de las instalaciones de la Fundación Instituto Xxxxxx xx Xxxx (en adelante, el IFEVI).
La actual demanda de la feria CONXEMAR de una mayor superficie en la que ubicar un mayor número de expositores hacen necesario que el IFEVI acometa la redacción de un proyecto para su ampliación a fin de construir un nuevo pabellón con las características que permita la ordenación urbanística vigente. Este proyecto se ejecutará al amparo de lo dispuesto en la Ley 3/2016, de 1 xx xxxxx, de medidas en materia de proyectos públicos de urgencia o de excepcional interés.
La superficie en la que se ejecutará la obra se encuentra identificada en el Plano que se adjunta en el Anexo V de este Pliego. El pabellón a ejecutar deberá tener una superficie útil mínima de 5.000 m2 y deberá estar conectado con las instalaciones existentes en el IFEVI.
2. CODIFICACION SEGÚN C.P.V.
71242000- Elaboración de proyectos y diseños, presupuestos
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA NO DIVISIÓN EN LOTES
Procedimiento abierto simplificado.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 116.4 g) de la LCSP, para justificar el motivo de la no división en lotes del objeto del contrato, en este caso se considera que la contratación conjunta de la redacción de los documentos relativos al Proyecto Básico, el Proyecto de Ejecución y el Estudio de Seguridad y Salud favorecerá y redundará en una mejor prestación del servicio a contratar para el IFEVI.
Por ello, y con el objeto de garantizar una correcta prestación del servicio, se entiende que concurre un motivo válido por el cual se justifica adecuadamente la no división en lotes de su objeto (artículo 99.3 b) de la LCSP).
4. CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
De acuerdo con lo señalado en el artículo 202 de la LCSP, se establece como condición especial de ejecución del presente contrato la siguiente: los materiales que se utilizarán en la construcción del pabellón deberán garantizar la eficiencia energética de la edificación y deberán usarse sistemas constructivos y materiales con el menor impacto ambiental posible.
Esta condición mejorará el ahorro energético del pabellón, reduciendo la contaminación y los gases efecto invernadero.
El incumplimiento de esta condición especial podrá llevar aparejada la imposición de penalidades.
5. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. PRECIO.
El valor estimado del contrato asciende a 98.500,00 euros (noventa y ocho mil quinientos euros)
El presupuesto de licitación asciende a la cantidad de 119.185,00 euros (ciento diecinueve mil ciento ochenta y cinco euros) importe que resulta de sumar al importe del valor estimado del contrato el IVA (21%)
De conformidad con el artículo 100.2 de la LCSP, el desglose del Presupuesto Base de Licitación se realiza en el informe elaborado a tal efecto que se encuentra publicado en el Perfil del Contratante.
El precio del contrato, entendido como la cantidad en euros, incluido el IVA, que se abonará al contratista por la prestación realmente ejecutada y de conformidad con lo pactado, será la cantidad correspondiente al criterio de adjudicación del contrato, evaluable automáticamente, denominado “Oferta económica” y que no podrá superar el presupuesto de licitación.
En la “Memoria de actividades e orzamentos” aprobados por el IFEVI para el ejercicio 2019 existe crédito suficiente para hacer frente al compromiso de gasto por el importe máximo de licitación previsto para dicha anualidad.
6. MESA DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de contratación que estará compuesta por los siguientes miembros:
Presidente: El Gerente del IFEVI
Secretario: Un miembro del Área de Personal del IFEVI
Vocales:
Un Representante de la Asesoría Jurídica del IFEVI
Un miembro del departamento económico- financiero del IFEVI.
Dos técnicos titulados con competencia en la materia, nombrados a propuesta de los representantes en el Patronato del IFEVI del Xxxxxxxx xx Xxxx y de la Xunta de Galicia o entidad instrumental adscrita.
7. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta los siguientes criterios, con la ponderación que se indica:
A.- Criterios cuya cuantificación dependen de un juicio de valor (SOBRE 1) se valorará hasta 45 puntos de acuerdo con los siguientes apartados:
1. Calidad arquitectónica: hasta un máximo de 18 puntos
2. Flexibilidad y versatilidad: hasta un máximo de 15 puntos
3. Sostenibilidad: hasta un máximo de 7 puntos
4. Sistema constructivo: hasta un máximo de 5 puntos
Cada uno de estos aspectos se valorará de acuerdo con los siguientes parámetros:
a) Calidad arquitectónica: se valorará la calidad arquitectónica de la propuesta atendiendo a los siguientes aspectos:
(a) La adaptación de la construcción a las necesidades del IFEVI
(b) La validad volumétrica y compositiva de las edificaciones y su funcionabilidad
(c) Soluciones a la conexión de este nuevo pabellón con el resto de instalaciones del IFEVI
(d) Soluciones a los problemas de aparcamiento existentes en el IFEVI durante la celebración de ferias y eventos con numerosa afluencia
(e) Soluciones del espacio para la celebración de eventos deportivos y musicales (vestuarios, taquillas, camerinos, zonas de aseo, etc.).
b) Flexibilidad y polivalencia: se valorará la polivalencia y versatilidad de la propuesta, de acuerdo con los siguientes aspectos:
(a) La flexibilidad que permite adaptar el espacio a las necesidades cambiantes que puedan surgir. La propuesta debe permitir modificaciones y redistribuciones del espacio que se llevarán a cabo con facilidad y el menor coste.
(b) Acústica adecuada y versátil para la celebración de eventos
c) Sostenibilidad: se valorará el carácter global de la propuesta, atendiendo a las siguientes cuestiones:
(a) Medidas pasivas y activas de ahorro de energía.
(b) Eficiencia energética de los sistemas de ventilación y calefacción.
d) Sistema constructivo: se evaluará el método de construcción con el objetivo de reducir los plazos de ejecución de la obra.
B.- Criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas (SOBRE 2). Se valorará hasta 55 puntos de acuerdo con los siguientes apartados:
B1.- Oferta económica: Se valorará hasta un máximo de 30 puntos de acuerdo con la siguiente fórmula:
P= 30 x (Y/X) siendo P= Puntuación obtenida Y= Oferta más baja
X= Oferta a valorar
No se admitirán ofertas económicas cuyo precio total exceda el presupuesto base de licitación.
B2.- Plazo de ejecución del objeto de este contrato: Se valorará hasta un máximo de 25 puntos de acuerdo con la siguiente fórmula:
P=25 x (Y/X) siendo P= Puntuación obtenida
Y= Oferta con el menor número de días en que se ejecutará el objeto de este contrato. X= Número de días en que se ejecutará el objeto de este contrato.
No se admitirán ofertas relativas al plazo de ejecución del objeto del contrato inferiores a 20 días naturales.
8. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES
Al amparo de lo señalado en el artículo 76.2 de la LCSP, los licitadores se comprometerán a adscribir a la ejecución del contrato el siguiente equipo profesional (como mínimo), asumiendo dicho compromiso en la declaración responsable que figura unida como Anexo l.
A la mejor oferta relación calidad-precio le será requerida la presentación de un documento en el cual de manera detallada se indique la identidad de los miembros del equipo, y a la cual se adjuntará la documentación acreditativa de las titulaciones académicas y acreditaciones profesionales correspondientes, así como los compromisos de aquellos que no estén contratados laboralmente por el licitador, para prestar el servicio, de acuerdo con el detalle que se indica a continuación.
Dicho equipo profesional mínimo deberá estar integrado, al menos, por el siguiente técnico:
o Autor del Proyecto: Técnico titulado con competencia en la materia, con una experiencia profesional mínima de cinco años en la redacción, ejecución y dirección de Proyectos de Edificación. Será preciso que este profesional cuente con experiencia en la redacción de proyectos de construcciones para uso terciario.
Para acreditar que cumplen los requisitos exigidos y por tratarse de servicios a prestar por agentes de la edificación que para desarrollar su profesión están sujetos a colegiación profesional obligatoria, se aportará la habilitación profesional correspondiente, consistente en el certificado de colegiación en el Colegio Oficial que en cada caso corresponda.
La experiencia profesional se acreditará mediante documento de trabajos visados expedido por el Colegio Oficial correspondiente o mediante cualquier otro documento oficial que lo acredite o, en último caso, mediante relación de trabajos realizados y declaración jurada de la veracidad de dicha relación.
La experiencia profesional mínima exigida de cinco años se solicita para asegurar una adecuada calidad constructiva y proyectual.
En un entorno normativo y tecnológico cambiante de nuevas normas, reglamentos, procesos, etc..., acreditar dicha experiencia profesional mínima asegurará el conocimiento necesario de las mismas y sus aplicaciones específicas al servicio, la medición sistemática, la comparación con estándares, el seguimiento de los procesos, gestión de recursos, y todas las restantes actividades asociadas con bucles de realimentación de información. Estas actividades contribuyen a la prevención de errores, con el objetivo esencial de llevar a buen fin el contrato y hacer un uso eficiente de los recursos públicos destinados a ello. Este compromiso de adscripción de equipo profesional mínimo y su cumplimiento durante la ejecución del contrato tendrán el carácter de obligación esencial a los efectos de lo previsto en el artículo 211 LCSP (causa de resolución del contrato). En el caso de que dichos profesionales no estuviesen contratados laboralmente por el licitador también deberá incluir los correspondientes compromisos firmados, en los cuales se haga constar la plena disponibilidad del técnico en cuestión, para la prestación del servicio,
9. GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario tendrá que constituir una garantía definitiva a favor del IFEVI en las formas previstas en el artículo 108 de la LCSP por importe equivalente al 5% de la oferta económica (sin IVA)
10. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las proposiciones se presentarán:
Lugar de presentación de Ofertas: IFEVI, Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx 000- Xxxxxxxxxx CP: 00000 Xxxx, Xxxxxxxxxx.
Plazo de presentación de Ofertas: QUINCE DÍAS NATURALES contados a partir del SIGUIENTE A LA FECHA DE LA PUBLICACIÓN DEL ANUNCIO EN EL PERFIL DEL CONTRATANTE DEL IFEVI.
11. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Patronato del IFEVI.
12. CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE:
Administración del IFEVI Teléfono: 000 000 000
Fax: 000 000 000
1. ENTIDAD ADJUDICADORA
Denominación oficial y dirección de la entidad adjudicadora: FUNDACIÓN INSTITUTO XXXXXX XX XXXX (en adelante, IFEVI). Xxxx. xx Xxxxxxxxx 000- Xxxxxxxxxx XX: 00000 Xxxx, Xxxxxxxxxx. Teléfono: 000 000 000. (e-mail: xxxx@xxxxx.xxx. xxx.xxxxx.xxx.)
Dirección donde puede obtenerse la documentación: Perfil del contratante existente en la página web institucional del IFEVI: xxx.xxxxx.xxx
2. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato es la prestación de los servicios consistentes en la redacción del proyecto básico, el proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud para la construcción de la ampliación de las instalaciones de la Fundación Instituto Xxxxxx xx Xxxx (en adelante, el IFEVI).
El pabellón a construir deberá tener una superficie mínima de 5.000 m2 útiles y estará conectado con el resto de instalaciones existentes en el IFEVI, cuya ubicación se detalla en el Plano que se acompaña con este Pliego como Anexo V.
Para la redacción del proyecto básico, el proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud, deberá tenerse en cuenta la normativa de aplicación en los trabajos de edificación y la Ley 3/2016, de 1 xx xxxxx, de medidas en materia de proyectos públicos de urgencia o de excepcional interés.
El Anexo VI de este Pliego contiene el alcance de las prestaciones objeto de este contrato, y establece toda la documentación que será exigible al adjudicatario, de manera que con dichos documentos el IFEVI pueda licitar la contratación de las obras para la ejecución del proyecto.
Los servicios se prestarán por el adjudicatario conforme a lo estipulado en el presente Xxxxxx que figurará incorporado como Anexo al contrato que en su día firmen las partes contratantes.
El adjudicatario estará obligado a realizar, como mínimo, todos los cometidos que se contienen tanto en el Pliego, como en el contrato a formalizar entre las partes, contando al efecto con los medios personales, materiales, técnicos y organizativos que sean necesarios para prestar los servicios con la máxima eficacia.
3. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto base máximo de licitación y el valor estimado del contrato respecto del objeto del contrato, son los que se encuentran reflejados en el apartado 5 del cuadro de características del contrato que se incluye al principio del presente pliego.
El precio del contrato no será objeto de revisión.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo para la prestación de los servicios consistentes en la redacción del proyecto básico, el proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud para la ampliación de las instalaciones con los requisitos indicados en el Anexo VI de este Pliego será de 45 (cuarenta y cinco) días naturales como máximo, a contar desde la fecha de la firma del contrato.
El plazo para la prestación de los demás servicios incluidos en el objeto del contrato, entre los que se encuentran (i) el apoyo al IFEVI o a la Administración que así lo solicite, durante la tramitación del proyecto como proyecto público de urgencia o de excepcional interés de acuerdo con la Ley 3/2016, de 1 xx xxxxx, de medidas en materia de proyectos públicos de urgencia o de excepcional interés; (ii) durante la tramitación del expediente de expropiación forzosa, y en su caso, (iii) durante el procedimiento de obtención de las oportunas licencias y autorizaciones sectoriales que sean precisas para la ejecución del proyecto, será de 8 (ocho) meses.
No se prevén prórrogas del contrato.
5. RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que se derive de la presente licitación se regirá por el presente Pliego junto con sus anexos; y, en lo relativo a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP) y su normativa de desarrollo, en lo que de las mismas resulte de aplicación al IFEVI. En todo lo demás, se regirá por las normas de derecho privado que le resulten de aplicación.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, de conformidad con el artículo 26 de la LCSP por cuanto la entidad contratista tiene la condición de poder adjudicador que no reúne la condición de Administración Pública.
Teniendo en cuenta los límites cuantitativos de este procedimiento de contratación, el contrato no está sujeto a regulación armonizada. Tampoco cabe la interposición del recurso especial en materia de contratación.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para conocer de las cuestiones referidas a la preparación, adjudicación y modificaciones contractuales (artículo 27.1 c) de la LCSP).
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos y extinción del contrato (artículo 27.2
a) de la LCSP).
6. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO O EN EL REGISTRO GENERAL DE CONTRATISTAS DE GALICIA
Puesto que el presente procedimiento se trata del procedimiento abierto simplificado previsto en el artículo 159 de la LCSP, es obligatorio que para participar los licitadores estén inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro General de contratistas de Galicia.
En el caso de que los licitadores no cumplan este requisito, serán excluidos del presente procedimiento de contratación.
7. CAPACIDAD Y SOLVENCIA
Estarán facultadas para contratar con el IFEVI las personas físicas y jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen incursas en algunas de las prohibiciones comprendidas en el artículo 65 y siguientes de la LCSP.
Así mismo, será requisito para contratar con el IFEVI que las personas físicas y jurídicas tengan una finalidad o actividad relacionada directamente con el objeto del contrato y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
Además de lo anterior, todos los licitadores deberán contar con la solvencia económica y financiera y su solvencia técnica o profesional, en los términos que se determinan en este Pliego.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, siempre y cuando ésta acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
De presentarse a la licitación uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor, será necesario que los empresarios integrados en ella indiquen de manera específica sus nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatario.
Asimismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante el IFEVI y nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes
ante el IFEVI para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
Si durante la tramitación del procedimiento licitatorio y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia en las condiciones exigidas en las presentes bases para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
Para participar en este procedimiento de contratación, se exige la siguiente solvencia:
A) Solvencia económico financiera
A1. Sociedades mercantiles: Un volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el objeto del contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponible, por importe igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato.
A2. Sociedades profesionales y profesionales: La existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por un importe igual o superior a
300.000 euros.
La existencia de esta solvencia se acreditará con la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro General de contratistas de Galicia.
En el caso de que dicha información no conste en el Registro, según el caso de que se trate, el licitador deberá aportar dentro del SOBRE 1 la siguiente documentación:
o Copia de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en el caso contrario por las depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuenta anuales legalizados por el registro mercantil.
o En el caso de empresas (personas jurídicas) no inscritas en el registro mercantil, podrán acreditar su solvencia económico-financiera las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro oficial donde deban estar inscritas.
o En el caso de empresarios (personas físicas no inscritas en el registro mercantil) podrán acreditar su solvencia económico-financiera mediante las declaraciones de IVA referidas el mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponible.
o Las sociedades profesionales y profesionales por cuenta propia, también podrán acreditar su solvencia económica con el justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por un importe mínimo de 300.000 euros, y se deberá acercar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo xx xxxx días hábiles a lo que se refiere el apartado 2 del artículo 150 de la LCSP. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante lo documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
o Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que lo poder adjudicador considere apropiado.
B) Solvencia técnica y profesional
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los cinco últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
Dentro de esta relación, el licitador deberá tener al menos:
a) Una experiencia en la redacción de un proyecto de obra, público o privado, de edificación para usos terciarios con un presupuesto de ejecución material mínimo de 2 millones de euros, o bien,
b) Tres experiencias en la redacción de proyectos de obra, públicos o privados, de edificación para usos terciarios que acumuladas sumen un presupuesto de ejecución material total de como mínimo, 4 millones de euros.
La existencia de esta solvencia se acreditará con la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro General de contratistas de Galicia.
En el caso de que dicha información no conste en el Registro, el licitador deberá aportar con el SOBRE 1 los certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando
el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
8. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El procedimiento de adjudicación será el procedimiento abierto simplificado, debiendo recaer la adjudicación en la oferta que reúna las condiciones más ventajosas para los intereses del IFEVI, de conformidad con los criterios de adjudicación contenidos en el presente Pliego.
Cualquier interesado que cumpla las condiciones establecidas en el Pliego que rigen la presente licitación podrá presentar su oferta dentro del plazo señalado al efecto.
9. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta los criterios de adjudicación que se indican en el apartado 7 del Cuadro - Resumen.
10. REQUISITOS Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS
10.1 Requisitos de las ofertas
1. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas del presente Xxxxxx así como de sus anexos, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el IFEVI. Cualquier salvedad se entenderá en todo caso como no puesta. En todo caso, el adjudicatario, en el momento de formalizar el correspondiente contrato, tendrá que firmar todas y cada una de las hojas que conforman el presente Pliego de Condiciones y sus anexos.
2. Las proposiciones se presentarán escritas a máquina u otro tipo de impresión mecánica o informática, y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta.
3. La totalidad del coste de la elaboración de la documentación para la confección de las ofertas que se presentan al procedimiento de contratación serán por cuenta de los licitadores, que no podrán reclamar compensación económica alguna en caso de no resultar adjudicatarios.
4. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que el IFEVI estime fundamental
para la oferta, o que incurra en los supuestos establecidos en el artículo 84 del Reglamento General de la Ley de Contratos (Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre).
5. Las proposiciones serán secretas y quedarán bajo la custodia del IFEVI a disposición del órgano de contratación.
6. Una vez presentada la oferta, el licitador no podrá retirarla, quedando obligado a cumplir el contrato, si le fuese adjudicado, que será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las cláusulas del presente Pliego de Condiciones que le sirven de base, cuyas condiciones jurídicas y económicas sólo podrán modificarse con base a las causas admitidas en el presente Pliego de Condiciones y en la legislación aplicable.
10.2 Formulación y contenido de las Ofertas
Para tomar parte en el procedimiento será preciso que el licitador aporte la documentación que integra la proposición, que se dividirá en dos sobres.
En el exterior de cada sobre, que se presentará cerrado de forma que garantice el secreto de la oferta, figurará el nombre o razón social del licitador y de su representante, así como la firma del licitador o de su representante indicando nombre y apellidos y DNI, indicando en el exterior de cada uno de los sobres los siguientes datos identificativos:
a) SOBRE 1: “Documentación Acreditativa del cumplimiento de los requisitos para formar parte de la licitación y propuesta técnica de ampliación de las instalaciones del IFEVI a valorar de acuerdo con los criterios de adjudicación cuya cuantificación depende de un juicio de valor. Contratación del servicio de redacción del proyecto básico, del proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud para la ampliación de las instalaciones de la Fundación Instituto Xxxxxx xx Xxxx (IFEVI)”
b) SOBRE 2: “Criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas. Contratación del servicio de redacción del proyecto básico, del proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud para la ampliación de las instalaciones de la Fundación Instituto Xxxxxx xx Xxxx (IFEVI)”.
En los sobres referidos con anterioridad, y en el interior de cada uno de ellos, se hará constar en hoja independiente su contenido en un índice, y en los mismos se incluirán los siguientes documentos:
SOBRE 1: Documentación Acreditativa del cumplimiento de los requisitos para formar parte de la licitación y propuesta técnica de ampliación de las instalaciones del IFEVI a valorar de acuerdo con los criterios de adjudicación cuya cuantificación depende de un juicio de valor
El “SOBRE 1" contendrá los siguientes documentos:
A) La declaración responsable que figura como Anexo I del presente Xxxxxx. En el supuesto de tratarse de una unión temporal de empresas (UTE), se aportará una declaración responsable por cada participante, en la que figurará la información requerida en el modelo del Anexo I.
Estas declaración responsable deberá estar firmada, referida a la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de la perfección del contrato en la que el licitador ponga de manifiesto:
Su inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público del Estado o de la Comunidad Autónoma de Galicia o, para licitadores extranjeros, en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea y que las circunstancias que figuran en ellos, respeto de los requisitos exigidos para la admisión en el procedimiento de contratación son exactas y no experimentaron variación, autorizando a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos allí recogidos.
Que el firmante de la propuesta ostenta la representación de la sociedad que presenta la oferta.
Que el licitador cuenta con la adecuada solvencia económica, financiera y técnica.
Que el licitador cuenta con las autorizaciones necesarias para ejercer la actividad.
Que el licitador no está incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar del artículo 71 de la LCSP.
Si es el caso, que el licitador recurre a las capacidades de otras entidades para ejecutar parte del contrato.
Si se trata de una empresa extranjera, la declaración de sometimiento al foro español.
B) Documentación acreditativa de la solvencia económico financiera y de la solvencia técnica y profesional en los términos exigidos en el apartado 7 de este Pliego.
C) En el supuesto de tratarse de una unión temporal de empresas (UTE), el compromiso de formalización de UTE en caso de ser adjudicatarios que figura como Xxxxx XXX, que indique los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos, y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, quedando obligados solidariamente, en caso de resultar adjudicatarios. El escrito habrá de estar firmado por los representantes de las diversas empresas promotoras así como por el apoderado
único que estarán obligadas a nombrar las empresas incluso para el período de licitación.
D) Anteproyecto con la propuesta técnica de ampliación de las instalaciones del IFEVI a valorar de acuerdo con los criterios de adjudicación cuya cuantificación depende de un juicio de valor, que deberá estar firmada por el licitador.
La propuesta técnica que será objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación cuya cuantificación depende de un juicio de valor, deberá presentarse a nivel anteproyecto, en el que se definirá las características generales de la obra, en sus aspectos funcionales, formales, constructivos y económicos, proporcionando una primera imagen global del proyecto y un avance del presupuesto.
El pabellón a construir deberá tener una superficie mínima de 5.000 m2 útiles para expositores y estará conectado con el resto de instalaciones existentes en el IFEVI, cuya ubicación se detalla en el Plano que se acompaña con este Pliego como Anexo V.
En la elaboración de esta propuesta técnica, deberá tenerse en cuenta la normativa de aplicación a los trabajos de edificación y la Ley 3/2016, de 1 xx xxxxx, de medidas en materia de proyectos públicos de urgencia o de excepcional interés.
Además del anteproyecto, podrá presentase cualquier otra información gráfica que el participante considere esencial para el conocimiento y la evaluación de la propuesta y especialmente aquella que permita valorar dicha propuesta conforme a los criterios de valoración.
Además, se presentará una copia en CD de la documentación presentada. En caso de discrepancia entre la documentación en papel y el CD, prevalecerá la presentada en formato papel.
No se podrá incluir en este SOBRE 1 ninguna documentación o referencia que anticipe información relativa a los criterios cuya valoración se efectúa con la documentación que se debe recoger en el SOBRE 2. En este caso dicha oferta quedará excluida de la licitación al afectar al procedimiento para la selección de los licitadores y al principio de igualdad de trato entre los candidatos.
El “SOBRE 2” contendrá los siguientes documentos:
El modelo que se adjunta como Xxxxx XX, que deberá estar firmada por el licitador en el que se realiza la oferta objeto de valoración de acuerdo con criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas (oferta económica y plazo de ejecución del objeto de este contrato)
No se admitirán ofertas económicas cuyo precio total exceda el presupuesto base de licitación. Tampoco se admitirán ofertas relativas al plazo de ejecución del objeto del contrato inferiores a los 20 días naturales.
11. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE PROPOSICIONES
1. Las proposiciones se presentarán en dos sobres cerrados, por constar en el expediente informe previo de los servicios informáticos del IFEVI de que este no dispone de los medios ofimáticos necesarios para poder facilitar la presentación y apertura de la oferta por medios electrónicos, por lo que se aplica la circunstancia prevista en el apartado 3 c) de la Disposición adicional 15ª de la LCSP.
2. Los sobres antes reseñados deberán ser entregados en el Registro General del IFEVI, en el domicilio que se indica en la cláusula 1, durante el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el perfil del contratante del IFEVI de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Si el último día del plazo fuese xxxxxx, xxxxxxx o inhábil, el plazo concluirá el siguiente día hábil.
3. La oficina receptora dará recibo de cada proposición entregada en mano, haciendo constar: nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato, número e identificación de los sobres que se presentan, día y hora de la presentación, y cualquier otra incidencia que, en su caso, se produzca.
4. En el presente procedimiento, puesto que estamos en el procedimiento abierto simplificado que se regula en el artículo 159 de la LCSP, no se admitirá la presentación de ofertas por Correos, debiendo ser presentadas todas ellas en el Registro General del IFEVI.
12. REGLAS DE PROCEDIMIENTO
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, el responsable del Registro expedirá una certificación en la que se relacionen las solicitudes recibidas o, en su caso, sobre la ausencia de licitadores, que junto con la documentación presentada, remitirá a la Mesa de contratación.
2. En la reunión de la Mesa de contratación procederá a la apertura del Sobre 1 presentado por cada licitador. Comprobará que la documentación que obra en el mismo se ajusta al presente Xxxxxx. En caso de detectar algún error subsanable en la documentación aportada, la Mesa de contratación podrá conceder un plazo de tres días hábiles para su subsanación, con apercibimiento de exclusión del licitador en caso de no realizarse en tiempo y forma la subsanación.
3. A continuación la Mesa trasladará las propuestas al/ s a la/a las técnico/a técnicos/as para la emisión del correspondiente informe de valoración de la documentación dependiente de juicio de valor, que deberá ser suscrito en el plazo máximo de siete días.
4. Recibido el informe técnico de valoración la Mesa de contratación se reunirá en acto público en el lugar, en la fecha y hora anunciada en el perfil del contratante, para proceder a:
i. Previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos de los pliegos, dar cuenta del informe de valoración de las proposiciones presentadas.
ii. Proceder a la apertura de los sobres 2.
iii. Evaluar la documentación de los sobres 2. “Criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas.”
Si a tras la valoración de las ofertas presentadas existe un empate entre varios licitadores, tal circunstancia se notificará por correo electrónico a los licitadores que estén en la situación de empate, concediendo un plazo de tres días naturales para que los licitadores que estén en la situación de empate presenten en el registro del IFEVI, en sobre cerrado, la documentación requerida por la Mesa de Contratación, a la que se le aplicará los criterios que se recogen en el artículo 147.2 de la LCSP. Se hace constar que si el plazo finalizara en festivo o sábado, se ampliará al día siguiente hábil.
Una vez presentada la documentación por los licitadores interesados, la Mesa previos los informes que considere oportunos, procederá a su valoración, cuyo lugar, fecha y hora de celebración se publicará en el perfil del contratante.
iv. Comprobar en el Registro Oficial de Licitadores y Empresa Clasificadas del Sector Público del Estado, en el de la Comunidad Autónoma de Galicia o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea, o lista que corresponda que la empresa está debidamente constituida, que el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, que el licitador propuesto para la adjudicación ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y que no está incurso en ninguna prohibición para contratar.
5. Una vez realizada la valoración a Mesa, antes de proceder a realizar la propuesta de adjudicación, procederá a identificar si existen ofertas incursas en presunción de anormalidad, utilizando los criterios establecidos en el artículo 85 Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para la oferta económica. En este caso, se tramitará el procedimiento previsto en el artículo 149 de la LCSP, siendo el plazo máximo para que justifique su oferta el licitador no podrá superar el de 5 días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
6. Posteriormente, la Mesa de contratación, previos los informes que considere oportunos, formulará su propuesta de adjudicación al empresario que, en su conjunto,
haya realizado la proposición más ventajosa para los intereses del IFEVI, para lo cual tendrá en cuenta los criterios de valoración que se establecen en el apartado 7 del Cuadro-Resumen y según la ponderación que se les atribuye.
7. La Mesa de contratación elevará al órgano de contratación las proposiciones, junto con las actas de las distintas reuniones celebradas por la Mesa y su propuesta de adjudicación, en la cual se incluirá, en todo caso, la ponderación de los criterios de valoración y adjudicación que figuran en este Pliego.
8. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto frente al IFEVI, mientras no se haya adjudicado el contrato por acuerdo del órgano de contratación.
Se continuará con la tramitación del procedimiento, requiriendo al licitador que obtuvo la mejor puntuación mediante comunicación electrónica a la dirección electrónica designada, para que en el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación, realice las siguientes actuaciones:
o Constituir la garantía definitiva
o En caso de que así lo hubiese especificado en la oferta, aportar el compromiso de las entidades las que se recurre para ejecutar el contrato.
9. Presentada la documentación requerida y, en el caso de que fuese preceptiva, previa fiscalización del compromiso del gasto por la Intervención, en un plazo no superior a 5 días, se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, procediéndose, una vez adjudicado el mismo, a su formalización.
Cuando el órgano de contratación se aparte de la propuesta elevada por la Mesa de contratación, deberá motivar su decisión.
En caso de que en el plazo otorgado al efecto el candidato propuesto cómo adjudicatario no presentase la garantía definitiva o la documentación requerida en esta cláusula, se efectuará propuesta de adjudicación a favor del siguiente candidato en puntuación, otorgándole el correspondiente plazo para realizar las actuaciones previstas en el citado apartado.
10. Una vez adjudicado el contrato será notificado expresamente a los participantes de la licitación, y se publicará en el perfil del contratante.
13. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La adjudicación del contrato se realizará por el Patronato del IFEVI.
14. ADJUDICACIÓN
1. El órgano de contratación, una vez recibida la propuesta de adjudicación emitida por la Mesa de contratación, procederá a la calificación, por orden decreciente, de las proposiciones presentadas.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios y condiciones que figuran en el presente Xxxxxx.
2. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante del IFEVI.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer el recurso correspondiente.
En particular expresará los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Serán de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 133 de la LCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario.
La documentación presentada por los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios, a excepción de la proposición económica, podrá ser retirada por los licitadores una vez transcurridos tres (3) meses contados desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación a los licitadores, y durante el plazo de treinta (30) días naturales, salvo que el IFEVI considere oportuno retenerla en el supuesto de que se haya interpuesto alguna reclamación o recurso, o exista alguna incidencia que lo justifique. Transcurrido el plazo señalado para retirar la documentación, el IFEVI dispondrá de la documentación no retirada por los licitadores, quedando exento de toda responsabilidad sobre la misma.
15. GARANTÍA
15.1 Importe de la garantía definitiva
El adjudicatario tendrá que constituir una garantía definitiva, por importe equivalente al 5% de la oferta económica presentada (sin IVA), en las formas previstas en el artículo 108 de la LCSP, debiendo acreditar su constitución ente el órgano de contratación dentro del trámite y plazo previstos en la cláusula 14 del presente pliego.
15.2 Alcance de la garantía definitiva
La garantía definitiva responderá, al menos, de los siguientes conceptos:
De las obligaciones derivadas del contrato así como de los daños y perjuicios ocasionados al IFEVI con motivo de la ejecución del contrato o en el supuesto de incumplimiento del mismo, sin resolución contractual.
De la incautación que pueda acordarse en los casos de resolución del contrato.
De las reclamaciones de terceros que se pudieran derivar como consecuencia de la prestación de los servicios objeto del contrato imputables al adjudicatario.
15.3 Devolución de la garantía definitiva: Plazo de garantía
Una vez finalizado el contrato y transcurrido el plazo de garantía, que se estipula en un
(1) año desde terminación del plazo de vigencia del contrato se procederá a la liquidación de contrato y, en caso de no haber responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la garantía definitiva constituida, se procederá a la devolución o cancelación de la misma. Igualmente se procederá a la devolución o cancelación en las condiciones citadas en caso de resolución contractual sin culpa del contratista.
16. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará mediante su formalización.
El contrato se formalizará dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos y se publique en el perfil del contratante.
El contrato se formalizará en documento privado, sin perjuicio de que pueda elevarse a escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo en tal caso a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el IFEVI podrá acordar la resolución del mismo, con incautación de la garantía constituida. Si las causas de no formalización fuesen imputables al IFEVI, se
indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le hubiera ocasionado.
En supuestos de unión temporal de empresas se deberá aportar la escritura pública de constitución de la unión antes de la formalización del contrato.
17. GASTOS
Serán por cuenta del adjudicatario los gastos y tributos de la formalización del contrato, los gastos de publicación de anuncios, así como cualesquiera impuestos, tasas o arbitrios de índole estatal, autonómica o municipal, que pudieran gravar el contrato, y demás gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.
18. PAGO DEL PRECIO
Por lo que respecta al precio por la prestación de los servicios consistentes en la redacción del proyecto básico, el proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud para la construcción de la ampliación de las instalaciones de la Fundación Instituto Xxxxxx xx Xxxx, el contratista tendrá derecho a su abono por el IFEVI, de conformidad con el precio de adjudicación. El IFEVI liquidará y abonará el precio del contrato una vez recibido de conformidad el servicio prestado, previa presentación de la factura correspondiente por parte de la empresa adjudicataria, en la que se desagregarán los diferentes conceptos que son objeto de facturación y los requisitos exigidos en la legislación fiscal. Se indicará el IVA como partida independiente. La factura se abonará a los treinta (30) días siguientes de la fecha de la factura, previa conformidad de la misma por el IFEVI.
Junto con la factura, el adjudicatario entregará al IFEVI certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria durante los doce (12) meses anteriores al pago de la factura, a los efectos del artículo 43.1.f de la Ley General Tributaria.
19. EXIGENCIA DE SUSCRIPCIÓN DE PÓLIZAS DE SEGUROS
Se exigirá la suscripción de la oportuna póliza de seguros, que deberá cumplir con los requisitos que a continuación se indican:
El adjudicatario suscribirá a su cargo y mantendrá en vigor durante el curso del presente contrato y hasta su completa finalización, un programa de seguros entendiéndose que los montos de los mismos nunca serán inferiores a los obligatorios según las leyes y normas vigentes y que el mantenimiento de tales seguros no variará ninguna de las obligaciones de indemnización establecida por Contrato.
Seguro de Responsabilidad Civil Profesional con entidad aseguradora legalmente autorizada, con objeto de cubrir las obligaciones derivadas del objeto de contrato. Dicho seguro de Responsabilidad Civil Profesional deberá tener un límite de indemnización no
inferior a los 300.000 euros por siniestro y año para cubrir los daños materiales y/o personales y perjuicios consecuenciales ocasionados a terceros. Dentro de dicha póliza de Responsabilidad Civil Profesional o de forma independiente debe tener cubierta la responsabilidad civil general derivada de la actividad desarrollada por su empresa, con las siguientes coberturas mínimas:
o La Responsabilidad Civil de Explotación, con el limite general por siniestro y año 300.000,00 euros.
o La Responsabilidad Civil Subsidiaria de Subcontratistas (en el caso de que se subcontrate algún tipo de trabajo o gestión relacionada con el objeto del contrato. De no subcontratar ningún trabajo debe ser especificado por el licitador).
o La Responsabilidad Civil Patronal, estableciéndose un sublímite por víctima
300.000 euros (solo para el caso de que existan trabajadores en nómina).
o La Responsabilidad Civil Post Trabajos
o Defensa jurídica y Fianzas.
Las pólizas reseñadas en puntos anteriores deben prestar cobertura por los daños ocurridos y reclamados durante todo el periodo de ejecución del contrato hasta la finalización de los mismos y por los daños ocurridos durante éste periodo de ejecución y que sean reclamados tras 24 meses después de su finalización.
Antes del inicio de la prestación del servicio, el IFEVI dispondrá de copia de la póliza finalmente suscrita y firmada por el Asegurado para cubrir los riesgos descritos con el correspondiente recibo liquidado.
El adjudicatario se compromete expresamente al puntual abono de los recibos generados por las pólizas reseñadas en los puntos anteriores, tanto en el momento de su contratación como en el de su renovación así como cualquier otro que se devengue durante la vida de las pólizas, siendo de su exclusiva responsabilidad cualquier defecto de cobertura originado por la falta de pago de los citados recibos.
El adjudicatario queda obligado a informar al IFEVI de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros descritos en las clausulas anteriores, prestándose a colaborar con los empleados, agentes o representantes del IFEVI para el buen fin de los mismos
En caso de siniestro, cualquier diferencia que surja en el pago de las indemnizaciones, ya sea por aplicación de franquicias u otro tipo de descubierto de los seguros contratados, deberá ser soportada por el adjudicatario.
El adjudicatario se obliga a reparar los daños y responder por aquellos riesgos que no queden garantizados en la póliza de seguro descrita anteriormente, a fin de llevar a buen término el objeto del contrato, conforme las obligaciones y responsabilidades asumidas.
La contratación de las pólizas descritas no eximirá ni limitará las obligaciones y responsabilidades derivadas del objeto del contrato.
El IFEVI podrá solicitar el cambio de asegurador cuando el mismo no merezca confianza en virtud de situaciones económicas y/o financieras sobrevinientes que demostraren un estado de solvencia y/o cualquier otra circunstancia que pusiera en duda la validez de la cobertura otorgada.
El adjudicatario no podrá solicitar ante la aseguradora la anulación, modificación o enmienda de las pólizas suscritas, sin el previo consentimiento por escrito del IFEVI.
20. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Las obligaciones del adjudicatario serán las siguientes:
Llevar a cabo la prestación de los servicios en la forma, tiempo y condiciones establecidas en el pliego de condiciones, disponiendo al efecto de los medios humanos y materiales adecuados, siendo a su cargo la totalidad de los gastos que genere todo ello.
x Ejecutar el contrato en la forma, tiempo y condiciones establecidas en este Pliego y en la oferta presentada.
Responder de los daños y perjuicios que se originen con motivo de la ejecución del contrato, tanto al IFEVI como a terceras personas.
La dotación de los medios materiales y personales necesarios para la ejecución del contrato.
A concertar y mantener en vigor los seguros de responsabilidad correspondientes a la actividad que desarrolla.
A obtener los permisos y las autorizaciones que sean necesarios para la ejecución de este contrato.
A cumplir, bajo su responsabilidad en exclusiva, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, y habrá de tener su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respeto lo del cual tendrá, con carácter general, la condición de empresario. Asimismo, el contratista deberá cumplir durante todo el período de ejecución del contrato a normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación.
Cualquier otra obligación que le venga impuesta en este Pliego o por precepto legal o reglamentario.
Corresponde exclusivamente a la empresa contratista a selección del personal que reuniendo, en su caso, los requisitos de titulación y experiencia exigidos, formará
parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la entidad contratante del cumplimiento de aquellos requisitos.
21. DERECHOS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Son derechos del órgano de contratación los siguientes:
Interpretar el contrato.
Resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
Modificar el contrato cuando se justifique la concurrencia de las circunstancias legalmente exigibles.
Acordar la resolución del contrato y determinar sus efectos.
22. PROPIEDAD INTELECTUAL DE LOS TRABAJOS
Los autores de los trabajos presentados en este procedimiento de licitación como en la ejecución del contrato, cederán los derechos de explotación de la documentación presentada, incluida su reutilización, reproducción, distribución y comunicación pública al IFEVI conforme a lo dispuesto en la legislación reguladora de la propiedad intelectual.
23. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO O POR EJECUCIÓN DEFECTUOSA
El órgano de contratación podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades previstas en este apartado para el caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación que afecten a las obligaciones exigidas, y a las características de la prestación que se tuviesen en cuenta para definir los criterios de adjudicación.
Con carácter general, las penalidades diarias máximas serán 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio anual del contrato (IVA excluido), desde la fecha en que se produjese el incumplimiento o cumplimiento defectuoso o desde que se hubiese exigido el cumplimiento y hasta la fecha en que se corrija la ejecución defectuosa del contrato.
Cada vez que estas penalidades alcancen un múltiplo del 5 por ciento del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a su resolución o acordar la continuidad de su ejecución con la imposición de nuevas penalidades.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que deban abonarse al contratista o sobre la garantía que se hubiese constituido, cuando no puedan
deducirse del precio, sin perjuicio de la aplicación de otros mecanismos de reclamación cuando los anteriores no resulten adecuados.
24. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse en las condiciones y con los requisitos establecidos en los artículos 190, 203 y 205 de la LCSP.
Serán obligatorias para el contratista las modificaciones del contrato que se acuerden de conformidad con lo establecido en el artículo 206 de la LCSP.
25. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
Se estará a lo dispuesto en los artículos 214 a 216 de la LCSP
26. EXTINCIÓN DE CONTRATO
El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento, por su resolución o por las causas previstas en los artículos 211 y 313 de la LCSP
El contrato se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del IFEVI, la totalidad de su objeto en el plazo convenido, sin perjuicio de lo indicado en el apartado 23 para el supuesto de incumplimiento.
El plazo de garantía empezará a contar desde la fecha de finalización del contrato. Una vez finalizado el plazo de garantía, y siempre y cuando no se observe ninguna responsabilidad achacable al contratista, se procederá a la recepción definitiva del contrato y a la devolución o cancelación de la garantía definitiva.
27. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El IFEVI podrá acordar la resolución del contrato, además de las causas legalmente establecidas, por alguna de las causas siguientes:
El incumplimiento por el contratista de las obligaciones contenidas en el presente Pliego de Condiciones así como, en su caso, de los compromisos adquiridos en virtud de su oferta.
La falsedad comprobada por el IFEVI en los datos facilitados que hayan influido en la adjudicación del contrato.
Cuando concurran estas causas de resolución, le será incautada al adjudicatario la garantía constituida y deberá, además, indemnizar al IFEVI por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
28. RESPONSABLE DEL CONTRATO Y UNIDAD ENCARGADA DE SU SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN ORDINARIA
La unidad encargada de su seguimiento y ejecución será la Gerencia del IFEVI. A efectos de los dispuesto en el artículo 62 de la LCSP, el órgano de contratación nombrará un responsable del contrato.
29. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato. IFEVI no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que estos designen como confidencial. A estos efectos, los licitadores deberán indicar en el correspondiente apartado del Anexo I la relación de documentación a la que den ese carácter.
La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respeto de los datos de carácter personal de los que puedan tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, deber que subsistirá aún luego de la finalización del mismo, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante Ley Orgánica 3/2018). El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de los deberes que en materia de protección de datos que estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial, las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados pudiera incurrir.
Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar, en su integridad, la Ley Orgánica 3/2018 y su normativa de desarrollo. En cumplimiento del establecido en la Ley Orgánica 3/2018, le informamos que los datos personales que se faciliten para la participación en el presente procedimiento de contratación se incorporarán a uno o varios ficheros, cuyo responsable es el IFEVI. con domicilio en Xxxx. xx Xxxxxxxxx 000- Xxxxxxxxxx CP: 00000 Xxxx, donde se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso lo de oposición, dirigiendo la esa empresa una solicitud firmada por escrito junto con una fotocopia de su DNI.
Si el licitante resultara ser persona física, la mera participación en el presente procedimiento supone su consentimiento expreso para el tratamiento de los datos facilitados, con la finalidad de llevar a cabo a tramitación de este procedimiento de contratación, y su autorización para la comunicación de los dichos datos a entidades financieras, Hacienda Pública, Diarios Oficiales y otras administraciones públicas competentes en la materia. En caso de que el licitante, facilitara datos de carácter personal de terceros, previamente a su inclusión deberán informar los titulares de los mismos de los extremos establecidos en los párrafos anteriores, absteniéndose de incluirlos en el caso de no obtener su consentimiento.
ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE
(SOBRE 1)
Denominación del contrato: Contratación del servicio de redacción del proyecto básico, el proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud para la construcción de la ampliación de las instalaciones de la Fundación Instituto Xxxxxx xx Xxxx (en adelante, el IFEVI).
Fecha de la declaración:
DATOS DE LA PERSONA QUE DECLARA
Nombre: Apellidos: NIF:
Teléfono: Fax: Correo electrónico: Dirección a efectos de notificación:
E n el caso de actuar en representación de una persona jurídica:
Entidad mercantil a la que representa:
NIF: Cargo:
1. DECLARO RESPONSABLEMENTE:
Que son ciertos los datos que se indican en esta declaración responsable.
Que conozco y acepto incondicionalmente, sin excepción o reserva ninguna, el pliego de condiciones así como la restante documentación de carácter contractual que regula la licitación de referencia.
Que se cumplen los requisitos de capacidad de obrar para contratar con la Administración que exigen los artículos 65 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP).
Que ostento poderes suficientes para representar a la entidad licitadora (en el caso de personas jurídicas).
Que cuento con las autorizaciones necesarias para ejercer la actividad
Que se cumplen los requisitos de solvencia económica, financiera, técnica o profesional necesaria para la realización del objeto del contrato de acuerdo con lo exigido en el pliego de condiciones.
Que me comprometo a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para este fin que, en su caso, exija el pliego.
Que dispongo del compromiso de la entidad para ejecutar las siguientes partes del contrato (solo si el licitador en su oferta indica que recurre a las capacidades de otras entidades)
Que en el supuesto de ser propuesta como adjudicataria del contrato acreditaré, previo requerimiento del órgano de contratación, la posesión y validez de los documentos exigidos según el artículo 140 de la LCSP y el presente pliego.
Que, cuando así me sea requerido en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, presentaré ante el órgano contratación la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para adquirir la condición de adjudicatario del contrato.
Que ni el firmante de la declaración, ni la entidad a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se encuentran incursos en alguno de los supuestos a los que se refiere el artículo 71 de la LCSP.
Que no forma parte de los Órganos de Gobierno o Administración de la entidad ningún alto cargo a los que se refiere la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y bueno gobierno, ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen electoral general, en los términos establecidos en la misma.
Que ni el firmante de la declaración, ni ninguno de los administradores o representantes de la entidad a la que represento, es cónyuge, persona vinculada con análoga relación de convivencia afectiva o descendientes de las personas a las que se refiere el párrafo anterior (siempre que, respecto a estos últimos, dichas personas ostenten su representación legal).
Que me encuentro -o la entidad a la que represento se encuentra- al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios, Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
Que la entidad a la que represento está dada de alta en la matrícula correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas, segundo el dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), y que (márquese lo que corresponda):
Está al corriente de pagos.
Está exenta de conformidad con el artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En su caso, que la persona que declara -o la entidad a la que represento- está inscrita en el Registro de Licitadores que a continuación se indica (márquese lo que corresponda), y que las circunstancias que en él figuran respeto de los requisitos exigidos para la admisión en el procedimiento de contratación son exactas y no han experimentado variación, autorizando a la Mesa de Contratación y al órgano de contratación para consultar los datos allí recogidos:
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
Registro General de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia (nº de inscripción ).
Que, en relación con establecido en el artículo 86 del RGLCAP sobre empresas vinculadas, la entidad mercantil a la que represento (márquese lo que proceda):
No pertenece a un grupo de empresas ni está integrada por ningún socio en el que concurra alguno de los supuestos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio.
Pertenece al grupo de empresas o está integrada por algún socio en
el que concurre alguno de los supuesto del artículo 42.1 del Código de Comercio.
La denominación social de las empresas vinculadas es la siguiente (si la relación de empresas es muy extensa se adjuntará en documento anexo):
a)
b)
c)
Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 86 del RGLCAP, la entidad a la que represento se compromete a presentar, o en su caso, facilitar cuanta información le sea solicitada, en el caso de pertenecer a un grupo de empresas.
En el caso de uniones temporales de empresarios indico, además, a efectos de notificación, nombre y apellidos del representante, dirección, teléfono y fax de contacto.
2. CORREO ELECTRÓNICO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
ME COMPROMETO a aceptar y dar por válidas todas las notificaciones que se efectúen en el siguiente correo electrónico:
3. DOCUMENTACIÓN CONFIDENCIAL
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 133 de la LCSP declaro como confidencial la siguiente documentación contenida en la oferta:
4. SOMETIMIENTO AL FORO ESPAÑOL (solo para empresarios extranjeros)
Declaro someterme a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudiesen generarse del contrato con renuncia, o en su caso, al foro jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder.
En , a de de 2019. Fdo.:
MODELO DE PROPUESTA A VALORAR DE ACUERDO CON CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS
(SOBRE 2)
D/Xx , con domicilio en , con D.N.I. nº
, actuando en nombre y representación de
, con domicilio social en , y C.I.F.
, conforme se acredita con (o actuando en nombre propio).
Solicita tomar parte en el procedimiento de contratación, a tramitar por el procedimiento abierto simplificado, convocado por la Fundación Instituto Xxxxxx xx Xxxx (IFEVI) para la selección del contratista que prestará el servicio de redacción del proyecto básico, el proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud para la construcción de la ampliación de las instalaciones del IFEVI, cumpliendo todos los requisitos y condiciones establecidos en el Pliego que rige el procedimiento de contratación, realizando la siguiente:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA:
- Precio total sin IVA:
- IVA (21 %):
- Precio total con IVA:
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO:
- Número de días naturales:
En , a de de 2019.
Fdo.: .
COMPROMISO DE FORMALIZACIÓN DE UTE
D/Xx , con domicilio en , con D.N.I. nº , actuando en nombre y representación de , con domicilio social en , y C.I.F.
, conforme se acredita con (o actuando en nombre propio).
D/Xx , con domicilio en , con D.N.I. nº , actuando en nombre y representación de , con domicilio social en , y C.I.F.
, conforme se acredita con (o actuando en nombre propio).
D/Xx , con domicilio en , con D.N.I. nº , actuando en nombre y representación de , con domicilio social en , y C.I.F.
, conforme se acredita con (o actuando en nombre propio).
(…)
DECLARAN LO SIGUIENTE:
I. Que manifiestan su voluntad de constituir una unión temporal de empresas (UTE) de acuerdo con la Ley 18/1982, de 26 xx xxxx, comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatarios del contrato objeto de licitación, a formalizar la constitución de dicha UTE por medio escritura pública, estando obligados solidariamente.
II. Que la participación que cada empresa ostentará en la unión temporal de empresas será la que se detalla a continuación (expresada en porcentaje):
- participará en un %.
- participará en un %.
- participará en un %. (…)
III. Que a los efectos mencionados, los intervinientes designan como representante único de dicha unión (gerente) a D/Xx , con D.N.I. nº .
IV. Que de igual modo, designan como domicilio único a efectos de notificaciones la siguiente dirección .
En , a de de 2019. Fdo.: .
MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), con C.I.F. , con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en , código postal , localidad
, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto,
AVALA
A (nombre y apellidos o razón social del avalado), con NIF/CIF
ante la Fundación Instituto Xxxxxx xx Xxxx (IFEVI), hasta la cantidad máxima de (en letra y en cifra) euros en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA para responder de la ejecución del contrato de servicio de redacción del proyecto básico, el proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud para la construcción de la ampliación de las instalaciones del IFEVI adjudicado mediante acuerdo de .
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del IFEVI, con sujeción a los términos previstos en la normativa de contratos del sector público y en sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que el IFEVI o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad) (firma de los apoderados)
PLANO XXX XXXXXXX Y DE LAS INSTALACIONES
ALCANCE DEL OBJETO DEL CONTRATO
1. Introducción
En este Anexo se definirá el alcance que tendrá la actuación de los técnicos titulados con competencia en la materia encargados de la redacción del proyecto básico, el proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud para la construcción de la ampliación de las instalaciones del IFEVI, definiendo su contenido y demás trabajos objeto de contrato.
2. Normas generales
En el Proyecto se desarrollarán todos aquellos aspectos formales, técnicos, constructivos y económicos necesarios para llevar a cabo la ejecución de las obras cuyo presupuesto de ejecución material se estima en 4 millones de euros.
En todo caso, el importe de la ejecución material final de la obra será objeto de aprobación por el IFEVI.
Para la redacción del proyecto básico, el proyecto de ejecución y el estudio de seguridad y salud, el adjudicatario deberá tener en cuenta la normativa en materia de edificación y demás normativa de aplicación, la Ley 3/2016, de 1 xx xxxxx, de medidas en materia de proyectos públicos de urgencia o de excepcional interés, pues el proyecto presentado será, de conformidad con el artículo único de la citada Ley 3/2016, presentado para su aprobación y tramitación como proyecto público de urgencia o de excepcional interés. Por tanto, deberá cumplir los requisitos establecidos en la Ley 3/2016.
Por ello, el proyecto habrá de tener el grado de detalle suficiente para permitir conocer de modo cierto el carácter, extensión, ubicación y fines de la obra proyectada. El proyecto podrá incluir todas las actuaciones y obras necesarias para la implantación y funcionamiento de las infraestructuras, dotaciones o instalaciones previstas en el mismo, incluyendo los accesos viarios y las redes de conducción y distribución.
El adjudicatario deberá prestar apoyo técnico al IFEVI o a la Administración que así lo solicite, durante la tramitación del proyecto como proyecto público de urgencia o de excepcional interés de acuerdo con la Ley 3/2016.
Asimismo, el proyecto deberá definir con abundante precisión y definición la superficie que será objeto de ocupación para la ejecución de las obras, a efectos de que por la Administración competente en la materia pueda tramitarse el correspondiente expediente de expropiación.
El adjudicatario deberá prestar apoyo técnico al IFEVI o a la Administración que así lo solicite, durante la tramitación del expediente expropiatorio de bienes y derechos.
El proyecto incluirá la realización de toda la documentación gráfica y escrita, incluidos los Estudios Topográfico, Geotécnico o cualquier otro que sea necesario para que el IFEVI pueda licitar el procedimiento de contratación para la ejecución de las obras.
El proyecto deberá establecer todas las previsiones necesarias para la conexión con el resto de instalaciones del IFEVI, la urbanización del entorno y conexiones con los viales de acceso. También deberá prever todas las acometidas a realizar en el pabellón para su conexión con los servicios básicos (agua, luz, etc.) que permita el adecuado funcionamiento del pabellón.
El adjudicatario prestará apoyo al IFEVI en la tramitación de las licencias y autorizaciones sectoriales que sean necesarias para la ejecución de las obras proyectadas.
El adjudicatario realizará cualquier cambio que sea necesario en el proyecto para la obtención de las oportunas licencias, y que venga impuesto por los requerimientos de los organismos emisores de las mismas, así como los aspectos que surjan durante la revisión correspondiente por parte del IFEVI o las Administraciones intervinientes, sin coste añadido para el IFEVI.
Todos los derechos de propiedad intelectual sobre los trabajos contemplados en este Anexo, se entienden cedidos al IFEVI, en exclusiva y dentro del mayor ámbito temporal y espacial permitido en la legislación vigente a partir del momento de su utilización en el desarrollo y/o su creación, estando comprendido el importe de la cesión en el precio del contrato que resulte de la adjudicación. El IFEVI se reservará el derecho a utilizarlos y cederlos cuantas veces lo estime oportuno, para sí o para terceros, por medio de los adjudicatarios o de cualquier otro. Las memorias y documentación gráfica presentada por los adjudicatarios quedarán sometidas a las modificaciones que sobre las mismas pueda determinar el IFEVI.
La definición del alcance de los trabajos objeto de contratación que se realiza en este Anexo se trata de una relación de mínimos, sin que la misma sea excluyente de un mayor alcance como consecuencia de la normativa de aplicación o las necesidades que pudieran detectarse durante la tramitación de los ulteriores procedimientos administrativos.
3. Contenido de los trabajos
Los trabajos objeto de contratación son los siguientes:
3.1 Proyecto Básico
Es la fase de trabajo en la que se definen las características generales de la obra y sus prestaciones mediante la adopción y justificación de soluciones concretas. Su contenido será suficiente para solicitar la licencia municipal de obras u otras autorizaciones administrativas. Aunque su contenido no permita verificar todas las condiciones que exija la normativa propia del ámbito de actuación, sí habrá de definir las prestaciones
que la solución proyectada ha de proporcionar para cumplir las exigencias básicas y, en ningún caso, impedirá su cumplimiento.
3.2 Documentación
La documentación mínima que deberá presentarse con el proyecto básico es la siguiente:
3.2.1 MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA. Contendrá la información siguiente:
AGENTES: Nombre del promotor del encargo, de los proyectistas y de otros agentes intervinientes.
INFORMACIÓN PREVIA: Antecedentes y condicionantes xx xxxxxxx.
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: Definición, finalidad del trabajo y usos / Datos de la finca y entorno físico: situación, forma, lindes, orientación, superficie, topografía y servidumbres / Programa de necesidades / Solución adoptada / Cuadro de superficies útiles y construidas / Volumen edificado sobre rasante / Accesos y evacuación / Los aspectos funcionales, formales y técnicos de la solución adoptada con descripción general de los parámetros que determinan las previsiones técnicas a considerar en el proyecto respecto al sistema estructural, el sistema de compartimentación, el sistema envolvente, el sistema de acabados, el sistema de acondicionamiento ambiental y el de servicios / El cumplimiento de las Normas propias del ámbito de actuación.
3.2.2 MEMORIA URBANÍSTICA. lndicando el cumplimiento de la normativa urbanística aplicable.
3.2.3 MEMORIA CONSTRUCTIVA. Con descripción de las características de los materiales, de las soluciones constructivas adoptadas o de los sistemas de construcción.
3.2.4 CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA. Justificación del cumplimiento de la normativa propia del ámbito de actuación, poniendo especial atención en los requisitos básicos de seguridad en caso de incendio.
3.2.5 CUMPLIMIENTO DE OTROS REGLAMENTOS. Justificación del cumplimiento de la Normativa de aplicación en el proyecto. Listado de normativa de obligado cumplimiento.
3.2.6 PLANOS. El Proyecto contendrá tantos planos como sean necesarios para la definición en detalle de las obras. Acotados y a escala suficiente para su comprensión:
De situación, con indicación del Norte geográfico y referencia a punto singular localizable, relación con el planeamiento vigente, en su defecto con el cartográfico acotados y a escala. La escala mínima será 1:2.000.
De emplazamiento, indicando superficie, alineaciones, retranqueos, colindantes, superficie ocupada, servicios. Normativa urbanística y servicios urbanísticos o acometidas existentes, así como detalle de las construcciones existentes.
De urbanización, indicando la red viaria, acometidas, etc.
De plantas generales, plantas generales acotadas y a escala suficiente para su comprensión (mínimo 1:100), de cada uno de los elementos que componen el conjunto de la actuación, señalando usos, elementos fijos, circulaciones, instalaciones, pendientes, superficies o cualquier otro aspecto necesario para dejar perfectamente definida la actuación de cara a la ejecución de las obras
Se presentarán planos de plantas, alzados, secciones y cubiertas de aquellos elementos que lo requieran.
3.2.7 PRESUPUESTO. Presupuesto de ejecución material, con valoración aproximada de la ejecución material de la obra proyectada por capítulos.
3.2.8 ANEXO DE EXPROPIACIONES. Relación e identificación de los terrenos necesarios para la ejecución del Proyecto, indicando su superficie y propietarios, en el que se valoren los bienes y derechos de cada una de las fincas necesarias para tramitar el expediente de expropiación. Este documento deberá constar de una memoria y de un plano identificativo de las fincas.
3.3 Proyecto de ejecución
Es la fase del trabajo que desarrolla el proyecto básico y define la obra en su totalidad sin que en él puedan rebajarse las prestaciones declaradas en el básico, ni alterarse los usos y condiciones bajo las que, en su caso, se otorgaron la licencia municipal de obras, las concesiones u otras autorizaciones administrativas, salvo en aspectos legalizables, con determinación completa de detalles y especificaciones de todos los materiales, elementos, sistemas constructivos y equipos, definiendo la obra en su totalidad.
El proyecto de ejecución incluirá los proyectos parciales u otros documentos técnicos que, en su caso, deban desarrollarlo o completarlo, los cuales se integrarán en el proyecto como documentos diferenciados bajo la coordinación del proyectista. Su contenido reglamentario es suficiente para obtener el preceptivo visado colegial necesario para iniciar las obras. (Artículo 6 del RD 31412006, de 17 xx xxxxx por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación-CTE).
3.4 Documentación
3.4.1 MEMORIA CONSTRUCTIVA:
a) DEL SISTEMA ESTRUCTURAL. De la cimentación, estructura portante y estructura horizontal, estableciéndose los datos y las hipótesis xx xxxxxxx, el programa de necesidades, las bases de cálculo y procedimientos empleados, memoria de Cálculo de Cimentación y Estructuras, así como las características de los materiales.
b) DEL SISTEMA ENVOLVENTE Definición constructiva de los distintos subsistemas de la envolvente del edificio, con descripción de su comportamiento frente a las acciones a las que se está sometido, frente al fuego, seguridad de uso, evacuación de agua y comportamiento frente a la humedad, aislamiento acústico y aislamiento térmico, y sus bases de cálculo.
c) DEL SISTEMA DE COMPARTIMENTACIÓN. Definición de los elementos de compartimentación con especificación de su comportamiento ante el fuego y otras características que sean exigibles.
d) DEL SISTEMA DE ACABADOS. Se indicarán las características y prescripciones de los acabados de los paramentos.
e) DEL SISTEMA DE ACONDICIONAMIENTO E INSTALACIONES. Se indicarán los datos xx xxxxxxx, los objetivos a cumplir, las prestaciones y las bases de cálculo para cada uno de los subsistemas siguientes: Protección contra incendios, anti- intrusión, pararrayos, electricidad, alumbrado, ascensores, transporte, fontanería, evacuación de residuos líquidos y sólidos, ventilación, calefacción, climatización, suministro de combustibles, ahorro de energía y energías renovables, telecomunicaciones, etc. Memoria de Cálculo y definición de lnstalaciones: lnstalación interior de agua fría y Acs. lnstalación de saneamiento. lnstalación de ventilación. lnstalación de señalización e información a usuarios. lnstalación contra incendios. lnstalación de calefacción. lnstalación de aire acondicionado.
f) EQUIPAMIENTO. Distribución plazas aparcamiento, instalaciones, mobiliario urbano, etc.
3.4.2 CUMPLIMIENTO DEL CTE. DB SE de Seguridad Estructural
Exigencia básica SE 1: Resistencia y estabilidad
Exigencia básica SE 2: Aptitud al servicio DB SU de Seguridad de utilización.
Exigencia básica SU 1: Seguridad frente al riesgo de caídas
Exigencia básica SU 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento
Exigencia básica SU 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento
Exigencia básica SU 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada
Exigencia básica SU 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación
Exigencia básica SU 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento
Exigencia básica SU 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento
Exigencia básica SU 8: Seguridad frente al riesgo, relacionado con la acción xxx xxxx DB HS de Salubridad.
Exigencia básica HS 1: Protección frente a la humedad
Exigencia básica HS 2: Recogida y evacuación de residuos
Exigencia básica HS 3: Calidad del aire interior
Exigencia básica HS 4: Suministro de agua
Exigencia básica HS 5: Evacuación de aguas DB HR de Protección contra el ruido. DB HE de Energía
Exigencia básica HE l: Limitación de demanda energética
Exigencia básica HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas
Exigencia básica HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación
Exigencia básica HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria
Exigencia básica HE 5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica
3.4.3 CUMPLIMIENTO DE OTROS REGLAMENTOS:
a) Justificación del cumplimiento de la Normativa de aplicación en el proyecto.
b) Listado de normativa de obligado cumplimiento.
3.4.4 ANEJOS A LA MEMORIA: Justificación de su cumplimiento, el proyecto contendrá tantos anejos como sean necesarios y obligatorios para la definición y justificación de las obras.
lnformación Geotécnica y topográfica. Se incluirán los estudios topográfico y geotécnico de los terrenos, así como los informes y estudios previos que se consideren necesarios.
Eficiencia Energética. Cálculos lumínicos.
Plan de Control de Calidad.
Estudio de Seguridad y Salud.
Estudios justificativos de la infraestructura hidráulica
Plan de gestión de residuos.
Plazo de Ejecución
Programa de desarrollo de los trabajos o plan de obra de carácter indicativo, con previsión, en su caso, del tiempo y coste.
3.4.5 PLANOS. El proyecto contendrá tantos planos como sean necesarios para la definición en detalle de las obras, acotados y a escala suficiente para su comprensión. Deberán acompañarse de escalas gráficas. Serán lo suficientemente descriptivos para que puedan deducirse de ellos las mediciones que sirvan de base para el Presupuesto.
a) PLANOS DE ESTRUCTURA
Descripción gráfica y dimensional de todo el sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal). En los relativos a la cimentación se incluirá, además, su relación con el entorno inmediato y el conjunto de la obra.
De cimentación, saneamiento y puesta a tierra. Dimensionando las zapatas, arquetas, pozos, red horizontal de saneamiento con su pendiente y red de puesta a tierra.
De cada una de las plantas distintas de estructura, incluida la cubierta, definiendo todos sus elementos indicando tipo de forjado, canto, intereje y momentos.
De pórticos con indicación de secciones y despiece de armaduras de vigas si es el caso.
Cuadro de pilares, coeficientes de trabajo, cuadro de hormigón EHE, si es el caso.
Detalles de estructura, definiendo los elementos singulares.
Nota: En cada uno de /os planos que se refiere a elementos construidos con hormigón deberán especificarse las características del hormigón y los controles a que ha de someterse.
b) PLANOS DE INSTALACIONES
Descripción gráfica y dimensional de las redes de cada instalación, plantas, secciones y detalles.
De instalación de fontanería y saneamiento con indicación de las secciones de cada conducto y representación esquemática de las mismas, incluyendo lo referente al aporte de ACS a través de energía solar u otra energía renovable.
De instalación xx xxxxx y mantenimiento de las zonas ajardinadas exteriores, en su caso.
De instalación de electricidad e iluminación con representación esquemática de las líneas y dimensionamiento de los conductos y localización y
descripción de los mecanismos y puntos de luz. lncluir lo referente a la contribución fotovoltaica de energía eléctrica. Esquema unifilar.
De instalaciones contra incendios.
De instalaciones de telecomunicaciones.
De urbanización exterior.
De pre-instalación de ventilación (HS-3) y/o aire acondicionado con representación de todos los conductos y huecos y dimensionado de los mismos.
De pre-instalación de calefacción.
De pre-instalación de telefonía y datos - De señalización e información.
De cualquier otra instalación con el mismo grado de definición que en los anteriores casos.
c) PLANOS DE DEFINICIÓN CONSTRUCTIVA
Documentación gráfica de detalles constructivos.
De detalle de cerramientos exteriores, indicando a que partes de proyecto corresponden.
Memoria gráfica de carpintería exterior e interior acotada, número de unidades, material, sistema de apertura, aireadores o cualquier otro elemento significativo.
Memorias gráficas con indicación de soluciones y elementos singulares.
3.4.6 PLIEGO DE CONDICIONES. PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES:
Detallará la forma de medición y valoración de las distintas unidades de obras y las de abono de las partidas alzadas y especificará las normas y pruebas previstas para las recepciones. Se evitarán, siempre que sea posible, las prescripciones indirectas mediante referencias a otros documentos del proyecto.
a) PRESCRIPCIONES SOBRE LOS MATERIALES: Con características técnicas mínimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que se incorporen a las obras, así como sus condiciones de suministro, recepción y conservación, almacenamiento y manipulación, las garantías de calidad y el control de recepción que deba realizarse incluyendo el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso, conservación y mantenimiento. Estas especificaciones se
pueden hacer por referencia a pliegos generales que sean de aplicación u otros que sean válidas a juicio del proyectista.
b) PRESCRIPCIONES EN CUANTO A LA EJECUCIÓN POR UNIDADES DE OBRA: Con características técnicas de cada unidad de obra indicando su proceso de ' ejecución, normas de aplicación, condiciones que han de cumplirse antes de su realización, tolerancias admisibles, condiciones de terminación, conservación y mantenimiento, control de ejecución, ensayos y pruebas, garantías de calidad, criterios de aceptación y rechazo, criterios de medición y valoración de unidades. Se precisarán las medidas para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos.
c) PRESCRIPCIONES SOBRE VERIFICACIONES EN LA INTERVENCIÓN FINALIZADA: Se indicarán las verificaciones y pruebas de servicio que deban realizarse para comprobar las prestaciones finales de la intervención. Nota: Deben ir encabezados con el título del proyecto al que corresponden.
3.4.7 MEDICIONES. Se referirán a datos existentes en los planos y serán lo suficientemente detalladas para permitir la identificación de las diversas unidades de obra. Se efectuarán según determinan los Pliegos de Condiciones Técnicas y coordinadas con el resto de documentos del Proyecto (Memorias y Planos). Desarrollo por partidas, agrupadas en capítulos, conteniendo todas las descripciones técnicas necesarias para su especificación y valoración.
No se admitirán las PARTIDAS ALZADAS, que deberán ser sustituidas por UNIDADES, descritas con la mayor amplitud posible.
3.4.8 PRESUPUESTO. Presupuesto detallado que se compondrá de: Cuadro de precios agrupado por capítulos. lncluirá el Presupuesto del Control de Calidad y el Presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud. Resumen final por capítulos, la suma de todos los capítulos constituye el PRESUPUESTO DE EJECUCION MATERIAL sobre el cual se aplicará el 13% de gastos generales, el 6% de beneficio industrial y el 21% de lVA, obteniéndose así el PRESUPUESTO GENERAL DE CONTRATA
3.5 Estudio de seguridad y salud
3.6 Documentación
El Estudio tendrá, como mínimo, el siguiente contenido:
Memoria, descriptiva de los procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares que hayan de utilizarse o cuya utilización pueda preverse; identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando a tal efecto las medidas técnicas necesarias para ello; relación de los riesgos laborales que no puedan eliminarse conforme a lo señalado anteriormente,
especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos y valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas.
Asimismo, se incluirá la descripción de los servicios sanitarios y comunes que deberá de estar dotado el centro de trabajo de la obra, en función del número de trabajadores que vayan a utilizarlos.
En la elaboración de la memoria habrán de tenerse en cuenta las condiciones del entorno en que se realice la obra, así como la tipología y características de los materiales y elementos que hayan de utilizarse, determinación del proceso constructivo y orden de ejecución de los trabajos.
Pliego de condiciones Particulares en el que se tendrán en cuenta las normas legales y reglamentarias aplicables a las especificaciones técnicas propias de la obra de que se trate, así como las prescripciones que se habrán de cumplir en relación con las características, la utilización y la conservación de las máquinas útiles, herramientas, sistemas y equipos preventivos.
Planos en los que se desarrollarán los gráficos y esquemas necesarios para la mejor definición y comprensión de las medidas preventivas definidas en la memoria, con expresión de las especificaciones técnicas necesarias.
Mediciones de todas aquellas unidades o elementos de seguridad y salud en el trabajo que hayan sido definidos o proyectados. Presupuesto que cuantifique el conjunto de gastos previstos para la aplicación y ejecución del estudio de seguridad y salud.
3.7 Plan de control de calidad
El Proyecto incluirá en su memoria un anexo con el título "Control de Calidad" en el que se especificarán:
Las características y requisitos que deberán cumplir los materiales y unidad de obra cumplimiento, las normas que desarrollen el Decreto 232/1993, de 30 de septiembre, por el que se regula el Control de la Calidad de la Edificación de Galicia, con los criterios que adopte el autor del proyecto.
Presupuesto de control de calidad, indicando el coste de cada uno de los ensayos o pruebas previstas.