LICITACIÓN ABREVIADA Nº 345484/1
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 345484/1
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE EXTERMINIO DE PLAGAS A BRINDARSE EN EL MERCADO MODELO.-
ARTÍCULO 1º: NORMATIVA:
a)En todo lo no previsto por el presente Xxxxxx, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
b)Tocaf
c)Forma parte de este pliego el Anexo 1 (Memoria Descriptiva).- ARTÍCULO 2º: OBJETO:
El objeto de la presente convocatoria es la contratación del Servicio de exterminio de plagas a brindarse en el Mercado Modelo ubicado en la calle Cádiz nº 3280.Todo lo relativo a como debe cumplirse el Servicio se detalla en el Anexo 1 del presente pliego. (memoria descriptiva adjunta).-
ARTÍCULO 3º: DATOS
Los oferentes deberán detallar en sus propuestas todas las características del servicio ofrecido, incluyendo todo otro dato que juzguen de interés para una mejor ilustración de las ofertas.
Se sobrentenderá que todos los datos de esta manera suministrados tendrán el carácter de compromiso, es decir que en el momento de la prestación del servicio, la I.M. exigirá una estricta correspondencia entre lo establecido en la propuesta y el servicio prestado.
Los licitantes deberán poseer por lo menos 3(tres) antecedentes y/o referencias de realización de trabajos similares realizados en instituciones públicas y/o privadas en los últimos 3 (tres años), debiendo indicarlo en su propuesta, y proporcionar todos los datos señalados en el cuadro de presentación de antecedentes .
La presentación del listado de trabajos realizados, se documentará de acuerdo al formato adjunto:
Presentación de antecedentes.
Monto del contrato | Cantidad | Persona de contacto | |||||
Nombre | Año en | de | Plazo | ||||
del contrata | que se prestó el | personal asignado | de Contrat | Teléfono | Brevedes cripción | ||
nte | servicio | al | ación | ||||
contrato | |||||||
En caso de no presentar el listado con los datos solicitados, o de constatarse datos erróneos o falsos, se podrá desestimar la oferta, independientemente de otras acciones que puedan realizar la Administración.
La Administración podrá no tener en cuenta las ofertas de aquellos oferentes que tengan antecedentes de incumplimientos con esta Administración en los últimos 3( tres) años.
ARTÍCULO 5º: FORMALIDADES DE LA PROPUESTA:
Las ofertas serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, estarán firmadas por el oferente o su representante y foliadas en el margen inferior.
El texto deberá ser impreso a través de cualquier medio idóneo, NO en forma manuscrita, y se agregará a la oferta una copia simple en papel, con excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía.
Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo no electrónico contra recibo, o por FAX al 00000000, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.
Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
ARTICULO 6º:FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El Oferente podrá redactar su propuesta de acuerdo con el siguiente texto:
"NN................................domiciliado a los efectos legales en la calle .....................
Nº.........,de esta ciudad, teléfono/fax ........., se compromete a realizar de acuerdo con el Pliego de Condiciones Particulares y las normas vigentes que he tenido a la vista, el servicio de exterminio de plagas a brindarse en el Mercado Modelo, Licitación Abreviada Nº 345484/1,por un precio mensual de $...............(pesos uruguayos. ).
"Declara conocer y aceptar en todas sus partes el Pliego Único de Bases y Condiciones, el presente Pliego Particular de Condiciones, demás documentos que rigen para esta licitación y desde ya se compromete en caso de litigio o cualquier otra cuestión o conflicto que no pueda ser dilucidado de acuerdo con las cláusulas de los documentos mencionados, a someterse a las leyes y Tribunales de la República, con exclusión de otro recurso"
Firma ..................................
Aclaración...............................
Céd. Identidad......................
ARTICULO 7º: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA:
Las ofertas serán mantenidas por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente al acto de apertura de ofertas.
ARTICULO 8º: PLAZO DE CONTRATACIÓN.
Los servicios serán contratados por el plazo de un (1) año contado a partir de la notificación de la resolución de adjudicación o a partir de la fecha que indique la IM.
ARTÍCULO 9°.- INTERRUPCIÓN DE ACTIVIDADES.
En caso de interrupción de actividades por cualquier causa ajena a la voluntad de la IM la misma se reserva el derecho de suspender el servicio contratado hasta que desaparezcan las causas, sin que esto dé derecho al contratista a compensación o indemnización alguna, abonándose solamente el servicio contratado y cumplido.
En caso de inasistencias del personal contratado se harán los descuentos del pago mensual en forma proporcional al número de operarios ausentes o al tiempo de ausencia, de acuerdo a lo establecido en el art. 13 del presente pliego.
ARTÍCULO 10º - CONTROLES DE LA TAREA Y EL CONTRATO.
La Comisión Administradora xxx Xxxxxxx Modelo o en quien ésta delegue, serán los únicos interlocutores y referentes válidos, les corresponde la supervisión de la empresa adjudicataria (salvo resolución superior en contrario),siendo privativo de los mismos el control cualitativo y cuantitativo de: las tareas, documentación exigida, asistencia y permanencia del personal, materiales empleados, maquinaria utilizada y todo otro elemento que se considere necesario para el buen cumplimiento de lo acordado.
Será ésta Comisión Administradora o en quien ésta delegue,quien deberá rendir cuentas de dicho funcionamiento,así como del control de asistencia.-
ARTÍCULO 11º - VISITA DEL LUGAR.
Los oferentes deberán realizar una visita de todas las zonas de carácter obligatorio al local objeto de este llamado, sito en Cadiz nº 3280, la que deberá ser coordinada con el Jefe Coordinador de Infraestructura Xx. Xxxxx Xxxxxxx, al teléfono 00000000/71 o 000000000, de lunes a viernes, dentro del horario de 8 a 11 horas.-
Por dicha visita se les dará una constancia. El oferente adjuntará a su oferta fotocopia de dicha constancia.
De comprobarse que no fue realizada la visita la oferta podrá ser rechazada sin derecho a reclamación alguna.
ARTÍCULO 12º: PRECIO:
Se establecerá solamente en moneda nacional uruguaya, por mes, debiéndose formular la oferta por la totalidad de los trabajos a efectuarse, incluyendo el personal, el equipamiento necesario y todos los gastos y discriminando todo impuesto que corresponda. En caso que no se realice aclaración alguna se entenderá que dicho/s impuesto/s está/n incluidos en el precio establecido.
DESCUENTO PRONTO PAGO: La empresa podrá establecer el descuento pronto pago para el caso de cobrar dentro de los primeros diez (10) días calendario y entre los once
(11) y los veinte (20) días calendario de presentada cada factura en Contaduría General, lo que será evaluado en cada pago por el departamento de Recursos Financieros.
ARTÍCULO 13º: DESCUENTOS A APLICAR:
La Administración tomará el monto mensual cotizado del servicio (impuestos incluidos) y dividirá entre las horas a trabajar en el mes, para la determinación del valor hora/ hombre promedio, a los efectos de los descuentos que correspondan por faltas, llegadas tarde, etc.
ARTÍCULO 14º: AJUSTE PARAMÉTRICO.
El precio será reajustado en forma semestral(los primeros 6 meses no hay ajuste) mediante la aplicación de la siguiente fórmula paramétrica:
P = Po (0,8 J/,Jo + 0,2 V/Vo), donde:
P = valor actualizado
Po = valor a precios de licitación
J/Jo = índice de variación xxx Xxxxx* (Grupo 19,Subgrupo 99). V/Vo = índice del costo de vida (Instituto Nacional de Estadística). Jo = jornal vigente 10 días antes de la fecha de la licitación.
Vo = Indice del costo de vida vigente treinta días antes de la fecha de la licitación.
J = jornal vigente el último día del mes de realización de los trabajos que se liquidan.
V = vigente treinta días antes de la fecha en que se finalizó los trabajos que se liquidan.
En caso de no existir Laudo se regirá por la variación de la BPC (Base de Prestaciones y Contribuciones).
Cuando a la fecha de apertura, no haya sido homologado el incremento del jornal en los Consejos de Salarios, y por tanto, puedan derivar aumentos en forma retroactiva y con vigencia al momento cero de la licitación; se considerará este último valor a los efectos de definir el Jo.
ARTÍCULO 15º: EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN DE OFERTAS.
Antes de proceder a la evaluación detallada, la IM determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación.
De no ajustarse será rechazada, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los
documentos de la licitación, de acuerdo al criterio de menor precio ofertado, sin considerar descuentos pronto pago.
ARTÍCULO 16°: MEJORAMIENTO DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES
La IM podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del TOCAF, recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio.
ARTÍCULO 17º: FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La IM se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.
ARTÍCULO 18º: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO - NOTIFICACIÓN.
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Resolución de Adjudicación, previa intervención del TCR.
La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
a) Con la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario, la cual podrá ser enviada en forma válida por fax.
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la IM podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes. A estos efectos, y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado.
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
El adjudicatario queda obligado a presentarse en (Mercado Modelo ) dentro de los seis
(6) días hábiles siguientes al de la formalización del contrato y allí se le indicará el día a
partir del cual comenzará a prestar el servicio. La falta de cumplimiento de cualesquiera de estas obligaciones podrá dar mérito a que se revoque la adjudicación, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.
ARTÍCULO 19º: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
En caso de adjudicaciones por importes superiores al previsto por el articulo 64 del TOCAF, se deberá presentar garantía de fiel cumplimiento del contrato. El adjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para realizar el referido depósito. El mismo ascenderá al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 19 xxx Xxxxxx Único. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo del servicio y hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato.
Si se estableciere un plazo menor, la póliza deberá prever su renovación. En caso de no ser renovada por el adjudicatario, la fianza de cumplimiento será ejecutada por la IM, lo cual deberá estar establecido en la póliza como causal de ejecución
Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario o Concesionario deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta
(30) días calendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar a las sanciones previstas en el presente pliego.
La garantía no podrá ser devuelta hasta que ambas partes otorguen en documento apropiado que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación.
ARTICULO 20º: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
1) El adjudicatario está obligado a la ejecución de todos los trabajos establecidos en su propuesta, realizándolos en un todo de acuerdo con el pliego de condiciones, memoria descriptiva, detalles a entregarse en el transcurso de los trabajos y con las instrucciones verbales y/o escritas que personalmente se le indicarán al responsable de la empresa. La omisión o errores de cálculo en la presentación de la propuesta no le otorgará derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
2) Serán de cuenta del contratista todos los gastos originados por el pago de Sueldos y
Jornales con sus correspondientes cargas sociales los que deberán ser abonados al personal de acuerdo a lo establecido por Decreto ley 14.159 de fecha 21.02.1974, en la redacción dada por el artículo 719 de la ley 16.170.
3)Deberá proveer todos los materiales detallados en la memoria, así como herramientas, elementos de seguridad que estén autorizados a portar por parte de las dependencias, equipos de comunicación así como uniformes con identificación de la empresa y del operario, enseres personales, calzado acorde a las tareas, así como todo otro elemento necesario para el cumplimiento de las tareas de rutina o aquellas que se acuerden en forma específica.
4) Todo el personal que la empresa designe deberá:
a) Ser mayor de 18 años.
b) Tener carné de salud extendido por los Organismos incorporados al Sistema de Carné de Salud básico, debiendo mantenerse vigente mientras dure el vínculo entre la Administración y la empresa. Quien no posea este documento no podrá ingresar a trabajar.
c) Poseer un carnet de identificación, visible, sobre el uniforme, en el cual conste el nombre de la empresa, el nombre del empleado y su foto (de acuerdo a modelo que se entregará).
d) Estar inscripto en el Banco de Previsión Social.
e) Tener Seguros sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (ley 16.074).
f) Tener al día las planillas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
g) Poseer CEDULA DE IDENTIDAD VIGENTE.
h) Registrar su asistencia y permanencia mediante tarjeta de registro de asistencia u otro sistema de control que se imponga.
5) Informar las variaciones en el sueldo del personal afectado a los trabajos objeto de esta licitación durante vigencia del contrato.
6)La empresa adjudicataria deberá controlar que los operarios no realicen tareas en condiciones contrarias a las normas de seguridad laboral.
7) Controlar que el personal se encuentre en adecuadas condiciones de vestimenta y prolijidad, asimismo controlará que los trabajadores no salgan con bultos sin el respectivo control de la parte de vigilancia.
8) La Empresa deberá cumplir con todas las normas legales en materia de salarios, seguros, leyes sociales, impuestos, etc. Será obligación entregar al inicio de los trabajos y
mensualmente copia de los recibos de sueldos, planillas de inscripción del MTSS, aportes al BPS y constancia de Xxxxxxx contratados.
9) El adjudicatario se compromete a tomar las medidas necesarias para evitar daños a su personal, a terceros y a propiedades o bienes públicos o privados. De producirse daños, el adjudicatario será responsable de la reparación de los perjuicios que le sean imputables.
10) El contratista deberá reponer o indemnizar las faltas, roturas, deterioros o desperfectos causados en ocasión del desempeño de su actividad. Indemnizará por daños causados a funcionarios municipales o a terceros, cuando se constate responsabilidad de sus operarios por omisión o negligencia o trato inadecuado de los equipos y materiales.
11) Se prohíbe el uso de publicidad ajena a la empresa en la vestimenta y en los equipos.
12) El adjudicatario contratará todos los seguros obligatorios previstos por la reglamentación vigente, debiendo incluir como mínimo el seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y los seguros contra daños a terceros. Los seguros deberán ser contratados en una institución habilitada por la Superintendencia de Empresas Aseguradoras del Banco Central del Uruguay.
Obligaciones especiales:
a) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de actividad laboral correspondiente (convenio colectivo suscrito vigente) en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. Asimismo deberá cumplir la normativa vigente en materia de protección de los trabajadores en el ejercicio de la libertad sindical. En caso que no existieran laudos o convenios colectivos vigentes para la rama de actividad laboral, la Empresa adjudicataria quedará obligada a pagar por lo menos el salario mínimo nacional.
La IM, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.
En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar de modo fehaciente que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del
contrato, la IM se reserva el derecho de rescindirlo en forma unilateral sin derecho a reclamación alguna, por responsabilidad imputada al adjudicatario.
La IM exigirá a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza del seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados.
En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de M. tiene la potestad de retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.
El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.
b) Ley 18.099 en concordancia con ley 18.251- La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado.
La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la X.xx M. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, daños y perjuicios ocasionados a terceros.
Los antes referidos gastos serán reembolsados a la IM ajustados por el Indice de Precios al Consumo.
ARTÍCULO 21º: FORMA DE PAGO.
Facturación:
El pago se efectuará mensualmente de acuerdo con el monto establecido en su oferta, debiendo el adjudicatario presentar la factura correspondiente en las oficinas de Contaduría General.
El pago de cada factura se realizará dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación en la Contaduría General.
La IM podrá realizar el pago con cheques de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.
En caso que el pago en moneda nacional se realice pasados los treinta (30) días calendario, contados desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés para empresas grandes y medianas, moneda nacional no reajustable, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo.
La factura por el ajuste de precios, si correspondiera, se presentará por separado de la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido.
Liquidación y Pago:
El pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por proveedores de bienes y servicios cumplidos, se realizará por transferencia a cuentas en la institución de intermediación financiera autorizada por el BCU, elegida por el proveedor o acreedor.
A tales efectos los proveedores deberán, suscribir el “Contrato de Adhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la IM”, ambos documentos incluidos en el instructivo de inscripción en el XXXX .-
En caso de no haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior, el pago será retenido no siendo responsabilidad de la IM la demora que dicho atraso ocasione.- Respecto a losRequisitos para presentación de facturas el adjudicatario deberá consultar en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx.
ARTÍCULO 22º - RESPONSABILIDAD – SEGUROS.
La falta de cualquier objeto, rotura, daño, desperfectos en el material, equipos, bienes, o deterioro que se produzca en el lugar, y que de acuerdo a las investigaciones surjan cómo descuido del personal de la empresa, serán de cuenta del contratista e indemnizará a la Intendencia de Montevideo en un plazo no mayor a los 5 (cinco) días hábiles de haberse constatado el mismo.
El adjudicatario será en todo momento el único responsable y protegerá a la Intendencia de Montevideo frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del Contrato por el adjudicatario y su respectivo personal.
El adjudicatario deberá contratar todos los seguros obligatorios previstos por las leyes y reglamentaciones vigentes, incluyéndose los seguros contra daños a terceros y contra accidentes de trabajo.
Los seguros deberán ser contratados en una institución habilitada por la Superintendencia
de Empresas Aseguradoras del Banco Central del Uruguay.
ARTÍCULO 23º: XXXX.
La xxxx en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Contratista, se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos cualquiera sea la modalidad y carácter de los mismos, o por el hecho de hacer algo contrario a lo estipulado o no hacer lo debido, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
ARTÍCULO 24º: RESCISIÓN Y SANCIONES.
La falta de cumplimiento parcial o total de cualesquiera de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, habilitará a la IM a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.
La rescisión por incumplimiento del Contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 25º: INCUMPLIMIENTOS:
Cuando el contratista incurriera en incumplimientos parciales o totales a lo dispuesto en el presente pliego particular de Condiciones, así como en cualquier otro aspecto que a juicio del Área de Infraestructura xxx Xxxxxxx Modelo ,esté perjudicando a la Administración Municipal, este podrá aplicar las siguientes sanciones:
- Primer incumplimiento al P.P.C- Observación.
- Segundo incumplimiento: descuento de hasta el 2% (dos por ciento) del monto de la facturación mensual.
- Tercer incumplimiento: descuento de hasta el 6% (seis por ciento) del monto de la facturación mensual.
- Cuarto incumplimiento: descuento de hasta el 10% (diez por ciento) del monto de la facturación mensual.
–Quinto incumplimiento: Suspensión y/o revocación de la adjudicación .
– Estos incumplimientos se acumularán durante todo el período del contrato.
En todos los casos el descuento de la facturación mensual incluirá el ajuste paramétrico que correspondiere y se hará efectivo de la facturación correspondiente al mes en que se produjo la omisión sancionada.
Sin perjuicio de lo anterior , la omisión del adjudicatario en el cumplimiento del contrato sin causa debidamente justificada habilitará a la ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato , en caso de haber correspondido el depósito de la misma, así como las sanciones genéricas establecidas en el art.anterior.
ARTÍCULO 26º: MULTAS
Si por causas imputables al contratista, no se cumpliera con el trabajo en la forma solicitada, se le podrá aplicar una multa de entre 4 U.R. (cuatro unidades reajustables) y
30 U.R. (treinta unidades reajustables) por cada incumplimiento según la gravedad, asimismo se le aplicará una multa equivalente al monto de 4 U.R. (cuatro unidades reajustables) por día calendario, hasta la realización del servicio contratado.
ARTÍCULO 27º - SUSPENSIÓN DEL PAGO
Cuando la I.M. constate que la empresa adjudicataria no cumple con el servicio ofrecido en las condiciones que se tuvieron en cuenta para la adjudicación, podrá suspender el pago hasta que se regularice el servicio, sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 28º: CESIÓN DEL CONTRATO.
El adjudicatario no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el consentimiento expreso por escrito de la IM, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.
ARTÍCULO 29º: CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL O CERTIFICADO ÚNICO DE PROVEEDOR.
La IM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, tener al día el Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la IM.
Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, piso 1 ½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
ARTÍCULO 30º: CONSULTAS Y SOLICITUD DE PRÓRROGA
Los interesados en participar podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta tres (3) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de
ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio,de Lunes a Viernes en el horario de 10:15 a 15:30 horas, por e-mail a xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx o vía FAX 0000 0000.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas al proveedor que hizo la consulta, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx entrar en Empresas - Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación) y en el sito web de Compras Estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los interesados, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.
ARTÍCULO 31º: REGISTRO DE PROVEEDORES.
Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM para poder presentarse a la licitación. Si ya estuvieran inscritos en el XXXX, en estado “Activo”, se migran al Registro de la Intendencia, con solo mencionar dicha situación en la oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia. De no hallarse registrados en ninguno de los dos Registros al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio.
Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el XXXX (Registro Único de Proveedores Estatales).
Una vez en estado “ACTIVO” en XXXX quedarán en condiciones de ser migrados en el Registro de Proveedores de la I.M..
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5(cinco) días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia de
Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX.
De lo contrario podrá consultar via mail o personalmente en el Servicio de Compras- Atención a Proveedores, Xxxxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxx, e-mail: xxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
ARTÍCULO 32°: RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IM, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales.
ANEXO 1 (MEMORIA DESCRIPTIVA)
MERCADO MODELO
CONTROL DE ROEDORES
ÁREA :Zonas circundantes al edificio xxx Xxxxxxx Modelo y dentro del mismo, de acuerdo al mapa a entregar en la visita).
FRECUENCIA : Se solicita un mínimo de una visita semanal en horario vespertino para las tareas de control y mantenimiento de estaciones de control.
La visita tendrá una duración mínima de 2 (dos) horas, en la cual deben asistir 2 (dos) operarios.
Dos visitas al mes, en horario matutino para tareas de monitoreo, capacitación y comunicación en lo referente a gestión de plagas.
Dichas visitas serán coordinadas con el Encargado de Medio Ambiente de turno y tendrán una duración de 40min a 1 hora, realizada por un técnico de la empresa.
DETALLE DEL SERVICIO :
- INSPECCIÓN Y BÚSQUEDA CONSTANTE DE NUEVOS FOCOS.
-COLOCACIÓN DE ESTACIONES DE CONTROL CON CEBOS ANTICOAGULANTES.
-COLOCACIÓN DE TRAMPAS DE PEGAMENTO PARA MONITOREO, CONTROL Y CAPTURA.
-ESTACIONES PERFECTAMENTE IDENTIFICADAS, PRECINTADAS, NUMERADAS Y UBICADAS POR PLANO.
-UTILIZACIÓN DE DISTINTAS FORMULACIONES SEGÚN EL ÁREA A TRATAR.
-UTILIZACIÓN DE PRODUCTOS HABILITADOS Y REGISTRADOS EN LOS ORGANISMOS COMPETENTES.
-CONTAR CON RESPUESTA INMEDIATA ANTE LA NECESIDAD DE SOLUCIONAR PROBLEMAS DE CUALQUIER OTRO TIPO DE PLAGAS (ABEJAS, ARAÑAS, CUCARACHAS, ETC.)
-JUNTO CON EL MERCADO MODELO, GESTIONAR LA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN EN LO REFERENTE A LA GESTIÓN DE PLAGAS PARA CON LOS OPERADORES Y USUARIOS XXX XXXXXXX.