Definición de Adicionales de Obra

Adicionales de Obra son aquellos trabajos que resulten necesarias de implementar durante la ejecución de las Obras del Periodo Inicial y Periodo Remanente, y supongan un aumento o disminución de los metrados en relación a las contempladas en el Proyecto Referencial.
Adicionales de Obra son aquellos trabajos adicionales, debidamente aprobados por el CONCEDENTE, que generan mayores metrados y/o costos de las Obras en relación a lo contemplado en el EDI aprobado correspondiente.
Adicionales de Obra. Aquella no considerada en el expediente técnico de obra, ni en el contrato original, cuya realización resulta indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal y que da lugar a un presupuesto adicional. • Sólo procede la ampliación de plazo, cuando se requiera un plazo adicional para ejecutar el adicional.

Examples of Adicionales de Obra in a sentence

  • Para la ejecución de los Adicionales de Obra, se requerirá la opinión favorable del OSITRAN, el que recibirá la posición de las Partes.

  • Asimismo, se tendrá en cuenta la Directiva N° 012–2000–CG/OATJ–PRO, “Autorización previa a la ejecución y pago de Presupuestos Adicionales de Obra Pública”, aprobado por Resolución Contraloría N° 036–2000–CG, publicada el 16 xx xxxxx del 2001.

  • En caso el CONCESIONARIO sea quien solicite la ejecución de los Adicionales de Obra, los montos que excedan límite referido en el párrafo anterior serán asumidos por el CONCESIONARIO.

  • Los Adicionales de Obra no podrán superar el cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato original.

  • Dichas Obras, Obras Nuevas y los Adicionales de Obra deberán ser ejecutadas de manera que se garantice la prestación de los Servicios Aeroportuarios en forma ininterrumpida en la medida de lo posible, tal y como se prestan habitualmente en los Aeropuertos.

  • El CONCESIONARIO presentará al CONCEDENTE y al OSITRAN una solicitud de ejecución de Adicionales de Obra, donde se sustente técnicamente la necesidad de realizar dichos trabajos.

  • Obtenida la aprobación por parte del CONCEDENTE con la opinión de OSITRAN, el CONCESIONARIO podrá ejecutar los Adicionales de Obra.

  • Los insumos y las partidas que son indispensables para la ejecución del EDI para las Obras Obligatorias serán considerados como Adicionales de Obra, las mismas que no deberán exceder el treinta por ciento (30%).

  • Los Informes de Avance de Hito deben contener el detalle de las Obras ejecutadas, con el respectivo sustento del cumplimiento de las especificaciones técnicas del EDI aprobado, y el costo de las mismas incluyendo los intangibles y/u otros costos derivados del Instrumento de Gestión Ambiental aprobado por la DGASA, distinguiendo los Adicionales de Obra, de corresponder.

  • Para el caso de las Obras Obligatorias, los ajustes obtenidos por los Adicionales de Obra que originen incrementos en el PPO durante la ejecución de las Obras, sumado a las variaciones resultantes en la elaboración del EDI, para las Obras Obligatorias descritas en el Numeral 8.2.3.2, no deberán exceder el límite establecido en las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) para las modificaciones no sustanciales para un proyecto i de inversión pública, conforme a lo indicado en dicho Numeral.


More Definitions of Adicionales de Obra

Adicionales de Obra. Son trabajos u obras que no estaban previstas al momento de consolidarse el Proyecto Ejecutivo de Obra; que se hacen necesarios para cumplir con un objetivo más amplio que el originalmente previsto, o para cumplir con los requisitos de la Comisión de Patrimonio Cultural de la Nación (CPCN), la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA), entre otros. Todo adicional deberá contar con la aprobación del Comitente Público previa a su ejecución

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  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Indicador de desempeño Programa de capacitación elaborado e implementado. Registro de asistencia del personal en base a la nómina vigente. Plazo: mes 11

  • Tercero significa cualquier persona o entidad, excepto el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Terceros Cualquier persona física o jurídica distinta de:

  • Instrucciones Favor de calificar los supuestos planteados en esta encuesta con una “X”, según considere.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Licitación Pública Nacional Es toda Licitación Pública que va dirigida a los suplidores nacionales o extranjeros domiciliados legalmente en el país. Monto del Contrato: El importe señalado en el Contrato.

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la primera parte de este Contrato.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Unidad Independiente Apartamento o casa de vivienda, local u oficina independiente con acceso a la vía pública o a las zonas comunes de la unidad inmobiliaria.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores Fracción Arancelaria TIGIE Descripción a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW.