Definición de Contrato de Construcción

Contrato de Construcción. Es el contrato que celebrará el Concesionario con un Contratista para la ejecución de las Intervenciones.
Contrato de Construcción es el contrato que será celebrado entre el CONCESIONARIO y un constructor, el mismo que deberá cumplir como mínimo con los requisitos de precalificación del constructor establecidos en las Bases, para que este último se haga cargo, por cuenta del CONCESIONARIO, del diseño y la ejecución de las Obras. La celebración del Contrato de Construcción no limitará las responsabilidades del CONCESIONARIO.
Contrato de Construcción. Documento en el que se establecen las obligaciones entre el comitente y el contratista y a cuyo cumplimiento las partes pueden ser compelidas. Contratos separados: Sistema de contratación mediante el cual dos o más contratistas concurren a la ejecución de una obra, cada uno de los cuales mantiene un vínculo jurídico de relación directa y bilateral con el comitente.

Examples of Contrato de Construcción in a sentence

  • Una vez que haya caducado la Concesión, los Bienes de la Concesión revertirán a favor del Concedente, y cualquier Contrato de Construcción, de Operación y los sub-contratos que pudieran haber sido celebrados para la explotación del Proyecto, también caducarán de pleno derecho.

  • El Concesionario y/o el Constructor declaran que han realizado las gestiones administrativas ante las Autoridades Gubernamentales competentes para ejercer los derechos de propiedad a fin de obtener las licencia de uso, patente, marca, nombre comercial, derecho de autor, tecnología, know-how y procesos necesarios para el cumplimiento del presente Contrato, del Contrato de Construcción y de la Operación del Proyecto.

  • A las firmas designadas como "Primer Suplente de Adjudicación" y "Segundo Suplente de Adjudicación", se les retendrá la garantía de oferta por el tiempo que dure la legalización del Contrato de Construcción junto con la de la empresa ganadora.

  • Emitir opinión fundamentada sobre las Modificaciones u Órdenes de Cambio al Contrato de Construcción de Obras de Mantenimiento Periódico y Rutinario de la Red Vial Pavimentada y sugerir las que fueren pertinentes previendo cualquier cambio que pudiese ocurrir en el desarrollo físico del proyecto, incluyendo su fundamento técnico y su incidencia en el presupuesto.

  • La Administración del Contrato de Construcción y Actividades Generales en la Ejecución de la Consultoría.


More Definitions of Contrato de Construcción

Contrato de Construcción. Es el contrato o los contratos que celebrará el Contratista con uno o varios Subcontratistas para la ejecución de las Obras de Construcción.
Contrato de Construcción significa cualquier contrato celebrado, o que se celebrará, entre EPCM y el Contratista de Construcción para las Obras de Construcción; [...]
Contrato de Construcción significa el o los contratos para la construcción de los Sistemas de Distribución de Gas por Redes o Relativos a esa construcción.
Contrato de Construcción. Es el(los) contrato(s) que celebrará el Concesionario con el(los) Contratista(s) de Construcción para la ejecución de las Intervenciones. No podrá existir de manera simultánea más de un (1) Contrato de Construcción por Unidad Funcional.
Contrato de Construcción significará el contrato suscrito entre el Concesionario y el Constructor, en caso éste no sea el Concesionario, para la Construcción de las Obras. Dicho Contrato debe establecer, entre otras, la obligación del Constructor de realizar las Obras de acuerdo con las reglas del arte, actualizadas a la fecha más reciente, así como la responsabilidad de éste frente al Concesionario por la correcta y oportuna ejecución de las mismas.
Contrato de Construcción significa aquel contrato básico de construcción que la Fiduciaria, en representación del Fideicomiso, suscriba con una o más empresas Constructoras, de acuerdo a las reglas del arte y de conformidad con el Proyecto, de la totalidad de los trabajos necesarios para el Emprendimiento (incluyendo todos los materiales y mano de obra).
Contrato de Construcción. Es el contrato a celebrarse entre EL REQUIRENTE y el CONTRATISTA para realizar la OBRA.