Definición de Contrato eventual

Contrato eventual. Por circunstancias xxx xxxxxxx, exceso de pedidos o acumulación de tareas o urgencias. La duración de esta modalidad de contratación no podrá superar los 12 meses dentro del periodo de 18 meses.
Contrato eventual. Son trabajadores eventuales aquellos contratados para atender las exigencias circunstanciales xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o pedidos aún tratándose de la actividad normal de la Empresa, siempre que así conste por escrito.
Contrato eventual. Es el que se concierta para atender necesidades circunstanciales de las empresas del sector que, aun tratándose de la actividad normal de aquellas, no hallen encaje en el resto de los contratos consignados en este capítulo. A título enunciativo, podrán formalizarse tales contratos cuando, por necesidades organizativas de carácter estacional, las empresas no puedan cubrir los servicios contratados con personal fijo o no sea válido el recurso al contrato de interinidad o para obra o servicio determinado y, en general, cuando se contraten trabajos que, por su propia naturaleza, sean temporales. La duración de estos contratos no superará los doce meses en un período de dieciocho meses, debiendo expresarse en los mismos la causa determinante de la duración. Los trabajadores eventuales cuyo contrato agote este máximo de duración previsto, y permanezcan en la empresa, se convertirán en trabajadores contratados por tiempo indefinido. De no ser así, tendrán derecho a percibir una indemnización de fin de contrato equivalente a doce xxxx xx xxxxxxx. En este último caso no podrá contratarse a otro trabajador, con carácter eventual, para ocupar el mismo puesto hasta transcurridos un mínimo de tres meses ininterrumpidos a contar desde el momento de la finalización del contrato. Los contratos eventuales que se transformen en indefinidos antes del vencimiento del período máximo de doce meses pactado, desplazarán el inicio del cómputo del primer trienio de antigüedad a la fecha en la que se haya producido dicha transformación.

Examples of Contrato eventual in a sentence

  • Contrato eventual por circunstancias de la producción Los contratos de duración determinada por circunstancias de la producción, cuando la cau- sa sea imprevisible, podrán tener una duración máxima de un año.

  • El Contrato eventual por Circunstancias de la Producción, podrá tener una duración máxima de 12 meses dentro de un período de 18.


More Definitions of Contrato eventual

Contrato eventual. Es el que se realiza para atenciones de duración limitada, extinguiéndose la relación laboral cuando cese la causa que motivó su admisión y su duración será de un máximo de 12 meses en un período de 18. El contrato necesariamente se formalizará por escrito y triplicado y finalizará por el mero transcurso del término del mismo.
Contrato eventual. Se estará al art. 15 del Estatuto de los Trabajadores o a la norma que lo sustituya o complemente. La duración máxima de esta modalidad de contratación será de doce meses en un período de dieciocho meses. En caso de que se concierte por un período menor a la duración máxima, sólo ca- brá una prórroga. Atendiendo a la naturaleza del sector, y ante la imposibilidad de predeterminar el carácter estacio- nal o excepcional que habilita la contratación de trabajadores eventuales, se acuerda que la mención a este artículo del Convenio otorgue plena validez y eficacia al uso de esta modalidad contractual.
Contrato eventual. Es el que se concierte para atender las circunstancias xxx xxxxxxx: acumulación de tareas, excesos de pedidos, contemplado en el artículo 15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores. En desarrollo de lo dispuesto en el art. 15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores, la Dirección de la Empresa podrá acogerse a esta modalidad de contratación con la duración y término que prevean, en su caso, los distintos convenios colectivos sectoriales del mismo Se podrá utilizar esta modalidad de contratación cuando se contrate al trabajador para atender exigencias circunstanciales xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. Todo ello, en atención a las especiales necesidades y características del sector que conllevan períodos en los que se acumulan las tareas y/o se producen excesos en la producción motivada por campañas publicitarias desarrolladas en determinadas fechas y que provocan un aumento considerable de las primeras visitas y, como consecuencia, de tratamientos odontológicos.
Contrato eventual. Contrato eventual por circunstancias de la producción es aquel contrato concertado para atender las exigencias circunstanciales xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.
Contrato eventual. El contrato eventual por circunstancias de la producción no podrá suscribirse con objeto de atender tareas o trabajos estacionales, intermitentes o cíclicos, debiéndose utilizar en estos casos el contrato indefinido de fijos-discontinuos. Los contratos de duración determinada por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos recogidos en el artículo 15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores, podrán tener una duración de 9 meses dentro de un periodo de 12 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Los contratos eventuales o de duración determinada tendrán a su término una indemnización de 10 días por año de servicio.
Contrato eventual. Es el que se concierte para atender las circunstancias xxx xxxxxxx: acumulación de tareas, excesos de pedidos, contemplado en el artículo 15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores. En desarrollo de lo dispuesto en el art. 15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores, la Dirección de la Empresa podrá acogerse a esta modalidad de contratación con la duración y término que prevean, en su caso, los distintos convenios colectivos sectoriales del mismo ámbito territorial que el presente para la actividad del sector. Si se suscribe por un período inferior a la duración máxima permitida podrá el contrato eventual prorrogarse sin que la duración total supere la duración máxima. Se podrá utilizar esta modalidad de contratación cuando se contrate al trabajador para atender exigencias circunstanciales xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de 10 pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. Todo ello, en atención a las especiales necesidades y características del sector que conllevan períodos en los que se acumulan las tareas y/o se producen excesos en la producción motivada por campañas publicitarias desarrolladas en determinadas fechas y que provocan un aumento considerable de las primeras visitas y, como consecuencia, de tratamientos odontológicos. A la finalización del contrato por expiración del plazo acordado, haya alcanzado o no la duración máxima prevista en este artículo, el trabajador tendrá derecho a percibir la compensación económica establecida en cada momento por la legislación vigente o, a elección de la empresa, transformar dicho contrato en indefinido. Contrato en prácticas: No será inferior a doce meses, prorrogables en períodos de seis meses hasta el máximo del límite legal. La retribución para este contrato será, como mínimo, del 90% para el primer año y el 100% para el segundo, del grupo profesional para el que se contrate por esta modalidad, sin que en ningún caso sea inferior al salario mínimo interprofesional. El personal contratado en prácticas no podrá superar el 5% de la plantilla. Contrato para la formación y el aprendizaje: No será inferior a doce meses, prorrogables, hasta dos veces, en períodos de seis meses hasta el máximo del límite legal. Las retribuciones para estos contratos serán del 90% para el primer año, y el 100% para los dos años siguientes, del grupo profesional para el que se contrate por esta modalidad, sin que en ningún caso sea inferior al salario mínimo interprofesional. El personal contratado para la for...
Contrato eventual. Este contrato ayuda a cubrir las exigencias del empleador para cubrir una plaza de empleo por un cierto tiempo ya sea por vacaciones, licencia por enfermedad, maternidad o incremento de trabajo en la organización, así mismo su contratación no excederá de 180 días en un año. Contrato ocasional: Este contrato se da para satisfacer las necesidades de la organización sabiendo que no goza de una estabilidad laboral y se puede dar por terminado en cualquier momento, para Xxxxxx y Xxxxxxx (2014) es una forma de contratación muy común en Ecuador para evitar beneficios que por derecho se establecen a favor del trabajador en las normas laborales