Definición de Deuda Garantizada

Deuda Garantizada significa deuda contraída por el Vendedor, en cualquier momento durante la vigencia del presente Contrato, a efectos de financiar sus obligaciones bajo el presente Contrato, incluyendo deuda en concepto de obligaciones de pago de principal, intereses compensatorios y moratorios, comisiones de estructuración, de disponibilidad, de prepago o de cualquier otra naturaleza, pagos de "make-whole" o similares, indemnizaciones, pagos de rompimiento o de cualquier otra naturaleza bajo contratos de derivados y pagos a agentes, fiduciarios, asesores y consultores.
Deuda Garantizada. Consiste en el endeudamiento por concepto de operaciones de financiamiento, emisión de valores y/o préstamos de dinero otorgado por cualquier Acreedor Permitido bajo cualquier modalidad, cuyos fondos serán destinados al cumplimiento del objeto del Contrato, incluyendo los derivados financieros relacionados con el endeudamiento, cualquier renovación o refinanciamiento de tal endeudamiento que se garantice; cuyos términos financieros principales, incluyendo los montos del principal, tasa o tasas de interés, disposiciones sobre amortización u otros términos similares, hayan sido informados por escrito al Concedente. Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas. Salvo disposición expresa en sentido contrario contenida en el Contrato, las referencias a “Días” deberán entenderse efectuadas a los días que no sean xxxxxx, xxxxxxx o feriado no laborable en el Perú. Todas las referencias horarias se deberán entender efectuadas a la hora del Perú.
Deuda Garantizada. Consiste en el endeudamiento por concepto de operaciones de financiamiento, emisión de valores y/o préstamos de dinero otorgado por cualquier Acreedor Permitido bajo cualquier modalidad, cuyos fondos serán destinados al cumplimiento del objeto del Contrato, incluyendo los derivados financieros relacionados con el endeudamiento, cualquier renovación o refinanciamiento de tal endeudamiento que se garantice; cuyos términos financieros principales, incluyendo los montos del principal, tasa o tasas de interés, disposiciones sobre amortización u otros términos similares, hayan sido informados por escrito al Concedente.

Examples of Deuda Garantizada in a sentence

  • En uno y otro caso, la decisión que tome el Concedente no generará responsabilidad alguna de éste respecto a los acreedores de Deuda Garantizada que solicitaron la sustitución, de los demás acreedores de Deuda Garantizada, de la Sociedad Concesionaria y del Operador Estratégico Precalificado de Transporte.

  • Luego de verificar que la(s) Persona(s) designada(s) por los acreedores de Deuda Garantizada para asumir la posición del Operador Estratégico Precalificado de la Sociedad Concesionaria reúne(n) los requisitos financieros, técnicos y legales para la precalificación de oferentes establecidos en las Bases, y de no mediar consideraciones de seguridad nacional, el Concedente ejercerá su potestad de aprobar o desaprobar, siempre que ello sea razonable, dicha solicitud.

  • La decisión que tome el Concedente no generará responsabilidad alguna de éste respecto a los acreedores de Deuda Garantizada que solicitaron la aprobación para la transferencia de las acciones.

  • Los accionistas o socios de la Sociedad Concesionaria podrán dar en prenda sus acciones o participaciones sociales para garantizar el pago de la Deuda Garantizada.

  • La ejecución de las garantías destinadas a asegurar el pago de la Deuda Garantizada, se sujetará al procedimiento acordado entre la Sociedad Concesionaria y los acreedores de Deuda Garantizada.

  • Si el Concedente no da respuesta a la solicitud presentada por los acreedores de Deuda Garantizada dentro del referido plazo, la misma se entenderá aprobada por el concedente.

  • Si los acreedores de Deuda Garantizada, mediante el Representante, solicitan al Concedente su aprobación para transferir las acciones de la Sociedad Concesionaria a otra(s) Persona(s), el Concedente evaluará en un plazo de sesenta (60) días la solicitud presentada.

  • El derecho que tienen los acreedores con Deuda Garantizada de sustituir a la Sociedad Concesionaria no podrá ser ejercido si el Concedente, previamente a la presentación de la solicitud de sustitución, ha dado inicio al procedimiento de declaración de Caducidad de la Concesión a que se refiere la Cláusula 21.1.e, entendiéndose que se ha dado inicio a dicho procedimiento el día en que la Sociedad Concesionaria recibe la notificación a que se refiere en inciso "a" del Artículo 52° del Reglamento.

  • Los accionistas o socios de la Sociedad Concesionaria podrán dar en prenda sus acciones o participaciones sociales para garantizar la Deuda Garantizada.

  • El incumplimiento de las obligaciones que la Sociedad Concesionaria tenga frente a los acreedores de Deuda Garantizada, dará derecho a éstos a ejecutar las garantías que se hubieren constituido a su favor.


More Definitions of Deuda Garantizada

Deuda Garantizada. Es la deuda contraída por la Sociedad Operadora para ser destinada exclusivamente a: (i) la construcción y adquisición de bienes que constituyan Bienes del Proyecto; y, (ii) la explotación del Servicio, resultante de un préstamo de dinero o de un crédito de proveedor o por la emisión de valores mobiliarios (bonos, etc.), incluyendo sus intereses, modificaciones y refinanciamientos, garantizada de conformidad con la Cláusula 23 y cuyos términos financieros, incluyendo tasas de interés, reajuste de capital, condiciones de pago y otros términos contractuales, deberán ser informados por la Sociedad Operadora al Administrador del Contrato con copia al Ministerio de Energía y Minas. Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas. Salvo disposición expresa en sentido contrario contenida en el Contrato, las referencias a “Días” deberán entenderse efectuadas a los días que no sean xxxxxx, xxxxxxx o feriado no laborable en la ciudad de Lima. También se entiende como feriados no laborables, los días en que los bancos en la ciudad de Lima no se encuentren obligados a atender al público por disposición de la Autoridad Gubernamental. Todas las referencias horarias se deberán entender efectuadas a la hora del Perú.
Deuda Garantizada. Es la deuda resultante de una operación de financiamiento, de un mutuo de dinero, de la emisión de valores mobiliarios, de un crédito de proveedor, o de cualquier otra obligación o modalidad crediticia, incluyendo el principal, los intereses, comisiones y demás gastos que resulten aplicables, así como las revisiones, renovaciones o refinanciamientos de dichas deudas, que han sido garantizadas con cualquiera de las garantías mencionadas en la Cláusula Sexta, y cuyos términos financieros incluyendo tasa o tasas de interés, reajuste de capital, condiciones de pago y otros términos contractuales, sean usuales para operaciones bajo condiciones similares en el mercado nacional o internacional, según sea el caso. Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas. Salvo disposición expresa en sentido contrario contenida en el Contrato, las referencias a “Días” deberán entenderse efectuadas a los días que no sean xxxxxx, xxxxxxx o feriado no laborable en la ciudad de Lima o en provincias en la medida en que en este último caso se afecte el cumplimiento de una obligación. También se entiende como feriados no laborables, los días en que los bancos en la ciudad de Lima no se encuentren obligados a atender al público por disposición de la Autoridad Gubernamental. Todas las referencias horarias se deberán entender efectuadas a la hora del Perú.
Deuda Garantizada significa los Bonos y cualquier Deuda futura que incurra o contrate el Emisor y que, de conformidad con los Documentos de la Deuda, pueda ser garantizada por los Bienes Fiduciarios, según lo certifique el Fideicomitente Emisor en un Certificado de Deuda Garantizada.

Related to Deuda Garantizada

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Fideicomiso significa el contrato de fideicomiso maestro, irrevocable, de administración y fuente de pago, de fecha [●] de [●] de [●], celebrado entre el Estado, en calidad de fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar, y [●] como fiduciario, para que sirva como fuente de pago de los financiamientos o créditos, las garantías de pago oportuno y/o los instrumentos de intercambio de flujos que celebre, en su caso, el Estado, según el mismo sea modificado, de tiempo en tiempo, e inclusive reexpresado en su totalidad.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Objeto Es objeto de la concesión que el Concesionario se encargue de las siguientes obligaciones: a) construcción de las Obras Nuevas que corresponden a la Tercera Etapa del proyecto Chavimochic; b) operación y mantenimiento de las Obras Nuevas y de las Obras Existentes; y c) prestación del servicio de suministro de agua a los usuarios del proyecto. Tales obligaciones se ejecutarán conforme a los lineamientos contenidos en los presentes Términos de Referencia, considerando para tal efecto la delimitación de dos Fases de realización paralela, cuya descripción se detalla a continuación: Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase conformadas por la Presa Palo Redondo y sus obras auxiliares, y del primer tramo del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape. Las inversiones en las obras de la Primera Fase se financian íntegramente con el Cofinanciamiento del Estado. En el Periodo de Operación, comprende las actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Primera Fase. Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Segunda Fase conformadas por: i) la Tercera línea xx xxxxx del Río Virú; ii) el tramo principal de las obras de la prolongación del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape; iii) el sistema de conducción lateral para el sector Urricape por debajo del Canal Madre; iv) la remodelación integral del sistema xx xxxxx del Canal Madre tramo Chao-Virú-Moche; y v) la instalación del sistema de control, medición y automatización con cobertura integral para toda la infraestructura hidráulica mayor del Proyecto Chavimochic. Las inversiones en las obras de la Segunda Fase serán financiadas íntegramente con el aporte del Concesionario. Actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Segunda Fase; Operación y mantenimiento de las Obras Mayores de Infraestructura Hidráulica, construidas como parte de la Primera y Segunda Etapa del proyecto; con excepción del sistema de conducción secundaria, conformado por los canales laterales del Proyecto, actualmente operados por las respectivas juntas de usuarios. Prestación del servicio de suministro de agua xx xxxxx desde el Canal Madre a los diferentes tipos de usuarios agrícolas del Proyecto, según se detalla en los presentes Términos de Referencia. Prestación del servicio de suministro de agua de uso poblacional a la planta de tratamiento de agua potable de propiedad del Proyecto Especial Chavimochic, para el abastecimiento de la ciudad xx Xxxxxxxx. Entrega de agua en bloque al Proyecto Especial Chavimochic para su distribución a través xx xxxxx comunes a las Juntas de Usuarios de los xxxxxx xx Xxxx, Virú, Moche y Chicama, de acuerdo con el volumen anual, puntos y régimen de entrega determinados por el Proyecto Especial Chavimochic en coordinación con la Autoridad Nacional del Agua, salvo la atención directa, a través xx xxxxx específicas, a usuarios individuales de estos xxxxxx desde el Canal Madre, en cuyos casos el Concesionario y tales usuarios suscribirán los contratos de servicio respectivos. Prestación del servicio de suministro de agua para fines de generación hidroeléctrica a las centrales hidroeléctricas: de Virú (en actual operación), de Cola del embalse Palo Redondo, y de Pie xx Xxxxx (cuando inicien su operación), considerando que este servicio, en todos los casos, estará subordinado al régimen de despacho de agua para fines poblacionales y xx xxxxx. El régimen de despacho de agua que se defina para cumplir con los compromisos aludidos considerará el siguiente orden de prelación: a) Cobertura de la demanda poblacional; b) Cobertura de la demanda de uso agrícola, c) Cobertura de las demandas de uso hidroeléctrico.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Solicitud Documento que comprende la voluntad del Contratante y Asegurado para adquirir un seguro y expresa la protección solicitada e información para la evaluación del riesgo. Este documento es indispensable para la emisión de la Póliza y deberá ser llenado y firmado por el Contratante y Asegurado.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Impuestos Significa cualquier forma o tipo de impuesto, carga, gravamen, tasa o arancel impuesto por cualquier autoridad gubernamental, nacional o extranjera, así como cualquier interés, recargos x xxxxx que se generen en relación con los mismos.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.