Definición de Obligaciones Garantizadas

Obligaciones Garantizadas significa el monto total en Pesos resultado de todas las sumas de principal e intereses ordinarios que deba pagar el Estado al Acreedor Garantizado, conforme a lo pactado en el Contrato de Crédito, ya sea en las fechas programadas para su pago o cuando éstas venzan en forma anticipada de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el Contrato de Crédito.
Obligaciones Garantizadas. Significa, conjuntamente (i) el cumplimiento puntual de cada una de las Operaciones xx Xxxxxxxx de Valores u otra que requiera ser garantizada, incluyendo el principal e intereses (ii) el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones, presentes y futuras que se contemplan en la Prenda Bursátil, y (iii) el pago de todas las comisiones, honorarios, costos y gastos a favor del Acreedor de la Garantía, Custodio y Administrador de la Garantía y/o el Ejecutor de la Prenda Bursátil.
Obligaciones Garantizadas significa las obligaciones mencionadas en la Sección 13.02 Garantía de cumplimiento y en la Sección 13.03 Garantía de pago, que están cubiertas por las Garantías de que trata la CLÁUSULA XIII:

Examples of Obligaciones Garantizadas in a sentence

  • El Emisor podrá solicitar al Fiduciario disminuir el flujo de fondos proveniente de los Deudores Cedidos de la Serie respectiva que debe ingresar a la Cuenta Recaudadora, en la medida que se compruebe por 2 (dos) trimestres consecutivos que el Margen de Garantía de la Serie respectiva se ha cumplido en, al menos, un 20% (veinte por ciento) por encima de los importes que deban ser pagados bajo las Obligaciones Garantizadas de la Serie respectiva.

  • Las Partes por el presenten extienden la Adenda al Contrato de Fideicomiso a fin de: (a) amparar las Obligaciones Garantizadas, (b) proceder, únicamente en los casos expresamente previstos, a la realización de los Créditos o aplicación de su Cobranza a la cancelación de todo adeudado en concepto de Gastos del Fideicomiso, y de las Obligaciones Garantizadas, y (c) afrontar los Gastos del Fideicomiso.

  • El contrato se extinguirá una vez canceladas las Obligaciones Garantizadas y sin perjuicio de la subsistencia de la cláusula de indemnidad.

  • El Emisor se obliga durante toda la vigencia de las Obligaciones Garantizadas a mantener abierta la Cuenta Recaudadora.

  • El Fideicomiso cesará ante la cancelación total de las Obligaciones Garantizadas y los Gastos del Fideicomiso e Impuestos del Fideicomiso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2.13, o ante la inexistencia de Bienes Fideicomitidos si ello fuera permanente.


More Definitions of Obligaciones Garantizadas

Obligaciones Garantizadas significa el monto total en Pesos resultado de todas las sumas de principal e intereses ordinarios que deba pagar el Estado al Acreedor Garantizado, conforme a lo pactado en el Contrato de Crédito, ya sea en las fechas programadas para su pago o cuando éstas venzan en forma anticipada de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el Contrato de Crédito, sin incluir importes por concepto de: (i) pagos anticipados voluntarios, ni primas y/o comisiones y/o penalizaciones que deriven de éstos; (ii) comisiones; (iii) intereses moratorios; (iv) retenciones de impuestos, o (v) cualesquiera otras cantidades distintas a las sumas de principal e intereses ordinarios pagaderas por el Estado de Sonora, que pudieran estar incluidas en el Contrato de Crédito.
Obligaciones Garantizadas tiene el significado establecido en la Cláusula 2 (a) de esta Garantía;
Obligaciones Garantizadas. Significa, conjuntamente (i) el cumplimiento puntual de cada una de las Operaciones xx Xxxxxxxx de Valores o de Crédito en efectivo, incluyendo el principal e intereses, (ii) el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones, presentes y futuras que se contemplan en el Capítulo de Prenda Bursátil, y (iii) el pago de todas las comisiones, honorarios, costos y gastos documentados pagados o incurridos por el Acreedor de la Garantía, y/o el Ejecutor, relacionados con los incisos (i) y (ii) anteriores.
Obligaciones Garantizadas. Significa todas y cada una de las obligaciones que (i) el Fiduciario deba cumplir conforme al Título de Certificados Bursátiles Fiduciarios, y/o (ii) la Fideicomitente deban cumplir conforme al Fideicomiso, al Fideicomiso de Garantía o conforme a cualquier otro de los Documentos de Emisión, y/o (iii) las Operadoras deban cumplir conforme al Fideicomiso o el Contrato de Enrolamiento correspondiente.
Obligaciones Garantizadas significa (a) las obligaciones asumidas por Sion bajo cada Contrato de Mutuo vigente, y/o (b) las obligaciones de pago bajo las ON de cada Serie en vigencia; y/o (c) las obligaciones asumidas bajo este Contrato.
Obligaciones Garantizadas significa (a) las obligaciones que se asuman por Xxxx bajo el Contrato de Mutuo, y/o (b) las obligaciones de pago bajo las ON III; y/o (c) las obligaciones asumidas bajo este Acuerdo de Ampliación y la Adenda al Contrato de Fideicomiso. “ON III” u “Obligaciones Negociables Serie III: significa las ON III-A y las ON III-B, en forma indistinta.
Obligaciones Garantizadas. Significa la totalidad de las sumas adeudadas por parte del Patrimonio Autónomo a los Tenedores de los Títulos por cualquier concepto, de conformidad con los términos establecidos en el Contrato xx Xxxxxxx y en el respectivo Aviso de Oferta Pública.