Aceptación contrato mediante firma o cualquier otro medio válido Cláusulas de Ejemplo

Aceptación contrato mediante firma o cualquier otro medio válido. CC/CE FECHA
Aceptación contrato mediante firma o cualquier otro medio válido. CC / CE FECHA / / NOMBRE DEL VENDEDOR CÓDIGO DEL VENDEDOR Consulte el régimen de protección de usuarios en xxx.xxxxx.xxx.xx
Aceptación contrato mediante firma o cualquier otro medio válido. FECHA Costo reconexión: $ ANEXO 1 AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, PARA PREVENIR Y CONTRARRESTAR LA EXPLOTACIÓN Y LA PORNOGRAFÍA INFANTIL. Las partes se comprometen de manera expresa y suscriben el presente documento en constancia, a dar cumplimiento a todas las disposiciones legales y reglamentarias sobre el adecuado uso de la red, y la prevención de acceso a páginas de contenido restringido, toda forma de explotación pornográfica, turismo sexual y demás formas de abuso de menores según lo previsto en la Ley 679 de 2001 y sus decretos reglamentarios. Así mismo se comprometen a implementar todas las medidas de tipo técnico que considere necesarias para prevenir dichas conductas.
Aceptación contrato mediante firma o cualquier otro medio válido. CC/CE FECHA Suspensión del contrato por No pago de 1 factura. El usuario pagará cargo de reconexión y los servicios que pueda usar durante la suspensión. Suspensión y terminación por: Vencimiento del plazo o de sus prorrogas; Incumplimiento de sus obligaciones, incluyendo el no pago de 2 facturas consecutivas; Fuerza mayor/caso fortuito; Uso inadecuado de la red o del servicio; Por prevención de fraude; No viabilidad técnica o económica para prestar el servicio; irregularidades en los documentos suministrados; o por evolución tecnológica. El usuario responde por los equipos entregados para prestación y operación del servicio y autoriza el cobro de su reposición por daño o pérdida. Deberá entregarlos a la terminación del contrato del modo establecido en la regulación, de no hacerlo pagará el valor comercial de los mismos. Las tarifas podrán incrementar por mes o año sin superar el 50% de la tarifa antes del incremento, más el Índice de Precios al Consumidor del año anterior. Podrán modificarse excediendo dicho límite, y el usuario podrá terminar el contrato en los 30 días siguientes. El interés xx xxxx es el máximo legal, se cobrarán los gastos de cobranza judicial y extrajudicial. Respondemos hasta por 3 cargos mensuales anteriores al daño. No respondemos por lucro cesante, daños indirectos, incidentales o consecuenciales. Este contrato presta mérito ejecutivo para hacer exigibles las obligaciones y prestaciones contenidas en él. * Espacio diligenciado por el usuario Valor total solicitud por escrito a través de nuestros Medios de Atención, acompañada de la aceptación por escrito de la persona a la que se hará la cesión. Dentro de los 15 días hábiles siguientes, analizaremos su solicitud y le daremos una respuesta. Si se acepta la cesión queda liberado de cualquier responsabilidad con nosotros. Consulte el régimen de protección de usuarios en xxx.xxxxx.xxx.xx El presente anexo forma parte de los Contratos Únicos de servicios fijos, de servicios móviles y de las Condiciones Generales del servicio móvil prepago, por lo que vinculan a los suscriptores y usuarios respecto de:
Aceptación contrato mediante firma o cualquier otro medio válido. CC/CE FECHA Consulte el régimen de protección de usuarios en xxx.xxxxx.xxx.xx COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP BIC NIT. 830.122.566-1 El presente anexo forma parte de los Contratos Únicos de servicios fijos, de servicios móviles y de las Condiciones Generales del servicio móvil prepago, por lo que vinculan a los suscriptores y usuarios respecto de:

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  • FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.-

  • Obligaciones del encargado del tratamiento El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a: A. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios. B. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones por escrito del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión Europea o de los Estados miembro, el encargado informará inmediatamente al responsable. C. Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga: 1. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos. 2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable. 3. En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas. 4. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a: a) La pseudonimización y el cifrado de datos personales b) La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico c) El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento. D. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación. Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembro que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10% del presupuesto del contrato. 2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o por imponer las penalidades descritas en los párrafos anteriores.

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.

  • DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE ANEXO VII

  • INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración.

  • GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.