Cambio climático Cláusulas de Ejemplo

Cambio climático. 1. Las Partes consideran que el cambio climático representa una amenaza existencial para la humanidad y reafirman su compromiso de fortalecer la respuesta mundial a dicha amenaza. Las Partes reafirman su compromiso de alcanzar los objetivos y metas de la CMNUCC y del Acuerdo de París. En consecuencia, cada Parte aplicará efectivamente la CMNUCC y el Acuerdo de París. 2. Las Partes aspiran a fortalecer la respuesta mundial al cambio climático y sus efectos. Las Partes mejorarán también la cooperación en materia de políticas para ayudar a mitigar el cambio climático y adaptarse a los efectos adversos del cambio climático, incluido el aumento del nivel del mar, y para situar sus economías, incluidos los flujos financieros, en la senda del desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de gases de efecto invernadero, de conformidad con el Acuerdo de París. 3. Los objetivos de la cooperación en el ámbito del cambio climático serán: a) mejorar la capacidad y las competencias para hacer frente a los retos del cambio climático, en función de las necesidades nacionales y respondiendo a ellas; b) mejorar el desarrollo de capacidades en la aplicación de las contribuciones determinadas a nivel nacional y los planes nacionales de adaptación y otras medidas de mitigación en ámbitos de interés mutuo para apoyar un crecimiento sostenible e hipocarbónico; c) promover la cooperación y el diálogo sobre la financiación de la lucha contra el cambio climático y sobre el desarrollo de mecanismos financieros para hacer frente al cambio climático, incluida la participación del sector privado; d) adaptarse a los efectos negativos del cambio climático, integrando también medidas de adaptación en las estrategias y planes de desarrollo de las Partes en todos los niveles; e) promover la cooperación en materia de actividades de investigación y desarrollo y tecnologías de mitigación y adaptación; f) promover la sensibilización, también para las poblaciones más vulnerables y las que viven en zonas vulnerables, facilitar la participación pública en la respuesta al cambio climático e integrar un análisis sobre las implicaciones de género derivadas del cambio climático a este respecto; g) promover la cooperación y el diálogo sobre el desarrollo de instrumentos económicos para hacer frente al cambio climático, como la tarificación del carbono y otros instrumentos, según proceda; h) promover el desarrollo de estrategias de reducción y gestión del riesgo de catástrofes, también para las z...
Cambio climático. Coadyuvar en la conservación y manejo sustentable de las áreas naturales protegidas del territorio de “LOS MUNICIPIOS”, en particular de la Reserva estatal Biocultural del Puuc.
Cambio climático. Las Partes cooperarán con el objetivo de ayudar a Kosovo a desarrollar su política climática y a integrar las considera­ ciones climáticas en los sectores de la energía, el transporte, la industria, la agricultura, la educación y otras políticas pertinentes. Dicha cooperación apoyará asimismo la aproximación gradual de la legislación de Kosovo al acervo de la UE sobre el cambio climático, en particular la eficacia del seguimiento, la notificación y la verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero. Dicha cooperación también deberá ayudar a Kosovo a establecer las capacidades adminis­ trativas y los procedimientos de coordinación adecuados entre todos los agentes pertinentes para permitir la adopción y la aplicación de las políticas de crecimiento basadas en las bajas emisiones de carbono y resilientes al cambio climático. Las Partes cooperarán con el objetivo, si lo permiten las circunstancias objetivas, de ayudar a participar a Kosovo en las iniciativas regionales y mundiales para mitigar y adaptarse al cambio climático.
Cambio climático. A.2.1 Temperatura. A.2.2 Ruido. A.2.3 Precipitaciones. 1 De acuerdo con la comunicación del Consorcio Diseños del 19 xx xxxxxx de 2021, la matriz inicial fue socializada con la interventoría el día 03 xx xxxxxx de 2020, quien solicitó su restructuración considerando los decretos 554 y 553 de 2015. A.2.4 Radiación solar. A.2.5 Microclima. A.2.6 Viento, dirección y velocidad.
Cambio climático. Acorde lo expresado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (MAyDS), el cambio climático refiere a variaciones significativas en los indicadores del clima, incluyendo temperaturas (mínimas, máximas, medias), precipitaciones y sequías, heladas y olas de calor, entre otros. Respecto de estos indicadores, los estudios elaborados a nivel mundial indican que, los factores determinantes en este cambio son adjudicados a los efectos del consumo creciente de combustibles como el petróleo y el carbón, la tala de bosques y algunas metodologías de explotación agrícola. El MAyDS también cita que el Panel Intergubernamental de Cambio Climático informó que entre el 95% y 100% de las causas del aumento de la temperatura media global son atribuibles a la combinación del incremento de las concentraciones de Gases de Efecto Invernadero antropógenas y de otros forzamientos antropógenos. En este sentido, acorde el Inventario del año 2014, se estableció que las GEIs emitidas por nuestro territorio en los aspectos que competen al Proyecto RER, corresponden en un 53 % al consumo y producción energética; el 39% se asigna a las actividades del agro, ganadería, silvicultura y otros usos de la tierra; el 4% corresponde a procesos industriales y uso de producto, y el 4% restante corresponde a residuos. Es entonces que el Proyecto RER y el Proyecto "Etapa 1 RER Roca, Contrato 1: Estación Central Roca y túneles desde calle Estados Unidos hasta Avenida Del Libertador" definen como Política para contribuir a mitigar y revertir el Cambio Climático: • Disminuir la emisión xx XXXx, mediante la renovación del material rodante ferroviario y por la inducción al cambio de modo de transporte (vehículo particular y/o transporte automotor hacia el modo ferroviario), • Disminuir el consumo energético por la introducción de material rodante e infraestructura con menor demanda energética, • Reconvertir el sistema de transporte metropolitano, implementando premisas de diseño y funcionamiento sustentables y amigables con el ambiente (disminución del uso de combustibles fósiles, emisión de ruidos, otros) A continuación, analizaremos puntualmente las premisas, medidas y definiciones de proyecto que sustentan la aplicación de la Política antes definida. • De la emisión xx XXXx, o El Proyecto RER implementa una nueva de red de transporte metropolitano que ofrece mayor cobertura geográfica, con minimización de transferencias entre modos, mayor facilidad en las transferencias, acer...
Cambio climático. Prioridades a corto plazo
Cambio climático. Normalmente los indicadores de cambio climático a nivel mundial se realizan a partir del análisis de fenómenos macro climáticos comparados con fenómenos naturales como la temperatura y la precipitación. En el caso específico de Colombia se analiza a partir de la temperatura y precipitación media mensual multianual considerando en dicho análisis los fenómenos del Niño y de la Niña; teniendo en cuenta lo anterior, a partir de los análisis desarrollados en el ítem de clima e hidrología el Concesionario deberá realizar un análisis, buscando encontrar como mínimo lo siguiente en la serie de datos: ◼ Tasa de variación de precipitación por década (se debe incluir el análisis del fenómeno del Niño y del Niña para cada década) ◼ Tasa de variación de temperatura por década (se debe incluir el análisis el fenómeno del Niño y del Niña para cada década) A partir de estos análisis concluirán si los cambios son representativos y deberán tenerse en cuenta en el desarrollo de las Obras del Proyecto, con base en dichos análisis. Lo anterior, sin perjuicio de la implementación de medidas tendientes a la mitigación y/o adaptación al cambio climático señalado en los Programas de Manejo y del Programa de Aporte Sostenible contenido en el Apéndice Técnico 6 – Gestión Ambiental.
Cambio climático. La forma en que ha sido incluido el tema en la matriz y, en general, en los contratos hasta el momento, ha sido a través de cláusulas que tratan el tema de la fuerza mayor. Se ha hablado sobre la necesidad de realizar un mejor trabajo en esta área para manejar la incertidumbre de temas relacionados a la adaptación al cambio climático. Recuadro 2: Comentarista Xxxxxx Xxxxxxx, profesor en la Universidad de Chile Una correcta asignación de riesgos mitiga la renegociación de contratos, que es uno de los problemas más serios de las APP. La correcta asignación de riesgos hacia la parte que puede controlar los riesgos de la mejor manera posible, reduce los costos del ciclo de vida del proyecto. Algunos riesgos que no fueron considerados en la matriz de riesgos son: el riesgo de ofertas de tipo low ball, el riesgo de no obtener financiamiento definitivo, aquellos relacionados con la resolución de disputas y los riesgos geológicos. Otros riesgos son aquellos ligados al valor residual, es decir, asociados al estado de los activos al finalizar la concesión, así como los riesgos técnicos del proyecto. Es bien sabido que los riesgos de demanda son posibles de mitigar vía licitaciones de menor valor presente en los ingresos, en el caso de licitaciones con cobro a los usuarios.

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  • Omisiones o Inexactas Declaraciones El Contratante y los Asegurados están obligados a declarar por escrito a La Compañía, de acuerdo con los cuestionarios relativos, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tal como los conozcan o deban conocer en el momento de la celebración del contrato. La omisión o inexacta declaración de los hechos importantes a que se refiere el párrafo anterior, facultará a La Compañía para considerar rescindido de pleno derecho el Contrato, aunque no hayan influido en la ocurrencia del siniestro.

  • CONSULTAS Y ACLARACIONES Los interesados que se hubiesen registrado conforme se indica en la cláusula prece- dente, podrán formular consultas relativas al pliego de licitación hasta siete (7) días antes del vencimiento de plazo fijado para la presentación de las Ofertas sino se indi- cara otra fecha en el PCP. Las consultas deberán efectuarse por correo electrónico a la dirección que se le co- municará oportunamente, adjuntando el archivo de la nota en formato compatible con el programa Word de Microsoft, requisito sin el cual se la dará por no presentada; ello sin perjuicio de que quienes lo consideraran conveniente lo hicieran paralelamente por nota en la Mesa de Entradas de SBASE. Será responsabilidad de los Licitantes ase- gurarse la recepción por parte de SBASE de los correos electrónicos que envíen. Las consultas efectuadas por los Licitantes serán contestadas por SBASE como “Cir- culares con Consulta”, en lo posible, dentro de los cinco (5) días de recibidas. No obs- tante lo señalado, SBASE podrá a su solo criterio, extender el plazo indicado para responderlas, cuando por su naturaleza u otras razones lo hicieren aconsejable. Las Circulares se publicarán en el sitio oficial de SBASE: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx y su emisión le será comunicada a los Licitantes por correo electrónico a la dirección denunciada al solicitar la documen- tación licitatoria. SBASE si lo juzga necesario, formulará aclaraciones o modificaciones de oficio en la documentación de la licitación, emitiendo “Circulares sin Consulta” hasta dos (2) días antes de la fecha de presentación de las Ofertas cuyo objeto será corregir y subsanar errores materiales, aclarar conceptos, enmiendas o suplir cualquier omisión, siempre que las mismas no impliquen una alteración sustancial ni desnaturalicen el objeto principal de la Licitación. Las Circulares que se emitan llevarán numeración corrida y pasarán a formar parte xxx Xxxxxx de la Licitación. Los Licitantes y los Oferentes no podrán alegar reclamos basados en el desconoci- miento del contenido de dichas Circulares, las cuales podrán verificar y compulsar en las oficinas de SBASE antes de la fecha fijada para la presentación de las Ofertas. Tanto el pliego como las circulares y demás documentación que se publique en el sitio oficial de SBASE, en relación a la licitación, deberá ser agregada a la oferta en un ejemplar firmado. Los planos podrán imprimirse en tamaño A3.

  • Subsanaciones A los fines de la presente Licitación se considera que una Oferta se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable. La determinación de la Entidad Contratante de que una Oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la Licitación se basará en el contenido de la propia Oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las Ofertas deben ajustarse sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, la Entidad Contratante podrá solicitar que, en un plazo breve, El Oferente/Proponente suministre la información faltante. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la Entidad Contratante tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore. La Entidad Contratante rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente al Pliego de Condiciones Específica. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dicho Pliego, posteriormente se ajuste al mismo.

  • Preguntas, respuestas y aclaraciones Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica por escrito o al correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx la respuesta a su inquietud o consulta. La entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias a través de la página web de la institución, de acuerdo a lo establecido en la convocatoria.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • Empresas vinculadas Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

  • Prevención de riesgos laborales El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de prevención de riesgos laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no derivará en responsabilidad alguna para EOI. El adjudicatario estará obligado a cumplir las instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo donde se preste el Servicio y las medidas que deban aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia que EOI establezca. Asimismo, el adjudicatario colaborará en la aplicación de la normativa de prevención de Riesgos Laborales, en especial en el establecimiento de los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a protección, prevención e información sobre riegos laborales, en los términos establecidos en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. El adjudicatario informará a EOI y, en su caso, a todas las empresas que presten servicios de forma concurrente en el centro de trabajo donde se realicen las actividades objeto del Servicio, de los riesgos específicos de las actividades que desarrolle que puedan afectar a cualquier trabajador de EOI o en su caso, del resto de empresas concurrentes en el citado centro de trabajo. La información deberá ser suficiente y habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades, cuando se produzca un cambio en las actividades concurrentes que sea relevante a efectos preventivos y cuando se haya producido una situación de emergencia. En el caso de que los riesgos que se generen se califiquen como graves o muy graves, la información se facilitará por escrito. El Profesional deberá comunicar de inmediato toda situación de emergencia susceptible de afectar a la salud o la seguridad de los trabajadores de EOI y, en su caso, del resto de empresas presentes en citado centro de trabajo en el que se realicen las actividades objeto del Servicio. El adjudicatario deberá tener en cuenta en la planificación de su actividad preventiva con respecto al Servicio, la información facilitada por EOI y en su caso por el resto de empresas presentes en el centro de trabajo referido anteriormente, sobre los Riesgos Laborales que se puedan producir durante la prestación de dichos servicios. Antes del inicio de la actividad objeto del Servicio, EOI exigirá al adjudicatario que le acrediten por escrito que han realizado para dichas actividades, la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. EOI, con carácter previo al inicio de las actuaciones objeto del contrato, pondrá a disposición del adjudicatario el Manual de Autoprotección de Riesgos Laborales a efectos de que pueda cumplir las obligaciones establecidas en el presente apartado.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL