ALCANCE DE LOS SERVICIOS. El CONSULTOR prestará los Servicios que se especifican en el Anexo A, “Términos de Referencia Definitivos”, que forma parte integrante de este Contrato. Toda modificación al Contrato se realizará de común acuerdo entre las Partes. En tal sentido, el CONSULTOR no podrá alterar unilateralmente el alcance de los Servicios. En caso corresponda, el CONSULTOR informará a PROINVERSIÓN de cualquier asunto que afecte la ejecución de los Servicios, ante lo cual, PROINVERSIÓN seguirá el procedimiento establecido en la Cláusula Décimo Segunda.
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Samples: Contratación Del Servicio De Elaboración, Gestión Y Ejecución Del Proyecto De Evaluación Arqueológica (Pea), Consultancy Agreement, Contratación De Servicios