ALCANCE DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA TÉCNICA Cláusulas de Ejemplo

ALCANCE DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA TÉCNICA. El Consultor realizará todos los trabajos necesarios para las gestiones necesarias para la ocupación de los bienes de particulares objeto del Contrato, y con este fin se indica a continuación una relación de las actividades previstas según las fases de desarrollo de los trabajos, entendiéndose que esta relación no tiene carácter limitativo sino que están incluidas todas las que sean necesarias para alcanzar los objetivos y/o complementarias de las descritas. Esta fase se iniciará al día siguiente a la firma del contrato y terminará tras la obtención de la relación definitiva de bienes y derechos afectados y su cuantificación. Incluirá, por tanto, todos los trabajos y gestiones necesarias para lograr los siguientes objetivos: a) Comprobación sobre el terreno de los datos que figuran en el Anejo de Expropiaciones de los Proyectos Básicos, de Construcción y/o Anteproyectos. En concreto, se cotejará el emplazamiento, naturaleza, linderos, titularidades, cultivos, edificaciones, instalaciones y demás bienes y derechos afectados (arrendatarios, aparceros, etc.). Asimismo se depurarán los datos recogidos en dicho anejo con las declaraciones recogidas en las alegaciones que pudieran haber surgido después de la Información Pública del Proyecto de Construcción, sin perjuicio de corregir aquellas en las que no existieran alegaciones. b) Una vez contrastada y corregida la información del Anejo de Expropiaciones, procede confeccionar los planos parcelarios definitivos a escala 1:1.000 y tamaño DIN A-1, con delimitación de los bordes de las superficies a expropiar, a ocupar temporalmente o sobre la que se impondrán servidumbres, así como los linderos de la totalidad de cada finca, para mejor coordinación con el Catastro y para poder determinar la repercusión de la expropiación sobre el resto de aquélla. Estos planos se elaborarán tomando como base los planos parcelarios de los Proyectos o Anteproyectos. Se confeccionará copia de los parcelarios a escala 1:2.000 en planos de formato DIN A-3. Con carácter simultáneo a la confección de planos se realizará el replanteo y estaquillado de los límites de las afecciones de las zonas afectadas y linderos de las fincas, se marcarán mediante estacas el eje de la obra y los límites de las afecciones. En los planos deberá figurar toda la información necesaria para el correcto desarrollo del procedimiento expropiatorio y en particular en cada una de las parcelas debe constar inscrito dentro de un círculo: - El código provincial geogr...
ALCANCE DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA TÉCNICA. Control y vigilancia en materia de expedientes y obras, y de redacción de proyectos a desarrollar por el Servicio de vialidad. Los trabajos comprenderán todas aquellas actuaciones derivadas de las propias de un equipo multidisciplinar compuesto de: A ) Ingenieros Técnicos de Obras Públicas con especialidad en Construcciones Civiles para la realización de funciones de: uno, control de obras y seguimiento de expedientes en los que intervenga el Servicio de Vialidad, tanto de promoción privada como pública, y otro colaborar en la redacción de proyectos y ejecución de obras municipales en los que intervenga el Servicio de Vialidad durante el periodo que establezca el contrato.

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  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Propiedad de los trabajos Todos los estudios y documentos elaborados, en su caso, en ejecución del contrato serán propiedad del Ayuntamiento de Granada quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos. El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, llevarán aparejada la cesión de éste al Ayuntamiento de Granada. En todo caso, y aún cuando se excluya la cesión de los derechos de propiedad intelectual, se podrá autorizar el uso del correspondiente producto a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a que se refiere el artículo 3.1 del TRLCSP.

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • ASISTENCIA TÉCNICA Regiones

  • Plus de asistencia Se fija un plus de asistencia por jornada completa de trabajo, cuya cuantía se determina en el anexo salarial adjunto y que se pagará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal

  • RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS El CONTRATISTA en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y artículos 164 a 167 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la terminación de los trabajos EL CONTRATISTA comunicará a la API la terminación de los mismos, o la de alguna parte de ellos, cuando así sea procedente; las partes convienen que en un plazo xx xxxx días naturales contados a partir de recepción de la notificación, API verificará que tales trabajos estén concluidos, total o parcialmente, según sea el caso, conforme a las especificaciones convenidas y a satisfacción de la API. Si los trabajos objeto de la entrega no satisficieren los requisitos señalados en esta cláusula, con fundamento en el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la API ordenará su reparación a efecto de que éstos se corrijan conforme a las condiciones requeridas en el contrato; mismas que el CONTRATISTA realizará por su cuenta y sin derecho a retribución, en el entendido de que, si no lo hiciere desde luego, devolverá a la API las cantidades pagadas por dichos conceptos, más los intereses correspondientes que se calcularán conforme al procedimiento previsto en el segundo párrafo en relación con el primero del artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. La recepción de los trabajos ejecutados se efectuará dentro de un plazo de quince días naturales contados a partir de la fecha de la notificación de la aceptación de la terminación de los trabajos, con observancia de lo señalado en el artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como el artículo 166 y en su caso 167 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. De toda entrega y recepción de trabajos se levantará un acta conforme al artículo 166 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas que será firmada por quienes intervengan en ella. Si transcurriere el plazo aquí señalado sin que la API, por causas imputables a sí misma, reciba los trabajos, éstos se tendrán por entregados.

  • ASISTENCIA EN VIAJE Para los desplazamientos temporales al extranjero, el seguro tiene una cobertura de asistencia en viaje en todo el mundo, que se extiende hasta un máximo de 180 días por viaje o desplazamiento y cuyas coberturas se detallan en el Anexo I de estas condiciones generales. Unicamente se accede a estas coberturas llamando al número de teléfono +00 00 000 00 00.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EL INDICADO EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA LA INDICADA EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO.