ALCANCE DEL SEGURO. El Asegurador asumirá los gastos derivados de la defensa jurídica de los intereses del Asegurado, así como otras prestaciones cubiertas en las condiciones especiales de la modalidad de la póliza contratada. Son gastos garantizados: 1. Las tasas, derechos y costas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos cubiertos. 2. Los honorarios y gastos de abogado. 3. Los derechos y suplidos de procurador, cuando su intervención sea preceptiva. 4. Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la defensa de los intereses del Asegurado. 5. Los honorarios y gastos de peritos necesarios. 6. La constitución, en procesos penales, de las fianzas exigidas para conseguir la libertad provisional del Asegurado, así como para responder del pago de las costas judiciales, con exclusión de indemnizaciones y multas. 7. Cualquier otra prestación garantizada expresamente en las Condiciones Especiales de la modalidad de póliza contratada.
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Samples: Insurance Policy, Insurance Agreement
ALCANCE DEL SEGURO. El Asegurador asumirá los gastos derivados de la defensa jurídica de los intereses del Aseguradoasegurado, así como otras prestaciones cubiertas en las condiciones especiales de la modalidad de la póliza contratada. Son gastos garantizados:
1. a. Las tasas, derechos y costas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos cubiertos.
2. b. Los honorarios y gastos de abogado.
3. c. Los derechos y suplidos de procurador, cuando su intervención sea preceptiva.
4. d. Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la defensa de los intereses del Aseguradoasegurado.
5. e. Los honorarios y gastos de peritos necesarios.
6. f. La constitución, en procesos penales, de las fianzas exigidas para conseguir la libertad provisional del Aseguradoasegurado, así como para responder del pago de las costas judiciales, con exclusión de indemnizaciones y multas.
7. g. Cualquier otra prestación garantizada expresamente en las Condiciones Especiales de la modalidad de póliza contratada.
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Samples: Condiciones Generales, Condiciones Generales De Seguro
ALCANCE DEL SEGURO. El Asegurador ARAG asumirá los gastos derivados de la defensa jurídica de los intereses del Asegurado, así como otras prestaciones cubiertas en las condiciones especiales de la modalidad de la póliza contratada. Son gastos garantizados:
1. Las tasas, derechos y costas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos cubiertos.
2. Los honorarios y gastos de abogado.
3. Los derechos y suplidos de procurador, cuando su intervención sea preceptiva.. Registro Mercantil de Barcelona, Tomo 29.879, X. 00, X. X00.000, X.000 X.X.X. A-08180028. Sociedad Unipersonal
4. Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la defensa de los intereses del Asegurado.
5. Los honorarios y gastos de peritos necesarios.
6. La constitución, en los procesos penalespenales amparados por la póliza, de las fianzas exigidas para conseguir la libertad provisional del Asegurado, así como para responder del pago de las costas judiciales, con exclusión de indemnizaciones y multas.
7. Cualquier otra prestación garantizada expresamente en las Condiciones Especiales condiciones especiales de la modalidad de póliza contratada.
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Samples: Insurance Contract
ALCANCE DEL SEGURO. El Asegurador asumirá los gastos derivados de la defensa jurídica de los intereses inte- reses del Asegurado, así como otras prestaciones cubiertas en las condiciones especiales de la modalidad de la póliza contratada. Son gastos garantizados:
1. Las tasas, derechos y costas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos cubiertos.
2. Los honorarios y gastos de abogado.
3. Los derechos y suplidos de procurador, cuando su intervención sea preceptiva.
4. Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la defensa de los intereses del Asegurado.
5. Los honorarios y gastos de peritos necesarios.
6. La constitución, en procesos penales, de las fianzas exigidas para conseguir la libertad provisional del Asegurado, así como para responder del pago de las costas judiciales, con exclusión de indemnizaciones y multas.
7. Cualquier otra prestación garantizada expresamente en las Condiciones Especiales Garantías de la modalidad este Seguro de póliza contratadaProtección Jurídica.
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Samples: Seguro De Autos
ALCANCE DEL SEGURO. El Dentro de los límites establecidos en la Ley y en este contrato, el Asegurador asumirá cubre los siguientes gastos:
1.- Los gastos derivados notariales de otorgamiento de poderes para pleitos (si fueran precisos), así como los de actas, requerimientos y otros necesarios para la defensa jurídica de los intereses del Asegurado, así como otras prestaciones cubiertas Asegurado (previamente aceptados por el Asegurador).
2.- Los honorarios de abogado en las condiciones especiales de la modalidad de la póliza contratada. Son gastos garantizados:cualquier procedimiento garantizado.
1. Las tasas, 3.- Los derechos y gastos arancelarios de procurador en los procedimientos en que su intervención sea legalmente preceptiva.
4.- Los honorarios y gastos de peritos designados o autorizados por el Asegurador.
5.- Las costas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos cubiertosgarantizados.
2. 6.- Los honorarios y gastos por la adopción de abogadomedidas cautelares en procedimientos garantizados.
3. Los derechos y suplidos 7.- Las tasas judiciales derivadas de procurador, cuando su intervención sea preceptivala tramitación de los procedimientos garantizados.
4. Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos8.- En procesos penales garantizados, así como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la defensa de los intereses del Asegurado.
5. Los honorarios y gastos de peritos necesarios.
6. La constitución, en procesos penales, prestación de las fianzas exigidas para conseguir la libertad provisional del Asegurado, así como para avalar su presentación a juicio y/o responder del pago de las costas judiciales, con exclusión de indemnizaciones y multas.
7. Cualquier otra prestación garantizada expresamente en las Condiciones Especiales de la modalidad de póliza contratada.
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Samples: Asistencia en Viaje