AMPLIACIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

AMPLIACIÓN DEL CONTRATO. Las partes están de acuerdo en que por necesidades de “LA ENTIDAD”, podrá ampliarse la prestación del servicio objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, siempre y cuando el monto de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento) de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los servicios sea igual al pactado originalmente. Lo anterior se formalizará mediante la celebración de un convenio modificatorio.
AMPLIACIÓN DEL CONTRATO. LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA SECRETARÍA” podrá ampliarse la prestación del servicio objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando el monto de las modificaciones no rebasen, en conjunto el 20% (veinte por ciento) de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en las CLÁUSULAS DÉCIMA SEGUNDA y DÉCIMA TERCERA de este contrato.
AMPLIACIÓN DEL CONTRATO. LAS PARTES" están de acuerdo en que por necesidades de "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" podrá ampliarse el suministro de los bienes objeto del presente contrato específico, de conformidad con el artículo 52 de la "LAASSP", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante un Convenio Modificatorio que se celebrará fuera de "EL MÓDULO" dejando constancia de dicha modificación en "EL MÓDULO". Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la "LAASSP", "EL PROVEEDOR" deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA de este contrato específico.
AMPLIACIÓN DEL CONTRATO. Las partes están de acuerdo en que por necesidades de “EL FINAFIM” podrá ampliarse la prestación del servicio objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, siempre y cuando el monto de las modificaciones no rebasen, en conjunto el 20% (veinte por ciento) de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los servicios sea igual al pactado originalmente. Lo anterior se formalizará mediante la celebración de un convenio modificatorio. Asimismo con fundamento en el artículo 59 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PRESTADOR” deberá entregar la modificación respectiva de la garantía de cumplimiento, señalada en la Cláusula Décima segunda de este contrato.
AMPLIACIÓN DEL CONTRATO. LAS PARTES” están de acuerdo en que, por necesidades de “LA ENTIDAD”, podrá ampliarse el objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, siempre y cuando el monto de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento) de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de “LOS SERVICIOS” sea igual al pactado originalmente. Lo anterior se formalizará mediante la celebración de un convenio modificatorio.
AMPLIACIÓN DEL CONTRATO. Los Proyectos se reservan el derecho al momento de realizar la adjudicación del contrato de aumentar o disminuir hasta en un 25% el servicio contratado, sin que ello implique cambios en el precio unitario u otros términos y condiciones.
AMPLIACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se podrá ampliar hasta en un treinta por ciento (30%) con relación al monto total del contrato, de común acuerdo entre las partes, “EL VENDEDOR” respetará los precios ofertados en su propuesta económica presentada en el procedimiento que dará origen al presente contrato.
AMPLIACIÓN DEL CONTRATO. Aumento del plazo inicial de duración del contrato.
AMPLIACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad con el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicio del Sector Público, el Fideicomiso, dentro de su presupuesto aprobado y disponible y por razones fundadas, podrá incrementar las cantidades de los servicios solicitados mediante las modificaciones respectivas al o los contratos vigentes derivados del presente procedimiento, sin tener que recurrir a la celebración de uno nuevo. El monto total de las modificaciones por ningún concepto deberá rebasar en conjunto el 20% de la cantidad originalmente pactada, siempre y cuando los precios unitarios correspondientes a las cantidades adicionales sean iguales a los pactados inicialmente.
AMPLIACIÓN DEL CONTRATO. Cuando el monto de los trabajos adicionales exceda el límite que establecen las normas legales en vigencia y/o cuando su ejecución importe una modificación que obligue a variar una o varias cláusulas del contrato, será necesario formular un contrato de ampliación que deberá ser aprobado por el Departamento General de Irrigación, o quien corresponda. En este caso deberá darse cumplimiento al Artículo Nº 54 de la Ley Nº 4.416.