DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO Cláusulas de Ejemplo

DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “LA LEY”, salvo que la prestación de la totalidad de “LOS SERVICIOS” adjudicados se concluyan durante los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato correspondiente, el “LICITANTE” que resulte adjudicado deberá entregar en la Subdirección de Adquisiciones de Consumo Interno, antes de cualquier pago derivado del contrato de que se trata, fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de “LA CONVOCANTE”, que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, por un importe equivalente a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes del IVA. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que el “LICITANTE” adjudicado cumpla con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “LA LEY”, salvo que la entrega de la totalidad de “LOS SERVICIOS” adjudicados se concluyan durante los 10 (diez) días naturales la publicación del fallo de adjudicación, el “LICITANTE” que resulte adjudicado deberá entregar en la Subgerencia de Administración y Finanzas de “LA CONVOCANTE”, en un término no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a emisión del fallo, fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de “LA CONVOCANTE”, que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, por un importe equivalente a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes del IVA. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que el “LICITANTE” adjudicado cumpla con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “El Proveedor, Garantiza, la buena calidad del servicio ha prestar a la Municipalidad, el mismo que será puesto a su consideración y aprobación de conformidad a las bases de licitación.
DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el debido cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato, “EL PROVEEDOR” deberá exhibir a la firma del presente contrato una fianza por el importe del 10% del monto estimado a pagar durante la vigencia del contrato, es decir la cantidad de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.) IVA incluido, mediante una póliza de fianza de compañía legalmente autorizada para ello, a favor de la Secretaría de Fianzas y Planeación, la que estará en vigor durante la vigencia del presente contrato, aceptando expresamente la Afianzadora someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal para las Instituciones de Fianzas, con exclusión de cualquier otro y sólo podrá cancelarse a solicitud por escrito de la propia Secretaría de Finanzas y Planeación, comprometiéndose la Afianzadora a pagar hasta la cantidad importe de la fianza en caso de que su fiado no justifique plenamente y a satisfacción de “LA SECRETARÍA” el cumplimiento de sus obligaciones.
DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “EL CONTRATANTE” a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a que se firme el presente convenio modificatorio, cheque certificado, cheque de caja o póliza de fianza expedida por quien legalmente esté facultado para ello, a favor de la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla, por el 10% (diez por ciento) sin Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) del monto total del presente convenio modificatorio, o en su caso, la diferencia entre los montos de “EL CONTRATO ORIGINAL” y el incremento considerado en el presente Convenio Modificatorio.
DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el debido cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato, “EL PROVEEDOR” deberá exhibir a la firma del presente una fianza por el importe del 10% del monto estimado a pagar durante la vigencia del contrato, es decir la cantidad de $52,584.63 (CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS 63/100 M.N.) IVA
DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Con el fin de garantizar el debido cumplimiento de este contrato, así como el pago de daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse por su incumplimiento y legalmente autorizada para ello. xx XXXX DÍAS naturales a la firma del presente documento, Póliza de Fianza equivalente al 20% en general para garantizar todas aquellas obligaciones contraídas conforme lo establece el artículo3 1 32 ServfircaiocsciódnelIEIIstaydo defrTacacbiaósncoI,IIeld"ePRlaESLeTyADdeORAdDqEuisSicEiRonVeIsC,IOArSr"enodtaomrgieanrátodsenytrPoredsetlatcéiórnmindoe (veinte por ciento) del monto total del contrato, expedida por una institución afianzadora Cuando existan causas justificadas y sin perjuicio para
DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 71, FRACCIÓN III DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL ESTADO DE COAHUILA XX XXXXXXXX, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, DEBERÁ EFECTUAR UNA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO EQUIVALENTE AL 20% (VEINTE POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones pactadas en este contrato, EL USUARIO entrega a la fecha de firma de este contrato un depósito por el equivalente a un mes de servicio.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.