Apertura de la documentación y de las ofertas Cláusulas de Ejemplo

Apertura de la documentación y de las ofertas a) Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se designarán las personas que compondrán la Mesa de contratación de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 10, de la Ley de contratos del sector público, salvo que considere que al amparo de lo establecido en el artículo 295.1 de la Ley no es necesaria su constitución. La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público se efectuará por la Mesa de contratación, cuando se hubiese constituido. En otro caso se hará por el órgano de contratación, para lo cual las referencias a las actuaciones de la Mesa de contratación que se realizan en este pliego se entenderán referidas al órgano de contratación.
Apertura de la documentación y de las ofertas a) Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se designarán las personas que compondrán la Mesa de contratación de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 10, de la Ley de contratos del sector público. La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público se efectuará por la Mesa de contratación constituida al efecto. El Presidente ordenará la apertura de los sobres que la contengan, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
Apertura de la documentación y de las ofertas a) Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se designarán las personas que compondrán la Mesa de contratación de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 10, de la Ley de contratos del sector público, salvo que considere que al amparo de lo establecido en el artículo 295.1 de la Ley no es necesaria su constitución. La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público se efectuará por la Mesa de contratación, cuando se hubiese constituido. En otro caso se hará por el órgano de contratación, para lo cual las referencias a las actuaciones de la Mesa de contratación que se realizan en este pliego se entenderán referidas al órgano de contratación. b) Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará verbalmente a los interesados, sin perjuicio de que estas circunstancias se hagan públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación. De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse. c) Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada se declararán admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el artículo 130 de la Ley haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo. d) Realizadas estas actuaciones, se abrirá la fase de negociación con las empresas y concluida ésta se procederá a la adjudicación valorando las ofertas resultantes de la negociación.
Apertura de la documentación y de las ofertas a) La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se hará por el órgano de contratación, para lo cual las referencias a las actuaciones de la Mesa de Contratación que se realizan en este pliego, se entenderán referidas al órgano de contratación. b) Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará verbalmente a los interesados, sin perjuicio de que estas circunstancias se hagan públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación. c) De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse. d) Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada se declararán admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el artículo 130 de la Ley haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo. e) Realizadas estas actuaciones, se abrirá fase de negociación con las empresas y concluida ésta se procederá a la adjudicación valorando las ofertas restantes de la negociación.
Apertura de la documentación y de las ofertas a) La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se efectuará por la Mesa de contratación, cuando se hubiese constituido.
Apertura de la documentación y de las ofertas a) Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se designarán las personas que compondrán la Mesa de contratación de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 10, de la Ley de contratos del sector público, la cual estará formada por lo siguientes miembros: Presidente: El Alcalde-Presidente, o miembro de la Corporación en quien delegue. Secretario: Un Funcionario/a de la Corporación designado/a por el Alcalde Vocales: El Secretario-Interventor de la Corporación, o funcionario que le sustituya Dos vocales nombrados por el Alcalde entre Concejales, funcionarios o personal laboral de la Corporación.
Apertura de la documentación y de las ofertas a) Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se designarán las personas que compondrán la Mesa de contratación de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 10, de la Ley de contratos del sector público. La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público se efectuará por la Mesa de contratación constituida al efecto. La mesa de contratación estará compuesta por: ­ Presidente. El Alcalde o persona en quien delegue. ­ Vocales.  Arquitecto Técnico municipal.  Secretaria – Interventora.  Concejal delegado de Urbanismo.  Asesor de la corporación. ­ Secretario. Funcionario designado por la presidencia. El Presidente ordenará la apertura de los sobres que la contengan, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
Apertura de la documentación y de las ofertas. En los procedimientos negociados la adjudicación provisional concretará y fijará los términos definitivos del contrato. La Mesa de Contratación se constituirá el día siguiente hábil tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas (salvo que éste sea sábado), a las 13:30 horas y calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «Nº 1», pudiendo conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el candidato corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «nº 2 y 3» y comenzará la negociación de acuerdo con los aspectos fijados en el pliego. Recibidos los informes, y reunida de nuevo la Mesa de Contratación, realizará propuesta de adjudicación provisional al órgano de contratación.
Apertura de la documentación y de las ofertas. No se establece Mesa de Contratación.
Apertura de la documentación y de las ofertas a) La calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se realizará por la Mesa de Contratación, cuya composición es la siguiente: Presidente: Sr. Alcalde o concejal en quien delegue. Vocales: Sr. Interventor Sr. Tesorero Sr. Secretario de la Corporación Sr. Arquitecto municipal. Secretario: Técnico de Administración General. La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público se efectuará al segundo día hábil siguiente al de la terminación del plazo de presentación de proposiciones, a las 9:00 horas.