Common use of BIENES CUBIERTOS Clause in Contracts

BIENES CUBIERTOS. Este contrato cubre todos los bienes muebles e inmuebles, instalaciones, infraestructura técnica y administrativa, a todo riesgo de pérdida o daño, propiedad de “EL ASEGURADO” o de terceros bajo su responsabilidad bajo cualquier figura legal o custodia y sobre los que exista un interés asegurable y/o sea legalmente responsable, bajo los términos que se especifican en cada una de las secciones de este contrato tales como, pero no limitados a: La totalidad de los inmuebles propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad, los adjudicados, los ocupados en comodato o arrendamiento o cualquier otra figura legal, los cedidos en arrendamiento o mediante permisos de uso temporal revocable, los anexos y demás bienes contratados y cualquier otra figura jurídica que implique posesión y uso, así como mejoras, adaptaciones de los mismos, cercas, setos, muros de contención, banquetas, jardines, subsuelo o tierra natural y postes, y todos aquellos inmuebles en donde haya un interés asegurable por parte de “EL ASEGURADO”, con excepción del valor de los terrenos. La totalidad de los bienes de consumo, contenidos, instalaciones en general, etcétera, propiedad de “EL ASEGURADO” o de terceros bajo su responsabilidad siempre y cuando estos bienes sean ocupados o estén destinados para llevar a cabo actividades propias de “EL ASEGURADO”, en tanto se encuentren en los predios o inmuebles o unidades de servicio que ocupa “EL ASEGURADO” dentro de la República Mexicana, los que ocupa “EL ASEGURADO” en inmuebles en arrendamiento y los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO” y todos aquellos contenidos e instalaciones en general en donde haya un interés asegurable por parte de “EL ASEGURADO”. Inmuebles en proceso de construcción o reconstrucción y sus contenidos, desde el momento en que queden bajo la responsabilidad de “EL ASEGURADO”. Albercas, bardas, patios exteriores, plazuelas, pórticos, escaleras exteriores, puentes, caminos, andadores y cualquier otra construcción separada del inmueble o inmuebles o construcciones, dentro del mismo predio. Molinos de viento, bombas de viento, xxxxxx de enfriamiento, xxxxxx xx xxxxx estructural, antenas emisoras de radio, antenas de transmisión, de televisión o microondas, antenas de recepción de señales, toldos, impermeabilizante, fotoceldas solares, cortinas, rótulos, anuncios, chimeneas metálicas, tanques de almacenamiento, cisternas, aljibes y sus contenidos, subestaciones eléctricas, así como instalaciones y equipos especiales que por su propia naturaleza deban estar a la intemperie. Bienes y/o instalaciones fijas que se encuentren a la intemperie o bajo sotechados o cobertizos. Instalaciones establecidas fuera del predio y bajo responsabilidad de “EL ASEGURADO Cristales con o sin blindaje, cubiertas, puertas corredizas incluyendo vitrales, vitrinas, divisiones y análogas, lunas, espejos, domos (incluyendo estructuras de acrílico), anuncios, anuncios luminosos, biselado, películas especiales, rótulos y similares que se encuentren instalados y fijos en los inmuebles propios o bajo responsabilidad de “EL ASEGURADO” o fuera de ellos, incluyendo la estructura, soportes, aditamentos e incluso sus partes eléctricas o electrónicas o electromecánicas e instalaciones eléctricas. Todos los equipos eléctricos, electrónicos, de procesamiento de datos, comunicación, medición, control, y similares alimentados por corriente eléctrica alterna o baterías, así como cualquier tipo de accesorio que los acompañe electrónico o no, equipos periféricos y software de cualquier tipo de bien, así como equipo robótico propiedad de “EL ASEGURADO”, o que estén bajo su responsabilidad, que se encuentren dentro de las ubicaciones que son propiedad de “EL ASEGURADO” y órganos desconcentrados, o que están arrendadas o en comodato o cualquier otra figura legal, y los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO”. Los bienes que se encuentran en equipos especializados (unidades móviles especializadas, remolques quirúrgicos y de diagnóstico, unidades móviles médico y/o dentales y tracto camiones), en plataformas de diagnóstico (laboratorio e imagenología), y en unidades quirúrgicas propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad, así como las unidades móviles que por sus características o uso no se consideren parte del parque vehicular de transporte terrestre. Cimientos, muros de contención, drenajes, alcantarillas o instalaciones subterráneas. Bienes o instalaciones de cualquier clase que se localicen en sótanos o semisótanos que se encuentren total o parcialmente bajo el nivel natural del terreno. Calles, banquetas y/o pavimentos en vías públicas que no sean propiedad de “EL ASEGURADO”, mientras se encuentren dentro de los límites de los terrenos de una unidad de servicio o a una distancia máxima de 50 metros. Todo tipo de maquinaria, bombas, elevadores, plantas de luz, transformadores, aire acondicionado, así como calderas y/o recipientes sujetos a presión y en general toda la maquinaria e instalaciones propios de los giros y actividades de “EL ASEGURADO”, de su propiedad y/o de Terceros que estén bajo su responsabilidad y/o uso y/o custodia. Equipo e instrumental médico, equipo mecánico, eléctrico, electrónico, mercancías de tiendas, reactivos, biológicos, vacunas, medicinas y material de curación. Toda clase de bienes muebles y/o de consumo inherentes a la operación de " EL ASEGURADO " y lo que aun estando fuera de operación estén en traslados para su uso, consumo, instalación y/u operación y/o baja, Obras de arte, artículos de difícil o imposible reposición, tales como, pero no limitados a: pinturas, grabados, dibujos, libros antiguos e incunables, caligrafía, antigüedades, cerámicas, esculturas, vitrales, cualquier clase de frescos o murales, objetos de almacenamiento análogo o digital que contengan alguna grabación de audio o cinematográfica, objetos artísticos y/o históricos propiedad de “EL ASEGURADO” y/o que se encuentren bajo su responsabilidad dentro de cualquier unidad de servicio de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o durante el traslado de clavo a clavo o en el domicilio que señale “EL ASEGURADO” para su restauración o reubicación. Manuscritos, planos, croquis y dibujos. Dinero en efectivo, en metálico o billetes de banco, monedas conmemorativas, monedas de materiales preciosos y semipreciosos, valores y otros documentos negociables como son, pero no limitados a: letras de cambio, pagarés, facturas, cheques, acciones y dividendos, bonos financieros, hipotecarios o de ahorro, escrituras, cédulas hipotecarias, así como joyería, metales, artículos de difícil o imposible reposición, piedras preciosas y fantasía propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o custodia o incautada a patrones morosos, en cualquier unidad de servicio y/o en tránsito. Todos los bienes propiedad de terceros en que “EL ASEGURADO” tenga bajo su responsabilidad. Esta póliza se manejará tipo “blanket”, es decir sin relación de bienes (edificios y contenidos). En caso de siniestro, bastará con acreditar la propiedad, responsabilidad o posesión del bien o bienes asegurados para hacer la reclamación.

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BIENES CUBIERTOS. Este contrato cubre Se amparan todos los equipos, instalaciones (incluye el cableado y aditamentos que se requieran para su funcionamiento) y bienes muebles e inmuebles, instalaciones, infraestructura técnica y administrativa, a todo riesgo de pérdida o daño, propiedad de electrónicos en general sobre los que “EL ASEGURADO” o de terceros bajo su responsabilidad bajo cualquier figura legal o custodia y sobre los que exista un tenga interés asegurable y/o sea legalmente responsableasegurable, bajo los términos que se especifican en cada una de las secciones de este contrato tales como, como pero no limitados a: La totalidad Computadoras, Impresoras, Equipo Periférico de los inmuebles propiedad Cómputo, Equipo de Audio, Equipo Fotográfico, Equipo de Video, VideoWall, Equipo de Medición. Equipo de Iluminación Especial, Equipos de Telecomunicación, Software, Equipos de Investigación, Equipo Móvil o Portátil, Equipo de Producción, Equipo de Filmación, Tableros Electrónicos, Equipos de Radiocomunicación, Equipo de Seguridad Electrónicos, Conmutadores, Servidores, Copiadoras, Teléfonos y Fax, Instalaciones Electrónicas, Cableado de Cualquier Tipo (Líneas Aéreas, Subterráneo o cualquier otro), otros equipos electrónicos tales como: Equipo para control remoto de Aeronaves no tripuladas HERMES 900 (u otros), Equipos xx Xxxxx Gamma (Mobile VACIS), Rayos X (BACKSCATTER), y cualquier otro Equipo especial utilizado para poder llevar a cabo las actividades propias de “EL ASEGURADO”. Asimismo, quedan cubiertas las Cámaras, Monitores, Equipo de Laboratorio, Equipos de medición, Tableros, Radios de telecomunicación, Iluminación, Xxxxxx, Antenas de transmisión y/o recepción, y/o equipos que por su naturaleza deban estar a la intemperie o bajo su responsabilidad, los adjudicados, los ocupados en comodato o arrendamiento o cualquier otra figura legal, los cedidos en arrendamiento o mediante permisos de uso temporal revocable, los anexos y demás bienes contratados y cualquier otra figura jurídica que implique posesión y uso, así como mejoras, adaptaciones de los mismos, cercas, setos, muros de contención, banquetas, jardines, subsuelo o tierra natural y postestierra, y todos en general cualquier equipo electrónico que se encuentre en los inmuebles (incluidos aquellos inmuebles en donde haya un construidos bajo el nivel del suelo), propiedad, a cargo y/o bajo responsabilidad y custodia (o que tenga interés asegurable por parte asegurable) de “EL ASEGURADO”, con excepción o en tránsito, dentro del valor de los terrenosTerritorio Nacional. La totalidad de los bienes de consumo, contenidos, instalaciones Queda amparado el Equipo Especial Electrónico instalado en general, etcétera, propiedad las unidades vehiculares de “EL ASEGURADO”, tal como aquel que se instale en autos, patrullas, camiones, motocicletas, vehículos blindados, o de terceros bajo su responsabilidad siempre y cuando estos bienes sean ocupados o estén destinados cualquier otro vehículo que sirva para llevar a cabo las operaciones y actividades propias de “EL ASEGURADO”, aun cuando no se encuentre custodiado, tal como pero no limitado a: Computadora, Torreta, Radiotransmisor, Micrófono, Sirena, Videocámara, todo tipo de Pantallas (LCD, PLASMA, LED, etc.), Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), Spot-Light, Sistema de Posicionamiento Global (GPS), Equipo Radiolocalizador Satelital, Equipo de Telecomunicaciones y Electrónico y en tanto se encuentren en los predios o inmuebles o unidades de servicio que ocupa general cualquier equipo electrónico requerido para el uso del Vehículo Especializado. “EL ASEGURADO” dentro de la República Mexicanacuenta con vehículos móviles constituidos principalmente por equipo electrónico, los que ocupa “EL ASEGURADO” en inmuebles en arrendamiento y entre los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO” y todos aquellos contenidos e instalaciones en general en donde haya un interés asegurable por parte de “EL ASEGURADO”. Inmuebles en proceso de construcción unidades médicas clínicas y/o reconstrucción y sus contenidosdiagnóstico, desde el momento en que queden bajo la responsabilidad de “EL ASEGURADO”. Albercasquirúrgica, bardas, patios exteriores, plazuelas, pórticos, escaleras exteriores, puentes, caminos, andadores y cualquier otra construcción separada del inmueble o inmuebles o construcciones, dentro del mismo predio. Molinos de viento, bombas de viento, xxxxxx de enfriamiento, xxxxxx equipos xx xxxxx estructural, antenas emisoras de radio, antenas de transmisión, de televisión o microondas, antenas de recepción de señales, toldos, impermeabilizante, fotoceldas solares, cortinas, rótulos, anuncios, chimeneas metálicas, tanques de almacenamiento, cisternas, aljibes y sus contenidos, subestaciones eléctricasgamma, así como instalaciones y equipos especiales que por su propia naturaleza deban estar a la intemperie. Bienes y/o instalaciones fijas que se encuentren a la intemperie o bajo sotechados o cobertizos. Instalaciones establecidas fuera del predio y bajo responsabilidad xx xxxxx X, Antenas Xxxxxx, unidades con Equipo Móvil de “EL ASEGURADO Cristales con o sin blindaje, cubiertas, puertas corredizas incluyendo vitrales, vitrinas, divisiones y análogas, lunas, espejos, domos (incluyendo estructuras de acrílico), anuncios, anuncios luminosos, biselado, películas especiales, rótulos y similares que se encuentren instalados y fijos Televisión utilizados en los inmuebles propios o bajo responsabilidad de “EL ASEGURADO” o fuera de ellos, incluyendo la estructura, soportes, aditamentos e incluso sus partes eléctricas o electrónicas o electromecánicas e instalaciones eléctricas. Todos los equipos eléctricos, electrónicos, de procesamiento de datos, comunicación, medición, control, y similares alimentados por corriente eléctrica alterna o baterías, así como cualquier tipo de accesorio que los acompañe electrónico o no, equipos periféricos y software de cualquier tipo de bien, así como equipo robótico propiedad operaciones propias de “EL ASEGURADO”, cada uno con un valor que oscila entre $500,000.00 USCy y $2,000,000.00 USCy. Asimismo, cuenta con equipo especializado en tierra (fijo o que estén bajo móvil) para operar aeronaves no tripuladas tales como pero no limitados a: ILS, GDT, GCS, Puesto de Comando y Control Remoto con un valor aproximado de $5,000,000.00 USCy. Los equipos anteriormente mencionados quedan amparados en su responsabilidadtotalidad en la póliza de equipo electrónico contra cualquiera de los riesgos de la misma póliza, que se encuentren dentro incluyendo aquellos riesgos propios de cualquiera de las ubicaciones que son propiedad operaciones de “EL ASEGURADO” y órganos desconcentrados, o que están arrendadas o en comodato o cualquier otra figura legal, y los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO”. Los bienes que se encuentran en como equipos especializados (unidades móviles especializadas, remolques quirúrgicos y de diagnóstico, unidades móviles médico y/o dentales y tracto camiones), en plataformas de diagnóstico (laboratorio e imagenología), y en unidades quirúrgicas propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad, así como las unidades móviles portátiles entre otros; para riesgos que por sus características o uso no se consideren parte del parque vehicular de transporte terrestre. Cimientos, muros de contención, drenajes, alcantarillas o instalaciones subterráneas. Bienes o instalaciones de cualquier clase que se localicen en sótanos o semisótanos que se encuentren total o parcialmente bajo el nivel natural del terreno. Calles, banquetas y/o pavimentos en vías públicas que no sean propiedad de “EL ASEGURADO”, mientras se encuentren dentro de los límites de los terrenos de una unidad de servicio o a una distancia máxima de 50 metros. Todo tipo de maquinaria, bombas, elevadores, plantas de luz, transformadores, aire acondicionado, así como calderas y/o recipientes sujetos a presión y en general toda la maquinaria e instalaciones propios de los giros y actividades de “EL ASEGURADO”, de su propiedad y/o de Terceros que estén bajo su responsabilidad y/o uso y/o custodia. Equipo e instrumental médico, equipo mecánico, eléctrico, electrónico, mercancías de tiendas, reactivos, biológicos, vacunas, medicinas y material de curación. Toda clase de bienes muebles y/o de consumo inherentes a la operación de " EL ASEGURADO " y lo que aun estando fuera de operación estén en traslados para su uso, consumo, instalación y/u operación y/o baja, Obras de arte, artículos de difícil o imposible reposición, tales como, pero no limitados a: pinturas, grabados, dibujos, libros antiguos e incunables, caligrafía, antigüedades, cerámicas, esculturas, vitrales, cualquier clase de frescos o murales, objetos de almacenamiento análogo o digital que contengan alguna grabación de audio o cinematográfica, objetos artísticos y/o históricos propiedad de “EL ASEGURADO” y/o que se encuentren bajo su responsabilidad dentro de cualquier unidad de servicio de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o durante el traslado de clavo a clavo o en el domicilio que señale “EL ASEGURADO” para su restauración o reubicación. Manuscritos, planos, croquis y dibujos. Dinero en efectivo, en metálico o billetes de banco, monedas conmemorativas, monedas de materiales preciosos y semipreciosos, valores y otros documentos negociables como son, pero no limitados a: letras de cambio, pagarés, facturas, cheques, acciones y dividendos, bonos financieros, hipotecarios o de ahorro, escrituras, cédulas hipotecarias, así como joyería, metales, artículos de difícil o imposible reposición, piedras preciosas y fantasía propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o custodia o incautada a patrones morosos, en cualquier unidad de servicio y/o en tránsito. Todos los , dichos bienes propiedad se encuentran amparados en la Póliza de terceros en que “EL ASEGURADO” tenga bajo su responsabilidad. Esta póliza se manejará tipo “blanket”, es decir sin relación de bienes (edificios y contenidos). En caso de siniestro, bastará con acreditar la propiedad, responsabilidad o posesión del bien o bienes asegurados para hacer la reclamaciónParque vehicular.

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BIENES CUBIERTOS. Este contrato cubre todos Todo bien inmueble, propiedad federal, a cargo, bajo responsabilidad, comodato, custodia o en donde exista interés asegurable del SERVICIO POSTAL MEXICANO y toda su estructura Orgánica, incluyendo sus Direcciones Regionales, Unidades Administrativas, Operativas y Administraciones Estatales, así como las construcciones materiales anexas a los bienes muebles edificios asegurados,bardas y rejas, instalaciones fijas de servicios hidráulicos, neumáticas,sanitarios, eléctricos, gas e inmueblesinstalaciones especiales, tales como; aire acondicionado,protecciones contra incendio, riego, telefonía, voz y datos, fuentes, escaleras de emergencia, adaptaciones, ampliaciones, sótanos, calles y banquetas, jardines, jardineras, sotechados, caminos y/o vías de acceso, xxxxxx, antenas, plataformas, instalaciones, infraestructura técnica instalaciones subterráneas, alumbrado,sistemas de seguridad y administrativasus accesorios, a todo riesgo de pérdida o daño, propiedad de “EL ASEGURADO” o de terceros bajo su responsabilidad bajo cualquier figura legal o custodia y sobre los que exista un interés asegurable y/o sea legalmente responsable, bajo los términos antenas parabólicas; maquinaria propia del edificio que se especifican en cada una de las secciones de este contrato encuentre fija, que forme parte integral del edificio y demás aditamentos ocualquier otro servicio.Incluyendo la cimentación y edificios tales como, pero no limitados a: La totalidad Oficinas, almacenes, centros de los inmuebles propiedad operación para recepción y envíos de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad, los adjudicados, los ocupados en comodato o arrendamiento o cualquier otra figura legal, los cedidos en arrendamiento o mediante permisos de uso temporal revocable, los anexos y demás bienes contratados y cualquier otra figura jurídica que implique posesión y uso, así como mejoras, adaptaciones de los mismos, cercas, setos, muros de contención, banquetas, jardines, subsuelo o tierra natural y postes, y todos aquellos inmuebles en donde haya un interés asegurable por parte de “EL ASEGURADO”, con excepción del valor de los terrenos. La totalidad de los bienes de consumo, contenidos, instalaciones en general, etcétera, propiedad de “EL ASEGURADO” o de terceros bajo su responsabilidad siempre y cuando estos bienes sean ocupados o estén destinados para llevar a cabo actividades propias de “EL ASEGURADO”, en tanto se encuentren en los predios o inmuebles o unidades de servicio que ocupa “EL ASEGURADO” dentro de la República Mexicana, los que ocupa “EL ASEGURADO” en inmuebles en arrendamiento y los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO” y todos aquellos contenidos e instalaciones en general en donde haya un interés asegurable por parte de “EL ASEGURADO”. Inmuebles en proceso de construcción o reconstrucción y sus contenidos, desde el momento en que queden bajo la responsabilidad de “EL ASEGURADO”. Albercas, bardas, patios exteriores, plazuelas, pórticos, escaleras exteriores, puentes, caminos, andadores y cualquier otra construcción separada del inmueble o inmuebles o construcciones, dentro del mismo predio. Molinos de viento, bombas de viento, xxxxxx de enfriamiento, xxxxxx xx xxxxx estructural, antenas emisoras de radio, antenas de transmisión, de televisión o microondas, antenas de recepción de señales, toldos, impermeabilizante, fotoceldas solares, cortinas, rótulos, anuncios, chimeneas metálicas, tanques de almacenamiento, cisternas, aljibes y sus contenidos, subestaciones eléctricas, así como instalaciones y equipos especiales que por su propia naturaleza deban estar a la intemperie. Bienes correspondencia y/o instalaciones fijas que se encuentren servicios diversos, talleres, módulos, consultorios médicos, bibliotecas, centros de capacitación, circuitos postales, centros de depósito masivo y otras construcciones. Todo bien mueble, propiedad federal, a la intemperie cargo, bajo responsabilidad, comodato, custodia o bajo sotechados o cobertizos. Instalaciones establecidas fuera en donde exista interés asegurable del predio SERVICIO POSTAL MEXICANO y bajo responsabilidad de “EL ASEGURADO Cristales con o sin blindaje, cubiertas, puertas corredizas incluyendo vitrales, vitrinas, divisiones y análogas, lunas, espejos, domos (incluyendo estructuras de acrílico), anuncios, anuncios luminosos, biselado, películas especiales, rótulos y similares que se encuentren instalados y fijos en los inmuebles propios o bajo responsabilidad de “EL ASEGURADO” o fuera de ellostoda su estructura Orgánica, incluyendo la estructurasus Direcciones Regionales, soportesUnidades Administrativas, aditamentos e incluso sus partes eléctricas o electrónicas o electromecánicas e instalaciones eléctricas. Todos Operativas y Administraciones Estatales, incluyendo los equipos eléctricos, electrónicos, de procesamiento de datos, comunicación, medición, control, y similares alimentados por corriente eléctrica alterna o baterías, así como cualquier tipo de accesorio que los acompañe electrónico o no, equipos periféricos y software de cualquier tipo de bien, así como equipo robótico propiedad de “EL ASEGURADO”, o que estén bajo su responsabilidad, que se encuentren dentro de las ubicaciones que son propiedad de “EL ASEGURADO” y órganos desconcentrados, o que están arrendadas o en comodato o cualquier otra figura legal, y los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO”. Los bienes que se encuentran en equipos especializados (unidades móviles especializadas, remolques quirúrgicos y de diagnóstico, unidades móviles médico y/o dentales y tracto camiones), en plataformas de diagnóstico (laboratorio e imagenología), y en unidades quirúrgicas propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad, así como las unidades móviles que por sus características o uso no se consideren parte del parque vehicular de transporte terrestre. Cimientos, muros de contención, drenajes, alcantarillas o instalaciones subterráneas. Bienes o instalaciones de cualquier clase que se localicen en sótanos o semisótanos que se encuentren total o parcialmente bajo el nivel natural del terreno. Calles, banquetas y/o pavimentos en vías públicas que no sean propiedad de “EL ASEGURADO”, mientras se encuentren dentro de los límites de los terrenos de una unidad de servicio o a una distancia máxima de 50 metros. Todo tipo de maquinaria, bombas, elevadores, plantas de luz, transformadores, aire acondicionado, así como calderas y/o recipientes sujetos a presión y en general toda la maquinaria e instalaciones propios de los giros y actividades de “EL ASEGURADO”, de su propiedad y/o de Terceros que estén bajo su responsabilidad y/o uso y/o custodia. Equipo e instrumental médico, equipo mecánico, eléctrico, electrónico, mercancías de tiendas, reactivos, biológicos, vacunas, medicinas y material de curación. Toda clase de bienes muebles y/o de consumo inherentes a la operación de " EL ASEGURADO " y lo que aun estando fuera de operación estén en traslados para su uso, consumo, instalación y/u operación y/o baja, Obras de arte, artículos de difícil o imposible reposicióncontenidos, tales como, pero no limitados a: pinturasmobiliario y equipo de oficina, grabadosinventarios, dibujostimbres postales, libros antiguos e incunablesinstrumental y equipo para filatelia, caligrafíapartes y refacciones nuevas o usadas, antigüedadesmaterias primas; así como las instalaciones inherentes a equipos localizados en laboratorios, cerámicastalleres, esculturassalas de video, vitralesconsultorios médicos, auditorios, bibliotecas y en cualquier clase otra ubicación. También se cubre maquinaria, tanques de frescos o muralesalmacenamiento, objetos instrumental relacionado con las operaciones para recepción y envíos de almacenamiento análogo o digital que contengan alguna grabación de audio o cinematográfica, objetos artísticos correspondencia y/o históricos propiedad servicios diversos, instrumental médico y todo tipo de “EL ASEGURADO” y/o que se encuentren bajo su responsabilidad existencias. Se ampara dentro y fuera de cualquier unidad de servicio de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o durante el traslado de clavo las ubicaciones a clavo los bienes utilizados en eventos especiales, exposiciones o en cualquier actividad derivada de las operaciones del Organismo, así como armamento, municiones y todo el domicilio que señale “EL ASEGURADO” para su restauración equipo relacionado con la seguridad. Se cubren bienes en desuso o reubicación. Manuscritosinactivos, planos, croquis y dibujos. Dinero en efectivo, en metálico o billetes de banco, monedas conmemorativas, monedas de materiales preciosos y semipreciosos, valores y otros documentos negociables como sontales como, pero no limitados a: letras Vehículos, motocicletas, camiones, camionetas, bicicletas, triciclos, u otros, para el caso de cambiovehículos inactivos o en desuso quedan amparados en estacionamientos, pagaréspatios, facturasbodegas, chequesalmacenes, acciones talleres y dividendos, bonos financieros, hipotecarios otros lugares cubiertos o de ahorro, escrituras, cédulas hipotecariasdescubiertos, así como joyeríabienes en pisos inferiores a la planta baja; estos pueden tener control de acceso, metalesvigilancia, artículos de difícil perímetros construidos; los vehículos inactivos pueden ser nuevos o imposible reposición, piedras preciosas y fantasía propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o custodia o incautada a patrones morosos, usados. Los vehículos en cualquier unidad de servicio desuso pueden ser aquellos que estén propuestos para baja y/o en tránsito. Todos los bienes propiedad destino final, transferencia u otro; las unidades pueden contar o no con placas de terceros en que “EL ASEGURADO” tenga bajo su responsabilidad. Esta póliza se manejará tipo “blanket”, es decir sin relación de bienes (edificios y contenidos)circulación. En caso de siniestro el valor de aseguramiento se demostrará mediante factura, formato de determinación de precio mínimo, dictamen de afectación, avalúo o cualquier otro documento que contribuya a determinar su valor. Para efectos de indemnización el asegurado presentará la documentación disponible al momento de ocurrir el siniestro. Se incluye cobertura especial dentro y fuera de instalaciones a bicicletas, bastará triciclos y demás vehículos utilizados para cumplir con acreditar la propiedad, responsabilidad las operaciones del Servicio Postal Mexicano. Estos bienes pueden ser activos o posesión del bien o bienes asegurados para hacer la reclamacióninactivos y quedan amparados debido a que no se pueden incluir en otras pólizas de seguro.

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Samples: Contrato Para La Prestación De Servicios De “Seguros (Adecuar Según Partida

BIENES CUBIERTOS. Este contrato cubre todos los bienes Bienes muebles e inmuebles, instalacionesmaquinaria y equipo, infraestructura técnica mobiliario, enseres, mercancías, inventarios y administrativa, a en general todo riesgo de pérdida o daño, propiedad bien que constituya el patrimonio de “EL ASEGURADOLICONSAo de terceros bajo su responsabilidad bajo cualquier figura legal o custodia y sobre incluyendo los que exista un interés asegurable y/o sea legalmente responsable, bajo los términos que se especifican en cada una de las secciones de este contrato tales como, pero no limitados a: La totalidad de los inmuebles propiedad de “EL ASEGURADO” o encuentren bajo su responsabilidad, los adjudicadosposesión, custodia, o bien, tomados en comodato, y del que jurídicamente la empresa sea responsable, incluyendo mejoras y adaptaciones realizadas por el asegurado para reformar, adaptar o mejorar el (los) inmueble(s) por él ocupado (s). Así mismo quedarán cubiertas las mejoras y adaptaciones dentro de la indemnización de un siniestro, cuanto éstas sean indispensables para evitar que se repita el daño causado por un nuevo siniestro, hasta un sublímite del 30% del valor total de la reparación y hasta un límite de 2 eventos por año. Quedan cubiertos para todos sus riesgos sin excepción, los ocupados sótanos, bajo niveles, estacionamientos subterráneos, tanto en comodato sus edificios, como los contenidos que se encuentren en estos, de manera enunciativa y no limitativa se trata de materias primas, productos en proceso y/o arrendamiento terminados y equipos, incluyendo mobiliario, archivos y equipos de oficinas, incluyendo la papelería que se encuentre en estos. De forma enunciativa pero no limitativa se cubre : toda clase de bienes propiedad del asegurado y/o cualquier otra figura legalde terceras personas que estén bajo su cuidado, custodia, control y/o bajo su responsabilidad sobre todos los cedidos en arrendamiento o mediante permisos de uso temporal revocable, los anexos y demás bienes contratados y cualquier otra figura jurídica que implique posesión y uso, así como mejoras, adaptaciones de los mismos, cercas, setos, muros de contención, banquetas, jardines, subsuelo o tierra natural y postes, y todos aquellos inmuebles en donde haya un interés asegurable por parte de “EL ASEGURADO”, con excepción del valor de los terrenos. La totalidad de los bienes de consumo, contenidos, instalaciones contenidos en general, etcéterapero sin estar limitados a: mobiliario y equipo de oficina, propiedad maquinaria y equipo, papelería en general, equipo de “EL ASEGURADO” laboratorio, accesorios, equipos lectores y sus bases en tránsito, equipo especializado y protecciones contra incendio, herramientas, herramientas y sus accesorios en tránsito, inventarios de todo tipo y naturaleza propios e inherentes al giro del negocio asegurado, materias primas en general, producto en proceso y/o terminados, todo tipo de terceros bajo su responsabilidad siempre materiales de envase y cuando estos bienes sean ocupados empaque así como sus canastillas de transporte y propaganda y existencias de leche en polvo y liquida en cualquier envase y/o estén destinados para llevar a cabo actividades propias de “EL ASEGURADO”, en tanto se encuentren en los predios o inmuebles o unidades de servicio que ocupa “EL ASEGURADO” dentro de la República Mexicana, los que ocupa “EL ASEGURADO” en inmuebles en arrendamiento presentación y los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO” y todos aquellos contenidos e instalaciones en general e inventarios en donde haya un interés asegurable por parte de “EL ASEGURADO”. Inmuebles en proceso de construcción o reconstrucción y sus contenidosgeneral, desde el momento en que queden bajo la responsabilidad de “EL ASEGURADO”. Albercas, bardas, patios exteriores, plazuelas, pórticos, escaleras exteriores, puentes, caminos, andadores y cualquier otra construcción separada del inmueble o inmuebles o construcciones, dentro del mismo predio. Molinos de viento, bombas de viento, xxxxxx de enfriamiento, xxxxxx xx xxxxx estructural, antenas emisoras de radio, antenas de transmisión, de televisión o microondas, antenas de recepción de señales, toldos, impermeabilizante, fotoceldas solares, cortinas, rótulos, anuncios, chimeneas metálicas, tanques de almacenamiento, cisternas, aljibes y sus contenidos, subestaciones eléctricas, así como instalaciones y equipos especiales bienes que por su propia naturaleza deban estar a la intemperie. Bienes y/o instalaciones fijas que se encuentren a la intemperie tales como antenas, escaleras entre otros. Mejoras y adaptaciones hechas al local o bajo sotechados o cobertizosedificio cuando el asegurado sea arrendatario. Instalaciones establecidas fuera del predio y bajo responsabilidad Almacenamiento de existencias de acuerdo al giro de “EL ASEGURADO Cristales con LICONSA”, pero sin estar limitados a, leche en polvo entera, descremada, liquida (pero sin estar limitada a entera, semi-descremada, descremada o sin blindaje, cubiertas, puertas corredizas incluyendo vitrales, vitrinas, divisiones y análogas, lunas, espejos, domos (incluyendo estructuras de acrílicosaborizada), anunciosproducto terminado, anuncios luminososvitaminas, biseladoproductos químicos, películas especialesincluyendo derrames, rótulos aceite vegetal, saborizantes y similares que se encuentren instalados y fijos azúcar en cualquiera de sus modalidades y/o presentaciones, en los inmuebles propios almacenes en uso o bajo responsabilidad de “EL ASEGURADO” éste, almacenes en renta o fuera en donde se tenga un interés asegurable, bodegas propias y de ellosterceros, incluyendo la estructuraplantas de proceso, soportesy/o programas xx xxxxxx social, aditamentos e incluso sus partes eléctricas o electrónicas o electromecánicas e bodegas anexas y centros de acopio, instalaciones eléctricas. Todos los equipos eléctricos, electrónicos, de procesamiento de datos, comunicación, medición, control, y similares alimentados por corriente eléctrica alterna o baterías, así como cualquier tipo de accesorio que los acompañe electrónico o no, equipos periféricos y software de cualquier tipo de bien, así como equipo robótico propiedad de “EL ASEGURADO”, o que estén bajo su responsabilidad, que se encuentren dentro LICONSA” ubicadas en los diferentes centros de las ubicaciones que distribución como son propiedad lecherías de “EL ASEGURADO” concesionarios y órganos desconcentrados, o que están arrendadas o en comodato o cualquier otra figura legal, y los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO”. Los bienes que se encuentran en equipos especializados (unidades móviles especializadas, remolques quirúrgicos y de diagnóstico, unidades móviles médico y/o dentales y tracto camiones), en plataformas de diagnóstico (laboratorio e imagenología), y en unidades quirúrgicas propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad, así como las unidades móviles que por sus características o uso no se consideren parte del parque vehicular de transporte terrestre. Cimientos, muros de contención, drenajes, alcantarillas o instalaciones subterráneas. Bienes o instalaciones de cualquier clase que se localicen en sótanos o semisótanos que se encuentren total o parcialmente bajo el nivel natural del terreno. Calles, banquetas y/o pavimentos en vías públicas que no sean propiedad de “EL ASEGURADO”, mientras se encuentren dentro de los límites de los terrenos de una unidad de servicio o a una distancia máxima de 50 metros. Todo tipo de maquinaria, bombas, elevadores, plantas de luz, transformadores, aire acondicionado, así como calderas y/o recipientes sujetos a presión y en general toda la maquinaria e instalaciones propios de los giros y actividades de “EL ASEGURADO”, de su propiedad y/o de Terceros que estén bajo su responsabilidad y/o uso y/o custodia. Equipo e instrumental médico, equipo mecánico, eléctrico, electrónico, mercancías de tiendas, reactivos, biológicos, vacunas, medicinas y material de curación. Toda clase de bienes muebles y/o de consumo inherentes a la operación de " EL ASEGURADO " y lo que aun estando fuera de operación estén en traslados para su uso, consumo, instalación y/u operación y/o baja, Obras de arte, artículos de difícil o imposible reposición, tales como, pero no limitados a: pinturas, grabados, dibujos, libros antiguos e incunables, caligrafía, antigüedades, cerámicas, esculturas, vitrales, cualquier clase de frescos o murales, objetos de almacenamiento análogo o digital que contengan alguna grabación de audio o cinematográfica, objetos artísticos y/o históricos propiedad de “EL ASEGURADO” y/o que se encuentren bajo su responsabilidad dentro de cualquier unidad de servicio de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o durante el traslado de clavo a clavo o en el domicilio que señale “EL ASEGURADO” para su restauración o reubicación. Manuscritos, planos, croquis y dibujos. Dinero en efectivo, en metálico o billetes de banco, monedas conmemorativas, monedas de materiales preciosos y semipreciosos, valores y otros documentos negociables como son, pero no limitados a: letras de cambio, pagarés, facturas, cheques, acciones y dividendos, bonos financieros, hipotecarios o de ahorro, escrituras, cédulas hipotecarias, así como joyería, metales, artículos de difícil o imposible reposición, piedras preciosas y fantasía propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o custodia o incautada a patrones morosos, en cualquier unidad de servicio y/o en tránsito. Todos los bienes propiedad de terceros en que “EL ASEGURADO” tenga bajo su responsabilidad. Esta póliza se manejará tipo “blanket”, es decir sin relación de bienes (edificios y contenidos). En caso de siniestro, bastará con acreditar la propiedad, responsabilidad o posesión del bien o bienes asegurados para hacer la reclamacióndistribuidores.

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BIENES CUBIERTOS. Este contrato cubre Sobre la construcción material de todos los bienes muebles e inmuebles, instalaciones, infraestructura técnica y administrativa, a todo riesgo de pérdida o daño, inmuebles propiedad de “EL ASEGURADO” LICONSA”, pero sin estar limitados a bienes que esté obligado a asegurar y/o de terceros bajo su responsabilidad bajo cualquier figura legal o custodia y sobre los que exista donde tenga un interés asegurable y/o sea legalmente responsableposesión y/o propiedad de terceros que se encuentren bajo su custodia, control y/o responsabilidad, incluyendo mejoras y adaptaciones. Quedan cubiertos para todos sus riesgos sin excepción, los sótanos, bajo niveles, estacionamientos subterráneos tanto en sus edificios, como los términos contenidos que se especifican encuentren en cada una estos, de las secciones manera enunciativa y no limitativa se trata de este contrato tales comomaterias primas, productos en proceso y/o terminados y equipos, incluyendo mobiliario, papelería, archivos y equipos de oficinas, incluyendo papelería que se encuentre en estos. Incluyendo pero no limitado a: toda clase de bienes propiedad del asegurado y/o de terceras personas que estén bajo su cuidado, custodia, control y/o bajo su responsabilidad sobre todos los contenidos en general, pero no sin estar limitados a: La totalidad mobiliario y equipo de los inmuebles propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidadoficina, los adjudicadosmaquinaria y equipo, los ocupados en comodato o arrendamiento o cualquier otra figura legal, los cedidos en arrendamiento o mediante permisos de uso temporal revocable, los anexos y demás bienes contratados y cualquier otra figura jurídica que implique posesión y uso, así como mejoras, adaptaciones de los mismos, cercas, setos, muros de contención, banquetas, jardines, subsuelo o tierra natural y postes, y todos aquellos inmuebles en donde haya un interés asegurable por parte de “EL ASEGURADO”, con excepción del valor de los terrenos. La totalidad de los bienes de consumo, contenidos, instalaciones papelería en general, etcéteraequipo de laboratorio, propiedad accesorios, equipos lectores y sus bases en tránsito, equipo especializado y protecciones contra incendio herramientas, herramientas y sus accesorios en tránsito, inventarios de “EL ASEGURADO” todo tipo y naturaleza propios e inherentes al giro del negocio asegurado, materias primas en general, producto en proceso y/o terminados, todo tipo de terceros bajo su responsabilidad siempre materiales de envase y cuando estos bienes sean ocupados empaque así como sus canastillas de transporte y propaganda y existencias de leche en polvo y liquida en cualquier envase y/o estén destinados para llevar a cabo actividades propias de “EL ASEGURADO”, en tanto se encuentren en los predios o inmuebles o unidades de servicio que ocupa “EL ASEGURADO” dentro de la República Mexicana, los que ocupa “EL ASEGURADO” en inmuebles en arrendamiento presentación y los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO” y todos aquellos contenidos e instalaciones en general e inventarios en donde haya un interés asegurable por parte de “EL ASEGURADO”. Inmuebles en proceso de construcción o reconstrucción y sus contenidosgeneral, desde el momento en que queden bajo la responsabilidad de “EL ASEGURADO”. Albercas, bardas, patios exteriores, plazuelas, pórticos, escaleras exteriores, puentes, caminos, andadores y cualquier otra construcción separada del inmueble o inmuebles o construcciones, dentro del mismo predio. Molinos de viento, bombas de viento, xxxxxx de enfriamiento, xxxxxx xx xxxxx estructural, antenas emisoras de radio, antenas de transmisión, de televisión o microondas, antenas de recepción de señales, toldos, impermeabilizante, fotoceldas solares, cortinas, rótulos, anuncios, chimeneas metálicas, tanques de almacenamiento, cisternas, aljibes y sus contenidos, subestaciones eléctricas, así como instalaciones y equipos especiales bienes que por su propia naturaleza deban estar a la intemperie. Bienes y/o instalaciones fijas que se encuentren a la intemperie tales como antenas, escaleras entre otros. Mejoras y adaptaciones hechas al local o bajo sotechados o cobertizosedificio cuando el asegurado sea arrendatario. Instalaciones establecidas fuera del predio y bajo responsabilidad Almacenamiento de existencias de acuerdo al giro de “EL ASEGURADO Cristales con LICONSA”, pero sin estar limitados a, leche en polvo entera, descremada, liquida (pero sin estar limitada a entera, semi-descremada, descremada o sin blindaje, cubiertas, puertas corredizas incluyendo vitrales, vitrinas, divisiones y análogas, lunas, espejos, domos (incluyendo estructuras de acrílicosaborizada), anunciosproducto terminado, anuncios luminososvitaminas, biseladoproductos químicos incluyendo derrames, películas especialesaceite vegetal, rótulos saborizantes y similares que se encuentren instalados y fijos azúcar en cualquiera de sus modalidad y/o presentaciones, en los inmuebles propios almacenes en uso o bajo responsabilidad de “EL ASEGURADO” o fuera de elloséste, incluyendo la estructura, soportes, aditamentos e incluso sus partes eléctricas o electrónicas o electromecánicas e instalaciones eléctricas. Todos los equipos eléctricos, electrónicos, de procesamiento de datos, comunicación, medición, control, y similares alimentados por corriente eléctrica alterna o baterías, así como cualquier tipo de accesorio que los acompañe electrónico o no, equipos periféricos y software de cualquier tipo de bien, así como equipo robótico propiedad de “EL ASEGURADO”, o que estén bajo su responsabilidad, que se encuentren dentro de las ubicaciones que son propiedad de “EL ASEGURADO” y órganos desconcentrados, o que están arrendadas almacenes en renta o en comodato o cualquier otra figura legaldonde se tenga un interés asegurable, y los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO”. Los bienes que se encuentran en equipos especializados (unidades móviles especializadas, remolques quirúrgicos bodegas propias y de diagnósticoterceros, unidades móviles médico plantas de proceso, y/o dentales programas xx xxxxxx social, sus bodegas anexas y tracto camiones)centros de acopio, en plataformas de diagnóstico (laboratorio e imagenología), y en unidades quirúrgicas instalaciones propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad, así la entidad ubicadas en los diferentes centros de distribución como las unidades móviles que por sus características o uso no se consideren parte del parque vehicular son lecherías de transporte terrestre. Cimientos, muros de contención, drenajes, alcantarillas o instalaciones subterráneas. Bienes o instalaciones de cualquier clase que se localicen en sótanos o semisótanos que se encuentren total o parcialmente bajo el nivel natural del terreno. Calles, banquetas y/o pavimentos en vías públicas que no sean propiedad de “EL ASEGURADO”, mientras se encuentren dentro de los límites de los terrenos de una unidad de servicio o a una distancia máxima de 50 metros. Todo tipo de maquinaria, bombas, elevadores, plantas de luz, transformadores, aire acondicionado, así como calderas y/o recipientes sujetos a presión concesionarios y en general toda la maquinaria e instalaciones propios de los giros y actividades de “EL ASEGURADO”, de su propiedad y/o de Terceros que estén bajo su responsabilidad y/o uso y/o custodia. Equipo e instrumental médico, equipo mecánico, eléctrico, electrónico, mercancías de tiendas, reactivos, biológicos, vacunas, medicinas y material de curación. Toda clase de bienes muebles y/o de consumo inherentes a la operación de " EL ASEGURADO " y lo que aun estando fuera de operación estén en traslados para su uso, consumo, instalación y/u operación y/o baja, Obras de arte, artículos de difícil o imposible reposición, tales como, pero no limitados a: pinturas, grabados, dibujos, libros antiguos e incunables, caligrafía, antigüedades, cerámicas, esculturas, vitrales, cualquier clase de frescos o murales, objetos de almacenamiento análogo o digital que contengan alguna grabación de audio o cinematográfica, objetos artísticos y/o históricos propiedad de “EL ASEGURADO” y/o que se encuentren bajo su responsabilidad dentro de cualquier unidad de servicio de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o durante el traslado de clavo a clavo o en el domicilio que señale “EL ASEGURADO” para su restauración o reubicación. Manuscritos, planos, croquis y dibujos. Dinero en efectivo, en metálico o billetes de banco, monedas conmemorativas, monedas de materiales preciosos y semipreciosos, valores y otros documentos negociables como son, pero no limitados a: letras de cambio, pagarés, facturas, cheques, acciones y dividendos, bonos financieros, hipotecarios o de ahorro, escrituras, cédulas hipotecarias, así como joyería, metales, artículos de difícil o imposible reposición, piedras preciosas y fantasía propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o custodia o incautada a patrones morosos, en cualquier unidad de servicio y/o en tránsito. Todos los bienes propiedad de terceros en que “EL ASEGURADO” tenga bajo su responsabilidad. Esta póliza se manejará tipo “blanket”, es decir sin relación de bienes (edificios y contenidos). En caso de siniestro, bastará con acreditar la propiedad, responsabilidad o posesión del bien o bienes asegurados para hacer la reclamacióndistribuidores.

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Samples: Contrato De Seguro De Bienes Patrimoniales

BIENES CUBIERTOS. Este contrato cubre todos los bienes muebles e inmueblesSe amparan todas y cada una de las cargas, instalaciones, infraestructura técnica y administrativafletes y/o cualquier embarque propiedad, a todo riesgo de pérdida cargo y/o dañobajo responsabilidad y custodia, propiedad de “EL ASEGURADO” o de terceros bajo su responsabilidad bajo cualquier figura legal o custodia y sobre los que exista un interés asegurable y/o sea legalmente responsable, bajo los términos que se especifican trasladen mediante cualquiera de los transportes especificados en cada una la presente póliza, tales como pero sin limitarse a: Todo tipo de contenidos, inventarios, maquinaria, mobiliario y equipo de oficina, equipo de administración, equipo educacional y recreativo, equipo médico y de laboratorio, vehículos terrestres, marítimos, aéreos, maquinaria, equipo de construcción, industrial, de comunicaciones, telecomunicaciones, eléctrico, electrónico, bienes informáticos, herramientas, refacciones, accesorios, bienes artísticos, culturales, armamento, semovientes, así como chalecos, escudos, obras de arte, etiquetas de identificación por radiofrecuencia, mercancías, productos y materias primas de todo tipo, equipo e instrumental utilizado para el apoyo y logística de las secciones actividades que lleva a cabo “EL ASEGURADO”, y en general todo lo necesario de este contrato tales como, pero no limitados a: La totalidad de los inmuebles propiedad acuerdo con la operación de “EL ASEGURADO” ya sea nuevo o bajo su responsabilidadusado, los adjudicados, los ocupados en comodato o arrendamiento y/o cualquier otra figura legal, los cedidos bien sobre el cual se tenga interés asegurable. Con cobertura nacional y en arrendamiento o mediante permisos de uso temporal revocable, los anexos el extranjero; desde y demás bienes contratados y hasta cualquier otra figura jurídica que implique posesión y uso, así como mejoras, adaptaciones de los mismos, cercas, setos, muros de contención, banquetas, jardines, subsuelo o tierra natural y postes, y todos aquellos inmuebles en donde haya un interés asegurable por parte de “EL ASEGURADO”, con excepción del valor de los terrenosmundo. La totalidad de los bienes de consumo, contenidos, instalaciones en general, etcétera, propiedad de “EL ASEGURADO” o de terceros bajo su responsabilidad siempre y cuando estos bienes sean ocupados o estén destinados para llevar a cabo actividades propias de “EL ASEGURADO”, en tanto se encuentren en los predios o inmuebles o unidades de servicio que ocupa “EL ASEGURADO” Xxxxx traslado podrá realizarse dentro de la República Mexicana, los que ocupa “EL ASEGURADO” en inmuebles en arrendamiento y los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO” y todos aquellos contenidos e instalaciones en general en donde haya un interés asegurable por parte del predio de “EL ASEGURADO”. Inmuebles Se cubren automóviles, aeronaves y embarcaciones activos, inactivos o en proceso desuso que en caso de construcción requerir su traslado quedarán cubiertos los daños ocasionados por las maniobras de carga y descarga incluyendo su traslado: sobre plataformas, madrinas o reconstrucción cualquier otro medio de transporte. Los automóviles, aeronaves y sus contenidos, desde el momento embarcaciones en desuso pueden ser aquellos que queden bajo la responsabilidad de “EL ASEGURADO”. Albercas, bardas, patios exteriores, plazuelas, pórticos, escaleras exteriores, puentes, caminos, andadores estén propuestos para disposición final y cualquier otra construcción separada del inmueble o inmuebles o construcciones, dentro del mismo predio. Molinos de viento, bombas de viento, xxxxxx de enfriamiento, xxxxxx xx xxxxx estructural, antenas emisoras de radio, antenas de transmisión, de televisión o microondas, antenas de recepción de señales, toldos, impermeabilizante, fotoceldas solares, cortinas, rótulos, anuncios, chimeneas metálicas, tanques de almacenamiento, cisternas, aljibes y sus contenidos, subestaciones eléctricas, así como instalaciones y equipos especiales que por su propia naturaleza deban estar a la intemperie. Bienes y/o instalaciones fijas que se encuentren a la intemperie o bajo sotechados o cobertizos. Instalaciones establecidas fuera del predio y bajo responsabilidad de “EL ASEGURADO Cristales baja con o sin blindaje, cubiertas, puertas corredizas incluyendo vitrales, vitrinas, divisiones y análogas, lunas, espejos, domos (incluyendo estructuras combustible mínimo indispensable; dichas unidades pueden contar o no con placas de acrílico), anuncios, anuncios luminosos, biselado, películas especiales, rótulos y similares que se encuentren instalados y fijos en los inmuebles propios circulación o bajo responsabilidad matrícula de “EL ASEGURADO” o fuera de ellos, incluyendo la estructura, soportes, aditamentos e incluso sus partes eléctricas o electrónicas o electromecánicas e instalaciones eléctricas. Todos los equipos eléctricos, electrónicos, de procesamiento de datos, comunicación, medición, control, y similares alimentados por corriente eléctrica alterna o baterías, así como cualquier tipo de accesorio que los acompañe electrónico o no, equipos periféricos y software de cualquier tipo de bien, así como equipo robótico propiedad de “EL ASEGURADO”, o que estén bajo su responsabilidad, que se encuentren dentro de las ubicaciones que son propiedad de “EL ASEGURADO” y órganos desconcentrados, o que están arrendadas o en comodato o cualquier otra figura legal, y los que se encuentran fuera de cualquier unidad de servicio bajo la autorización expresa de cualquier autoridad de “EL ASEGURADO”. Los bienes que se encuentran en equipos especializados (unidades móviles especializadas, remolques quirúrgicos y de diagnóstico, unidades móviles médico y/o dentales y tracto camiones), en plataformas de diagnóstico (laboratorio e imagenología), y en unidades quirúrgicas propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad, así como las unidades móviles que por sus características o uso no se consideren parte del parque vehicular de transporte terrestre. Cimientos, muros de contención, drenajes, alcantarillas o instalaciones subterráneas. Bienes o instalaciones de cualquier clase que se localicen en sótanos o semisótanos que se encuentren total o parcialmente bajo el nivel natural del terreno. Calles, banquetas y/o pavimentos en vías públicas que no sean propiedad de “EL ASEGURADO”, mientras se encuentren dentro de los límites de los terrenos de una unidad de servicio o a una distancia máxima de 50 metros. Todo tipo de maquinaria, bombas, elevadores, plantas de luz, transformadores, aire acondicionado, así como calderas y/o recipientes sujetos a presión y en general toda la maquinaria e instalaciones propios de los giros y actividades de “EL ASEGURADO”, de su propiedad y/o de Terceros que estén bajo su responsabilidad y/o uso y/o custodia. Equipo e instrumental médico, equipo mecánico, eléctrico, electrónico, mercancías de tiendas, reactivos, biológicos, vacunas, medicinas y material de curación. Toda clase de bienes muebles y/o de consumo inherentes a la operación de " EL ASEGURADO " y lo que aun estando fuera de operación estén en traslados para su uso, consumo, instalación y/u operación y/o baja, Obras de arte, artículos de difícil o imposible reposición, tales como, pero no limitados a: pinturas, grabados, dibujos, libros antiguos e incunables, caligrafía, antigüedades, cerámicas, esculturas, vitrales, cualquier clase de frescos o murales, objetos de almacenamiento análogo o digital que contengan alguna grabación de audio o cinematográfica, objetos artísticos y/o históricos propiedad de “EL ASEGURADO” y/o que se encuentren bajo su responsabilidad dentro de cualquier unidad de servicio de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o durante el traslado de clavo a clavo o en el domicilio que señale “EL ASEGURADO” para su restauración o reubicación. Manuscritos, planos, croquis y dibujos. Dinero en efectivo, en metálico o billetes de banco, monedas conmemorativas, monedas de materiales preciosos y semipreciosos, valores y otros documentos negociables como son, pero no limitados a: letras de cambio, pagarés, facturas, cheques, acciones y dividendos, bonos financieros, hipotecarios o de ahorro, escrituras, cédulas hipotecarias, así como joyería, metales, artículos de difícil o imposible reposición, piedras preciosas y fantasía propiedad de “EL ASEGURADO” o bajo su responsabilidad o custodia o incautada a patrones morosos, en cualquier unidad de servicio y/o en tránsito. Todos los bienes propiedad de terceros en que “EL ASEGURADO” tenga bajo su responsabilidad. Esta póliza se manejará tipo “blanket”, es decir sin relación de bienes (edificios y contenidos)navegación. En caso de siniestrosiniestro el valor de aseguramiento se demostrará mediante cualquiera de los siguientes documentos: factura, bastará con acreditar la propiedadformato de determinación de precio mínimo, responsabilidad avalúo, valor de registro y/o posesión del bien o bienes asegurados para hacer la reclamacióncualquier otro documento que contribuya a determinar su valor.

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Samples: compranetinfo.hacienda.gob.mx