CALIDAD DEL SERVICIO COMERCIAL Cláusulas de Ejemplo

CALIDAD DEL SERVICIO COMERCIAL. LA DISTRIBUIDORA deberá extremar sus esfuerzos para brindar a sus usuarios una atención comercial satisfactoria. Los distintos aspectos de la misma se controlarán por medio de los indicadores que se detallan en los puntos 4.1), 4.2), 4.3) y 4.4) del presente documento, de tal forma de orientar sus esfuerzos hacia: Si la DISTRIBUIDORA no cumpliera con las pautas aquí establecidas, se hará pasible a las sanciones descriptas en el punto 5) de este documento.
CALIDAD DEL SERVICIO COMERCIAL. LA CONCESIONARIA deberá extremar sus esfuerzos para brindar a sus clientes una atención comercial satisfactoria, facilitando las tramitaciones que deban realizar los clientes, atendiendo y dando adecuada solución a las reclamaciones recibidas, y disponiendo de un centro de atención telefónica para la recepción de reclamos por falta de suministro las veinticuatro (24) horas del día. Para el cumplimiento de lo enunciado precedentemente deberán ajustarse, a partir del inicio de la ETAPA DE TRANSICION con lo indicado en el presente punto 4., debiendo durante la ETAPA DE PRUEBA poner en marcha los mecanismos y ajustarlos con el Organismo de Control hasta su aprobación. Al inicio de la ETAPA DE REGIMEN, LA CONCESIONARIA deberá haber implementado sistemas de telegestión de trámites comerciales para perfeccionar la atención al público y reducir la afluencia del mismo a los Locales de Atención. A partir del inicio de la ETAPA DE PRUEBA, LA CONCESIONARIA deberá presentar informes trimestrales, con desagregación mensual, sobre los parámetros comerciales indicados en
CALIDAD DEL SERVICIO COMERCIAL. LA EMPRESA CONCESIONARIA deberá extremar sus esfuerzos para brindar a sus usuarios una atención comercial satisfactoria. Los distintos aspectos de la misma se controlarán por medio de los indicadores que se detallan en los puntos 4.1), 4.2), 4.3) y 4.4) del presente documento, de tal forma de orientar sus esfuerzos hacia: • el conveniente acondicionamiento de los locales de atención al público, para asegurar que la atención sea personalizada, • evitar la excesiva pérdida de tiempo del usuario, favoreciendo las consultas y reclamos telefónicos, • satisfacer rápidamente los pedidos y reclamos que presenten los usuarios y • emitir facturas claras, correctas y basadas en lecturas reales. Si LA EMPRESA CONCESIONARIA no cumpliera con las pautas aquí establecidas, se hará pasible a las sanciones descriptas en el punto 5) de este documento.
CALIDAD DEL SERVICIO COMERCIAL. LA DISTRIBUIDORA esta obligada a brindar a sus usuarios una atención comercial satisfactoria, facilitando las tramitaciones que deban realizar los usuarios, atendiendo y dando adecuada solución a las reclamaciones y requerimientos recibidos, y disponiendo de un centro de atención telefónica para la recepción de reclamos tanto técnicos como comerciales. Los reclamos por falta de suministros deberán ser recepcionados las 24 horas del día.
CALIDAD DEL SERVICIO COMERCIAL. A) Conexiones. Por el incumplimiento de los plazos previstos en el punto 10.1 del presente documento la Distribuidora deberá abonar al solicitante del suministro una multa equivalente al costo de la conexión (definida en el Régimen Tarifario), dividido en dos (2) veces el plazo previsto (definido en el punto 10.1 del presente documento), por cada día hábil de atraso, hasta un máximo del valor de la conexión. B) Facturación Estimada. Para los casos en que la DEP detecte mayor número de estimaciones que las previstas en el punto 4. del presente documento, percibirá, de parte de la Distribuidora, una multa equivalente al treinta por ciento (30%) de la facturación estimada y derivará esta multa hacia los clientes perjudicados. C) Reclamos por Errores de Facturación. Por incumplimiento en lo exigido en cuanto a la atención de los reclamos de los clientes por errores de facturación, la Distribuidora abonará .a los clientes afectados una multa equivalente al cincuenta por ciento (50%) del monto de la facturación objeto del reclamo. D) Suspensión de Suministro por Falta de Pago. Si el servicio no se restableciera en los plazos previstos, la Distribuidora abonará al cliente una multa del veinte por ciento (20%) del monto equivalente al promedio mensual de los KWh facturados en los últimos doce (12) meses, actualizados al momento de hacer efectiva la multa, por cada día o fracción excedente.
CALIDAD DEL SERVICIO COMERCIAL. LA CONCESIONARIA deberá extremar sus esfuerzos para brindar a sus clientes una atención comercial satisfactoria, facilitando las tramitaciones que deban realizar los clientes, atendiendo y dando adecuada solución a las reclamaciones recibidas, y disponiendo de un centro de atención telefónica para la recepción de reclamos por falta de suministro las veinticuatro (24) horas del día. Para el cumplimiento de lo enunciado precedentemente deberán ajustarse, a partir del inicio de la ETAPA DE TRANSICION con lo indicado en el presente punto 4., debiendo durante la ETAPA DE PRUEBA poner en marcha los mecanismos y ajustarlos con el Organismo de Control hasta su aprobación. Al inicio de la ETAPA DE REGIMEN, LA CONCESIONARIA deberá haber implementado sistemas de telegestión de trámites comerciales para perfeccionar la atención al público y reducir la afluencia del mismo a los Locales de Atención. A partir del inicio de la ETAPA DE PRUEBA, LA CONCESIONARIA deberá presentar informes trimestrales, con desagregación mensual, sobre los parámetros comerciales indicados en 4.2. Tratamiento de Reclamaciones, 4.4. Conexiones, 4.5. Facturación Estimada, 4.6. Suspensión del Suministro por Falta de Pago, y 4.7. Quejas. En los casos en que se verifiquen apartamientos en estos parámetros con los especificados, LA CONCESIONARIA otorgará un crédito a los clientes afectados en concepto de multa por incumplimiento de acuerdo a lo previsto en el punto 5.5.3. Estas multas se reintegrarán a los clientes afectados en la próxima factura emitida, quedando a cargo del Organismo de Control la verificación del cumplimiento de lo dispuesto.

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  • CALIDAD DEL SERVICIO La evaluación de la calidad y oportunidad del servicio serán practicadas semanalmente por la Oficina del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia y los representantes de las Delegaciones Metropolitanas, emitiendo reporte por escrito, al cual se le dará seguimiento y con el que se establecerán acciones encaminadas a la optimización en el cumplimiento eficaz de la prestación del servicio. El licitante ganador deberá elaborar una bitácora de control de rutinas con las horas hombre aplicadas a cada una, describiendo las funciones específicas ya desarrolladas y con las firmas de los operarios y supervisor responsable. En caso de que sean detectados espacios sucios serán reportados por escrito a la supervisión para que se subsane la anomalía de inmediato. La validación del servicio se realizará por parte del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia, al cual se le deberá entregar al final de cada mes el control de asistencia del personal, hojas de servicios de limpieza profunda, listados de entrega de materiales en cada una de las Delegaciones de FONACOT y listado de pago ante el IMSS de toda la plantilla que se encuentra laborando, una vez entregada toda la documentación se realizará el análisis correspondiente para la aplicación de penalizaciones y solicitud de pago de factura. FONDO DE FOMENTO Y GARANTIA PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES CONVOCANTE ( NOMBRE ) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA , DECLARO LO SIGUIENTE: QUE CONOZCO LA LEY, SU REGLAMENTO, LAS PRESENTES BASES, SUS ANEXOS Y, EN SU CASO, LAS MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES; ASÍ COMO NO ENCONTRARME EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 31 FRACCION XXIV DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y QUE ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS LICITANTES. LUGAR Y FECHA (FIRMA REPRESENTANTE LEGAL) FECHA DIA MES AÑO NOMBRE DEL LICITANTE R.F.C. DOMICILIO México, D.F a ---- de ----------------------- de 2006--- Me refiero al contrato No. XXXXXX, para la prestación del servicio, que esa Entidad me (persona física) adjudicó ó adjudicó a la empresa XXXXXXXXXXXX (persona moral), mediante el procedimiento derivado de la licitación pública nacional número. , por un monto total de: $XXXXXXX (XXXXXXXX PESOS 00/100 M.N.) ----------------------------------------, representante legal de --. (RFC: XXXXXXXXXX), con domicilio fiscal en la calle de xxxxxxxxxxxxxx numero xx, Colonia xxxxxxxxxxxx Delegación xxxxxxxxxxxx, Código Postal xxxxxx, en la ciudad de México D.F., y en los términos establecidos por el articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación en vigor y la Regla 2.1.17., fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, emitida esta última por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, bajo protesta de decir verdad manifiesto lo siguiente:

  • CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

  • Continuidad del SERVICIO Sin perjuicio de las condiciones que en su caso establezca EL PROVEEDOR, MOVISTAR será responsable de la prestación del servicio soporte, atención al cliente y de la gestión de incidencias.

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • VIGENCIA DEL SERVICIO “El Prestador de Servicios” se obliga a la prestación del servicio a partir del día 19 (Diecinueve) xx Xxxxx y hasta el 31 (Treinta y Uno) de Diciembre de 2017.-------------------------

  • CALIDAD DE LOS SERVICIOS De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado ante “BANSEFI” a responder de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable. De conformidad con lo establecido por el artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se tendrán por recibidos los servicios, si no existe la aceptación de conformidad de los servicios prestados, por parte del personal autorizado de “BANSEFI”.

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

  • FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).

  • Contratos de servicios Además de en los casos previstos en el artículo 170, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos: