CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA. En caso de modificarse el domicilio especial del Contratista durante la vigencia del contrato, aquél está obligado a comunicar sin demora, en forma fehaciente, al Gobierno su nuevo domicilio el que deberá estar siempre en la Ciudad de Buenos Aires.
CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA. El domicilio legal constituido por el Contratista tendrá vigencia en tanto no comunique su cambio en forma fehaciente y hasta cinco (5) días hábiles posteriores a dicha co- municación. La omisión de la comunicación del cambio de domicilio será considerado como “falta grave” del Contratista.
CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA. En caso de modificarse el domicilio especial del Contratista durante la ejecución del Contrato, aquél está obligado a comunicar con una antelación mínima de DOS (2) días a su entrada en vigencia, en forma fehaciente ante Comitente, su nuevo domicilio, el que deberá constituirse en la jurisdicción que se establezca en el PCP, bajo apercibimiento de tenerse por notificado en el domicilio denunciado.
CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA. En caso de modificarse el domicilio especial del contratista durante la ejecución del contrato, aquél está obligado a comunicar en el plazo de DOS (2) días, en forma fehaciente al comitente, su nuevo domicilio, el que deberá constituirse en la jurisdicción que se establezca en el P.C.P., bajo apercibimiento de tenerse por notificado en el domicilio denunciado.
CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA. En caso de modificarse el domicilio especial del contratista durante la ejecución del contrato, aquél está obligado a comunicar en el plazo de dos (2) días, en forma fehaciente al comitente, su nuevo domicilio, el que deberá constituirse en la jurisdicción que se establezca en el P.C.E.
CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA. TITULO II
CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA. En caso de modificarse el domicilio especial del contratista durante la ejecución del contrato, aquél está obligado a comunicar sin demora, en forma fehaciente a ADIF, su nuevo domicilio, el que deberá constituirse en la jurisdicción establecida en el Artículo 11°. CONDICIONES DE EJECUCION CONTRACTUAL
CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA. El domicilio legal constituido por el Contratista tendrá vigencia en tanto no comunique su cambio en forma fehaciente y hasta cinco (5) días hábiles posteriores a dicha comunicación.
CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA. 18 TITULO II 18 CONDICIONES DE EJECUCION CONTRACTUAL 18 CAPITULO I 18 ORGANIZACIÓN DE LA OBRA 18 ARTICULO 39: Orden de iniciación. 18
CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRATISTA. 23 6.11. IMPUGNACIONES 24