Common use of CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Clause in Contracts

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la prueba.

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Samples: Contrato De Servicio De Suministro De Combustible, Contrato De Servicio De Suministro De Combustible, Service Agreement

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la prueba.

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Samples: Contrato De Suministro De Combustible, Contrato De Suministro De Combustible, Contrato De Suministro De Combustible

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo A. Para el caso que una Unidad no esté disponible debido a su uso continuo o no autorizado por disposición algún ocupante o el Desarrollo Afiliado sobrepase su limite de ocupación por alguna razón que no sea un evento de fuerza mayor, RCI hará sus mejores esfuerzos para localizar y proporcionar una alternativa equivalente a dicha Unidad que se encuentra dentro de la misma ubicación geográfica o una ubicación similar. Asimismo RCI no incurrirá en contrario contenida en este Contrato, ninguna de las partes responsabilidad adicional frente al Socio una vez que haga sus mayores esfuerzos. B. El Administrador del Programa no será responsable por el del incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida de Suscripción y Membresía, por el plazo en que la imposibilidad algún evento derivado de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el cual será notificado al Socio afectado, sin que ha ocurrido esto implique el evento reembolso de aquellas cantidades pagadas por el Socio al Administrador del Programa. Se entenderá por “Caso Fortuito o Fuerza Mayor” de manera enunciativa, más no limitativa lo siguiente: (i) catástrofes naturales incendio, explosión, guerra, revolución, insurrección, disturbios, actos de piratería, actos de terrorismo, sabotaje, bloqueo, embargo, accidentes, epidemias o cuarentena; (ii) acción de autoridad gubernamental que impida o demore el cumplimiento con las obligaciones del Administrador del Programa conforme a estos Términos y Condiciones ; (iii) huelga, paro u otra disputa laboral derivada de cualquier causa independientemente que el pliego petitorio de los empleados involucrados sea razonable o no, o se encuentre dentro del alcance de facultades del Administrador del Programa para concederlo; (iv) cualquier otra causa o circunstancia fuera del control del Administrador del Programa . No obstante la incapacidad del Administrador del Programa de cumplir cualquier obligación conforme a estos Términos y Condiciones, las obligaciones del Socio continuarán conforme al Contrato de Suscripción y Membresía. C. Las quejas respecto de los alojamientos o servicios prestados en un Desarrollo Afiliado o por vía telefónica parte de un Proveedor de Servicios de Hospedaje deben realizarse tan pronto como sea posible ante la persona autorizada o responsable del Desarrollo Afiliado o del Proveedor de Servicios de Hospedaje. Si una vez realizado lo anterior no genera un resultado satisfactorio para el Socio RCI, este deberá contactar a la oficina de servicios de RCI más cercana. En el supuesto que el Desarrollo Afiliado y/o Proveedor de Servicios de Hospedaje no resuelva el problema, el Socio RCI deberá contactar al Centro de Atención de RCI en xxx.xxx.xxx, o podrá enviar un mensaje de correo electrónico directamente a xxx_xxxxx@xxx.xxx, enviar una carta al Centro de Atención de la oficina RCI regional que corresponda a la brevedad que sea razonablemente posible después dirección prevista en estos Términos y Condiciones. El Socio RCI deberá proporcionar todos los detalles de tener conocimiento la queja dentro de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 los 30 (dieztreinta) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la prueba.regreso

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Samples: Términos Y Condiciones Del Programa De Intercambio Rci Points, Términos Y Condiciones Del Programa De Intercambio Rci Points, Términos Y Condiciones Del Programa De Intercambio Rci Points

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna Ninguna de las partes Partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de incumplir con sus obligaciones conforme al presente bajo este Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad si dicho incumplimiento es consecuencia directa de cumplimiento se deba por motivos de un Caso Fortuito o Fuerza Mayor, y siempre que no medie negligencia, impericia, dolo y/o mala fe de su parte y/o de sus representantes, empleados, asesores y/o agentes. La A los efectos del presente Contrato se entenderá por “Caso Fortuito o Fuerza Mayor”, cualquier acto, hecho o circunstancia de la naturaleza o del hombre que impida totalmente a la Parte afectada cumplir con sus obligaciones bajo el Contrato. En este caso, las obligaciones de la Parte afectada serán suspendidas por el tiempo que dure dicho Caso Fortuito o Fuerza Mayor, siempre que: (a) notifique por escrito a la otra parte que alegue de su incapacidad para desempeñar sus obligaciones debido al Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonablesdentro de las cuarenta y ocho (48) horas de la ocurrencia del mismo, proveyendo todos los detalles de lo ocurrido, incluyendo una estimación de su duración y probable impacto sobre el gasto desempeño de sumas razonables sus obligaciones contractuales, y continúe informando oportuna y periódicamente sobre la situación mientras dure el Caso Fortuito o Fuerza Mayor; (b) sea diligente y adopte todas las medidas que serían adoptadas por una empresa del rubro de dinero manera razonable y prudente, de acuerdo con la buena práctica habitual generalmente aceptada para el tipo de servicio en cuestión, para mitigar las consecuencias del Caso Fortuito o remediar los efectos Fuerza Mayor y continuar cumpliendo con sus obligaciones contractuales; y remediar, con la debida diligencia y buena fe, su incapacidad de desempeño; y (c) dé a la otra parte aviso inmediato del cese del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un El transcurso del plazo mencionado en el punto (a) de la cláusula 12.2 precedente o el no cumplimiento con los deberes de información establecidos, impondrá la caducidad del derecho de alegar el/los eximente/s de responsabilidad. En caso de ser el CONTRATISTA quien hubiere alegado el Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar y éste hubiere sido admitido por la EMPRESA, la EMPRESA determinará el ajuste que corresponda hacer de manera razonable al cronograma de trabajos. El incumplimiento de una Parte de cualquiera de las obligaciones previstas en este Contrato, impide a la otra Parte que incumpla alegar Caso Fortuito o Fuerza Mayor una vez que hubiere incumplido. A los efectos aclaratorios, el Caso Fortuito o la Fuerza Mayor también puede estar originado en disposiciones y/o decisiones de cualquier autoridad gubernamental nacional, provincial y/o municipal. Ninguna de las Partes podrá invocar un evento de Fuerza Mayor como eximente de responsabilidad respecto del pago de sumas de dinero que resulten exigibles. Cada parte que ha ocurrido el soportará separadamente las consecuencias económicas del evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, y ningún pago extra ni compensación deberá ser pagado por vía telefónica o correo electrónico la EMPRESA al CONTRATISTA como resultado de la suspensión de la prestación del Servicio que se atribuya a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque dicho Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación aceptado por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la pruebaEMPRESA.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Integrados De Perforación, Service Contract, Contrato De Prestación De Servicios Integrados De Perforación

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna 17.1. Ninguna de las partes Partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera una obligación, o por ejecución parcial, tardía o defectuosa de un compromiso durante cualquier período en el cual se configure una situación de caso fortuito o fuerza mayor, causa no imputable consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, tales como: incendios, temblores, terremotos, mareas crecidas, avalanchas, deslizamientos de tierra, inundaciones, huracanes, tormentas, explosiones, guerras, guerrillas, actos de terrorismo, sabotajes, conmociones civiles, bloqueos, demoras incontrolables en el transporte, huelgas, imposibilidades de abastecimiento (a pesar de haberse aprovisionado), daños a las instalaciones de recepción y transporte, (aumento súbito xx xxxxx de agua, bloqueo de las perforaciones, bloqueo del tubing de producción)1 u otras similares que estén fuera del control razonable y no pudieran ser previstas, o que habiendo sido previstas, no pudieran ser evitadas, en concordancia con el artículo 1315º del Código Civil. 17.2. XXXXXXXXX no podrá invocar fuerza mayor como causal suspensiva o liberativa de su obligación de pagar una suma de dinero, en caso EL CONTRATISTA haya cumplido con sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por derivadas del Contrato. 17.3. En el plazo en que la imposibilidad caso de cumplimiento se deba parcial, tardío o defectuoso de la obligación respectiva, debido a una situación de caso fortuito o fuerza mayor, las Partes continuarán ejecutando las obligaciones contractuales que no han sido afectadas en alguna forma por motivos estas circunstancias. De igual modo, la Parte obligada a ejecutar su obligación deberá hacer todo esfuerzo para cumplirla, de Caso Fortuito o Fuerza Mayoracuerdo con el compromiso común acordado por las Partes según el Contrato. 17.4. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor Parte afectada por las circunstancias mencionadas líneas arriba deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre reiniciar con el cumplimiento de las obligacionesobligaciones y de las condiciones contractuales en un período razonable, los elementos una vez que acrediten su procedencia la ocurrencia o circunstancia desaparezca, y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar notificar a la otra parte avisos periódicosParte que las circunstancias ya no existen, al menos una vez cada 15 dentro de un plazo de siete (quince7) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la pruebacalendario.

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Samples: Contract for the Acquisition of High Octane Gasoline Blend Stock (Hogbs), Acquisition Agreement

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición 8.1 Las partes han convenido en contrario contenida considerar como caso fortuito o fuerza mayor, a la causa no imputable, consistente en este Contratoun evento extraordinario, ninguna imprevisible e irresistible tales como fenómenos naturales, terremotos, etc, o actos del hombre que se encuentren fuera del control de las partes será responsable por el incumplimiento contratantes y que no pudieran ser evitadas, tales como guerra, incendios, explosiones, disturbios, actos de sabotaje, etc., que imposibiliten continuar la ejecución del suministro o determinan su cumplimiento parcial o tardío o defectuoso (Art. 1315 del Código Civil). 8.2 Si cualquiera de sus las partes contratantes estuviera temporalmente incapacitada, debido a caso fortuito o fuerza mayor, para cumplir totalmente o parcialmente las obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonablescontraídas, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar notificará a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayorpor escrito tal circunstancia, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que tan pronto como sea razonablemente posible después de tener conocimiento ocurrido el evento, proporcionando todos los documentos sustentatorios para su verificación. 8.3 Producido, notificado y verificado el evento determinante del caso fortuito o fuerza mayor, quedarán suspendidas las obligaciones a cargo de tal Xxxx Fortuito la parte afectada, sólo por el tiempo que dura la incapacidad causada, debiéndose actuar en lo posible de modo que la causa o Fuerza Mayor, y los efectos sean solucionados con la mayor celeridad posible. 8.4 Si la paralización de las obligaciones por escrito se hará a más tardar 10 caso fortuito o fuerza mayor subsistiese por un periodo de cinco (diez05) días hábiles siguientes calendario, las partes mediante Carta Notarial, podrán resolver el Contrato, salvo que dichas partes decidieran la suspensión y posterior continuación del objeto del presente contrato, reajustando los términos del mismo de común acuerdo. No se considerará caso fortuito o fuerza mayor a ningún hecho que fuera anterior a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción suscripción del eventoContrato, los efectos del mismo sobre el cumplimiento provocados por la negligencia o intención de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna cualquiera de las partes no acepte y/o que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la pruebahubieran sido predecibles.

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Samples: Contrato De Compraventa, Contrato De Compraventa

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna Ninguna de las partes será responsable por el cualquier retraso o incumplimiento de cualquiera este contrato que resulte de caso fortuito, fuerza mayor o por causas atribuibles al INSTITUTO FONACOT, en la inteligencia de que, una vez superados los dos primeros eventos, se reanudará la prestación de los servicios objeto del presente contrato, si así lo manifiesta el INSTITUTO FONACOT. Para los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor el PRESTADOR deberá notificar y acreditar dicha situación al INSTITUTO FONACOT previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas originalmente; igual procedimiento llevará a cabo el INSTITUTO FONACOT, para el caso de que por causas atribuibles a éste no se cumpla con el servicio en las fechas pactadas, procediéndose a modificar el presente contrato a efecto de diferir la fecha para la prestación de los servicios. En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso, lo anterior de conformidad con lo previsto en el artículo 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 63 de su Reglamento. Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor cualquier acontecimiento imprevisible e insuperable que impida a las partes afectadas el cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato bajo este contrato, si dicho evento se encuentra mas allá del control razonable de dicha parte, y no es resultado de su falta o negligencia, y si dicha parte no ha sido capaz de superar dicho acontecimiento mediante el ejercicio de la debida diligencia. Sujeto a la satisfacción de las condiciones precedentes, el caso fortuito o fuerza mayor incluirá, en forma enunciativa y no limitativa: Fenómenos de la naturaleza, tales como tormentas, inundaciones y terremotos; Incendios; Guerras, disturbios civiles, motines, insurrecciones y sabotaje; Huelgas u otras disputas laborales en México; y Leyes de aplicación general de cualquier autoridad gubernamental. Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá ninguno de los siguientes eventos: Incumplimiento de cualquier obligación contractual de las partes para la realización de los servicios, excepto y en la medida y por el plazo en que dicho retraso en la imposibilidad de cumplimiento se deba entrega sea causado por motivos de Caso Fortuito un caso fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito fuerza mayor; o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso Cualquier acto u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga omisión derivados de la pruebafalta de previsión por parte del PRESTADOR.

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Samples: Licitación Pública Nacional

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna 17.1 Ninguna de las partes será responsable Partes es imputable por la inejecución de una obligación del Contrato o su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso, durante el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo término en que la imposibilidad de cumplimiento dicha Parte obligada se deba vea afectada por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte y siempre que acredite que tal causa impidió su debido cumplimiento. 17.2 La Parte afectada por el cumplimiento del Contrato Caso Fortuito o Fuerza Mayor notificará por escrito dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que los cinco 17.3 El lapso durante el evento cual los efectos de la causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte afecten el cumplimiento de las obligaciones contractuales, será agregado al plazo previsto para el cumplimiento de dichas obligaciones y, si fuera el caso, al del período correspondiente del Contrato y al plazo de Vigencia del Contrato. Cuando alguna . 17.4 El Estado, a través del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, brindará al Contratista en las partes no acepte Operaciones y en cuanto le sea posible, las medidas de seguridad necesarias. 17.5 En caso que ha ocurrido un el Contratista se vea afectado por causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor que le impida realizar las Operaciones correspondientes, durante doce (12) Meses consecutivos contados a partir del momento en que aquella se produjo, podrá resolver el Contrato, para lo cual deberá comunicar por escrito su intención a PERUPETRO con una anticipación no menor de treinta (30) Días a la parte fecha en la cual quedará resuelto el Contrato de pleno derecho. 17.6 Los hechos reconocidos y aceptados como caso fortuito o fuerza mayor para el Concesionario, podrán ser considerados como Caso Fortuito o Fuerza Mayor para los efectos del Contrato, siempre que alegue su existencia tendrá la carga se encuentren comprendidos dentro de los alcances de la pruebapresente cláusula. 17.7 El incumplimiento de las obligaciones por parte del Concesionario, así como demoras de las entidades oficiales, no imputables al Contratista, en la obtención de permisos, autorizaciones y derechos necesarios para la ejecución de las Operaciones que afecten el cumplimiento de las obligaciones del Contratista, podrán ser invocadas como Caso Fortuito o Fuerza Mayor. 17.8 Las disposiciones de esta Cláusula Décimo Sétima no son aplicables a obligaciones de pago de sumas de dinero.

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Samples: Licensing Agreement

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo Queda expresamente convenido que XXXXXXX no será responsable por disposición la demora o incumplimiento total o parcial, de sus obligaciones consistentes en contrario contenida ejecutar los trabajos de exploración o explotación en los términos de este Contrato, cuando dicha demora o incumplimiento provenga o resulte de caso fortuito o fuerza mayor, esto es, de hechos o acontecimientos de la naturaleza o del hombre que sean imprevisibles o que, aun cuando puedan preverse, no puedan evitarse por XXXXXXX; lo cual desde luego no incluirá cuestiones financieras que puedan afectar la situación económica xx XXXXXXX. No obstante lo anterior, XXXXXXX únicamente será excusada por caso fortuito o fuerza mayor, y no será responsable por cualquier falta o demora de hacer pagos a que se refiere la Cláusula Segunda de este Contrato si como resultado de dicha caso fortuito o fuerza mayor, se hace imposible efectuar dichos pagos por cuestiones que no se relacionen con la situación financiera xx XXXXXXX. De acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, las partes convienen que los acontecimientos que a continuación se mencionan, de manera enunciativa, mas no limitativa, serán considerados caso fortuito o fuerza mayor: siniestros, tales como incendios, explosiones, inundaciones, tormentas, terremotos, epidemias, disturbios civiles, disturbios laborales, huelgas, guerras, invasiones, oposiciones o disturbios ocasionados por comunidades rurales, ejidales, o por cualquier otro tipo de grupo o asociación constituida legalmente o no, así como oposiciones o disturbios causados por cualquier otra persona que impidan o no autoricen x XXXXXXX el libre acceso a los LOTES o impidan la realización de los trabajos mineros contemplados en este Contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada así como acciones u omisiones de cualquier cambioautoridad gubernamental, desarrollosea federal, progreso u otra información relevante respecto estatal o municipal, lo que incluye la demora o falta de obtención oportuna de TENTH. Force majeure and Acts of God. It is expressly agreed that XXXXXXX shall not be liable for the delay in or total or partial non-fulfillment of its obligations consisting in the execution of exploration or exploitation works in terms of this Contract, when such delay or non-fulfillment results from acts of God or force majeure, that is from facts or events of nature or man that are unforeseeable or that even in the case they might be foreseen, they cannot be avoided by XXXXXXX; same shall not include financial matters which may affect the economic situation of XXXXXXX. Notwithstanding the above, XXXXXXX shall only be excused by acts of God or force majeure from, and shall not be liable for any failure or delay in making payments referred in in Clause Second of this Contract if as a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayorresult of such act of God or force majeure it becomes impossible to make such payments for reasons other than those related to the financial condition of XXXXXXX. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la prueba.In accordance with that indicated in the above paragraph, the parties agree that the events mentioned below shall be considered as acts of God or force majeure without limiting to: accidents such as fire, explosions, floods, tempests, earthquakes, epidemics, civil disturbances, labor disturbances, strikes, wars, invasions, oppositions or disturbances provoked by rural communities, ejido’s communities or any other kind of association legally created or not, as well as oppositions or disturbances caused by any other person obstructing the free access of XXXXXXX or its designee to the LOTS or obstructing the performance of the mining works set forth in this Contract, as well as actions or omissions of any governmental authority, whether federal, state or municipal, group or entity which include the delay or impossibility to timely obtain such permits required, including environmental permits, from any governmental authority to carry out the mining

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Samples: Exploration and Mining Agreement (Golden Minerals Co)

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición 15.1 Constituye Caso Fortuito o Fuerza Mayor cualquier acto del hombre o hecho de la naturaleza, previsible o imprevisible, pero inevitable, que imposibilita u obstaculiza al que lo sufre el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Las partes convienen en contrario contenida que Caso Fortuito o Fuerza Mayor incluirá cualquier acontecimiento, previsible o imprevisible, que se encuentre fuera del control de la parte que lo invoque, siempre y cuando: (A) dicha parte haya empleado la atención y diligencia que podrían esperarse de un operador prudente en este Contratoun giro similar al que realiza dicha parte, ninguna tomando en consideración las condiciones naturales privativas en el área en que se opere dicho giro; y (B) que el suceso en cuestión obstaculice o impida, ya sea total o parcialmente, que la parte afectada cumpla con sus obligaciones. Sujeto a la satisfacción de las partes será responsable condiciones a) y b) estipuladas en el párrafo anterior, Caso Fortuito o Fuerza Mayor incluirá de manera enunciativa pero no limitativa los siguientes actos o eventos: (A) Eventos de la naturaleza, explosiones, inundaciones, hundimientos, terremotos, rayos y tempestades; (B) Guerra, rebelión, revolución, estado de sitio militar o de usurpación x xxxxxx civil, insurrecciones, sabotajes, invasión; (C) Levantamientos o disturbios civiles; (D) Actos u omisiones de cualquier Autoridad Gubernamental, incluyendo órdenes y resoluciones, licencias, permisos y concesiones emitidos por autoridades judiciales o administrativas, siempre y cuando se acredite que éstos fueron solicitados en tiempo y forma, la promulgación o expedición de disposiciones o leyes emitidas por parte de cualquier autoridad gubernamental que no hubiesen sido promovidas por la Parte afectada, ni ocasionadas por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato contenidas en el Título de Permiso o bajo cualquier Disposición Jurídica Aplicable, y hagan imposible la medida y por el plazo en que operación del Sistema o la imposibilidad prestación de cumplimiento se deba por motivos los servicios de conformidad con las presentes Condiciones Generales. Si debido a un Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La , ECA o el Usuario se ven impedidos para cumplir total o parcialmente con sus obligaciones contratadas, dicha parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonablesnotificar a la otra, incluyendo por escrito, por medio de facsímile y tan pronto como le sea posible con posterioridad al suceso, el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos motivo del acontecimiento del Caso Fortuito o Fuerza Mayor, explicándolo en detalle. La Una vez recibida dicha notificación, salvo en lo que respecta a la obligación de pago de las cantidades que se adeuden hasta esa fecha, las obligaciones de ambas partes quedarán suspendidas durante todo el tiempo en que dicha situación subsista; pero, bajo ninguna circunstancia, con posterioridad al cese de tal situación. Dicha parte estará obligada a continuar cumpliendo con aquellas obligaciones que alegue no sean afectadas por el acontecimiento del Caso Fortuito o Fuerza Mayor, y a realizar todos los esfuerzos posibles para subsanar esta situación. Bajo ninguna circunstancia los problemas financieros y técnicos podrán considerarse como Caso Fortuito o Fuerza Mayor. 15.2 (a) Fuerza Mayor en el Sistema. Sin prejuicio de lo establecido en la Sección 15.1, si un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a afecta las instalaciones del Sistema o las actividades dentro del Sistema, la otra parte que ha ocurrido obligación del Usuario de pagar el evento Cargo por Capacidad de Almacenamiento conforme al Contrato de Servicio será suspendida o, si es aplicable, reducida proporcionalmente para reflejar la suspensión o, según sea el caso, la reducción en el nivel del Servicio de Almacenamiento prestado por ECA. Ante la presencia de un Caso Fortuito o Fuerza Mayor, ECA podrá suspender, restringir o modificar las entregas de Gas al Usuario en tanto éstas sean afectadas por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx el Caso Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la pruebaconformidad con estas Condiciones Generales.

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Samples: Condiciones Generales Para La Prestación Del Servicio De Almacenamiento

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición 15.1 Constituye Caso Fortuito o Fuerza Mayor cualquier acto del hombre o hecho de la naturaleza, previsible o imprevisible, pero inevitable, que imposibilita u obstaculiza al que lo sufre el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Las partes convienen en contrario contenida que Caso Fortuito o Fuerza Mayor incluirá cualquier acontecimiento, previsible o imprevisible, que se encuentre fuera del control de la parte que lo invoque, siempre y cuando: (A) dicha parte haya empleado la atención y diligencia que podrían esperarse de un operador prudente en este Contratoun giro similar al que realiza dicha parte, ninguna tomando en consideración las condiciones naturales privativas en el área en que se opere dicho giro; y (B) que el suceso en cuestión obstaculice o impida, ya sea total o parcialmente, que la parte afectada cumpla con sus obligaciones. Sujeto a la satisfacción de las partes será responsable condiciones a) y b) estipuladas en el párrafo anterior, Caso Fortuito o Fuerza Mayor incluirá de manera enunciativa pero no limitativa los siguientes actos o eventos: (A) Eventos de la naturaleza, explosiones, inundaciones, hundimientos, terremotos, rayos y tempestades; (B) Guerra, rebelión, revolución, estado de sitio militar o de usurpación x xxxxxx civil, insurrecciones, sabotajes, invasión; (C) Levantamientos o disturbios civiles; (D) Actos u omisiones de cualquier Autoridad Gubernamental, incluyendo órdenes y resoluciones, licencias, permisos y concesiones emitidos por autoridades judiciales o administrativas, siempre y cuando se acredite que éstos fueron solicitados en tiempo y forma, la promulgación o expedición de disposiciones o leyes emitidas por parte de cualquier autoridad gubernamental que no hubiesen sido promovidas por la Parte afectada, ni ocasionadas por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato contenidas en el Permiso o bajo cualquier Disposición Jurídica Aplicable, y hagan imposible la medida operación del Sistema o la prestación de los servicios de conformidad con los presentes Términos y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Condiciones Generales. Si debido a un Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La , ECA o el Usuario se ven impedidos para cumplir total o parcialmente con sus obligaciones contractuales, dicha parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar notificar a la otra parte que ha ocurrido otra, por escrito, por medio de facsímile y tan pronto como le sea posible con posterioridad al suceso, el evento motivo del acontecimiento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico explicándolo en detalle. Una vez recibida dicha notificación, salvo en lo que respecta a la brevedad obligación de pago de las cantidades que sea razonablemente posible después se adeuden hasta esa fecha, las obligaciones de tener conocimiento ambas partes quedarán suspendidas durante todo el tiempo en que dicha situación subsista; pero, bajo ninguna circunstancia, con posterioridad al cese de tal Xxxx situación. Dicha parte estará obligada a continuar cumpliendo con aquellas obligaciones que no sean afectadas por el acontecimiento del Caso Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho eventorealizar todos los esfuerzos posibles para subsanar esta situación. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, Bajo ninguna circunstancia los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia problemas financieros y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de técnicos podrán considerarse como Caso Fortuito o Fuerza Mayor. 15.2 (a) Fuerza Mayor en el Sistema. Tales avisos mantendrán a Sin prejuicio de lo establecido en la otra parte informada de cualquier cambioSección 15.1, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue si un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a afecta las instalaciones del Sistema o las actividades dentro del Sistema, la otra parte obligación del Usuario de pagar el momento Cargo por Capacidad de Almacenamiento conforme al Contrato de Servicio será suspendida o, si es aplicable, reducida proporcionalmente para reflejar la suspensión o, según sea el caso, la reducción en que el evento nivel del Servicio de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje Almacenamiento prestado por ECA. Ante la presencia de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga Mayor, ECA podrá suspender, restringir o modificar las entregas de la pruebaGas al Usuario en tanto éstas sean afectadas por el Caso Fortuito o Fuerza Mayor, de conformidad con estos Términos y Condiciones Generales.

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Samples: Términos Y Condiciones Para La Prestación Del Servicio De Almacenamiento

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este ContratoEl caso fortuito o fuerza mayor, ninguna es todo hecho de la naturaleza o acto del hombre, imprevisible o inevitable, que, sin culpa o negligencia de alguna de “Las Partes”, impida el cumplimiento de alguna o todas las obligaciones a su cargo o el oportuno cumplimiento de las partes será responsable mismas o la forma convenida para dicho cumplimiento de conformidad con el Contrato. Entre los casos fortuitos o de fuerza mayor pueden determinarse de manera enunciativa, más no limitativa, los siguientes eventos: incendios, terremotos, guerras, inundaciones, sabotajes, huelgas declaradas, ciclones, motines o disturbios, catástrofes de transportes marítimos, ferroviarios, aéreos o terrestres; paro de fábrica(s) por el incumplimiento de causas no imputables a “La Contratista”. Cuando cualquiera de “Las Partes” por efecto de caso fortuito o fuerza mayor dejare de cumplir con sus obligaciones conforme al presente Contrato respectivas obligaciones, quedará liberado de la responsabilidad consecuente con dicho incumplimiento, relativa a la indemnización de los daños y perjuicios causados a la otra parte, siempre que en tal evento se cumplan las siguientes condiciones: A. Que la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito sufra la fuerza mayor no haya dado causas o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La contribuido a que se produjera. B. Que la parte que alegue un Caso Fortuito sufra el caso fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar fuerza mayor lo notifique de inmediato a la otra parte que ha ocurrido el evento y adopte las medidas urgentes tendientes a evitar la extensión de Caso Fortuito sus efectos o Fuerza Mayor, por vía telefónica daños a las personas o correo electrónico a bienes de la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que otra parte. C. Que la parte que invoque Caso Fortuito sufra el caso fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento fuerza mayor, acredite a satisfacción de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicosmediante las constancias idóneas, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento la existencia, duración y efectos de Caso Fortuito dicho caso fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la pruebafuerza mayor.

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Samples: Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la prueba.

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Samples: Servicio De Suministro De Combustible

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna 25.1. Ninguna de las partes Partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera una obligación, o por ejecución parcial, tardía o defectuosa de un compromiso durante cualquier período en el cual se configure una situación de caso fortuito o fuerza mayor, causa no imputable consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, tales como: incendios, temblores, terremotos, mareas crecidas, avalanchas, deslizamientos de tierra, inundaciones, huracanes, tormentas, explosiones, guerras, guerrillas, actos de terrorismo, sabotajes, conmociones civiles, bloqueos, demoras incontrolables en el transporte, huelgas, imposibilidades de abastecimiento (a pesar de haberse aprovisionado), daños a las instalaciones de recepción y transporte, (aumento súbito xx xxxxx de agua, bloqueo de las perforaciones, bloqueo del tubing de producción)1 u otras similares que estén fuera del control razonable y no pudieran ser previstas, o que habiendo sido previstas, no pudieran ser evitadas, en concordancia con el artículo 1315º del Código Civil. 25.2. PETROPERÚ no podrá invocar fuerza mayor como causal suspensiva o liberativa de su obligación de pagar una suma de dinero, en caso EL CONTRATISTA haya cumplido con sus obligaciones conforme al presente Contrato en derivadas del Contrato. 1 Aplicable para la medida y por adquisición de Crudo. 25.3. En el plazo en que la imposibilidad caso de cumplimiento se deba parcial, tardío o defectuoso de la obligación respectiva, debido a una situación de caso fortuito o fuerza mayor, las Partes continuarán ejecutando las obligaciones contractuales que no han sido afectadas en alguna forma por motivos estas circunstancias. De igual modo, la Parte obligada a ejecutar su obligación deberá hacer todo esfuerzo para cumplirla, de Caso Fortuito o Fuerza Mayoracuerdo con el compromiso común acordado por las Partes según el Contrato. 25.4. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor Parte afectada por las circunstancias mencionadas líneas arriba deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre reiniciar con el cumplimiento de las obligacionesobligaciones y de las condiciones contractuales en un período razonable, los elementos una vez que acrediten su procedencia la ocurrencia o circunstancia desaparezca, y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar notificar a la otra parte avisos periódicosParte que las circunstancias ya no existen, al menos una vez cada 15 dentro de un plazo de siete (quince7) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la pruebacalendario.

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Samples: Acquisition Agreement

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Contrato: PTI151101TE5 La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la prueba.

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Samples: Contrato De Suministro De Combustible

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna 19.1. Ninguna de las partes Partes será responsable ante la otra por dejar de realizar alguna de las obligaciones bajo este Convenio, si el incumplimiento se debe a causas de cualquiera fuerza mayor o caso fortuito. Para los fines de sus obligaciones conforme al presente Contrato este Convenio, se entiende por “caso fortuito o fuerza mayor» aquella causa no imputable consistente en un evento extraordinario, imprevisible o irrevocable, que impida la medida ejecución de las prestaciones o que determine el cumplimiento parcial, tardío o defectuoso. Entre tales eventos quedan comprendidos los incendios, temblores, terremotos, maremotos, derrumbes, avalanchas, inundaciones, huracanes, tempestades, explosiones, conflictos bélicos o guerras externas o internas, actos de terrorismo y por sabotaje, conmoción civil, bloqueos, actos de vandalismo, demoras incontrolables en el plazo transporte, huelgas y paros, imposibilidad de obtener transporte, derechos, licencias o permisos, equipos y servicios en general, así como cualquier otra causa semejante; entendiéndose que la imposibilidad presente relación es sólo enumerativa y no taxativa; por lo que quedan comprendidos todos los eventos que estén fuera de cumplimiento se deba por motivos control razonable de Caso Fortuito las Partes y no pudieran haber sido previstos o Fuerza Mayorque habiéndolo sido, no pudiera ser evitadas. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los Los efectos del Caso Fortuito caso fortuito o Fuerza Mayorfuerza mayor sobre el presente Convenio quedarán sujetos a lo establecido en el artículo 1315 del Código Civil Peruano. 19.2. La parte que alegue un Caso Fortuito Ocurrido el caso fortuito o Fuerza Mayor fuerza mayor, la Parte afectada deberá comunicar a la otra parte Parte sobre la ocurrencia de los hechos e indicando las obligaciones contractuales que ha ocurrido el evento se verán afectadas. Esta comunicación se realizará por escrito dentro de Caso Fortuito las veinticuatro (24) horas o Fuerza Mayoren tiempo prudencial mayor cuando las circunstancias lo ameriten. Asimismo, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, Parte afectada deberá notificar inmediatamente y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles la otra el fin o término del hecho fortuito o fuerza mayor dentro de las veinticuatro horas siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho eventosu cese. 19.3. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del eventoParte que alegue caso fortuito o fuerza mayor, debe usar diligentemente todos los esfuerzos razonables para mitigar los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia caso fortuito o fuerza mayor; y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar dará pronta notificación escrita a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante Parte sobre la finalización de dicha causa y deberá reanudar el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada desempeño de cualquier cambioobligación que haya sido suspendida, desarrollotan pronto como sea razonablemente posible, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga después de la pruebafinalización de dicha causa de fuerza mayor o caso fortuito.

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Samples: Convenio De Cooperación

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. Contrato: CAS-AD-83-2022-CONSOL La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la prueba.

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Samples: Contrato De Suministro De Combustible

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo 11.1. Para lo relativo a esta Cláusula 11 por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de "Caso Fortuito fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables" se entenderá un evento, cuya ocurrencia está más allá del control razonable de la Parte reclamante, incluyendo enunciativa más no limitativamente los siguientes eventos y circunstancias: 11.1.1. actos xx xxxxxx (declarada o no declarada), conflictos armados, disturbios civiles o insurrección, bloqueos, embargos, motines, sabotajes, daños culposos, actos de terrorismo o amenazas específicas de dichos actos o eventos, o condiciones atribuidas a tales actos o eventos; 11.1.2. huelga, paro laboral, cierre u otro disturbio industrial o disputa laboral (ya sea que involucre a la fuerza laboral correspondiente a una de las Partes o proveniente de cualquier otra Parte), o incumplimiento de proveedores o de subcontratistas; 11.1.3. epidemias o plagas; 11.1.4. incendios, terremotos, ciclones, huracanes, inundaciones, sequías, relámpagos, tormentas, advertencias de tormenta, riesgos de navegación y marítimos, u otros actos de Dios; 11.1.5. roturas, incendios, heladas, explosión, paro mecánico u otro daño o malfuncionamiento que resulte en el gasto paro parcial o completo de sumas razonables las instalaciones de dinero la Parte reclamante; 11.1.6. una reforma a la ley, un impedimento de gobierno u otro acto o falla para mitigar actuar por parte de cualquier gobierno que reclama jurisdicción sobre el Contrato o remediar sus Partes; y las cuales se traducen en la incapacidad del Cliente o de la Empresa, total o parcialmente para cumplir con sus obligaciones al amparo del Contrato (más allá de la obligación de realizar los efectos pagos de los montos debidos con la otra Parte), cuya incapacidad no pudo haber sido prevenida o superada por la Parte reclamante ejerciendo razonable previsión, planeación o implementación. 11.2. Si como resultado del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La , cualquier parte se vuelve incapaz, en todo o en parte, para cumplir con sus obligaciones derivadas de la celebración de este Contrato, siendo estas diferentes a la obligación de pago de cualquier monto debido, en este caso las obligaciones de la Parte que alegue un notifica dicho evento, cuanto sea posible y en el entendido que las obligaciones son afectadas por dicho Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar Mayor, deberán ser suspendidas durante la duración de dicha incapacidad causada y por periodo razonable posterior tanto cuanto sea necesario para que la Parte afectada pueda regresar al estado que guardaba con anterioridad a la otra parte que ha ocurrido el evento este hecho de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, pero nunca por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en un período mayor. 11.3. En caso que la parte que invoque Caso Fortuito Empresa esté impedida para realizar o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento prestar los servicios, por cualquier razón fuera de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del eventosu control, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento incluyendo eventos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, el Cliente se obliga a: 11.3.1. Tales avisos mantendrán rembolsar a la Empresa cualquier gasto realizado o incurrido; y 11.3.2. pagar la proporción de honorarios correspondientes por los Servicios que efectivamente hayan sido prestados, liberando a la Empresa de pleno derecho de toda responsabilidad por el incumplimiento en la prestación parcial o total de los Servicios. 11.4. La Parte que reclama el Caso Fortuito o Fuerza Mayor se obliga a notificar a la otra parte Parte dentro de cuarenta y ocho (48) horas siguientes al acontecimiento de los hechos, debiendo mantener informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u a la otra información relevante respecto a tal evento de Parte sobre los acontecimientos significativos. Dicha notificación debe contener detalles razonablemente completos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte , así como estimar el periodo de tiempo que alegue un probablemente la Parte requerirá para remediar el Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a Mayor. 11.5. La Parte afectada debe realizar su mejor esfuerzo, dentro de lo razonable, para eliminar o reducir la otra parte el momento en que el evento situación de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje tan rápido como sea posible y de imposibilitar una manera razonable económicamente, pero no estará obligada a dicha parte resolver ninguna disputa laboral excepto en términos que le resulten convenientes y aceptables, en el cumplimiento del Contrato entendido estas disputas deben ser manejadas dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga discreción exclusiva de la pruebaParte afectada.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Servicio

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo El adjudicatario y/o el Fondo de Bienestar, no serán responsables por disposición en contrario contenida en este Contratocaso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor el acontecimiento no imputable al adjudicatario o arrendador, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida imprevisible e inevitable, y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito naturaleza que impida total o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre parcialmente el cumplimiento de las obligaciones que imponen las presentes Bases de Licitación y el contrato que en definitiva se suscriba, de acuerdo a las normas generales. A modo de ejemplo, las siguientes circunstancias constituyen caso fortuito o fuerza mayor: los actos de autoridad, tales como expropiaciones, confiscaciones o intervenciones de bienes; las rebeliones, sabotajes, motines y en general, todo estado xx xxxxxx; robo de cable, corte no programado de energía; los actos de la naturaleza, tales como inundaciones, terremotos, avalanchas, incendios, fenómenos atmosféricos y otras catástrofes similares. Se suma a esta descripción las ocurrencias sanitarias del tipo COVID-19. Con ocasión del brote Covid-19 que ha afectado al territorio nacional, calificado como pandemia por la Organización Mundial de la Salud, lo que configura una situación de caso fortuito que habilita la adopción de medidas extraordinarias de gestión las partes reconocen que el Ministerio de Salud ha dispuesto entre otras medidas, limitaciones al desarrollo de la actividad deportiva en recintos abiertos y cerrados de naturaleza pública o privada, y dependiendo de la gravedad, sin presencia de público. Si por cualquier acto u omisión imputable al Fondo de Bienestar o por causa de fuerza mayor o caso fortuito, se produjeren atrasos, interrupciones o, en definitiva, incumplimientos en la de obligaciones materia del contrato que se celebre con ocasión de esta licitación, el adjudicatario quedará liberado de la obligación de cumplir en las épocas, plazos, fechas y/o tiempos convenidos, y de las eventuales multas que estuvieren asociadas al incumplimiento de dichas obligaciones, extendiéndose dichos tiempos o plazos, automáticamente, por el mismo número de días u horas que hubiera durado el hecho que impidió al adjudicatario cumplir su obligación. Por otra parte, por cualquier causa imputable a fuerza mayor o caso fortuito, el arrendatario quedará excusado del pago del arriendo, por los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe este evento ocurra. Por ejemplo, el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la pruebacierre xxx xxxxxxx por cuarentena.

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Samples: Licitación Pública

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato18.1 En el supuesto de CASO FORTUITO o de FUERZA MAYOR, ninguna los derechos y obligaciones que surgen del presente PLIEGO y de las partes será responsable por normas aplicables, serán suspendidos con el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en alcance que defina la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonablesAUTORIDAD DE APLICACIÓN, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. mientras dure dicha causa. 18.2 La parte afectada también deberá dar notificará esa circunstancia a la otra parte avisos periódicosAUTORIDAD DE APLICACIÓN, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en informando la duración y extensión de la suspensión, si será total o parcial y la naturaleza de la FUERZA MAYOR, debiendo la AUTORIDAD DE APLICACIÓN emitir resolución fundada que continúe el evento tipifique la situación de Caso Fortuito excepción. 18.3 Las obligaciones así suspendidas retomarán su obligatoriedad tan pronto como desparezca la causa de FUERZA MAYOR o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán CASO FORTUITO, debiendo notificar este hecho a la otra parte informada AUTORIDAD DE APLICACIÓN. 18.4 En el supuesto de cualquier cambioCASO XXXXXXXX o de FUERZA MAYOR, desarrolloque torne de cumplimiento imposible el COMPROMISO EXPLORATORIO, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar y consecuentemente frustre la finalidad del PERMISO DE EXPLORACION, dando lugar a la otra parte resolución contractual, no se generará derecho de repetición alguno por las obligaciones ya cumplidas hasta el momento de la denuncia del supuesto. El cumplimiento de todas las obligaciones contraídas, especialmente el COMPROMISO EXPLORATORIO, no se hallará supeditado a contingencias propias del riesgo de la actividad petrolera; ni depende de los resultados obtenidos durante su ejecución, sin que ello importe una limitación a las facultades de decidir avanzar al siguiente período exploratorio. El OFERENTE no podrá invocar como caso de FUERZA MAYOR los condicionamientos razonables que surjan de la resolución aprobatoria de la Manifestación General de Impacto Ambiental si estuviesen fundados en restricciones que el evento de Caso Fortuito OFERENTE conocía o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes hubiese podido razonablemente conocer al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la pruebapresentación de la OFERTA. En consecuencia, el PERMISIONARIO o CONCESIONARIO asume totalmente los riesgos de esos resultados, los que, bajo ninguna circunstancia, podrán invocar a los fines de justificar una situación de incumplimiento. 18.5 El tiempo que requiera la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental, no podrá justificar una situación de CASO FORTUITO o FUERZA MAYOR, excepto que se demuestre la debida diligencia en el trámite y su obstaculización por un hecho o acto ajeno al mismo.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este 26.1.- El Proveedor sólo podrá excusarse de dar cumplimiento a cualquiera de las obligaciones que emanan del Contrato, ninguna únicamente si le afectare un caso fortuito o de las partes será responsable fuerza mayor. Para este efecto, se entenderá que existe fuerza mayor o caso fortuito cuando acaeciere cualquier hecho que escape al control del Proveedor, imposible de resistir y que no pudo ser previsto. No se considerarán circunstancias constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito, entre otras, los siguientes hechos: a) El incumplimiento de terceros con los cuales contratare el Proveedor. b) El aumento de precios de insumos, cualesquiera sean sus circunstancias o razones. c) El aumento de costos, aún si se atribuyeren a cambios tributarios, arancelarios, aumentos legales o contractuales de remuneraciones o cotizaciones previsionales o de salud, tarificación vial y/o aquellos que provengan de cualquier otro tipo de fuente. d) Las huelgas o paros y cierres de plantas. e) El error en que incurriere el Proveedor en sus ofertas, propuestas y/o cotizaciones. La fuerza mayor o caso fortuito deberá alegarse por escrito a la Empresa, dentro del tercer día corrido a contar del hecho o causa en que se funde, indicándose la naturaleza de los mismos y el tiempo que se estima que persistirán. Los hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito deberán acreditarse por cualquier medio de prueba contemplado en el Código de Procedimiento Civil. La Empresa podrá, también, invocar fuerza mayor o el caso fortuito, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 45 del Código Civil. 26.2.- La Empresa decidirá la procedencia del caso fortuito o fuerza mayor invocada e informada por el incumplimiento Proveedor, entregará las instrucciones respectivas, y exigirá al Proveedor la adopción de cualquiera medidas paliativas o servicios sustitutivos, mientras dure la suspensión generada como consecuencia de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en fuerza mayor o caso fortuito. 26.3.- Las Partes acuerdan expresamente que la imposibilidad ocurrencia de cumplimiento se deba por motivos cualquier evento – sea este atribuible al Proveedor o a un caso fortuito o a fuerza mayor - que impidiera, turbara o limitara total o parcialmente la prestación de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo los Servicios en los términos definidos en el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza MayorContrato, por vía telefónica o correo electrónico a más de siete días corridos, contados desde la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la prueba.notificación escrita hecha al

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Samples: General Conditions of Contracting

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito caso fortuito o Fuerza Mayorfuerza mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor, incluyendo las sumas de dinero que se tuvieran que erogar. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte (i) que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, y (ii) el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del presente Contrato. La comunicación que se menciona en el inciso (i) se hará por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Caso Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles naturales siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho eventolos eventos descritos en el inciso (i) anterior. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a Asimismo, la otra parte comunicación mencionada en el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato inciso (ii) se hará dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del presente Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la pruebaprueba en el procedimiento que podrá promover de conformidad con la Cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

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Samples: Contrato De Comercialización

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna Ninguna de las partes Partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al derivadas del presente Contrato Contrato, en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba de la Parte afectada sea por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte Parte que alegue declare Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus efectuar todos los esfuerzos razonables, incluyendo el gasto incluidos los gastos razonables, a fin de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del de dicha situación. Sin embargo, ninguna de las Partes estará liberada de las obligaciones que por su naturaleza no fueron afectadas por Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte Parte que alegue un declare Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar notificar a las otras Partes: (i) la otra parte que ha ocurrido el ocurrencia del evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quinceii) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte Parte el cumplimiento del Contrato dentro presente Contrato. En ambos casos, la notificación se hará con la brevedad que sea razonablemente posible, pero nunca después de las 24 los cinco (veinticuatro5) horas Días Hábiles siguientes al momento a la fecha en que la Parte en cuestión hubiese tenido conocimiento, o hubiese debido tener conocimiento de los eventos descritos en los numerales (i) y (ii) anteriores. No obstante, si el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje interrumpiera las comunicaciones de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte manera que ha ocurrido un sea imposible hacer la notificación en los plazos aquí especificados la Parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor efectuará dicha notificación tan pronto como se razonablemente posible, una vez que se restablezcan las comunicaciones, pero no después del Día Hábil siguiente a dicho restablecimiento. En caso de que cualquiera de las Partes no realice la parte que alegue notificación mencionada en esta Cláusula en el término establecido, perderá su existencia tendrá la carga derecho de la pruebainvocar Caso Fortuito o Fuerza Mayor para excusarse del cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato y a los TCPS.

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Samples: Contrato De Interconexión Y Medición

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo 12.1 Las partes han convenido en considerar como Caso fortuito o Fuerza Mayor, a la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial o tardío o defectuoso (Art. 1315 del Código Civil), demoras por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna paralizaciones dispuestas por LA GERENCIA y a la imposibilidad de LA GERENCIA de seguir financiando las obras. 12.2 Si cualesquiera de las partes será responsable por el incumplimiento contratantes estuviera temporalmente incapacitada debido a caso fortuito o de cualquiera de sus fuerza mayor para cumplir total o parcialmente las obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonablescontraídas, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar notificará a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayorpor escrito tal circunstancia, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que tan pronto como sea razonablemente posible después de tener conocimiento ocurrido el evento, proporcionando todos los detalles del mismo. 12.3 Producido y notificado el evento determinante del caso fortuito o fuerza mayor, quedarán suspendidas las obligaciones a cargo de tal Xxxx Fortuito la parte afectada, sólo por el tiempo que dura la incapacidad causada, debiéndose actuar en lo posible de modo que la causa o Fuerza Mayorlos efectos sean solucionados con la mayor celeridad posible. 12.4 El mayor costo y los pagos adicionales correspondientes que pudieran resultar de la paralización de los servicios, y en razón del caso fortuito o de la fuerza mayor, o serán determinados de común acuerdo entre las partes contratantes. 12.5 Si la paralización de los servicios por escrito se hará a más tardar 10 fuerza mayor subsistiese por un período de sesenta (diez60) días hábiles siguientes a calendario, LA GERENCIA o EL SUPERVISOR mediante Carta Notarial, podrá resolver el Contrato, salvo que dichas partes decidieran la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento suspensión y posterior continuación de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del eventolos servicios, reajustando los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento términos del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento común acuerdo. 12.6 En caso de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento resolución del Contrato. Cuando alguna , EL SUPERVISOR entregará a LA GERENCIA, bajo responsabilidad en un plazo de treinta (30) días, toda la información relacionada con sus servicios, así como la liquidación correspondiente, que incluirá las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga sumas pendientes de la pruebapago.

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Samples: Contract for Services

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición 18.1 Ni YPFB Transierra ni el Contratista deberán responsabilizarse el uno al otro o considerarse en contrario contenida violación del Contrato en este Contrato, ninguna de las partes será responsable por el razón a un atraso o incumplimiento en la ejecución de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que el atraso o la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos deban a un evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar Para los efectos del Caso Fortuito o de este Contrato, “Fuerza Mayor. La ” significará cualquier acontecimiento, acto o evento fuera de control de, e imprevisible por, la parte que alegue un Caso Fortuito obligada a cumplir con la obligación correspondiente, o Fuerza Mayor deberá comunicar que, siendo previsible, sea inevitable por dicha parte aún después de haber tomado precauciones tendientes a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito evitar dicho acontecimiento, acto o evento. 18.2 Constituirán Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico entre otros que se adecúen a la brevedad definición precedente, los siguientes actos o eventos: a. Fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, b. Guerras (declaradas o no), actos de terrorismo, bloqueos, disturbios civiles, motines, insurrecciones y sabotajes, c. Cuarentenas y epidemias, d. Actos de una autoridad gubernamental que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito no hayan sido inducidos voluntariamente o Fuerza Mayor, y promovidos por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito en retraso o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento incumplimiento, ni sobrevengan como consecuencia de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento algún incumplimiento de las sus obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. y e. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando imposibilidad para alguna de las partes no acepte de obtener a tiempo, a pesar de sus mejores esfuerzos y de haber realizado todos los pasos bajo su control para obtener a tiempo, cualquier permiso o licencia bajo su responsabilidad, de acuerdo a lo establecido en este Contrato. 18.3 Queda expresamente convenido que ha ocurrido un Caso Fortuito o la definición de Fuerza Mayor excluye los siguientes eventos: i) dificultades financieras, comerciales o fiscales de cualquiera de las partes, o ii) retraso en la entrega de materiales, excepto cuando dicho retraso haya sido causado a su vez por un evento de Fuerza Mayor. 18.4 La parte afectada por un suceso de Fuerza Mayor deberá realizar todos los actos razonablemente posibles para atenuar o suprimir sus efectos y deberá comunicar por escrito a la otra a la brevedad posible y en ningún caso más allá de los cinco (5) días siguientes al inicio del evento alegado, especificando detalladamente las circunstancias que constituyen Fuerza Mayor y presentando pruebas suficientes de que por tal motivo se ha visto impedido o demorado el cumplimiento de una obligación contractual, e indicando el período (estimado) que se prevé habrá de durar tal impedimento, interrupción o demora, así como el impacto estimado del suceso en la ejecución de la Obra. 18.5 Dentro del plazo de cinco (5) días de la cesación del evento de Fuerza Mayor, el Contratista deberá proporcionar a YPFB Transierra, por escrito, todos los detalles relacionados con dicho evento y su impacto real sobre la ejecución de los trabajos encomendados. El no proporcionar esta información impedirá que el Contratista invoque dicho evento a los fines de reclamar cualquier plazo adicional para la correcta realización de los Servicios comprometidos. 18.6 Si un evento de Fuerza Mayor continúa por un periodo mayor a treinta (30) días, YPFB Transierra podrá resolver el Contrato, sin que esto dé lugar a reclamo alguno de compensación por parte del Contratista a excepción del pago por los trabajos completados y aprobados hasta el momento de la resolución. 18.7 En caso de disputa, la parte que alegue su existencia tendrá alega estar afectada por un hecho de fuerza mayor soportará la carga de probar la pruebaexistencia de ésta y la forma en que sus obligaciones se ven afectadas por ella. 18.8 Cuando el Contratista se viera afectado por un evento de fuerza mayor y no notificara a YPFB Transierra en el plazo previsto en 14.4, perderá el derecho de que dicho evento le excuse o excluya de su responsabilidad civil por la correcta y oportuna ejecución de la obra. 18.9 YPFB Transierra no estará obligado a realizar pago alguno al Contratista o a terceros cualquiera sea su naturaleza, en la eventualidad o a consecuencia de un suceso de Fuerza Mayor.

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Samples: Prestación De Servicios

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo El caso fortuito o fuerza mayor es todo hecho de la naturaleza o acto del hombre, imprevisible o inevitable, que sin culpa o negligencia de alguna de las partes, impida a ésta el cumplimiento de alguna o todas las obligaciones a su cargo, o el oportuno cumplimiento de las mismas o la forma convenida para dicho cumplimiento de conformidad con el Contrato. Entre los casos fortuitos o de fuerza mayor pueden determinarse de manera enunciativa, más no limitativa, los siguientes eventos, siempre que se cumplan los requisitos indicados en el párrafo siguiente: incendios; terremotos; guerras; inundaciones; sabotajes; huelgas declaradas; ciclones; motines o disturbios; catástrofes de transportes marítimos, ferroviarios, aéreos o terrestres; paro de fábrica(s) por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna causas no imputables a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. Cuando cualquiera de las partes será responsable por efecto de caso fortuito o fuerza mayor dejare de cumplir con sus respectivas obligaciones, quedará liberado de la responsabilidad consecuente con dicho incumplimiento, relativa a la indemnización de los daños y perjuicios causados a la otra parte, siempre que en tal evento se cumplan las siguientes condiciones: Que la parte que sufra el incumplimiento caso fortuito o fuerza mayor no haya dado causas o contribuido a que se produjera. Que la parte que sufra el caso fortuito o fuerza mayor lo notifique de cualquiera inmediato a la otra parte y adopte las medidas urgentes tendientes a evitar la extensión de sus obligaciones conforme al presente Contrato en efectos o daños a las personas o bienes de la medida otra parte. Que la parte que sufra el caso fortuito o fuerza mayor, acredite a satisfacción de la otra parte mediante las constancias idóneas, la existencia, duración y por el plazo en que la imposibilidad efectos de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito dicho caso fortuito o Fuerza Mayorfuerza mayor. La parte que alegue Caso Fortuito no sufra el caso fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonablesfuerza mayor se abstendrá de exigir indemnización alguna o de aplicar sanciones por el incumplimiento en que incurra la parte que lo sufra, si se satisfacen las condiciones indicadas en CONTRATO NÚMERO: SEMAEDESO/CONT/DRNB/DOET/01/2020. el párrafo tercero de esta CLÁUSULA, incluyendo las penas convencionales previstas en el gasto presente contrato, y de sumas razonables ser aplicable se establecerá de dinero para mitigar común acuerdo nueva fecha de entrega del servicio. Cada parte reportará individualmente las consecuencias económicas que produzcan en sus respectivos patrimonios el caso fortuito o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayorfuerza mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido En el evento de Caso Fortuito que un caso fortuito o Fuerza Mayorfuerza mayor haga imposible la realización del servicio, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después las partes están de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha acuerdo en que la parte “LA SECRETARÍA” levantará acta circunstanciada donde haga constar el estado que invoque Caso Fortuito guardan los servicios en dicho momento. No se considerarán como casos fortuitos o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del eventofuerza mayor, los efectos del mismo sobre el cumplimiento retrasos en la ejecución de los Servicios que puedan originar las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga condiciones climatológicas normales de la pruebazona.

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Samples: Contract

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna 17.1 Ninguna de las partes será responsable Partes es imputable por la inejecución de una obligación o su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso, durante el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo término en que la imposibilidad de cumplimiento dicha Parte obligada se deba vea afectada por motivos causa de Caso Fortuito o Fuerza MayorMayor y siempre que acredite que tal causa impide su debido cumplimiento. 17.2 La Parte afectada por el Caso Fortuito o Fuerza Mayor notificará por escrito dentro de los cinco (5) Días siguientes de producida la causal a la otra Parte respecto de tal evento y acreditará la forma en que afecta la ejecución de la correspondiente obligación. La parte que alegue otra Parte responderá por escrito aceptando o no la causal dentro de los quince (15) Días siguientes de recibida la notificación antes mencionada. La no respuesta de la Parte notificada en el plazo señalado se entenderá como aceptación de la causal invocada. En el caso de ejecución parcial, tardía o defectuosa de la obligación afectada por Caso Fortuito o Fuerza Mayor, la Parte obligada a su cumplimiento hará sus mejores esfuerzos para ejecutarla con arreglo a la común intención de las Partes expresada en el Contrato, debiendo las Partes continuar con la ejecución de las obligaciones contractuales no afectadas en cualquier forma por dicha causa. La Parte afectada por la causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre reiniciar el cumplimiento de las obligacionesobligaciones y condiciones contractuales dentro de un período de tiempo razonable, los elementos luego que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también dicha causa o causas hubieran desaparecido, para lo cual deberá dar aviso a la otra parte avisos periódicosParte dentro de los cinco (5) Días siguientes de desaparecida la causa. La Parte no afectada colaborará con la Parte afectada en este esfuerzo. En los casos de huelga, al menos paro u otros similares, una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán las Partes no podrá imponer a la otra parte informada una solución contraria a su voluntad. 17.3 El lapso durante el cual los efectos de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte afecten el cumplimiento de las obligaciones contractuales, será agregado al plazo previsto para el cumplimiento de dichas obligaciones, y si fuera el caso, al de la fase correspondiente del Contrato dentro y al plazo de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento Vigencia del Contrato. Si la causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje afectara la ejecución de imposibilitar alguno de los programas mínimos de trabajo a que se refiere el acápite 4.6, la fianza que garantice dicho programa se mantendrá vigente y sin ser ejecutada durante el lapso en que tal causa afecte la indicada ejecución o durante el lapso en que PERUPETRO no se pronuncie sobre la causal invocada por el Contratista y, si se hubiera producido alguna discrepancia respecto a la existencia de tal causal, mientras no se resuelva la discrepancia. Con tal fin el Contratista deberá prorrogar o sustituir dicha parte fianza, según sea necesario. Asimismo, en tanto PERUPETRO no se pronuncie sobre la causal invocada por el cumplimiento Contratista o mientras no se resuelva la discrepancia que pudiere haberse producido sobre su existencia, quedará en suspenso el cómputo del Contratoplazo para la ejecución del programa mínimo de trabajo respectivo. Cuando alguna En caso que PERUPETRO acepte la existencia de las partes no acepte que ha ocurrido un la causal de Caso Fortuito o Fuerza Mayor invocada por el Contratista, éste reanudará la parte que alegue su existencia tendrá la carga ejecución del programa mínimo de trabajo tan pronto cesen los efectos de la pruebaindicada causal. 17.4 PERUPETRO hará los esfuerzos necesarios para obtener la ayuda y cooperación de las autoridades correspondientes del Gobierno a fin que se tomen las medidas necesarias para asegurar una implementación y operación continuada y segura de las actividades previstas bajo el Contrato. Se conviene que cuando cualquiera de las Partes, a su solo criterio, considere que su personal o el de sus subcontratistas no puedan actuar dentro del Área de Contrato con la seguridad necesaria en cuanto a su integridad física, la invocación de esta situación como causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor no será discutida por la otra Parte. 17.5 En caso que el Contratista se vea afectado por causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor que le impida completar la ejecución del programa mínimo de trabajo del período en curso, vencido el término de doce (12) Meses consecutivos contados a partir del momento en que aquella se produjo, el Contratista podrá resolver el Contrato, para lo cual deberá comunicar su decisión a PERUPETRO con una anticipación no menor de treinta (30) Días a la fecha en la cual hará suelta del Área de Contrato. 17.6 Las disposiciones de esta cláusula décimo sétima no son aplicables a obligaciones de pago de sumas de dinero.

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Samples: Licensing Agreement

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna Ninguna de las partes Partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato Contrato, en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de a un Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte En caso de que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo durante las pruebas de las Instalaciones de Almacenamiento y con motivo de los aspectos geológicos a que se refiere el gasto inciso (j) de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento definición de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, el Campo no cumpla en materia de integridad mecánica con las especificaciones técnicas contenidas en el Anexo 2, entonces el Prestador del Servicio podrá dar por vía telefónica terminado el Contrato sin responsabilidad para las Partes y sin posibilidad de rembolso o correo electrónico pago alguno, previa notificación por escrito justificando el supuesto. La Parte afectada por el Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá notificarlo a la otra Parte: (i) si ocurre antes de la Fecha de Operación, a la brevedad que sea razonablemente posible posible, pero nunca después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 veinticuatro (diez24) días hábiles horas siguientes a la fecha en que la parte Parte que invoque el Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación los efectos de tales eventos, o (ii) si ocurre después de la Fecha de Operación, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes se debe dar aviso vía telefónica del problema que posiblemente sea considerado como Caso Fortuito o Fuerza Mayor y por escrito dentro de los dos (2) Días Hábiles siguientes a la fecha en que la Parte que invoque el Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de los efectos de tales eventos. Dicha notificación deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes Partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor Mayor, la parte Parte que alegue su existencia tendrá la carga de la prueba. La vigencia del presente Contrato se prorrogará por el mismo número de Días que dure el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor en el que los Servicios de Almacenamiento no estuvieron disponibles. Cuando el supuesto de Caso Fortuito o Fuerza Mayor dure más de seis (6) Meses cualquiera de las Partes podrá dar por terminado el presente Contrato mediante notificación hecha por escrito a la otra Parte en términos de la Cláusula de notificaciones y sin necesidad de declaración judicial o arbitral.

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Samples: Service Agreement

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato17.1. En el supuesto de CASO FORTUITO o de FUERZA MAYOR los derechos y obligaciones que surgen del presente PLIEGO, ninguna de la PROPUESTA del OFERENTE y de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonablesnormas aplicables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimadaserán suspendidos mientras dure dicha causa. 17.2. La parte afectada también deberá dar notificará esa circunstancia a la otra parte avisos periódicosAUTORIDAD DE APLICACIÓN, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en informando la duración y extensión de la suspensión, si será total o parcial y la naturaleza de la FUERZA MAYOR, debiendo la AUTORIDAD DE APLICACIÓN emitir resolución fundada que continúe el evento tipifique la situación de Caso Fortuito excepción. 17.3. Las obligaciones así suspendidas retomarán su obligatoriedad tan pronto como desparezca la causa de FUERZA MAYOR o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán CASO FORTUITO, debiendo notificar este hecho a la otra parte informada AUTORIDAD DE APLICACIÓN. 17.4. En el supuesto de cualquier cambioCASO FORTUITO o de FUERZA MAYOR, desarrolloque torne de cumplimiento inviable el COMPROMISO DE INVERSION, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar y consecuentemente frustre la finalidad del PERMISO DE EXPLORACION, dando lugar a la otra parte resolución contractual, no se generará derecho de repetición alguno por las obligaciones ya cumplidas hasta el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la pruebadenuncia del supuesto. 17.5. El cumplimiento de todas las obligaciones contraídas, especialmente el COMPROMISO DE INVERSIÓN, no se hallará supeditado a contingencias propias del riesgo de la actividad petrolera; ni depende de los resultados obtenidos durante su ejecución, sin que ello importe una limitación a las facultades de decidir avanzar a los distintos períodos exploratorios previstos en el presente PLIEGO. 17.6. En consecuencia, el PERMISIONARIO o CONCESIONARIO asume totalmente los riesgos de esos resultados, los que bajo ninguna circunstancia podrán invocar a los fines de justificar una situación de incumplimiento.

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Samples: Licitación

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición 1. ENARSA y el CONTRATISTA no serán considerados en contrario contenida en este Contrato, ninguna xxxx o incumplimiento de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato a su cargo, en la medida que tales obligaciones se encuentren demoradas, entorpecidas o imposibilitadas por caso fortuito o fuerza mayor, en los términos del artículo 1730 y concordantes del Código Civil y Comercial. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, la suspensión de las obligaciones contractuales causada por el plazo en que personal del CONTRATISTA o sus SUBCONTRATISTAS, ya sea disputa laboral, gremial, huelga, piquetes, etc., no podrá ser invocada como causa de fuerza mayor, salvo medidas de fuerza dispuesta por la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayorautoridad nacional del Sindicato del sector. 2. La parte que alegue el Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonablesnotificar el hecho por escrito a la otra parte dentro de los tres (3) días hábiles de producido o conocido el mismo. En dicha notificación se deberá informar la duración, incluyendo extensión y consecuencias estimadas del Caso Fortuito o la Fuerza Mayor y si el gasto incumplimiento derivado de sumas razonables la situación será total o parcial, acompañando asimismo la documentación probatoria. El transcurso del plazo indicado sin que se efectúe la denuncia de dinero para mitigar la causa o remediar causas de impedimento, importará la caducidad del derecho a alegar los efectos eximentes de responsabilidad. 3. Recibida la notificación, la parte cumplidora deberá expedirse respecto del Caso Fortuito o Fuerza MayorMayor invocados dentro de los diez (10) días hábiles de notificado el hecho. 4. La parte Acordado por las partes la existencia de Caso Fortuito o Fuerza Mayor y su extensión, cualquiera de las partes podrá comunicar a los organismos y sociedades competentes y terceros que alegue un pudiese corresponder la suspensión de los efectos del CONTRATO con la conformidad y colaboración de la otra parte. 5. Desaparecidas las causales del Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a cumplirse con las obligaciones pendientes bajo el CONTRATO, o cumplimentarse con lo que las partes acuerden para ese entonces, haciendo en su caso los ajustes correspondientes en el Cronograma establecido en el PLIEGO y retomando vigencia toda estipulación xxx XXXXXX y/o Contrato. 6. En caso de suspensión y/o finalización del CONTRATO por causa de fuerza mayor, ENARSA no deberá abonar al CONTRATISTA suma alguna ni ningún costo, gastos o indemnización alguna durante la otra parte que ha ocurrido el evento suspensión o con motivo de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho eventofinalización. 7. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento suspensión de las obligaciones, los elementos obligaciones contractuales durará mientras permanezca la causa que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a haya originado la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayorfuerza mayor. La parte que alegue sufra ésta deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento de la otra y efectuar los esfuerzos que sean razonables para resolver la causa de la suspensión en el plazo más corto posible. Transcurridos 30 (treinta) días sin que la causa que originó la fuerza mayor hubiera cesado, ENARSA podrá hacer prestar el servicio, obra o bienes objeto del CONTRATO por parte de un Caso Fortuito tercero y/o Fuerza Mayor deberá comunicar rescindir el CONTRATO, en ambos casos sin derecho a reclamo y/o compensación alguna a favor del CONTRATISTA. 8. Si por motivos de fuerza mayor fuese imposible el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones del CONTRATO, la Parte afectada debe comunicarlo de ser posible, en forma inmediata a la otra parte el momento mediante un aviso o en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato su defecto dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en un plazo máximo de 48 horas, desde que se produzca el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte evento. En tal caso, el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor CONTRATO quedará rescindido desde la parte que alegue su existencia tendrá la carga fecha de la pruebanotificación.

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Samples: Contratación Del Servicio De Generación De Energía Eléctrica

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo Para los efectos del presente contrato, se entenderá por disposición en contrario contenida en este Contratofuerza mayor o caso fortuito, ninguna al tenor del Artículo 30 del Código Civil, todo acto o acontecimiento imprevisible, incontenible, que esté fuera del control de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en y que haga la medida y por el plazo en ejecución del contrato prácticamente imposible, como desastres naturales, incendios, explosiones, guerra, insurrección, movilización, huelgas generales, terremotos, pero no los actos o acontecimientos cuya ocurrencia sólo haga del cumplimiento del contrato una obligación más difícil o más onerosa para la parte responsable. Al acaecer un hecho que constituya caso fortuito o fuerza mayor, la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar afectada dará inmediato aviso a la otra parte que ha ocurrido el evento por escrito, dentro de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 los cinco (diez5) días hábiles calendario, siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del al evento, los explicando las circunstancias y efectos del mismo evento sobre el cumplimiento de este contrato. Si la CONSULTORA o el GAD Municipal estuvieren imposibilitados de seguir realizando las obligacioneslabores del contrato por dichas causas, podrán suspenderlas mientras dure el impedimento y procederán con toda la diligencia que sea razonable para suspender la imposibilidad en el menor tiempo posible. Si por caso fortuito o de fuerza mayor debidamente comprobados a satisfacción del GAD Municipal, se suspendieren los trabajos, los elementos plazos de las obligaciones contempladas en este contrato se prorrogarán por un tiempo igual a aquel durante el cual la CONSULTOR estuviera imposibilitado de cumplirlas, mediante acuerdo suscrito entre las partes. Si un evento de esta naturaleza demora más de sesenta (60) días desde la fecha de aviso escrito del CONSULTOR al GAD Municipal, las partes podrán dar por terminado este contrato. El GAD Municipal pagará al Contratista los valores a que acrediten su procedencia tengan derecho de acuerdo con el estado de los trabajos efectivamente realizados hasta la fecha de la terminación del contrato y su duración estimadaque sean aceptados por el GAD Municipal. La parte afectada también deberá dar a calificación de un acontecimiento como de fuerza mayor o caso fortuito le corresponde al Administrador del contrato, cuando el hecho ha sido alegado por la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la pruebaCONSULTORA.

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Samples: Consultancy Agreement

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo En caso de Resolución del Contrato por disposición un evento de caso fortuito o fuerza mayor, será de aplicación el procedimiento de liquidación indicado en contrario contenida en este Contratola Cláusula 16.14 Numeral I Literal b) de la presente Sección. Sin embargo, ninguna para efectos de su cálculo, se entenderá que el VOC se refiere al importe total de las partes será responsable inversiones ejecutadas en Obras, Equipamiento y gastos pre- operativos debidamente amortizadas por el incumplimiento periodo transcurrido, menos los montos que hayan sido debidamente reembolsados a raíz de cualquiera las pólizas de sus obligaciones conforme seguro contratadas de acuerdo al presente Contrato. Se considerará como plazo de amortización del total del Contrato en la medida y por el plazo original sin considerar ninguna renovación. 16.17.Una vez declarada la Caducidad de la Concesión bajo cualquiera de los eventos indicados en la presente Sección el Supervisor de Contrato, en un plazo no mayor de treinta (30) Días, realizará el cálculo y el calendario de pago por el monto por Caducidad de la Concesión, de acuerdo con el procedimiento establecido en las Cláusulas 16.12 a 16.16 de la presente Sección, según corresponda, a ser reconocido por el CONCEDENTE, el mismo que será remitido al CONCEDENTE, quien deberá aprobarlo en un plazo máximo de quince (15) días. Emitida la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonablesaprobación correspondiente, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos CONCEDENTE lo pondrá en conocimiento del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza MayorCONCESIONARIO, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, con copia al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento Supervisor del Contrato dentro de las 24 los cinco (veinticuatro5) horas siguientes al momento en que Días siguientes. 16.18.En cualquier caso, el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar CONCEDENTE se comprometerá a dicha parte el cumplimiento pagar a favor del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor la parte que alegue su existencia tendrá la carga CONCESIONARIO los montos derivados de la pruebaaplicación de los mecanismos de liquidación previstos en las Cláusulas precedentes, con los beneficios económicos que obtenga el CONCEDENTE como resultado de la realización de un nuevo proceso de promoción de la inversión privada.

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Samples: Contrato De Concesión

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición ENARSA y el CONTRATISTA no serán considerados en contrario contenida en este Contrato, ninguna xxxx o incumplimiento de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato a su cargo, en la medida que tales obligaciones se encuentren demoradas, entorpecidas o imposibilitadas por caso fortuito o fuerza mayor, en los términos del artículo 1730 y concordantes del Código Civil y Comercial. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, la suspensión de las obligaciones contractuales causada por el plazo en que personal del CONTRATISTA o sus SUBCONTRATISTAS, ya sea disputa laboral, gremial, huelga, piquetes, etc., no podrá ser invocada como causa de fuerza mayor, salvo medidas de fuerza dispuesta por la imposibilidad de cumplimiento se deba por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayorautoridad nacional del Sindicato del sector. La parte que alegue el Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonablesnotificar el hecho por escrito a la otra parte dentro de los tres (3) días hábiles de producido o conocido el mismo. En dicha notificación se deberá informar la duración, incluyendo extensión y consecuencias estimadas del Caso Fortuito o la Fuerza Mayor y si el gasto incumplimiento derivado de sumas razonables la situación será total o parcial, acompañando asimismo la documentación probatoria. El transcurso del plazo indicado sin que se efectúe la denuncia de dinero para mitigar la causa o remediar causas de impedimento, importará la caducidad del derecho a alegar los efectos eximentes de responsabilidad. Recibida la notificación, la parte cumplidora deberá expedirse respecto del Caso Fortuito o Fuerza MayorMayor invocados dentro de los diez (10) días hábiles de notificado el hecho. La parte Acordado por las partes la existencia de Caso Fortuito o Fuerza Mayor y su extensión, cualquiera de las partes podrá comunicar a los organismos y sociedades competentes y terceros que alegue un pudiese corresponder la suspensión de los efectos del CONTRATO con la conformidad y colaboración de la otra parte. Desaparecidas las causales del Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a cumplirse con las obligaciones pendientes bajo el CONTRATO, o cumplimentarse con lo que las partes acuerden para ese entonces, haciendo en su caso los ajustes correspondientes en el Cronograma establecido en el PLIEGO y retomando vigencia toda estipulación xxx XXXXXX y/o Contrato. En caso de suspensión y/o finalización del CONTRATO por causa de fuerza mayor, ENARSA no deberá abonar al CONTRATISTA suma alguna ni ningún costo, gastos o indemnización alguna durante la otra parte que ha ocurrido el evento suspensión o con motivo de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho eventofinalización. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento suspensión de las obligaciones, los elementos obligaciones contractuales durará mientras permanezca la causa que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a haya originado la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayorfuerza mayor. La parte que alegue sufra ésta deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento de la otra y efectuar los esfuerzos que sean razonables para resolver la causa de la suspensión en el plazo más corto posible. Transcurridos 30 (treinta) días sin que la causa que originó la fuerza mayor hubiera cesado, ENARSA podrá hacer prestar el servicio, obra o bienes objeto del CONTRATO por parte de un Caso Fortuito tercero y/o Fuerza Mayor deberá comunicar rescindir el CONTRATO, en ambos casos sin derecho a reclamo y/o compensación alguna a favor del CONTRATISTA. Si por motivos de fuerza mayor fuese imposible el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones del CONTRATO, la Parte afectada debe comunicarlo de ser posible, en forma inmediata a la otra parte el momento mediante un aviso o en que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte el cumplimiento del Contrato su defecto dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en un plazo máximo de 48 horas, desde que se produzca el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte evento. En tal caso, el cumplimiento del Contrato. Cuando alguna de las partes no acepte que ha ocurrido un Caso Fortuito o Fuerza Mayor CONTRATO quedará rescindido desde la parte que alegue su existencia tendrá la carga fecha de la pruebanotificación.

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Samples: Public Tender for Transportation Services

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Salvo por disposición en contrario contenida en este Contrato, ninguna 17.1 Ninguna de las partes será responsable Partes es imputable por la inejecución de una obligación o su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso, durante el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Contrato en la medida y por el plazo término en que la imposibilidad de cumplimiento dicha Parte obligada se deba vea afectada por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas razonables de dinero para mitigar o remediar los efectos del Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte que ha ocurrido el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento de tal Xxxx Fortuito o Fuerza Mayor, y por escrito se hará a más tardar 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que la parte que invoque Caso Fortuito o Fuerza Mayor hubiera tenido conocimiento de dicho evento. La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, los efectos del mismo sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada también deberá dar a la otra parte avisos periódicos, al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Tales avisos mantendrán a la otra parte informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto a tal evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que alegue un Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá comunicar a la otra parte el momento en que el evento causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte y siempre que acredite que tal causa impide su debido cumplimiento. 17.2 La Parte afectada por el cumplimiento del Contrato Caso Fortuito o Fuerza Mayor notificará por escrito dentro de las 24 los cinco (veinticuatro5) horas Días siguientes al momento de producida la causal a la otra Parte respecto de tal evento y acreditará la forma en que afecta la ejecución de la correspondiente obligación. La otra Parte responderá por escrito aceptando o no la causal dentro de los quince (15) Días siguientes de recibida la notificación antes mencionada. La no respuesta de la Parte notificada en el evento plazo señalado se entenderá como aceptación de la causal invocada. 17.3 El lapso durante el cual los efectos de la causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor deje de imposibilitar a dicha parte afecten el cumplimiento de las obligaciones contractuales, será agregado al plazo previsto para el cumplimiento de dichas obligaciones, y si fuera el caso, al de la fase correspondiente del Contrato y al plazo de Vigencia del Contrato. Cuando alguna . 17.4 PERUPETRO hará los esfuerzos necesarios para obtener la ayuda y cooperación de las partes no acepte autoridades correspondientes del Gobierno a fin que ha ocurrido un se tomen las medidas 17.5 En caso que el Contratista se vea afectado por causa de Caso Fortuito o Fuerza Mayor que le impida completar la parte ejecución del programa mínimo de trabajo del período en curso, vencido el término de doce (12) Meses consecutivos contados a partir del momento en que alegue aquella se produjo, el Contratista podrá resolver el Contrato, para lo cual deberá comunicar su existencia tendrá decisión a PERUPETRO con una anticipación no menor de treinta (30) Días a la carga fecha en la cual hará suelta del Área de la pruebaContrato. 17.6 Las disposiciones de esta cláusula décimo sétima no son aplicables a obligaciones de pago de sumas de dinero.

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Samples: Licensing Agreement