CERTIFICACION Cláusulas de Ejemplo

CERTIFICACION. En base a las tareas descriptas, CERTIFICO que la Rendición de Cuentas informada por la UA, en la declaración individualizada en 1, concuerda con la documentación respaldatoria y registros contables indicados. Buenos Aires, .... de ..................... de 200... Dr. XXXXX Contador Público-Universidad Consejo profesional Tº Fº En las rendiciones de los PICT se deben adjuntar las planillas impresas de la rendición enviada a través del sistema Emerix Web. Para los PICTOs deberán adjuntarse las planillas del presente Manual. Por la presente certificamos que los bienes abarcados por dicha(s) factura(s) provienen del país indicado abajo y que fueron expedidos al país del destinatario como sigue: FACTURA (S) CONTRATO(S) U ORDENES DE COMPRA COSTO DE LOS NUMERO FECHA NUMERO FECHA MONEDA INFORMACIÓN DE EMBARQUE (si los términos son CIF o C y F llene esta parte) (*) TIPO DE ENVIO BANDERA DEL TRANSPORTE (País) MONEDA COSTO XXX XXXXX TIERRA MAR AIRE NOMBRE DEL PROVEEDOR ORIGEN DE LOS BIENES DIRECCION (Nº CALLE, CIUDAD, ESTADO, ZONA POSTAL, PAIS) PAIS MONEDA COSTO DE LOS NOMBRE Y TITULO DEL FIRMANTE TOTAL * El BID financiará costos de embarque solamente cuando el El certificado de proveedor deberá ser firmado por un oficial o el Representante medio de transporte utilizado tenga banderas de algún país autorizado del proveedor. miembro del Banco: ALEMANIA, ARGENTINA, AUSTRIA, BAHAMAS, BARBADOS, BELGICA, BELICE, BOLIVIA, BRASIL, CANADA, CHILE, COLOMBIA, XXXXX RICA, DINAMARCA, ECUADOR, EL XXXXXXXX, ESPAÑA, ESTADOS UNIDOS, FINLANDIA, FRANCIA, GUATEMALA, GUYANA, HAITI, HONDURAS, ISRAEL, ITALIA, JAMAICA, JAPON, MEXICO, NICARAGUA, NORUEGA, PAISES BAJOS, PANAMA, PARAGUAY, PERU, PORTUGAL, FIRMA XXXXX UNIDO, REPUBLICA DOMINICANA, REPÚBLICA POPULAR DE CHINA, SUECIA, SUIZA, SURINAME, TRINIDAD FECHA: TOBAGO, URUGUAY, VENEZUELA Y YUGOSLAVIA. Listado de países miembros del BID Argentina* ^ Dinamarca* México* ^ Alemania* Ecuador* ^ Nicaragua* ^ Austria* El Xxxxxxxx* ^ Noruega* Bahamas* ^ Eslovenia Países Bajos * ^ Barbados* ^ España* ^ Panamá* ^ Bélgica* Estados Unidos* ^ Paraguay* ^ Belice* ^ Finlandia* Perú* ^ Bolivia* ^ Francia*^ Portugal* ^ Brasil* ^ Guatemala* ^ Xxxxx Unido ^ Canadá^ Guyana* ^ República Dominicana * ^ Chile* ^ Haití*^ Suecia*^ China, República Popular de* ^ Honduras* ^ Suiza*^ Colombia* ^ Israel* Suriname*^ Xxxxx , República de* ^ Italia* ^ Trinidad y Tobago* ^ Xxxxx Rica* ^ Jamaica* ^ Uruguay* ^ Croacia Japón* ^ Venezuela* ^ * Miembro de la Corporación Interameri...
CERTIFICACION. El contratista durante la ejecución contractual entregará el “Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial” o un “Certificado de Inspección con Calor Oficial” que confirme que el bien entregado: Diesel B5 S-50 cumple con las especificaciones de calidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI. Los costos que demande la certificación deben ser asumidos por el Contratista.
CERTIFICACION. Certificación de fecha de fabricación del equipo que no sea mayor a dos años respecto a la fecha actual. El Comprador se reserva el derecho de verificar toda la documentación presentada y para la firma del contrato respectivo se solicitará la presentación de los originales que se vea por conveniente. Adjuntar certificado de distribución del producto ofertado Adjuntar Registros de Calidad Internacionales (FDA o CE o JIS o NFPA) Adjuntar Registros ISO 13485. _________________________________ Nombre y firma del representante legal
CERTIFICACION. Certificado aprobación de modelo emitido por INTI.
CERTIFICACION. De acuerdo a la ficha técnicas, bases y lo requerido por el Poder Judicial. Norma Técnica Nacional. ITINTEC.207.001-1981 Norma Técnica Peruana. 209.038-1994
CERTIFICACION. El postor ganador de la buena pro, presentará todos los certificados solicitados, acompañados de sus protocolos de pruebas completos, demostrando que la luminaria y sus equipos auxiliares cumplen con los requerimientos señaladas y las normas IEC indicadas. Estos certificados, deben de ser emitidos por un laboratorio y/o entidad acreditadora internacional, acreditadas por la IEC a nivel mundial, para emitir este tipo de certificados y realizar este tipo de pruebas. El protocolo de prueba de la luminaria deberá mencionar claramente el nivel de hermeticidad "IP" , el nivel “IK” y el nivel de resistencia al calor " Ta". La no presentación de cualesquiera de estos certificados y protocolos conllevará al rechazo del sumnistro en la etapa de ejecución de obra.
CERTIFICACION. La Segunda Parte certifica que no ha sido convicta d e ' me un delito contra el erario publico, la fe y funcion publica o que envuelvan fondos o propiedad p '.Wlii,c en resolucion de este Contrato, si resultare culpable de los delitos antes mencionados a nivel es federal.-——-------- —-------- ----------———_—~——--------- —-— --------- — ------- tc I O

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.