Documentación respaldatoria. Debe presentar todos los documentos mencionados en la lista siguiente:
c.1. Requisito de fondos: prueba de que tiene fondos suficientes para mantenerse durante los primeros tres meses de su estadía en Noruega. Ver cómo presentar este requisito en el punto «(g)» mencionado arriba.
c.2. Requisito de domicilio en Argentina. Ver cómo presentar este requisito en el punto «(h)» mencionado arriba.
c.3. Requisito de seguro médico: Carta de compromiso de que va a contratar un seguro médico antes de ingresar en Noruega si se le aprueba el permiso de “Vacaciones y Trabajo». Ver cómo presentar este requisito en el punto «(i)» mencionado arriba.
c.4. Requisito de alojamiento en Noruega. Ver cómo presentar este requisito en el punto «(j)» mencionado arriba.
Documentación respaldatoria. Se detalla a continuación las condiciones que deberán cumplir los documentos de respaldo de las rendiciones a ser presentados: • Las facturas deben consignar el número, fecha, nombre, domicilio y CUIT del emisor, nombre, domicilio y CUIT del cliente o beneficiario, descripción de los bienes y/o servicios facturados, importes parciales y total de la factura. • Cada factura será acompañada del CAE, del cual deberá verificarse el número y su fecha de vencimiento en forma previa a su cancelación. • Los remitos deben indicar claramente las especificaciones de los bienes entregados. En caso de que el proveedor no emita remito, se le deberá exigir la presentación de una nota consignando fecha y descripción de los bienes y/o servicios entregados o brindados. Asimismo, debe constar la conformidad de la Entidad Ejecutora por su recepción. • Los recibos de pago deben estar debidamente firmados por el proveedor. • Deberá adjuntarse el respectivo comprobante de transferencia y la notificación del proveedor consignando los datos de su cuenta bancaria a efectos del pago. • Todos los pagos deben ser acompañados de fotocopia del extracto bancario donde se muestran los respectivos débitos. • En ningún caso se permite realizar pagos en efectivo. La documentación arriba indicada debe ser presentada adjunta al Modelo de Nota y Formulario de Rendición de Cuentas (cuyo modelo a modo de ejemplo se adjunta en el Anexo VII). Con respecto a ello, la información deberá completarse de la siguiente manera:
Documentación respaldatoria. La documentación respaldatoria de las garantías preferidas deberá mantenerse en un lugar predeterminado -que cuente con adecuados resguardos de seguridad- de la casa donde es lle- vado el legajo del cliente y, en todo momento, deberá estar a disposición de la Superintenden- cia de Entidades Financieras y Cambiarias para su eventual verificación. B.C.R.A. CAJAS DE CRÉDITO COOPERATIVAS (LEY 26.173)
Documentación respaldatoria. La documentación respaldatoria de las rendiciones deberá estar disponible en original para ser revisada a requerimiento del FONTAR o las distintas unidades soportes u organismos externos. Además, con cada rendición de cuentas se deberá adjuntar copia de:
3.1.1. Factura del proveedor y/o contratista nacional mayores a $150.000 (pesos ciento cincuenta mil), recibo del proveedor y/u orden de pago y la correspondiente cancelación: • Cheque propio: se deberá adjuntar el correspondiente extracto bancario (NOTA: no se aceptarán cheques cobrados por caja o ventanilla). • Transferencia bancaria: se deberá adjuntar el recibo emitido por la correspondiente entidad financiera y el extracto bancario (NOTA: no se aceptarán depósitos en efectivo por ventanilla). • Tarjeta de crédito corporativa: se deberá adjuntar la factura, el resumen de la tarjeta de crédito y el pago total correspondiente. • Todos los pagos totales o parciales de sumas de dinero superiores a $1.000 (pesos mil), deben realizarse de acuerdo a la Ley Nº 25.345 de Prevención de la Evasión Fiscal.
3.1.2. Factura del proveedor y/o contratista internacional. Para el caso de la adquisición de bienes importados, se deberá adjuntar copia de la correspondiente factura (y/o proforma), SWIFT, comprobante de liquidación de divisas y extracto bancario.
3.1.3. Recursos Humanos, se deberá adjuntar como mínimo los recibos xx xxxxx y diciembre (si dichos meses se encuentran incluidos en la rendición) de cada persona. Para el caso de pasantías deberá presentar copia del Convenio Xxxxx (entre la Institución Educativa y la EB) y de los Acuerdos Individuales con los pasantes. No se aceptan becarios.
3.1.4. Certificado del Proveedor: para importes superiores a $300.000 (pesos trescientos mil). El mismo deberá estar con firma y sello del proveedor (se acompaña modelo). Las facturas y recibos deberán cumplir con los REQUISITOS LEGALES E IMPOSITIVOS VIGENTES y ser emitida a nombre de la EB. Los Recibos de Sueldos deberán cumplir con los REQUISITOS LEGALES E IMPOSITIVOS VIGENTES relativos a cada forma de contratación laboral (Relación de dependencia, personal temporario, prestación de servicios profesionales, pasantías, etc) El FONTAR podrá solicitar a los beneficiarios comprobantes con su correspondiente cancelación independientemente del monto del mismo.
Documentación respaldatoria. En el caso de ser Personas Jurídicas:
Documentación respaldatoria. Los documentos que evidencien la realización de las operaciones citadas en el artículo anterior podrán ser retirados por el Cliente dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles de haber sido realizadas sobre la base de las instrucciones telefónicas respectivas. Las liquidaciones de suscripción y de rescate de FCI podrán ser retiradas por el inversor en las sucursales del Banco, a partir de las 72 (setenta y dos) horas hábiles de concertada la operación correspondiente. Asimismo, por la
Documentación respaldatoria. Presentar copia del remito, conformada su recepción en original (sello de la empresa destinataria y firma, aclaración de firma y número de documento de identidad del receptor). No se abonarán fletes con fotocopia del remito. Las excepciones a esta norma deberán llevar el conforme de recepción de la mercadería, firmado en original por el Cliente y del Jefe de Departamento del Centro receptor del servicio. Adjunto a esta documentación el Transportista deberá enviar una nota explicativa del motivo por el cual no adjunta el remito (extravío, robo, etc.). Para los casos de robo o extravío deberá efectuar la denuncia policial del hecho y adjuntar la misma a la nota explicativa. Aquellos Clientes que retengan la copia del remito por razones administrativas u operativas, deberán extender un certificado en original, indicando: N° remito/s recibido; Fecha y hora de recepción; Kgs. recibidos; N° patente vehículo / acoplado / semirremolque; sello, firma, aclaración de firma y número de documento de identidad del receptor. Presentar original y una fotocopia del/los peajes abonados, cuando el camión circule cargado, haciendo mención al remito transportado. Quedan exceptuados de esta norma los viajes cuyos peajes ya están autorizados en los cuadros tarifarios que emite Siderca S.A.I.C.
Documentación respaldatoria. Si alguno de los contratos no estuviese debidamente firmado por la aseguradora y los reaseguradores intervinientes, o no estuviese completo (por ejemplo, estuviesen sólo las condiciones particulares y no las condiciones generales), o la aseguradora contase con notas de cobertura en vez de contratos, el auditor deberá mencionar este hecho en su informe especificando, claramente, de qué contrato se trata, identificando el Código de Operación de Reaseguro —CORE— correspondiente, y asimismo indicar cuál fue la documentación analizada. Para el caso de que la aseguradora cuente con notas de cobertura deberá aclarar si las mismas se encuentran firmadas por los reaseguradores o por el intermediario. Para el caso que el auditor certifique que la verificación se efectuó con los contratos de reaseguro y otra documentación complementaria y/o sustentatoria deberá aclarar de qué tipo de documentación se trata (endosos, constancia de pagos, etc.). Registro de operaciones de reaseguro: Verificar que la información sobre condiciones de contratos automáticos de reaseguro surja de lo asentado en el registro rubricado de Operaciones de Reaseguro Pasivo que deben llevar las aseguradoras en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 37.6. de este Reglamento.”
Documentación respaldatoria. Los GASTOS DEL FIDEICOMISO e IMPUESTOS deberán estar razonablemente documentados y el FIDUCIARIO deberá archivar toda documentación respaldatoria de los mismos por un periodo de cinco (5) años a ser computados desde la finalización de la fecha del PLAZO DE VIGENCIA.
Documentación respaldatoria. La documentación respaldatoria de las rendiciones deberá estar certificada con la leyenda "Es Copia Fiel del Original" y firmada por la máxima autoridad del Ente Ejecutor, o quien corresponda. La falta de certificación, en legal forma, podrá ser motivo de rechazo de la documentación. La documentación respaldatoria de las rendiciones deberá ajustarse a la legislación tributaria vigente en la materia. Su control y verificación es de exclusiva responsabilidad del Ente Ejecutor. No se admitirá rendición de inversiones que se hayan realizado con anterioridad a la fecha del otorgamiento xxx Xxxxxxxx. Las rendiciones se aceptarán cuando representen exclusivamente los ítems contemplados expresamente en el presupuesto aceptado por el ENOHSA.