Certificación de calidad Cláusulas de Ejemplo

Certificación de calidad. Una vez finalizado el proyecto y aprobado el informe final y planos As-built, INISER emitirá una certificación firmada y sellada en relación a la Calidad de los Servicios de Supervisión de la Obra, dentro de la buena y sana práctica ingeniería, que permita avalar los trabajos y los materiales utilizados por el contratista durante la ejecución de las obras, todo esto independiente de la responsabilidad contractual que tiene el contratista en la realización del proyecto. Para el finiquito, la Supervisión extenderá a INISER un certificado de calidad por un notario público en el cual quede establecido lo siguiente: Que el Supervisor ha hecho cumplir a cabalidad con todos los controles de calidad para garantizar que el proyecto tenga la durabilidad que responda al diseño. El Supervisor deberá contar necesariamente con una póliza de seguros contra accidentes personales y de responsabilidad civil para cubrir los daños que pudieran sufrir su personal, del Contratante o terceros, por responsabilidad comprobada del personal del Supervisor, la que deberá estar vigente durante todo el plazo del contrato o, dependiendo de cada caso, hasta que los servicios pactados hayan culminado, por un monto mínimo de U$ 20,000.00 (Veinte mil Dólares). Cualquier daño al personal, a las instalaciones, dispositivos eléctricos, vehículos o materiales de terceros, así como los robos o pérdidas de materiales por responsabilidad comprobada del personal del Supervisor, que no sea cubierto por el seguro respectivo o cuyo importe sobrepase los montos límites, serán de responsabilidad directa de la supervisión, debiendo ésta afrontar los gastos o pagos correspondientes.
Certificación de calidad. 29.- XXXXXX XXXXX (AL PESO)
Certificación de calidad. Los módulos ofertados deberán cumplir con las pruebas de durabilidad y fiabilidad de acuerdo con las normas elaboradas por la Comisión Electrotécnica Internacional, que asegura la realización de pruebas de ciclos térmicos, humedad y congelación, estrés mecánico y torcedura, resistencia al granizo y rendimiento bajo condiciones de prueba fijas. Normas aplicables del módulo fotovoltaico y de los cuales el Proveedor deberá anexar certificaciones concernientes en su oferta: • IEC 62941:2016 Módulos fotovoltaicos terrestres (PV) - Guía para aumentar la confianza en la calificación del diseño del módulo fotovoltaico y homologación. • IEC 62446-1:20016 Requierements for testing, documantation and maintenance – Part 1: Grid connected systems – Documentation, commissioning tests and inspection. • IEC 61730 PV Capacidad de seguridad del módulo. • IEC 00000-0-00 Protección contra descargas eléctricas. • IEC 61701:2011 Prueba de corrosión xx xxxxxx salina de módulos fotovoltaicos • IEC 60904 Dispositivos fotovoltaicos. • IEC 61215: 2016 Calificación de diseño y homologación de tipo • IEC 61730: 2016 Capacidad de seguridad del módulo fotovoltaico • IEC TS 62804: 2015 Métodos de ensayo para la Degradación Potencial Inducida, PID • IEC 60904-3: 2016 RLV Versión Red line: Principios de medición para dispositivos solares fotovoltaicos (PV) terrenales con referencia de datos de irradiancia espectral. • EN 50380 Hoja de datos y placa de características para módulos fotovoltaicos. • European comission (CE) El producto certificado cumple con los requisitos de salud, seguridad y medio ambiente de la UE. • UL1703 Cumplimiento del Código Eléctrico Nacional (NEC), OSHA y la Asociación Nacional de Prevención de Incendios. • ISO / IEC 17025 Servicios de calibración • ISO 9050: Vidrio en la construcción - Determinación de la transmitancia de la luz, transmitancia directa solar, transmitancia total de la energía solar, transmitancia ultravioleta y factores de acristalamiento relacionados. • Hoja de características y manual de instalación • También deberán presentarse los resultados de los siguientes ensayos: • Curvas de tensión-corriente para diferentes niveles de irradiancia • Curvas de potencia - voltaje para diferentes niveles de irradiancia • Voltaje de circuito abierto frente a la irradiancia bajo condiciones de prueba estándar. • Corriente de cortocircuito en función de la irradiancia bajo condiciones de prueba estándar • Variación de potencia en función de la temperatura • Volt...
Certificación de calidad. El proponente debe estar certificado en las siguientes normas técnicas sectoriales: Observación: El parágrafo segundo del artículo 5 de la ley 1150 de 2007 en su numeral 2 establece “las certificaciones de sistemas de gestión de calidad no serán objeto de calificación, ni podrán establecerse como documento habilitante para participar en licitaciones o concursos”. (Declarado Exequible por la corte constitucional, mediantes sentencia c-942 de 2008).
Certificación de calidad. El proponente debe estar certificado en las siguientes normas técnicas sectoriales:
Certificación de calidad. El proponente debe estar certificado en las siguientes normas técnicas sectoriales: •NTS AV01. Reservas en agencias de viaje. •NTS AV02. Atención al cliente en agencias de viaje. •NTS AV03. Infraestructura en agencias de viaje
Certificación de calidad. Es requisito para participar de este llamado a licitación, que ambos equipos (el Kit y la Lámpara) cuenten con una certificación vigente al momento de la presentación de las ofertas, emitida por Lighting Global, según corresponda para cada equipo: Kit Solar Domiciliario: debe estar certificado mediante los Quality Standards for Solar Home System Kits de Lighting Global. Lámpara solar recargable: debe estar certificada mediante los Pico-PV Quality Standards de Lighting Global, en concordancia con la norma IEC 00000-0-0. El licitante deberá presentar los resultados completos de las pruebas realizadas a cada equipo para obtener la mencionada certificación. Desempeño esperado Las especificaciones técnicas de ambos equipos deben dar respuesta al desempeño final esperado de cada uno. La potencia nominal del módulo fotovoltaico y la capacidad nominal de la batería deben ser calculadas y definidas por el fabricante para proporcionar el servicio de iluminación y la capacidad de carga requeridos para un valor de insolación de 3,5 kWh/m2. Ambos equipos deben poder operar sin problemas en ambientes con temperaturas dentro del rango de – 5 ºC y +50 ºC. El Kit deberá proporcionar iluminación a por lo menos 3 ambientes separados, mediante cables e interruptores para cada uno de los ambientes. A uno de los ambientes se le debe proveer con un mínimo de 400 lúmenes, y a los restantes dos ambientes, un mínimo de 200 lúmenes a cada uno. El promedio diario de tiempo de uso es de 5 horas para todas las lámparas, lo que representa un mínimo promedio total diario de 4000 lúmenes-hora por día. El kit debe tener una autonomía de 1,5 días (sin que la batería reciba carga alguna del módulo fotovoltaico) considerando el siguiente consumo: El perfil de iluminación mencionado (mínimo de 4000 lúmenes-hora / día); La recarga de 1 (un) teléfono inteligente (estimada en 5,7 Wh) por día; 5 horas de uso de la radio AM y FM, según parámetros de prueba utilizados por Lighting Global. La potencia nominal del módulo fotovoltaico deberá calcularse para poder recargar la batería, estando ésta descargada4, en 3,5 horas solares pico (HSP – 1kWh/m2). Memoria de cálculo: El licitante debe presentar un documento con cálculos que justifiquen el dimensionamiento del módulo fotovoltaico y batería en función de las características enunciadas. Los cálculos deben estar respaldados por los resultados de las pruebas realizadas para la obtención de la certificación de Lighting Global, que el licitante adjuntará ...

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.