Cláusula xx xxx social y compromisos procesales recíprocos durante la etapa de negociación Cláusulas de Ejemplo

Cláusula xx xxx social y compromisos procesales recíprocos durante la etapa de negociación. Que asimismo mediante Acuerdo Plenario Nº 748/10 el CIN aprueba el procedimiento general que regula la conformación de la voluntad y el funcionamiento de la representación unificada de la parte empleadora al que se ajustarán las Instituciones Universitarias Nacionales y que regulará la negociación colectiva de nivel general; Que en el marco de la discusión de paritarias nacionales se avanzó en el acuerdo de los capítulos relativos a “Licencias, Justificaciones y Franquicias”, “Condiciones y Ambiente de Trabajo”, y “Carrera Docente”; Que dichos capítulos fueron considerados por el Consejo Interuniversitario Nacional como parte integrante del Convenio definitivo; Que en ese marco, la Comisión Negociadora a Nivel Particular para el Sector Docente de nuestra Universidad, se acordó su vigencia a partir del 1º de enero de 2014; Que en ocasión de la reunión ordinaria de Consejo Superior, realizada durante los días 3 y 4 de diciembre de 2013, habiendo tomado conocimiento del estado de avance del tratamiento del Convenio Colectivo de Trabajo para la docencia universitaria, en el marco de las paritarias nacionales, la Comisión de Presupuesto y Reglamentaciones elaboró despacho recomendando mantener el compromiso de ambas partes, en un marco de respeto propositivo, de dar continuidad a las negociaciones que se llevaban a cabo, para garantizar los derechos de los trabajadores; Que en reunión realizada el 19 xx xxxxx de 2014, los representantes de las instituciones universitarias nacionales y de los gremios docentes, acuerdan el texto del convenio colectivo de trabajo para los docentes universitarios; Que aprobado el texto por el Comité Ejecutivo del Consejo Interuniversitario Nacional y atendiendo lo expresado en el punto k) de la cláusula segunda del anexo del Acuerdo Plenario Nº 748/10, se remite a las Instituciones Universitarias el proyecto de convenio colectivo de trabajo a fin de ponderar su adecuación a las normas estatutarias, en el marco de los principios y derechos de autonomía universitaria; Que obra en los actuados Dictamen Nº 016/2014 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el que se expresa que no existe controversia o discordancia entre las normas estatutarias definidas en el Estatuto de la UNPA y las contenidas en el Convenio Colectivo de Trabajo para docentes universitarios; Que sin perjuicio de la validez y aplicabilidad general del Convenio Colectivo para el conjunto de las Universidades Nacionales, en ejercicio de la autonomía de la UNPA de...

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