Cláusulas finales. 37.1. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor tras la firma de ambas Partes y la aprobación de las garantías de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente hasta que se hayan completado todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco del mismo, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad con la cláusula 37. 37.2. Las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y por escrito. Firmado en dos ejemplares en español, en Bogotá D.C., el . Por y en nombre de La Organización Internacional para las Migraciones Por y en nombre de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe de Misión Nombre y apellido y cargo La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente: 1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM. 2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM. 3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento. 4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización. 5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente: 1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción. 2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM. 3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona. 4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente. 5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Samples: Licitación Pública
Cláusulas finales. 37.1Las relaciones legales resultantes del presente Contrato y en relación con éste son reguladas por la legislación de la República Checa, en particular por la Ley n.º 89/2012 del Cuerpo xx Xxxxx, Código Civil, en versión de los reglamentos posteriores. Todos los conflictos que se generen del presente Contrato o en relación con el mismo y no puedan ser solucionados preferiblemente por vía pacífica, serán solucionados por juzgados generales de acuerdo con las disposiciones de la Ley n.º 99/1963 del Cuerpo xx Xxxxx, Orden Judicial Civil, en versión de los reglamentos posteriores. El Contratista es, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 2 letra e) de la Ley n.° 320/2001 del Cuerpo xx Xxxxx, sobre el Control Financiero en la Administración Pública y sobre las modificaciones de ciertas leyes, en la versión de los reglamentos posteriores, una persona obligada a colaborar en la ejecución del control financiero realizado en relación con el pago de bienes o servicios de los gastos públicos. Al firmar el presente Contrato, las Partes Contratantes acuerdan (a menos que este Contrato disponga lo contrario) que las obligaciones establecidas por este Contrato se interpretarán únicamente de conformidad con el contenido de este Contrato, sin tener en cuenta ningún hecho ocurrido y/o comunicado por una parte a la otra parte con anterioridad a la celebración del presente Contrato. El presente Xxxxxxxx entrará Contrato contiene un acuerdo completo sobre el objeto del Contrato y todos los requisitos que las partes tenían y querían acordar en vigor tras el Contrato, y que consideran importantes para el carácter vinculante de este Contrato. Ninguna declaración hecha por las partes durante la firma negociación del presente Contrato, ni declaración alguna hecha después de ambas Partes la celebración de este Contrato, se interpretará de manera contradictoria con las disposiciones explícitas de este Contrato y la aprobación no dará lugar a ninguna obligación por parte de cualquiera de las garantías de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente hasta que se hayan completado todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco del mismo, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad con la cláusula 37.
37.2partes. Las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo Contratantes se comprometen a respetar mutuamente sus justos intereses que están relacionados con el presente Contrato y por escrito. Firmado en dos ejemplares en españolprestar la colaboración necesaria la cual también puede ser exigida justamente para poder cumplir el objetivo del presente Contrato, en Bogotá D.C., el . Por y en nombre de La Organización Internacional para las Migraciones Por y en nombre de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe de Misión Nombre y apellido y cargo La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado especialmente respecto a la ejecución de todas las tareas asignadas gestiones legales y otras que sean imprescindibles para ello. El presente Contrato contiene un acuerdo escrito, íntegro y único, de las partes contratantes respecto a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida derechos y observadaobligaciones mutuas reguladas por este Contrato. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas El presente Contrato puede modificarse solo en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de anexos a este Contrato redactados por escrito. Los anexos deben estar numerados en orden ascendente y firmados por los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito representantes autorizados de las relaciones contractuales con la OIMpartes contratantes. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1Las Partes Contratantes acuerdan expresamente que los cambios al presente Contrato no se pueden realizar mediante comunicación por correo electrónico. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad Cualquier acuerdo oral que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos confirmado por escrito por los representantes autorizados de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIMambas partes es legalmente ineficaz. Los contratistas/proveedores hechos indicados en el presente Contrato no serán considerados por las partes contratantes como secreto comercial en el sentido de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por lo dispuesto en el Artículo 504 del Código Civil. El presente Contrato está elaborado en forma de dos ejemplares idénticos, cada uno con vigencia del original, y cada parte contratante recibirá uno de la Organizaciónellos. La OIM espera Las Partes Contratantes declaran que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades han leído el Contrato, están de acuerdo con los más altos estándares éticos el contenido, declaran que este Contrato no fue celebrado en apuros ni en condiciones desfavorables, y cumplan estrictamente con todas las normas adjuntan sus firmas como prueba de su voluntad libre, verdadera y reglamentos contra el soborno, seria. Anexos: Código Ético Propuesta para la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores realización de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podránde relaciones públicas en Brasil para la representación extranjera de CzechTourism México con alcance para América Latina Contratante: En Praga, directa o indirectamentea ………………………………………………………………….. Česká centrála cestovního ruchu-CzechTourism XXX Contratista: En São Paulo, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.…………………………………………………………… XXX
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Samples: Service Agreement
Cláusulas finales. 37.1. 29.1 El presente Xxxxxxxx Contrato entrará en vigor tras la firma una vez que haya sido firmado por ambas Partes, para su ejecución se requerirá de ambas Partes y la aprobación de las garantías por parte de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente OIM, con la constancia de pago de las primas y permanecerá en vigor hasta que se hayan completado cumplido con todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco virtud del mismopresente Contrato, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad sea rescindido con anterioridad según lo dispuesto en la cláusula 37Cláusula 13.
37.2. Las 29.2 Podrán hacerse modificaciones, siempre que sea de común acuerdo entre las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y se realicen por escrito. Firmado por duplicado en dos ejemplares en español, español el en Bogotá D.C., el . Por y en D.C. En nombre de La la Organización Internacional para las Migraciones Por y en En nombre de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXX Jefe de Misión Representante Legal Por este medio certificamos que durante el presente ejercicio SI ( )* o NO ( ) se presentaron variaciones financieras que afecten los estados financieros. * Detalle de las principales variaciones indicando la cuenta del balance general o del estado de resultados correspondiente: La presente certificación se expide a los XX del mes de XXXXX de 20XX (Nombre y apellido Firma) (Nombre y cargo Firma) Elaborado por Aprobado por Contador Público T.P. Representante Legal Señor Jefe de Misión OIM – COLOMBIA Xxxxxxx 00 Xx. 00 X 00 Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. Asunto: Propuesta para. [escribir el número y objeto de la Licitación Pública] Los suscritos, (nombre del Representante Legal) y (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de (nombre o razón social del integrante) y (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en Consorcio, para participar en la Licitación Pública de la referencia cuyo objeto es , y por lo tanto, expresamos lo siguiente:
1. La duración de este Consorcio será igual al término de la ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más.
2. El Consorcio está integrado por:
(1) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los integrantes, debe ser igual al 100%.
3. El Consorcio se denomina CONSORCIO .
4. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria.
5. El representante del Consorcio es (indicar el nombre), identificado con C. C. No. de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades.
6. La sede del Consorcio es: Dirección de correo Dirección electrónica Teléfono Telefax Ciudad En constancia, se firma en , a los días del mes de de 200 . (Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes) (Nombre y firma del Representante Legal del Consorcio) Señor Jefe de Misión OIM – COLOMBIA Xxxxxxx 00 Xx. 00 X 00 Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. Asunto: Propuesta para. [escribir el número y objeto de la Licitación Pública] Los suscritos, (nombre del Representante Legal) y (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de (nombre o razón social del integrante) y (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en Unión Temporal para participar en la Licitación Pública de la referencia, cuyo objeto es
1. La duración de la Unión Temporal será igual al término de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más.
2. La Unión Temporal está integrada por:
(1) Discriminar en función del porcentaje de participación, para cada uno de los integrantes.
(2) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de compromiso de los integrantes, debe ser igual al 100%.
3. La Unión Temporal se denomina UNIÓN TEMPORAL .
4. La responsabilidad de los integrantes de la Unión Temporal es solidaria.
5. El representante de la Unión Temporal es (indicar el nombre), identificado con la cédula de ciudadanía No. , de , quien está expresamente facultado para firmar y presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades.
6. La sede de la Unión Temporal es: Dirección de correo Dirección electrónica Teléfono Telefax Ciudad En constancia, se firma en , a los días del mes de de 200 . (Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes) (Nombre y firma del Representante Legal de la Unión Temporal) La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses intereses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Samples: Licitación
Cláusulas finales. 37.1. 38.1 El presente Xxxxxxxx entrará en vigor tras la firma de ambas Partes y la aprobación de las garantías de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente hasta que se hayan completado todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco del mismo, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad con la cláusula 37.
37.2. 38.2 Las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y por escrito. Firmado en dos ejemplares en español, (*11) el (fecha) en Bogotá D.C., el . Por y en nombre de (lugar) La Organización Internacional para las Migraciones Por y en nombre de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe de Misión Firma Firma Nombre y apellido y cargo Nombre y apellido y cargo Por este medio certificamos que durante el presente ejercicio SI ( )* o NO ( ) se presentaron variaciones financieras que afecten los estados financieros. * Detalle de las principales variaciones indicando la cuenta del balance general o del estado de resultados correspondiente: La presente certificación se expide a los del mes de de 201X (Nombre y Firma) (Nombre y Firma) Elaborado por Aprobado por Contador Público T.P. Representante Legal La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Samples: Licitación Pública
Cláusulas finales. 37.117.1. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor tras la firma de ambas Partes y la aprobación contrato contiene todos los compromisos de las garantías partes entre sí. Por acuerdo expreso, las correspondencias, solicitudes de que trata la cláusula 11 ofertas o propo- siciones anteriores relativas a las mismas prestaciones se consideren nulas e inexistentes.
17.2. Cualquier modificación del presente Conveniocontrato deberá ser objeto, para que sea válido, de un anexo firmado por los apoderados al efecto de cada parte.
17.3. Estará vigente hasta La renuncia a prevalerse de cualquier incumplimiento del presente contrato no equivaldrá a la renuncia a prevalerse de cualquier otro incumplimiento ulterior idéntico o diferente.
17.4. Si una o más disposiciones del presente contrato son declaradas nulas o sin efectos por aplicación de una ley, de un reglamento o como consecuencia definitiva de una jurisdicción competente, las demás disposiciones conser- varán su fuerza y su ámbito.
17.5. Las partes convienen que la correspondencia con acuse de recibo podrá ser sustituida por intercambios por mensajería con solicitud de acuse de recibo.
17.6. Xxxxx está facultado para ceder a otra compañía o variar este Contrato en cualquier momento sin el previo consentimiento del Cliente (incluyendo las tarifas), comunicando al Cliente con una antelación mínima de un (1) mes (ya sea por comunicación escrita y/o electrónica), la cesión o variación del Contrato, en la que se hayan completado todas las obligaciones contraídas por las Partes en informará al Cliente de su derecho a resolver antici- padamente el marco del mismo, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad con la cláusula 37.
37.2. Las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y por escrito. Firmado en dos ejemplares en español, en Bogotá D.C., el . Por y en nombre de La Organización Internacional para las Migraciones Por y en nombre de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe de Misión Nombre y apellido y cargo La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios Contrato sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo penalización alguna en caso de autorización explícita no aceptación de las nuevas condiciones. El Contrato quedará resuelto desde el momen- to en que el Cliente comunique previamente x Xxxxx con una antelación de quince (15) días naturales al momento en que han de surtir efectos las nuevas condiciones, su voluntad de resolver anticipadamente el Contrato como indicado arriba. En el caso que el Cliente no comunique su voluntad de resolver anticipadamente el Contrato se entiende por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupciónaceptado.
217.7. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el En caso de que cualquier persona cambios en la inversión derivados del estudio definitivo de la OIM solicitare entre- ga del servicio, el cliente podrá aceptarlos o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificaciónrechazarlos sin perjuicio alguno, y los mismos derechos se reservan para sí mismo o para cualquier otra personaAdamo.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Samples: Telecommunications
Cláusulas finales. 37.1. 12.1 El presente Xxxxxxxx entrará en vigor tras la firma de ambas Partes y la aprobación texto original de las garantías presentes condiciones generales de suministro está redactado únicamente en idioma italiano, y es el único texto auténtico y vinculante entre las partes.
12.2 Sin perjuicio de lo especificado en el anterior punto 12.1, el texto original en italiano de las presentes condiciones generales también puede ser traducido por FERVIT FASTENERS S.p.A. a otros idiomas extranjeros, con el único propósito de agilizar con sus clientes la difusión de las disposiciones en él contenidas, y sin que trata esto comprometa de ninguna manera la cláusula 11 validez exclusiva entre las partes del presente Convenio. Estará vigente hasta que se hayan completado todas texto redactado en italiano.
12.3 Las presentes condiciones generales derogan y reemplazan en su caso las obligaciones contraídas anteriores condiciones generales de suministro, tanto escritas como verbales, entre FERVIT FASTENERS S.p.A. y el comprador-cliente.
12.4 Si una o varias de las cláusulas contenidas en estas condiciones generales o en las confirmaciones de pedido fueran canceladas o fueran declaradas nulas o ineficaces conforme a la ley, la validez de las cláusulas restantes permanecerá intacta.
12.5 La falta de ejercicio de cualquier acuerdo, derecho o facultad aquí previstos no impide ni perjudica el derecho a hacer valer posteriormente tales acuerdos, derechos o facultades, o cualquier otro acuerdo, derecho o facultad atribuido por las Partes en el marco del mismo, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad con la cláusula 37presentes condiciones generales.
37.2. Las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y por escrito. Firmado en dos ejemplares en español, en Bogotá D.C., el . Por y en nombre de La Organización Internacional para las Migraciones Por y en nombre de [Nombre íntegro de 12.6 Toda la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe de Misión Nombre y apellido y cargo La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado información relativa a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momentootra parte, a los medios métodos de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y desempeño de la que tengan conocimiento gracias actividad, a su asociación los productos y en general a cualquier información conocida con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte motivo o con ocasión de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven relación establecida, tienen carácter reservado y confidencial y, en consecuencia, no puede ser divulgada a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos terceros y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal no puede ser utilizada para fines ajenos al buen desarrollo de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupciónrelación.
2. No podrán12.7 Todos los derechos de licencia para la producción, directa o indirectamentecomercialización, ofrecerventa y uso de los productos suministrados al comprador-cliente, dar o estar así como para lo que, de acuerdo o prometer dar a cualquier persona forma, en ejecución de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud relación de cualquier persona suministro, deba descubrirse, inventarse y diseñarse, es y será propiedad exclusiva de la OIMFERVIT FASTENERS S.p.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.A.
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Samples: Condiciones Generales De Suministro
Cláusulas finales. 37.1. 36.1 El presente Xxxxxxxx Contrato entrará en vigor tras la firma de una vez que haya sido firmado por ambas Partes y la aprobación de las garantías pólizas por parte de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente OIM con la constancia de pago de las primas y permanecerá en vigor hasta que se éstas hayan completado cumplido con todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco virtud del mismopresente Contrato, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad sea rescindido con anterioridad según lo dispuesto en la cláusula 3731 del presente Contrato.
37.2. Las 36.2 Podrán hacerse modificaciones, siempre que sean de común acuerdo entre las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y se realicen por escrito. Firmado por duplicado en dos ejemplares español en español, en Bogotá D.C., [insertar el . Por y en lugar] el [insertar fecha] En nombre de La la Organización Internacional En nombre de (Proveedor de servicios) para las Migraciones Por y en nombre de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX Institución o persona Teléfono Fecha de inicio Fecha de finalización Monto contrato Ejecutado a la fecha TOTAL $ 0,00 $ 0,00 Firma Representante Legal CC. Por este medio certificamos que durante el presente ejercicio SI ( )* o NO ( ) se presentaron variaciones financieras que afecten los estados financieros. * Detalle de las principales variaciones indicando la cuenta del balance general o del estado de resultados correspondiente: La presente certificación se expide a los XX del mes de XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe de Misión Nombre y apellido y cargo 20XX La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta está siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses intereses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Samples: Licitación Pública
Cláusulas finales. 37.1. 29.1 El presente Xxxxxxxx Contrato entrará en vigor tras una vez que haya sido firmado por ambas Partes, para la firma ejecución se requerirá de ambas Partes y la aprobación de las garantías por parte de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente OIM, con la constancia de pago de las primas y permanecerá en vigor hasta que se hayan completado cumplido con todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco virtud del mismopresente Contrato, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad sea rescindido con anterioridad según lo dispuesto en la cláusula 37Cláusula 13.
37.2. Las 29.2 Podrán hacerse modificaciones, siempre que sea de común acuerdo entre las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y se realicen por escrito. Firmado por duplicado en dos ejemplares en español, español en Bogotá D.C., el XXXXXXXXXXXX. Por y en En nombre de La la Organización Internacional para las Migraciones Por y en En nombre de [Nombre íntegro (nombre de la Otra Parte] XXX empresa) XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX Jefe de Misión Representante Legal Por este medio certificamos que durante el presente ejercicio SI ( )* o NO ( ) se presentaron variaciones financieras que afecten los estados financieros. * Detalle de las principales variaciones indicando la cuenta del balance general o del estado de resultados correspondiente: La presente certificación se expide a los XX del mes de XXXXX de 20XX (Nombre y apellido Firma) (Nombre y cargo Firma) Elaborado por Aprobado por Contador Público T.P. Representante Legal La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses intereses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. Xxxx.0 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Samples: Licitación Pública
Cláusulas finales. 37.1. 25.1 El presente Xxxxxxxx Contrato entrará en vigor tras la firma de una vez que haya sido firmado por ambas Partes y la aprobación de las garantías de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente permanecerá en vigor hasta que se éstas hayan completado cumplido con todas las obligaciones contraídas por en virtud del mismo.
25.2 Podrán hacerse modificaciones al presente Contrato, siempre que sean de común acuerdo entre las Partes en el marco del mismo, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad con la cláusula 37.
37.2. Las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y se realicen por escrito. Firmado en dos ejemplares por duplicado en español, en Bogotá la ciudad de Bogotá, D.C., el . Por y en nombre de La Organización Internacional para las Migraciones Por y en nombre de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe de Misión Nombre y apellido y cargo Representante Legal Por este medio certificamos que durante el presente ejercicio SI ( )* o NO ( ) se presentaron variaciones financieras que afecten los estados financieros. * Detalle de las principales variaciones indicando la cuenta del balance general o del estado de resultados correspondiente: La presente certificación se expide a los XX del mes de XXXXX de 20XX La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta está siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses intereses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Samples: Licitación Pública
Cláusulas finales. 37.1. 35.1 El presente Xxxxxxxx Contrato entrará en vigor tras la firma de una vez que haya sido firmado por ambas Partes y la aprobación de las garantías pólizas por parte de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente OIM con la constancia de pago de las primas y permanecerá en vigor hasta que se éstas hayan completado cumplido con todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco virtud del mismopresente Contrato, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad sea rescindido con anterioridad según lo dispuesto en la cláusula 3731 del presente Contrato.
37.2. Las 35.2 Podrán hacerse modificaciones, siempre que sean de común acuerdo entre las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y se realicen por escrito. Firmado por duplicado en dos ejemplares español en español[insertar el lugar] el [insertar fecha]
1. La OIM, a través de de la OIM, tendrán la responsabilidad de supervisar, vigilar y coordinar en todo momento, las actividades, servicios y/o productos objeto de este contrato y dar al Contratista por escrito las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, a fin de que se ajuste al programa y obligaciones correspondientes, así como a las modificaciones, que en su caso, se dispongan.
2. La OIM dará por recibido los productos o servicios objeto de este contrato si los mismos hubieran sido realizados de acuerdo con las obligaciones de EL CONTRATISTA, programas de trabajo y demás estipulaciones convenidas.
3. EL CONTRATISTA conviene en que no podrá, divulgar por medio de publicaciones, informes, conferencias o en cualquier otra forma, datos y resultados obtenidos de los servicios objeto de este contrato, sin la autorización expresa y por escrito de la OIM, pues dichos datos y resultados son propiedad de este último.
4. EL CONTRATISTA será el único responsable por la ejecución de los servicios y actividades contratadas cuando no se ajuste a este contrato y/o a las instrucciones dadas por escrito por la OIM Cuando las actividades no se hubieran ejecutado de acuerdo con este contrato y sus anexos y/o con las instrucciones por escrito de la OIM, éste dispondrá de su corrección o reposición inmediata por parte de EL CONTRATISTA, el que no tendrá derecho a ninguna retribución por los trabajos mal ejecutados.
5. En virtud de que las causas que han dado origen a este contrato de prestación de servicios, son extraordinarias y transitorias, ambas partes convienen en que al término del plazo estipulado, este contrato quedará terminado automáticamente, sin necesidad de previo aviso ni de ningún otro requisito y de que debido a su naturaleza, no implica ningún tipo de relación laboral con EL CONTRATISTA y por ende, exime a la OIM de cualquier responsabilidad derivada de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social.
6. La OIM tiene la facultad de suspender en forma temporal o permanente los servicios contratados, por causas de fuerza mayor o circunstancias imprevistas, en Bogotá D.C.cualquier momento, dando aviso previo por escrito EL CONTRATISTA con ocho (8) días de anticipación. Así mismo, en caso de suspensión temporal, teniéndose de modificar el plazo de duración del contrato en la misma proporción.
7. La OIM podrá prescindir administrativamente el presente contrato, cuando se presenten las siguientes causas:
a. Cuando EL CONTRATISTA no inicie los trabajos objeto de este contrato en la fecha que le da por escrito la OIM.
b. Cuando EL CONTRATISTA no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se le imponen en el presente contrato, el programa de trabajo o con cualquiera de las presentes condiciones generales;
c. Cuando por motivo no justificado, EL CONTRATISTA no acate las órdenes que los representantes encargados, le giren.
8. Cuando la OIM de por terminado el contrato de prestación de servicios con causa no imputable al contratista pagará a éste la suma que corresponda proporcionalmente a los servicios prestados hasta la fecha efectiva de terminación de este acuerdo.
9. El pago de La Retención en la Fuente y/o cualquier otro impuesto que se genere en virtud del presente Contrato de prestación de servicios será responsabilidad dEL CONTRATISTA.
10. EL CONTRATISTA debe dar cumplimiento con las obligaciones de afiliarse a un Programa de Asistencia Médica, Quirúrgica y Hospitalaria y al Sistema General de Pensiones, en los términos de la Ley 100 de 1993, Ley 789/02, Ley 797/03, Decreto 1703/02, Decreto 510/03, Ley 828/03 y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. Por y en nombre este medio certificamos que durante el presente ejercicio SI ( )* o NO ( ) se presentaron variaciones financieras que afecten los estados financieros. * Detalle de las principales variaciones indicando la cuenta del balance general o del estado de resultados correspondiente: La Organización Internacional para las Migraciones Por y en nombre presente certificación se expide a los del mes de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe de Misión 201X (Nombre y apellido Firma) (Nombre y cargo Firma) Elaborado por Aprobado por Contador Público T.P. Representante Legal La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la ala OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses intereses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Cláusulas finales. 37.1. 27.1 El presente Xxxxxxxx Contrato entrará en vigor tras la firma de una vez que haya sido firmado por ambas Partes y tras la aprobación de las garantías exigidas por parte de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente OIM y permanecerá en vigor hasta que se las partes hayan completado cumplido con todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco virtud del mismopresente Contrato, a menos que sea rescindido con anterioridad según lo dispuesto en la Cláusula de que fuese terminado antes, de conformidad con la cláusula 37Terminación.
37.2. Las 27.2 Podrán hacerse modificaciones, siempre que sean de común acuerdo entre las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y se realicen por escrito. (fecha) Firmado en dos ejemplares copias en español, el día en Bogotá D.C., el . Por y en nombre de D.C Por: La Organización Internacional Por: (el Proveedor de servicios) para las Migraciones Por y en nombre este medio certificamos que durante el presente ejercicio SI ( )* o NO ( ) se presentaron variaciones financieras que afecten los estados financieros. * Detalle de [Nombre íntegro las principales variaciones indicando la cuenta del balance general o del estado de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe resultados correspondiente: La presente certificación se expide a los del mes de Misión de 201X (Nombre y apellido Firma) (Nombre y cargo Firma) Elaborado por Aprobado por Contador Público T.P. Representante Legal La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento Xxxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxxxxx@xxx.xxx OIM Colombia Edificio Chicó 94 XxxCrx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Cláusulas finales. 37.1. 37.1 El presente Xxxxxxxx Contrato entrará en vigor tras la firma de una vez que haya sido firmado por ambas Partes y la aprobación de las garantías pólizas por parte de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente OIM con la constancia de pago de las primas y permanecerá en vigor hasta que se éstas hayan completado cumplido con todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco virtud del mismopresente Contrato, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad sea rescindido con anterioridad según lo dispuesto en la cláusula 37Cláusula 31.
37.2. Las 37.2 Podrán hacerse modificaciones, siempre que sean de común acuerdo entre las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y se realicen por escrito. Firmado por duplicado en dos ejemplares español en español, en Bogotá D.C., (lugar) el_[insertar el lugar] . Por y en (fecha) En nombre de La la Organización Internacional En nombre de (Proveedor de servicios) para las Migraciones Por y en nombre este medio certificamos que durante el presente ejercicio SI ( )* o NO ( ) se presentaron variaciones financieras que afecten los estados financieros. * Detalle de [Nombre íntegro las principales variaciones indicando la cuenta del balance general o del estado de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe resultados correspondiente: La presente certificación se expide a los del mes de Misión de 201X (Nombre y apellido Firma) (Nombre y cargo Firma) Elaborado por Aprobado por Contador Público T.P. Representante Legal La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. Política sobre la corrupción y conflictos de interés La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. Canal de comunicación La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Cláusulas finales. 37.1. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor tras la firma de ambas Partes y la aprobación de las garantías de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente hasta que se hayan completado todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco del mismo, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad con la cláusula 37.
37.2. Las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y por escrito. Firmado en dos ejemplares en español, en Bogotá D.C., el . Por y en nombre de La Organización Internacional para las Migraciones Por y en nombre de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe de Misión Nombre y apellido y cargo Por este medio certificamos que durante el presente ejercicio SI ( )* o NO ( ) se presentaron variaciones financieras que afecten los estados financieros. * Detalle de las principales variaciones indicando la cuenta del balance general o del estado de resultados correspondiente: La presente certificación se expide a los del mes de de 201X (Nombre y Firma) (Nombre y Firma) Elaborado por Aprobado por Contador Público T.P. Representante Legal La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Cláusulas finales. 37.1. 15.1 El presente Xxxxxxxx entrará en vigor tras la firma Cliente no podrá transferir, ceder o enajenar de ambas Partes y la aprobación cualquier otra forma ninguno de sus derechos u obligaciones derivados de las garantías presentes Condiciones Generales de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente hasta que se hayan completado todas las obligaciones contraídas Venta (y/o de cualquier orden de compra/contrato regulado por las Partes en mismas) sin el marco previo consentimiento por escrito del mismo, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad con la cláusula 37Vendedor.
37.2. Las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo 15.2 El Cliente concede al Vendedor el derecho a mencionar al Cliente y por escrito. Firmado en dos ejemplares en español, en Bogotá D.C., el . Por sus signos distintivos y en nombre a tomar y publicar fotos o vídeos del lugar de La Organización Internacional para las Migraciones Por y en nombre de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe de Misión Nombre y apellido y cargo La OIM se ha comprometido firmemente en la observación destino e instalación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como talProductos que no retraten a personas físicas con el fin de publicitar la relación comercial entre las Partes (i.e., este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistaslos acuerdos de venta de Productos y el/proveedores de servicios para garantizar los proyecto(s) en el/los que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad ha(n) realizado dicha(s) venta(s)) en la forma descrita a continuación (en lo sucesivo, denominadas colectivamente "Referencias"). Queda entendido que, también con el fin de actuar proteger cualquier información confidencial del Cliente, el Vendedor discutirá de vez en vez con el Cliente el objeto y el método de tomar fotos o vídeos de los contratistaslugares de destino e instalación de los Productos. El Vendedor podrá utilizar las Referencias, también a través de empresas y agencias de publicidad/proveedores marketing, exclusivamente para los siguientes fines:
a) publicación de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores contenido (por ejemplo, comunicados de servicios profesionales a prensa, listas de referencias, fotos, vídeos, imágenes) que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito incluyan una o más de las relaciones contractuales con Referencias en sitios web que remitan al Vendedor o a otras empresas pertenecientes al mismo grupo corporativo del Vendedor (entendiendo por tales las empresas controladas directa o indirectamente por Xxxxx Group S.p.A.) y de manera que no perjudique la OIMimagen del Comprador;
b) publicación y/o discusión de estudios de casos, incluyendo Referencias durante ferias, conferencias, charlas universitarias, capacitación interna/externa. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normasEn cualquier caso, reglamentos y requisitos legales relativos a los detalles económicos establecidos en los acuerdos para la entrega venta de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin Productos permanecerán confidenciales y el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad uso de las Referencias se llevará a cabo de forma que no comprometa la imagen del Comprador. Queda entendido que el Comprador podrá revocar libremente esta autorización en cualquier momento mediante el envío de una notificación escrita por correo electrónico certificado o carta certificada con acuse de recibo al domicilio social del Vendedor, sin perjuicio de cualesquiera actividades en todo momento.
4de utilización de las Referencias ya realizadas hasta la recepción de dicha revocación por el Vendedor, quien por tanto no retirará los contenidos y/o casos de estudio ya publicados. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIMDicha revocación, por tanto, en no tendrá carácter retroactivo y será válida y eficaz desde el marco del contrato día de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en su recepción por el desempeño Vendedor.
15.3 Si alguna de sus funciones las disposiciones de ninguna autoridad externa estas Condiciones Generales de Venta fuera declarada nula o contraria a la Organización o legislación aplicable, la validez de las contrapartes restantes disposiciones no se verá afectada en modo alguno. Todas las disposiciones nulas, serán reemplazadas por las Partes por disposiciones legalmente válidas que forman parte del convenio para -en la medida permitida por la ley- tendrán el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta mismo alcance y efecto jurídico y económico que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organizaciónaquellas anuladas.
5. Ejercer discreción 15.4 La falta de ejecución por cualquiera de las Partes en todas cualquier momento de cualquiera de las actividades relacionadas con el desempeño disposiciones de sus tareas. Salvo en caso estas Condiciones Generales de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas Venta no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto una renuncia a dichas disposiciones, ni como una renuncia al derecho de interéses en sus actividades y puede dar lugar dicha Parte a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de hacer cumplir posteriormente las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudentemismas disposiciones.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Samples: Condiciones Generales De Venta
Cláusulas finales. 37.1. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor tras la firma de ambas Partes y la aprobación de las garantías de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente hasta que se hayan completado todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco del mismo, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad con la cláusula 37.
37.2. Las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y por escrito. Firmado en dos ejemplares en español, en Bogotá D.C., el . Por y en nombre de La Organización Internacional para las Migraciones Por y en nombre de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe de Misión Nombre y apellido y cargo La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Samples: Licitación Pública
Cláusulas finales. 37.1. 37.1 El presente Xxxxxxxx Contrato entrará en vigor tras la firma de una vez que haya sido firmado por ambas Partes y la aprobación de las garantías pólizas por parte de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente OIM con la constancia de pago de las primas y permanecerá en vigor hasta que se éstas hayan completado cumplido con todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco virtud del mismopresente Contrato, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad sea rescindido con anterioridad según lo dispuesto en la cláusula 37Cláusula 31.
37.2. Las 37.2 Podrán hacerse modificaciones, siempre que sean de común acuerdo entre las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y se realicen por escrito. Firmado por duplicado en dos ejemplares español en español, en Bogotá D.C., (lugar) el_[insertar el lugar] . Por y en (fecha) En nombre de La la Organización Internacional En nombre de (Proveedor de servicios) para las Migraciones Por y en nombre (Nombre) (Nombre) (Cargo) (Cargo) se presentaron variaciones financieras que afecten los estados financieros. * Detalle de [Nombre íntegro las principales variaciones indicando la cuenta del balance general o del estado de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX Jefe resultados correspondiente: La presente certificación se expide a los del mes de Misión de 201x _ _ (Nombre y apellido Firma) (Nombre y cargo Firma) Elaborado por Aprobado por Contador Público T.P. Representante Legal La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:
1. Todas las normas, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega de los productos/servicios a la ala OIM.
2. No deberá contratar o subcontratar o externalizar cualquier parte de los productos/servicios sin el consentimiento por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares de integridad y calidad de las actividades en todo momento.
4. Respetar la imparcialidad e independencia de la OIM, por tanto, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organización.
5. Ejercer discreción en todas las actividades relacionadas con el desempeño de sus tareas. Salvo en caso de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer y de la que tengan conocimiento gracias a su asociación con la OIM. Los contratistas/proveedores de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte de la Organización. Política sobre la corrupción y conflictos de interés La OIM espera que todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses intereses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. Canal de comunicación La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Código, por favor comunicarse con: Oficial de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00, Xxxx. 0 Xxxxxx, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.
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Samples: Licitación Pública
Cláusulas finales. 37.1. 37.1 El presente Xxxxxxxx Contrato entrará en vigor tras la firma de una vez que haya sido firmado por ambas Partes y la aprobación de las garantías pólizas por parte de que trata la cláusula 11 del presente Convenio. Estará vigente OIM con la constancia de pago de las primas y permanecerá en vigor hasta que se éstas hayan completado cumplido con todas las obligaciones contraídas por las Partes en el marco virtud del mismopresente Contrato, a menos de que fuese terminado antes, de conformidad sea rescindido con anterioridad según lo dispuesto en la cláusula 3731 del presente Contrato.
37.2. Las 37.2 Podrán hacerse modificaciones, siempre que sean de común acuerdo entre las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y se realicen por escrito. Firmado por duplicado en dos ejemplares en español, español en Bogotá D.C., el . Por y en [insertar fecha] En nombre de La la Organización Internacional En nombre de (Proveedor de servicios) para las Migraciones Por y en nombre de [Nombre íntegro de la Otra Parte] XXX XXXXX XXXXXXXXXXX (Nombre) Jefe de Misión Nombre y apellido y cargo La OIM se ha comprometido firmemente en la observación de los más altos estándares éticos en todas sus actividades. Como tal, este Código de Conducta para contratistas/proveedores de servicios profesionales ha sido preparado para proporcionar un resumen claro de la expectativa de la OIM en todo lo relacionado a la ejecución de las tareas asignadas a sus contratistas/proveedores de servicios para garantizar que la ética internacional sea reconocida y observada. La transparencia y rendición de cuentas deben ser escrupulosamente respetadas en todas las actividades. La ética de la OIM se centra en el principio xx XXXX TOLERANCIA contra la corrupción, evitando cualquier conflicto de interés en sus actividades y la honestidad en la forma de actuar de los contratistas/proveedores de servicios profesionales. Se insta a todos los contratistas/proveedores de servicios profesionales a que se familiaricen con este Código de Conducta para garantizar el éxito de las relaciones contractuales con la OIM. La OIM espera de todos sus contratistas/proveedores honestidad y cumplimiento de lo siguiente:Misión
1. Todas las normasLa OIM, reglamentos y requisitos legales relativos a la entrega través de los productos/servicios a de la OIM, tendrán la responsabilidad de supervisar, vigilar y coordinar en todo momento, las actividades, servicios y/o productos objeto de este contrato y dar al Contratista por escrito las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, a fin de que se ajuste al programa y obligaciones correspondientes, así como a las modificaciones, que en su caso, se dispongan.
2. No deberá contratar La OIM dará por recibido los productos o subcontratar servicios objeto de este contrato si los mismos hubieran sido realizados de acuerdo con las obligaciones de EL CONTRATISTA, programas de trabajo y demás estipulaciones convenidas.
3. EL CONTRATISTA conviene en que no podrá, divulgar por medio de publicaciones, informes, conferencias o externalizar en cualquier parte otra forma, datos y resultados obtenidos de los productos/servicios objeto de este contrato, sin el consentimiento la autorización expresa y por escrito de la OIM.
3. Mantener los más altos estándares , pues dichos datos y resultados son propiedad de integridad y calidad de las actividades en todo momentoeste último.
4. Respetar EL CONTRATISTA será el único responsable por la imparcialidad e independencia ejecución de los servicios y actividades contratadas cuando no se ajuste a este contrato y/o a las instrucciones dadas por escrito por la OIM Cuando las actividades no se hubieran ejecutado de acuerdo con este contrato y sus anexos y/o con las instrucciones por escrito de la OIM, éste dispondrá de su corrección o reposición inmediata por tantoparte de EL CONTRATISTA, en el marco del contrato de consultoría no deberá solicitar ni aceptar instrucciones en el desempeño de sus funciones de ninguna autoridad externa a la Organización o de las contrapartes que forman parte del convenio para el cual están prestando sus servicios. Durante el periodo de servicio, los contratistas/proveedores de servicios profesionales evitarán cualquier conducta que pueda incidir negativamente en la OIM y no emprenderán ninguna actividad que no sea compatible con las aspiraciones y objetivos de la Organizacióntendrá derecho a ninguna retribución por los trabajos mal ejecutados.
5. Ejercer discreción En virtud de que las causas que han dado origen a este contrato de prestación de servicios, son extraordinarias y transitorias, ambas partes convienen en todas las actividades relacionadas con el desempeño que al término del plazo estipulado, este contrato quedará terminado automáticamente, sin necesidad de sus tareas. Salvo en caso previo aviso ni de autorización explícita por parte de la OIM, los contratistas no podrán comunicar, en ningún momento, a los medios de comunicación, ni a ninguna institución, persona, gobierno o autoridad externa información que no haya sido dada a conocer otro requisito y de la que tengan conocimiento gracias debido a su asociación naturaleza, no implica ningún tipo de relación laboral con EL CONTRATISTA y por ende, exime a la OIM. Los contratistas/proveedores OIM de servicios profesionales no podrán utilizar dicha información sin previa autorización escrita por parte cualquier responsabilidad derivada de la Organizaciónlas disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social.
6. La OIM espera que todos tiene la facultad de suspender en forma temporal o permanente los contratistas/proveedores de servicios profesionales contratados lleven a cabo sus actividades de acuerdo con los más altos estándares éticos y cumplan estrictamente con todas las normas y reglamentos contra el soborno, la corrupción y eviten las prácticas inaceptables. Por lo tanto, los contratistas/proveedores de servicios profesionales deben observar lo siguiente:
1. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer a cualquier personal de la OIM dinero, bienes o servicios como cuenta o en espera de una decisión favorable, información, opinión, recomendación, voto o cualquier otra forma de favoritismo o cualquier cosa que sea calificado como corrupción.
2. No podrán, directa o indirectamente, ofrecer, dar o estar de acuerdo o prometer dar a cualquier persona de la OIM ninguna gratificación para el beneficio propio o a solicitud de cualquier persona de la OIM.
3. Informar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento de la OIM en el caso de que cualquier persona de la OIM solicitare o hubiere obtenido o ha realizado un intento de obtener una gratificación, para sí mismo o para cualquier otra persona.
4. Declarar inmediatamente en el caso de que el contratista/proveedor de servicios profesionales tenga familiares vinculados contractualmente con OIM o con las entidades contrapartes que forman parte del convenio para el cual esta siendo contratado. Si no se realiza dicha declaración se interpretará como un conflicto de interéses en sus actividades y puede dar lugar a la exclusión del contratista/proveedor de servicios profesionales de las actividades presentes y futuras y/o cualquier otra acción legal que la OIM considere prudente.
5. Responder con prontitud las solicitudes razonables de los representantes de la OIM en relación a la aplicación de este Código de Conducta. La OIM ha establecido un canal de comunicación seguro para permitir a los contratistas/proveedores de servicios profesionales presentar sus preocupaciones de manera confidencial y con responsabilidad. Para preguntas sobre este Código de Conducta o informar de un comportamiento cuestionable o posible violación de este Códigocontratados, por favor comunicarse con: Oficial causas de Cumplimiento OIM Colombia Edificio Chicó 94 Xxx. 00 Xx. 00X-00fuerza mayor o circunstancias imprevistas, Xxxx. 0 Xxxxxxen cualquier momento, Xxxxxxxx Telf. 0000000000 La OIM no tolerará ningún castigo o represalia en contra de un contratista/proveedor de servicios profesionales que denuncie irregularidades o incumplimiento de este Código. OIM tomará las medidas disciplinarias incluyendo hasta la terminación del contrato de cualquier persona que amenace dando aviso previo por escrito EL CONTRATISTA con una represalia, venganza u hostigamiento de la persona en cuestión. La identidad, información y quejas serán tratadas en estricta confidencialidad.ocho
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