COBERTURA INTERNACIONAL Cláusulas de Ejemplo

COBERTURA INTERNACIONAL. Mediante la contratación expresa de esta cobertura y el pago de la prima correspondiente, el asegurado tiene derecho a recibir atención médica y/u hospitalaria en el extranjero de acuerdo a las condiciones generales que rigen la presente póliza en territorio nacional, salvo que se mencione algo en contrario. Los periodos de espera en esta cobertura empiezan a contar a partir del inicio de vigencia de la contratación de la misma. Esta cobertura sólo cubrirá a los asegurados que residan habitualmente en territorio nacional y cuya estancia fuera de la República Mexicana no sea mayor a 90 días continuos. Si alguno de ellos permanece en el extranjero por un periodo mayor a los 90 días antes mencionado y hasta un máximo de 12 meses continuos, deberá informar previamente a MAPFRE y pagar una extraprima. La suma asegurada de esta cobertura es independiente a la suma asegurada de cualquier otra cobertura, misma que aplicará junto con el deducible, coaseguro y tope de coaseguro indicados en la carátula de la póliza. Las edades de aceptación son desde el primer día de nacido hasta los 64 años para pólizas nuevas. No habrá límite de edad para las renovaciones continuas e ininterrumpidas, siempre y cuando se cumpla con la definición de colectividad asegurable. A continuación se mencionan las condiciones aplicables para gastos en el extranjero: 1. Los honorarios de médicos, anestesiólogo, primer y segundo ayudante, si fuera necesario, se pagarán al costo promedio usual y razonable para el tipo de padecimiento y hospital elegido. 2. Cuarto semiprivado sin incluir cama extra para el acompañante. 3. Opera el sistema de pago directo siempre y cuando el padecimiento proceda y se dé previo aviso a MAPFRE con un plazo de 5 días hábiles anteriores a su atención. Es necesario presentar el informe médico donde se indique el padecimiento y tratamiento a realizar. 4. El límite máximo para transplantes es de $ 4, 000,000 pesos (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.). El asegurado podrá o no coordinar la atención médica en el extranjero con MAPFRE, cubriéndose los gastos erogados bajo las siguientes condiciones:
COBERTURA INTERNACIONAL. Cuando el Asegurado resida en el extranjero por más de 12 (doce) meses.
COBERTURA INTERNACIONAL. De aparecer amparada esta cobertura en la carátula de esta póliza, en caso de un Accidente o Enfermedad Cubiertos que ocurra dentro de la vigencia y por el cual el Asegurado requiriese atención médica en el extranjero, la Compañía reembolsará el costo de los gastos médicos cubiertos indicados en el numeral 4.1.1. “Gastos médicos cubiertos”. El límite de Suma Asegurada de esta cobertura será el de la cobertura básica y estará incluido dentro de la misma, por lo que no deberá considerarse como adicional. El Asegurado pagará por cada evento cubierto por esta cobertura, el Deducible por Enfermedad Cubierta, independientemente de que la causa sea por un Accidente Cubierto. Para esta cobertura no se aplica Coaseguro en caso de un Accidente Cubierto, para cualquier otro evento aplicará el Coaseguro por Enfermedad Cubierta, sin Tope de Coaseguro. Los límites aplicables para territorio nacional, mismos que se indican en la carátula de esta póliza, se duplicarán para los siguientes conceptos: A) Honorarios Médicos y/o Quirúrgicos por Xxxxxxxxx
COBERTURA INTERNACIONAL. Una de las redes con más amplia cobertura en toda Europa, 29 países y más de 22.000 estaciones pertenecientes a la alianza Routex: Agip, Aral, BP, OMV, Statoil y Total. Listados de estaciones incluidas en cada red en: BP Map - Tarjeta BP Donde Estés xxx.xxxxxxxxxxxx.xx - Mapa de estaciones incluidas en cada red en: BP Map Cómo solicitar BP Donde Estés
COBERTURA INTERNACIONAL. El ofertante Indicará la cobertura Internacional (ciudades en las cuales los usuarios del servicio de la AESA podrán hacer uso del servicio de Internet Móvil en roaming), así como el procedimiento para su activación.
COBERTURA INTERNACIONAL. La División, a través de la Isapre Río Blanco, garantizará una cobertura internacional del plan de salud, en los topes actuales. Esto es, todo gasto en salud efectuado fuera de Chile y bajo la modalidad de urgencia calificada, deberá ser cubierto por el plan de salud, con los topes nacionales, equivalente al arancel Clínica Santa Xxxxx.
COBERTURA INTERNACIONAL. A través de esta cobertura se modifica el Objeto del Seguro para cubrir los gastos erogados dentro y fuera de la República Mexicana; el resto de las especificaciones del Objeto del Seguro se mantienen sin cambio alguno. Para establecer el Monto por Procedimiento Terapéutico de gastos erogados fuera de la República Mexicana se incrementará la Base de Reembolso en un cien por ciento de lo establecido en la Póliza. a) No hay eliminación o reducción de los conceptos Deducible y Coaseguro aun y cuando la atención sea con proveedores de la Red Médica Zurich. 1) Gastos fuera de la República Mexicana por Padecimientos Preexistentes al inicio de esta cobertura opcional, independientemente de la Antigüedad de la cobertura en Territorio Nacional. 2) Consultas por Tratamientos Psiquiátricos fuera de la República Mexicana.
COBERTURA INTERNACIONAL. El ofertante Indicará la cobertura Internacional (ciudades en las cuales los usuarios del servicio de la AESA podrán hacer uso del servicio de Internet Móvil en roaming), así como el procedimiento para su activación. 2.5.11.3. Alta y baja de líneas 2.5.11.4. Prevención de fraude por clon 2.5.11.5. Servicio de soporte técnico
COBERTURA INTERNACIONAL. ATENCIÓN DE URGENCIAS O APLICACIÓN DE CUALQUIERA DE LAS COBERTURAS DESCRITAS EN LOS PAÍSES DONDE E-DENTAL GROUP TIENE OPERACIÓN (CHILE, GUATEMALA, XXXXX RICA)

Related to COBERTURA INTERNACIONAL

  • LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Deberá usarse el sistema de licitación pública internacional cuando la adquisición de bienes o la ejecución de obras o servicios relacionados se financie parcial o totalmente con divisas del Financiamiento y el valor estimado de dichos bienes u obras, sea igual o exceda los montos establecidos en las Estipulaciones Especiales de este Contrato.

  • Empresas vinculadas Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

  • Subsanaciones A los fines de la presente Licitación se considera que una Oferta se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable. La determinación de la Entidad Contratante de que una Oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la Licitación se basará en el contenido de la propia Oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las Ofertas deben ajustarse sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, la Entidad Contratante podrá solicitar que, en un plazo breve, El Oferente/Proponente suministre la información faltante. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la Entidad Contratante tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore. La Entidad Contratante rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente al Pliego de Condiciones Específica. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dicho Pliego, posteriormente se ajuste al mismo.

  • Coberturas de contratación opcional e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles, electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte. f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. ¿Qué no cubre? Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: 1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía. 2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado. 3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado. 4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a MM Xxxxx. 5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados. 6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de éstos contra MM Hogar. 7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato. 8. Las reclamaciones derivadas de: a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante. b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Límites COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO

  • Traslados La Empresa, aparte de los casos de sanción, podrá trasladar a su personal siempre que éste dé su consentimiento. A falta de acuerdo y por necesidades del servicio, podrá la Empresa trasladar, más allá del límite derivado del radio de acción establecido en el Artículo 40º del presente Convenio, de entre el 5 por ciento más moderno en la Empresa y dentro de éste a quien sufra menos perjuicio atendiendo a los siguientes criterios y orden de prioridades: 1. Traslado anterior forzoso no disciplinario. 2. Personas con discapacidad o trabajadores dependientes de tratamiento médico que no pueda ser impartido en la plaza de destino. 3. Número de descendientes reconocidos como beneficiarios por la Seguridad Social a efectos de asistencia sanitaria. 4. Proximidad geográfica del puesto a cubrir. No obstante, con las mismas prioridades fijadas en el párrafo anterior y de conformidad con el artículo 40.1 del Estatuto de los Trabajadores, cuando el traslado exija cambio de residencia, se requiere la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen, no siendo suficiente para llevarlo a cabo la mera concurrencia de “necesidades del servicio”. En cualquiera de los supuestos la antigüedad en la Empresa será determinante para fijar el traslado en caso de igualdad en las prioridades. Las Empresas favorecerán el conocimiento de las vacantes que se pretendan cubrir al amparo de lo establecido anteriormente. El trabajador o trabajadora a quien se traslada tendrá preferencia para ocupar las vacantes que en el plazo de tres años se produzcan en la plaza de la que hubiera sido trasladado. Los gastos de traslado del personal y familiares que con él convivan, así como los de traslado de sus bienes muebles, serán por cuenta de la Empresa. Las Empresas ayudarán al personal para que consiga vivienda en la plaza a que hubiera sido trasladado forzosamente. Los traslados que solicite el personal de la Península que hubiera sido destinado a Canarias, Ceuta, Melilla o el extranjero, permaneciendo en ellas más de cinco años, se atenderán con preferencia absoluta para la población de la Península que desee. La Empresa notificará la decisión del traslado al trabajador o la trabajadora afectados, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. No podrán ser trasladados en los términos establecidos en este artículo, sin mediar su consentimiento, las personas en situación de embarazo, lactancia o reducción de jornada por cuidado de hijos o de familiares dependientes de primer grado.

  • Igualdad de oportunidades El Oferente certifica que no discrimina a ningún empleado o a uno que aplica a un empleo por edad, sexo, religión, incapacidad, raza, credo, color u origen nacional.

  • PRESTACION DE SERVICIOS ODT-342-2005 10/03/2005 860524654- ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA LTDA. ENTIDAD COOPERATIVA CONSTITUIR GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS; GARANTIA DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES EN VIRTUD DEL CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL NO. ID-079-21 DE FEBRERO 16 DE 2005 ENTRE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES - OIM Y LA CVC 232.808 SEGUROS ODT-343-2005 10/03/2005 802020477- SOLUCIONES T.I. E.U. SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO PARA LA REALIZACIÓN DEL SEMINARIO INTERNACIONAL DE RESIDUOS PELIGROSOS, A REALIZARSE EN LA CIUDAD DE CALI, DURANTE LOS DÍAS DEL 7 AL 3.690.000 PRESTACION DE SERVICIOS ODT-344-2005 10/03/2005 29332666- CARDENAS VERGARA TERESITA DE JESUS ASESORIA TECNICA DE COORDINACION, CONTROL, SUPERVISION SUPERVISION E INTERVENTORIA DE LAS ACTIVIDADES DEFINIDAS PARA EL A?O 2005 EN EL DESARROLLO DE LA PRIMERA FASE DEL SUBPROYECTO 1171 : RED DE SEGURIDAD ALIMENTARIA RESA - PARA EL VALLE DEL CAUCA, EN EL AREA DE JURISDICCION DE LA CVC. 8.928.000 CONSULTORIA COV-13-2005 11/03/2005 805020553- FUNDACION JARDIN BOTANICO DE CALI IMPULSAR LA CONSERVACION Y LA RECUPERACION DE LADERAS ANDINAS DEGRADADAS EN LA CUENCA MEDIA DEL RIO CALI, MEDIANTE EL INCREMENTO DE LA COBERTURA VEGETAL NATIVA Y FACILITAR LA PARTICIPACION DE INSTITUCIONES Y ORGANIZACIONES DE BASE EN LOS PROCESOS DE GENERACION DE CONOCIMIENTO, FORMACION AMBIENTAL Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE NATURAL 128.856.000 CONVENIOS COV-14-2005 11/03/2005 891900945- MUNICIPIO DE BOLIVAR AUNAR ESFUERZOS TECNICOS Y ECONOMICOS PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS COMPLEMENTARIAS EN EL CENTRO DE EDUCACION AMBIENTAL DEL EMBALSE GUACAS, MUNICIPIO DE BOLIVAR - VALLE 19.500.000 CONVENIOS COV-15-2005 11/03/2005 891380115- MUNICIPIO DE PRADERA AUNAR ESFUERZOS Y RECURSOS ECONOMICOS Y TECNICOS PARA EJECUTAR EL DISE?O DE OBRAS DE MITIGACION POR AVENIDAS TORRENCIALES DEL RIO BOLO EN LAS ZONAS URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE PRADERA. 80.000.000 CONVENIOS ODC-3-2005 11/03/2005 800074912- OFIMARCAS LTDA COMPRA DE UNIDAD DUPLEX PARA IMPRESORA KYOCERA MITA, A CARGO DEL GRUPO DE GESTION DE FACTURACION Y CARTERA, LA CUAL SERA UTILIZADA EN LA IMPRESION DE LAS FACTURAS QUE REQUIEREN LLEVAR EN SU PARTE ALTERNA LAS CONDICIONES. 896.718 ADQUISICION DE BIENES ODT-345-2005 11/03/2005 890311958- FRANCISCO LUIS ARANGO Y CIA. LTDA. ASESORÍA EN EL ÁREA DEL DERECHO LABORAL A TRAVÉS DE SU GERENTE, EL DOCTOR FRANCISCO LUIS ARANGO VALLEJO, LA CUAL COMPRENDE LA ATENCIÓN DE CONSULTAS, RECLAMACIONES Y EN GENERAL LAS RELACIONADAS CON EL TEMA, QUE DUANTE LA EJECUCIÓN DE ESTA ORDEN DE TRABAJO REQUIERA LA ADMINSITRACIÓN DE LA CORPORACIÓN A TRAVÉS DE LA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA O DE LOS FUNCIONARIOS 5.041.363 PRESTACION DE SERVICIOS ODT-346-2005 11/03/2005 14995048- VALLECILLA VERGARA DIMAS EMISIÓN DE MENSAJES ALUSIVOS A LA CAMPAÑA DE CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES EN EL PROGRAMA EL LECTOR DE LA SEMANA, QUE SE EMITE JUEVES Y DOMINGOS DE 8:00 A 8:30 A.M. POR UNIVALLE STEREO

  • PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DIRECCION DE POLITICA Y REGULACION JQuintero@minvivienda.gov.co $ 76,273,416 13/1/2022 30/9/2022 FELIPE SAENZ JAIMES COLOMBIA BOGOTA D.C BOGOTÁ D.C POLITICA Y RELACIONES INTERNACIONALES POLITICA Y RELACIONES INTERNACIONALES PROFESIONAL Prestación de servicios de apoyo archivístico y entrega de correspondencia al Grupo de Desarrollo Sostenible de la Dirección de Política y Regulación PRESTACION DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTION DIRECCION DE POLITICA Y REGULACION FSaenz@minvivienda.gov.co $ 33,297,840 13/1/2022 30/9/2022 OCTAVIO LOSADA RAMIREZ COLOMBIA BOGOTA D.C BOGOTÁ D.C CONTADURIA PUBLICA ESPECIALIZACION EN REVISORIA FISCAL Y AUDITORIA INTERNACIONAL ESPECIALISTA Prestación de servicios profesionales para apoyar a la Dirección de Espacio Urbano y Territorial en la elaboración y seguimiento del presupuesto de inversión asignado, al Plan Estratégico Institucional (PEI) y al Plan de Acción Institucional (PAI), de los proyectos y programas a su cargo, en el marco de la asistencia técnica para el desarrollo urbano y territorial. PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DIRECCIÓN DE ESPACIO URBANO Y TERRITORIAL OLosada@minvivienda.gov.co $ 150,952,680 18/1/2022 31/12/2022 ROBINSON DAWBER DIAZ RINCON COLOMBIA SANTANDER BUCARAMANGA BACHILLER BACHILLER BACHILLER Prestar los servicios de apoyo al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para la conducción de vehículos y el apoyo en el servicio de transporte que se requiera en el Ministerio en cumplimiento de diligencias oficiales.

  • Encabezados Las Partes convienen en que los encabezados que aparecen al inicio de cada una de las cláusulas que conforman este Contrato se han insertado única y exclusivamente para facilitar su lectura y manejo, motivo por el cual, no se considerará en ningún caso que definan o limiten las obligaciones.

  • PRESTACIONES DEL ASEGURADOR 1. La existencia y funcionamiento en días laborables y horario de oficina, de una centralita telefónica a través de la cual el Asegurado pueda solicitar la prestación del servicio garantizado, mediante llamada al número 000 000 000. a) La organización y mantenimiento de la estructura necesaria para realizar, por medios propios o ajenos, los servicios garantizados.