Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente. 2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución y tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio. 3. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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Samples: Convenio General Del Sector De La Construcción, Convenio General Del Sector De La Construcción, Convenio General Del Sector De La Construcción
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partesdos representaciones, sindical y empresarial, firmantes del presente Convenio en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán requerirán, en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución cualquier caso, el voto favorable de, al menos, el 75% de cada una de las dos representaciones, sindical y empresarial y tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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Samples: Convenio General Del Sector De La Construcción, Vii Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción, Vii Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 ocho miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución y tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3a continuación. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha Paritaria tendrá las siguientes funciones:
a) Vigilancia y seguimiento del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas cumplimiento de funcionamientoeste Convenio.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria comisión paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación comisión paritaria se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución unanimidad, y aquéllos que interpreten este Convenio tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Conveniola norma que haya sido interpretada.
3. La Comisión comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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Samples: Iv Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción, Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria comisión paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
212 del presente Convenio. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución unanimidad, y aquellos que interpre- ten este Convenio tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3la norma que haya sido interpretada. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros miem- bros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución re- solución y tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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Samples: Convenio General Del Sector De La Construcción, Convenio General Del Sector De La Construcción
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución y tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento. Téngase en cuenta que la Resolución de 2 xx xxxxx de 2012 (BOE del 16) establece la constitución formal de la Comisión Paritaria.
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Samples: Convenio Colectivo Nacional Del Sector De La Construcción
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución y y, aquellos que interpreten este Convenio, tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Conveniola norma que haya sido interpretada.
3. La Comisión habrá de reunirse, al menos, una vez al trimestre, y su funcionamiento se reunirá cuantas veces estime necesario para realizará en la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamientoforma que la misma acuerde.
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Samples: Convenio Colectivo General
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 4 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarialem- presarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución re- solución y tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros 8 miembros/as, que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical Sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguienteEmpresarial.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución y tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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Samples: Collective Agreement
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
212 del presente Convenio. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución unanimidad, y aquellos que interpreten este Convenio tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3la norma que haya sido interpretada. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento. El domicilio de la Comisión paritaria se establece en la sede de FEDA, sita en Albacete, en c/ Los Empre- sarios, n.º 6.
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Samples: Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 8 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución resolución, y tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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Samples: Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 4 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución y tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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Samples: Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarialempresarial firmantes del presente Convenio, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución y y, aquellos que interpreten este Convenio, tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Conveniola xxxxx que haya sido interpretada.
3. La Comisión habrá de reunirse, al menos una vez al trimestre y su funcionamiento se reunirá cuantas veces estime necesario para realizará de la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamientoforma que la misma acuerde.
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Samples: Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución y y, aquellos que interpreten este Convenio, tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Conveniola norma que haya sido interpretada.
3. La Comisión habrá de reunirse, al menos, una vez al trimestre, y su funcionamiento se reunirá cuantas veces estime necesario para realizará en la buena marcha forma que la misma acuerde.
1. La Comisión Paritaria a que se refiere el artículo anterior, tendrá las siguientes funciones:
a. Vigilancia y seguimiento del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas cumplimiento de funcionamientoeste Convenio.
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Samples: Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 ocho miembros que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.a continuación. La Comisión Paritaria tendrá las siguientes funciones:
2a) Vigilancia y seguimiento del cumplimiento de este Convenio. Los acuerdos • b) Interpretación de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución y tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el totalidad de los preceptos del presente Convenio.
3. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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Samples: Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros 8 miembros/as, que serán designados por mitad por cada una de las partes, sindical Sindical y empresarial, Empresarial. Por la representación Sindical y durante la vigencia de este convenio 4 miembros/as que estarán representados en base a la forma legitimación dada por el Organismo Administrativo competente en cuanto a la representación que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguientelegalmente corresponda. Por la representación empresarial 4 miembros/as durante la vigencia del presente convenio.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución y tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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Samples: Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. 1. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por un máximo de 12 miembros que serán designados de- signados por mitad por cada una de las partes, sindical y empresarial, en la forma que decidan las respectivas organizaciones y con las funciones que se especifican en el artículo siguiente.
2. Los acuerdos de la Comisión Paritaria sobre interpretación o aplicación se adoptarán en todo caso por unanimidad mediante la correspondiente resolución y tendrán la misma eficacia efica- cia jurídica y tramitación que el presente Convenio.
3. La Comisión se reunirá cuantas veces estime necesario para la buena marcha del presente Convenio y ella determinará, en cada caso, sus normas de funcionamiento.
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