Common use of CONSIDERANDO Clause in Contracts

CONSIDERANDO. Que los intervinientes firman el Contrato, para la realización del ensayo clínico de título: “Haga clic aquí para escribir texto.” (en adelante, “Contrato”) con código de protocolo: Haga clic aquí para escribir texto., entre la FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, el “Centro”), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, la “Fundación”), Haga clic aquí para escribir texto. (en adelante, “CRO”) en nombre de Haga clic aquí para escribir texto. (en adelante, “Promotor”) y Haga clic aquí para escribir texto., siendo éste último el investigador principal del ensayo (en adelante, “Investigador Principal”) (El Centro, la Fundación, la CRO, el Promotor y el Investigador Principal, se denominarán colectivamente las “Partes”). Que, el “Promotor” ha delegado la responsabilidad de dirigir este Estudio, incluida la contratación y la monitorización del Estudio, en la “CRO”, y ha autorizado a la “CRO” para representar al “Promotor” en el cumplimiento de los compromisos del “Contrato” y de este acuerdo. Que la “CRO” en nombre del “Promotor”, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” han celebrado el contrato de estudio clínico mencionado anteriormente (el “Contrato”), en virtud del cual, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” participan en el estudio clínico patrocinado por el “Promotor” que requiere el tratamiento de datos personales (en adelante, el “Estudio”). Que, el “Promotor” no participará en ningún caso en la recogida de datos personales de los sujetos del ensayo, ni accederá a los archivos y/o documentos donde el investigador o el Centro conserven dichos datos. En definitiva, el promotor no accederá en ningún momento a datos de carácter personal de los sujetos participantes en el ensayo. Sin perjuicio de la falta de acceso por parte del promotor a los datos personales de los sujetos participantes en el ensayo, éste es responsable de decidir, entre otras cuestiones, los criterios que determinan la participación del sujeto en el ensayo, la realización de acciones informativas a las distintas autoridades sanitarias, las pautas de elaboración de los preceptivos informes y, en definitiva, velar por todo lo relativo a la realización del ensayo. En conclusión, tal y como se ha recogido en el Protocolo CÓDIGO TIPO DE FARMAINDUSTRIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y DE LA FARMACOVIGILANCIA, el promotor establece los criterios de tratamiento de los datos personales de los sujetos participantes en un ensayo. Esta facultad determina que, a pesar de su falta de acceso a datos, el Promotor ostente la posición de responsable del tratamiento en relación al fichero de investigación clínica (FIC). Ello no le implica responsabilidades adicionales salvo las relacionadas con el deber de diligencia. Que, el “Centro” es responsable del “Fichero de Investigación Clínica” (FIC) y como tal debe, entre otras obligaciones, cumplir con el deber de información sobre el tratamiento de los datos personales de los sujetos de Estudio, actualizar su Registro de Actividades del Tratamiento, así como cumplir con todas las medidas técnicas en materia de seguridad garantizando un adecuado tratamiento de los datos de carácter personal, entre otras muchas obligaciones derivadas del RGPD. Que, este acuerdo establece los requisitos que establece el RGPD y que son aplicables al Tratamiento de Datos personales por parte del “Promotor”, o “CRO” en nombre del “Promotor”, y la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” bajo el “Contrato” y durante el desarrollo del “Estudio”. POR LA PRESENTE, en consideración de los contratos mutuos contenidos en el presente documento, y con la intención de quedar vinculado legalmente, el Contrato se complementa con lo siguiente:

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Samples: Contrato De Ensayo Clínico Con El Centro De Investigación

CONSIDERANDO. Que los intervinientes firman el Contratocontrato, para la realización del ensayo clínico de título: “Haga clic aquí para escribir texto.texto.” (en adelante, Contrato) con código de protocolo: Haga clic aquí para escribir texto.texto., entre la FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, el “Centro”Hospital), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, la Fundación), Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, CRO) en nombre de Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, Promotor) y Haga clic aquí para escribir texto.texto., siendo éste último el investigador Investigador principal del ensayo (en adelante, “Investigador Principal”Investigador) (El CentroHospital, la Fundación, la CRO, el Promotor y el Investigador PrincipalInvestigador, se denominarán colectivamente las Partes). Que, el “Promotor” Promotor ha delegado la responsabilidad de dirigir este Estudio, incluida la contratación y la monitorización del Estudio, en la CRO, y ha autorizado a la “CRO” CRO para representar al “Promotor” Promotor en el cumplimiento de los compromisos del “Contrato” Contrato y de este acuerdo. Que la “CRO” CRO en nombre del Promotor, la Fundación, el “Centro” Hospital y el Investigador Principal” han celebrado el contrato de estudio clínico mencionado anteriormente (el Contrato), en virtud del cual, la Fundación, el “Centro” Hospital y el Investigador Principal” participan en el estudio clínico patrocinado por el “Promotor” Promotor que requiere el tratamiento de datos personales (en adelante, el Estudio). Queque, el “Promotor” no participará en ningún caso en Promotor es considerado Responsable, respecto al Tratamiento de Datos personales relativos a los participantes del Estudio, reportados por la recogida Fundación, el Hospital y el Investigador, de datos personales conformidad con el protocolo del Estudio y del Contrato. El Hospital se mantiene como Responsable del tratamiento de los Datos personales, de los sujetos del ensayoEstudio, ni accederá relativos a los archivos y/o documentos donde el investigador o el Centro conserven dichos datos. En definitiva, el promotor no accederá en ningún momento a datos de carácter personal de los sujetos participantes en el ensayo. Sin perjuicio de la falta de acceso por parte del promotor a los datos personales de los sujetos participantes en el ensayo, éste es responsable de decidir, entre otras cuestiones, los criterios que determinan la participación del sujeto en el ensayo, la realización de acciones informativas su atención médica y a las distintas autoridades sanitariasobligaciones legales aplicables, las pautas de elaboración de los preceptivos informes y, en definitiva, velar por todo lo relativo a la realización del ensayo. En conclusión, tal y como se ha recogido en el Protocolo CÓDIGO TIPO DE FARMAINDUSTRIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y DE LA FARMACOVIGILANCIA, el promotor establece los criterios de tratamiento de los datos personales de los sujetos participantes en un ensayo. Esta facultad determina que, a pesar de su falta de acceso a datos, el Promotor ostente la posición de responsable del tratamiento en relación al fichero de investigación clínica (FIC). Ello no le implica responsabilidades adicionales salvo las relacionadas con el deber de diligencia. Que, el “Centro” es responsable del “Fichero de Investigación Clínica” (FIC) y como tal debe, entre otras obligaciones, cumplir con el deber de información sobre el tratamiento de los datos personales de los sujetos de Estudio, actualizar su Registro de Actividades del Tratamiento, así como cumplir con todas las medidas técnicas en materia de seguridad garantizando un adecuado tratamiento de los datos de carácter personal, entre otras muchas obligaciones derivadas del RGPD. Que, este acuerdo establece los requisitos que establece el de RGPD y que son aplicables al Tratamiento de Datos personales por parte del Promotor, o “CRO” CRO en nombre del Promotor, y la Fundación, el “Centro” Hospital y el Investigador Principal” bajo el “Contrato” Contrato y durante el desarrollo del Estudio. BY AND BETWEEN On the one hand (Site) Mr. Xxxxxx Xxxxxxxx Fuertes as General Director of the FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA in xxxxx Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx 8, de Valencia, con C.P. 46009 and CIF number X00000000. The party of the second part (Foundation), Mr. Xxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxx, as General Director of the FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA in xxxxx Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx 8, de Valencia, con C.P. 46009 and CIF number X-00000000. On the other (Sponsor) Mr./Ms. Haga clic aquí para escribir texto., as Haga clic aquí para escribir texto., for and on behalf of Haga clic aquí para escribir texto. with CIF No. Haga clic aquí para escribir texto. and with registered offices at Haga clic aquí para escribir texto. with legal capacity to undersign the present contract. AND on the other hand (Principal Investigator) Mr./Ms. Haga clic aquí para escribir texto. with D.N.I (National Identity Card) Haga clic aquí para escribir texto., attached to the Department of Haga clic aquí para escribir texto. from the FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA as Principal Investigator, acting on his own behalf and in compliance with the obligations assumed. All the parties herein acknowledge full capacity and competence to execute the following agreement: CONSIDERING That the parties sign the contract corresponding to the clinical trial titled: Estudio”Haga clic aquí para escribir texto.” (thereafter, the Contract), protocol code: Haga clic aquí para escribir texto. between FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA, (thereafter, the Hospital), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (thereafter, the Foundation) , Haga clic aquí para escribir texto. (thereafter, the CRO) in name of Haga clic aquí para escribir texto. (thereafter, the Sponsor) y Haga clic aquí para escribir texto., as Principal Investigator (thereafter, the Investigator) (Hospital, Foundation, CRO, Sponsor and Investigator, will be collectively called the Parties) . The Sponsor has delegated responsibility for management of this Study, including agreementing and Study monitoring, to CRO, and has authorized CRO to bind the Sponsor to all commitments within the contract and this Agreement. That CRO on behalf of the Sponsor, Foundation, Hospital and Investigator have entered into the clinical study contract referenced above (the contract) pursuant to which Foundation, Hospital and Investigator participate in the Study sponsored by the Sponsor that requires the Processing of Personal Data (the Study). That the Sponsor is considered the Controller with respect to its Processing of Personal Data regarding Study subjects and reported by Foundation, Hospital and Investigator pursuant to the Study protocol and the contract, and Hospital remains the Controller of Processing of Personal Data collected from the Study subject, with respect to the treatment of the medical standard of care and applicable legal obligations; and This Agreement sets forth the GDPR requirements that are applicable to Personal Data Processed by the Sponsor, or CRO on behalf of the Sponsor, and Foundation and Hospital under the contract and during the development of the Study. POR LA PRESENTE, en consideración de los contratos acuerdos mutuos contenidos en el presente documento, y con la intención de quedar vinculado legalmente, el Contrato se complementa con lo siguiente: NOW, THEREFORE, for and in consideration of the mutual covenants herein contained, and intending to be legally bound hereby, the contract is complemented as follows:

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Samples: Contrato De Ensayo Clinico Con El Centro De Investigacion

CONSIDERANDO. Que los intervinientes firman el Contrato, para la realización del ensayo clínico de título: “Haga clic aquí para escribir texto.texto.” (en adelante, “Contrato”) con código de protocolo: Haga clic aquí para escribir texto.texto., entre la FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, el “Centro”), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, la “Fundación”), Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “CRO”) en nombre de Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “Promotor”) y Haga clic aquí para escribir texto.texto., siendo éste último el investigador principal Investigador Principal del ensayo (en adelante, “Investigador Principal”) (El Centro, la Fundación, la CRO, el Promotor y el Investigador Principal, se denominarán colectivamente las “Partes”). Que, el “Promotor” ha delegado la responsabilidad de dirigir este Estudio, incluida la contratación y la monitorización del Estudio, en la “CRO”, y ha autorizado a la “CRO” para representar al “Promotor” en el cumplimiento de los compromisos del “Contrato” y de este acuerdo. Que la “CRO” en nombre del “Promotor”, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” han celebrado el contrato de estudio clínico mencionado anteriormente (el “Contrato”), en virtud del cual, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” participan en el estudio clínico patrocinado por el “Promotor” que requiere el tratamiento de datos personales (en adelante, el “Estudio”). Queque, el “Promotor” no participará en ningún caso en la recogida es considerado Responsable, respecto al Tratamiento de datos Datos personales de los sujetos del ensayo, ni accederá relativos a los archivos y/o documentos donde el investigador o el Centro conserven dichos datos. En definitivaparticipantes del “Estudio”, el promotor no accederá en ningún momento a datos de carácter personal de los sujetos participantes en el ensayo. Sin perjuicio de reportados por la falta de acceso por parte del promotor a los datos personales de los sujetos participantes en el ensayo, éste es responsable de decidir, entre otras cuestiones, los criterios que determinan la participación del sujeto en el ensayo, la realización de acciones informativas a las distintas autoridades sanitarias, las pautas de elaboración de los preceptivos informes y, en definitiva, velar por todo lo relativo a la realización del ensayo. En conclusión, tal y como se ha recogido en el Protocolo CÓDIGO TIPO DE FARMAINDUSTRIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y DE LA FARMACOVIGILANCIA, el promotor establece los criterios de tratamiento de los datos personales de los sujetos participantes en un ensayo. Esta facultad determina que, a pesar de su falta de acceso a datos, el Promotor ostente la posición de responsable del tratamiento en relación al fichero de investigación clínica (FIC). Ello no le implica responsabilidades adicionales salvo las relacionadas con el deber de diligencia. Que“Fundación”, el “Centro” es responsable y el “Investigador Principal”, de conformidad con el protocolo del “Fichero de Investigación ClínicaEstudio(FIC) y del “Contrato”. El “Centro” se mantiene como tal debe, entre otras obligaciones, cumplir con el deber de información sobre el Responsable del tratamiento de los datos personales Datos personales, de los sujetos de del “Estudio, actualizar relativos a su Registro de Actividades del Tratamientoatención médica y a las obligaciones legales aplicables, así como cumplir con todas las medidas técnicas en materia de seguridad garantizando un adecuado tratamiento de los datos de carácter personal, entre otras muchas obligaciones derivadas del RGPD. Quey que, este acuerdo establece los requisitos que establece el de RGPD y que son aplicables al Tratamiento de Datos personales por parte del “Promotor”, o “CRO” en nombre del “Promotor”, y la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” bajo el “Contrato” Contrato y durante el desarrollo del “Estudio”. BY AND BETWEEN On the one hand (Site) Mr. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx as General Director of the FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA in xxxxx Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx 8, de Valencia, con C.P. 46009 and CIF number X00000000. The party of the second part (Foundation), Mr. Xxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxx, as General Director of the FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA in xxxxx Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx 8, de Valencia, con C.P. 46009 and CIF number X-00000000. On the other (Sponsor) Mr./Ms. Haga clic aquí para escribir texto., as Haga clic aquí para escribir texto., for and on behalf of Haga clic aquí para escribir texto. with CIF No. Haga clic aquí para escribir texto. and with registered offices at Haga clic aquí para escribir texto. with legal capacity to undersign the present contract. AND on the other hand (Principal Investigator) Mr./Ms. Haga clic aquí para escribir texto. with D.N.I (National Identity Card) Haga clic aquí para escribir texto., attached to the Department of Haga clic aquí para escribir texto. from the FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA as Principal Investigator, acting on his own behalf and in compliance with the obligations assumed. All the parties herein acknowledge full capacity and competence to execute the following agreement: CONSIDERING That the parties sign the Contract corresponding to the clinical trial titled: “Haga clic aquí para escribir texto.” (thereafter, the “Contract”), protocol code: Haga clic aquí para escribir texto. between FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA, (thereafter, the “Site”), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (thereafter, the “Foundation”) , Haga clic aquí para escribir texto. (thereafter, the “CRO”) in name of Haga clic aquí para escribir texto. (thereafter, the “Sponsor”) y Haga clic aquí para escribir texto., as Principal Investigator (thereafter, the “Principal Investigator”) (Site, Foundation, CRO, Sponsor and Principal Investigator, will be collectively called the “Parties”) . The “Sponsor” has delegated responsibility for management of this Study, including agreementing and Study monitoring, to “CRO”, and has authorized “CRO” to bind the “Sponsor” to all commitments within the “Contract” and this Agreement. That “CRO” on behalf of the “Sponsor”, “Foundation”, “Site” and “Principal Investigator” have entered into the clinical study contract referenced above (the “Contract”) pursuant to which “Foundation”, “Site” and “Principal Investigator” participate in the Study sponsored by the “Sponsor” that requires the Processing of Personal Data (the “Study”). That the “Sponsor” is considered the Controller with respect to its Processing of Personal Data regarding “Study” subjects and reported by “Foundation”, “Site” and “Principal Investigator” pursuant to the “Study” protocol and the “Contract”, and “Site” remains the Controller of Processing of Personal Data collected from the “Study” subject, with respect to the treatment of the medical standard of care and applicable legal obligations; and that, this agreement establishes the requirements established by RGPD that are applicable to Personal Data Processed by the “Sponsor”, or “CRO” on behalf of the “Sponsor”, and “Foundation” and “Site” and “Principal Investigator” under the contract and during the development of the “Study”. POR LA PRESENTE, en consideración de los contratos acuerdos mutuos contenidos en el presente documento, y con la intención de quedar vinculado legalmente, el Contrato se complementa con lo siguiente: NOW, THEREFORE, for and in consideration of the mutual covenants herein contained, and intending to be legally bound hereby, the contract is complemented as follows:

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Samples: Contrato De Ensayo Clinico Con El Centro De Investigacion

CONSIDERANDO. Que los intervinientes firman el Contrato, para la realización del ensayo clínico de título: “Haga clic aquí para escribir texto.texto.” (en adelante, “Contrato”) con código de protocolo: Haga clic aquí para escribir texto.texto., entre la FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, el “Centro”), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, la “Fundación”), Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “CRO”) en nombre de Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “Promotor”) y Haga clic aquí para escribir texto.texto., siendo éste último el investigador principal Investigador Principal del ensayo (en adelante, “Investigador Principal”) (El Centro, la Fundación, la CRO, el Promotor y el Investigador Principal, se denominarán colectivamente las “Partes”). Que, el “Promotor” ha delegado la responsabilidad de dirigir este Estudio, incluida la contratación y la monitorización del Estudio, en la “CRO”, y ha autorizado a la “CRO” para representar al “Promotor” en el cumplimiento de los compromisos del “Contrato” y de este acuerdo. Que la “CRO” en nombre del “Promotor”, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” han celebrado el contrato de estudio clínico mencionado anteriormente (el “Contrato”), en virtud del cual, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” participan en el estudio clínico patrocinado por el “Promotor” que requiere el tratamiento de datos personales (en adelante, el “Estudio”). Queque, el “Promotor” no participará en ningún caso en la recogida es considerado Responsable, respecto al Tratamiento de datos Datos personales de los sujetos del ensayo, ni accederá relativos a los archivos y/o documentos donde el investigador o el Centro conserven dichos datos. En definitivaparticipantes del “Estudio”, el promotor no accederá en ningún momento a datos de carácter personal de los sujetos participantes en el ensayo. Sin perjuicio de reportados por la falta de acceso por parte del promotor a los datos personales de los sujetos participantes en el ensayo, éste es responsable de decidir, entre otras cuestiones, los criterios que determinan la participación del sujeto en el ensayo, la realización de acciones informativas a las distintas autoridades sanitarias, las pautas de elaboración de los preceptivos informes y, en definitiva, velar por todo lo relativo a la realización del ensayo. En conclusión, tal y como se ha recogido en el Protocolo CÓDIGO TIPO DE FARMAINDUSTRIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y DE LA FARMACOVIGILANCIA, el promotor establece los criterios de tratamiento de los datos personales de los sujetos participantes en un ensayo. Esta facultad determina que, a pesar de su falta de acceso a datos, el Promotor ostente la posición de responsable del tratamiento en relación al fichero de investigación clínica (FIC). Ello no le implica responsabilidades adicionales salvo las relacionadas con el deber de diligencia. Que“Fundación”, el “Centro” es responsable y el “Investigador Principal”, de conformidad con el protocolo del “Fichero de Investigación ClínicaEstudio(FIC) y del “Contrato”. El “Centro” se mantiene como tal debe, entre otras obligaciones, cumplir con el deber de información sobre el Responsable del tratamiento de los datos personales Datos personales, de los sujetos de del “Estudio, actualizar relativos a su Registro de Actividades del Tratamientoatención médica y a las obligaciones legales aplicables, así como cumplir con todas las medidas técnicas en materia de seguridad garantizando un adecuado tratamiento de los datos de carácter personal, entre otras muchas obligaciones derivadas del RGPD. Quey que, este acuerdo establece los requisitos que establece el de RGPD y que son aplicables al Tratamiento de Datos personales por parte del “Promotor”, o “CRO” en nombre del “Promotor”, y la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” bajo el “Contrato” Contrato y durante el desarrollo del “Estudio”. BY AND BETWEEN On the one hand (Site) Mr. Xxxxxx Xxxxxxxx Fuertes as General Director of the FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA in xxxxx Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx 8, de Valencia, con C.P. 46009 and CIF number X00000000. The party of the second part (Foundation), Mr. Xxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxx, as General Director of the FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA in xxxxx Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx 8, de Valencia, con C.P. 46009 and CIF number X-00000000. On the other (Sponsor) Mr./Ms. Haga clic aquí para escribir texto., as Haga clic aquí para escribir texto., for and on behalf of Haga clic aquí para escribir texto. with CIF No. Haga clic aquí para escribir texto. and with registered offices at Haga clic aquí para escribir texto. with legal capacity to undersign the present contract. AND on the other hand (Principal Investigator) Mr./Ms. Haga clic aquí para escribir texto. with D.N.I (National Identity Card) Haga clic aquí para escribir texto., attached to the Department of Haga clic aquí para escribir texto. from the FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA as Principal Investigator, acting on his own behalf and in compliance with the obligations assumed. All the parties herein acknowledge full capacity and competence to execute the following agreement: CONSIDERING That the parties sign the Contract corresponding to the clinical trial titled: “Haga clic aquí para escribir texto.” (thereafter, the “Contract”), protocol code: Haga clic aquí para escribir texto. between FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA, (thereafter, the “Site”), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (thereafter, the “Foundation”) , Haga clic aquí para escribir texto. (thereafter, the “CRO”) in name of Haga clic aquí para escribir texto. (thereafter, the “Sponsor”) y Haga clic aquí para escribir texto., as Principal Investigator (thereafter, the “Principal Investigator”) (Site, Foundation, CRO, Sponsor and Principal Investigator, will be collectively called the “Parties”) . The “Sponsor” has delegated responsibility for management of this Study, including agreementing and Study monitoring, to “CRO”, and has authorized “CRO” to bind the “Sponsor” to all commitments within the “Contract” and this Agreement. That “CRO” on behalf of the “Sponsor”, “Foundation”, “Site” and “Principal Investigator” have entered into the clinical study contract referenced above (the “Contract”) pursuant to which “Foundation”, “Site” and “Principal Investigator” participate in the Study sponsored by the “Sponsor” that requires the Processing of Personal Data (the “Study”). That the “Sponsor” is considered the Controller with respect to its Processing of Personal Data regarding “Study” subjects and reported by “Foundation”, “Site” and “Principal Investigator” pursuant to the “Study” protocol and the “Contract”, and “Site” remains the Controller of Processing of Personal Data collected from the “Study” subject, with respect to the treatment of the medical standard of care and applicable legal obligations; and that, this agreement establishes the requirements established by RGPD that are applicable to Personal Data Processed by the “Sponsor”, or “CRO” on behalf of the “Sponsor”, and “Foundation” and “Site” and “Principal Investigator” under the contract and during the development of the “Study”. POR LA PRESENTE, en consideración de los contratos acuerdos mutuos contenidos en el presente documento, y con la intención de quedar vinculado legalmente, el Contrato se complementa con lo siguiente: NOW, THEREFORE, for and in consideration of the mutual covenants herein contained, and intending to be legally bound hereby, the contract is complemented as follows:

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Samples: Contrato De Ensayo Clinico Con El Centro De Investigacion

CONSIDERANDO. Que los intervinientes firman el Contratola Corporación Andina de Fomento, en adelante "CAF", entidad financiera de derecho internacional público, constituida mediante Convenio Constitutivo suscrito en Bogotá, Colombia, con fecha 7 de febrero de 1968, y en su rol como agencia implementadora de proyectos del Global Environment Facility (GEF) se encuentra en proceso de Solicitud de Información, para desarrollar la realización consultoría: elaboración de Estudios complementarios requeridos en la formulación de Project Document (PRODOC) y CEO Endorsement Request del ensayo clínico Proyecto CAF-GEF “Eficiencia Energética para la Transición a Ciudades Carbono Neutrales en Colombia”, que serán presentados al Secretariado del GEF para su aprobación. Que en virtud de títulodicha "Iniciativa" y con el objeto de presentar la referida solicitud recibiré información confidencial, entendiéndose esta como toda la información relacionada con la "Iniciativa ", independientemente de que las mismas sea identificada o no como tal, que sea difundida por "CAF" de manera verbal o escrita, incluyendo formato gráfico, de datos o electromagnético. En este sentido, de "El Proveedor o Consultor", con el fin de asegurar la debida protección y conservación de información confidencial y privilegiada puesta a disposición por "CAF" con motivo del proceso de propuesta, conviene en suscribir el presente ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD, en adelante denominado el "Acuerdo", en los términos siguientes: “Haga clic aquí para escribir texto.” A los efectos del presente "Acuerdo", "Información Confidencial" significa cualquier información relativa a "CAF" puesta directa o indirectamente a disposición de "El Proveedor o Consultor" por "CAF", sea en forma verbal, escrita, gráfica o electrónica. En particular, la "Información Confidencial" incluirá cualquier información, proceso, técnica, algoritmo, programa de software (en adelante, “Contrato”) con incluyendo código de protocolo: Haga clic aquí para escribir texto.fuente), diseño, dibujo, fórmula o datos de prueba o en producción relacionados con cualquier proyecto de investigación, trabajo en curso, creación, ingeniería, elaboración, mercadeo, servicios, financiamiento o asunto del personal relacionado con "CAF", sus productos actuales o futuros, ventas, proveedores, clientes, empleados, inversionistas o negocios, entre otras. "El Proveedor o Consultor" declara que la FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelantetotalidad de la "Información Confidencial" entregada por "CAF como consecuencia, el “Centro”), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, la “Fundación”), Haga clic aquí para escribir texto. (en adelante, “CRO”) en nombre de Haga clic aquí para escribir texto. (en adelante, “Promotor”) y Haga clic aquí para escribir texto., siendo éste último el investigador principal del ensayo (en adelante, “Investigador Principal”) (El Centro, la Fundación, la CRO, el Promotor y el Investigador Principal, se denominarán colectivamente las “Partes”). Que, el “Promotor” ha delegado la responsabilidad de dirigir este Estudio, incluida la contratación y la monitorización del Estudio, en la “CRO”, y ha autorizado a la “CRO” para representar al “Promotor” resultado o en el cumplimiento de los compromisos del “Contrato” y de este acuerdo. Que la “CRO” en nombre del “Promotor”, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” han celebrado el contrato de estudio clínico mencionado anteriormente (el “Contrato”), en virtud del cual, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” participan en el estudio clínico patrocinado por el “Promotor” que requiere el tratamiento de datos personales (en adelante, el “Estudio”). Que, el “Promotor” no participará en ningún caso en la recogida de datos personales de los sujetos del ensayo, ni accederá a los archivos y/o documentos donde el investigador o el Centro conserven dichos datos. En definitiva, el promotor no accederá en ningún momento a datos de carácter personal de los sujetos participantes en el ensayo. Sin perjuicio marco de la falta "Iniciativa", es propiedad de acceso "CAF" y sólo podrá ser utilizada por parte del promotor a los datos personales de los sujetos participantes en el ensayo, éste es responsable de decidir, entre otras cuestiones, los criterios que determinan la participación del sujeto en el ensayo, la realización de acciones informativas a las distintas autoridades sanitarias, las pautas de elaboración de los preceptivos informes y, en definitiva, velar por todo lo relativo a la realización del ensayo. En conclusión, tal y como se ha recogido en el Protocolo CÓDIGO TIPO DE FARMAINDUSTRIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y DE LA FARMACOVIGILANCIA, el promotor establece los criterios de tratamiento de los datos personales de los sujetos participantes en un ensayo. Esta facultad determina que, a pesar de su falta de acceso a datos, el Promotor ostente la posición de responsable del tratamiento en relación al fichero de investigación clínica (FIC). Ello no le implica responsabilidades adicionales salvo las relacionadas con el deber de diligencia. Que, el “Centro” es responsable del “Fichero de Investigación Clínica” (FIC) y como tal debe, entre otras obligaciones, cumplir con el deber de información sobre el tratamiento de los datos personales de los sujetos de Estudio, actualizar su Registro de Actividades del Tratamiento, así como cumplir con todas las medidas técnicas en materia de seguridad garantizando un adecuado tratamiento de los datos de carácter personal, entre otras muchas obligaciones derivadas del RGPD. Que, este acuerdo establece los requisitos que establece el RGPD y que son aplicables al Tratamiento de Datos personales por parte del “Promotor”, "El Proveedor o “CRO” en nombre del “Promotor”, y la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” bajo el “Contrato” y durante el desarrollo del “Estudio”. POR LA PRESENTE, en consideración de los contratos mutuos contenidos en el presente documento, y Consultor" con la intención finalidad de quedar vinculado legalmente, el Contrato se complementa con lo siguiente:evaluar la "Iniciativa" y presentar una propuesta.

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Samples: www.caf.com

CONSIDERANDO. Que los intervinientes firman el Contratocontrato, para la realización del ensayo clínico de título: “Haga clic aquí para escribir texto.texto.” (en adelante, “Contrato”) con código de protocolo: Haga clic aquí para escribir texto.texto., entre la FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, el “CentroHospital”), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, la “Fundación”), Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “CRO”) en nombre de Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “Promotor”) y Haga clic aquí para escribir texto.texto., siendo éste último el investigador principal del ensayo (en adelante, “Investigador PrincipalInvestigador”) (El CentroHospital, la Fundación, la CRO, el Promotor y el Investigador PrincipalInvestigador, se denominarán colectivamente las “Partes”). Que, el “Promotor” ha delegado la responsabilidad de dirigir este EstudioProyecto de Investigación, incluida la contratación y la monitorización del EstudioProyecto, en la “CRO”, y ha autorizado a la “CRO” para representar al “Promotor” en el cumplimiento de los compromisos del “Contrato” y de este acuerdo. Que la “CRO” en nombre del “Promotor”, la “Fundación”, el “CentroHospital” y el “Investigador PrincipalInvestigador” han celebrado el contrato de estudio clínico Proyecto de Investigación mencionado anteriormente (el “Contrato”), en virtud del cual, la “Fundación”, el “CentroHospital” y el “Investigador PrincipalInvestigador” participan en el estudio clínico Proyecto de Investigación patrocinado por el “Promotor” que requiere el tratamiento de datos personales (en adelante, el “EstudioProyecto de Investigación”). Que, el “Promotor” no participará en ningún caso en es considerado Responsable, respecto al Tratamiento de Datos personales relativos a los participantes del “Proyecto de Investigación”, reportados por la recogida “Fundación”, el “Hospital” y el “Investigador”, de datos personales conformidad con el protocolo del “Proyecto de Investigación” y del “Contrato”. El “Hospital” se mantiene como Responsable del tratamiento de los Datos personales, de los sujetos del ensayo“Proyecto de Investigación”, ni accederá relativos a los archivos y/o documentos donde el investigador o el Centro conserven dichos datos. En definitiva, el promotor no accederá en ningún momento a datos de carácter personal de los sujetos participantes en el ensayo. Sin perjuicio de la falta de acceso por parte del promotor a los datos personales de los sujetos participantes en el ensayo, éste es responsable de decidir, entre otras cuestiones, los criterios que determinan la participación del sujeto en el ensayo, la realización de acciones informativas su atención médica y a las distintas autoridades sanitariasobligaciones legales aplicables, las pautas de elaboración de los preceptivos informes y, en definitiva, velar por todo lo relativo a la realización del ensayo. En conclusión, tal y como se ha recogido en el Protocolo CÓDIGO TIPO DE FARMAINDUSTRIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y DE LA FARMACOVIGILANCIA, el promotor establece los criterios de tratamiento de los datos personales de los sujetos participantes en un ensayo. Esta facultad determina que, a pesar de su falta de acceso a datos, el Promotor ostente la posición de responsable del tratamiento en relación al fichero de investigación clínica (FIC). Ello no le implica responsabilidades adicionales salvo las relacionadas con el deber de diligencia. Que, el “Centro” es responsable del “Fichero de Investigación Clínica” (FIC) y como tal debe, entre otras obligaciones, cumplir con el deber de información sobre el tratamiento de los datos personales de los sujetos de Estudio, actualizar su Registro de Actividades del Tratamiento, así como cumplir con todas las medidas técnicas en materia de seguridad garantizando un adecuado tratamiento de los datos de carácter personal, entre otras muchas obligaciones derivadas del RGPD. Que, este acuerdo establece los requisitos que establece el RGPD y que son aplicables al Tratamiento de Datos personales por parte del “Promotor”, o “CRO” en nombre del “Promotor”, y la “Fundación”, el “CentroHospital” y el “Investigador PrincipalInvestigador” bajo el “Contrato” y durante el desarrollo del “EstudioProyecto de Investigación”. POR LA PRESENTE, en consideración de los contratos mutuos contenidos en el presente documento, y con la intención de quedar vinculado legalmente, el Contrato se complementa con lo siguiente:

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Samples: Contrato De Proyecto De Investigación Biomedica Con El Centro De Investigacion

CONSIDERANDO. Que los intervinientes firman el Contratocontrato, para la realización del ensayo clínico de título: “Haga clic aquí para escribir texto.texto.” (en adelante, “Contrato”) con código de protocolo: Haga clic aquí para escribir texto.texto., entre la FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, el “CentroHospital”), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, la “Fundación”), Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “CRO”) en nombre de Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “Promotor”) y Haga clic aquí para escribir texto.texto., siendo éste último el investigador principal del ensayo (en adelante, “Investigador PrincipalInvestigador”) (El CentroHospital, la Fundación, la CRO, el Promotor y el Investigador PrincipalInvestigador, se denominarán colectivamente las “Partes”). Que, el “Promotor” ha delegado la responsabilidad de dirigir este Estudio, incluida la contratación y la monitorización del Estudio, en la “CRO”, y ha autorizado a la “CRO” para representar al “Promotor” en el cumplimiento de los compromisos del “Contrato” y de este acuerdo. Que la “CRO” en nombre del “Promotor”, la “Fundación”, el “CentroHospital” y el “Investigador PrincipalInvestigador” han celebrado el contrato de estudio clínico mencionado anteriormente (el “Contrato”), en virtud del cual, la “Fundación”, el “CentroHospital” y el “Investigador PrincipalInvestigador” participan en el estudio clínico patrocinado por el “Promotor” que requiere el tratamiento de datos personales (en adelante, el “Estudio”). Queque, el “Promotor” no participará en ningún caso en es considerado Responsable, respecto al Tratamiento de Datos personales relativos a los participantes del “Estudio”, reportados por la recogida “Fundación”, el “Hospital” y el “Investigador”, de datos personales conformidad con el protocolo del “Estudio” y del “Contrato”. El “Hospital” se mantiene como Responsable del tratamiento de los Datos personales, de los sujetos del ensayo“Estudio”, ni accederá relativos a los archivos y/o documentos donde el investigador o el Centro conserven dichos datos. En definitiva, el promotor no accederá en ningún momento a datos de carácter personal de los sujetos participantes en el ensayo. Sin perjuicio de la falta de acceso por parte del promotor a los datos personales de los sujetos participantes en el ensayo, éste es responsable de decidir, entre otras cuestiones, los criterios que determinan la participación del sujeto en el ensayo, la realización de acciones informativas su atención médica y a las distintas autoridades sanitariasobligaciones legales aplicables, las pautas de elaboración de los preceptivos informes y, en definitiva, velar por todo lo relativo a la realización del ensayo. En conclusión, tal y como se ha recogido en el Protocolo CÓDIGO TIPO DE FARMAINDUSTRIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y DE LA FARMACOVIGILANCIA, el promotor establece los criterios de tratamiento de los datos personales de los sujetos participantes en un ensayo. Esta facultad determina que, a pesar de su falta de acceso a datos, el Promotor ostente la posición de responsable del tratamiento en relación al fichero de investigación clínica (FIC). Ello no le implica responsabilidades adicionales salvo las relacionadas con el deber de diligencia. Que, el “Centro” es responsable del “Fichero de Investigación Clínica” (FIC) y como tal debe, entre otras obligaciones, cumplir con el deber de información sobre el tratamiento de los datos personales de los sujetos de Estudio, actualizar su Registro de Actividades del Tratamiento, así como cumplir con todas las medidas técnicas en materia de seguridad garantizando un adecuado tratamiento de los datos de carácter personal, entre otras muchas obligaciones derivadas del RGPD. Que, este acuerdo establece los requisitos que establece el de RGPD y que son aplicables al Tratamiento de Datos personales por parte del “Promotor”, o “CRO” en nombre del “Promotor”, y la “Fundación”, el “CentroHospital” y el “Investigador PrincipalInvestigador” bajo el “Contrato” y durante el desarrollo del “Estudio”. POR LA PRESENTE, en consideración de los contratos mutuos contenidos en el presente documento, y con la intención de quedar vinculado legalmente, el Contrato se complementa con lo siguiente:

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Samples: Contrato De Ensayo Clinico Con El Centro De Investigacion

CONSIDERANDO. Que los intervinientes firman el Contratocontrato, para la realización del ensayo clínico de título: “Haga clic aquí para escribir texto.texto.” (en adelante, Contrato) con código de protocolo: Haga clic aquí para escribir texto.texto., entre la FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, el “Centro”Hospital), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, la Fundación), Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, CRO) en nombre de Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, Promotor) y Haga clic aquí para escribir texto.texto., siendo éste último el investigador Investigador principal del ensayo (en adelante, “Investigador Principal”Investigador) (El CentroHospital, la Fundación, la CRO, el Promotor y el Investigador PrincipalInvestigador, se denominarán colectivamente las Partes). Que, el “Promotor” Promotor ha delegado la responsabilidad de dirigir este Estudio, incluida la contratación y la monitorización del Estudio, en la CRO, y ha autorizado a la “CRO” CRO para representar al “Promotor” Promotor en el cumplimiento de los compromisos del “Contrato” Contrato y de este acuerdo. Que la “CRO” CRO en nombre del Promotor, la Fundación, el “Centro” Hospital y el Investigador Principal” han celebrado el contrato de estudio clínico mencionado anteriormente (el Contrato), en virtud del cual, la Fundación, el “Centro” Hospital y el Investigador Principal” participan en el estudio clínico patrocinado por el “Promotor” Promotor que requiere el tratamiento de datos personales (en adelante, el Estudio). Queque, el “Promotor” no participará en ningún caso en Promotor es considerado Responsable, respecto al Tratamiento de Datos personales relativos a los participantes del Estudio, reportados por la recogida Fundación, el Hospital y el Investigador, de datos personales conformidad con el protocolo del Estudio y del Contrato. El Hospital se mantiene como Responsable del tratamiento de los Datos personales, de los sujetos del ensayoEstudio, ni accederá relativos a los archivos y/o documentos donde el investigador o el Centro conserven dichos datos. En definitiva, el promotor no accederá en ningún momento a datos de carácter personal de los sujetos participantes en el ensayo. Sin perjuicio de la falta de acceso por parte del promotor a los datos personales de los sujetos participantes en el ensayo, éste es responsable de decidir, entre otras cuestiones, los criterios que determinan la participación del sujeto en el ensayo, la realización de acciones informativas su atención médica y a las distintas autoridades sanitariasobligaciones legales aplicables, las pautas de elaboración de los preceptivos informes y, en definitiva, velar por todo lo relativo a la realización del ensayo. En conclusión, tal y como se ha recogido en el Protocolo CÓDIGO TIPO DE FARMAINDUSTRIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y DE LA FARMACOVIGILANCIA, el promotor establece los criterios de tratamiento de los datos personales de los sujetos participantes en un ensayo. Esta facultad determina que, a pesar de su falta de acceso a datos, el Promotor ostente la posición de responsable del tratamiento en relación al fichero de investigación clínica (FIC). Ello no le implica responsabilidades adicionales salvo las relacionadas con el deber de diligencia. Que, el “Centro” es responsable del “Fichero de Investigación Clínica” (FIC) y como tal debe, entre otras obligaciones, cumplir con el deber de información sobre el tratamiento de los datos personales de los sujetos de Estudio, actualizar su Registro de Actividades del Tratamiento, así como cumplir con todas las medidas técnicas en materia de seguridad garantizando un adecuado tratamiento de los datos de carácter personal, entre otras muchas obligaciones derivadas del RGPD. Que, este acuerdo establece los requisitos que establece el de RGPD y que son aplicables al Tratamiento de Datos personales por parte del Promotor, o “CRO” CRO en nombre del Promotor, y la Fundación, el “Centro” Hospital y el Investigador Principal” bajo el “Contrato” Contrato y durante el desarrollo del Estudio. BY AND BETWEEN On the one hand (Site) Mr. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx as General Director of the FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA in xxxxx Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx 8, de Valencia, con C.P. 46009 and CIF number X00000000. The party of the second part (Foundation), Mr. Xxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxx, as General Director of the FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA in xxxxx Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx 8, de Valencia, con C.P. 46009 and CIF number X-00000000. On the other (Sponsor) Mr./Ms. Haga clic aquí para escribir texto., as Haga clic aquí para escribir texto., for and on behalf of Haga clic aquí para escribir texto. with CIF No. Haga clic aquí para escribir texto. and with registered offices at Haga clic aquí para escribir texto. with legal capacity to undersign the present contract. AND on the other hand (Principal Investigator) Mr./Ms. Haga clic aquí para escribir texto. with D.N.I (National Identity Card) Haga clic aquí para escribir texto., attached to the Department of Haga clic aquí para escribir texto. from the FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA as Principal Investigator, acting on his own behalf and in compliance with the obligations assumed. All the parties herein acknowledge full capacity and competence to execute the following agreement: CONSIDERING That the parties sign the contract corresponding to the clinical trial titled: Estudio”Haga clic aquí para escribir texto.” (thereafter, the Contract), protocol code: Haga clic aquí para escribir texto. between FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA, (thereafter, the Hospital), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (thereafter, the Foundation) , Haga clic aquí para escribir texto. (thereafter, the CRO) in name of Haga clic aquí para escribir texto. (thereafter, the Sponsor) y Haga clic aquí para escribir texto., as Principal Investigator (thereafter, the Investigator) (Hospital, Foundation, CRO, Sponsor and Investigator, will be collectively called the Parties) . The Sponsor has delegated responsibility for management of this Study, including agreementing and Study monitoring, to CRO, and has authorized CRO to bind the Sponsor to all commitments within the contract and this Agreement. That CRO on behalf of the Sponsor, Foundation, Hospital and Investigator have entered into the clinical study contract referenced above (the contract) pursuant to which Foundation, Hospital and Investigator participate in the Study sponsored by the Sponsor that requires the Processing of Personal Data (the Study). That the Sponsor is considered the Controller with respect to its Processing of Personal Data regarding Study subjects and reported by Foundation, Hospital and Investigator pursuant to the Study protocol and the contract, and Hospital remains the Controller of Processing of Personal Data collected from the Study subject, with respect to the treatment of the medical standard of care and applicable legal obligations; and This Agreement sets forth the GDPR requirements that are applicable to Personal Data Processed by the Sponsor, or CRO on behalf of the Sponsor, and Foundation and Hospital under the contract and during the development of the Study. POR LA PRESENTE, en consideración de los contratos acuerdos mutuos contenidos en el presente documento, y con la intención de quedar vinculado legalmente, el Contrato se complementa con lo siguiente: NOW, THEREFORE, for and in consideration of the mutual covenants herein contained, and intending to be legally bound hereby, the contract is complemented as follows:

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Samples: Contrato De Ensayo Clinico Con El Centro De Investigacion

CONSIDERANDO. Que los intervinientes firman el Contratocontrato, para la realización del ensayo clínico Proyecto de Investigación de título: “Haga clic aquí para escribir texto.…………………..” (en adelante, “Contrato”) con código de protocolo: Haga clic aquí para escribir texto.……………., entre la FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, el Centro”), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, la “Fundación”), Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “CRO”) en nombre de Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “Promotor”) y Haga clic aquí para escribir texto.Xx …………………………, siendo éste último el investigador la investigadora principal del ensayo Proyecto de Investigación (en adelante, “Investigador Principal”) (El Centro, la Fundación, el Promotor, la CRO, el Promotor y el Investigador Principal, se denominarán colectivamente las “Partes”). Que, el “Promotor” ha delegado la responsabilidad de dirigir este EstudioProyecto de Investigación, incluida la contratación y la monitorización del EstudioProyecto, en la “CRO”, y ha autorizado a la “CRO” para representar al “Promotor” en el cumplimiento de los compromisos del “Contrato” y de este acuerdo. Que la “CRO” en nombre del “Promotor”, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” han celebrado el contrato de estudio clínico Proyecto de Investigación mencionado anteriormente (el “Contrato”), en virtud del cual, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador PrincipalInvestigador” participan en el estudio clínico Proyecto de Investigación patrocinado por el “Promotor” que requiere el tratamiento de datos personales (en adelante, el “EstudioProyecto de Investigación”). Que, el “Promotor” no participará en ningún caso en la recogida de datos personales de los sujetos del ensayoProyecto de Investigación, ni accederá a los archivos y/o documentos donde el investigador Investigador o el Centro conserven dichos datos. En definitiva, el promotor Promotor no accederá en ningún momento a datos de carácter personal de los sujetos participantes en el ensayoProyecto de Investigación. Sin perjuicio de la falta de acceso por parte del promotor Promotor a los datos personales de los sujetos participantes en el ensayoProyecto de Investigación, éste es responsable de decidir, entre otras cuestiones, los criterios que determinan la participación del sujeto en el ensayoProyecto de Investigación, la realización de acciones informativas a las distintas autoridades sanitarias, las pautas de elaboración de los preceptivos informes y, en definitiva, velar por todo lo relativo a la realización del ensayoProyecto de Investigación. En conclusión, tal y como se ha recogido en el Protocolo CÓDIGO TIPO DE FARMAINDUSTRIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y DE LA FARMACOVIGILANCIA, el promotor Promotor establece los criterios de tratamiento de los datos personales de los sujetos participantes en un ensayoProyecto de Investigación. Esta facultad determina que, a pesar de su falta de acceso a datos, el Promotor ostente la posición de responsable del tratamiento en relación al fichero de investigación clínica (FIC). Ello no le implica responsabilidades adicionales salvo las relacionadas con el deber de diligencia. Que, el “Centro” es responsable del “Fichero de Investigación Clínica” (FIC) y como tal debe, entre otras obligaciones, cumplir con el deber de información sobre el tratamiento de los datos personales de los sujetos del Proyecto de EstudioInvestigación, actualizar su Registro de Actividades del Tratamiento, así como cumplir con todas las medidas técnicas en materia de seguridad garantizando un adecuado tratamiento de los datos de carácter personal, entre otras muchas obligaciones derivadas del RGPD. Que, este acuerdo establece los requisitos que establece el RGPD y que son aplicables al Tratamiento de Datos personales por parte del “Promotor”, o “CROen nombre del “Promotor”, y la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” bajo el “Contrato” y durante el desarrollo del “EstudioProyecto de Investigación”. POR LA PRESENTE, en consideración de los contratos mutuos contenidos en el presente documento, y con la intención de quedar vinculado legalmente, el Contrato se complementa con lo siguiente:

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Samples: Contrato De Proyecto De Investigación Biomedica Con El Centro De Investigacion

CONSIDERANDO. Que los intervinientes firman el Contratocontrato, para la realización del ensayo clínico Estudio posautorización de tipo observacional de título: “Haga clic aquí para escribir texto.texto.” (en adelante, “Contrato”) con código de protocolo: Haga clic aquí para escribir texto.texto., entre la FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, el “CentroHospital”), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, la “Fundación”), Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “CRO”) en nombre de Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “Promotor”) y Haga clic aquí para escribir texto.texto., siendo éste último el investigador principal del ensayo Estudio (en adelante, “Investigador PrincipalInvestigador”) (El CentroHospital, la Fundación, la CRO, el Promotor y el Investigador PrincipalInvestigador, se denominarán colectivamente las “Partes”). Que, el “Promotor” ha delegado la responsabilidad de dirigir este Estudio, incluida la contratación y la monitorización del Estudio, en la “CRO”, y ha autorizado a la “CRO” para representar al “Promotor” en el cumplimiento de los compromisos del “Contrato” y de este acuerdo. Que la “CRO” en nombre del “Promotor”, la “Fundación”, el “CentroHospital” y el “Investigador PrincipalInvestigador” han celebrado el contrato de estudio clínico mencionado anteriormente (el “Contrato”), en virtud del cual, la “Fundación”, el “CentroHospital” y el “Investigador PrincipalInvestigador” participan en el estudio clínico patrocinado por el “Promotor” que requiere el tratamiento de datos personales (en adelante, el “Estudio”). Que, el “Promotor” no participará en ningún caso en es considerado Responsable, respecto al Tratamiento de Datos personales relativos a los participantes del “Estudio”, reportados por la recogida “Fundación”, el “Hospital” y el “Investigador”, de datos personales conformidad con el protocolo del “Estudio” y del “Contrato”. El “Hospital” se mantiene como Responsable del tratamiento de los Datos personales, de los sujetos del ensayo“Estudio”, ni accederá relativos a los archivos y/o documentos donde el investigador o el Centro conserven dichos datos. En definitiva, el promotor no accederá en ningún momento a datos de carácter personal de los sujetos participantes en el ensayo. Sin perjuicio de la falta de acceso por parte del promotor a los datos personales de los sujetos participantes en el ensayo, éste es responsable de decidir, entre otras cuestiones, los criterios que determinan la participación del sujeto en el ensayo, la realización de acciones informativas su atención médica y a las distintas autoridades sanitariasobligaciones legales aplicables, las pautas de elaboración de los preceptivos informes y, en definitiva, velar por todo lo relativo a la realización del ensayo. En conclusión, tal y como se ha recogido en el Protocolo CÓDIGO TIPO DE FARMAINDUSTRIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y DE LA FARMACOVIGILANCIA, el promotor establece los criterios de tratamiento de los datos personales de los sujetos participantes en un ensayo. Esta facultad determina que, a pesar de su falta de acceso a datos, el Promotor ostente la posición de responsable del tratamiento en relación al fichero de investigación clínica (FIC). Ello no le implica responsabilidades adicionales salvo las relacionadas con el deber de diligencia. Que, el “Centro” es responsable del “Fichero de Investigación Clínica” (FIC) y como tal debe, entre otras obligaciones, cumplir con el deber de información sobre el tratamiento de los datos personales de los sujetos de Estudio, actualizar su Registro de Actividades del Tratamiento, así como cumplir con todas las medidas técnicas en materia de seguridad garantizando un adecuado tratamiento de los datos de carácter personal, entre otras muchas obligaciones derivadas del RGPD. Que, este acuerdo establece los requisitos que establece el RGPD y que son aplicables al Tratamiento de Datos personales por parte del “Promotor”, o “CRO” en nombre del “Promotor”, y la “Fundación”, el “CentroHospital” y el “Investigador PrincipalInvestigador” bajo el “Contrato” y durante el desarrollo del “Estudio”. POR LA PRESENTE, en consideración de los contratos mutuos contenidos en el presente documento, y con la intención de quedar vinculado legalmente, el Contrato se complementa con lo siguiente:

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Samples: Contrato De Estudio Posautorización De Tipo Observacional

CONSIDERANDO. Que los intervinientes firman el Contrato, para la realización del ensayo clínico de título: “Haga clic aquí para escribir texto.texto.” (en adelante, “Contrato”) con código de protocolo: Haga clic aquí para escribir texto.texto., entre la FUNDACION INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, el “Centro”), FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN CLINICA DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ONCOLOGIA (en adelante, la “Fundación”), Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “CRO”) en nombre de Haga clic aquí para escribir texto. texto. (en adelante, “Promotor”) y Haga clic aquí para escribir texto.texto., siendo éste último el investigador principal del ensayo (en adelante, “Investigador Principal”) (El Centro, la Fundación, la CRO, el Promotor y el Investigador Principal, se denominarán colectivamente las “Partes”). Que, el “Promotor” ha delegado la responsabilidad de dirigir este Estudio, incluida la contratación y la monitorización del Estudio, en la “CRO”, y ha autorizado a la “CRO” para representar al “Promotor” en el cumplimiento de los compromisos del “Contrato” y de este acuerdo. Que la “CRO” en nombre del “Promotor”, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” han celebrado el contrato de estudio clínico mencionado anteriormente (el “Contrato”), en virtud del cual, la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” participan en el estudio clínico patrocinado por el “Promotor” que requiere el tratamiento de datos personales (en adelante, el “Estudio”). Que, el “Promotor” no participará en ningún caso en la recogida de datos personales de los sujetos del ensayo, ni accederá a los archivos y/o documentos donde el investigador o el Centro conserven dichos datos. En definitiva, el promotor no accederá en ningún momento a datos de carácter personal de los sujetos participantes en el ensayo. Sin perjuicio de la falta de acceso por parte del promotor a los datos personales de los sujetos participantes en el ensayo, éste es responsable de decidir, entre otras cuestiones, los criterios que determinan la participación del sujeto en el ensayo, la realización de acciones informativas a las distintas autoridades sanitarias, las pautas de elaboración de los preceptivos informes y, en definitiva, velar por todo lo relativo a la realización del ensayo. En conclusión, tal y como se ha recogido en el Protocolo CÓDIGO TIPO DE FARMAINDUSTRIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y DE LA FARMACOVIGILANCIA, el promotor establece los criterios de tratamiento de los datos personales de los sujetos participantes en un ensayo. Esta facultad determina que, a pesar de su falta de acceso a datos, el Promotor ostente la posición de responsable del tratamiento en relación al fichero de investigación clínica (FIC). Ello no le implica responsabilidades adicionales salvo las relacionadas con el deber de diligencia. Que, el “Centro” es responsable del “Fichero de Investigación Clínica” (FIC) y como tal debe, entre otras obligaciones, cumplir con el deber de información sobre el tratamiento de los datos personales de los sujetos de Estudio, actualizar su Registro de Actividades del Tratamiento, así como cumplir con todas las medidas técnicas en materia de seguridad garantizando un adecuado tratamiento de los datos de carácter personal, entre otras muchas obligaciones derivadas del RGPD. Que, este acuerdo establece los requisitos que establece el RGPD y que son aplicables al Tratamiento de Datos personales por parte del “Promotor”, o “CRO” en nombre del “Promotor”, y la “Fundación”, el “Centro” y el “Investigador Principal” bajo el “Contrato” y durante el desarrollo del “Estudio”. POR LA PRESENTE, en consideración de los contratos mutuos contenidos en el presente documento, y con la intención de quedar vinculado legalmente, el Contrato se complementa con lo siguiente:

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Samples: Contrato De Ensayo Clínico Con El Centro De Investigación