Contexto de la operación Cláusulas de Ejemplo

Contexto de la operación. El Consejo de Administración de la Sociedad, en uso de la facultad delegada por el acuerdo décimo de la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 18 xx xxxxx de 2008, acordó el pasado 30 de septiembre de 2009 delegar en la Comisión Ejecutiva, con expresas facultades de sustitución en el Consejero Delegado, la facultad de acordar una emisión de bonos canjeables por acciones de la Sociedad, cuyos términos fundamentales quedaron reflejados en la correspondiente acta de la reunión, debiendo la Comisión Ejecutiva o, en su caso, el Consejero Delegado, fijar los términos y condiciones definitivos de dicha emisión, y pudiendo completar, subsanar e incluso modificar los inicialmente previstos por el Consejo de Administración. La Comisión Ejecutiva, haciendo uso de las facultades delegadas a su favor por el Consejo de Administración, acordó en su reunión de 6 de octubre de 2009 llevar a cabo una emisión (la “Emisión”) de bonos canjeables en acciones de la Sociedad (los “Bonos”), por un importe máximo de quinientos millones de euros (€500.000.000) ampliable a quinientos cincuenta millones de euros (€550.000.000), con la posibilidad de suscripción incompleta y vencimiento a cinco (5) años, estableciendo las bases y modalidades del canje, quedando no obstante pendientes de ser determinados algunos de los términos y condiciones de la Emisión una vez fuera completado el proceso de prospección de la demanda por parte de las Entidades Aseguradoras (tal y como se define más adelante) de la misma. El 7 de octubre de 2009 el Consejero Delegado, en uso de la delegación de facultades realizada por el Consejo de Administración y por la Comisión Ejecutiva, fijó determinados términos y condiciones de la Emisión que no habían sido fijados por la Comisión Ejecutiva y firmó un contrato de emisión de los Bonos (“Subscription Agreement”) sujeto x xxx inglesa (en adelante, el “Contrato de Emisión”) que prevé el compromiso de Barclays Bank PLC y Société Générale como entidades aseguradoras (las “Entidades Aseguradoras”) de asegurar la suscripción de la emisión (la “Emisión”). Asimismo, en virtud del Contrato de Emisión, la Sociedad otorgó a favor de las Entidades Aseguradoras una opción (“xxxxx shoe”) para solicitar a la Sociedad un aumento de hasta cincuenta millones de euros (€50.000.000) en el importe de la Emisión con el fin de poder cubrir peticiones adicionales de Xxxxx de inversores tras la firma del Contrato de Emisión. El 22 de octubre de 2009, el Presidente y Consejer...