Common use of Corrección de errores aritméticos Clause in Contracts

Corrección de errores aritméticos. 34.1 Para que la oferta económica cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comité Ejecutivo de Licitación, podrá corregir errores aritméticos de la siguiente manera: Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio del Prestatario/Beneficiario, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a) y b).

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Samples: adquisiciones.bcie.org, adquisiciones.bcie.org, www.fise.gob.ni

Corrección de errores aritméticos. 34.1 Para que la oferta económica Oferta Económica cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comité Ejecutivo de LicitaciónLicitación , podrá corregir errores aritméticos de la siguiente manera: Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio del Prestatario/Beneficiario, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a) y b).

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Samples: adquisiciones.bcie.org, adquisiciones.bcie.org, adquisiciones.bcie.org

Corrección de errores aritméticos. 34.1 Para que la oferta económica cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comité Ejecutivo de Licitación, podrá corregir errores aritméticos de la siguiente manera: a. Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio del Prestatario/Beneficiario, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; b. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y c. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a) y b).

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Samples: www.adquisiciones.sag.gob.hn, www.policia.gob.ni

Corrección de errores aritméticos. 34.1 Para que la oferta económica Oferta Económica cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comité Ejecutivo de Licitaciónpara la Licitación , podrá corregir errores aritméticos de la siguiente manera: a) Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio del Prestatario/Beneficiario, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; b) Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y c) Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a) y b).

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Samples: servicios.cfia.or.cr, servicios.cfia.or.cr

Corrección de errores aritméticos. 34.1 Para que la oferta económica Oferta Económica cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comité Ejecutivo de LicitaciónLicitación , podrá corregir errores aritméticos de la siguiente manera: a. Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio del Prestatario/Beneficiario, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; b. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y c. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a) y b).

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Samples: www.policia.gob.ni, sag.gob.hn

Corrección de errores aritméticos. 34.1 Para que la oferta económica Oferta Económica cumpla sustancialmente con los Documentos de LicitaciónConcurso, el Comité Ejecutivo de LicitaciónEvaluador del Concurso, podrá corregir errores aritméticos de la siguiente manera: a. Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio del Prestatario/Beneficiariode la SIECA, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; b. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y c. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a) y b).

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Samples: web-sieca.s3.amazonaws.com

Corrección de errores aritméticos. 34.1 Para 31.1 A condición de que la oferta económica Oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comité Ejecutivo de Licitación, podrá corregir Contratante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: Si existiese (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El unitario y el precio total será corregido corregido, a menos que, a criterio en opinión del Prestatario/BeneficiarioContratante, exista haya un error obvio en la colocación del punto decimal del en el precio unitario en cuyo caso prevalecerá unitario, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; Si existiese (b) si hay un error en un precio total como consecuencia de que corresponde a la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales prevalecerán y se corregirá el precio total será corregidototal; y Si existiese (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo a menos que la cantidad expresada en palabras tenga relación con corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con sujeción a las condiciones mencionadas en los párrafos (a) y (b)) mencionados.

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Samples: Contrato De Ute O Compromiso De Constitución

Corrección de errores aritméticos. 34.1 Para que la oferta económica cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comité Ejecutivo de LicitaciónLicitaciones, podrá corregir errores aritméticos de la siguiente manera: a. Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio del Prestatario/Beneficiario, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; b. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y c. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a) y b).

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Samples: Contrato De Préstamo

Corrección de errores aritméticos. 34.1 Para que Si la oferta económica cumpla se ajusta sustancialmente con los Documentos al documento de Licitaciónlicitación, el Comité Ejecutivo de Licitación, podrá corregir Contratante corregirá los errores aritméticos de la siguiente manera: a. Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio del Prestatario/BeneficiarioContratante, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; b. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y c. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a) y b).

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Samples: Convenio Contractual