Criterios Operativos Cláusulas de Ejemplo

Criterios Operativos. Los servicios de vinculación laboral e ingreso al Mecanismo de Movilidad Laboral (MML) son completamente gratuitos para los buscadores de empleo. • Los servicios de reclutamiento y preselección de capital humano son completamente gratuitos para los empleadores extranjeros. • Los contratos de trabajo deberán apegarse a la legislación laboral del país donde el trabajador se desempeñará, y a la legislación mexicana en la materia. • La Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo (CGSNE) es la instancia encargada de gestionar las ofertas de empleo en el extranjero publicadas en el Portal de Empleo y Observatorio Laboral. • Las Oficinas del Servicio Nacional de Empleo (OSNE) de cada entidad federativa considerará durante sus procesos de reclutamiento y preselección de candidatos los requisitos y perfil laboral y académico laboral solicitados por el empleador extranjero. • Las OSNE canalizarán a la Dirección de Movilidad Laboral de la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo los empleadores o empresas extranjeras que acudan a éstas para solicitar información o asistencia para iniciar un proceso de reclutamiento y selección de capital humano para su empresa. • Cuando el número de plazas a cubrir es importante o los requerimientos específicos de las plazas son elevados como el nivel de dominio de algún idioma, entonces éstas pueden ser publicadas en el Portal de Empleo, en el Observatorio Laboral o en redes sociales como Facebook y Twiter. • El buscador de empleo sólo podrá postularse a una vacante de su interés a la vez. En el caso de no resultar seleccionado para la oferta de empleo a la que aspiró inicialmente éste podrá solicitar postularse a otra oferta distinta, lo anterior siempre y cuando cumpla con el perfil ocupacional solicitado y sea elegible para la obtención de una visa o permiso de trabajo. • La CGSNE será el único conducto a través del cual se le presentarán al empleador los candidatos postulados por las Oficinas del Servicio Nacional de Empleo para su selección y contratación. • La selección final de los candidatos para ocupar la vacante ofertada será decisión única y exclusiva del empleador. • Todos los candidatos colocados en un empleo temporal en el extranjero tienen la obligación de presentar su reporte de Retorno a través del llenado de un Cuestionario de Retorno en el Servicio Nacional de Empleo de su entidad federativa a más tardar 5 días posteriores de su regreso a México, lo anterior como requisito para ser considerado...
Criterios Operativos. Los trabajos se ejecutarán con sujeción a cuanto se determine en este Pliego y a todas las instrucciones verbales o escritas que el Responsable del Contrato tenga a bien dictar al Representante designado del Contratista, en cada caso particular, en interpretación xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Los lugares y forma de actuación están reseñados en el Anexo I del PCAP, pero será el Responsable del Contrato quien finalmente establecerá el orden a seguir en los trabajos, en interpretación de este Pliego. Por su parte, los Técnicos y/o Encargados, dependientes y delegados por el Responsable del Contrato, el Director de Cementerios de la EMSFCM.S.A., junto con este mismo, serán los responsables únicos de supervisar la organización de los medios materiales y humanos, la calidad de las reparaciones, así como del cumplimiento de las labores de los trabajos encomendados. La Dirección e inspección técnica de los trabajos descritos en este Pliego de Condiciones se ejercerá directamente por el Responsable del contrato de acuerdo con las competencias establecidas para los mismos. Se podrán transmitir órdenes e instrucciones de trabajo mediante cartas, correo electrónico, o vía fax, con acuse de recibo.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.