Common use of Cuestiones generales Clause in Contracts

Cuestiones generales. Cada persona licitadora no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otras personas licitadoras si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. La infracción de ello, así como la presentación simultánea de ofertas por parte de empresas vinculadas dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas suscritas. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por la persona licitadora del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato, sin salvedad o reserva alguna. Las personas interesadas podrán solicitar al email que figura en el apartado A.5) de las Condiciones Particulares del Contrato por escrito las aclaraciones sobre el contenido del contrato que estimen pertinentes que serán contestadas hasta tres días naturales antes de la fecha límite de presentación de ofertas, siempre que se hayan solicitado con seis días naturales antes del último día de presentación de ofertas. Las preguntas y las respuestas serán publicadas en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx. El plazo de presentación se fijará en el anuncio de licitación publicado en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en el Diario Oficial de la Unión Europea en el caso de que se anuncie en este último. El anuncio de licitación ofrecerá, a partir de la fecha de su publicación, acceso sin restricción, directo y completo, a los pliegos reguladores de la contratación. Las ofertas se presentarán de manera telemática a través de la Plataforma de Licitación Electrónica del Portal de Contratación xx Xxxxxxx. El acceso a dicha Plataforma estará disponible en el anuncio de licitación que publique el Portal de Contratación y su utilización será obligatoria para quien licite, con independencia de su personalidad física o jurídica. Cualquier persona interesada en la licitación podrá descargar la aplicación de escritorio que permite la preparación y presentación de ofertas utilizando mecanismos estándares de cifrado, mediante sobre digital, y su depósito en repositorio seguro. Una vez descargada, la aplicación será válida para cualquier licitación posterior a través de PLENA. En la Plataforma de Licitación se presentará toda la documentación correspondiente a la licitación en curso con garantía de confidencialidad hasta el momento de su apertura, se establecerá contacto con el órgano de contratación para llevar a cabo las subsanaciones o aclaraciones a la oferta que se soliciten por parte de la Mesa y se llevará a cabo la apertura pública del sobre C, configurándose a todos los efectos de contratación pública como sede electrónica y registro auxiliar de la Administración contratante. Por lo tanto, todas las comunicaciones y el resto de actuaciones y trámites de la licitación posteriores a la presentación de las ofertas se efectuarán por medio de dicha Plataforma. Las empresas licitadoras cumplimentarán los trámites y formularios que requiera la Plataforma de Licitación Electrónica para la presentación de ofertas, haciendo uso de la correspondiente aplicación. Las personas físicas que presenten y/o firmen las ofertas deberán estar correctamente identificadas y, en el caso de los representantes firmantes, deberán contar con poder suficiente que les autorice para actuar y operar en la Plataforma de Licitación. En el momento en que la empresa licitadora cierre su oferta, se generará una huella - resumen criptográfico- del contenido de la misma. En el caso de que se produjeran errores al presentar la oferta en la Plataforma de Licitación (PLENA), y si se hubiera remitido la huella –resumen criptográfico- por correo electrónico a la dirección de contacto establecida en el Portal de Contratación, dentro del plazo de presentación de ofertas, se dispondrá de un plazo extendido de 24 horas para la recepción de la oferta completa a través de PLENA y poder considerar completada la presentación. Si en el acto de apertura del sobre A se detecta una oferta presentada fuera de plazo para la que se haya recibido la huella, la presentación quedará validada si la huella coincide y la recepción se produjo dentro del plazo ampliado de 24 horas, teniéndose la oferta por válida y procediéndose a la apertura del sobre. En caso contrario, la empresa será excluida de la licitación y no se abrirán los sobres de su oferta. Si la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la empresa licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación por medio de PLENA, se verificará si en el momento de presentación de la oferta existieron los problemas de índole técnica alegados. La oferta será admitida solo en el caso de haberse producido una incidencia técnica en el normal funcionamiento de la Plataforma. El desconocimiento del licitador o problemas técnicos ajenos a PLENA no justificarán la extemporaneidad en la presentación de la oferta y determinarán la exclusión del procedimiento de licitación. La oferta deberá ir firmada mediante sistema de firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad de la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica. Toda la documentación requerida deberá estar firmada digitalmente por la persona representante de la persona licitadora, preferiblemente en formato pdf. Cuando se trate de documentación en papel que tenga que ser digitalizada, su fidelidad con el original se garantizará con la firma electrónica de copia por parte de la persona representante, preferiblemente en formato pdf, asumiendo la persona firmante la responsabilidad de que es veraz la documentación presentada en copia. No obstante lo anterior, la Mesa de Contratación podrá solicitar el cotejo del contenido de las copias digitalizadas y requerir a la persona licitadora la exhibición del documento objeto de copia (documento que deberá ser original o copia auténtica conforme a la legislación vigente). Cada fichero individual que se anexe en la oferta electrónica tendrá un tamaño máximo permitido de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman, tendrá un tamaño máximo permitido de 100 MB. PLENA no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta. Además de pdf, PLENA admite otros formatos utilizados habitualmente para los documentos que se anexen a la oferta (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.). Los archivos de otros formatos podrán adjuntarse incluyéndolos en un archivo comprimido (zip). Las imágenes electrónicas presentadas carecerán del carácter de copia auténtica. Deberán ajustarse a los formatos y estándares aprobados para tales procesos en el Esquema Nacional de Interoperabilidad. En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos en los formularios de la Plataforma de Licitación y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio, prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por quien represente a la empresa licitadora. Las empresas licitadoras deberán tomar las medidas oportunas para garantizar el secreto de las proposiciones, para que de ningún modo pueda conocerse el contenido de los sobres antes de acceder a los mismos, produciéndose, en caso contrario, la exclusión automática de la licitación. De esta forma, cualquier referencia en los sobres nº 1 y nº 2 a la oferta económica o los criterios cuantificables mediante fórmulas, determinará la inadmisión de la proposición y la exclusión del procedimiento de licitación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Generales, Pliego De Cláusulas Administrativas Generales

Cuestiones generales. Cada persona licitadora no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otras personas licitadoras si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. La infracción de ello, así como la presentación simultánea de ofertas por parte de empresas vinculadas dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas suscritas. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por la persona licitadora del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato, sin salvedad o reserva alguna. Las personas interesadas podrán solicitar al email que figura en el apartado A.5) de las Condiciones Particulares del Contrato por escrito las aclaraciones sobre el contenido del contrato que estimen pertinentes que serán contestadas hasta tres días naturales antes de la fecha límite de presentación de ofertas, siempre que se hayan solicitado con seis días naturales antes del último día de presentación de ofertas. Las preguntas y las respuestas serán remitidas a todas las empresas a las que se haya solicitado oferta y serán publicadas en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx. El plazo de presentación se fijará en el anuncio de licitación publicado en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en el Diario Oficial de la Unión Europea en el caso de que se anuncie en este último. El anuncio de licitación ofrecerá, a partir de la fecha de su publicación, acceso sin restricción, directo y completo, a los pliegos reguladores de la contratación. Las ofertas se presentarán de manera telemática a través de la Plataforma de Licitación Electrónica del Portal de Contratación xx Xxxxxxx. El acceso a dicha Plataforma estará disponible en el anuncio de licitación que publique el Portal de Contratación y su utilización será obligatoria para quien licite, con independencia de su personalidad física o jurídica. Cualquier persona interesada en la licitación podrá descargar la aplicación de escritorio que permite la preparación y presentación de ofertas utilizando mecanismos estándares de cifrado, mediante sobre digital, y su depósito en repositorio seguro. Una vez descargada, la aplicación será válida para cualquier licitación posterior a través de PLENA. En la Plataforma de Licitación se presentará toda la documentación correspondiente a la licitación en curso con garantía de confidencialidad hasta el momento de su apertura, se establecerá contacto con el órgano de contratación para llevar a cabo las subsanaciones o aclaraciones a la oferta que se soliciten por parte de la Mesa y se llevará a cabo la apertura pública del sobre C, configurándose a todos los efectos de contratación pública como sede electrónica y registro auxiliar de la Administración contratante. Por lo tanto, todas las comunicaciones y el resto de actuaciones y trámites de la licitación posteriores a la presentación de las ofertas se efectuarán por medio de dicha Plataforma. Las empresas licitadoras cumplimentarán los trámites y formularios que requiera la Plataforma de Licitación Electrónica para la presentación de ofertas, haciendo uso de la correspondiente aplicación. Las personas físicas que presenten y/o firmen las ofertas deberán estar correctamente identificadas y, en el caso de los representantes firmantes, deberán contar con poder suficiente que les autorice para actuar y operar en la Plataforma de Licitación. En el momento en que la empresa licitadora cierre su oferta, se generará una huella - resumen criptográfico- del contenido de la misma. En el caso de que se produjeran errores al presentar la oferta en la Plataforma de Licitación (PLENA), y si se hubiera remitido la huella –resumen criptográfico- por correo electrónico a la dirección de contacto establecida en el Portal de Contratación, dentro del plazo de presentación de ofertas, se dispondrá de un plazo extendido de 24 horas para la recepción de la oferta completa a través de PLENA y poder considerar completada la presentación. Si en el acto de apertura del sobre A se detecta una oferta presentada fuera de plazo para la que se haya recibido la huella, la presentación quedará validada si la huella coincide y la recepción se produjo dentro del plazo ampliado de 24 horas, teniéndose la oferta por válida y procediéndose a la apertura del sobre. En caso contrario, la empresa será excluida de la licitación y no se abrirán los sobres de su oferta. Si la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la empresa licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación por medio de PLENA, se verificará si en el momento de presentación de la oferta existieron los problemas de índole técnica alegados. La oferta será admitida solo en el caso de haberse producido una incidencia técnica en el normal funcionamiento de la Plataforma. El desconocimiento del licitador o problemas técnicos ajenos a PLENA no justificarán la extemporaneidad en la presentación de la oferta y determinarán la exclusión del procedimiento de licitación. La oferta deberá ir firmada mediante sistema de firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad de la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica. Toda la documentación requerida deberá estar firmada digitalmente por la persona representante de la persona licitadora, preferiblemente en formato pdf. Cuando se trate de documentación en papel que tenga que ser digitalizada, su fidelidad con el original se garantizará con la firma electrónica de copia por parte de la persona representante, preferiblemente en formato pdf, asumiendo la persona firmante la responsabilidad de que es veraz la documentación presentada en copia. No obstante lo anterior, la Mesa de Contratación podrá solicitar el cotejo del contenido de las copias digitalizadas y requerir a la persona licitadora la exhibición del documento objeto de copia (documento que deberá ser original o copia auténtica conforme a la legislación vigente). Cada fichero individual que se anexe en la oferta electrónica tendrá un tamaño máximo permitido de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman, tendrá un tamaño máximo permitido de 100 MB. PLENA no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta. Además de pdf, PLENA admite otros formatos utilizados habitualmente para los documentos que se anexen a la oferta (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.). Los archivos de otros formatos podrán adjuntarse incluyéndolos en un archivo comprimido (zip). Las imágenes electrónicas presentadas carecerán del carácter de copia auténtica. Deberán ajustarse a los formatos y estándares aprobados para tales procesos en el Esquema Nacional de Interoperabilidad. En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos en los formularios de la Plataforma de Licitación y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio, prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por quien represente a la empresa licitadora. Las empresas licitadoras deberán tomar las medidas oportunas para garantizar el secreto de las proposiciones, para que de ningún modo pueda conocerse el contenido de los sobres antes de acceder a los mismos, produciéndose, en caso contrario, la exclusión automática de la licitación. De esta forma, cualquier referencia en los sobres nº 1 y nº 2 a la oferta económica o los criterios cuantificables mediante fórmulas, determinará la inadmisión de la proposición y la exclusión del procedimiento de licitación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Generales, Pliego De Cláusulas Administrativas Generales

Cuestiones generales. Cada persona licitadora no podrá presentar más Por inmatriculación debemos entender el acto en virtud del cual tiene una finca su ingreso en el Registro de una ofertala Propiedad. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otras personas licitadoras si lo ha hecho individualmenteSe efectúa esta inmatriculación mediante la práctica de un asiento que es el de la primera inscripción del dominio a favor del inmatriculante. Por ello, ni figurar en más de una de esas agrupacionesla primera titularidad que el Registro debe publicar es el dominio. La infracción inmatriculación de fincas que no estén inscritas a nombre de persona alguna, se practicará, según establece el artículo 199 de la LH , mediante expediente de dominio; título público de su adquisición, complementado con acta de notoriedad cuando no se acredite de modo fehaciente el título adquisitivo del transmitente o enajenante; o, por último, mediante el certificado a que se refiere el artículo 206, solo en los casos que en el mismo se indican. Así pues, como se desprende de este precepto y reiteradamente ha puesto de manifiesto la doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN), la certificación contemplada en el anterior precepto se trata de un medio excepcional, subsidiario y solo utilizable por los entes públicos para inmatricular o acceder por primera vez al Registro una finca. Por ello, así como solo podrá utilizarse este medio extraordinario de inmatriculación ante la presentación simultánea imposibilidad de ofertas por parte de empresas vinculadas dará lugar acudir a la inadmisión de todas las ofertas suscritaslos medios ordinarios. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por la persona licitadora del contenido de la totalidad Las certificaciones solo sirven para inmatricular el dominio de las cláusulas o condiciones previstas fincas y, por tanto, no son adecuadas para inscribir los derechos reales en cosa ajena, en concreto las servidumbres. Los requisitos para poder inmatricular los pliegos que rigen bienes municipales, siguiendo x XXXX XXXXXX, serán los siguientes: ➢ Que no exista título de dominio inscribible, artículo 18 del RH. ➢ Que la finca no esté inmatriculada a nombre de otra persona. ➢ Que la certificación se expida por duplicado por el contratoSecretario, sin salvedad o reserva algunacon el visto xxxxx xxx Xxxxxxx. Las personas interesadas podrán solicitar al email que figura en el apartado A.5) de las Condiciones Particulares del Contrato por escrito las aclaraciones sobre el contenido del contrato que estimen pertinentes que serán contestadas hasta tres días naturales antes de la fecha límite de presentación de ofertas, siempre ➢ Que se exprese que se hayan solicitado expide con seis días naturales antes referencia al Inventario de Bienes y demás documentos oficiales. ➢ Que en ella figuren todos los datos a que hacen referencia el artículo 303 del último día de presentación de ofertas. Las preguntas RH y las respuestas serán publicadas si algún dato no consta se indicará así, cumplimentando en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx. El plazo de presentación se fijará en el anuncio de licitación publicado en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en el Diario Oficial de la Unión Europea en el caso de consecuencia los que se anuncie en este último. El anuncio de licitación ofrecerá, a partir de la fecha de su publicación, acceso sin restricción, directo y completo, a los pliegos reguladores de la contratación. Las ofertas se presentarán de manera telemática a través de la Plataforma de Licitación Electrónica del Portal de Contratación xx Xxxxxxx. El acceso a dicha Plataforma estará disponible en el anuncio de licitación que publique el Portal de Contratación y su utilización será obligatoria para quien licite, con independencia de su personalidad física o jurídica. Cualquier persona interesada en la licitación podrá descargar la aplicación de escritorio que permite la preparación y presentación de ofertas utilizando mecanismos estándares de cifrado, mediante sobre digital, y su depósito en repositorio seguro. Una vez descargada, la aplicación será válida para cualquier licitación posterior a través de PLENAsea posible. En la Plataforma actualidad los extremos que habrá de Licitación contener la certificación que tenga por objeto la inscripción de un bien o derecho de titularidad de una Administración Pública se presentará toda la documentación correspondiente a la licitación en curso con garantía de confidencialidad hasta el momento de su apertura, se establecerá contacto con el órgano de contratación para llevar a cabo las subsanaciones o aclaraciones a la oferta que se soliciten por parte de la Mesa y se llevará a cabo la apertura pública del sobre C, configurándose a todos los efectos de contratación pública como sede electrónica y registro auxiliar de la Administración contratante. Por lo tanto, todas las comunicaciones y el resto de actuaciones y trámites de la licitación posteriores a la presentación de las ofertas se efectuarán por medio de dicha Plataforma. Las empresas licitadoras cumplimentarán los trámites y formularios que requiera la Plataforma de Licitación Electrónica para la presentación de ofertas, haciendo uso de la correspondiente aplicación. Las personas físicas que presenten y/o firmen las ofertas deberán estar correctamente identificadas y, contemplan en el caso artículo 53.1 del RGLPAP (de los representantes firmantesaplicación general, deberán contar con poder suficiente que les autorice para actuar y operar según lo dispuesto en la Plataforma de Licitación. En el momento en que la empresa licitadora cierre su oferta, se generará una huella - resumen criptográfico- del contenido de la misma. En el caso de que se produjeran errores al presentar la oferta en la Plataforma de Licitación (PLENADisposición final única 1), y si se hubiera remitido la huella –resumen criptográfico- por correo electrónico a la dirección de contacto establecida en el Portal de Contratación, dentro del plazo de presentación de ofertas, se dispondrá de un plazo extendido de 24 horas para la recepción de la oferta completa a través de PLENA y poder considerar completada la presentación. Si en el acto de apertura del sobre A se detecta una oferta presentada fuera de plazo para la que se haya recibido la huella, la presentación quedará validada si la huella coincide y la recepción se produjo dentro del plazo ampliado de 24 horas, teniéndose la oferta por válida y procediéndose a la apertura del sobre. En caso contrario, la empresa será excluida de la licitación y no se abrirán serán los sobres de su oferta. Si la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la empresa licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación por medio de PLENA, se verificará si en el momento de presentación de la oferta existieron los problemas de índole técnica alegados. La oferta será admitida solo en el caso de haberse producido una incidencia técnica en el normal funcionamiento de la Plataforma. El desconocimiento del licitador o problemas técnicos ajenos a PLENA no justificarán la extemporaneidad en la presentación de la oferta y determinarán la exclusión del procedimiento de licitación. La oferta deberá ir firmada mediante sistema de firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad de la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica. Toda la documentación requerida deberá estar firmada digitalmente por la persona representante de la persona licitadora, preferiblemente en formato pdf. Cuando se trate de documentación en papel que tenga que ser digitalizada, su fidelidad con el original se garantizará con la firma electrónica de copia por parte de la persona representante, preferiblemente en formato pdf, asumiendo la persona firmante la responsabilidad de que es veraz la documentación presentada en copia. No obstante lo anterior, la Mesa de Contratación podrá solicitar el cotejo del contenido de las copias digitalizadas y requerir a la persona licitadora la exhibición del documento objeto de copia (documento que deberá ser original o copia auténtica conforme a la legislación vigente). Cada fichero individual que se anexe en la oferta electrónica tendrá un tamaño máximo permitido de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman, tendrá un tamaño máximo permitido de 100 MB. PLENA no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta. Además de pdf, PLENA admite otros formatos utilizados habitualmente para los documentos que se anexen a la oferta (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.). Los archivos de otros formatos podrán adjuntarse incluyéndolos en un archivo comprimido (zip). Las imágenes electrónicas presentadas carecerán del carácter de copia auténtica. Deberán ajustarse a los formatos y estándares aprobados para tales procesos en el Esquema Nacional de Interoperabilidad. En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos en los formularios de la Plataforma de Licitación y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio, prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por quien represente a la empresa licitadora. Las empresas licitadoras deberán tomar las medidas oportunas para garantizar el secreto de las proposiciones, para que de ningún modo pueda conocerse el contenido de los sobres antes de acceder a los mismos, produciéndose, en caso contrario, la exclusión automática de la licitación. De esta forma, cualquier referencia en los sobres nº 1 y nº 2 a la oferta económica o los criterios cuantificables mediante fórmulas, determinará la inadmisión de la proposición y la exclusión del procedimiento de licitación.siguientes[4]

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Cuestiones generales. Cada persona licitadora Dentro de los negocios jurídicos, a través de los que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 106.1 de la LPAP sería posible legalmente ceder el uso de un bien municipal (en este caso de manera gratuita), nos encontramos con el contrato (también típico), denominado contrato de comodato, que se recoge en los artículos 1.740 y siguientes del CC, y es posible definirlo como el préstamo de uso de un bien o una cosa no podrá presentar más fungible, por el cual el comodante (en este caso Ayuntamiento), conserva la propiedad de una ofertala cosa prestada y el comodatario adquiere el uso de la misma sin pagar por ello. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta Presenta el comodato, como hemos anticipado dos características esenciales que son la gratuidad y la duración temporal. ➢ Gratuidad. El comodato supone un préstamo esencialmente gratuito, lo que en participación conjunta con otras personas licitadoras si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más caso de una intervenir alguna suerte de esas agrupacionesemolumento el contrato deja de ser comodato (pasando a ser probablemente arrendamiento). ➢ Duración temporal y extinción del contrato. El uso se otorga por el comodante por tiempo cierto. La infracción duración puede encontrarse expresamente estipulada por los contratantes, a cuya finalización se extinguirá el contrato y deberá restituirse el bien prestado; a falta del anterior acuerdo, la restitución habrá de ellorealizarse cuando concluya el uso pactado; no obstante lo cual, así como en ambos casos si el comodante tuviera urgente necesidad del bien puede reclamar esta restitución antes del plazo. En el supuesto de no haberse pactado la presentación simultánea duración ni tampoco el uso a que ha de ofertas por parte de empresas vinculadas dará lugar destinarse la cosa prestada, se acudirá a la inadmisión de todas las ofertas suscritas. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por la persona licitadora del contenido costumbre de la totalidad tierra para determinar aquél uso y, en defecto de ésta, la duración queda al arbitrio del comodante que podrá reclamarla a su voluntad; nos encontramos en este caso (que se contempla en el artículo 1.750 del CC), ante el llamado contrato de precario, como especie o modalidad del comodato, caracterizado por no tener plazo específico de duración, con la facultad del comodante de reclamar la restitución del bien prestado cuando lo estime oportuno. No se encuentra recogido este contrato en el RB, más bien, al determinar en su artículo 92.1 que en todo caso el usuario habrá de satisfacer un canon no inferior al valor en venta de los bienes parece excluir este tipo de cesión, al hablar en términos de rentabilidad económica. Sin embargo, la realidad nos enseña que puede haber otras motivaciones: prestación de servicios sociales, de actividades culturales y deportivas, de ocupación del tiempo libre etc., que hagan primar la rentabilidad social sobre la económica. En este sentido el artículo 8.2 de la LPAP, no básico, establece que en todo caso, la gestión de los bienes patrimoniales deberá coadyuvar al desarrollo de las cláusulas o condiciones previstas distintas políticas públicas en los pliegos vigor. En esta misma línea se pronuncian varias de las legislaciones sobre bienes de las Entidades Locales emanadas de las Comunidades Autónomas que rigen han legislado sobre esta materia, las cuales recogen la figura del precario, pero, como señala XXXX OLVERA10, “en estos casos más que ante un precario, nos encontraríamos ante la figura del comodato ya que este supone que no se puede reclamar la cosa hasta no concluido el contrato, sin salvedad o reserva algunauso para el que se prestó (artículo 1749 del CC). Las personas interesadas podrán solicitar al email Es decir que figura en el apartado A.5) comodato es necesario que se pacte el uso a que se va a destinar la cosa y en las cesiones gratuitas (contempladas en la siguiente legislación autonómica), es imprescindible acreditar y cumplir un fin determinado en interés de los habitantes del municipio”. Nos encontramos con la siguiente normativa al respecto: • Andalucía. Artículo 41 de la Ley 7/1999, de Bienes de las Condiciones Particulares del Contrato por escrito las aclaraciones sobre el contenido del contrato que estimen pertinentes que serán contestadas hasta tres días naturales antes Entidades Locales. • Aragón: Artículo 187 de la fecha límite Ley 7/1999, de presentación Administración Local. • Cataluña. Artículos 73 y 75 del Decreto 336/1998, de ofertasPatrimonio de los Entes Locales de Cataluña. • Navarra. Artículo 28 de la Ley 6/1990, siempre que se hayan solicitado con seis días naturales antes del último día de presentación de ofertas. Las preguntas y las respuestas serán publicadas en el Portal de Contratación Administración Local xx Xxxxxxx. El plazo de presentación se fijará en el anuncio de licitación publicado en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en el Diario Oficial La Rioja. Artículo 187 de la Unión Europea Ley 1/2003, de Administración Local de La Rioja. La anterior legislación atribuye en el su conjunto unas características de clara excepcionalidad y temporalidad (menos de un año en todo caso de en la Ley Andaluza), a este contrato, al mismo tiempo, y, como no podía ser menos, regula que la cesión que se anuncie en este último. El anuncio de licitación ofrecerá, a partir de la fecha de su publicación, acceso sin restricción, directo y completo, a los pliegos reguladores de la contratación. Las ofertas se presentarán de manera telemática a través de la Plataforma de Licitación Electrónica del Portal de Contratación xx Xxxxxxx. El acceso a dicha Plataforma estará disponible en el anuncio de licitación que publique el Portal de Contratación y su utilización será obligatoria para quien licite, con independencia de su personalidad física o jurídica. Cualquier persona interesada en la licitación podrá descargar la aplicación de escritorio que permite la preparación y presentación de ofertas utilizando mecanismos estándares de cifrado, mediante sobre digital, y su depósito en repositorio seguro. Una vez descargada, la aplicación será válida para cualquier licitación posterior a través de PLENA. En la Plataforma de Licitación se presentará toda la documentación correspondiente a la licitación en curso con garantía de confidencialidad hasta el momento de su apertura, se establecerá contacto con el órgano de contratación para llevar a cabo las subsanaciones o aclaraciones a la oferta que se soliciten por parte de la Mesa y se llevará a cabo la apertura pública del sobre C, configurándose a todos los efectos de contratación pública produzca lo sea previo procedimiento al efecto (muy sencillo como sede electrónica y registro auxiliar de la Administración contratante. Por lo tanto, todas las comunicaciones y el resto de actuaciones y trámites de la licitación posteriores a la presentación de las ofertas se efectuarán por medio de dicha Plataforma. Las empresas licitadoras cumplimentarán los trámites y formularios que requiera la Plataforma de Licitación Electrónica para la presentación de ofertas, haciendo uso de la correspondiente aplicación. Las personas físicas que presenten y/o firmen las ofertas deberán estar correctamente identificadas yveremos), en el caso de los representantes firmantesque, deberán contar con poder suficiente que les autorice para actuar y operar en la Plataforma de Licitación. En una vez acreditado el momento en que la empresa licitadora cierre su ofertacarácter patrimonial del bien, se generará una huella - resumen criptográfico- del contenido justifique la oportunidad y conveniencia de la misma. En Resultando posible efectuar esta cesión a entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que destinen el caso bien a fines de utilidad pública o interés social siempre en beneficio de intereses de carácter local. De la misma, además, es posible inferir que, el acuerdo de cesión, entre otros posibles extremos, deberá determinar: ▪ La finalidad concreta a que las entidades o las instituciones beneficiarias tienen que destinar el bien. ▪ La no-relación de dependencia del cesionario con el ente local-cedente, a fin de evitar responsabilidades a este último (a este efecto, apuntamos nosotros, sería conveniente exigir por el parte del Ayuntamiento al cesionario la suscripción de una póliza de responsabilidad civil para responder de los daños y perjuicios que del uso del inmueble por parte del mismo puedan derivarse). ▪ Otras obligaciones de las partes derivadas del CC o libremente convenidas. ▪ Su duración y causas de extinción, entre las que deberá encontrarse la necesidad urgente del bien por el Ayuntamiento. ❑ Decreto o providencia de la Alcaldía de inicio del procedimiento. El expediente se produjeran errores al presentar la oferta iniciará de oficio, por iniciativa propia o a solicitud de parte interesada en la Plataforma cesión gratuita de Licitación uso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (PLENALRJAPyPAC), y si se hubiera remitido 165.1 b) del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre (ROF), debiendo justificarse la huella –resumen criptográfico- conveniencia y necesidad de su inicio. ❑ Certificación del Secretario de la Corporación del Inventario Municipal de Bienes aprobado por correo electrónico la Corporación, en la que conste que el bien a arrendar figura inscrito en el mismo como patrimonial de la Entidad. ❑ Informe preceptivo de Secretaría. De precisarse por encontrarnos en alguno de los supuestos del artículo 54 del TRRL y 173 del ROF. Debido a la dirección naturaleza y características de contacto establecida este contrato, a nuestro juicio, resulta lógico que se atribuya el mismo por adjudicación directa, salvo que fuera conveniente y oportuno hacerlo mediante concurso en cuyo caso debería ser esta la forma de adjudicación utilizada. En documento administrativo. En cuanto al derecho de uso del comodatario es preciso poner de manifiesto que la utilización que puede llevar a cabo será la que resulte conforme con el destino pactado. La facultad de usar del comodatario no convierte en ningún caso a este en titular de un derecho real. El comodante conserva la propiedad de la cosa prestada, que no resulta gravada, sino que la facultad del comodatario se inserta en una pura relación obligatoria que liga a ambas partes. Por último, poner de manifiesto que, a causa de todo lo dicho, entendemos que este contrato debería ser utilizado por las Entidades Locales de manera excepcional y con una duración claramente definida en el Portal tiempo: la necesaria para dar solución a la necesidad de Contrataciónuso que se presenta, dentro del plazo de presentación de ofertas, se dispondrá sin sobrepasar la de un plazo extendido de 24 horas para la recepción de la oferta completa a través de PLENA y poder considerar completada la presentación. Si en el acto de apertura del sobre A se detecta una oferta presentada fuera de plazo para la año, salvo razones fundadas que se haya recibido la huella, la presentación quedará validada si la huella coincide y la recepción se produjo dentro del plazo ampliado de 24 horas, teniéndose la oferta por válida y procediéndose a la apertura del sobre. En caso contrario, la empresa será excluida de la licitación y no se abrirán los sobres de su ofertajustificaran otra mayor. Si la oferta hubiera sido presentada fuera utilización del bien municipal, por las razones que fuera, requiriera una mayor estabilidad temporal, debería reconducirse a la cesión gratuita de plazo y uso (diferenciada de la empresa licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación por medio de PLENApropiedad), que se verificará si recoge en el momento de presentación artículo 145 2 de la oferta existieron los problemas de índole técnica alegados. La oferta será admitida solo LPAP, no básico, y que, en el caso de haberse producido una incidencia técnica en el normal funcionamiento nuestra opinión cabría englobar dentro de la Plataforma. El desconocimiento cesión gratuita (sin distinguir), recogida en los artículos 109, 110 y 111 del licitador o problemas técnicos ajenos a PLENA no justificarán la extemporaneidad en la presentación de la oferta y determinarán la exclusión del procedimiento de licitación. La oferta deberá ir firmada mediante sistema de firma electrónica reconocidaRB, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad de la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica. Toda la documentación requerida deberá estar firmada digitalmente por la persona representante de la persona licitadora, preferiblemente en formato pdf. Cuando se trate de documentación en papel que tenga que ser digitalizada, para su fidelidad con aprobación precisa seguir el original se garantizará con la firma electrónica de copia por parte de la persona representante, preferiblemente en formato pdf, asumiendo la persona firmante la responsabilidad de que es veraz la documentación presentada en copia. No obstante lo anterior, la Mesa de Contratación podrá solicitar el cotejo del contenido de las copias digitalizadas y requerir a la persona licitadora la exhibición del documento objeto de copia (documento que deberá ser original o copia auténtica conforme a la legislación vigente). Cada fichero individual que se anexe en la oferta electrónica tendrá un tamaño máximo permitido de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman, tendrá un tamaño máximo permitido de 100 MB. PLENA no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta. Además de pdf, PLENA admite otros formatos utilizados habitualmente para los documentos que se anexen a la oferta (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.). Los archivos de otros formatos podrán adjuntarse incluyéndolos en un archivo comprimido (zip). Las imágenes electrónicas presentadas carecerán del carácter de copia auténtica. Deberán ajustarse a los formatos y estándares aprobados para tales procesos en el Esquema Nacional de Interoperabilidad. En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos procedimiento regulado en los formularios dos primeros de la Plataforma de Licitación y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio, prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por quien represente a la empresa licitadora. Las empresas licitadoras deberán tomar las medidas oportunas para garantizar el secreto de las proposiciones, para que de ningún modo pueda conocerse el contenido de los sobres antes de acceder a los mismos, produciéndose, en caso contrario, la exclusión automática de la licitación. De esta forma, cualquier referencia en los sobres nº 1 y nº 2 a la oferta económica o los criterios cuantificables mediante fórmulas, determinará la inadmisión de la proposición y la exclusión del procedimiento de licitaciónestos preceptos citados.

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