Datos de los representados Cláusulas de Ejemplo

Datos de los representados. 23.6.1 Cada parte informa a los representantes de la otra que sus datos personales serán incluidos en un fichero bajo la responsabilidad de cada Parte contratante, con el fin de poder atender los compromisos derivados de la presente relación comercial. Asimismo, Faurecia y Ias Sociedades del Grupo informan al representante del Proveedor que puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante un escrito dirigido a la dirección de Faurecia conforme indicado en pedido de compras. Por su parte, el Proveedor informa al representante de Faurecia y de las Sociedades del Grupo que pueden ejercer idénticos derechos mediante un escrito dirigido a la dirección de Faurecia conforme indicado en pedido de compras.
Datos de los representados. 23.6.1 De acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, cada parte informa a los representantes de la otra que sus datos personales serán incluidos en un fichero bajo la responsabilidad de cada Parte contratante, con el fin de poder atender los compromisos derivados de la presente relación comercial y mercantil. Asimismo, Faurecia y Ias Sociedades del Grupo informan al representante del Proveedor que puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante un escrito dirigido a la dirección [●]. Por su parte, el Proveedor informa al representante de Faurecia y de las Sociedades del Grupo que pueden ejercer idénticos derechos mediante un escrito dirigido a la dirección [●].
Datos de los representados. 23.6.1 De acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica 3/2018, de 3 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, cada parte informa a los representantes de la otra que sus datos personales serán incluidos en un fichero bajo la responsabilidad de cada Parte contratante, con el fin de poder atender los compromisos derivados de la presente relación comercial y mercantil. Asimismo, Faurecia y Ias Sociedades del Grupo informan al representante del Proveedor que puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante un escrito dirigido a la dirección XXXXxxxx@xxxxxxxx.xxx. Por su parte, el Proveedor informa al representante de Faurecia y de las Sociedades del Grupo que pueden ejercer idénticos derechos mediante un escrito dirigido a la dirección [●]. 24.1 El Proveedor transmitirá a la Sociedad la propiedad, la titularidad y los riesgos del Equipamiento que el Proveedor fabrique o suministre en el marco del Contrato. La transmisión de la propiedad, la titularidad y los riesgos sobre los Equipamientos se determinará con arreglo a la cláusula 20, y quedará aparejado a los Productos o Servicios a los que dichos Equipamientos se refieran. 24.2 Si la Sociedad pusiese un Equipamiento a disposición del Proveedor a efectos del cumplimiento del Contrato, las Partes celebrarán con carácter previo un contrato de comodato o de arrendamiento. El Equipamiento podrá utilizarse exclusivamente con el fin de cumplir con las obligaciones del Contrato y no podrá subarrendarse a un tercero ni reproducirse, copiarse, pignorarse ni ofrecerse como garantía. El Proveedor informará a la Sociedad, en un plazo que haga posible la adquisición de nuevo Equipamiento, acerca del desgaste normal que pueda requerir una renovación o cambio del Equipamiento. 24.3 El Equipamiento deberá estar identificado con una placa situada en un lugar visible en la que se indique el número de identificador, el nombre del propietario del Equipamiento, según los datos que facilite la Sociedad, y la frase “Propiedad de FAURECIA. Prohibida su venta, transmisión o gravamen”, corriendo el Proveedor con los costes de dicha placa. 24.4 Como poseedor del Equipamiento, el Proveedor asumirá frente a la Sociedad los riesgos de pérdida, robo o destrucción del Equipamiento. Como usuario prudente y diligente, el Proveedor mantendrá el Equipamiento en buen estado de mantenimiento y funcionamiento y será responsable de cualquier desgaste o desviación que s...

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  • EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • Contratos de servicios Además de en los casos previstos en el artículo 170, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos:

  • CALIDAD DE LOS SERVICIOS De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado ante “BANSEFI” a responder de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable. De conformidad con lo establecido por el artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se tendrán por recibidos los servicios, si no existe la aceptación de conformidad de los servicios prestados, por parte del personal autorizado de “BANSEFI”.

  • PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS Quedarán en propiedad de la Administración tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, reservándose la Administración su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por la Administración, y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a la Administración contratante. El contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a la Administración todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos. Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a la Administración contratante, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.

  • Derechos de terceros El contratista garantizará que los resultados del trabajo no estén sujetos a derechos de propiedad intelectual ni de otra índole a favor de terceros que pudieran restringir la utilización de los mismos conforme al apartado 1.9.3. El contratista mantendrá indemne a la GIZ frente a toda reclamación de terceros en relación con la cesión o el ejercicio de los derechos de explotación descritos en el apartado 3.1, y le reembolsará los costos derivados de la defensa legal de dichos derechos.

  • Vicios o defectos durante el plazo de garantía Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, la Administración tendrá derecho a reclamar al contratista que reponga los bienes inadecuados o a exigir su reparación si ésta resultase suficiente. En todo caso durante el plazo de garantía el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación dada a los bienes objeto del suministro. En el supuesto de que el órgano de contratación estimase durante el plazo de garantía que los bienes entregados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos, siempre que estos vicios o defectos fuesen imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de los bienes no serán suficientes para lograr aquel fin, podrá antes de finalizar el plazo de garantía rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando la Administración exenta de la obligación del pago o, si éste se hubiese efectuado, tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho.

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 13 de enero de 2012

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

  • REPRESENTANTES DE LAS PARTES EL PROVEEDOR se obliga a designar por escrito y a establecer un representante una vez formalizado el presente Contrato, el cual deberá tener poder para cumplir con los términos y condiciones pactados en el Contrato, en todo lo relacionado con la prestación de los servicios. LA API se reserva el derecho de su aceptación, o en su caso la solicitud de su sustitución, el cual podrá ejercer en cualquier tiempo. LA API en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 55-A del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del Contrato a (anotar nombre y cargo del representante), quien tendrá las facultades y obligaciones que señala el precepto indicado.