Definiciones básicas Cláusulas de Ejemplo

Definiciones básicas. Administración Pública: La denominación genérica que abarca las instituciones, entidades u organismos del Estado dominicano definidas por el Artículo 3 de esta ley, así como las dependencias de dichas instituciones y entidades.
Definiciones básicas. Ambas partes acuerdan definir los siguientes términos como a continuación se listan: 1.1.- Licenciatario y Consumidor Final: A los fines de este Acuerdo se entiende como Licenciatario a toda aquella tercera parte con la que El Distribuidor celebre un contrato de licencia de La Propiedad para exhibir, reproducir, promocionar, sublicenciar, subdistribuir, editar, alquilar o vender dicha Propiedad a los consumidores finales, quienes representan todas aquellas personas que reciben bajo alguna condición económica la posibilidad de ver por partes o enteramente dicha Propiedad.
Definiciones básicas. Se denominará: x. Xxxxx: al mal funcionamiento de un equipo, dispositivo o parte de un equipo que requiera reparación o reemplazo. b. Avería: al daño de una instalación, equipo o aparato que impida su funcionamiento normal y que es causado por una falla o por causas externas. c. Período de vida útil: es el período durante el cual una instalación, aparato, etc. funciona sin necesidad de ser reemplazado. Le corresponderá a la contratada evaluar dicho período en todos los equipos, instalaciones, etc. que, de acuerdo con lo estipulado en el presente pliego licitario, deba mantener en perfectas condiciones conforme a lo determinado en las fichas técnicas que para cada equipo emita el fabricante.
Definiciones básicas. Art. 4 -En este contrato se entiende por:
Definiciones básicas. Escalafón: Se define como Escalafón, al conjunto de agrupamientos y niveles relacionados con la incumbencia, la especialidad, la complejidad y la responsabilidad de las funciones asignadas a sus trabajadores/as, así como la competencia, la capacidad y la aptitud.
Definiciones básicas. 10.1.- PROVEEDOR: la empresa inscripta en el Registro. 10.2.- PROPONENTE: el proveedor que, luego de ser invitado a hacerlo, presenta una oferta de refacción de inmuebles.
Definiciones básicas. Aguas residuales urbanas: Son las aguas utilizadas procedentes de viviendas, instalaciones comerciales, de servicios, industriales, sanitarias, que se vierten al sistema de alcantarillado.
Definiciones básicas. En esta sección se presentan las definiciones de los principales conceptos usados en el Modelo de medición de Grupos de Investigación, Desarrollo Tecnológico o de Innovación. 2.1. Grupo de Investigación, Desarrollo Tecnológico o de Innovación 1. Estar registrado en el sistema GrupLAC de la Plataforma ScienTI - Colombia en Colciencias. 2. Tener un mínimo de dos (2) integrantes. 3. Tener uno (1) o más años de existencia (edad declarada)32. 4. Estar avalado al menos por una (1) Institución registrada en el sistema InstituLAC de la Plataforma ScienTI-Colombia. Previamente, el grupo debió registrar su pertenencia institucional.
Definiciones básicas. 1. EL CONTRATANTE: Es la persona natural o jurídica que presenta la solicitud a COOMEVA M.P. S.A. firma el contrato correspondiente, haciéndose responsable por la información allí contenida y por el pago de las cuotas, intereses y excedentes, generados por la prestación de los servicios a él o a los usuarios amparados y por las demás obligaciones que se deriven del presente contrato. EL CONTRATANTE a su elección, puede o no, ser usuario del servicio.
Definiciones básicas. Relacionadas en el artículo 3 del decreto 1510 de 2013 al cual nos debemos remitir pero resaltamos como de comprensión necesaria por su aplicabilidad dentro del desarrollo contractual: