DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES Cláusulas de Ejemplo

DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES. Una vez pagada la indemnización correspondiente, el asegurado no se verá obligado a subrogar los derechos a la Compañía de Seguros cuando la responsable del daño haya sido una filial del afectado (Se consideraran filiales a todos aquellos prestadores de servicios del asegurado). ELIMINACIÓN DE LA CLÁUSULA DE PROPORCIÓN INDEMNIZABLE: Si al momento de ocurrir un siniestro, los bienes tienen un valor total real o de reposición según se indique en la carátula de la póliza superior a la cantidad asegurada, no operara la proporción indemnizable y la Compañía responderá al 100% de los límites a Primer Riesgo fijado en la póliza.
DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES. Eliminación total de la Cláusula de Proporción Indemnizable.
DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES. Una vez pagada la indemnización correspondiente, “EL ASEGURADO” no se verá obligada a subrogar los derechos a “LA ASEGURADORA” cuando la responsable del daño haya sido una filial (se considerarán filiales las Dependencias y Entidades y aquellos que le correspondan).
DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES. Una vez pagada la indemnización correspondiente, “EL ASEGURADO” no se verá obligada a subrogar los derechos a “LA ASEGURADORA” cuando la responsable del daño haya sido una filial. GRAVÁMENES: En caso de siniestro, “LA ASEGURADORA” pagará de acuerdo al interés asegurable que demuestre “EL ASEGURADO”, sin perjuicio de pagos que deban hacerse a terceros que acrediten tener algún interés asegurable.
DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES. Una vez pagada la indemnización correspondiente, el asegurado no se verá obligado a subrogar los derechos a la compañía aseguradora cuando la, el o los responsables del daño haya o hayan sido filiales, subsidiarias, empleados o personal de la dependencia. DERRAME DE EQUIPOS PROTECCIONES CONTRA INCENDIO.: Los bienes amparados por la póliza quedan cubiertos por la misma cantidad, contra pérdidas por daños materiales causados directamente por derrames de cualquier equipo de protecciones contra incendio tales como pero no limitativos a: rociadores, hidrantes, extinguidores, etc. ELIMINACIÓN DE LA CLÁUSULA DE PROPORCIÓN INDEMNIZABLE: Si al momento de ocurrir un siniestro, los bienes tienen un valor total real o de reposición según se indique en la carátula de la póliza superior a la cantidad asegurada, no operara la proporción indemnizable y la Compañía responderá al 100% de los límites a Primer Riesgo fijado en la póliza.
DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES. Una vez pagada la indemnización correspondiente, el INSTITUTO no se verá obligado a subrogar los derechos a la compañía aseguradora cuando la, el o los responsables del daño haya o hayan sido filiales, subsidiarias, empleados, sus familiares o personal de la dependencia. Los bienes amparados por la póliza quedan cubiertos por la misma cantidad, contra pérdidas por daños materiales causados directamente por derrames de cualquier equipo de protecciones contra incendio tales como pero no limitativos a: rociadores, hidrantes, extinguidores, etc. En siniestros menores a $ 100,000.00 M.N. (Cien mil pesos 00/100 M.N.), sólo se presentará el acta administrativa elaborada por el INSTITUTO, y la ASEGURADORA no requerirá el acta ministerial presentada ante la autoridad correspondiente.
DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES. (Las Filiales se consideran a los prestadores de servicios): Una vez pagada la indemnización correspondiente, el asegurado no se verá obligado a subrogar los derechos a la compañía aseguradora cuando la responsable del daño haya sido una filial del afectado (Se consideraran filiales a todos aquellos prestadores de servicios del asegurado). ELIMINACIÓN DE LA CLÁUSULA DE PROPORCIÓN INDEMNIZABLE: Si al momento de ocurrir un siniestro, los bienes tienen un valor total real o de reposición según se indique en la carátula de la póliza superior a la cantidad asegurada, no operara la proporción indemnizable y la Compañía responderá al 100% de los límites a primer riesgo fijado en la póliza. Ya que todos los valores (todos los valores son declarados al 100% con la finalidad de poder recuperar el bien sin demerito patrimonial de la convocante).
DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES. Eliminación de la cláusula de proporción indemnizable.
DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES. (Las Filiales se ELIMINACIÓN DE LA CLÁUSULA DE PROPORCIÓN INDEMNIZABLE: Si al
DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES. Una vez pagada la indemnización correspondiente, el asegurado no se verá obligado a subrogar los derechos a la compañía aseguradora cuando la responsable del daño haya sido una filial del afectado (Se considerarán filiales a todos aquellos prestadores de servicios del asegurado). causados por explosiones de cualquier naturaleza que se originen en el interior xxx xxxxxx de los motores de combustión interna, pero con exclusión expresa de daños por incendio. ELIMINACIÓN DE LA CLÁUSULA DE PROPORCIÓN INDEMNIZABLE: Si al momento de ocurrir un siniestro, los bienes tienen un valor total real o de reposición según se indique en la carátula de la póliza superior a la cantidad asegurada, no operará la proporción indemnizable y la compañía responderá al 100% de los límites a Primer Riesgo fijado en la póliza.