Derechos y Obligaciones. Obligaciones del concesionario Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono al Ayuntamiento, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. — Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. — Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. — Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. — El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. — Las instalaciones deberán mantenerse durante todo el período de duración del contrato en perfecto estado de higiene, seguridad, limpieza, conservación y ornato, cumpliendo con la normativa higiénico-sanitaria en la materia. Todos los gastos derivados de reparaciones necesarias para el mantenimiento de la instalación serán de cuenta del contratista. — El contratista y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados por el Ayuntamiento, así como de realizar actividades que no constituyan el objeto del contrato, a no ser que están autorizadas previamente por el Ayuntamiento. — El contratista está obligado a elaborar y difundir un plan de autoprotección para los usuarios que comprenda un plan de evacuación de los mismos, así como disponer de las medidas precisas de prevención de incendios. — El contratista responderá ante los propietarios de los vehículos inmovilizados, trasladados y depositados, por los daños que produzcan a aquellos con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será responsable por las mismas causas, ante el Ayuntamiento de Ciutadella o ante la Autoridad que hubiese dispuesto la inmovilización, traslado y depósito a los que afecte dicha disposición. En el supuesto de que fuese exigible al Ayuntamiento de Ciutadella el pago de indemnizaciones o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, se repercutirá su importe al contratista, con cargo a su propio patrimonio si diere lugar a ello, o en su defecto, con cargo a las fianzas y garantías constituidas por el mismo, quien vendrá obligado a completar las garantías afectadas y de no hacerlo será causa de resolución del contrato. — El contratista está obligado a suscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. — El contratista deberá proveerse de la correspondiente póliza de seguros que ampare posibles accidentes que puedan sufrir los usuarios durante, teniendo la obligación de socorrerlos.
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Samples: Service Agreement
Derechos y Obligaciones. Obligaciones del concesionario Además A fin de las potenciar la promoción y formación profesional, se establecen los siguientes derechos y obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientesde la plantilla:
a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional. El permiso por exámenes oficiales se considerará remunerado. cve: — Prestar el servicio BOE-A-2019-272 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional relacionados con la continuidad convenida y garantizar a actividad del puesto de trabajo, con la previa autorización de la Empresa.
c) A la concesión de los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono al Ayuntamientopermisos oportunos de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo, con la previa autorización de la Empresa. En este caso, dichos permisos no serán retribuidos y, en su todo caso, la formación deberá estar relacionada con la actividad de su puesto de trabajo o el desarrollo del mismo.
d) A la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. La misma correrá a cargo de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. — Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instruccionesEmpresa, sin perjuicio de la posibilidad de obtener a tal efecto los poderes de policía atribuidos créditos destinados a la administraciónformación. — Indemnizar Dicha formación se realizará dentro del horario laboral salvo que las circunstancias no lo permitan.
e) Quien al menos tenga un año de antigüedad en la Empresa tiene derecho a un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo, vinculada a la actividad de la Empresa, acumulables por un periodo de hasta cinco años. El derecho se entenderá cumplido en todo caso cuando se haya utilizado como mínimo esa cantidad de horas en acciones formativas en el marco del plan de formación desarrollado por iniciativa de la Empresa y comprometido por la negociación colectiva. Sin perjuicio de lo anterior, no podrá comprenderse en este derecho de un permiso retribuido de veinte horas anuales la formación que deba obligatoriamente impartir la Empresa a su cargo conforme a lo previsto en otras leyes ni la formación on-line impuesta por necesidades de la Empresa como, por ejemplo, las relacionadas con el código ético.
f) La plantilla estará obligada a adquirir los daños conocimientos y destrezas necesarios para actualizar sus competencias profesionales tanto en la formación específica planificada para la especialidad de su puesto de trabajo como en la formación general referente a los sistemas, procedimientos y herramientas comunes conexas con su actividad en la Empresa. Por ello, el trabajador tendrá la obligación de completar el plan de formación diseñado para su área de trabajo, acudir a los cursos y participar en foros, conferencias y centros de gestión del conocimiento que se causen organicen con el citado objetivo. El incumplimiento de esta cláusula podrá ser constitutivo de sanción según lo establecido en el capítulo de régimen disciplinario, siempre que la Empresa hayan informado, comunicado y puesto a terceros como consecuencia disposición de las operaciones la plantilla los medios necesarios para su cumplimiento.
g) Para el ejercicio de los derechos anteriores mencionados en este artículo se tendrá en consideración lo siguiente:
1) Será condición indispensable que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables se preavise a la Administración. — Obligaciones laborales Empresa con antelación suficiente.
2) Se deberá acreditar los estudios y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. — El contratista está obligado a dedicar o adscribir posteriormente aportar el justificante correspondiente a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos Empresa.
3) Los permisos mencionados en el artículo 210 15.2 se concederán automáticamente cuando se reúna los requisitos legales, exista un acuerdo con su responsable inmediato y se haya seguido el procedimiento establecido.
4) En caso de desacuerdo, se podrá requerir la intervención de la Ley 30/2007Comisión Estatal Paritaria de Formación que, a la vista de 30 las razones de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratistalas dos partes, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios derechos mencionados anteriormente, el historial formativo, la situación y las posibles alternativas ofrecidas por cada parte, dictará una decisión en un plazo inferior a 15 días a fin de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. — Las instalaciones deberán mantenerse durante todo el período de duración del contrato en perfecto estado de higiene, seguridad, limpieza, conservación y ornato, cumpliendo con la normativa higiénico-sanitaria en la materia. Todos los gastos derivados de reparaciones necesarias para el mantenimiento de la instalación serán de cuenta del contratista. — El contratista y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados por el Ayuntamiento, así como de realizar actividades que no constituyan el objeto del contrato, a no ser que están autorizadas previamente por el Ayuntamiento. — El contratista está obligado a elaborar y difundir un plan de autoprotección para los usuarios que comprenda un plan de evacuación de los mismos, así como disponer reducir posibles perjuicios de las medidas precisas de prevención de incendios. — El contratista responderá ante los propietarios de los vehículos inmovilizados, trasladados y depositados, por los daños que produzcan a aquellos con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será responsable por las mismas causas, ante el Ayuntamiento de Ciutadella o ante la Autoridad que hubiese dispuesto la inmovilización, traslado y depósito a los que afecte dicha disposición. En el supuesto de que fuese exigible al Ayuntamiento de Ciutadella el pago de indemnizaciones o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, se repercutirá su importe al contratista, con cargo a su propio patrimonio si diere lugar a ello, o en su defecto, con cargo a las fianzas y garantías constituidas por el mismo, quien vendrá obligado a completar las garantías afectadas y de no hacerlo será causa de resolución del contrato. — El contratista está obligado a suscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. — El contratista deberá proveerse de la correspondiente póliza de seguros que ampare posibles accidentes que puedan sufrir los usuarios durante, teniendo la obligación de socorrerlosdos partes.
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Samples: Convenio Colectivo
Derechos y Obligaciones. Obligaciones del concesionario Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — Prestar :
A) Abonos al contratista13. La expedición de las certificaciones de la obra ejecutada se efectuará en los plazos que señale el servicio Director de obra. La obra certificada se valorará con la continuidad convenida y garantizar arreglo a los particulares el derecho a utilizarlo en precios del Proyecto Técnico y las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono al Ayuntamientocertificaciones tendrán siempre carácter provisional, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. — Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos quedando sujetas a la administración. — Indemnizar los daños medición y certificación que se causen a terceros como consecuencia pueda hacerse en la liquidación final, no suponiendo, por tanto, ni aprobación ni recepción de las operaciones obras que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. — Obligaciones laborales y socialescomprendan. El contratista está obligado al cumplimiento podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la necesaria para ejecutar las obras en el plazo contractual, salvo que a juicio de la Dirección de las disposiciones vigentes en materia laboralobras existiesen razones para estimarlo inconveniente. Se podrán verificar abonos a cuenta, previa petición escrita del contratista por acopios de seguridad social materiales, instalaciones y de prevención de riesgos laborales. — El contratista está obligado a dedicar o adscribir equipos adscritos a la ejecución obra, en la forma y con las garantías que, a tal efecto, determinan el artículo 232 del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 Texto Refundido 13 Conforme al apartado cuarto del artículo 216 del Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). — El contratista está obligado al cumplimiento , la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los requisitos previstos treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 210 222.4, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar factura ante el registro administrativo correspondiente, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 222.4 y 235.1 del citado Texto Refundido, la Administración deberá aprobar las certificaciones de obra o los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados dentro de los treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes o prestación del servicio, salvo acuerdo expreso en contrario establecido en el contrato y en alguno de los documentos que rijan la licitación. En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de presentación de la factura en el registro correspondiente, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono. de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratistaPúblico, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. — Las instalaciones deberán mantenerse durante todo el período de duración del contrato en perfecto estado de higiene, seguridad, limpieza, conservación y ornato, cumpliendo con la normativa higiénico-sanitaria en la materia. Todos los gastos derivados de reparaciones necesarias para el mantenimiento de la instalación serán de cuenta del contratista. — El contratista y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados aprobado por el AyuntamientoReal Decreto Legislativo 3/2011, así como de realizar actividades que no constituyan el objeto 14 de noviembre, y artículos 155 a 157 del contrato, a no ser que están autorizadas previamente por el Ayuntamiento. — El contratista está obligado a elaborar y difundir un plan de autoprotección para los usuarios que comprenda un plan de evacuación de los mismos, así como disponer de las medidas precisas de prevención de incendios. — El contratista responderá ante los propietarios de los vehículos inmovilizados, trasladados y depositados, por los daños que produzcan a aquellos con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será responsable por las mismas causas, ante el Ayuntamiento de Ciutadella o ante la Autoridad que hubiese dispuesto la inmovilización, traslado y depósito a los que afecte dicha disposición. En el supuesto de que fuese exigible al Ayuntamiento de Ciutadella el pago de indemnizaciones o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, se repercutirá su importe al contratista, con cargo a su propio patrimonio si diere lugar a ello, o en su defecto, con cargo a las fianzas y garantías constituidas por el mismo, quien vendrá obligado a completar las garantías afectadas y de no hacerlo será causa de resolución del contrato. — El contratista está obligado a suscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. — El contratista deberá proveerse de la correspondiente póliza de seguros que ampare posibles accidentes que puedan sufrir los usuarios durante, teniendo la obligación de socorrerlosRGLCAP.
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Samples: Construction Contract
Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del concesionario Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — Contratista
a) Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono al Ayuntamientoabono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. — El horario de Apertura será el siguiente: LUNES A VIERNES ...un mínimo de cuatro (4) horas diarias.
b) Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. — .
c) Cuidar el buen orden del servicio, manteniendo en perfecto estado de limpieza, higiene y funcionamiento de todas las instalaciones y mobiliario incluido el material suministrado por el Ayuntamiento de lo que se facilitará un inventario detallado.
d) Prestar con normalidad Los servicios objeto del contrato poniéndolos en funcionamiento dentro de los treinta días siguientes a la firma do contrato, excepto causa justificada.
e) Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño año sea producido por causas imputables a la Administración. — Administración y a estos efectos el concesionario deberá suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil de la que se entregará copia al Ayuntamiento antes de la firma do contrato.
f) Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio.
g) Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. — .
h) El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 64 del TR de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector PúblicoLCSP). — .
i) El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 273 del TR de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público LCSP para los supuestos de subcontratación. — .
j) Xxxxxx exigibles al contratista. Son adjudicatario: son de cuenta del contratista, adjudicatario los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicaciónCALEFACCIÓN, así como cualesquiera otros que resulten AGUA Y LUZ.
k) Exhibir al público la lista de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. — Las instalaciones deberán mantenerse durante todo el período de duración del contrato en perfecto estado de higiene, seguridad, limpieza, conservación y ornato, cumpliendo con la normativa higiénico-sanitaria en la materia. Todos los gastos derivados de reparaciones necesarias para el mantenimiento de la instalación serán de cuenta del contratista. — El contratista y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados precios debidamente sellada por el Ayuntamiento, como entidad concedente que figura como Anexo al presente Pliego de Condiciones, así como tener a disposición de los usuarios los libros y hojas de reclamaciones reglamentariamente establecidos, de cada reclamación que se presente se remitirá copia al Ayuntamiento en el plazo de veinticuatro (24) horas.
l) Gestionar el servicio con personal adecuado, que en ningún caso tendrá vinculación laboral con el Ayuntamiento, asumiendo el concesionario íntegramente las obligaciones en materia fiscal, laboral y de seguridad social, así como de realizar actividades seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
m) No enajenar ni gravar sin autorización los bienes o instalaciones que, una vez finalizada la concesión, deberán revertir al Ayuntamiento.
n) Ejercer por si la concesión y no cederla o traspasarla a terceros sin consentimiento de la Entidad Local, que no constituyan el objeto solo podrá autorizarla en las circunstancias que señala la legislación aplicable en materia de contratación administrativa.
ñ) Podrá llegar a acuerdos de colaboración con entidades y asociaciones del contrato, a no ser que están autorizadas previamente por el Ayuntamientomunicipio. — El contratista está obligado a elaborar y difundir un plan Las Escuelas Deportivas de autoprotección para los usuarios que comprenda un plan de evacuación de los mismos, así como disponer Lourenzá disfrutarán de las medidas precisas de prevención de incendios. — El contratista responderá ante los propietarios de los vehículos inmovilizados, trasladados instalaciones cuando acuda como equipo y depositados, por los daños que produzcan a aquellos siempre con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será un delegado o responsable por las mismas causas, ante el Ayuntamiento de Ciutadella o ante la Autoridad que hubiese dispuesto la inmovilización, traslado y depósito a los que afecte dicha disposición. En el supuesto de que fuese exigible al Ayuntamiento de Ciutadella el pago de indemnizaciones o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, se repercutirá su importe al contratista, con cargo a su propio patrimonio si diere lugar a ello, o en su defecto, con cargo a las fianzas y garantías constituidas por el mismo, quien vendrá obligado a completar las garantías afectadas y de no hacerlo será causa de resolución del contrato. — El contratista está obligado a suscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. — El contratista deberá proveerse de la correspondiente póliza de seguros que ampare posibles accidentes que puedan sufrir los usuarios durante, teniendo la obligación de socorrerlosda actividad.
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Samples: Concession Agreement
Derechos y Obligaciones. Obligaciones a) La ejecución del concesionario Además contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del/de la contratista.
b) El adjudicatario deberá establecer y mantener los medios personales y materiales suficientes para garantizar la correcta ejecución del contrato conforme a la oferta, durante su vigencia.
c) A petición del Ayuntamiento el adjudicatario deberá informar trimestralmente, en la primera quincena de cada uno de ellos, sobre la siniestralidad experimentada durante la vigencia de las obligaciones generales pólizas, sobre las provisiones constituidas por la aseguradora para hacer frente al pago de las indemnizaciones derivadas del régimen jurídico del presente de las reclamaciones y de las cantidades abonadas por tales conceptos.
d) El adjudicatario deberá participar en la instrucción de los procedimientos administrativos de responsabilidad, emitiendo los informes y las propuestas, debidamente motivadas, que se soliciten, y en los plazos que le fije el Ayuntamiento.
e) El adjudicatario deberá cumplir el contrato, son obligaciones específicas obligándose a asistir a reuniones y a realizar los servicios profesionales que se estimen necesarios para el correcto desarrollo del contratista las siguientes: — Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el contrato, sin derecho a utilizarlo contraprestación o indemnización económica suplementaria.
f) La compañía de seguros cuya propuesta resulte adjudicada deberá abonar las indemnizaciones reconocidas o establecidas en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono al Ayuntamiento, en su caso, virtud de resolución administrativa o sentencia judicial.
g) El adjudicatario deberá satisfacer los gastos derivados de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. — Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio adjudicación y los gastos de publicación de la licitación.
h) El adjudicatario deberá responder de los poderes de policía atribuidos a la administración. — Indemnizar los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia en la ejecución del contrato.
i) El/la adjudicatario quedará obligada, con respecto al personal que emplee para la ejecución de las operaciones que requiera el desarrollo del serviciodicho contrato, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. — Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboralde Legislación Laboral, de seguridad social Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales, y, de lo previsto en el art. 14 de la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978.
j) Será obligación del/de la empresaria indemnizar los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de prevención de riesgos laborales. — El contratista está obligado a dedicar o adscribir a las operaciones que requiera la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 servicio.
k) El/la adjudicatario será responsable de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). — El contratista está obligado al cumplimiento calidad técnica de los requisitos previstos en el artículo 210 trabajos que desarrolle y de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación las prestaciones y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. — Las instalaciones deberán mantenerse durante todo el período de duración del contrato en perfecto estado de higiene, seguridad, limpieza, conservación y ornato, cumpliendo con la normativa higiénico-sanitaria en la materia. Todos los gastos derivados de reparaciones necesarias para el mantenimiento de la instalación serán de cuenta del contratista. — El contratista y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados por el Ayuntamientoservicios realizados, así como de realizar actividades las consecuencias que no constituyan se deduzcan para la Administración o para terceras personas de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Sólo quedará exenta de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la Administración o de las condiciones impuestas por ella.
l) Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria en relación con los servicios contratados se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el objeto secreto de los mismos. El/la adjudicataria deberá indemnizar al Ayuntamiento y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional.
m) El/la adjudicataria deberá prestar, sin derecho de pago suplementario, los servicios que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a no ser que están autorizadas previamente por el Ayuntamientoreuniones de trabajo o informativas. — El contratista está obligado a elaborar y difundir un plan Esta obligación se mantendrá hasta la finalización del periodo de autoprotección para los usuarios que comprenda un plan de evacuación de los mismosgarantía.
n) Emitir, así como disponer de las medidas precisas de prevención de incendios. — El contratista responderá ante los propietarios de los vehículos inmovilizadossin coste alguno, trasladados y depositados, por los daños que produzcan a aquellos con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será responsable por las mismas causas, ante cuantos informes le solicite el Ayuntamiento en relación con las pólizas que estén contratadas, en el plazo de Ciutadella o ante 10 días hábiles, contados desde la Autoridad recepción del requerimiento.
o) La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado que hubiese dispuesto la inmovilización, traslado y depósito a los que afecte dicha disposición. En pueda resultar precisa para el supuesto de que fuese exigible al Ayuntamiento de Ciutadella el pago de indemnizaciones o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia cumplimiento del incumplimiento por el contratista de sus obligacionescontrato, se repercutirá su importe al contratista, efectuará con cargo a su propio patrimonio si diere lugar a ello, o observancia de lo dispuesto en su defecto, con cargo a las fianzas y garantías constituidas por el mismo, quien vendrá obligado a completar las garantías afectadas y la normativa vigente sobre protección de no hacerlo será causa datos de resolución del contrato. — El contratista está obligado a suscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. — El contratista deberá proveerse de la correspondiente póliza de seguros que ampare posibles accidentes que puedan sufrir los usuarios durante, teniendo la obligación de socorrerloscarácter personal.
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Samples: Contratación De Seguros
Derechos y Obligaciones. Obligaciones Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del concesionario Además plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo. de autorización, acreditación y Registro de Centros de Atención a personas mayores de la Comunidad Autónoma de Extremadura. — Garantizar el cuidado, la atención material y personal y seguridad de los usuarios, respetando sus creencias cívicas, políticas, xxxxxxx y religiosas. Cód. Validación: 9KF6QHNHS3NZ6RGL9LGPDZLGX | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 25 — Disponer en todo momento de los medios materiales y de personal suficiente y técnicamente cualificado para realizar una prestación del servicio satisfactoria. En concreto deberá disponer de cómo mínimo de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — Prestar ratios de personal por número de usuarios que se tenga establecido en el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono al Ayuntamiento, en su casoDECRETO 298/2015, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de autorización, acreditación y Registro de Centros de Atención a personas mayores de la contraprestación económica comprendida Comunidad Autónoma de Extremadura y lo dispuesto en las tarifas aprobadasel estudio económico. — Xxxxxx Supervisión y formación continua del personal. — Formalización con el buen orden usuario del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio contrato de los poderes prestación de policía atribuidos a la administraciónservicios. — Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. A estos efectos, el concesionario deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil por importe de 600.000 €. No se admitirán Pólizas con franquicia. — Obligaciones laborales No efectuar discriminación alguna en la admisión de los usuarios por razón de nacionalidad, sexo, religión y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento creencia, respetando a su vez el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las disposiciones vigentes empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en materia laboral, los contratos de seguridad social y suministro consecuencia del de prevención gestión de riesgos laboralesservicios públicos. — El contratista está obligado Custodiar en el centro y poner a dedicar o adscribir a la ejecución disposición del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 personal inspector de la Ley 30/2007, Gerencia de 30 Servicios Sociales y del personal de octubre, las Gerencias Territoriales encargado de Contratos del Sector Público). — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratistalas comprobaciones, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios siguientes documentos que tendrán carácter de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. — Las instalaciones deberán mantenerse durante todo el período de duración del contrato en perfecto estado de higiene, seguridad, limpieza, conservación y ornato, cumpliendo con la normativa higiénico-sanitaria en la materia. Todos los gastos derivados de reparaciones necesarias para el mantenimiento de la instalación serán de cuenta del contratista. — El contratista y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados por el Ayuntamiento, así como de realizar actividades que no constituyan el objeto del contrato, a no ser que están autorizadas previamente por el Ayuntamiento. — El contratista está obligado a elaborar y difundir un plan de autoprotección para los usuarios que comprenda un plan de evacuación de los mismos, así como disponer de las medidas precisas de prevención de incendios. — El contratista responderá ante los propietarios de los vehículos inmovilizados, trasladados y depositados, por los daños que produzcan a aquellos con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será responsable por las mismas causas, ante el Ayuntamiento de Ciutadella o ante la Autoridad que hubiese dispuesto la inmovilización, traslado y depósito a los que afecte dicha disposición. En el supuesto de que fuese exigible al Ayuntamiento de Ciutadella el pago de indemnizaciones o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, se repercutirá su importe al contratista, con cargo a su propio patrimonio si diere lugar a ello, o en su defecto, con cargo a las fianzas y garantías constituidas por el mismo, quien vendrá obligado a completar las garantías afectadas y de no hacerlo será causa de resolución del contrato. — El contratista está obligado a suscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. — El contratista deberá proveerse de la correspondiente póliza de seguros que ampare posibles accidentes que puedan sufrir los usuarios durante, teniendo la obligación de socorrerlos.reservados:
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Samples: Concesión De Servicios
Derechos y Obligaciones. Obligaciones del concesionario Además Un contrato de trabajo supone unos derechos para el trabajador, que se convierten en obligaciones para el empresario. Al mismo tiempo, las obligaciones generales derivadas que contrae el trabajador se convierten en derechos de su empresario. El empresario contrae obligaciones con: El trabajador. Cuando la relación laboral sea de duración superior a cuatro semanas, el empresario deberá informar por escrito al trabajador sobre los elementos y condiciones esenciales del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar . Los representantes legales de los trabajadores. Deberá entregar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono al Ayuntamiento, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. — Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio representantes legales de los poderes de policía atribuidos a la administración. — Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del serviciotrabajadores, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. — Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. — El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). — El contratista está obligado al cumplimiento una copia básica de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicacióncontratos formalizados por escrito, así como cualesquiera otros que resulten las prórrogas de aplicacióndichos contratos, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalenteniendo para ello el mismo plazo de 10 días. — Las instalaciones deberán mantenerse durante todo el período de duración La copia básica contendrá todos los datos del contrato a excepción del número del DNI, domicilio, estado civil y cualquier otro dato que pueda afectar a la identidad personal del interesado. Posteriormente, dicha copia básica se enviará al Servicio Público de Empleo. Cuando no exista representación legal de los trabajadores también deberá formalizarse copia básica y remitirse al Servicio Público de Empleo. El Servicio Público de Empleo. Los empresarios están obligados a comunicar al Servicio Público de Empleo en perfecto estado el plazo de higienelos 10 días siguientes a su concertación, seguridad, limpieza, conservación y ornato, cumpliendo con la normativa higiénico-sanitaria en la materia. Todos el contenido de los gastos derivados contratos de reparaciones necesarias para el mantenimiento de la instalación serán de cuenta del contratista. — El contratista y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados por el Ayuntamiento, así como de realizar actividades trabajo que no constituyan el objeto del contrato, a no ser que están autorizadas previamente por el Ayuntamiento. — El contratista está obligado a elaborar y difundir un plan de autoprotección para los usuarios que comprenda un plan de evacuación celebren o las prórrogas de los mismos, así como disponer deban o no formalizarse por escrito. Los derechos del trabajador son: A la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo. A la promoción y formación en el trabajo. A no ser discriminados para acceder a un puesto de trabajo. A la integridad física y a la intimidad. A percibir puntualmente la remuneración pactada. Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo. Son deberes del trabajador: Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo conforme a los principios de la buena fe y diligencia. Cumplir las medidas precisas de prevención seguridad e higiene que se adopten. Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio de incendiossu función directiva. — El contratista responderá ante los propietarios No realizar la misma actividad en competencia con la empresa. Contribuir a mejorar la productividad. Los demás que se establezcan en el contrato de los vehículos inmovilizados, trasladados y depositados, por los daños que produzcan a aquellos con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será responsable por las mismas causas, ante el Ayuntamiento de Ciutadella o ante la Autoridad que hubiese dispuesto la inmovilización, traslado y depósito a los que afecte dicha disposición. En el supuesto de que fuese exigible al Ayuntamiento de Ciutadella el pago de indemnizaciones o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, se repercutirá su importe al contratista, con cargo a su propio patrimonio si diere lugar a ello, o en su defecto, con cargo a las fianzas y garantías constituidas por el mismo, quien vendrá obligado a completar las garantías afectadas y de no hacerlo será causa de resolución del contrato. — El contratista está obligado a suscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. — El contratista deberá proveerse de la correspondiente póliza de seguros que ampare posibles accidentes que puedan sufrir los usuarios durante, teniendo la obligación de socorrerlostrabajo.
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Samples: Contrato De Trabajo
Derechos y Obligaciones. Obligaciones del concesionario Además En un todo de acuerdo con el Convenio Xxxxx, el presente Convenio Específico entre el “Ministerio” y “FISFE” define los derechos y obligaciones que cada una de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — Prestar partes asume para el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono al Ayuntamiento, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. — Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. — Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. — Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes sus objetivos, a saber:
a) El Ministerio delega en materia laboral, la Subsecretaría de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. — El contratista está obligado a dedicar o adscribir a Comercio Exterior la representatividad ante FISFE para la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 presente Convenio.
b) El detalle de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicaciónlas tareas a realizar, así como cualesquiera otros que resulten también el producto final deseado en cada caso, se encuentran definidos y explicitados en el ANEXO: “Programa de aplicaciónTrabajo”, según adjunto al presente Convenio.
c) La Subsecretaría de Comercio Exterior y “FISFE” definirán las disposiciones vigentes en persona responsables de la forma ejecución y cuantía que éstas señalen. — Las instalaciones deberán mantenerse durante todo el período del seguimiento de las actividades programadas.
d) El plazo de duración del contrato en perfecto estado presente Convenio Específico será de higiene6 meses a partir del día de la firma del mismo. Durante el plazo establecido, seguridad, limpieza, conservación se pretende haber completado los diagnósticos y ornato, cumpliendo con la normativa higiénico-sanitaria en la materia. Todos los gastos derivados estudios técnicos de reparaciones necesarias base para el mantenimiento seguimiento de las negociaciones internacionales al mismo tiempo que se establecen los mecanismos para el intercambio de información y el tratamiento del tema en forma mancomunada que las partes llevarán a cabo partir de entonces. De común acuerdo el “Ministerio” y “FISFE” pueden extender la instalación serán de cuenta duración del contratista. — El contratista y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados presente convenio por el Ayuntamientotérmino de 12 meses adicionales.
e) El “Ministerio” aportará infraestructura de trabajo, así como información y útiles de realizar actividades oficina que no constituyan se requieran para la ejecución del presente Convenio Específico.
f) Asimismo, la “FISFE” se compromete a proporcionar la metodología de trabajo, el objeto del contrato, a no ser que están autorizadas previamente por el Ayuntamiento. — El contratista está obligado a elaborar equipo técnico de Recursos Humanos y difundir un plan la infraestructura de autoprotección trabajo para los usuarios que comprenda un plan de evacuación la realización de los mismos, así como disponer estudios especificados en el ANEXO: “Programa de las medidas precisas de prevención de incendios. — El contratista responderá ante los propietarios de los vehículos inmovilizados, trasladados y depositados, por los daños que produzcan a aquellos con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será responsable por las mismas causas, ante el Ayuntamiento de Ciutadella o ante la Autoridad que hubiese dispuesto la inmovilización, traslado y depósito a los que afecte dicha disposición. En el supuesto de que fuese exigible Trabajo” adjunto al Ayuntamiento de Ciutadella el pago de indemnizaciones o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, se repercutirá su importe al contratista, con cargo a su propio patrimonio si diere lugar a ello, o en su defecto, con cargo a las fianzas y garantías constituidas por el mismo, quien vendrá obligado a completar las garantías afectadas y de no hacerlo será causa de resolución del contrato. — El contratista está obligado a suscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. — El contratista deberá proveerse de la correspondiente póliza de seguros que ampare posibles accidentes que puedan sufrir los usuarios durante, teniendo la obligación de socorrerlospresente Convenio.
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Samples: Convenio Específico Para El Seguimiento De Las Negociaciones Internacionales
Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del concesionario Contratista Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — - Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono al Ayuntamientoabono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. — Xxxxxx - Cuidar el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. — - Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. — - Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. - Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. Dichas tarifas tienen naturaleza de precio privado, por lo que el adjudicatario, en los términos del contrato con los usuarios, podrá cobrarlas y reclamarlas judicialmente en caso de impago. En las mismas se considerará incluido el IVA, así como cualquier otro tributo o gravamen. La revisión de las tarifas se realizará anualmente, permitiéndose un incremento que no superará en ningún caso el IPC, una vez publicado por el INE. - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. — - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 64.2 del Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). — - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 227 del Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación. — Xxxxxx - Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicaciónadjudicación de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. — Las instalaciones deberán mantenerse En caso de que lo exija alguna de las Administraciones que financia la obra, el contratista instalará a su xxxxx carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - El servicio se prestará por el adjudicatario durante todo el período plazo de duración del contrato contrato, siendo de su cargo los gastos que se originen en general por el funcionamiento del mismo, en particular serán de su cuenta los de contratación de personal a su servicio. El adjudicatario y el personal que éste contrate, deberá estar en posesión del carnet de manipulador de alimentos, pudiendo ser requerido por el Ayuntamiento la presentación del mismo. - Deberá disponer de artículos normales en este tipo de establecimientos y aquellos otros que se deseen para un mejor servicio (golosinas, helados, etc.) y exponer en sitio visible las listas completas de precios de todos los artículos y géneros que se expendan debidamente autorizada, dichos precios serán acordes con los de este tipo de establecimientos habidos en la zona. También habrá de disponer de alta los correspondientes canales de Televisión Pública existentes o que se creen durante la vigencia del contrato. Será también de cuenta del contratista: Deberá pintar el local en el que se desarrolla la actividad de bar y cafetería y servicios cuando se considere necesario por la Corporación Municipal y al menos una vez cada dos años, debiendo realizarse los trabajos de pintura en el periodo del año que menos perjuicios se ocasione al servicio y previa comunicación al Ayuntamiento, quien deberá autorizarlo. - Mantener en perfectas condiciones, salvo los desgastes normales del uso, el material recibido. - Conservar las construcciones, instalaciones, mobiliario y equipos en perfectas condiciones y en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene, seguridadsiendo a su cargo los gastos de las averías que se ocasionen en las instalaciones, limpiezasiempre que sean por negligencia del adjudicatario, conservación o por el uso anormal de las mismas, respondiendo incluso de los deterioros producidos por los usuarios. por la Corporación Municipal. Póliza cuya copia compulsada deberá presentar en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx con carácter previo a la firma del contrato. - No podrá enajenar, ni gravar sin autorización bienes e instalaciones que deban revertir al Ayuntamiento. - Ejercer por sí mismo la prestación del servicio y ornatono cederlo ni traspasarlo a terceros sin la anuencia de la Corporación Municipal. - A satisfacer las cargas fiscales, cumpliendo incluido el I.V.A. y demás tributos que conlleve la explotación del Bar, así como estar al día de cuantas licencias, autorizaciones o permisos se precisen de los organismos competentes en materia de sanidad, trabajo y hacienda o cualesquiera otros necesarios para el desarrollo de la actividad pretendida. El incumplimiento de estas obligaciones no implicará responsabilidad alguna para el Ayuntamiento. - El adjudicatario permitirá y facilitará las inspecciones que de los trabajos, personal, material y equipo de las instalaciones se dispongan por la Alcaldía. El adjudicatario y personal a su servicio deberá tratar al público con corrección, dentro de las normas de convivencia ciudadana. - El Ayuntamiento podrá disponer del Salón de Usos Múltiples del Centro, así como del otro local adyacente, sito en la primera planta del edificio cuando lo considere conveniente y necesario a fin de poder desarrollar, en los citados locales, actos y actividades sociales, culturales o que redunden en el interés general de los vecinos del municipio. - El adjudicatario para disponer de los locales del Centro y del mobiliario en ellos instalado, distintos a los del bar y cafetería, deberá contar con la normativa higiénico-sanitaria en la materiaautorización expresa del Ayuntamiento. Todos los gastos derivados de reparaciones necesarias para el mantenimiento - Se encargará de la instalación serán apertura y cierre del Edificio y del cuidado y vigilancia de todos los locales del edificio, su mobiliario y equipos existentes en el Centro Social. - Se encargará de controlar el encendido y apagado de la calefacción así como de controlar que la temperatura del edificio sea la adecuada, siendo de cuenta del contratistaAyuntamiento los gastos de calefacción que se originen. — - Finaliza la explotación, revertirán a la Ayuntamiento todas las instalaciones en el mismo estado en que fueron entregadas, sin derecho a indemnización alguna. El contratista adjudicatario deberá costear los desperfectos que se observen a la finalización del contrato y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados por el Ayuntamientoque excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso, así como reponer los elementos que resultaren inservibles. - En cumplimiento de realizar actividades que la normativa vigente, se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a los menores de edad. - En materia de ruidos no constituyan se podrá sobrepasar 45 db del sonido de 8 horas a 22 horas y los 30 db el objeto resto del contratotiempo, medidos en el exterior. -El Bar/Centro Social deberá estar abierto de forma ininterrumpida durante todo el año (a no ser que están autorizadas previamente excepción del periodo de vacaciones), en horario de mañana y tarde, salvo los lunes por descanso semanal, con el Ayuntamientosiguiente horario mínimo, y con pleno respeto a la legislación vigente sobre horarios: Meses de invierno: de 12 horas a 22 horas. — Meses xx xxxxxx: de 12 horas a 23 horas. El contratista está obligado a elaborar y difundir dispondrá de un plan periodo de autoprotección para los usuarios quince días naturales al año, en el que comprenda un plan podrá cerrarse el local con motivo de evacuación disfrute de los mismosvacaciones, así como disponer de las medidas precisas de prevención de incendios. — El contratista responderá ante los propietarios de los vehículos inmovilizados, trasladados y depositados, siempre que tal circunstancia se comunique por los daños que produzcan a aquellos con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será responsable por las mismas causas, ante el Ayuntamiento de Ciutadella o ante la Autoridad que hubiese dispuesto la inmovilización, traslado y depósito a los que afecte dicha disposición. En el supuesto de que fuese exigible escrito al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y así lo autorice esta Administración. Cuando el lunes, día de Ciutadella descanso semanal, coincida con festivo el pago Centro Social incluido el bar, deberá permanecer abierto, trasladándose el día de indemnizaciones o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, se repercutirá su importe descanso al contratista, con cargo a su propio patrimonio si diere lugar a ello, o en su defecto, con cargo a las fianzas y garantías constituidas por el mismo, quien vendrá obligado a completar las garantías afectadas y de no hacerlo será causa de resolución del contrato. — El contratista está obligado a suscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. — El contratista deberá proveerse de la correspondiente póliza de seguros que ampare posibles accidentes que puedan sufrir los usuarios durante, teniendo la obligación de socorrerlossiguiente día hábil.
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Samples: Contrato Administrativo Especial
Derechos y Obligaciones. Obligaciones El arrendatario está obligado: A utilizar el local con arreglo a los usos permitidos, estando obligado a conservarlo en perfecto estado, y a devolver el bien en el mismo estado en que lo ha recibido, al terminar el contrato. Será de cuenta del concesionario Además arrendatario el abono de los suministros de agua y electricidad que consuma con ocasión de la utilización del local arrendado. Las obras y mejoras que se realicen en el inmueble objeto del contrato de arrendamiento requerirán en todo caso autorización de la propiedad, sin perjuicio de las obligaciones generales derivadas preceptivas licencias que hayan de solicitarse por parte del régimen jurídico arrendatario, obras y mejoras que serán de propiedad municipal, accediendo al suelo, con la terminación del presente contrato, son sin que por ello deba abonarse indemnización ni cantidad alguna al arrendatario. A cumplir y estar al corriente de sus obligaciones específicas del contratista las siguientes: — Prestar fiscales y de Seguridad Social, teniendo al día cuantas Licencias, autorizaciones o permisos se precisen de los Organismos competentes para el servicio con desarrollo de la continuidad convenida actividad a desarrollar. El arrendatario será responsable Civil y garantizar a Penalmente de los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono al Ayuntamientodaños que, en su caso, cause a terceras personas por razón del ejercicio de la contraprestación económica comprendida actividad, siendo igualmente responsable civil de los perjuicios que puedan irrogarse por medio de los empleados o personas a sus órdenes, en el desempeño de sus cometidos. El adjudicatario no podrá subarrendar, traspasar o ceder el inmueble a terceros. A cumplir las obligaciones relativas a la Seguridad Social y Prevención xx Xxxxxx Laborales con respecto a los trabajadores que emplee el local. 19.-EFECTOS Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Con respecto a los efectos y extinción del contrato de que se trata, se estará a lo dispuesto en las tarifas aprobadasNormas de Derecho privado de aplicación. — Xxxxxx Serán causas de rescisión del Contrato con pérdida de la fianza e importe abonado, las previstas en la legislación aplicable y en particular el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio dejar de los poderes de policía atribuidos a ejercer la administración. — Indemnizar los daños actividad industrial para la que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera adjudica el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. — Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. — El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. — Las instalaciones deberán mantenerse durante todo el período de duración del contrato en perfecto estado de higiene, seguridad, limpieza, conservación y ornato, cumpliendo con la normativa higiénico-sanitaria en la materia. Todos los gastos derivados de reparaciones necesarias para el mantenimiento de la instalación serán de cuenta del contratista. — El contratista y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados por el Ayuntamiento, así como de realizar actividades que no constituyan el objeto del contrato, a no ser que están autorizadas previamente por el Ayuntamiento. — El contratista está obligado a elaborar y difundir un plan de autoprotección para los usuarios que comprenda un plan de evacuación de los mismos, así como disponer de las medidas precisas de prevención de incendios. — El contratista responderá ante los propietarios de los vehículos inmovilizados, trasladados y depositados, por los daños que produzcan a aquellos con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será responsable por las mismas causas, ante el Ayuntamiento de Ciutadella o ante la Autoridad que hubiese dispuesto la inmovilización, traslado y depósito a los que afecte dicha disposición. En el supuesto de que fuese exigible al Ayuntamiento de Ciutadella el pago de indemnizaciones o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, se repercutirá su importe al contratista, con cargo a su propio patrimonio si diere lugar a ello, o en su defecto, con cargo a las fianzas y garantías constituidas por el mismo, quien vendrá obligado a completar las garantías afectadas y de no hacerlo será causa de resolución del contrato. — El contratista está obligado a suscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. — El contratista deberá proveerse de la correspondiente póliza de seguros que ampare posibles accidentes que puedan sufrir los usuarios durante, teniendo la obligación de socorrerlos.
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Samples: Arrendamiento Con Opción De Compra
Derechos y Obligaciones. Obligaciones del concesionario Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — Prestar el servicio El contrato se ejecutará con la continuidad convenida y garantizar sujeción a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono al Ayuntamiento, lo establecido en su casoclausulado y en los pliegos, y de la contraprestación económica comprendida en acuerdo con las tarifas aprobadasinstrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación. — Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio El contratista será responsable de los poderes de policía atribuidos a la administración. — Indemnizar todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo la ejecución del servicio, excepto cuando el daño sea producido contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por causas imputables a la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. — Obligaciones laborales En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 TRLCSP. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y socialesde las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. — El contratista está obligado a dedicar o adscribir No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para elloy el Ayuntamiento de Ciempozuelos, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la Ley 30/2007empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, de 30 de octubrepor tanto, de Contratos del Sector Público). — El contratista está obligado ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de los requisitos previstos cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en el artículo 210 especial en materia de la Ley 30/2007contratación, de 30 de octubreSeguridad Social, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. — Las instalaciones deberán mantenerse durante todo el período de duración del contrato en perfecto estado de higiene, seguridad, limpieza, conservación y ornato, cumpliendo con la normativa higiénico-sanitaria en la materia. Todos los gastos derivados de reparaciones necesarias para el mantenimiento de la instalación serán de cuenta del contratista. — El contratista y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados por el Ayuntamiento, así como de realizar actividades que no constituyan el objeto del contrato, a no ser que están autorizadas previamente por el Ayuntamiento. — El contratista está obligado a elaborar y difundir un plan de autoprotección para los usuarios que comprenda un plan de evacuación de los mismos, así como disponer de las medidas precisas de prevención de incendios. — El contratista responderá ante los propietarios de los vehículos inmovilizados, trasladados riesgos laborales y depositadostributaria, por los daños que produzcan a aquellos cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será responsable por las mismas causas, ante el Ayuntamiento de Ciutadella Ciempozuelos, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o ante contractualmente correspondan al mismo. A la Autoridad extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hubiese dispuesto la inmovilizaciónhayan realizado los trabajos objeto del contrato como el personal del ente, traslado y depósito a los que afecte dicha disposición. En el supuesto de que fuese exigible al Ayuntamiento de Ciutadella el pago de indemnizaciones organismo o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia entidad del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, se repercutirá su importe al contratista, con cargo a su propio patrimonio si diere lugar a ello, o en su defecto, con cargo a las fianzas y garantías constituidas por el mismo, quien vendrá obligado a completar las garantías afectadas y de no hacerlo será causa de resolución del contrato. — El contratista está obligado a suscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. — El contratista deberá proveerse de la correspondiente póliza de seguros que ampare posibles accidentes que puedan sufrir los usuarios durante, teniendo la obligación de socorrerlos.sector público contratante
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Samples: Contrato Administrativo De Servicios