DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. Además de los supuestos previstos en el Artículo 32 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y Contratación de Servicios para el Estado de Chiapas, se descalificará al Licitante cuando:
A. Se compruebe la existencia de irregularidades o falsedad en la información o documentación presentada por los Licitantes;
B. Se compruebe la existencia de arreglo entre los Licitantes, para elevar los precios de los bienes o servicios ofertados, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás Licitantes;
C. Incurra en actos de desacato, en cualquiera de los eventos de la presente Licitación;
D. El Licitante o sus representantes se presenten a cualquiera de los eventos de la Licitación bajo el efecto del alcohol, droga o cualquier tipo de enervante;
E. Presente más de una Propuesta (dos o más Propuestas Técnicas y/o dos o más Propuestas Económicas);
F. No cumpla con el mínimo de capital contable solicitado;
G. Al momento que se pasen las Propuestas Técnicas y Económicas recibidas para su firma o rúbrica, realicen marcajes, tachaduras, enmendaduras, alteraciones, sustracción o destrucción; y/o
H. Incumpla con algún requisito solicitado en las presentes Bases, salvo que su inobservancia por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones.
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. ADEMÁS DE LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 32 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES Y LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS, SE DESCALIFICARÁ AL LICITANTE CUANDO:
A. SE COMPRUEBE LA EXISTENCIA DE IRREGULARIDADES O FALSEDAD EN LA INFORMACIÓN O DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS LICITANTES
B. SE COMPRUEBE LA EXISTENCIA DE ARREGLO ENTRE LOS LICITANTES, PARA ELEVAR LOS PRECIOS DE LOS BIENES O SERVICIOS OFERTADOS, O CUALQUIER OTRO ACUERDO QUE TENGA COMO FIN OBTENER UNA VENTAJA SOBRE LOS DEMÁS LICITANTES;
C. INCURRA EN ACTOS DE DESACATO, EN CUALQUIERA DE LOS EVENTOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN;
D. EL LICITANTE O SUS REPRESENTANTES SE PRESENTEN A CUALQUIERA DE LOS EVENTOS DE LA LICITACIÓN BAJO EL EFECTO DEL ALCOHOL, DROGA O CUALQUIER TIPO DE ENERVANTE;
E. PRESENTE MÁS DE UNA PROPUESTA (DOS O MÁS PROPUESTAS TÉCNICAS Y/O DOS O MÁS PROPUESTAS ECONÓMICAS);
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. Se descalificará a los licitantes que incurran en alguna de las situaciones siguientes, sin que la siguiente relación sea limitativa:
a. Si se comprueba que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar los precios del servicio objeto de esta licitación o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
b. En caso de que el licitante que compró las bases transfiera a otro las mismas.
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. SE DESCALIFICARÁ AL O LOS LICITANTES QUE INCURRAN EN CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS: CUANDO SU PROPUESTA NO CUMPLA CON ALGUNO DE LOS REQUISITOS, DOCUMENTOS E INFORMACIÓN ESTABLECIDOS EN LOS PUNTOS II.1, II.2, III.3, III.4 en su caso, III.6, III.7, IV.1 y Anexo 1 Técnico (y sus anexos, en su caso), de la presente convocatoria, sus anexos o los derivados de la junta de aclaraciones, siempre que afecten la solvencia de la proposición; en el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la Convocante no desechará la proposición. SI SE COMPRUEBA QUE TIENEN ACUERDO CON OTRO U OTROS LICITANTES PARA ELEVAR LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS OBJETO DE LA PRESENTE INVITACIÓN O CUALQUIER OTRO ACUERDO QUE TENGA COMO FIN OBTENER UNA VENTAJA SOBRE LOS DEMÁS LICITANTES. SI SE ENCUENTRA ALGÚN ELEMENTO QUE INDIQUE QUE EL LICITANTE TUVO ACCESO A INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN, QUE LO PUEDA PONER EN VENTAJA SOBRE LOS OTROS LICITANTES, AÚN EN EL CASO DE QUE SEA EL ÚNICO LICITANTE. EN EL CASO DE PROPOSICIONES CONJUNTAS, SE ABSTIENE DE PRESENTAR ORIGINAL DEL CONVENIO, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 34 DE LA LEY Y 44 DE SU REGLAMENTO. SI OMITE, EN LA SECCIÓN ECONÓMICA DE SU PROPUESTA, MANIFESTAR QUE LOS PRECIOS OFERTADOS SON FIJOS Y EN MONEDA NACIONAL. SI LOS PRECIOS OFERTADOS NO SON ACEPTABLES EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 2 FRACCIONES XI DE LA LEY O QUE NO SEAN CONVENIENTES EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL NUMERAL V.1 DE LA PRESENTE CONVOCATORIA. SI PRESENTAN SUS PROPOSICIONES EN MONEDA DISTINTA A LA SOLICITADA EN LA CONVOCATORIA. SI SE COMPRUEBA QUE SE ENCUENTRA EN ALGUNO(S) DE LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 50 DE LA LEY.
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. SE DESCALIFICARÁN A LOS LICITANTES QUE INCURRAN EN UNA O VARIAS DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES: CONFORME AL ARTÍCULO 31 FRACCIÓN IV DE LA LEY, POR EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNO DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES DE LA LICITACIÓN, QUE AFECTE LA SOLVENCIA DE LA PROPUESTA. SI SE COMPRUEBA QUE ALGÚN LICITANTE HA ACORDADO CON OTRO U OTROS, ELEVAR LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, O CUALQUIER OTRO ACUERDO QUE TENGA COMO FIN OBTENER UNA VENTAJA SOBRE LOS DEMÁS LICITANTES. SI EL LICITANTE SE ENCUENTRA EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS DEL
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. Se desecharán las propuestas de los licitantes que incumplan con cualquiera de los siguientes incisos:
a) Incumplimiento de cualquiera de los requisitos mínimos solicitados en la presente convocatoria y las modificaciones derivadas de la junta de aclaraciones que afecte directamente la solvencia de las proposiciones.
b) El incumplimiento de cualquiera de las condiciones administrativas, legales, técnicas y económicas requeridas por el CENTROGEO.
c) Que “EL LICITANTE” se encuentre sujeto a suspensión de pagos o declarado en concurso mercantil con posterioridad al acto de presentación y acto de apertura de las proposiciones.
d) Cuando se observe que la propuesta técnica y económica no corresponde en cuanto a la descripción de los servicios solicitados.
e) Cuando no se cotice la partida única completa.
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. Declarar Desierta la Convocatoria de Licitación
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. Se descalificará al (los) licitante (s) en cualquier etapa de la licitación cuando incurra(n) en una o varias de las siguientes situaciones:
a) Si no presentan los documentos solicitados o no cumplen con todos los requisitos especificados en las presentes bases.
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. El Comité descalificará a licitantes que incurran en una o varias de las siguientes situaciones.
a) Cuando los participantes presenten documentos oficiales alterados, modificando con esto el contenido original de los mismos.
b) Cuando no se dé cumplimiento puntual a las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Convocante.
c) Cuando se presente incompleto o se omita cualquier documento requerido en las bases.
d) Cuando los documentos presenten tachaduras o enmendaduras.
e) Cuando se omita la leyenda "bajo protesta de decir verdad”.
f) Estar en proceso de investigación por parte de la autoridad correspondiente y se compruebe incumplimiento en cualquier nivel de y Organismos Descentralizados.
g) Tener antecedentes por incumplimiento o mala calidad de sus productos o servicios como proveedor del Gobierno Federal, Estatal, Municipal, y Órganos Descentralizados.
h) El Comité podrá a su discreción rechazar propuestas que a su consideración por el monto económico ofertado no puedan garantizar el servicio solicitado.
i) Si incumple con alguno de los requisitos especificados en estas bases y sus anexos. Así como por cualquier otra violación de las disposiciones establecidas en la Ley.
j) Si no se encuentran firmadas las propuestas por las personas facultadas legalmente.
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. La convocante de conformidad con lo establecido en el artículo 33 fracción IV, de la Ley descalificará al licitante cuando:
1.- No presente propuesta técnica o económica.
2.- Si la convocante comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otro elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.