DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS. Las causales de descalificación son:
DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS. Las causales de descalificación son: Incumplimiento a la Declaración Jurada del Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1); Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC; Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta, en contrataciones con Precio Referencial mayor a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), si ésta hubiese sido requerida; Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta o el depósito por este concepto no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC; Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta; Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras; Cuando la propuesta presente errores no subsanables; Si para la formalización de la contratación, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1); Si para la formalización de la contratación la documentación solicitada, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo ampliación de plazo solicitado por el proponente adjudicado y aceptada por la entidad de acuerdo a lo previsto en el sub numeral 23.1 del presente DBC; Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de formalizar la contratación. La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente.
DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS. 10.1 La convocante procederá a descalificar las propuestas que se encuentren en alguno de los siguientes casos:
10.1.1 Cuando no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en esta convocatoria, mismos que se asentarán en las actas respectivas.
10.1.2 Cuando se compruebe que algún concursante ha acordado con otro u otros, elevar el precio de los bienes, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin de obtener una ventaja sobre los demás participantes.
10.1.3 Cuando la información resulte falsa total o parcialmente, o se detecten irregularidades en la documentación presentada.
10.1.4 Cuando el servicio propuesto, sea inferior a la demanda solicitada en el anexo número 1 (uno) y de acuerdo a lo indicado en el punto 7.1.1 de esta convocatoria.
10.1.5 Cuando se acredite que el participante se encuentra en algunos de los supuestos indicados en el artículo 29, fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley y artículo 8 fracción XX de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
10.1.6 Cuando se demuestre cualquier violación a las disposiciones legales vigentes en la materia.
10.1.7 Si el concursante no acepta la corrección en términos de lo señalado en el punto 7.1.2 de esta convocatoria.
10.1.8 Cuando no presenten declaración de integridad conforme a lo establecido en el punto 4.3.10 de esta convocatoria.
10.1.9 Cuando el concursante no se ajuste a las condiciones de presentación, plazo y lugar de prestación del servicio.
10.1.10 Cuando derivado de la evaluación documental que se realice a su propuesta técnica, no sea satisfactoria.
10.1.11 Cuando exista discrepancia entre la propuesta técnica y económica en lo referente a la descripción de los bienes.
10.1.12 Cuando se hubiese rescindido administrativamente más de un contrato, en términos del artículo 50 Fracción III de la Ley.
DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS. Las propuestas técnicas serán descalificadas cuando:
a) No cumplan los Requerimientos Técnicos Mínimos establecidos en las Condiciones Técnicas.
b) No incluyan la documentación requerida como obligatoria solicitada en las Bases.
c) Contengan información y/o documentación incongruente o discrepante, que no permita determinar si la propuesta cumple con lo solicitado en las Bases.
d) Contengan información falsa o inexacta.
e) En los casos que corresponda, no alcancen el puntaje técnico mínimo requerido para acceder a la evaluación económica. Las propuestas económicas serán descalificadas cuando:
a) Presenten errores no subsanables, salvo que se configure el supuesto previsto en el penúltimo párrafo del artículo 19 del presente Reglamento.
b) En caso de sistema mixto o precios unitarios, cuando no señalen cualquiera de los datos referidos a precio unitario, unidad de medida, subtotal, gastos generales y utilidad, de ser el caso, o modifiquen u omitan alguna(s) de las partidas previstas en el formato incluido en las Bases.
DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS. 23.1 La descalificación de ofertas será total. Se declararán inadmisibles y no se tendrán en cuenta, las Ofertas que se encuentren en cualquiera de las situaciones siguientes:
a) No estar firmadas por el oferente o su representante legal el Formulario o carta de presentación de oferta;
DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS. 5.1 Las causales de descalificación son:
a) Incumplimiento a la Declaración Jurada del Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1);
b) Cuando la propuesta técnica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC;
c) Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta, en contratación con Precio Referencial mayor Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS),si esta hubiese sido requerida; salvo en servicios generales discontinuos;
d) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta o el depósito por este concepto, no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC;
e) Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta;
DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS. Se descalificará la propuesta del licitante que incurra en una o varias de las siguientes causales:
a) Si no cumple con alguno de los requisitos especificados en las Bases Rectoras de esta licitación, los que se deriven de los actos de la junta de aclaraciones o incurre en violaciones a la Ley de la Materia, que afecten la solvencia de las propuestas.
b) Si se comprueba que tiene acuerdo con otros licitantes para elevar el costo de los bienes licitados.
c) Si se encuentra dentro de los supuestos de los artículos 86 y 103 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Chihuahua.
d) La presentación de más de una oferta en su propuesta.
e) Si los precios que oferta se consideran como no aceptables según precio de referencia; o si los mismos superan el presupuesto autorizado para cada partida, o se encuentran por debajo del precio conveniente.
f) No cotizar la totalidad de los bienes requeridos en la partida.
DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS. 7.1 Las causales de descalificación son:
a) Incumplimiento a la declaración jurada del Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1);
b) Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC;
c) Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial;
d) Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta;
e) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta o el depósito por este concepto no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC;
DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS. La Comisión de Calificación procederá a descalificar las propuestas presentadas, por las siguientes causas:
DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS. La Comisión de Calificación procederá a descalificar las propuestas presentadas, por las siguientes causas:
a) Cuando el proponente hubiese omitido la presentación de cualquier documento requerido en el Pliego de Xxxxxxxxxxx, entendiéndose como omisión no sólo la falta de documentos, sino que cualquier documento presentado no cumpla con las condiciones de validez requeridas y no se considere error subsanable.
b) Si se verificase que estuviese en trámite o declarada la disolución o quiebra del proponente.
c) Cuando la propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones
d) Cuando la propuesta económica supere el presupuesto fijado para la contratación.