CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN. Los Proponentes serán descalificados por cualquiera de los siguientes motivos:
CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN. “LA CONVOCANTE”, habiendo recibido los documentos para su revisión detallada, podrá descalificar aquella proposición que: Incumpla con alguno de los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación, o se compruebe que “EL LICITANTE” ha acordado con otro u otros elevar el precio de los trabajos, o haya llegado a cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Presente incompleta la información u omita cualquier documento requerido en las bases de licitación. Incumpla las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por “LA CONVOCANTE”. Proponga alternativas que modifiquen lo establecido en las bases de licitación. Consigne datos sobre costos, precios o montos en alguno de los documentos de la propuesta técnica. Se ubique en alguno de los supuestos señalados en el artículo 51 de “LA LEY”. No cumpla en su documentación con los requisitos establecidos en estas bases de licitación. No acredite el capital contable requerido por “LA CONVOCANTE”, en la forma establecida en la fracción III del artículo 24 y lo indicado en la fracción VI del artículo 36 de “EL REGLAMENTO”. Introduzca documentos, trabajos o actividades que no correspondan a servicios similares a los que se licitan; introduzca personas que no estén consideradas para la realización de los trabajos; altere los niveles académicos , la participación de personas o en general los currículum del personal o de la empresa, todo ello con el propósito de incrementar la calificación y acumular un mayor número de puntos en la evaluación de la propuesta técnica. 00.Xx se adjudicará el contrato a la propuesta que obtuvo el mayor puntaje, si los precios de la misma, a juicio de la Dependencia, no son aceptables, en base a lo establecido en el primer párrafo del artículo 40 de “LA LEY” y último párrafo del articulo 43 de “EL REGLAMENTO”.
CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN. Serán causales de descalificación las siguientes:
CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN. Son causales de descalificación:
CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN. Se descalificará a los Licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: Que no cumplan con cualquiera de los requisitos o características establecidas en esta convocatoria o los que se deriven del Acto de Junta de Aclaraciones y, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la propuesta, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 36, de la Ley. Cuando se compruebe que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar el costo del servicio solicitado o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Cuando proporcionen información o documentación falsa y/o alterada. Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en el Artículo 50 de la Ley. Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, al Reglamento o a cualquier otro ordenamiento en la materia. Cuando no cotice el servicio conforme a las condiciones y características solicitadas en la presente convocatoria. Los que incurran en prácticas monopólicas absolutas de conformidad con el Artículo 9º de la Ley Federal de Competencia Económica y el correlativo Artículo 5º de su Reglamento o bien, en prácticas monopólicas relativas, de conformidad con el Artículo 10º de la Ley antes mencionada y sus correlativos 6º y 7º de su Reglamento.
CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN. Se eliminarán del concurso a las instituciones o consorcio de instituciones que incurran en cualquiera de las causales o situaciones siguientes:
CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN. Se descalificará a los licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: Que no cumplan con cualquiera de los requisitos o características establecidas en estas bases o los que se deriven del acto de aclaración de dudas que afecte la solvencia de las propuestas. Cuando se compruebe que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar el costo de los bienes solicitados. Cuando proporcionen información o documentación falsa y/o alterada. Cuando se compruebe que tiene cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 50 , fracción XXIV del articulo 31 y penúltimo párrafo del articulo 60 de la Ley. Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, al Reglamento o a cualquier otro ordenamiento en la materia. Cuando la Secretaría de Economía, determine mediante comunicado que alguno de los participantes en esta licitación hubiera contravenido el “Código Antidumpin”, del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, así como, el Reglamento contra practicas desleales de comercio internacional. Cuando el licitante nacional o extranjero no confirme por telefacsímil u otros medios de transmisión electrónica, dentro de los tres días hábiles siguientes al del acto de presentación y apertura de proposiciones, que la propuesta enviada a través de medios electrónicos corresponde al propio licitante.
CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN. IDIOMA O IDIOMAS EN QUE PODRÁN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES, LOS ANEXOS TÈCNICOS Y, EN SU CASO, LOS FOLLETOS QUE SE ACOMPAÑEN.
CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN. DECIMA SEGUNDA.- Se descalificará(n) al (los) licitante(s) en cualquiera de las etapas de la licitación que incurra(n) en alguno de los siguientes supuestos:
CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN. Los postores serán descalificados en los siguientes supuestos: Cuando no cumplan con presentar los documentos requeridos como obligatorios (entre ellos la Constancia de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores), no acrediten el cumplimiento de las especificaciones técnicas, no obtengan el puntaje mínimo para acceder a la evaluación de su propuesta económica o el monto ofertado se exceda de los topes máximos y mínimos del valor referencial consignado en cada ítem.