Common use of Desistimiento Clause in Contracts

Desistimiento. El desistimiento de la OFERTA durante el período en que está obligado a mantenerla, la negativa del ADJUDICATARIO a suscribir el CONTRATO DE ADHESIÓN o el incumplimiento de las obligaciones que el mismo debiera satisfacer en forma previa a la suscripción de aquél, facultará al FIDUCIARIO a proceder sin más a la ejecución de la referida garantía. 5.Efectos Si el OFERENTE desistiere de su OFERTA una vez vencidos los plazos en que rigiera su obligación de mantenerla, tal circunstancia no generará a favor del FIDUCIARIO derechos indemnizatorios, compensatorios y/o resarcitorios de ninguna naturaleza fundados en el retiro de la OFERTA. 6.Garantía de Mantenimiento de la Oferta La garantía de mantenimiento de la oferta se establece en la suma de PESOS DOS MILLONES. Las constancias y/o instrumentos que acrediten la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta deberán ser acompañadas en el SOBRE Nº 1. Su falta de presentación importará el rechazo de la Oferta. La garantía podrá ser constituida por alguna de las siguientes modalidades: 7.Formas de Constitución 1.Depósito de dinero: Mediante depósito en efectivo en la cuenta corriente en Pesos que indique el FIDUCIARIO. Dicha constitución de Garantía no devengará interés alguno. 2.Depósito en títulos: Mediante el depósito a nombre del FIDUCIARIO de la cantidad equivalente de títulos públicos nacionales o de la Provincia de Santa Fe si los hubiese. A los fines de cuantificar la cantidad de títulos públicos a depositar, deberá tenerse en cuenta el valor de realización de los mismos de acuerdo a la cotización que se obtenga de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires el día hábil anterior a aquel en el que deben presentarse las ofertas con más un veinte por ciento (20%).

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Samples: Contrato De Adhesión

Desistimiento. El desistimiento En aplicación del artículo 1878 del Código de Comercio, el pasajero podrá desistir del viaje antes de su iniciación, dando aviso al transportador con una anterioridad igual o mayor a ocho (8) días calendario entre el momento de su ejercicio oportuno y la fecha prevista para el inicio de la OFERTA durante prestación del servicio para operaciones nacionales. En caso de operaciones internacionales, el período en término será igual o mayor a quince (15) días calendario. En estos casos, el transportador o agencia de viajes, cuando corresponda y conforme con lo acordado, podrá retener un porcentaje de deducción de acuerdo con los reglamentos de la empresa que está obligado hayan sido aprobados por la Autoridad Aeronáutica. El porcentaje a mantenerlaretener por cuenta de transportador o del agente de viajes no podrá exceder del quince por ciento (15%) del valor del tiquete, salvo que se trate de tarifas promocionales debidamente registradas. En este último evento el reembolso se hará conforme a las condiciones de la tarifa promocional, sin que se pueda retener mas de la tercera parte del valor del tiquete. Las tarifas promocionales no podrán ser publicadas u ofrecidas, hasta tanto sus condiciones no sean registradas ante la oficina de transporte aéreo de la UAEAC. En caso de desistimiento, la negativa aerolínea o agencia que haya efectuado la venta del ADJUDICATARIO tiquete, dará orden de devolución de importe del tiquete a suscribir la entidad financiera correspondiente en un término no mayor a cinco (5) días hábiles siguiente a la solicitud del pasajero. Si el CONTRATO DE ADHESIÓN o reembolso se realiza por parte de la agencia de viajes como intermediario, la aerolínea correspondiente deberá a su vez reembolsar a la agencia a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la acreditación que esta haga del pago efectivo al pasajero. En los contratos para la prestación del servicio de transporte aéreo de pasajeros que se perfeccionen a través de los mecanismos de venta a que se refiere Decreto 1499 de 2014, se entenderá pactado el incumplimiento derecho de retracto en favor del adquirente del tiquete. El ejercicio del derecho estará sujeto a las siguientes reglas: El retracto deberá ser ejercido, a través de cualquier canal de atención del vendedor, dentro de las obligaciones que el mismo debiera satisfacer en forma previa cuarenta y ocho (48) horas corrientes siguientes a la suscripción operación de aquélcompra. El retracto solo podrá ser ejercido con una anterioridad igual o mayor a ocho (8) días calendario entre el momento de su ejercicio oportuno y la fecha prevista para el inicio de la prestación del servicio para operaciones nacionales. En caso de operaciones internacionales, facultará al FIDUCIARIO el término será igual o mayor a proceder sin más quince (15) días calendario. Ejercido el derecho de retracto, el adquirente del tiquete tendrá derecho a recibir el reintegro de lo pagado en un plazo no mayor a quince (15) días calendario. Si el reintegro se realiza por parte de la agencia de viajes como intermediario, la aerolínea correspondiente deberá a su vez reembolsar a la ejecución agencia a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la referida garantía. 5.Efectos Si el OFERENTE desistiere de su OFERTA una vez vencidos los plazos en acreditación que rigiera su obligación de mantenerla, tal circunstancia no generará a favor esta haga del FIDUCIARIO derechos indemnizatorios, compensatorios y/o resarcitorios de ninguna naturaleza fundados en el retiro de la OFERTA. 6.Garantía de Mantenimiento de la Oferta La garantía de mantenimiento de la oferta se establece en la suma de PESOS DOS MILLONES. Las constancias y/o instrumentos que acrediten la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta deberán ser acompañadas en el SOBRE Nº 1. Su falta de presentación importará el rechazo de la Ofertapago efectivo al pasajero. La garantía aerolínea, de acuerdo con las condiciones previamente estipuladas y aprobadas por la autoridad aeronáutica, podrá retener hasta el cinco por ciento (5%) del valor del tiquete. Cuando se trate de tarifas promocionales debidamente registradas ante la autoridad aeronáutica, la retención no podrá ser constituida superior al quince por alguna ciento (15%) del valor del tiquete. El transportador debe garantizar el cumplimiento de los planes de viajero frecuente y demás promociones ofrecidas al pasajero, que sean legalmente permitidas. En estos casos primarán las condiciones especiales de las siguientes modalidades: 7.Formas de Constitución 1.Depósito de dinero: Mediante depósito en efectivo en la cuenta corriente en Pesos tarifas promocionales que indique el FIDUCIARIO. Dicha constitución de Garantía no devengará interés alguno. 2.Depósito en títulos: Mediante el depósito a nombre del FIDUCIARIO de la cantidad equivalente de títulos públicos nacionales o de la Provincia de Santa Fe si los hubiesehayan sido registradas. A los fines efectos de cuantificar esta norma, se consideran programas de viajero frecuente, los ofrecidos por las aerolíneas como estrategia de mercadeo para estimular la cantidad fidelidad de títulos públicos sus clientes, permitiéndoles acumular millas a depositarmedida que viajen en los vuelos de dicha aerolínea o mediante el uso de otros servicios previamente definidos, las cuales podrían ser utilizadas en la adquisición de tiquetes para viajes posteriores en las rutas que ellas ofrecen. Las promociones ofrecidas deben ser absolutamente claras y sus tarifas aéreas debidamente registradas, debiendo cumplirse a cabalidad con lo anunciado Las tarifas promocionales no podrán ser publicadas u ofrecidas, hasta tanto sus condiciones no sean registradas ante la Oficina de Transporte Aéreo de la UAEAC. El incumplimiento de lo acá previsto, con independencia de las eventuales sanciones que pueda generar, implicará que para la referida tarifa no se habilitará retención alguna de valor del tiquete en caso de desistimiento o retracto del pasajero. El ofrecimiento de las tarifas promocionales a través de métodos o canales no tradicionales o a distancia, deberá tenerse ser expreso y estar acompañado de las condiciones en cuenta las que procede el desistimiento o retracto del viaje, en particular, el plazo para comunicarlo a la empresa o aerolínea y la correspondiente deducción de los costos involucrados. En estos casos, la confirmación de la aceptación del pasajero de lo relacionado con valor, ruta y horarios deberá hacerse a través de una doble aceptación (doble click), cuando se trata de plataforma internet o de confirmación expresa previa lectura del resumen de las condiciones de la transacción cuando se trate de ventas realizadas a través de call center. Previo a la segunda aceptación se debe garantizar que al adquirente del tiquete se ha informado acerca de el valor total de realización el (los) tiquete (s) elegido (s) incluido tasas e impuestos a que haya lugar, la ruta (lugar de los mismos origen y destino), clase, fechas y horas concretas del vuelo, valor total de acuerdo a la cotización que se obtenga las deducciones en caso de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires el día hábil anterior a aquel ejercer las facultades consagradas en el que deben presentarse artículo 3.10.1.8, así como las ofertas con más un veinte por ciento (20%)eventuales condiciones para realizar cambio de tiquete”.

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Samples: www.viajesagentur.com

Desistimiento. El desistimiento De conformidad con las disposiciones contempladas en la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre Comercialización a Distancia de Servicios Finan- cieros destinados a los Consumidores, en el caso de que el Usuario sea una persona física, podrá desistir del contrato del servicio ARQUIA RED sin necesidad de alegar causa alguna, en el plazo máximo de 14 días naturales desde el día de celebración del mismo, debiendo a tal efecto comunicarlo a Caja de Arquitectos antes de que finalice el plazo indi- cado anteriormente, mediante correo electrónico dirigido a la dirección siguiente: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx o bien por un procedimiento que permita dejar constancia de la OFERTA durante notificación de cualquier modo admitido en Derecho dirigido al domicilio social de Caja de Arquitectos. En tal caso, el período en que está Usuario vendrá obligado a mantenerlaabonar el importe del servicio financiero efectivamente prestado por Caja de Arquitectos hasta el momento del desistimiento. Por su parte, la negativa Caja de Arquitectos devolverá las cantidades que haya podido recibir del ADJUDICATARIO a suscribir el CONTRATO DE ADHESIÓN o el incumplimiento Usuario, con excepción de las obligaciones ya indicadas que correspondan a la parte proporcional del servicio prestado. Ambas partes deberán restituirse respectivamente las cantidades entregadas a cuenta por la otra parte en un plazo máximo de 30 días. No obstante, no será de aplicación lo dispuesto anteriormente sobre el desistimiento si el contrato de ARQUIA RED se ejecutase en su totalidad por ambas partes, a solicitud del Usuario, antes de que finalice el plazo de 14 días. Tampoco será de aplicación el derecho de desistimiento en aquellos contratos expresamente excluidos en el artículo 10 de la indi- cada Ley 22/2007, de 11 de julio, y cuya enumeración queda recogida en la información previa proporcionada al Usuario. En el caso que el mismo debiera satisfacer en forma previa a la suscripción Usuario no ejerza el derecho de aquél, facultará al FIDUCIARIO a proceder sin más a la ejecución de la referida garantía. 5.Efectos Si el OFERENTE desistiere de su OFERTA una vez vencidos los plazos en que rigiera su obligación de mantenerla, tal circunstancia no generará a favor del FIDUCIARIO derechos indemnizatorios, compensatorios y/o resarcitorios de ninguna naturaleza fundados desistimiento en el retiro de la OFERTA. 6.Garantía de Mantenimiento de la Oferta La garantía de mantenimiento de la oferta plazo indicado, éste se establece en la suma de PESOS DOS MILLONES. Las constancias y/o instrumentos que acrediten la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta deberán ser acompañadas en el SOBRE Nº 1. Su falta de presentación importará el rechazo de la Oferta. La garantía podrá ser constituida por alguna de las siguientes modalidades: 7.Formas de Constitución 1.Depósito de dinero: Mediante depósito en efectivo en la cuenta corriente en Pesos que indique el FIDUCIARIO. Dicha constitución de Garantía no devengará interés alguno. 2.Depósito en títulos: Mediante el depósito a nombre del FIDUCIARIO de la cantidad equivalente de títulos públicos nacionales o de la Provincia de Santa Fe si los hubiese. A los fines de cuantificar la cantidad de títulos públicos a depositar, deberá tenerse en cuenta el valor de realización de los mismos de acuerdo a la cotización que se obtenga de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires el día hábil anterior a aquel en el que deben presentarse las ofertas con más un veinte por ciento (20%)entenderá caducado y sin efecto.

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Samples: Contrato Del Servicio De Banca en Línea Arquia Red

Desistimiento. El cliente tiene derecho a desistir del contrato dentro de los CATORCE (14) días naturales siguientes a la recepción del artículo. Para la formalización del desistimiento el cliente deberá entrar en su área personal en el plazo indicado y rellenar el formulario de devoluciones, junto con el detalle de los artículos. Un mensajero pasará a buscar su pedido lo antes posible sin ningún coste. Formalizado el desistimiento y devuelto el artículo junto con su embalaje original, se procederá a la OFERTA durante devolución del importe en el período plazo más breve posible, y en todo caso, en los catorce días naturales siguientes al momento en que está obligado a mantenerlaARISTOCRAZY haya tenido conocimiento del desistimiento del cliente. Se le devolverán todos los pagos recibidos, la negativa del ADJUDICATARIO a suscribir el CONTRATO DE ADHESIÓN o el incumplimiento incluidos los gastos de las obligaciones que el mismo debiera satisfacer en forma previa a la suscripción de aquél, facultará al FIDUCIARIO a proceder sin más a la ejecución de la referida garantía. 5.Efectos Si el OFERENTE desistiere de su OFERTA una vez vencidos los plazos en que rigiera su obligación de mantenerla, tal circunstancia no generará a favor del FIDUCIARIO derechos indemnizatorios, compensatorios y/o resarcitorios de ninguna naturaleza fundados en el retiro de la OFERTA. 6.Garantía de Mantenimiento de la Oferta La garantía de mantenimiento de la oferta se establece en la suma de PESOS DOS MILLONES. Las constancias y/o instrumentos que acrediten la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta deberán ser acompañadas en el SOBRE Nº 1. Su falta de presentación importará el rechazo de la Oferta. La garantía podrá ser constituida por alguna de las siguientes modalidades: 7.Formas de Constitución 1.Depósito de dinero: Mediante depósito en efectivo en la cuenta corriente en Pesos que indique el FIDUCIARIO. Dicha constitución de Garantía no devengará interés alguno. 2.Depósito en títulos: Mediante el depósito a nombre del FIDUCIARIO de la cantidad equivalente de títulos públicos nacionales o de la Provincia de Santa Fe entrega si los hubiese. El medio utilizado para la devolución será el mismo por el que se realizó el pago. El cliente recibirá el formulario de desistimiento con su pedido pero por si lo necesitase la información que debe contener es la siguiente. ● A la atención de ARISTOCRAZY X/ Xxx Xxxxxxx, nº 8 - 11ª plta., deps. 1 y 2. Xxxxxxxx Xxxxx. 00000 - Xxxxxx. ● Por la presente le comunico que desisto de nuestro contrato de venta (datos del pedido) del siguiente/s productos: (descripción tal y como aparece en la página web) ● Pedido el…… y recibido el… ● Nombre del cliente: ● Domicilio del cliente: ● Firma del cliente: (solo si el presente formulario se presenta en papel) ● Fecha: ARISTOCRAZY ofrece a sus clientes productos y servicios de la más alta calidad. El oro utilizado para la fabricación de las piezas es de primera ley de 750 milésimas (18 quilates), la plata de primera ley de 925 milésimas, el platino de primera ley 950 milésimas. ARISTOCRAZY compra directamente los fines diamantes en el lugar de cuantificar la cantidad origen. Los diamantes ARISTOCRAZY van acompañados de títulos públicos a depositar, deberá tenerse en cuenta su certificado GIA y se cumplen las condiciones del “Tratado xx Xxxxxxxxx” (sistema de certificación para el valor de realización comercio internacional de los mismos diamantes no procedentes de acuerdo países en conflicto). Dadas las especiales características de los productos comercializados por ARISTOCRAZY en su sitio web, existen ligeras diferencias entre cada producto o servicio adquirido, debido, fundamentalmente, en la singularidad y exclusividad de todos y cada uno de los materiales y piedras utilizados en su confección que es, además, en gran medida, artesanal. Por ello, no hay dos productos o servicios ARISTOCRAZY exactamente iguales y, en todo caso, es inevitable que el producto entregado al cliente difiera ligeramente del mostrado en las fotografías incluidas en el proceso de compra del sitio web (incluso aunque hubiera sido el mismo). En ningún caso, estas diferencias implicarán la entrega de productos o servicios con peor calidad de materiales que los mencionados expresamente en el Portal. Asimismo, el cliente queda informado y es consciente de que el tamaño de las fotografías contenidas en el Portal no se corresponde con el tamaño real de los productos ARISTOCRAZY ofrecidos. Por ello, el cliente queda informado y consiente expresamente a estas circunstancias y diferencias, sin que las mismas puedan ser causa de resolución del Contrato. En todo caso, sin perjuicio de lo establecido al comienzo del apartado, los productos ARISTOCRAZY adquiridos por el cliente mediante el procedimiento de compra establecido en el SITIO WEB cuentan con la cotización garantía legal propia de los bienes al consumo, esto es, su conformidad con su descripción en el SITIO WEB y con estas Condiciones Particulares. XXXXXXXXXXX responde de las faltas de conformidad que se obtenga manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. El consumidor deberá informar al vendedor de la Bolsa falta de Comercio de Buenos Aires el día hábil anterior a aquel conformidad en el plazo de dos meses desde que deben presentarse las ofertas con más tuvo conocimiento de ella. El incumplimiento de dicho plazo no supondrá la pérdida del derecho al saneamiento que corresponda, siendo responsable el cliente, no obstante, de los daños o perjuicios efectivamente ocasionados por el retraso en la comunicación. En todo caso, queda excluida la garantía relativa a aquellos desperfectos ocasionados por un veinte uso inadecuado, así como en general todas aquellas excluidas por ciento (20%)la legislación de la Unión Europea vigente.

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Samples: www.aristocrazy.com

Desistimiento. El desistimiento empleador podrá desistir de la OFERTA durante relación laboral en cualquier momento de la misma, sin necesidad de argumentar causa alguna. Los requisitos que debe cumplir el período empleador, y que han variado con la nueva normativa, son los siguientes: o Comunicación y preaviso: El empleador deberá comunicar a la persona empleada de hogar su voluntad de desistir de la relación laboral. La comunicación debe realizarse obligatoriamente por escrito (con la anterior normativa no era necesaria su realización por escrito, pues no se hacía referencia algún al respecto) donde conste de forma clara e inequívoca la voluntad de desistir. Por su parte, el plazo de preaviso será de 20 días, cuando la duración de la relación laboral fuese superior al año, reduciéndose a 7 días, en el caso de no superarlo. Además, siempre que está obligado a mantenerlase trate de jornada completa, la negativa del ADJUDICATARIO persona empleada tiene derecho a suscribir el CONTRATO DE ADHESIÓN 6 horas a la semana para buscar un nuevo trabajo o el incumplimiento Indemnización: Además de las obligaciones que la comunicación de desistir, se debe indemnizar a quien presta los servicios. Esta indemnización ha sido mejorada con la nueva normativa, ascendiendo la misma a 12 días naturales xx xxxxxxx por año de servicio con un máximo de seis mensualidades, consistiendo la misma con la anterior normativa en, tan solo, 7 días. El despido disciplinario, deberá notificarse a la persona empleada de forma escrita, donde se justifique el mismo debiera satisfacer en forma previa a la suscripción de aquél, facultará al FIDUCIARIO a proceder sin más a la ejecución de la referida garantía. 5.Efectos Si el OFERENTE desistiere de su OFERTA una vez vencidos los plazos en que rigiera su obligación de mantenerla, tal circunstancia no generará a favor del FIDUCIARIO derechos indemnizatorios, compensatorios y/o resarcitorios de ninguna naturaleza fundados en el retiro de la OFERTA. 6.Garantía de Mantenimiento de la Oferta La garantía de mantenimiento de la oferta se establece en la suma de PESOS DOS MILLONES. Las constancias y/o instrumentos que acrediten la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta deberán ser acompañadas en el SOBRE Nº 1. Su falta de presentación importará el rechazo de la Oferta. La garantía podrá ser constituida por argumentando alguna de las siguientes modalidades: 7.Formas de Constitución 1.Depósito de dinero: Mediante depósito en efectivo causas que recoge el artículo 54 del ET, así como, especificando la fecha en la cuenta corriente cual surtirá efectos el despido. Asimismo, la elección por el despido podrá desembocar en Pesos su declaración como procedente o improcedente. o Despido procedente: En el caso de que indique el FIDUCIARIOdespido sea procedente, la persona empleada de hogar no tendrá derecho a indemnización alguna y se dará por finalizada la relación laboral. Dicha constitución de Garantía no devengará interés alguno. 2.Depósito en títuloso Despido improcedente: Mediante La declaración judicial del despido como improcedente supondrá que el depósito a nombre del FIDUCIARIO de la cantidad equivalente de títulos públicos nacionales o de la Provincia de Santa Fe si los hubiese. A los fines de cuantificar la cantidad de títulos públicos a depositar, empleador deberá tenerse en cuenta el valor de realización de los mismos de acuerdo abonar a la cotización persona empleada de hogar una indemnización de 20 días naturales por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades, manteniéndose así, la misma cuantía que recogía el anterior RD 1424/1985, siendo ésta, considerablemente inferior a la indemnización regulada para la relación laboral común12. Existe una salvedad referente al despido disciplinario, respecto del que se obtenga regula para el resto de relaciones laborales. Concretamente, consiste en la Bolsa imposibilidad de Comercio declarar el despido como nulo. Es decir, en la relación laboral común, cuando el despido es declarado nulo, la persona trabajadora tiene la posibilidad de Buenos Aires optar, bien por la indemnización o bien por la readmisión a su puesto de trabajo. Sin embargo, en esta relación laboral, debido al propio lugar de prestación de servicios es el día hábil anterior hogar familiar, no cabe la posibilidad de optar por la readmisión a aquel su puesto de trabajo, ya que podría provocar situaciones conflictivas13, por lo que, en el que deben presentarse las ofertas con más un veinte estos casos, la persona empleada de hogar solo podrá optar por ciento (20%)coger la indemnización oportuna.

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Samples: tauja.ujaen.es