Desplazamientos. 1. Tendrán la consideración de desplazamientos aquellos supuestos de movilidad geográfica de naturaleza individual que tengan lugar dentro de los límites fijados legalmente, estándose en cuanto a su regulación a lo previsto en el art. 40.4 y 5 del Estatuto de los Trabajadores. Los desplazamientos, requerirán la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
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Samples: Convenio Colectivo General De Ámbito Estatal, www.ccoo-servicios.es
Desplazamientos. 1. Tendrán la consideración de desplazamientos aquellos supuestos de movilidad geográfica de naturaleza individual que tengan lugar dentro de los límites fijados legalmente, estándose en cuanto a su regulación a lo previsto en el art. 40.4 y 5 del Estatuto de los Trabajadores. Los desplazamientos, requerirán la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
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Samples: Convenio Colectivo General De Ámbito Estatal, Convenio Colectivo General De Ámbito Estatal
Desplazamientos. 1. Tendrán la consideración de desplazamientos aquellos supuestos de movilidad geográfica de naturaleza individual que tengan lugar dentro de los límites fijados legalmente, estándose en cuanto a su regulación a lo previsto en el art. 40.4 y 5 del Estatuto de los Trabajadores. Los desplazamientos, requerirán la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, o contrataciones referidas a la actividad de la empresa.
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Desplazamientos. 1. Tendrán la consideración de desplazamientos aquellos supuestos de movilidad geográfica de naturaleza individual que tengan lugar dentro de los límites fijados legalmente, estándose en cuanto a su regulación a lo previsto en el art. artículo 40.4 y 5 del Estatuto de los Trabajadores. Los desplazamientos, requerirán la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
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Desplazamientos. —1. Tendrán la consideración de desplazamientos aquellos supuestos de movilidad geográfica de naturaleza individual que tengan lugar dentro de los límites fijados legalmente, estándose en cuanto a su regulación a lo previsto en el art. 40.4 y 5 del Estatuto de los Trabajadores. Los desplazamientos, requerirán la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
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Samples: Convenio Colectivo Nacional Para Entidades De Seguros, Reaseguros Y Mutuas De Accidentes De Trabajo
Desplazamientos. 1. Tendrán la consideración de desplazamientos aquellos supuestos de movilidad geográfica de naturaleza individual que tengan lugar dentro de los límites fijados legalmente, estándose en cuanto a su regulación a lo previsto en el art. 40.4 y 5 40.6 del Estatuto de los Trabajadores. Los desplazamientos, requerirán la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción., o contrataciones referidas a la actividad de la empresa. cve: BOE-A-2017-11523 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
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Desplazamientos. 1. Tendrán la consideración de desplazamientos aquellos supuestos de movilidad geográfica de naturaleza individual que tengan lugar dentro de los límites fijados legalmente, estándose en cuanto a su regulación a lo previsto en el art. 40.4 y 5 40.6 del Estatuto de los Trabajadores. Los desplazamientos, requerirán la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, o contrataciones referidas a la actividad de la empresa.
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