DISPOSICIONES DEROGATORIAS. PROPUESTA AENA V CONVENIO.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS. Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
DISPOSICIONES DEROGATORIAS. Se dejan sin efecto las Normas de Convivencia anteriores. En caso de cambio o modificación en los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria, se debe notificar de inmediato al Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Baruta, del Estado Miranda. • Características de la Educación de la Compañía de Xxxxx. XXXXXXXXXX, Xxxxx-Xxxx. CERPE, Xxxxxxx, 0000. • ChristifidelesLaici. XXXX XXXXX XX, 0000. • Cuadernos para la Reforma Educativa Venezolana. ESTUDIOS, Xxxxxx-XXXXX. • Educación y futuro nacional. CONFERENCIA XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, Xxxxxxx, 0000. • Guía para la elaboración de las Normas de convivencia Escolar.Consejo Municipal de Derechos xxx Xxxx, Xxxx y Adolescentes. Baruta • Ideario Mater Salvatoris, Madrid, 1980. • GravissimumEducationis. VATICANO II. • Lineamientos Educativos de la Compañía xxx Xxxxxxxx. Reflexiones y sugerencias periódicas. • Proyecto Educativo. XXXX. Xxxxxxx, 0000. • Reglamento Interno del Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx. Xxxxxxx, 0000. • Educar juntos en la Escuela Católica. Misión compartida de personas consagradas y fieles laicos. Congregación para la Educación Católica. 2007 • La Escuela Católica en el tercer Milenio. 1997 • Nuevo Manual del Supervisor, Director y Xxxxxxx. Xxxxxxx, 0000 • Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), 2010 • Ley Orgánica de Educación (LOE), 2009
DISPOSICIONES DEROGATORIAS. Se derogan los artículos 88 a 98, 100 a 120 y 122 de la Ley de la Administración Financiera de la República, Nº 1279 del 2 xx xxxx de 1951; el artículo 80 del Código Municipal Nº 4574 del 4 xx xxxx de 1970; el artículo 7º de la Ley de Modernización del Sistema Financiero de la República, Nº 7107 del 4 de noviembre de 1988; el artículo 9º de la Ley Nº 3226 del 28 de octubre de 1963; el artículo 193 de la Ley General de la Administración Pública, ley Nº 6227 del 2 xx xxxx de 1978, Ley Nº 5501 del 7 xx xxxx de 1974 y la Ley de Beneficios Legales en Ajustes de Precios en la Contratación Administrativa, Nº 5518 del 7 xx xxxx de 1974. ( Así corregido por Fe de Erratas publicada en "La Gaceta" Nº 120 del 23 xx xxxxx de 1995).
DISPOSICIONES DEROGATORIAS. BOCM-20211119-16
DISPOSICIONES DEROGATORIAS. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS. Disp. Derog
DISPOSICIONES DEROGATORIAS. PRIMERA.- Deróguese la Resolución N°. 172, en lo pertinente al sector de alojamiento, la cual fue emitida por la Corporación Ecuatoriana de Turismo el 24 de noviembre de 1989.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS. PRIMERA.- Deróguese todos los cuerpos legales de igual o menor jerarquía que se opongan a la presente Resolución, que expide lo reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Servicio Nacional de Contratación Pública -SERCOP.. DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIONES DEROGATORIAS. PRIMERA.- Déjese sin efecto los siguientes Oficios Circulares: - Oficio No. 003 de 28 de diciembre de 2017. - Oficio Circulares No. MDT-DSG-2018-0017- CIRCULAR y MDT-DSG- 2018-0018-CIRCULAR, de 25 xx xxxxx de 2018. - Oficios Circulares No. MDT-DSG-2018-0019; Nro. MDT-MDT-2018-0506 Nro. MDT-MDT-2018-0507 y MDT-MDT-2018-0508, de 29 xx xxxxx de 2018. CIRCULAR, de 18 de julio de 2018. - Oficio Circular No. MDT-DSG-2018-0045- CIRCULAR, de 23 de octubre de 2018. Dado en la ciudad de San Xxxxxxxxx de Quito, Distrito Metropolitano, a los 02 de enero de 2019.