Common use of Disposiciones diversas Clause in Contracts

Disposiciones diversas. El suministro de energía eléctrica, así como el abastecimiento de agua que sea necesario para la ejecución de la obra, será de cuenta, riesgo y responsabilidad del contratista. El costo de todas las pruebas de control de calidad que sean necesarias efectuar para comprobar la correcta ejecución de los trabajos, correrá por cuenta del contratista y serán solicitados por el supervisor o inspector, según corresponda y las veces que sea necesario. Las pruebas de control solicitadas por la Inspección o Supervisión deberán ser propias de la obra y serán realizadas en un laboratorio de reconocido prestigio y respaldo técnico tales como Universidad Nacional de Ingeniería, SENCICO, CISMID, Universidad Católica del Perú. El contratista está obligado a colocar los carteles de la obra según diseño y medidas proporcionados por la Entidad, dentro de los 15 días de iniciada la Obra. Toda documentación o trámite (referido a Valorizaciones, Adicionales de obra. Ampliación de plazo, Reducción de obra, Liquidaciones, Recursos Impugnativos, etc.) dirigida a La Entidad respecto a la obra por el contratista, deberá ser suscrita por el representante legal de la Empresa Contratista, adicionándose la firma del Residente de Obra en los documentos estrictamente técnicos que los acompañan como sustento, con excepción de Ampliaciones de Plazo que deben ser dirigidas al Inspector o Supervisor de la Obra. Entiéndase como representante legal de la empresa contratista aquella persona que suscribió el contrato o aquella que es nombrada y comunicada a la entidad por la empresa contratista como su representante legal, quienes deberán actuar premunidos de los respectivos poderes. En caso de producirse incumplimiento de pago respecto de las obligaciones de orden laboral por parte de EL CONTRATISTA, derivadas de la ejecución de la obra , La Entidad hará de conocimiento de estos hechos al CONSUCODE, para la evaluación respectiva y sanción a que hubiere lugar.

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Samples: Contrato De Ejecución De Obra, Contrato De Ejecución De Obra

Disposiciones diversas. Ambas partes reconocen que el presente contrato se origina del un proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva por lo que la presente cláusula prevalece sobre las demás en cuento no la contradigan. INCUMPLIMIENTO DE RESOLUCIÓN.- Si Arrendador incumple todas o algunas de las obligaciones asumidas en virtud del presente documento contractual, o en caso transcurra el plazo moratorio de alguna obligación, TANS efectuará el requerimiento mediante Carta Notarial para que la satisfaga en un plazo xx xxxx (10) días, bajo apercibimiento de que el contrato quede resuelto de pleno derecho. Si vencido el plazo señalado en el punto anterior, persistiera el incumplimiento, TANS mediante la Carta Notarial resolverá el Contrato, reservándose el derecho de iniciar las acciones legales por daños y perjuicios, y otras a que hubiere lugar. Sin perjuicio de lo anteriormente mencionado, TANS podrá unilateral y alternativamente resolver el presente contrato, sin responsabilidad para las partes. En este último caso, el contrato queda resuelto de pleno derecho desde su comunicación al Arrendador y TANS procederá a pagar al Arrendador lo efectivamente ejecutado, con lo que el contrato se entiende liquidado, conforme lo señala el artículo 42° del TUO de la Ley N° 26850 CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR .- El suministro incumplimiento de energía eléctricaparte del Arrendador, así de cualquier obligación estipulada en el presente Contrato, será dispensado por TANS, siempre y cuando provenga de caso Fortuito o de Fuerza Mayor debidamente comprobado. Por caso Fortuito se entiende a los actos de la naturaleza como inundaciones, tempestades, maremotos, terremotos y otros análogos. Por causa de Fuerza Mayor se entiende: huelgas, paros, incendios, explosiones, actos terroristas o cualquier otra causa similar o distintas a aquellas especificadas aquí y que estén fuera del control razonable y no puedan se previstas. EL Arrendador deberá comunicar por escrito a TANS la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de producido el abastecimiento impedimento, en caso contrario, no será aplicable la causa invocada. En tal caso, deberá reiniciar el cumplimiento de agua las obligaciones contractuales, dentro de las VEINTICUATRO (24) horas siguientes al cese de la causa que sea necesario motivó el impedimento. DECLARACIÓN JURADA .- EL Arrendador declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente Contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento, de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 122º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. PRESTACIONES ADICIONALES HASTA EL 15% .- TANS podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de la obraprestaciones adicionales hasta por el quince por ciento (15%) del monto total del contrato, será de cuenta, riesgo y responsabilidad del contratista. El costo de todas las pruebas de control de calidad siempre que sean necesarias efectuar indispensables para comprobar alcanzar la correcta ejecución de los trabajosfinalidad del contrato. Asimismo, correrá por cuenta del contratista y serán solicitados podrá reducir servicios hasta por el supervisor mismo porcentaje. EL Arrendador podrá solicitar la ampliación del plazo pactado por atrasos y/o inspectorparalizaciones ajenos a su voluntad, según corresponda atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a TANS, y las veces por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados que sea necesariomodifiquen el calendario contractual. Las pruebas de control solicitadas por la Inspección o Supervisión deberán ser propias discrepancias respecto de la obra y serán realizadas en un laboratorio de reconocido prestigio y respaldo técnico tales como Universidad Nacional de Ingeniería, SENCICO, CISMID, Universidad Católica del Perú. El contratista está obligado a colocar los carteles procedencia de la obra según diseño y medidas proporcionados por ampliación del plazo se resuelven de conformidad con el procedimiento establecido en el inciso b) del Artículo 41° del TUO de la EntidadLey N° 26850. PRESTACIONES ADICIONALES HASTA EL 30% .- Ambas partes declaran que, salvo el caso de las situaciones previstas en el Artículo 119° del Reglamento del TUO de la Ley N° 26850, dentro de los 15 días tres (3) meses posteriores al vencimiento del plazo contractual, TANS podrá contratar complementariamente con el mismo el Arrendador los mismos servicios, por única vez y en tanto se realice el proceso de iniciada la Obra. Toda documentación o trámite selección que corresponda, hasta por un máximo de treinta por ciento (referido a Valorizaciones30%) adicional al monto del contrato original, Adicionales de obra. Ampliación de plazo, Reducción de obra, Liquidaciones, Recursos Impugnativos, etc.) dirigida a La Entidad respecto siempre que se trate del mismo servicio y el Arrendador preserve las condiciones que dieron lugar a la obra por el contratista, deberá ser suscrita por el representante legal de la Empresa Contratista, adicionándose la firma del Residente de Obra en los documentos estrictamente técnicos que los acompañan como sustento, con excepción de Ampliaciones de Plazo que deben ser dirigidas al Inspector o Supervisor de la Obra. Entiéndase como representante legal de la empresa contratista aquella persona que suscribió el contrato o aquella que es nombrada y comunicada a la entidad por la empresa contratista como su representante legal, quienes deberán actuar premunidos de los respectivos poderes. En caso de producirse incumplimiento de pago respecto de las obligaciones de orden laboral por parte de EL CONTRATISTA, derivadas de la ejecución de la obra , La Entidad hará de conocimiento de estos hechos al CONSUCODE, para la evaluación respectiva y sanción a que hubiere lugarcontratación.

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Samples: Contrato De Arrendamiento De Aeronave

Disposiciones diversas. El suministro de energía eléctrica, así como el abastecimiento de agua que sea necesario para la ejecución de la obra, será de cuenta, riesgo y responsabilidad del contratista. El costo de todas las pruebas de control de calidad que sean necesarias efectuar para comprobar la correcta ejecución de los trabajos, correrá por cuenta del contratista de EL CONTRATISTA y serán solicitados por el supervisor o inspector, según corresponda y las veces que sea necesario. Las pruebas de control solicitadas por la Inspección o Supervisión deberán ser propias de la obra y serán realizadas en un laboratorio de reconocido prestigio y respaldo técnico tales como Universidad Nacional de Ingeniería, SENCICO, CISMID, Universidad Católica del Perú. El contratista está obligado a colocar los carteles de la obra según diseño y medidas proporcionados por la Entidad, dentro de los 15 días de iniciada la Obra. Toda documentación o trámite (referido a Valorizaciones, Adicionales de obra. Ampliación de plazo, Reducción de obra, Liquidaciones, Recursos Impugnativos, etc.) ), dirigida a La Entidad LA ENTIDAD respecto a la obra por el contratistaEL CONTRATISTA, deberá ser suscrita por el representante legal de la Empresa Contratista, adicionándose la firma del Residente de Obra en los documentos estrictamente técnicos que los acompañan como sustento, con excepción de Ampliaciones de Plazo que deben ser dirigidas al Inspector o Supervisor de la Obra. Entiéndase como representante legal Representante Legal de la empresa contratista aquella persona que suscribió el contrato o aquella que es nombrada y comunicada a la entidad por la empresa contratista como su representante legalRepresentante Legal, quienes deberán actuar premunidos de los respectivos poderes. Todos los documentos y solicitudes descritas en líneas precedentes por EL CONTRATISTA deberá presentarlo en forma directa al Inspector de Obra o a la Sub Gerencia de Obras de la Gerencia de Infraestructura y Obras, sótano xxx xxxxxxx municipal; caso contrario no serán computados los días que transcurran desde su presentación a la mesa de partes de LA ENTIDAD hasta su ingreso a la Sub Gerencia de Obras. En caso de producirse incumplimiento de pago respecto de las obligaciones de orden laboral por parte de EL CONTRATISTA, derivadas de la ejecución de la obra obra, La Entidad LA ENTIDAD hará de conocimiento de estos hechos al CONSUCODE, para la evaluación respectiva y sanción a que hubiere lugar.

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Samples: Contrato Ejecucion De Obra Enchapado Piscina Cherrepe

Disposiciones diversas. Ambas partes reconocen que el presente contrato se origina del un proceso de selección de concurso público por lo que la presente cláusula prevalece sobre las demás en cuento no la contradigan. INCUMPLIMIENTO DE RESOLUCIÓN.- Si Arrendador incumple todas o algunas de las obligaciones asumidas en virtud del presente documento contractual, o en caso transcurra el plazo moratorio de alguna obligación, TANS efectuará el requerimiento mediante Carta Notarial para que la satisfaga en un plazo xx xxxx (10) días, bajo apercibimiento de que el contrato quede resuelto de pleno derecho. Si vencido el plazo señalado en el punto anterior, persistiera el incumplimiento, TANS mediante la Carta Notarial resolverá el Contrato, reservándose el derecho de iniciar las acciones legales por daños y perjuicios, y otras a que hubiere lugar. Sin perjuicio de lo anteriormente mencionado, TANS podrá unilateral y alternativamente resolver el presente contrato, sin responsabilidad para las partes. En este último caso, el contrato queda resuelto de pleno derecho desde su comunicación al Arrendador y TANS procederá a pagar al Arrendador lo efectivamente ejecutado, con lo que el contrato se entiende liquidado, conforme lo señala el artículo 42° del TUO de la Ley N° 26850 CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR .- El suministro incumplimiento de energía eléctricaparte del Arrendador, así de cualquier obligación estipulada en el presente Contrato, será dispensado por TANS, siempre y cuando provenga de caso Fortuito o de Fuerza Mayor debidamente comprobado. Por caso Fortuito se entiende a los actos de la naturaleza como inundaciones, tempestades, maremotos, terremotos y otros análogos. Por causa de Fuerza Mayor se entiende: huelgas, paros, incendios, explosiones, actos terroristas o cualquier otra causa similar o distintas a aquellas especificadas aquí y que estén fuera del control razonable y no puedan se previstas. EL Arrendador deberá comunicar por escrito a TANS la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de producido el abastecimiento impedimento, en caso contrario, no será aplicable la causa invocada. En tal caso, deberá reiniciar el cumplimiento de agua las obligaciones contractuales, dentro de las VEINTICUATRO (24) horas siguientes al cese de la causa que sea necesario motivó el impedimento. DECLARACIÓN JURADA .- EL Arrendador declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente Contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento, de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 122º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. PRESTACIONES ADICIONALES HASTA EL 15% .- TANS podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de la obraprestaciones adicionales hasta por el quince por ciento (15%) del monto total del contrato, será de cuenta, riesgo y responsabilidad del contratista. El costo de todas las pruebas de control de calidad siempre que sean necesarias efectuar indispensables para comprobar alcanzar la correcta ejecución de los trabajosfinalidad del contrato. Asimismo, correrá por cuenta del contratista y serán solicitados podrá reducir servicios hasta por el supervisor mismo porcentaje. EL Arrendador podrá solicitar la ampliación del plazo pactado por atrasos y/o inspectorparalizaciones ajenos a su voluntad, según corresponda atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a TANS, y las veces por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados que sea necesariomodifiquen el calendario contractual. Las pruebas de control solicitadas por la Inspección o Supervisión deberán ser propias discrepancias respecto de la obra y serán realizadas en un laboratorio de reconocido prestigio y respaldo técnico tales como Universidad Nacional de Ingeniería, SENCICO, CISMID, Universidad Católica del Perú. El contratista está obligado a colocar los carteles procedencia de la obra según diseño y medidas proporcionados por ampliación del plazo se resuelven de conformidad con el procedimiento establecido en el inciso b) del Artículo 41° del TUO de la EntidadLey N° 26850. PRESTACIONES ADICIONALES HASTA EL 30% .- Ambas partes declaran que, salvo el caso de las situaciones previstas en el Artículo 119° del Reglamento del TUO de la Ley N° 26850, dentro de los 15 días tres (3) meses posteriores al vencimiento del plazo contractual, TANS podrá contratar complementariamente con el mismo el Arrendador los mismos servicios, por única vez y en tanto se realice el proceso de iniciada la Obra. Toda documentación o trámite selección que corresponda, hasta por un máximo de treinta por ciento (referido a Valorizaciones30%) adicional al monto del contrato original, Adicionales de obra. Ampliación de plazo, Reducción de obra, Liquidaciones, Recursos Impugnativos, etc.) dirigida a La Entidad respecto siempre que se trate del mismo servicio y el Arrendador preserve las condiciones que dieron lugar a la obra por el contratista, deberá ser suscrita por el representante legal de la Empresa Contratista, adicionándose la firma del Residente de Obra en los documentos estrictamente técnicos que los acompañan como sustento, con excepción de Ampliaciones de Plazo que deben ser dirigidas al Inspector o Supervisor de la Obra. Entiéndase como representante legal de la empresa contratista aquella persona que suscribió el contrato o aquella que es nombrada y comunicada a la entidad por la empresa contratista como su representante legal, quienes deberán actuar premunidos de los respectivos poderes. En caso de producirse incumplimiento de pago respecto de las obligaciones de orden laboral por parte de EL CONTRATISTA, derivadas de la ejecución de la obra , La Entidad hará de conocimiento de estos hechos al CONSUCODE, para la evaluación respectiva y sanción a que hubiere lugarcontratación.

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Samples: Contrato De Arrendamiento De Aeronave