ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES Cláusulas de Ejemplo

ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES. ✓ La Contratante designará un supervisor por parte de la Unidad Coordinadora de Proyectos (U.C.P.) y un enlace técnico por parte de la Dirección Nacional de Administración Financiera para la inspección, verificación y correcta ejecución de las obras de infraestructura e instalación de los equipos de la presente Especificación Técnica. ✓ El almacenamiento y cuidado de los materiales, herramientas y equipos será responsabilidad del contratista. ✓ El contratista deberá indicar en su propuesta técnica, en forma detallada, las características de los equipos ofrecidos y materiales a utilizar en la construcción, los cuales deben cumplir con las Especificaciones Técnicas; indicando marca, modelo, procedencia y capacidad. ✓ El contratista deberá entregar en su propuesta técnica los respectivos brochure o catálogos de los equipos ofrecidos. ✓ Todos los equipos propuestos proyector, pantalla motorizada y aires acondicionados deberán ser nuevos y de primer uso, así como también debidamente probados y en total funcionamiento antes de ser recibidos. ✓ Las labores de instalación a realizar deberán incluir los trabajos de albañilería, retoques de pintura y otros trabajos adicionales, necesarios para la correcta ejecución de lo solicitado. ✓ El costo debe incluir los gastos de transporte de materiales y equipos, seguros del personal y contra terceros y todo otro gasto en el cual incurra el Contratista para la ejecución de la prestación del servicio. ✓ El Contratista tendrá la obligación de realizar la instalación y pruebas de los equipos. ✓ El Contratista antes del inicio de los trabajos en el sitio deberá coordinar con la Supervisión de la U.C.P., Autoridades Administrativas y de Seguridad del SAR; la zona y los horarios de trabajo y la de sus obreros con el objeto de no entorpecer las labores de los empleados de la institución, así como elaborar el respectivo plan de contingencia. ✓ Para trabajo en fines de semana y en horas extraordinarias el contratista deberá notificar por escrito o vía correo electrónico al Supervisor al menos dos días de antelación para coordinar con las autoridades de la institución, además deberá de proveer del listado de todo el personal con nombre completo, No de identidad, cargo y dotará al personal de gafete de identificación con la información anterior para poder tener acceso a las instalaciones. ✓ Todo daño o perjuicio a los bienes que se suministren, en el proceso de y entrega del proyecto, será de entera responsabilidad del contratista; de...
ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES LIMPIEZA Y DESOBSTRUCCIÓN DE DESAGÜES PLUVIALES DE HASTA 1.60 m.
ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES. Las ofertas deberán de contener el 100% de todos los detalles de los términos que a continuación se señalan, la omisión o no cumplimiento de cualquiera de las especificaciones, dará al BCN la facultad de rechazar la oferta, previo análisis de la misma. A. DETALLE DE SISTEMAS A REALIZARLES MANTENIMINENTO LOTE # 1
ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES. ▪ Deberán estar en posesión del certificado de aceptación radioeléctrica. Declaración de Conformidad. ▪ Todos los equipos radiotelefónicos trabajaran en la banda de radiofrecuencia comprendida entre 136-174 MHz. ▪ Permitirán la programación tanto en recepción y transmisión de cómo mínimo 250 canales y los subtonos correspondientes tanto en la recepción como en la transmisión de cada uno de los canales. ▪ No permitirán la visualización en la pantalla o display del terminal, de la frecuencia de trabajo, subtonos u otros parámetros propios de la programación, excepto el número canal de trabajo y las opciones y facilidades del terminal, leyendas o nemonicos asociados, símbolos de las diferentes facilidades activadas etc. ▪ Dispondrán de una pantalla LCD que muestre el número de canal de trabajo, el nemonico o texto asociado a cada uno de los canales, así como el estado de las diferentes funciones del terminal. ▪ Permitirá la programación de una leyenda o texto asociado a cada uno de los canales programados (mínimo 250 canales), facilitando así la mejor identificación de la zona y/o canal de trabajo por parte de los usuarios. ▪ Todos los menús, teclas y facilidades del equipo deberán estar en español. ▪ La separación entre canales deberá ser programable, siendo generalmente a 12,5 Khz. y 25 Khz. ▪ La potencia máxima de transmisión, será como mínimo de 10 vatios, pudiéndose ajustar desde la propia programación del terminal pudiéndose programar potencia alta o baja por canal según se desee. ▪ Las características constructivas del radioteléfono no permitirá que se deteriore físicamente con el uso continuado, en especial las teclas o pulsadores numéricos y mandos de control del mismo. ▪ El tiempo máximo de transmisión de los equipos radiotelefónicos, será limitado desde la propia programación del terminal/equipo, siendo el tiempo mínimo de transmisión de 1 minuto y máximo de 5 minutos. ▪ El equipo tendrá de avisar al menos acústicamente antes de expirar el tiempo de transmisión. ▪ Todos los equipos radiotelefónicos dispondrán de un limitador de volumen de audio mínimo, ajustable por el software de programación, que no permita que el radioteléfono llegue nunca a silenciarse, aun con el potenciómetro de volumen al mínimo. ▪ Todos los equipos permitirán programar xxxxxxx xx xxxxxxx, (mínimo 20 canales) permitiendo que los usuarios puedan activarlo y desactivarlo manualmente pulsando una tecla del terminal. La parada del canal de escáner, se podrá efectuar por portador...
ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES. Para esta obra rigen las presentes Especificaciones Técnicas Generales, queda entendido que el Oferente y su representante técnico conocen y aceptan las mismas como parte de la documentación contractual, quedando obligados a su estricto cumplimiento. Como norma general, para los trabajos a ejecutar serán de aplicación las especificaciones técnicas sobre calidad de los materiales, fabricación, provisión, montaje etc., establecidas en las siguientes Normas y Reglamentos: IRAM, CIRSOC, ASTM, DIN e ISO, en ese orden. Las Especificaciones Técnicas Particulares se antepondrán a estas Especificaciones Generales cuando se refieran a trabajos coincidentes.

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  • Especificaciones Técnicas Formato de Contrato. La información que contiene la sección II de Instrucciones para los Oferentes es la única de las siete secciones que no es susceptible a cambios. En las secciones Aviso de Licitación, Datos de Licitación, Criterios de Evaluación, Formularios de Licitación y Especificaciones Técnicas se debe incluir para cada licitación, las condiciones y requerimientos específicos del proceso, solamente los formularios que le apliquen al caso y el modelo de contrato que, de conformidad con la legislación nacional, corresponda utilizar. Para la sección IV, Criterios de Evaluación, el Prestatario/Beneficiario deberá definir y establecer en detalle los aspectos y criterios que serán evaluados, así como calificaciones a otorgar de manera que los oferentes puedan conocer cómo serán evaluadas las ofertas y cómo será seleccionada la oferta más conveniente. Los criterios de evaluación deberán ser elaborados conforme a las expectativas de las obras a realizar detalladas en la sección VI Especificaciones Técnicas y en el formulario ECO-03 Lista Estimada de Cantidades y sus Precios Unitarios con el objetivo de seleccionar al contratista idóneo para ejecutar la obra. La sección V Formularios de Licitación contiene los formularios para la presentación de información que permitan i) revisar y analizar las capacidades de los oferentes para otorgarle o no la precalificación, ii) para la oferta técnica, formularios para la presentación de experiencias, hojas de vida del personal profesional propuesto, equipo disponible y cronograma de ejecución de obra, entre otros y, iii) para la oferta económica, formularios que incluyen desglose de la oferta económica. El Prestatario/Beneficiario elaborará el Documento Base de Licitación incluyendo en este solamente los formularios que le apliquen al proceso en particular y acordando con el BCIE los ajustes en el Documento Base que sean de la conveniencia de la operación y específicamente del proceso de licitación que se va a realizar. La única sección que no puede ser modificada por referirse a los aspectos relacionados con la normativa de adquisiciones del BCIE es la sección II, Instrucciones a los Oferentes. El uso de este documento estándar es de carácter obligatorio para todas las licitaciones de contratación de obras financiadas total o parcialmente con recursos del BCIE, promovidas por los Prestatarios/Beneficiarios. Este documento se hace de conocimiento público a través de la página web del Banco y es recomendable que antes de preparar una propuesta, el usuario se familiarice con la Política y Normas de Adquisición del BCIE que se encuentren vigentes. Todas las partes de texto que aparecen en color rojo se refieren a información o datos del proceso que deberán ser adaptadas a cada caso.

  • ESPECIFICACIONES Las señaladas en el ANEXO 1 (ANEXO TÉCNICO) de esta convocatoria.

  • OTRAS ESPECIFICACIONES OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO.

  • DEFINICIONES GENERALES 1. A los efectos del presente Xxxxxxxx, a menos que de su contexto se infiera una interpretación distinta: a) el término “la República Checa” se refiere al territorio de la República Checa sobre el cual, conforme a la legislación Checa y conforme al Derecho Internacional, son ejercidos los derechos soberanos de la República Checa; b) el término “Panamá” se refiere a la República de Panamá y, en sentido geográfico, significa el territorio de la República de Panamá, incluyendo sus aguas interiores, su espacio aéreo, el mar territorial y las áreas exteriores a su mar territorial en las que, conforme al Derecho Internacional y en virtud de la aplicación de su legislación interna, la República de Panamá ejerza o pueda ejercer, en el futuro, jurisdicción o derechos de soberanía respecto del fondo xxxxxx, su subsuelo y aguas suprayacentes, y sus recursos naturales; c) las expresiones “un Estado Contratante” y “el otro Estado Contratante” se refieren a la República Checa o Panamá, según lo requiera el contexto; d) el término “persona” comprende las personas físicas, las sociedades y cualquier otra agrupación de personas; e) el término “sociedad” significa cualquier persona jurídica o cualquier entidad que se considere persona jurídica a efectos impositivos; f) el término “empresa” se refiere al ejercicio de cualquier actividad empresarial; g) las expresiones “empresa de un Estado Contratante” y “empresa del otro Estado Contratante” significan respectivamente una empresa explotada por un residente de un Estado Contratante y una empresa explotada por un residente del otro Estado Contratante; h) el término "negocio" incluye también la prestación de servicios profesionales y el ejercicio de otras actividades de carácter independiente; i) la expresión “tráfico internacional” se refiere a todo transporte efectuado por un buque o aeronave explotado/a por una empresa de un Estado Contratante, salvo cuando dicho transporte se explote exclusivamente entre puntos situados en el otro Estado Contratante; j) la expresión “autoridad competente” significa: (i) en el caso de la República Checa, el Ministro de Finanzas o su representante autorizado; (ii) en el caso de Panamá, el Ministerio de Economía y Finanzas o su representante autorizado; k) el término “nacional” se refiere a: (i) cualquier persona física que posea la nacionalidad de un Estado Contratante; y (ii) cualquier persona jurídica, sociedad o asociación cuyo estatus como tal derive de la legislación vigente en un Estado Contratante. 2. Con respecto a la aplicación en un momento dado del presente Convenio por parte de un Estado Contratante, los términos no definidos en el mismo tendrán, a no ser que del contexto se infiera una interpretación distinta, el significado que en ese momento le atribuya la legislación de ese Estado para efectos de los impuestos que son objeto del Convenio, prevaleciendo el significado atribuido conforme a la legislación fiscal vigente de ese Estado sobre el significado que resultaría de otras ramas del Derecho de ese mismo Estado.

  • Condiciones especiales de compatibilidad 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en relación con la adjudicación de contratos a través de un procedimiento de diálogo competitivo, no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. 2. Los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de obras e instalaciones no podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos de obras, ni a las empresas a éstas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.

  • CONDICIONES TÉCNICAS Para la prestación del servicio público de aseo y sus actividades complementarias las partes del presente contrato, deberán cumplir con las condiciones técnicas establecidas en los capítulos 1, 2 y 5 del Título 2 del Decreto 1077 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 596 de 2016, en lo referente a:

  • Vacaciones anuales 1. Todo el personal de las Cajas de Xxxxxxx disfrutará de 25 días hábiles de vacaciones retribuidas, sea cual fuere su Nivel, manteniendo su régimen actual quienes, bien por contrato individual bien por pacto colectivo, disfrutasen de un número superior de días vacacionales. A estos efectos los sábados se considerarán no hábiles. El personal que preste servicios en las Islas Canarias, tendrá dos días hábiles más de vacaciones. En todo caso, la Caja y el empleado o empleada podrán convenir el fraccionamiento hasta en cuatro del periodo de vacaciones siempre que sea posible cubrir el servicio. 2. El período hábil para el disfrute de vacaciones será el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Las Entidades establecerán para cada Oficina el cuadro del personal afecto a ellas cuidando que los servicios queden debidamente cubiertos y procurando atender los deseos de aquél; en los turnos de vacaciones, aquellas personas con responsabilidades familiares tienen preferencia a que las suyas coincidan con los períodos de vacaciones escolares y dentro de esta situación, o si no hubiera personas en ella, se resolverá la preferencia, dentro del Nivel, a favor de quienes tengan mayor antigüedad en la Institución. La preferencia a favor de quienes tengan responsabilidades familiares no implica la elección de un turno determinado sino, únicamente, que sus vacaciones se disfruten dentro de los límites del período de vacaciones escolares; respetando este requisito, la elección del turno concreto dentro de dicho período se resolverá en favor de la mayor antigüedad en la Entidad dentro de cada Nivel, aunque los solicitantes no tengan responsabilidades familiares. 3. El personal de las Cajas conocerá las fechas en que le corresponda las vacaciones, al menos dos meses antes del comienzo de su disfrute; si no existiere acuerdo entre las partes, la jurisdicción competente, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto, fijará la fecha que corresponda. Cumplido el preaviso de dos meses de antelación a que se refiere el párrafo anterior, el acuerdo sobre el calendario de vacaciones será ejecutivo, no suspendiéndose esta ejecutividad por el solo anuncio de la intención de reclamar ante la jurisdicción competente, ni por interposición de la demanda ante ella, sino solamente por sentencia en contrario.

  • Clausulas adicionales especiales Son aquellas que resultan del acuerdo especial entre la persona prestadora y el suscriptor y/o usuario en los términos del artículo 128 de la Ley 142 de 1994.

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.

  • CONDICIONES ESPECIALES “El Prestatario”, a través del “Organismo Ejecutor”, deberá dar cumplimiento a las siguientes condiciones especiales: Previas al Primer Desembolso xxx Xxxxxxxx: Además del cumplimiento, a satisfacción de “La Corporación”, de las condiciones previas a todo desembolso establecidas en la Cláusula 5 de las Condiciones Generales de Contratación, el Primer Desembolso xxx xxxxxxxx estará sujeto a que “El Prestatario”, a través del “Organismo Ejecutor”, dé cumplimiento, a satisfacción de “La Corporación”, a las siguientes condiciones: Se deberá presentar: 1. Evidencia del pago a “La Corporación” de la Comisión de Financiamiento y de los Gastos de Evaluación por US$ 15.000,00. 2. Presentar, a satisfacción de “La Corporación”, un Cronograma Estimado de todos los Desembolsos identificando las diferentes fuentes de financiamiento, detallando el aporte de “La Corporación”, el aporte de “El Prestatario”, así como el de cualquier otra fuente a utilizar. 3. El esquema institucional y organizativo para la ejecución y seguimiento de “El Proyecto”. 4. La designación de los especialistas encargados del seguimiento de la gestión ambiental y social de la operación, incluyendo el Regente Ambiental. 5. Evidencia de que los recursos de contrapartida local correspondientes al primer año de ejecución de “El Proyecto” se encuentran disponibles para su utilización. 6. El Presupuesto Ambiental y Social definitivo de “El Proyecto”. 7. Los Términos de Referencia para la contratación de una empresa de reconocido prestigio internacional, que audite la utilización de los recursos del presente préstamo. 8. Información relevante del proceso de selección de las empresas que utilicen recursos del presente préstamo, resaltando en cada caso: monto aproximado del contrato, avisos de licitación, empresas participantes y países de origen, precalificación y selección final. Se deberá presentar: 1. Evidencia de la contratación de una empresa de auditoría externa de reconocido prestigio internacional que se encargue de auditar la utilización de los recursos del presente préstamo. 2. Los contratos suscritos de acuerdo a la legislación vigente para la adquisición de bienes y/o contratación de servicios de “El Proyecto” que será financiado con recursos del presente préstamo, incluyendo los compromisos ambientales y sociales de acuerdo con la legislación vigente y la normativa de “La Corporación”. 3. Los contratos suscritos correspondiente a los servicios de supervisión (fiscalización) externa de “El Proyecto”. 4. El Estudio de Impacto Ambiental y la Declaratoria (Licencia) Ambiental aprobados por la Secretaría Técnica Nacional del Ambiente para “El Proyecto” 5. El plan de expropiación y relocalización de la población afectada. 6. Una certificación en la que se especifique que se han realizado los estudios finales y de ingeniería definitivos de toda la carretera, incluyendo los seis (6) pasos de cauce que se encuentran sobre el trazado de la carretera y no forman parte del contrato suscrito con la empresa CACISA como parte del Convenio de Cooperación Técnica de la Corporación, suscrito el 7 de noviembre de 2006, y forman parte estructural del proyecto, a saber: i) Xxxxxxxx Xxxxxx X° 0; ii) Xxxxxxxx Xxxxxx X° 0; iii) Quebrada Saíno; iv) Quebrada Sonora; v) Quebrada la Virgen; y vi) Quebrada Estación 43+499, y que se han incluido estos estudios en el proceso de licitación para la selección de la empresa que ejecutará “El Proyecto”. 1. Al inicio de cada año fiscal, presentar constancia de las partidas presupuestarias destinadas a los aportes de la Nación para la ejecución de “El Proyecto”. 2. Presentar evidencia del cumplimiento de la ejecución de los aportes locales en la oportunidad en que el acumulado de los desembolsos del presente préstamo alcance el 50% y 75% del total. 3. Presentar los siguientes informes: a) Dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha de entrada en vigencia del Contrato xx Xxxxxxxx, un Informe Inicial sobre el estado de “El Proyecto”, calendario de ejecución y cronograma ajustado de desembolsos.