ESTIPULACIONES GENERALES. El presente Contrato Xxxxx (en adelante, “Contrato” o “Condiciones Generales”) tiene por objeto establecer los derechos y obligaciones esenciales de la relación entre DIAPHANUM VALORES S.V., S.A.U. (en lo sucesivo, “Diaphanum”) y el titular o titulares firmantes del mismo (en lo sucesivo, el “Titular” o los “Titulares” o el “CLIENTE” o los “CLIENTES”), ambas conjuntamente denominadas como las “Partes”. Para la contratación de cada uno de los Servicios de Inversión deberán suscribirse los contratos que, de manera específica, regulen las condiciones particulares del Servicio de Inversión de que se trate, previstos en los Anexos de Servicios de Inversión (Anexo I Servicio de Asesoramiento en materia de Inversión; Anexo II Servicio de Gestión Discrecional e Individualizada de Carteras de Inversión). En adelante conjuntamente referidos como el “Contrato de Servicios de Inversión”. El Contrato de Servicios de Inversión que regula la relación entre Diaphanum y el CLIENTE se compone de los términos y condiciones generales aplicables establecidas por el presente documento aplicable a todos los servicios previstos en el Contrato de Servicios de Inversión y las condiciones particulares de cada uno de los servicios de inversión que corresponda, adjuntados como Anexos al presente Contrato. La contratación, utilización y ejecución de estos servicios se llevará a cabo con arreglo a las Condiciones Generales establecidas en este documento y a las condiciones particulares de cada servicio de inversión que en la contratación del mismo resulten de aplicación y que forman parte del Contrato de Servicios de Inversión. Diaphanum y el CLIENTE reconocen mediante la firma del presente Contrato y de su/s Anexo/s de condiciones particulares, que todos los servicios y operaciones que acuerden concertar se entenderán celebrados al amparo del presente Contrato Xxxxx. El presente Contrato constituye el contrato básico que establece los derechos y obligaciones esenciales de Diaphanum y del CLIENTE a los efectos de las normas de conducta aplicables a la prestación de servicios de inversión por Diaphanum al CLIENTE bajo este Contrato y sus documentos anejos. Ambas partes acuerdan que sus derechos y deberes bajo este Contrato puedan figurar como referencia a otros documentos o textos legales. Mediante la firma del presente Contrato el CLIENTE reconoce expresamente recibir en este acto un ejemplar debidamente formalizado del mismo que establece los términos y condiciones aplicables a las relaciones entre Diaphanum y el CLIENTE, y quedando Diaphanum a su disposición para aclarar cualquier duda al respecto e informarle de cualquier cambio material en el contenido de los citados documentos que puedan afectar la decisión del CLIENTE de utilizar los servicios de Diaphanum.
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Samples: Marco Global, Marco Global De Servicios De Inversión
ESTIPULACIONES GENERALES. El presente Contrato Xxxxx (en adelante, “Contrato” Quedarán incorporadas al contrato las siguientes estipulaciones: En caso de contradicción y/o “Condiciones Generales”) tiene por objeto establecer duda de interpretación entre los derechos y obligaciones esenciales contenidos de la relación entre DIAPHANUM VALORES S.V., S.A.U. (en lo sucesivo, “Diaphanum”) póliza y el titular o titulares firmantes Pliego de Prescripciones Técnicas se entenderá que prevalece el texto de las Prescripciones Técnicas, salvo que sea más favorable al Canal xx Xxxxxxx, S.A lo contenido en póliza. La peritación en caso de siniestro no deberá, en la medida de lo posible, detener el funcionamiento de la actividad del mismo (en lo sucesivo, el “Titular” o los “Titulares” o el “CLIENTE” o los “CLIENTES”), ambas conjuntamente denominadas como las “Partes”asegurado. Para la contratación de cada uno La enumeración de los Servicios de Inversión deberán suscribirse los contratos que, de manera específica, regulen las condiciones particulares del Servicio de Inversión de que se trate, previstos en los Anexos de Servicios de Inversión (Anexo I Servicio de Asesoramiento en materia de Inversión; Anexo II Servicio de Gestión Discrecional e Individualizada de Carteras de Inversión). En adelante conjuntamente referidos como el “Contrato de Servicios de Inversión”. El Contrato de Servicios de Inversión que regula la relación entre Diaphanum y el CLIENTE se compone de los términos y condiciones generales aplicables establecidas bienes asegurados por el presente documento aplicable a todos contrato se hace con carácter enunciativo, pero no limitativo, por lo que el asegurador, en caso de siniestro, no podrá prevalerse de no haberse denominado expresamente alguno de los servicios previstos bienes asegurados. Las designaciones, enunciaciones y declaraciones incluidas en el Contrato Pliego de Servicios Prescripciones Técnicas se considerarán como suficientes por el asegurador para satisfacer los términos de Inversión la póliza, y las condiciones particulares para disponer de cada uno una opinión exacta de los servicios Riesgos que asume. El asegurador renuncia a todo recurso que, en caso de inversión siniestro, pueda ejercitar contra los empleados, obreros o asalariados de la parte asegurada, y en general contra cualquier persona por cuyos actos resultar civilmente responsable el asegurado aun cuando el siniestro afecte a otros bienes diferentes de los asegurados en la póliza, pero que correspondatambién o estén por este asegurador, adjuntados excepto en caso de dolo, en el cual este se verá obligado para con el asegurado pero conservara los derechos de recurrir contra las personas reconocidas como Anexos al presente Contratoresponsables del siniestro. La contratación, utilización y ejecución Se renuncia a la rescisión de estos servicios se llevará contrato a cabo con arreglo a las Condiciones Generales establecidas en este documento y a las condiciones particulares causa de cada servicio de inversión un siniestro. Queda acordado que en la contratación del mismo resulten caso de aplicación y que forman parte del Contrato de Servicios de Inversión. Diaphanum y el CLIENTE reconocen mediante la firma del presente Contrato y de su/s Anexo/s de condiciones particulares, que todos los servicios y operaciones que acuerden concertar se entenderán celebrados al amparo del presente Contrato Xxxxx. El presente Contrato constituye existan daños causados por garantías no cubiertas en el contrato básico pero que establece los derechos y obligaciones esenciales de Diaphanum y del CLIENTE a los efectos de las normas de conducta aplicables a la prestación de servicios de inversión por Diaphanum al CLIENTE bajo este Contrato y sus documentos anejos. Ambas partes acuerdan que sus derechos y deberes bajo este Contrato puedan figurar como referencia a otros documentos o textos legales. Mediante la firma del presente Contrato el CLIENTE reconoce expresamente recibir en este acto un ejemplar debidamente formalizado del mismo que establece los términos y condiciones aplicables a las relaciones entre Diaphanum y el CLIENTE, y quedando Diaphanum a su disposición para aclarar cualquier duda al respecto e informarle vez causen otros daños sí cubiertos a bienes asegurados, estos segundos estarán cubiertos. Queda contemplada la emisión de cualquier cambio material extorno de prima en el contenido caso de los citados documentos que puedan afectar la decisión del CLIENTE disminución de utilizar los servicios capitales por desaparición de DiaphanumRiesgo o modificaciones de capitales.
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ESTIPULACIONES GENERALES. El presente Contrato Xxxxx (Quedarán incorporadas al contrato en adelantelo que sean aplicables, “Contrato” las siguientes estipulaciones:
1. En caso de contradicción y/o “Condiciones Generales”) tiene por objeto establecer duda de interpretación entre los derechos y obligaciones esenciales contenidos de la relación entre DIAPHANUM VALORES S.V., S.A.U. (en lo sucesivo, “Diaphanum”) póliza y el titular Pliego de Prescripciones Técnicas se entenderán como válido el de las Prescripciones Técnicas, salvo que sea más favorable al asegurado lo contenido en la póliza.
2. Las designaciones, enunciaciones y declaraciones incluidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas se considerarán como suficientes por el Asegurador para satisfacer los términos de la póliza, y para disponer de una opinión exacta de los riesgos que asume.
3. Se entiende que quedan garantizados los daños que afecten a los bienes asegurados por un siniestro que se origine en bienes excluidos u otros.
4. En el caso de que formando parte de este contrato se encuentre un plano o titulares firmantes croquis de los bienes asegurados, solo puede tomarse a título de información, y cualquier error, defecto o diferencia entre las indicaciones de dicho plano o croquis y la realidad no podrá perjudicar al Asegurado o disminuir la indemnización en caso de siniestro.
5. El Asegurador renuncia a todo recurso que, en caso de siniestro, pueda ejercitar contra los empleados, obreros o asalariados de la parte asegurada y, en general, contra cualquier persona por cuyos actos resultara civilmente responsable el Asegurado, aun cuando el siniestro afecte a otros bienes diferentes de los asegurados por esta póliza, pero que también lo estén por este Asegurador, excepto en caso de malevolencia, en el cual este se verá siempre obligado para con el Asegurado pero conservara sus derechos para recurrir contra las personas reconocidas como responsables del mismo (siniestro.
6. La peritación en caso de siniestro no deberá, en la medida de lo sucesivoposible, detener el “Titular” o funcionamiento del establecimiento y si el trabajo se debiese interrumpir, se procurará sea únicamente en la parte siniestrada de los “Titulares” o el “CLIENTE” o los “CLIENTES”), ambas conjuntamente denominadas como las “Partes”locales.
7. Para cubrir las necesidades de la contratación industria o negocio asegurado hay o puede haber, equipos de cada uno soldadura autógena, existencias de esencias minerales y líquidos, pinturas y gases inflamables y combustibles, circunstancia que también puede producirse en los riesgos contiguos, próximos o separados; aunque considerados como secciones auxiliares, y no como la actividad principal del Asegurado
8. La enumeración de los Servicios de Inversión deberán suscribirse los contratos que, de manera específica, regulen las condiciones particulares del Servicio de Inversión de que se trate, previstos en los Anexos de Servicios de Inversión (Anexo I Servicio de Asesoramiento en materia de Inversión; Anexo II Servicio de Gestión Discrecional e Individualizada de Carteras de Inversión). En adelante conjuntamente referidos como el “Contrato de Servicios de Inversión”. El Contrato de Servicios de Inversión que regula la relación entre Diaphanum y el CLIENTE se compone de los términos y condiciones generales aplicables establecidas bienes asegurados por el presente documento aplicable contrato se hace con carácter enunciativo, pero no limitativo, por lo que el Asegurador, en caso de siniestro, no podrá prevalerse de no haberse denominado expresamente alguno de los objetos asegurados, siempre que estos objetos no sean de naturaleza más grave que los que corresponden habitualmente a todos la actividad del asegurado y se apliquen las correspondientes sobreprimas cuando dé lugar a ellas alguna agravación nueva.
9. Por necesidades de la actividad objeto del seguro, los bienes garantizados podrán desplazarse a otras situaciones de riesgo , quedando cubiertos por las garantías del presente contrato en la situación a la que hayan sido desplazados, aplicándose también en estos casos, si corresponde, la Cobertura Automática al valor de dichos bienes.
10. El Asegurador, en caso de siniestro que afecte a bibliotecas, discos o cassettes, juegos y colecciones de valor reembolsará la diferente entre el valor entero de las obras y el valor residual de las mismas tras el siniestro.
11. Se concede al Asegurado la facultad de construir y derribar tabiques y/o locales, pisos y/o edificaciones, establecer y tapiar aberturas de comunicación, realizar obras de reforma y trabajos de montaje, pruebas, desmontaje, etc., con la utilización de los medios y servicios previstos necesarios y trasladar los objetos de una parte a otra dentro xxx xxxxxxx asegurado entendiéndose comprendidos en el Contrato de Servicios de Inversión seguro los correspondientes bienes y las condiciones particulares de cada uno garantizados en el punto donde se hallaren los objetos trasladados.
12. En los colindantes y/o proximidades a los Bienes Asegurados, existen o pueden existir otras actividades comerciales y/o industriales, así como oficinas y/o viviendas.
13. En la garantía de los servicios artículos que aseguren edificios ha de inversión que correspondaentenderse incluido el valor de cuantas instalaciones existan para su solidez, adjuntados como Anexos al presente Contratoórnate, higiene o comodidad.
14. La contrataciónLos inventarios y libros de comercio del Asegurado solo tendrán valor, utilización y ejecución caso de estos servicios se llevará siniestro, a cabo con arreglo a las Condiciones Generales establecidas en este documento y a las condiciones particulares título de cada servicio información e indicación de inversión que en la contratación del mismo resulten de aplicación y que forman parte del Contrato de Servicios de Inversión. Diaphanum y el CLIENTE reconocen mediante la firma del presente Contrato los edificios y de sula maquinaria, pero no se podrán tomar como base de valoración a causa de las amortizaciones o reducciones intencionadas de valor que hayan podido ser efectuadas en los objetos asegurados.
15. Quedan garantizados los bienes asegurados fuera xxx xxxxxxx asegurado que presten y/s Anexoo reciban servicios y suministros en cualquiera de las situaciones objeto del seguro.
16. El Asegurado obra por cuenta propia o de quien corresponda.
17. Se hace expresamente constar que, cuando se trate de daños producidos por fenómenos atmosféricos y/s o meteorológicos cubiertos por el asegurador, se considerará que constituye un solo y único siniestro la totalidad de condiciones particulareslos daños ocurridos en cualesquiera de las situaciones aseguradas, durante un periodo de 72 horas consecutivas
18. Queda convenido que todos los servicios y operaciones que acuerden concertar se entenderán celebrados al amparo bienes existentes en cualesquiera de las situaciones objeto del presente Contrato Xxxxxseguro, que se encuentren afectados por una operación o contrato de leasing, se consideran expresamente garantizados.
19. El presente Contrato constituye asegurador reconoce haber recibido toda la información sobre el contrato básico riesgo de forma tal que establece los derechos le ha permitido apreciar el alcance y obligaciones esenciales naturaleza del riesgo que asume, y en consecuencia, renuncia a su derecho a prevalerse en caso de Diaphanum y siniestro de cualquier falta, error u omisión en la declaración por parte del CLIENTE a los efectos de las normas de asegurado sobre dichos riesgos, salvo que exista una manifiesta conducta aplicables dolosa, o negligente por parte del asegurado.
20. Asimismo renuncia a la prestación rescisión de servicios contrato a causa de inversión la ocurrencia de un siniestro.
21. Queda contemplada la emisión de extornos de prima en los casos de disminución de capitales por Diaphanum al CLIENTE bajo este Contrato y sus documentos anejos. Ambas partes acuerdan que sus derechos y deberes bajo este Contrato puedan figurar como referencia a otros documentos desaparición de riesgos o textos legales. Mediante la firma del presente Contrato el CLIENTE reconoce expresamente recibir en este acto un ejemplar debidamente formalizado del mismo que establece los términos y condiciones aplicables a las relaciones entre Diaphanum y el CLIENTE, y quedando Diaphanum a su disposición para aclarar cualquier duda al respecto e informarle de cualquier cambio material en el contenido de los citados documentos que puedan afectar la decisión del CLIENTE de utilizar los servicios de Diaphanum.otro ajuste necesario
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Samples: Insurance Policy Agreement
ESTIPULACIONES GENERALES. Quedarán incorporadas al contrato las siguientes estipulaciones: En caso de contradicción y/o duda de interpretación entre los contenidos de la póliza y el Pliego de Prescripciones Técnicas se entenderá que prevalece el texto de las Prescripciones Técnicas, salvo que sea más favorable al Canal xx Xxxxxxx, S.A lo contenido en póliza. Las designaciones, enunciaciones y declaraciones incluidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas se considerarán como suficientes por el asegurador para satisfacer los términos de la póliza, y para disponer de una opinión exacta de los Riesgos que asume. El presente Contrato Xxxxx (asegurador renuncia a todo recurso que, en adelantecaso de siniestro, “Contrato” pueda ejercitar contra los empleados, obreros o “Condiciones Generales”) tiene asalariados de la parte asegurada, y en general contra cualquier persona por objeto establecer cuyos actos resultar civilmente responsable el asegurado aun cuando el siniestro afecte a otros bienes diferentes de los asegurados en la póliza, pero que también o estén por este asegurador, excepto en caso de malevolencia, en el cual este se verá obligado para con el asegurado pero conservara los derechos y obligaciones esenciales de recurrir contra las personas reconocidas como responsables del siniestro. Se renuncia a la rescisión de contrato a causa de un siniestro. Queda contemplada la emisión de extorno de prima en caso de disminución de riesgo por desaparición y/o modificaciones de actividades o cualquier otro ajuste necesario. La póliza no tendrá carácter regularizable, sin embargo, el asegurado informará al final de anualidad de la relación entre DIAPHANUM VALORES S.V., S.A.U. (en lo sucesivo, “Diaphanum”) y el titular o titulares firmantes del mismo (en lo sucesivo, el “Titular” o los “Titulares” o el “CLIENTE” o los “CLIENTES”), ambas conjuntamente denominadas como las “Partes”. Para la contratación facturación real a fin de cada uno de los Servicios de Inversión deberán suscribirse los contratos que, de manera específica, regulen las condiciones particulares del Servicio de Inversión de que se trate, previstos en los Anexos de Servicios de Inversión (Anexo I Servicio de Asesoramiento en materia de Inversión; Anexo II Servicio de Gestión Discrecional e Individualizada de Carteras de Inversión). En adelante conjuntamente referidos como el “Contrato de Servicios de Inversión”. El Contrato de Servicios de Inversión que regula la relación entre Diaphanum y el CLIENTE se compone de los términos y condiciones generales aplicables establecidas por el presente documento aplicable a todos los servicios previstos en el Contrato de Servicios de Inversión y las condiciones particulares de cada uno de los servicios de inversión que corresponda, adjuntados como Anexos al presente Contrato. La contratación, utilización y ejecución de estos servicios se llevará a cabo con arreglo a las Condiciones Generales establecidas en este documento y a las condiciones particulares de cada servicio de inversión que en la contratación del mismo resulten de aplicación y que forman parte del Contrato de Servicios de Inversión. Diaphanum y el CLIENTE reconocen mediante la firma del presente Contrato y de su/s Anexo/s de condiciones particulares, que todos los servicios y operaciones que acuerden concertar se entenderán celebrados al amparo del presente Contrato Xxxxx. El presente Contrato constituye mantener el contrato básico que establece los derechos y obligaciones esenciales de Diaphanum y del CLIENTE a los efectos de las normas de conducta aplicables a la prestación de servicios de inversión por Diaphanum al CLIENTE bajo este Contrato y sus documentos anejosactualizado. Ambas partes acuerdan que sus derechos y deberes bajo este Contrato puedan figurar como referencia a otros documentos o textos legales. Mediante la firma del presente Contrato el CLIENTE reconoce expresamente recibir en este acto un ejemplar debidamente formalizado del mismo que establece los términos y condiciones aplicables a las relaciones entre Diaphanum y el CLIENTE, y quedando Diaphanum a su disposición para aclarar cualquier duda al respecto e informarle de cualquier cambio material en el contenido de los citados documentos que puedan afectar la decisión del CLIENTE de utilizar los servicios de Diaphanum La póliza no tiene carácter regularizable.
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ESTIPULACIONES GENERALES. El presente Contrato Xxxxx (en adelante, “Contrato” Quedarán incorporadas al contrato las siguientes estipulaciones: En caso de contradicción y/o “Condiciones Generales”) tiene por objeto establecer duda de interpretación entre los derechos y obligaciones esenciales contenidos de la relación entre DIAPHANUM VALORES S.V., S.A.U. (en lo sucesivo, “Diaphanum”) póliza y el titular o titulares firmantes Pliego de Prescripciones Técnicas se entenderá que prevalece el texto de las Prescripciones Técnicas, salvo que sea más favorable al Canal xx Xxxxxxx, S.A lo contenido en póliza. La peritación en caso de siniestro no deberá, en la medida de lo posible, detener el funcionamiento de la actividad del mismo (en lo sucesivo, el “Titular” o los “Titulares” o el “CLIENTE” o los “CLIENTES”), ambas conjuntamente denominadas como las “Partes”asegurado. Para la contratación de cada uno La enumeración de los Servicios de Inversión deberán suscribirse los contratos que, de manera específica, regulen las condiciones particulares del Servicio de Inversión de que se trate, previstos en los Anexos de Servicios de Inversión (Anexo I Servicio de Asesoramiento en materia de Inversión; Anexo II Servicio de Gestión Discrecional e Individualizada de Carteras de Inversión). En adelante conjuntamente referidos como el “Contrato de Servicios de Inversión”. El Contrato de Servicios de Inversión que regula la relación entre Diaphanum y el CLIENTE se compone de los términos y condiciones generales aplicables establecidas bienes asegurados por el presente documento aplicable a todos contrato se hace con carácter enunciativo, pero no limitativo, por lo que el asegurador, en caso de siniestro, no podrá prevalerse de no haberse denominado expresamente alguno de los servicios previstos bienes asegurados. Las designaciones, enunciaciones y declaraciones incluidas en el Contrato Pliego de Servicios Prescripciones Técnicas se considerarán como suficientes por el asegurador para satisfacer los términos de Inversión la póliza, y las condiciones particulares para disponer de cada uno una opinión exacta de los servicios Riesgos que asume. El asegurador renuncia a todo recurso que, en caso de inversión siniestro, pueda ejercitar contra los empleados, obreros o asalariados de la parte asegurada, y en general contra cualquier persona por cuyos actos resultar civilmente responsable el asegurado aun cuando el siniestro afecte a otros bienes diferentes de los asegurados en la póliza, pero que correspondatambién o estén por este asegurador, adjuntados excepto en caso de malevolencia, en el cual este se verá obligado para con el asegurado pero conservara los derechos de recurrir contra las personas reconocidas como Anexos al presente Contratoresponsables del siniestro. La contratación, utilización y ejecución Se renuncia a la rescisión de estos servicios se llevará contrato a cabo con arreglo a las Condiciones Generales establecidas en este documento y a las condiciones particulares causa de cada servicio de inversión un siniestro. Queda acordado que en la contratación del mismo resulten caso de aplicación y que forman parte del Contrato de Servicios de Inversión. Diaphanum y el CLIENTE reconocen mediante la firma del presente Contrato y de su/s Anexo/s de condiciones particulares, que todos los servicios y operaciones que acuerden concertar se entenderán celebrados al amparo del presente Contrato Xxxxx. El presente Contrato constituye existan daños causados por garantías no cubiertas en el contrato básico pero que establece los derechos y obligaciones esenciales de Diaphanum y del CLIENTE a los efectos de las normas de conducta aplicables a la prestación de servicios de inversión por Diaphanum al CLIENTE bajo este Contrato y sus documentos anejos. Ambas partes acuerdan que sus derechos y deberes bajo este Contrato puedan figurar como referencia a otros documentos o textos legales. Mediante la firma del presente Contrato el CLIENTE reconoce expresamente recibir en este acto un ejemplar debidamente formalizado del mismo que establece los términos y condiciones aplicables a las relaciones entre Diaphanum y el CLIENTE, y quedando Diaphanum a su disposición para aclarar cualquier duda al respecto e informarle vez causen otros daños sí cubiertos a bienes asegurados, estos segundos estarán cubiertos. Queda contemplada la emisión de cualquier cambio material extorno de prima en el contenido caso de los citados documentos que puedan afectar la decisión del CLIENTE disminución de utilizar los servicios capitales por desaparición de DiaphanumRiesgo o modificaciones de capitales.
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ESTIPULACIONES GENERALES. Art. 1. Objeto y Partes contratantes.- El presente Contrato Xxxxx (en adelante, “Contrato” o “Condiciones Generales”) Convenio tiene por objeto establecer los derechos regular las relaciones laborales, así como las condiciones generales de trabajo y obligaciones esenciales económicas, entre la Empresa NISSAN MOTOR IBERICA, S.A. y su personal, en el ámbito de aplicación acor- dado. El mismo ha sido negociado y suscrito de una parte por la representación de la relación entre DIAPHANUM VALORES S.V.Em- presa y, S.A.U. (de la otra, por el Comité de Empresa.
Art. 2. Ámbito territorial.- Las estipulaciones del Convenio serán de aplicación en lo sucesivoel Centro de Trabajo que la Empresa tiene establecido en Ávila.
Art. 3. Ámbito personal.- El presente Convenio afectará, “Diaphanum”con exclusión de cualquier otro, al personal de la Empresa cuya valoración de puesto de trabajo, dé como resultado su inclusión en cualquiera de los grados del 1 al 14 del Manual de Valoración vigente, sea cual fuere su profesión u oficio, especialidad, edad, sexo ó condición. Queda expresamente excluido el personal al que se refiere el artículo primero, tres c) y el titular o titulares firmantes artículo segundo, uno a) del mismo (en lo sucesivo, el “Titular” o los “Titulares” o el “CLIENTE” o los “CLIENTES”), ambas conjuntamente denominadas como las “Partes”. Para la contratación de cada uno Estatuto de los Servicios trabajadores. Al personal contratado en cualquiera de Inversión deberán suscribirse los contratos que, las modalidades de manera específica, regulen duración determinada le serán aplicables las condiciones particulares disposiciones del Servicio de Inversión de que se trate, previstos en los Anexos de Servicios de Inversión (Anexo I Servicio de Asesoramiento Convenio en materia de Inversión; Anexo II Servicio organización del trabajo, jornada y vacaciones, retribución y régimen disciplinario, en cuanto sea compatible con la naturaleza temporal de Gestión Discrecional e Individualizada de Carteras de Inversión). En adelante conjuntamente referidos como el “Contrato de Servicios de Inversión”. El Contrato de Servicios de Inversión que regula su contrato y, en cualquier caso, proporcionalmente a la relación entre Diaphanum duración y el CLIENTE se compone de los términos y condiciones generales aplicables establecidas por el presente documento aplicable a todos los servicios previstos la jornada estipulada en el Contrato mismo; contrato que, por otra parte, se ajustará a la regula- ción establecida para su modalidad en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en cada momento.
Art. 4. Ámbito temporal.- El Convenio, que producirá efectos generales inmediatos a partir del momento de Servicios su firma, entrará en vigor a efectos económicos el día 1 de Inversión enero del año 2.017 y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2.017 con las condiciones particulares preci- siones que más abajo se señalan. Los efectos económicos del Convenio se aplicarán exclusivamente al personal que, es- tando comprendido en su ámbito general de cada uno de los servicios de inversión que correspondaaplicación, adjuntados como Anexos al presente Contrato. La contratación, utilización y ejecución de estos servicios se llevará a cabo con arreglo a las Condiciones Generales establecidas halle en este documento y a las condiciones particulares de cada servicio de inversión que alta en la contratación del mismo resulten Empresa en la fecha de aplicación y que forman parte del Contrato de Servicios de Inversión. Diaphanum y el CLIENTE reconocen mediante la firma del presente Contrato Convenio y de su/s Anexo/s de condiciones particulares, que todos los servicios y operaciones que acuerden concertar a quien se entenderán celebrados al amparo del presente Contrato Xxxxx. El presente Contrato constituye el contrato básico que establece los derechos y obligaciones esenciales de Diaphanum y del CLIENTE incorpore a los efectos de las normas de conducta aplicables dicho ámbito con posterioridad a la prestación expresada fecha. La actualización de servicios capitales asegurados del Seguro Colectivo de inversión por Diaphanum al CLIENTE bajo este Contrato y sus documentos anejos. Ambas partes acuerdan que sus derechos y deberes bajo este Contrato puedan figurar como referencia Vida se producirá en la fecha de suscripción de la nueva póliza y, para su firma, se establece un plazo xxxxxx- cial de dos meses a otros documentos o textos legales. Mediante partir de la fecha de la firma del presente Contrato el CLIENTE reconoce expresamente recibir Convenio.
Art. 5. Prórroga del Convenio.- La duración del Convenio se entenderá prorrogada de año en este acto un ejemplar debidamente formalizado del mismo que establece los términos año por tácita reconducción, de no mediar denuncia por cualquiera de las par- tes en la forma y condiciones aplicables a las relaciones entre Diaphanum y el CLIENTE, y quedando Diaphanum a su disposición para aclarar cualquier duda al respecto e informarle de cualquier cambio material que se establecen en el contenido de los citados documentos que puedan afectar la decisión del CLIENTE de utilizar los servicios de Diaphanumartículo siguiente.
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Samples: Xiv Convenio Colectivo De Nissan Motor Ibérica s.A.